DOCUMENTO DE
DOCUMENTO DE
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CONTRATACIÓN DE OBRAS
FMP/CBO
v. julio de 2018
NCLUIR EL LOGO DEL ORGANISMO EJECUTOR
EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD- ENDE PROGAMA DE ELECTRIFICACION RURAL (BO- L1117) CONTRATO XX XXXXXXXX N° 3725/BL-BO | CONSTRUCCIÓN DEL TENDIDO DE CONDUCTOR, CABLE DE GUARDA Y CABLE OPGW (EMPALMES Y CERTIFICACIÓN) PER II-87-LPN-O LPN XXX-XXXX-0000-000 Xxxxxxxxxx, 15 de julio de 2019 |
PREFACIO
Las adquisiciones correspondientes a los proyectos financiados total o parcialmente por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)1 en Bolivia, se efectúan de acuerdo con las políticas y procedimientos establecidos en el documento titulado Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-9 (en adelante denominadas las Políticas)2.
El presente documento estandarizado, es consistente con las Políticas y ha sido elaborado para la Contratación de Obras, mediante el método de Licitación Pública Nacional (LPN), como se define en la Sección III de las Políticas.
Este documento emitido por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), deberá ser usado en los procedimientos sujetos a Licitación Pública Nacional (generalmente montos inferiores a US$3.000.000) 3, correspondientes a proyectos financiados total o parcialmente por el BID.
Para obras por montos superiores al monto citado precedentemente, pero inferiores a US$10 millones, se deberá usar el documento estándar de licitación del Banco titulado ‘’Documento Estándar de Licitación – Contratación de Obras Menores”, y para obras por valores superiores a US$10 millones el ‘’Documento Estándar de Licitación – Contratación de Obras Mayores”.
Las iniciativas para actualizar y modificar este Documento, podrán partir de cualquiera de las partes, pero solo podrán entrar en vigor una vez que el Banco haya aceptado las modificaciones o actualizaciones y las haya puesto a disposición de los usuarios.
Sugerimos que quienes deseen someter comentarios o consultas sobre este Documento, o a quienes deseen obtener información adicional sobre adquisiciones, en proyectos financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo se dirijan a:
Oficina de Servicios de Gestión Financiera y Adquisiciones para Operaciones Banco Interamericano de Desarrollo
Representación en Bolivia Xx. 0 xx Xxxxxx 0000
Xx Xxx – Bolivia xxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx
1 La expresión “Banco” utilizada en éste documento comprende al Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
2 El Contrato xx Xxxxxxxx de la Operación o el Convenio de la Cooperación Técnica establece la versión de las Políticas aplicables las cuales determinarán la cláusula aplicable.
3 Este umbral puede variar conforme al contrato/convenio.
ÍNDICE GENERAL
SECCIÓN I. INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES 1
SECCIÓN II. DATOS DE LA LICITACIÓN 26
SECCIÓN III. PAÍSES ELEGIBLES 37
SECCIÓN V. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 59
SECCIÓN VI. CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO 90
SECCIÓN VII. ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES DE CUMPLIMIENTO 96
SECCIÓN VIII. PLANOS 182
SECCIÓN IX. LISTA DE CANTIDADES 194
SECCIÓN X. FORMULARIOS DE GARANTÍA 195
SECCIÓN I. INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES
[En esta Sección de los documentos de licitación, se proporciona la información que los Oferentes necesitan para preparar Ofertas que se ajusten a los requisitos exigidos por el Contratante. También se provee información sobre la presentación, apertura y evaluación de las Ofertas, y sobre la adjudicación del Contrato.
Las disposiciones que rigen el desempeño del Contratista, los pagos que se efectúen en virtud del Contrato, o lo relativo a los riesgos, derechos y obligaciones de las partes en virtud del Contrato no se incluyen normalmente en esta Sección, sino en la Sección V, Condiciones Generales del Contrato (CGC), y/o en la Sección VI, Condiciones Especiales del Contrato (CEC). En caso de que no pueda evitarse el tratamiento de un mismo tema en distintas secciones de los documentos, habrá que tener especial cuidado para evitar las contradicciones entre cláusulas que se refieran al mismo asunto.
Estas Instrucciones a los Oferentes no formarán parte del Contrato y dejarán de tener vigencia una vez que éste haya sido firmado]
ÍNDICE DE CLÁUSULAS
A. Disposiciones Generales ¡Error! Marcador no definido.
5. Calificaciones del Oferente 9
8. Visita al Sitio de las obras 12
B. Documentos de Licitación 12
9. Contenido de los Documentos de Licitación 12
10. Aclaración de los Documentos de Licitación 13
11. Enmiendas a los Documentos de Licitación 13
C. Preparación de las Ofertas 13
13. Documentos que conforman la Oferta 14
15. Monedas de la Oferta y pago 15
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta 16
18. Ofertas alternativas de los Oferentes 17
19. Formato y firma de la Oferta 17
D. Presentación de las Ofertas 18
20. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 18
21. Plazo para la presentación de las Ofertas 18
23. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas 18
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 19
24. Apertura de las Ofertas 19
26. Aclaración de las Ofertas 20
27. Examen preliminar de las Ofertas para determinar su cumplimiento 20
29. Moneda para la evaluación de las Ofertas 22
30. Evaluación y comparación de las Ofertas 22
F. Adjudicación del Contrato 23
32. Criterios de Adjudicación 23
33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas 23
34. Notificación de Adjudicación y firma del Contrato 23
35. Garantía de Cumplimiento 24
36. Pago de anticipo y Garantía 25
A. DISPOSICIONES GENERALES | |
1.1 El Contratante, según la definición4 que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y el número de identificación del Contrato están especificados en los DDL y en las CEC. 1.2 El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en la Fecha Prevista de Terminación especificada en los DDL y en la subcláusula 1.1 (r) de las CEC. 1.3 En estos Documentos de Licitación: (a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo electrónico, facsímile) con prueba de recibido; (b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa; y (c) “día” significa día calendario, salvo que explícitamente se indique que se trata de días hábiles. | |
2.1 El Prestatario identificado en los DDL, se propone destinar una parte de los fondos xxx xxxxxxxx del Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante denominado el “Banco”) identificado en los DDL, para sufragar parcialmente el costo de las obras mencionadas en DDL 1.1, a fin de cubrir los gastos elegibles en virtud del Contrato para las Obras. El Banco efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario. Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato. Salvo que el Banco acuerde expresamente con otra cosa, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrá derecho alguno sobre los fondos xxx xxxxxxxx. | |
1.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco5 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para denunciar la supuesta comisión de |
4 Véase la Sección V, “Condiciones Generales del Contrato”, Cláusula 1. Definiciones.
5 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones
entre instituciones financieras internacionales.
Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos. Asimismo, el Banco ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) A efectos de cumplimiento de esta Política, el Banco define las expresiones que se indican a continuación:
i. Una práctica corrupta consiste en ofrecer, dar, recibir, o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
ii. Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
iii. Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
iv. Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
v. Una práctica obstructiva consiste en:
(aa) destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
(bb) todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en la presente cláusula 3.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los procedimientos de sanción del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
i. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o la contratación de obras financiadas por el Banco;
ii. suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
iii. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
iv. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
v. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que
(i) se le adjudiquen o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado6 subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
vi. remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
vii. imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluida la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios,
6 Un subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios designado es aquel que cumple una de las siguientes condiciones: (i) ha sido incluido por el proponente en su Cotización o solicitud de precalificación debido a que aporta experiencia y conocimientos específicos y esenciales que permiten al proponente cumplir con los requisitos de elegibilidad de la licitación; o (ii) ha sido designado
por el Prestatario.
Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco requiere que en los documentos de licitación y los contratos financiados con un préstamo o donación del Banco se incluya una disposición que exija que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Bajo esta política, todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco requerirá asimismo que se incluya en los contratos financiados con un préstamo o donación del Banco una disposición que obligue a solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios a: (i) conservar todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato;
(ii) entregar cualquier documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y hacer que empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de servicios y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de
bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios o concesionario.
(g) El Banco exigirá que, cuando un Prestatario adquiera bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, de conformidad con lo establecido en el párrafo 3.9 de las Políticas del Banco, en el marco de un acuerdo entre el Prestatario y dicha agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en la presente cláusula, relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se apliquen íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
1.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco
concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b). | |
4.1 Un Oferente y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección III de este documento, se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los Oferentes de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados, no serán elegibles si: (a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país; o (b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del Prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país. 4.2 Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos: (a) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la adquisición de los bienes objeto de estos Documentos de Licitación; o (b) presentan más de una oferta en este proceso licitatorio. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una oferta. 4.3 Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de |
inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3. 4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario. 4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante, evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Contratante la solicite. | |
5.1 Todos los Oferentes deberán presentar en una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficos, según sea necesario (Formulario 1 subnumeral 1.10). 5.2 Todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos: (a) Copias de los documentos originales que establezcan la constitución o incorporación legal (para Oferentes locales, se trata del Testimonio de Constitución y el Registro de Comercio) y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente, exceptuando a las empresas unipersonales si la oferta está firmada por el propietario. Los Oferentes extranjeros presentarán documentos similares según las exigencias de su país de origen. Los documentos a presentar están en conformidad a la información solicitada en los DDL 5.2 (a). (b) Monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas, en conformidad a la información solicitada en los DDL 5.4 (a) (Formulario 1, subnumeral 1.2 y Formulario 4). (c) Experiencia en obras de similar naturaleza, costo, magnitud, en conformidad a la información solicitada en los DDL 5.4 (b) y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos (Formulario 1, subnumeral 1.3). (d) Principales equipos de construcción, que el Oferente compromete para cumplir con el contrato, en conformidad a la información solicitada en los DDL 5.4 (c) (Formulario 1, subnumeral 1.4). (e) Calificaciones y experiencia del personal clave técnico ofertado, para desempeñarse en el Sitio de las Obras, en conformidad a la información solicitada en los DDL 5.4 (d) (Formulario 1, subnumeral 1.5 y Formulario 2). El Oferente debe consignar una sola persona por cargo. |
(f) Estados financieros del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias (Estado de resultados, auditados si corresponde) e informes de auditoría, en conformidad a la información solicitada en los DDL 5.2 (f) (Formulario 1, subnumeral 1.6).
(g) Evidencia que certifique la existencia de activos líquidos/capital de trabajo mínimo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros), en conformidad a la información solicitada en los DDL 5.4 (e) (Formulario 1, subnumeral
1.7 y Formulario 3).
(h) Información relativa a litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, así como los resultados (Formulario 1, subnumeral 1.8).
(i) Propuestas para subcontratar componentes de las Obras cuyo monto ascienda a más xxx xxxx (10) por ciento del Precio del Contrato (Formulario 1, subnumeral 1.9). El límite máximo del porcentaje de participación de subcontratistas está establecido en los DDL 5.2 (i).
(j) Además de los documentos antes mencionados, los Oferentes deben presentar otros documentos, en conformidad a la información solicitada en los DDL 5.2 (j).
5.3 Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
(a) La Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Subcláusula 5.2 de las IAO para cada miembro de la APCA; a excepción de (d), (e) e (i).
(b) La Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios.
(c) Todos los socios serán responsables solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo.
(d) Salvo que la APCA esté legalmente constituida y cuente un representante legal, uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA.
(e) La ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado.
(f) Con la Oferta, se deberá presentar una copia del Contrato de la APCA si ésta estuviese ya constituida o una Carta de Intención para formalizar el Contrato de constitución de una APCA, en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Contrato propuesto.
5.4 Para la adjudicación del Contrato, los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación:
(a) Tener una facturación promedio anual por construcción de obras por el mínimo indicado en los DDL y por el periodo indicado en los DDL. La fuente de información serán los Estados de Resultados que deberán estar auditados, si corresponde.
(b) Demostrar experiencia como Contratista principal en la construcción de por lo menos el número de obras indicado en los DDL, cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las Obras licitadas según se indica en los DDL, y que haya sido adquirida durante el período indicado en los DDL.
En obras ejecutadas en asociación, se considerará únicamente el monto equivalente al porcentaje de participación. De las obras concluidas se tomará en cuenta el monto total del contrato ejecutado, según información de las actas de recepción definitiva, última planilla o certificado del cliente confirmando las obras ejecutadas. Las obras en ejecución deberán tener un avance de al menos un sesenta por ciento (60%) y se considerarán los montos ejecutados de acuerdo a la última planilla.
(c) Comprometer la disponibilidad oportuna del equipo esencial listado en los DDL (sea este propio, alquilado o disponible mediante arrendamiento financiero).
(d) Contar con un Director o Residente de Obras y los especialistas clave que cumplan con el perfil y la experiencia indicados en los DDL.
En caso de que alguno(s) de los especialistas ofertados en la Oferta evaluada más baja, no cumplan el perfil requerido, la Oferta estará sujeta a un análisis de sustancialidad en términos de cantidad y calidad de la desviación. En caso que el Contratante determine que la desviación no es significativa, la Oferta no será rechazada; sin embargo, de manera previa a la firma de Contrato, se solicitará al Oferente seleccionado, por única vez, el respectivo reemplazo por personal que sí cumpla el perfil requerido.
(e) Contar con activos líquidos/capital de trabajo y/o disponibilidad de crédito, libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato, por un monto superior a la suma indicada en los DDL. Los Oferentes podrán
demostrar este requisito a través de su Balance o de la Certificación de una entidad financiera. El historial de litigios o laudos arbitrales en contra del Oferente, será objeto de análisis por parte del Contratante y si de determina que los montos en controversia afectan sustancialmente el patrimonio del Oferente, respecto de la presente obra, se podrá solicitar una Garantía de Cumplimiento de Contrato por un monto mayor al determinado en los DDL. Asimismo, este historial en contra del Oferente o cualquiera de los integrantes de una APCA, podría ser causal para su descalificación. 5.5 Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de una APCA se sumarán a fin de determinar si el Oferente cumple con los requisitos mínimos de calificación de conformidad con las Subcláusulas 5.4 (a) y (e) de las IAO; sin embargo, para que pueda adjudicarse el Contrato a una APCA, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinticinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en la Subcláusula 5.4 (a), (b) y (e); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta por ciento (40%) de ellos. De no satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por la APCA será rechazada. Para determinar la conformidad del Oferente con los criterios de calificación, no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas. | |
1.1 Cada Oferente presentará solamente una Oferta, ya sea individualmente o como miembro de una APCA. El Oferente que presente o participe en más de una Oferta (a menos que lo haga como subcontratista) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas. | |
7.1 Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos. | |
8.1 Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo, toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente. | |
9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO: Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL) Sección III Países Elegibles Sección IV Formularios de la Oferta Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC) |
Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII Planos Sección IX Lista de Cantidades7 Sección X Formularios de Garantías | |
10.1 Todos los posibles Oferentes deberán registrarse en la dirección indicada en los DDL para ser notificados de eventuales enmiendas o aclaraciones. El no registro por parte de los interesados no afectará su participación en la licitación; sin embargo, si serán responsables de consultar este aspecto en la página web del SICOES durante el desarrollo de la licitación. 10.2 Si así se indica en los DDL, se realizará una reunión de aclaración a la que podrán asistir los Oferentes interesados; la asistencia a la reunión no será requisito de presentación de Oferta. Se entregará una copia del acta de reunión a todos los participantes. Las enmiendas que resulten de la reunión de aclaración serán enviadas posteriormente a los asistentes y oferentes registrados, de acuerdo a lo indicado en la cláusula 11 IAO. Asimismo, esta información será publicada en la página web del SICOES. 10.3 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre los Documentos de Licitación, deberán solicitarlas al Contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL hasta catorce (14) días antes de la fecha límite de la presentación de Ofertas.8 Las respuestas serán enviadas a todos los interesados que se registraron con el Contratante, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen; asimismo, será publicada en la página web del SICOES. | |
11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante enmiendas. 11.2 Cualquier enmienda que se emita, formará parte integral de los Documentos de Licitación, será comunicada por escrito a todos los Oferentes que se registraron con el Contratante9; asimismo, será publicada en la página web del SICOES. Los posibles Oferentes registrados, deberán acusar recibo por escrito, de cada enmienda, al Contratante. 11.3 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes, tiempo suficiente para tomar en cuenta una enmienda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO. | |
12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma español. |
7 En los contratos por suma alzada, suprimir la expresión "Lista de Cantidades" y reemplazarla por "Calendario de Actividades".
8 Pudiera ser necesario extender el plazo para la presentación de Ofertas, si la respuesta del Contratante resulta en cambios sustanciales a los Documentos de Licitación. Véase la cláusula 11 de las IAO.
9 Es importante, por lo tanto, que el Contratante mantenga una lista completa y actualizada de todos los que hayan recibido los documentos de licitación y sus direcciones.
conforman la Oferta | 13.1 De acuerdo a las Cláusulas 5 y 17, la Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos: (a) La Carta de Oferta (Formulario 1 de la Sección IV). (b) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO. (c) La Hoja de Vida de cada uno de los profesionales ofertados, firmados por cada profesional (Formulario 2 de la Sección IV). (d) Certificado de disponibilidad de línea de crédito, si corresponde (Formulario 3 de la Sección IV). (e) Resumen de Información Financiera (Formulario 4 de la Sección IV). (f) La Lista de Cantidades valoradas –vale decir con precio ofertado– (Formulario 5 de la Sección IV)10 y Precios unitarios de cada ítem (Formulario 6 de la Sección IV) 11 (g) Los formularios y los documentos de Información para la Calificación. (h) Cualquier otro material que se solicite a los Oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL. |
14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas 12 presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades.13 El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta catorce (14) días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente.14 |
10 En los contratos por suma alzada, suprimir la expresión "Lista de Cantidades " y reemplazarla por "Calendario de Actividades".
11 Eliminar para contratos por suma alzada.
12 En los contratos a suma alzada, suprimir la expresión "Lista de Cantidades " y reemplazarla por "Calendario de Actividades".
13 En los contratos por suma alzada, suprimir la expresión "descritos en la Lista de Cantidades" y reemplazarla por “descritas en los planos y en las Especificaciones y enumeradas en el Calendario de Actividades”.
14 En los contratos por suma alzada, suprimir “en los precios unitarios y.”
14.4 Los precios unitarios15 que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC. | |
15.1 Los precios deberán ser cotizados por el Oferente enteramente en bolivianos. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales16) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente. 15.2 Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer los porcentajes mencionados en la Subcláusula anterior, será el tipo de cambio vendedor para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los DDL, vigente a la fecha correspondiente a 14 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos, con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros tipos de cambio, las disposiciones de la Subcláusula 29.1 de las IAO aplicarán, y en todo caso, los pagos se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizadas en la Oferta. 15.3 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras. 15.4 Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que sustenten que las cantidades incluidas en los xxxxxxx00, si así se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO. 15.5 Para valorar la experiencia del Oferente según lo indicado en la Subcláusula 5.4 (b) de las IAO, el tipo cambio será calculado a la fecha del documento que presente como respaldo de la experiencia y la fuente la misma que se indica en la Subcláusula 15.2 de las IAO. | |
16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período18 estipulado en los DDL. 16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también |
15 En los contratos por suma alzada, suprimir las palabras “los precios unitarios” y reemplazarlas con “el precio global”.
16 Las sumas provisionales son sumas monetarias especificadas por el Contratante en la Lista de Cantidades para ser utilizadas a su discreción con subcontratistas designados y para otros fines específicos.
17 En los contratos por suma alzada, suprimir las palabras “los precios” y reemplazarlas con “el precio global”.
18 El período es un plazo razonable, generalmente no menor de 35 días y no mayor de 105, para permitir la evaluación de las Ofertas, hacer aclaraciones, y obtener la ‘no objeción’ del Banco (cuando la adjudicación del contrato está sujeta a revisión previa).
por 28 días después de la fecha prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud, sin que se les haga efectiva la Garantía o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud, no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO. 16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de 56 días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta, sin tener en cuenta los ajustes antes señalados. | |
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta | 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, según se especifica en los DDL. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, si fue solicitada en conformidad a la Subcláusula 17.1 anterior, será por la suma estipulada en los DDL y denominada en bolivianos o en cualquier otra moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) consistir en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una póliza de caución emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente en cualquier país. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, ésta deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con el contenido de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aceptable para el Contratante; (d) ser irrevocable, renovable y de ejecución inmediata, en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Subcláusula 17.5 de las IAO; (e) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (f) permanecer válida por el período que indica los DDL, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO. 17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, que sustancialmente respondan a lo requerido en cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. |
17.4 La Garantía de Mantenimiento de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas, serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento y firme el contrato. 17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) el Oferente seleccionado retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Cláusula 28 de las IAO; o (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una APCA deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, deberá ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros socios, tal como se denominan en la carta de intención. | |
18.1 No se considerarán Ofertas alternativas. | |
19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. 19.2 El original de la Oferta deberá ser impresa o escrita con tinta indeleble y deberá estar firmada por la persona o personas debidamente autorizada(s) para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con la Subcláusula 5.2 (a) de las IAO. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas, deberán estar firmadas por la misma persona o personas que firmaron la Oferta. 19.3 La Oferta de precio no podrá contener alteraciones ni adiciones. 19.4 El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, |
pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato, si el Oferente resulta seleccionado. | |
20.1 Los Oferentes entregarán sus Ofertas de forma física, por los medios que consideren pertinentes, dentro de la fecha y hora indicadas en los DDL. El Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en sobres, que sellará e identificará claramente el “ORIGINAL” y las “COPIAS”, según corresponda. 20.2 Los sobres deberán: (a) estar dirigidos al Contratante a la dirección19 proporcionada en los DDL; (b) llevar el nombre y número de identificación del proceso indicados en los DDL; y (c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL. 20.3 Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. 20.4 Si el sobre no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. | |
21.1 Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL. 21.2 El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas, quedarán sujetos a la nueva fecha límite. | |
22.1 Toda Oferta que reciba el Contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO, será devuelta al Oferente remitente sin abrir. | |
23.1 Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO. |
19 La dirección donde se reciban las Ofertas debe ser una oficina que esté abierta durante el horario normal de trabajo, con personal autorizado para certificar la hora y fecha de recepción y asegurar la custodia de las Ofertas hasta la fecha de la apertura. No se debe indicar una dirección de apartado postal. La dirección para la recepción de las Ofertas debe ser la misma que se indique en el Llamado a licitación.
23.2 Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO; el sobre exterior y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda. 23.3 Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de los DDL, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Subcláusula 21.1 de los DDL. 23.4 El retiro de una Oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Ofertas y la expiración del período de validez de las Ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Subcláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, según lo dispuesto en la cláusula 17 de las IAO. 23.5 Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos o modificar los precios de sus Ofertas sometiendo modificaciones a la Oferta, de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la Oferta original. | |
24.1 El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. 24.2 Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “MODIFICACIÓN” o “SUSTITUCIÓN”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de “RETIRO”, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO. 24.3 En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas, descuentos, notificaciones de retiro, sustitución o modificación de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna Oferta será rechazada en el acto de apertura, excepto las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura, no podrán ser consideradas para evaluación, sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. 24.4 El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los |
asistentes de conformidad con la Subcláusula 24.320 de las IAO y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente. | |
25.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato al Oferente seleccionado de conformidad con la Subcláusula 34.4 de las IAO. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. | |
26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios 21. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito, pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 28 de las IAO. | |
27. Examen preliminar de las Ofertas para determinar su cumplimiento | 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, según se haya solicitado; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de presentación de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente, es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación, sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; |
20 Para los contratos sujetos a revisión previa, una copia del acta de apertura deberá ser enviada por el Contratante al Banco Interamericano de Desarrollo, junto con el acta de evaluación de las ofertas.
21 En los contratos por suma alzada, suprimir las palabras "los precios unitarios" y reemplazarlas por "los precios en el Calendario de actividades".
(b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación, mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas. | |
28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos indicados en el numeral 27.1, contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera:22 (a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras; (b) cuando haya discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado; (c) si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; (d) en caso de discrepancia entre un precio unitario incluido en el Formulario 5 – Presupuesto General de la Obra y Formulario 6 – Análisis de Precios Unitarios, prevalecerá este último; (e) si en el Formulario 5 – Presupuesto General de la Obra, no se consigna uno o algunos ítems solicitados o si se omitió el precio unitario de algún ítem, pero se incluye el Formulario 6 – Análisis de Precios Unitarios para dicho precio unitario, se multiplicará el precio unitario del Formulario 6 por la cantidad requerida y se ajustará el precio total indicado en el Formulario 5; (f) si en el Formulario 5 – Presupuesto General de la Obra, no se consigna uno o algunos ítems solicitados o si se consigna algún ítem sin precio unitario, y no se hubiese presentado el Formulario 6 – Análisis de Precios Unitarios para el/los ítems faltantes; se considerará que dicho ítem se ha ofrecido sin ningún costo; de ratificarse, este aspecto deberá ser considerado en la administración del respectivo contrato de obras; (g) si en el Formulario 5 – Presupuesto General de la Obra, se consignan los precios unitarios y no se hubiese presentado el Formulario 6 – Análisis de Precios Unitarios de algunos ítems, se considerará un error subsanable y se solicitará al oferente la presentación del(os) Formulario(s) 6 faltantes, sin permitir la modificación del precio unitario incluido en el Formulario 5; |
22 En los contratos a suma alzada, suprimir el texto que se inicia con las palabras "de la siguiente manera" al final de la cláusula, y reemplazarlo por "de la siguiente manera: cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y en palabras, prevalecerá el indicado en palabras".
(h) en caso de verificarse algún desequilibrio en algún precio cotizado, se deberá solicitar al Oferente la respectiva aclaración, con la entrega de un análisis pormenorizado de los precios de los ítems afectados, a fin de demostrar la coherencia de dichos precios con los precios promedio xx xxxxxxx y la situación macroeconómica; (i) las cantidades señaladas en el precio cotizado, no deben estar sujetas a corrección ni a interpretación por parte del Contratante. 28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento señalado en la Subcláusula anterior, el Contratante consultará, por escrito, a los Oferentes la aceptación o no del ajuste y/o la ratificación del precio cotizado, sin indicar el orden de precedencia de su Oferta. Con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta o ejecutarse la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5 (b) de las IAO. | |
29.1 Las Ofertas serán evaluadas en bolivianos, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO. | |
30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO. 30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera: (a) ajustando cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO; (b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades23, pero incluyendo los trabajos por día24, siempre que sus precios sean cotizados de manera competitiva; |
23 En los contratos a suma alzada, suprimir la expresión "Lista de cantidades" y reemplazarla por "Calendario de actividades".
24 Trabajos por día son los trabajos que se realizan según las instrucciones del Gerente de Obras y que se remuneran conforme al tiempo que le tome a los trabajadores, en base a los precios cotizados en la Oferta. Para que a los fines de la evaluación de las Ofertas se considere que el precio de los trabajos por día ha sido cotizado de manera competitiva, el Contratante deberá hacer una lista de las cantidades tentativas correspondientes a los rubros individuales cuyos costos se determinarán contra los días de trabajo (por ejemplo, un número determinado de días-hombre de un conductor de tractores, una cantidad específica de toneladas de cemento Portland, etc.), los cuales se multiplicarán por los precios unitarios cotizados por los Oferentes e incluidos en el precio total de la Oferta.
(c) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas, de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO. 30.3 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la Cláusula 47 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato. | |
31.1 No se aplicará un margen de preferencia para comparar las ofertas de los contratistas nacionales con las de los contratistas extranjeros. | |
32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta, el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente: (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. | |
33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas | 33.1 No obstante lo dispuesto en la cláusula 32, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar o anular el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante.25 33.2 Hasta antes de la adjudicación del contrato, el Contratante podrá suspender el proceso, comunicando a los interesados, por un término no superior a los catorce (14) días. |
34.1 Antes de la expiración de la validez de la Oferta, el Contratante notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato al Oferente cuya Oferta haya sido aceptada. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Carta de Aceptación”) deberá estipular el monto que el Contratante pagará al Contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las Obras por parte del Contratista, de conformidad con el Contrato (en lo sucesivo y en el Contrato denominado el “Precio del Contrato”). 34.2 El Contrato incorporará todos los acuerdos entre el Contratante y el Oferente seleccionado. En la Carta de Aceptación enviada al Oferente Seleccionado, el Contratante concederá un plazo indicado en los DDL para la presentación de los documentos detallados en los DDL para la firma del contrato. En cuanto se tenga la documentación necesaria, el Contratante elaborará el Contrato y citará al Oferente Seleccionado para su firma, posteriormente será suscrito por el Contratante. |
25 El Contratante no deberá rechazar Ofertas o anular el proceso de licitación, excepto en los casos en que lo permiten las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo.
34.3 Cuando el Oferente seleccionado no cumpla con la presentación de la Garantía de Cumplimiento de Contrato o desista de la suscripción del contrato, su Oferta será descalificada y se hará efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se ejecutará la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, según haya sido solicitada por el Contratante; procediéndose a la revisión de la subsecuente oferta evaluada como más baja. El Oferente Seleccionado podrá solicitar prórrogas al plazo concedido a que hace referencia la Subcláusula 34.2 y el Contratante analizará la pertinencia de aceptarla. 34.4 El Contratante publicará en el la página web del SICOES, los resultados de la licitación, con esta publicación se dará por establecido, la notificación a todos los Oferentes que participaron en el proceso. 34.5 Si alguno de los Oferentes desea conocer las causas por las cuales su Oferta no fue adjudicada, podrá solicitar al Contratante la explicación pertinente. 34.6 En caso que el Oferente no considere satisfactoria la explicación, podrá presentar su protesta o reclamo por escrito, inclusive después de la adjudicación. Asimismo, los Oferentes que participaron en el presente proceso o un tercero afectado, puede presentar su protesta, en cualquier etapa del proceso. | |
35.1 Junto con la documentación indicada en la Subcláusula 34.2 el Oferente Seleccionado deberá entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento por el monto y en la forma estipulada en los DDL, denominada en los tipos y proporciones de monedas indicados en la Carta de Aceptación y de conformidad con las CGC. 35.2 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una garantía bancaria, ésta deberá ser emitida, a elección del Oferente, por un banco en el país del Contratante, o por un banco extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal con domicilio en el país del Contratante. 35.3 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una póliza o fianza, ésta deberá ser emitida por una compañía aseguradora que el Oferente seleccionado haya verificado que es aceptable para el Contratante. 35.4 El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de las Subcláusulas 35.1 y 34.3 de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Tan pronto como el Oferente seleccionado firme el Contrato y presente la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Subcláusula 35.1 de las IAO, el Contratante comunicará, por escrito, el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las |
Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17.4 de las IAO. 35.5 Si la Oferta con el precio evaluado más bajo, está seriamente desequilibrada con relación al precio referencial, éste podrá exigir al Oferente, que entregue un análisis pormenorizado de los precios de los ítems afectados, a fin de demostrar la coherencia de dichos precios con los precios promedio xx xxxxxxx y la situación macroeconómica. Luego de evaluar esta documentación, el Contratante podrá solicitar una Garantía de Cumplimiento de Contrato por un monto mayor al determinado en los DDL. | |
36.1 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía Bancaria para Pago de Anticipo. Adicionalmente, el Oferente Seleccionado podrá solicitar un anticipo especial para materiales en bodega, si así se indican en los DDL y para los ítems allí señalados. | |
37.1 El Contratante propone que se designe como Conciliador bajo el Contrato a la persona nombrada en los DDL, a quien se le pagarán los honorarios por hora estipulados en los DDL, más gastos reembolsables. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con esta propuesta, deberá manifestarlo en su Oferta. Si en la Carta de Aceptación el Contratante no expresa estar de acuerdo con la designación del Conciliador, el Conciliador deberá ser nombrado por la autoridad designada en los DDL y las CEC, a solicitud de cualquiera de las partes. |
SECCIÓN II. DATOS DE LA LICITACIÓN26
A. DISPOSICIONES GENERALES | |
IAO 1.1 | El Contratante es EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD - ENDE Las Obras es: Construcción del tendido de Conductor, Cable de Guarda, Cable OPGW (Empalmes y Certificación) La línea de transmisión eléctrica 115 kV Padilla – Monteagudo - Camiri, tiene una extensión de 125 km aproximadamente, desde la Subestación Padilla, perteneciente al departamento de Chuquisaca, hasta la Subestación de Camiri, perteneciente al departamento de Santa Xxxx. TRAMO 1: PADILLA – MONTEAGUDO PRECIO REFERENCIAL: Bs 5.251.383,64 (Cinco millones doscientos cincuenta y un mil trescientos ochenta y tres 64/100 Bolivianos) incluye impuestos xx xxx. PLAZO DE EJECUCIÓN: 140 Días calendario. Se estima que este este tramo comprende: ÍTEM 1.1: Tendido de 3 Conductores, Cable de Guarda, Cable OPGW (Empalmes y Certificación) 66.47 km. ÍTEM 1.2: Medidas de prevención y mitigación. TRAMO 2: MONTEAGUDO – CAMIRI PRECIO REFERENCIAL: Bs5.180.870,41 (Cinco millones ciento ochenta mil ochocientos setenta 41/100 Bolivianos) incluye impuestos xx xxx. PLAZO DE EJECUCIÓN: 120 Días calendario. Se estima que este este tramo comprende: ÍTEM 2.1: Tendido de 3 Conductores, Cable de Guarda, Cable OPGW (Empalmes y Certificación) 58,01 km. ÍTEM 2.2: Medidas de prevención y mitigación. |
26 Esta sección deberá ser completada por el Contratante antes de emitir los Documentos de Licitación.
Los oferentes podrán presentar oferta para uno o más tramos. El nombre e identificación del contrato es: Construcción del tendido de Conductor, Cable de Guarda, Cable OPGW (Empalmes y Certificación) Tramo 1: Xxxxxxx – Monteagudo Tramo 2: Monteagudo – Camiri LPN BID-ENDE-2019-008 | |
IAO 1.2 | La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es 03 de febrero de e2020 fecha estimada |
IAO 2.1 | El Prestatario es el Estado Plurinacional de Bolivia El Préstamo del Banco es PROGRAMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL II (BO-L1117) Número: 3725/BL-BO Fecha: 00 xx Xxxxxxxxx xx 0000 Xx xxxxx xxx xxxxxxxx xx: USD 100.000.000,00 (Cien millones 00/100 Dólares Estadounidenses) |
IAO 5.2 (f) | Estado de Resultados de los últimos tres años, que señalen los montos facturados por la construcción de las obras civiles realizadas cada año |
IAO 5.2 (a) | Los documentos a presentar son: (a) Calendario de Actividades (b) Testimonio de Constitución (copia simple) (c) Poder del Representante legal (copia simple)/carta de designación del representante en el caso de APCA aún no constituida. (d) Registro FUNDEMPRESA (copia simple) (e) Certificación electrónica del Número de Identificación Tributaria (NIT) |
IAO 5.2 (f) | Estado de Resultados de los últimos tres (3) años, que señalen los montos facturados por la construcción de las obras civiles realizadas cada año |
IAO 5.2 (i) | El porcentaje máximo de participación de subcontratistas es 40% del valor del contrato. |
IAO 5.2 (j) | Otra documentación que deberá presentar el oferente es: a) Programa propuesto (metodología y programa de trabajo, Organigrama, Número de Frentes de Trabajo y Xxxxxx Xxxxxx, Cronogramas y otros), y descripciones, planos y tablas, según sea necesario, para cumplir con los requisitos del Documento de Licitación. |
IAO 5.4 (a) | Promedio de facturación por construcción de obras durante los últimos cinco (5) años, equivalente al menos al 50% del precio referencial del tramo ofertado. |
IAO 5.4 (b) | Para cumplir este criterio, el oferente deberá haber ejecutado por lo menos dos (2) obras durante los últimos 7 años. Se entiende como obras similares o comparables a las siguientes, mismas que deberán involucrar un costo no menor al setenta por ciento (70%) del precio referencial indicado en las IAO 1.1: Obras equivalentes o de similar naturaleza: Construcción del tendido de Conductor, Cable de Guarda, Cable OPGW en Proyectos de Líneas Transmisión Eléctrica mayores o iguales a 115 kV. Tramo I: Construcción de 66 km de longitud de línea en 115 kV o superior. Tramo II: Construcción de 58 km de longitud de línea en 115 kV o superior. |
El Oferente debe presentar los respaldos de la experiencia de la empresa (actas de recepción definitva y/o certificado de cumplimiento de contrato). | |
IAO 5.4 (c) | El equipo esencial que deberá tener disponible el Oferente seleccionado para ejecutar el Contrato es: El oferente deberá proponer el Equipo mínimo. (sea este propio, alquilado o disponible mediante arrendamiento financiero) Debe ser detallado en el formulario 1, subnumeral 1.4 |
IAO 5.4 (d) | Los criterios mínimos para la calificación del personal clave requerido y su perfil mínimo son: N° CARGO A FORMACIÓN EXPERIENCIA GENERAL EXPERIENCIA ESPECÍFICA DESEMPEÑAR Ing. Eléctrico, Gerente, Director o Ing. Superintendente de Electromecánico Proyecto en Construcción de GERENTE DE o Ing. Civil u 5 años mínimo a partir Líneas de Transmisión de 1 OBRAS otros de la obtención del Alta Tensión mayores o igual profesionales título profesional a 115 kV con Especialidad (deberá acreditar en el Área mínimamente 2 proyectos Eléctrica. equivalentes) Superintendente, Residente o Supervisor de Obras en Xxx. Xxxxxxxxx, 0 años mínimo a partir Construcción de Líneas de 1 RESIDENTE DE Ing. de la obtención del Transmisión de Alta Tensión OBRAS Electromecánico título profesional mayores o igual a 115 kV o Ing. Civil (deberá acreditar mínimamente 2 proyectos equivalentes) Residente, Supervisor o ESPECIALISTA Especialista en Fundaciones EN LA Ing. Eléctrico, 4 años mínimo a partir en Construcción de Líneas 1 CONSTRUCCIÓN Ing. de la obtención del de Transmisión de Alta DE LÍNEAS DE Electromecánico título profesional Tensión mayores o igual a TRANSMISIÓN o Xxx. Xxxxx 000 kV (deberá acreditar mínimamente 2 proyectos equivalentes) Ing. Ambiental u Supervisor o Especialista en RESPONSABLE DE otros 3 años mínimo a partir Medio Ambiente 1 SEGURIDAD Y profesionales de la obtención del (deberá acreditar MEDIO con Especialidad título profesional mínimamente 2 proyectos AMBIENTE en Medio equivalentes) Ambiente. Especialista o Topógrafo en Topógrafo, Construcción de Líneas de Técnico Superior 3 años mínimo a partir Transmisión de Alta Tensión 1 TOPÓGRAFO o Medio en de la obtención del mayores o iguales a 115 kV topografía título profesional (deberá acreditar (no excluyente) mínimamente 2 proyectos equivalentes similares) |
La experiencia requerida, se evaluará a partir de la obtención del título en provisión nacional y dentro de los últimos 5 años. NOTA: El Oferente deberá proponer un organigrama y el número de frentes de trabajo que permita la ejecución de las obras en el tiempo previsto de ejecución, en días calendario. En caso de presentar ofertas para más de un tramo, no podrá utilizarse el mismo personal clave, considerando que un Oferente podría adjudicarse más de un tramo. NUMERO MÍNIMO DE FRENTES DE TRABAJO: TRAMO I: XXXXXXX - MONTEAGUDO ÍTEM 1.1 Tendido de 3 Conductores (simple terna), Cable de Guarda, Cable OPGW (Empalmes y Certificación): 2 FRENTES DE TRABAJO. ÍTEM 1.2: Medidas de Prevención y Mitigación: 1 FRENTE DE TRABAJO. TRAMO II: MONTEAGUDO – CAMIRI ÍTEM 2.1 Tendido de 3 Conductores (simple terna), Cable de Guarda, Cable OPGW (Empalmes y Certificación): 2 FRENTES DE TRABAJO. ÍTEM 2.2: Medidas de Prevención y Mitigación: 1 FRENTE DE TRABAJO. | |
IAO 5. 4 (e) | El monto mínimo de activos líquidos/capital de trabajo y/o disponibilidad de crédito, libres de otros compromisos contractuales del Oferente seleccionado deberá ser de Bs. 1.250.000,00 (Un millón doscientos cincuenta mil 00/100 Bolivianos) por tramo. |
B. DOCUMENTOS DE LICITACIÓN | |
IAO 10.1 | La dirección del Contratante: Atención: Empresa Nacional de Electricidad - ENDE Dirección: Xxxxx Xxxxxxxx Xx 0000 esq. Falsuri Piso/Oficina: Planta Baja Ciudad: Cochabamba País: Estado Plurinacional de Bolivia Teléfono: (591-4)4520317-4120900 Int.1581 Número de fax: (000-0) 0000000 Página Web: xxxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx/ Cochabamba- Bolivia |
IAO 10.2 | Si se realizará una reunión de aclaración. La Reunión de Aclaración se realizará en la dirección detallada en las IAO 10.1 Fecha y hora: 22 de julio de 2019. Hora 15:00 (hora oficial del país contratante) Dirección de correo electrónico: xxxx@xxxx.xx Nota: Las solicitudes de aclaración que se remitan vía correo electrónico deberán ser remitidas en hoja membretada, firmada y sellada por el representante legal de la empresa y preferiblemente en formato PDF. Nota: Adicionalmente, para los oferentes interesados está previsto el recorrido a lo largo del trazo de la Línea, que se realizará el 23 al 24 de julio de 2019, para lo cual el Contratante |
proporcionara la agenda de forma oportuna. El Oferente correrá con los costos y medios logísticos que demande su presencia para la visita. | |
C. PREPARACIÓN DE LAS OFERTAS |
IAO 13.1 (h) | Los Oferentes deberán presentar los siguientes documentos adicionales con su Oferta: a) Declarar los contratos de obra civil que hayan sido suspendidos o terminados por un Contratante por razones relacionadas con el incumplimiento de cualquier requisito o salvaguardia ambiental, social (incluyendo explotación y abusos sexuales (EAS) y violencia de género (VBG) o de seguridad y salud en el trabajo en los últimos cinco años. b) Normas de Conducta (ASSS) Los Oferentes deben presentar las Normas de Conducta que aplicarán a sus empleados y subcontratistas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones en materia ambiental, social y de seguridad y salud en el trabajo del Contrato. Nota: Indique los riesgos que deben ser contemplados en las Normas de Conducta con sujeción a la Sección VII, "Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento", tales como: la afluencia de mano de obra, la propagación de enfermedades contagiosas, acoso sexual, violencia de género, explotación y abusos sexuales, comportamiento ilícito y criminal, y el mantenimiento de un ambiente seguro, etc. Además, el Oferente debe explicar cómo va a implementar esas Normas de Conducta. Esto debe incluir: cómo se especificará el cumplimiento de las Normas en los contratos de empleo, qué capacitación será ofrecida, cómo se observará el cumplimiento de las Normas y cómo es que el Contratista propone tratar las infracciones. El Contratista está obligado a implementar las referidas Normas de Conducta. |
c) Gestión de las Estrategias y Planes de Implementación (GEPI) El Oferente debe presentar un mecanismo de Gestión de las Estrategias y Planes de Implementación (GEPI) para gestionar los aspectos clave y riesgos de naturaleza ambiental, social y de seguridad y salud en el trabajo (ASSS) (incluyendo explotación y abuso sexual y violencia de género). [Nota: insertar el nombre del plan y los riesgos específicos]; • [p.ej. Plan de Manejo del Tráfico para asegurar la seguridad de las comunidades locales del tráfico de construcción]; • [p.ej. Plan de Protección de Recursos Hídricos para prevenir la contaminación del agua potable]; • [p.ej. Estrategia de Señalización y Demarcación de Límites para movilización para prevenir impactos adversos en los exteriores de la construcción]; • [p.ej. Estrategia para la obtención de consentimientos / permisos previos al inicio de trabajos relevantes como la apertura de una cantera o un área xx xxxxxxxx de materiales]. • [p.ej. Planes de Prevención y de Plan de Acción en Respuesta a situaciones de violencia de género y explotación y abuso sexuales (VBG/EAS)] El Contratista deberá presentar para aprobación y posteriormente implementar el Plan Ambiental y Gestión Social del Contratista, que incluye las Estrategias de Gestión y los Planes de Implementación descritos aquí. [Nota: La extensión y el alcance de estos requisitos deben reflejar los riesgos o requisitos significativos de ASSS establecidos en la Sección VII, “Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento” según lo recomendado por el especialista ambiental / social. Los principales riesgos para abordar por el Oferente deben ser identificados por especialistas ambientales / sociales, por ejemplo, en la Evaluación de Impacto Ambiental y Social (EIAS), en el Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS), en el Plan de Acción de Reasentamiento (PAR) y / o en las Condiciones de Consentimiento (que son las condiciones de la autoridad reguladora adjuntas a cualquier permiso o aprobación para el proyecto), hasta un máximo de cuatro. Los riesgos pueden surgir durante las fases de movilización o construcción, y pueden incluir los impactos del tráfico de construcción en la comunidad, la contaminación del agua potable, el uso de terrenos privados y los impactos en especies raras, etc. Las estrategias y/o planes de movilización para enfrentar los riesgos pueden incluir, si son pertinentes: estrategia de movilización, estrategia de obtención de consentimientos / permisos, plan de gestión del tráfico, plan de protección de los recursos hídricos, plan de protección de la biodiversidad y una estrategia para la señalización y el respeto de los límites de las obras, etc.] | |
IAO 14.4 | Los precios unitarios no estarán sujetos a ajustes de precio de conformidad con la Cláusula 47 de las CGC |
IAO 15.2 | La fuente designada para establecer las tasas de cambio será: Banco Central de Bolivia, tipo oficial de cambio venta., xxx.xxx.xxx.xx |
IAO 15.4 | Los Oferentes tendrá que demostrar que sus necesidades en moneda extranjera incluidas en los precios unitarios son razonables y se ajustan a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO |
IAO 16.1 | El período de validez de las Ofertas será de 120 días calendario, a partir de la fecha de presentación de propuestas. |
IAO 17.1 | La Oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma de (Boleta de Garantía/Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento/Garantía a Primer Requerimiento), utilizando el formulario para garantía de la Oferta (garantía bancaria o fianza) incluido en la Sección X. |
IAO 17.2 | El monto de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta es: TRAMO 1: XXXXXXX – MONTEAGUDO Bs. 53.000,00 (Cincuenta y tres mil 00/100 Bolivianos). TRAMO 2: MONTEAGUDO – CAMIRI Bs. 52.000,00 (Cincuenta y dos mil 00/100 Bolivianos). o el equivalente en una moneda de libre convertibilidad, la misma que deberá estar dirigida a nombre de la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD – ENDE, con las características de RENOVABLE, IRREVOCABLE Y DE EJECUCION INMENDIATA. La validez de la garantía es un plazo mínimo de 30 días adicionales a la valides de la oferta establecido en el IAO 16.1. (Nota: Institución bancaria establecida en Bolivia o que tenga sucursal o corresponsalía local para hacer efectiva la misma). La validez de la garantía debe ser mínimamente hasta 07 de enero de 2019 La Garantía debe ser emitida a nombre de la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD – ENDE. |
IAO 19.1 | El número de copias de la Oferta que los Oferentes deberán presentar es Un (1) original, una (1) copia, en caso de discrepancia prevalecerá el original, adicionalmente una (1) copia en medio magnético editable (CD o DVD). Los Oferentes deberán presentar su Oferta en formato digital, la falta de este requisito no inhabilitará la Oferta. En caso de discrepancia, prevalecerá el original impreso. |
D. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS | |
IAO 20.2 (a) | Para propósitos de la presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es: Atención: Empresa Nacional de Electricidad - ENDE Dirección: Xxxxx Xxxxxxxx Xx 0000 esq. Falsuri Piso/Oficina: Planta Alta (Secretaria de Presidencia) Ciudad: Cochabamba País: Estado Plurinacional de Bolivia Teléfono: (591-4)4520317-4120900 Int. 1573 Número de fax: (000-0) 0000000 |
IAO 20.2 (b) | Nombre: Construcción del tendido de Conductor, Cable de Guarda, Cable OPGW (Empalmes y Certificación) Tramo 1: Xxxxxxx – Monteagudo Tramo 2: Monteagudo – Camiri Número de identificación del contrato: LPN BID-ENDE-2019-008 |
IAO 20.2 (c) | La nota de advertencia deberá leer “NO ABRIR ANTES DEL 12 xx xxxxxx de 2019 hora 16:00. (hora oficial del país contratante)” |
IAO 21.1 | La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas será: 12 xx xxxxxx de 2019 hora 16:00. (hora oficial del país contratante) |
E. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS | |
IAO 24.1 | La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: Dirección: Xxxxx Xxxxxxxx Xx 0000 xxx. Xxxxxxx Xxxx/Xxxxxxx: Xxxxxx xxxx (xxxx de formación) Ciudad: Cochabamba País: Estado Plurinacional de Bolivia Fecha: 12 xx xxxxxx de 2019 Hora: 16:30 |
IAO 34.2 | Para la suscripción del contrato el Oferente seleccionado deberá presentar: a) Certificado xxx XXXX que respalde la información declarada de su propuesta (original) b) Testimonio de constitución de la empresa o su equivalente en su país de origen (fotocopia legalizada) Poder del Representante Legal o su equivalente en su país de origen (Personas Jurídicas) (fotocopia legalizada) c) Número de Identificación Tributaria (NIT) o su equivalente en su país de origen (fotocopia legalizada o documento equivalente) d) Registro de Comercio y Sociedades Mercantiles o su equivalente en su país de origen (original). e) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En el caso de APCA esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD - ENDE (original) f) Declaración Jurada del Pago de Impuestos a las Utilidades de las Empresas, con el sello del Banco, excepto las empresas de reciente creación o su equivalente en el país de origen (copia legalizada) g) Certificado de no adeudo por contribuciones al seguro social obligatorio de largo plazo y al sistema integral de pensiones o su equivalente en su país de origen. h) Certificado de solvencia fiscal emitido por la Contraloría General del Estado (CGE) o su equivalente en su país de origen (original). i) Certificados/Documentos que acrediten la Experiencia General y Específica de la Empresa. (copia simple) j) Certificados/Documentos que acrediten la Experiencia General y Específica del Personal Clave (copia simple). k) Testimonio de Contrato de Asociación Accidental (original) l) Garantía de Correcta Inversión del Anticipo, debe corresponder a una Garantía a Primer requerimiento, con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, por el 100% del monto solicitado. En caso de Oferentes extranjeros, la documentación deberá ser presentada en original y/o copia legalizada que tenga valor legal en Bolivia para la suscripción del Contrato. El plazo para presentar los documentos anteriormente detallados es de 10 días calendario a partir de la notificación de adjudicación. |
F. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO |
IAO 35.1 | La forma estándar de Garantía de Cumplimiento aceptable al Contratante será a primer requerimiento, equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En el caso de APCA esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación. Dicha garantía debe contener las siguientes características: renovable, irrevocable y de ejecución inmediata. La Garantía de Cumplimiento debe ser emitida por una institución bancaria legalmente establecida en Bolivia o por una institución bancaria que tenga sucursal o corresponsalía local para hacer efectiva la misma. Esta garantía debe estar sustancialmente de acuerdo con el formulario de la Garantía de Cumplimiento incluido en la Sección X. Formularios de Garantía; y debe cumplir con los lineamientos del Sistema Financiero del país del Contratante. |
IAO 36.1 | El pago de anticipo será por un monto máximo del 20% del Precio Total del Contrato El Oferente adjudicado no podrá solicitar anticipo especial para materiales en bodega. |
IAO 37.1 | El Conciliador que propone el Contratante es la: Sociedad de Ingenieros de Bolivia (S.I.B.) de la Ciudad de Cochabamba (dirección: Calle Xxxxxxx Xxxxxxxx N°448 (Av. América Oeste)). Los honorarios por hora para este Conciliador serán de acuerdo a la tasa arancelaria del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio en la Ciudad de Cochabamba en bolivianos. Los datos personales de este Conciliador son los siguientes: Proporcione la información relevante, como educación, experiencia, edad, nacionalidad y cargo actual; adjunte páginas adicionales si es necesario. La Autoridad que nombrará al Conciliador cuando no exista acuerdo es la: Sociedad de Ingenieros de Bolivia (S.I.B.) de la Ciudad de Cochabamba |
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A. Nacionalidad.
(a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) está legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B. Origen de los Bienes.
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el Contratante o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al Contratante.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C. Origen de los Servicios.
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro
de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
PAÍSES MIEMBROS | ||
Argentina | Dinamarca | México |
Alemania | Ecuador | Nicaragua |
Austria | El Xxxxxxxx | Noruega |
Bahamas | Eslovenia | Países Bajos, Xxxxx de los |
Barbados | España | Panamá |
Bélgica | Estados Unidos | Paraguay |
Bélice | Finlandia | Perú |
Bolivia | Francia | Portugal |
Brasil | Guatemala | Xxxxx Unido |
Canadá | Guyana | República Dominicana |
Chile | Haití | Suecia |
China, República Popular de | Honduras | Suiza |
Colombia | Israel | Surinam |
Xxxxx, República de | Italia | Trinidad y Tobago |
Xxxxx Rica | Jamaica | Uruguay |
Croacia | Japón | Venezuela |
TERRITORIOS ELEGIBLES | ||
a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx | ||
b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América | ||
c) Aruba – por ser país constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos y Bonaire Curazao, Sint Maarten, Saba, Sint Eustatius – por ser Departamentos xxx Xxxxx de los Países Bajos | ||
d) Hong Kong – por ser Región especial Administrativa de la República Popular de China |
Formulario 1 – Oferta Formulario 2 – Hoja de Vida
Formulario 3 – Certificado de Disponibilidad de Línea de Crédito Formulario 4 – Resumen de Información Financiera
Formulario 5 – Presupuesto General de la obra Formulario 6 – Precios Unitarios
Cuadro I – Criterios de Elegibilidad y Calificación Formulario para el Contratante – Carta de Aceptación Formulario para el Contratante – Contrato Formulario ASSS-GEPI
Formulario de Conducta
FORMULARIO 1 – OFERTA
[El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta]
Lugar y Fecha: Indicar
Nombre y número del Programa: Detallar el nombre y número del Programa
Nombre y número de identificación del proceso: Detallar el nombre y número, establecido en la carátula del
presente documento
A: Detallar en nombre del Contratante
Después de haber examinado los Documentos de Licitación, [si corresponde, colocar] incluyendo la(s) enmienda(s), ofrecemos ejecutar el Detallar el nombre del proceso de conformidad con las CGC que acompañan a esta Oferta por el Precio del Contrato de Detallar el monto y moneda, tanto de forma numeral como litreral.
El Contrato deberá ser pagado en las siguientes monedas:
MONEDA | PORCENTAJE PAGADERO EN LA MONEDA | TASA DE CAMBIO [Detallar el número de unidades de moneda nacional que equivalen a una unidad de moneda extranjera] | INSUMOS PARA LOS QUE SE REQUIEREN MONEDAS EXTRANJERAS |
(a) | |||
(b) | |||
(c) | |||
(d) |
El pago de anticipo solicitado es:
MONTO | MONEDA |
(a) | |
(b) | |
(c) | |
(d) |
Aceptamos la designación de Detallar el nombre propuesto en los Datos de la Licitación como Conciliador. [o]
[Si el Oferente objeta al Conciliador propuesto por el Contratante en los Documentos de Licitación, deberá manifestarlo en su Oferta y presentar otro candidato opcional, junto con los honorarios diarios y los datos personales del candidato, de conformidad con la Cláusula 37 de las IAO]
No aceptamos la designación de Detallar el nombre propuesto en los Datos de la Licitación como Conciliador, y en su lugar proponemos que se nombre como Conciliador a Detallar el nombre, cuyos honorarios y datos personales se adjuntan a este formulario.
Esta Oferta y su aceptación por escrito constituirán un acuerdo de obligatorio cumplimiento entre ambas partes.
Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la Oferta más baja ni ninguna otra Oferta que pudieran recibir.
Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y, de haber sido solicitado, con el suministro de Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta exigido en los documentos de licitación y especificados en los DDL.
Los suscritos, incluyendo todos los subcontratistas requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países miembros del Banco de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO. En caso que el contrato de obras incluya el suministro de bienes y servicios conexos, nos comprometemos a que estos bienes y servicios conexos sean originarios de países miembros del Banco.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO.
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, no hemos sido declarados inelegibles por el Banco; de conformidad con la Subcláusula 4.3 de las IAO.
Usaremos nuestros mejores esfuerzos para asistir al Banco en investigaciones.
De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación:
NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL AGENTE | XXXXX Y MONEDA | PROPÓSITO DE LA COMISIÓN O GRATIFICACIÓN |
[Si no han sido pagadas o no serán pagadas, indicar] Ninguna Firma Autorizada: Firma del Representante Legal
Nombre y Cargo del Firmante: Detallar el nombre completo del Representante Legal Nombre del Oferente: Detallar el nombre conforme a la matrícula de comercio Dirección: Detallar la dirección oficial/vigente del oferente
Teléfono: Detallar
NIT: Detallar el NIT válido y activo
Información para la Calificación.
[La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para calificar las Ofertas como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. Esta información no será incorporada en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario].
1. Firmas individuales o miembros de APCAs.
1.1 Información requerida | |||
Requerimiento | Firma Individual | APCA | |
Todas las partes combinadas | Cada socio | ||
Incorporación, constitución o estatus jurídico del Oferente [adjunte copia de documento de acuerdo a las IAO 5.2 (a) o carta de intención según las IAO 5.3 (f)] | adjuntar | adjuntar si la APCA está constituida legalmente | adjuntar si la APCA aún no está constituida |
Lugar de constitución o incorporación | indicar | indicar | indicar |
Sede principal de actividades | indicar | indicar | indicar |
Poder del firmante de la Oferta [adjunte] | adjuntar | adjuntar si la APCA está constituida legalmente | adjuntar si la APCA aún no está constituida |
1.2 Montos anuales facturados [indicar montos equivalentes en bolivianos y año a que corresponden de conformidad con las IAO 5.2 (b) y que deben ser los mismos que los indicados en el Formulario 4] | |||
Firmas individuales | Año … | Año … | Año … |
APCA Socio 1 Socio 2 Socio n Total | Año … | Año … | Año … |
1.3 Experiencia en Obras Similares [Indicar la información que se especifica en las IAO 5.2 (c) y 5.4 (b). Los montos deberán expresarse en bolivianos, conforme a las IAO 15.5] | |||||
Nombre del Proyecto y País | Nombre del Contratante y Persona a quien contactar | Fecha de inicio y de terminación | % de participación (si fue en Asociación) | Valor del Contrato (monto final equivalente en moneda nacional) Bs | Valor del porcentaje de participación del Contrato (en caso de Asociación) Bs |
Obras concluidas | |||||
1 | |||||
2 | |||||
n | |||||
Obras con más del 60% de ejecución | |||||
1 | |||||
2 | |||||
n | |||||
TOTAL |
1.4 Equipo de construcción mínimo [Indicar el detalle del equipo, conforme con las IAO 5.2 (d)] | |||||
EQUIPO REQUERIDO [El Contratante debe llenar estas columnas] | EQUIPO OFERTADO | ||||
Equipo | Características | Cantidad | Descripción, marca y antigüedad (años) | Condición, (nuevo, buen estado, mal estado) y cantidad de unidades disponibles | Propio, alquilado mediante arrendamiento financiero (nombre de la arrendadora), o por comprar (nombre del vendedor) |
1 | |||||
2 | |||||
n |
1.5 Personal Clave [Las calificaciones y experiencia del personal clave se detallan el Formulario 2 y su resumen es el siguiente: adjuntar información biográfica, de acuerdo con las IAO 5.2 (e)] | |||
Cargo | Nombre | Años de Experiencia (general) | Años de experiencia en el cargo propuesto |
1 | |||
2 | |||
n |
1.6 Estados Financieros [Conforme a las gestiones que se indican en las IAO 5.2 (f), balances, estados de pérdidas y ganancias, informes de auditoría, etc.] |
[Listar y adjuntar las copias] |
1.7 Evidencia de acceso a recursos financieros [Conforme a las IAO 5.2 (g)] |
[Listar y adjuntar Formulario 3] |
1.8 Informe sobre litigios [Indicar la información sobre litigios pendientes en que el Oferente esté involucrado, en conformidad con las IAO 5.2 (h). Incluya la información en la tabla siguiente] | ||
Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) | Causa de la Controversia | Monto en cuestión |
1 | ||
2 | ||
n |
1.9 Información sobre subcontratos
[Indicar la información sobre subcontratos, en conformidad con las IAO 5.2 (i). Incluya la información en la tabla siguiente] | |||
Secciones de las Obras | Valor del Subcontrato | SubContratista (nombre y dirección) | Experiencia en obras similares |
1 | |||
2 | |||
n |
1.10 Descripción preliminar del método de trabajo y cronograma [Descripciones, planos y tablas, según sea necesario, para cumplir con los requisitos de los Documentos de Licitación, IAO 5.1. Adjuntar material de apoyo, si es necesario] |
[Detallar] |
2. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA)
2.1. Cada socio del APCA deberá proporcionar la información descrita en los numerales: 1.1, 1.2, 1.3, 1.6, 1.7 y 1.8
2.2. La información solicitada en los párrafos 1.4. 1.5, 1.9 y 1.10 anteriores debe ser proporcionada por la APCA
2.3. Deberá entregarse el Poder otorgado al (a los) firmante(s) de la Oferta, para firmar la Oferta en nombre de la APCA, caso contrario, la oferta deberá ser firmada por los representantes legales de cada empresa que conforma la APCA
2.4. Contrato celebrado entre todos los integrantes de la APCA o carta de intención de conformación del APCA (legalmente compromete a todos los integrantes) en el que consta que:
(a) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(b) se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA; y
(c) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluida la relación de los pagos, se manejará exclusivamente con el integrante designado como representante.
3. Requisitos adicionales
3.1 Los Oferentes deberán entregar toda la información requerida en los DDL 5, 13 Y 17. |
[Detallar] |
Firma Autorizada: Detallar el nombre del Representante Legal y firmar Nombre y Cargo del Firmante: Detallar
Nombre del Oferente: Detallar el nombre conforme a la matrícula de comercio
FORMULARIO 2 – HOJA DE VIDA27
[Este formulario debe ser usado tantas veces como el número de especialistas solicitados en 5.4 (d)]
Posición para la que es propuesto el profesional: | |
Nombres y Apellidos: | |
Lugar y Fecha de Nacimiento: | |
Nacionalidad: | |
N° Cédula de Identidad o Pasaporte: | |
Dirección: | |
Teléfono: | |
Correo Electrónico: |
FORMACIÓN PROFESIONAL
Estudios realizados | Especialidad o Área | Entidad Educativa/ Universidad | Fecha de Emisión del Título (Mes/Año) | Requisitos establecidos por el Contratante |
[El Contratante debe establecer estos requisitos conforme a los DDL 5.4 (d)] | ||||
Criterio de calificación: “cumple/no cumple” |
EXPERIENCIA GENERAL
Fecha de Emisión del Título (día/mes/año) | Tiempo desde la emisión del título | Requisitos establecidos por el Contratante |
……………… | …..……..meses28 | [El Contratante debe establecer estos requisitos conforme a los DDL 5.4 (d)] |
Criterio de calificación: “cumple/no cumple” |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Cargo | Objeto de la Obra | Duración del trabajo |
27 La evaluación de los antecentes de realizará únicamente con base en la información de este formulario
28 Para determinar el número de meses a la fecha de presentación de la postulación se restará la de obtención del título y el resultado se dividirá por 30.
Ocupado | (breve descripción de la Obra, el lugar de ejecución, y otros que identifiquen similitud con este proyecto) | Nombre de la Empresa para la que prestó el Servicio | Monto de la Obra | Desde (mes/año) | Hasta (mes/año) | Total Meses |
Requisitos establecidos por el Contratante: [El Contratante debe establecer estos requisitos conforme a los DDL 5.4 (d)] | ||||||
Criterio de calificación: “cumple/no cumple” |
Con mi firma, comprometo mis servicios profesionales con la empresa Indicar en caso de que suscriba el contrato para la construcción de Indicar con la entidad Indicar
Firma del Profesional29: Detallar el nombre del profesional y firmar
Lugar y Fecha: Indicar
29 En caso de que el profesional no firme este formulario, deberá acompañarse la autorización expresa para el firmante.
FORMULARIO 3 – CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD DE LÍNEA DE CRÉDITO30
Lugar y Fecha: Indicar
Señores
Indicar nombre del Contratante Presente.
Ref.: Certificado de Disponibilidad de Línea de Crédito, de la empresa Indicar nombre del Oferente.
De nuestra consideración:
Mediante la presente, el Banco Indicar nombre de la entidad financiera certifica que:
La Empresa31 Indicar nombre del Oferente como cliente de esta Institución bancaria, tiene los méritos necesarios para acceder a una Línea de Crédito hasta la suma de bolivianos Indicar la moneda y monto, tanto de forma numeral como literal o su equivalente en US$ y cuya disponibilidad será aprobada en el caso de adjudicarse el contrato de obras correspondiente a la licitación para Indicar nombre del proceso, a ser contratado por …Indicar nombre del Contratante; sin ninguna otra condición o requerimiento previos y, siempre que nuestro cliente considere necesario el acceso a este crédito para cumplir dicho Contrato de obras.
Extendemos este certificado en Indicar el lugar a los Indicar el día días del mes de Indicar el mes del Indicar el año
Firma, nombre y cargo del representante de la entidad financiera
30 Este formulario sirve de modelo y su contenido podrá corresponder al de formatos estándar de las entidades financieras que emite el documento.
31 En caso de que la empresa haga parte de un APCA debe añadirse lo siguiente “como socio de la APCA (Indicar nombre de la APCA)”
FORMULARIO 4 – RESUMEN DE INFORMACIÓN FINANCIERA
(De las gestiones solicitadas) (En bolivianos)
GESTIÓN 20 | GESTIÓN 20 | |
ACTIVO TOTAL | ||
ACTIVO CORRIENTE | ||
INVENTARIOS | ||
PASIVO TOTAL | ||
PASIVO CORRIENTE | ||
PATRIMONIO NETO | ||
FACTURACIÓN ANUAL | ||
UTILIDAD NETA | ||
ÍNDICE DE LIQUIDEZ |
Firma del Representante Legal
Detallar el nombre completo del Representante Legal
NOTA.
Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada y debe ser consistente con sus Estados Financieros.
FORMULARIO 5 – FORMULARIO DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA OBRA
En bolivianos
Nombre de la Obra: Detallar el nombre de la obra
A Ítem | B Descripción | C Unidad | D Cantidad | E Precio Unitario | F Precio Total |
Firma del Representante Legal
Detallar el nombre completo del Representante Legal
NOTA: El Oferente debe llenar las columnas E y F
[EL Convocante debe llenar las columnas A, B, C y D al emitir la invitación o la publicación] La columna B debe ser llenada de acuerdo al tipo de contrato y forma de pago:
OPCIÓN A
En el caso de obras, cuyo avance será efectuado en función a la verificación de cantidades y consecuentemente pago de precios unitarios, la columna B debe detallar el nombre de cada ítem
OPCIÓN B
En el caso de obras, cuyo avance será efectuado en función a la verificación de hitos, la columna B debe detallar el nombre de estos hitos
FORMULARIO 6 - FORMULARIO DE PRECIOS UNITARIOS
[No será necesario solicitar al oferente este formulario en contratos por suma alzada]
Los Oferentes deben presentar en este formato el Análisis de los Precios Unitarios para cada ítem cotizado en el Formulario 5, detallando todos los materiales, mano de obra, maquinaria, herramientas y otros que son parte de dicho precio unitario, así como su cantidad o volumen, rendimiento. Los análisis de precios unitarios deben contemplar los impuestos xx xxx (IVA, IT).
DATOS GENERALES | |
Proyecto | : |
Actividad | : |
Cantidad | : |
Unidad | : |
Moneda | : |
1. MATERIALES | |||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO PRODUCTIVO | COSTO TOTAL | |
1 | |||||
2 | |||||
… | |||||
N | |||||
TOTAL MATERIALES |
2. MANO DE OBRA | |||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO PRODUCTIVO | COSTO TOTAL | |
1 | |||||
2 | |||||
… | |||||
N | |||||
SUBTOTAL MANO DE OBRA | |||||
Cargas sociales = (% del subtotal de mano de obra) (55% al 71.18%) | |||||
Impuestos IVA mano de obra = (% de suma de subtotal de mano de obra + cargas sociales) | |||||
TOTAL MANO DE OBRA |
3. EQUIPO, MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS | |||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO PRODUCTIVO | COSTO TOTAL | |
1 | |||||
2 | |||||
… | |||||
N | |||||
(*) | Herramientas = (% del total de mano de obra) | ||||
TOTAL EQUIPO, MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS |
4. GASTOS GENERALES Y ADMINISTRATIVOS | ||
COSTO TOTAL | ||
(*) | GASTOS GENERALES = % DE 1 + 2 + 3 | |
TOTAL GASTOS GENERALES Y ADMINISTRATIVOS |
5. UTILIDAD | ||
COSTO TOTAL | ||
(*) | UTILIDAD = % DE 1 + 2 + 3 + 5 | |
TOTAL UTILIDAD |
6. IMPUESTOS | ||
COSTO TOTAL | ||
(*) | IMPUESTOS IT = % DE 1 + 2 + 3 + 5 + 5 | |
TOTAL IMPUESTOS | ||
TOTAL PRECIO UNITARIO (1 + 2 + 3 + 5 + 5 + 6) | ||
TOTAL PRECIO UNITARIO ADOPTADO (Con dos (2) decimales) | ||
(*) El Oferente deberá señalar los porcentajes pertinentes a cada rubro | ||
NOTA.- El Oferente declara que el presente Formulario ha sido llenado de acuerdo con las especificaciones técnicas, aplicando las leyes sociales y tributarias vigentes. |
Firma del Representante Legal
Detallar el nombre completo del Representante Legal
FORMULARIO ASSS - GEPI
Medio ambiente, social, seguridad y salud en el trabajo
Estrategias de Gestión y Planes de Implementación
El Oferente presentará Estrategias de Gestión Ambiental, Social, de Seguridad y Salud en el trabajo y Planes de Implementación (ASSS-GEPI) completos y concisos.
Estas estrategias y planes describirán en detalle las acciones, materiales, equipos, procesos de gestión, etc. que serán implementados por el Contratista y sus subcontratistas en la ejecución de las obras.
En la preparación de estas estrategias y planes, el Oferente tendrá en cuenta las estipulaciones de ASSS (incluyendo explotación y abuso sexual y violencia de género) del contrato, incluyendo las que se describen más detalladamente en la Sección VII, “Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento”.
NORMAS DE CONDUCTA
Ambiental, Social, Seguridad y Salud en el Trabajo (ASSS)
El Oferente debe demostrar que cuenta con Normas de Conducta que se aplicará a los empleados y subcontratistas del Contratista. Las Normas de Conducta garantizarán el cumplimiento de las disposiciones de ASSS (incluyendo explotación y abuso sexual y violencia de género) del contrato, incluyendo aquellas que se describen más detalladamente en la Sección VII, “Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento”.
Además, el Oferente deberá presentar un esquema de cómo se implementará estas Normas de Conducta.
Esto incluirá: cómo se introducirá en los contratos labores, qué capacitación se proporcionará, cómo será monitoreado y cómo el Contratista hará frente a las infracciones.
CUADRO I – CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y CALIFICACIÓN
TEMA | REQUISITO | REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO | DOCUMENTACIÓN /REQUISITOS DE PRESENTACIÓN | ||||
REFERENCIA IAO/DDL | FIRMA INDIVIDUAL | APCA | |||||
TODAS LAS PARTES COMBINADAS | CADA SOCIO | SOCIO PRINCIPAL | |||||
CONSTITUCION DEL OFERENTE | |||||||
Copias de documentos que establezcan la constitución legal y sede del Oferente | 5.2 (a) 5.3 (a) 5.3 (f) | Presentar documentación requerida | Presentar una copia del Contrato de la APCA firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar la constitución en caso de resultar seleccionados | Presentar documentación requerida | Copias de documentos: Testimonio de Constitución y el Registro de FUNDEMPRESA o similares para empresas extranjeras | ||
Copia de Poder a quien suscribe la Oferta, incluyendo a empresas unipersonales si la oferta está firmada por otra persona diferente del propietario | 5.2 (a) 5.3 (a) 5.3 (d) | Presentar documentación requerida | Presentar documentación requerida si la APCA está constituida formalmente | Presentar documentación requerida | Copia de poderes | ||
ELEGIBILIDAD | |||||||
Nacionalidad | Nacionalidad países miembros del BID | 4.1 | Debe cumplir el requisito | La APCA existente o propuesta, debe cumplir el requisito | Debe cumplir el requisito | Formulario 1 | |
Conflictos de Interés | No presenta conflictos de interés | 4.2 | Debe cumplir el requisito | La APCA existente o propuesta, debe cumplir el requisito | Debe cumplir el requisito | Formulario 1 | |
Declaración de Inelegibilidad por parte del Banco | No ha sido declarado inelegible por el Banco u otra institución financiera internacional y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones | 4.3 /topics/transp arency/IAD/sa nctionedfirms. cfm?lang=es | Debe cumplir con el requisito | La APCA existente o propuesta, debe cumplir el requisito | Debe cumplir el requisito | Formulario 1 | |
Entidad de propiedad del Gobierno | El Oferente debe cumplir con las condiciones establecidas en las IAO | 4.4 | Debe cumplir el requisito | La APCA existente o propuesta, debe cumplir el requisito | Debe cumplir el requisito | Formulario 1 | |
INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS |
No Firma de Contrato | No fue sancionado con la ejecución de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta o se hizo efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta | Debe cumplir el requisito | La APCA existente o propuesta, debe cumplir el requisito | Debe cumplir el requisito por sí solo o como socio de una APCA anterior o existente | Formulario 1 | ||
Litigios pendientes | El total de todos los litigios pendientes no deberá representar el veinticinco por ciento (25%) del patrimonio neto del Oferente y se considerarán como fallados en contra del Oferente | 5.2 (h) 5.4 (litigios) | Debe cumplir el requisito | La APCA existente o propuesta, debe cumplir el requisito | Debe cumplir el requisito por sí solo o como socio de una APCA anterior o existente | Formulario 1 | |
CAPACIDAD FINANCIERA | |||||||
Facturación | Facturación mínima | 5.4 (a) | Debe cumplir con el requisito | Debe cumplir con el requisito a través de la suma de los montos facturados por cada socio | Debe cumplir con al menos 25% del requisito | Debe cumplir con al menos 40% del requisito | Formulario 1 (1.2) Formulario 4 Estado de Resultados |
Liquidez (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros) | Contar con activos líquidos/capital de trabajo libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato | 5.2 (g) 5.4 (e) | Debe cumplir con el requisito | Debe cumplir con el requisito a través de la suma de los montos disponibles de cada socio | Debe cumplir con al menos 25% del requisito | Debe cumplir con al menos 40% del requisito | Formulario 1 (1.7) Formulario 3 |
EXPERIENCIA | |||||||
Experiencia específica en Construcción | Demostrar experiencia en la construcción de obras similares, según lo indicado en los DDL | 5.2 (c) 5.4 (b) | Debe cumplir con el requisito | Debe cumplir con el requisito a través de la suma de la experiencia de cada socio | Debe cumplir con al menos 25% del requisito | Debe cumplir con al menos 40% del requisito | Formulario 1 (1.3) |
Personal propuesto | Calificaciones y experiencia del personal clave propuesto | 5.2 (e) 5.4 (d) | Debe cumplir con el requisito | Debe cumplir con el requisito | Formulario 1 (1.5) Formulario 2 | ||
Equipo esencial | Comprometer disponibilidad del equipo esencial | 5.2 (d) 5.4 (c) | Debe cumplir con el requisito | Debe cumplir con el requisito | Formulario 1 (1.4) | ||
Método de trabajo y cronograma | Deberá presentar una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que propone | 5.1 | Debe cumplir con el requisito | Debe cumplir con el requisito | Formulario 1 (1.10) | ||
Límite máximo del porcentaje de participación de subcontratistas está establecido en los DDL. | 5.2 (i) | Debe cumplir con el requisito | Debe cumplir con el requisito | Formulario 1 (1.9) |
FORMULARIO PARA EL CONTRATANTE – CARTA DE ACEPTACIÓN
[Modelo de nota en la que el Convocante comunicará al Oferente adjudicado para la firma del contrato, en papel con membrete oficial del Contratante]
[La Carta de Aceptación será la base para la constitución del Contrato de conformidad con las cláusulas 34 y 35 de las IAO. Este formulario estándar de la Carta de Aceptación debe ser completado y enviado al Oferente seleccionado, sólo después de que la evaluación de la Oferta haya sido completada, supeditada a cualquier revisión del Banco que se requiera en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx.]
Lugar y Fecha: Indicar
Nombre y número del Programa: Detallar el nombre y número del Programa
Nombre y número de identificación del proceso: Detallar el nombre y número, establecido en la carátula del presente documento
A: Indicar el nombre y dirección del Oferente seleccionado
La presente tiene por objeto comunicarles que por este medio nuestra Entidad acepta su Oferta con fecha Indicar fecha para la ejecución del Indicar el nombre del Contrato de adjudicación y el número de identificación, tal como se emitió en las CEC por el Precio del Contrato equivalente32 a Indicar el monto y la denominación de la moneda, de forma numeral y literal, con los ajustes33 efectuados de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes.
[Seleccione una de las siguientes opciones (a) o (b) y suprima la otra]
(a) Aceptamos la designación de Indicar el nombre del candidato propuesto por el Oferente como Conciliador.34
(b) No aceptamos la designación de Indicar el nombre del candidato propuesto por el Oferente como Conciliador, y mediante el envío de una copia de esta Carta de Aceptación a Indicar el nombre de la Autoridad para el nombramiento, estamos por lo tanto solicitando a Indicar el nombre, la Autoridad Nominadora, que nombre al Conciliador de conformidad con la Subcláusula 37.1 de las IAO.35
Por este medio les instruimos para que procedan a entregar la documentación indicada en el numeral
34.2 de los DDL para análisis de la Indicar el nombre del Contratante en un plazo de Indicar el plazo que debe corresponder con el indicado en los DDL 34.2.
Firma Autorizada: Indicar
Nombre y Cargo del Firmante: Indicar
32 Suprimir "equivalente a" y agregar "de" si el precio del Contrato está expresado en una sola moneda.
33 Suprimir “ajustes”, si no corresponde. Remitirse a las Notas sobre el Formulario del Contrato (página siguiente).
34 Se utilizará únicamente si el Oferente seleccionado indica en su Oferta que no está de acuerdo con el Conciliador propuesto por el Contratante en las Instrucciones a los Oferentes, y consecuentemente propone otro candidato.
35 Se utilizará únicamente si el Oferente seleccionado indica en su Oferta que no está de acuerdo con el Conciliador propuesto por el Contratante en las IAO, y consecuentemente propone otro candidato, y el Contratante no acepta la contrapropuesta.
FMP/CBO (v. julio de 2018)
Nombre de la Entidad: Indicar
Adjunto: Contrato
FORMULARIO PARA EL CONTRATANTE – CONTRATO
[Deberán incorporarse en este Contrato todas las correcciones o modificaciones a la Oferta que obedezcan a correcciones de errores (de conformidad con la cláusula 28 de las IAO), ajuste de precios durante el período de evaluación (de conformidad con la Subcláusula 16.3 de las IAO), desviaciones aceptables (de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO), o cualquier otro cambio aceptable por ambas partes y permitido en las Condiciones del Contrato, tales como cambios en el personal clave, los subcontratistas, los cronogramas, y otros.]
Este Contrato se celebra el Indicar el día de Indicar el mes de Indicar el año entre Indicar el nombre y dirección del Contratante (en adelante denominado “el Contratante”) por una parte, y Indicar el nombre y dirección del Contratista (en adelante denominado “el Contratista”) por la otra parte;
Por cuanto el Contratante desea que el Contratista ejecute Indicar el nombre del Contrato de adjudicación y el número de identificación, tal como se emitió en las CEC (en adelante denominado “las Obras”) y el Contratante ha aceptado la Oferta para la ejecución y terminación de dichas Obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas;
En consecuencia, este Contrato atestigua lo siguiente:
1. En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que respectivamente se les ha asignado en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante, y las mismas se considerarán parte de este Contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo.
2. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Contratista como en lo sucesivo se menciona, el Contratista por este medio se compromete con el Contratante a ejecutar y completar las Obras y a subsanar cualquier defecto de las mismas de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
3. El Contratante por este medio se compromete a pagar al Contratista como retribución por la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del Contrato en el plazo y en la forma establecidas en éste.
En testimonio de lo cual las partes firman el presente Contrato en el día, mes y año antes indicados.
Firma que compromete al Contratante Indicar nombre del representante autorizado del Contratante y firmar
Firma que compromete al Contratista Indicar nombre del representante autorizado del Contratista y firmar
FMP/CBO (v. julio de 2018)
SECCIÓN V. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PROGRAMA DE ELECTRIFICACION RURAL II (BO-L11117)
CONTRATO N° 3725/ BL-BO
[Colocar estas dos referencias, en todas las páginas del contrato]
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO (CGC)
A. Disposiciones Generales | |
1. Definiciones | 1.1 Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas |
FMP/CBO (v. julio de 2018)
(a) El Conciliador es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la cláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 24 y 25 de estas CGC.
(b) La Lista de Cantidades es la lista debidamente preparada por el Oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la Oferta.
(c) Eventos Compensables son los definidos en la cláusula 44 de estas CGC
(d) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Supervisor de Obras de acuerdo con la Subcláusula
55.1 de estas CGC.
(e) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC.
(f) El Contratista es la persona jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante.
(g) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante.
(h) El Precio del Contrato es el precio ofertado y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato.
(i) Días significa días calendario; Meses significa meses calendario.
(j) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos.
(k) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato.
(l) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Supervisor de Obras una vez que el Contratista ha corregido todos los defectos dando lugar a la Recepción Definitiva de la Obra.
(m) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 35.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de terminación o de la Fecha de Recepción Provisional hasta la fecha de Recepción Definitiva de la Obra.
(n) Los Planos incluyen los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Supervisor de Obras para la ejecución del Contrato.
(o) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC.
(p) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras.
(q) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Carta de Aceptación del Contratante.
(r) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Supervisor de Obras mediante una Orden de Cambio o Contrato Modificatorio
(s) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes fungibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.
(t) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.
(u) El Supervisor de Obras es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por el Contratante con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Supervisor de Obras), responsable de supervisar la ejecución de las Obras y de administrar el Contrato.
(v) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato.
(w) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC.
(x) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras.
(y) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Supervisor de Obras.
(z) La Fecha de Inicio es la fecha en la que se emite la Orden de Proceder y es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras.
(aa) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras.
(bb) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras.
(cc) Una Variación es una instrucción impartida por el Supervisor de Obras que modifica las Obras, y puede tener la forma de Orden de Trabajo, Orden de Cambio o, de Contrato Modificatorio.
(dd) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante como se define en las CEC.
(ee) Fiscal, es el profesional que es designado para representar al Contratante en la ejecución de la obra, realizando actividades técnicas de control y seguimiento al Supervisor de Obras y al Contratista.
(ff) La Orden de Inicio u Orden de Proceder, es la comunicación por escrito, emitida en el Libro de Órdenes, por el Supervisor de Obras, una vez que se efectiviza el desembolso del anticipo.
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(gg) Libro de Órdenes, es el documento técnico legal, que permite la comunicación formal entre el Supervisor y el Contratista, (hh) Recepción Provisional de obras, se realizará cuando la obra haya sido concluida en la Fecha de Terminación de las Obras e inicie el Período de Responsabilidad por Defectos según la Cláusula 35.1. (ii) Recepción Definitiva de obras, se realiza una vez cumplido el Periodo de Responsabilidad por Defectos, está estipulada en las CEC. (jj) Director o Residente de Obra, es el personal que representa al Contratista en el diálogo con el Contratante, el Supervisor y el Fiscal de Obra. (kk) Fuerza Mayor es un obstáculo externo, imprevisto o inevitable originado por una fuerza ajena al ser humano y cuyas características impiden el cumplimiento de la obligación. (ll) Caso fortuito es un obstáculo imprevisto o inevitable atribuible al ser humano, tales como: conmociones civiles, huelgas, bloqueos, etc. | |
2. Interpretación | 2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras). 2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad: (a) Contrato (b) Oferta (c) Condiciones Especiales del Contrato (d) Condiciones Generales del Contrato (e) Especificaciones (f) Planos (g) Lista de Cantidades36 y (h) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato. |
3. Idioma y Ley Aplicables | 3.1 El idioma del Contrato es el español y la ley que lo regirá es la del Estado Plurinacional de Bolivia. |
36 En los contratos a suma alzada, suprimir la expresión "Lista de cantidades” y reemplazarla por "Calendario de actividades".
4. Fiscal de Obra | 4.1 El Fiscal de Obras, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista, y que el Supervisor de Obras le haya puesto en conocimiento 4.2 El Fiscal tendrá la responsabilidad de exigir a través del Supervisor el cumplimiento del Contrato de Obra, exigir el buen uso de los recursos asignados a la Obra, tomar conocimiento y en su caso pedir aclaraciones pertinentes sobre los Certificados de Obra aprobados por el Supervisor, coordinar todos los asuntos relacionados con los Contratos de Construcción y Supervisión. El Fiscal tiene funciones diferentes a las del Supervisor, por lo que no está facultado para suplantar las funciones y responsabilidades del Supervisor. 4.3 En caso de que una decisión adoptada no sea aceptada por el Contratista, la decisión será tomada en primera instancia por el Contratante. Si esta decisión no fuere aceptada por el Contratista la disputa será resuelta por el Mediador de conformidad con el procedimiento establecido en la Cláusula 25 de las CGC. |
5. Asignación de funciones al interior del Supervisor | 5.1 El Supervisor, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas de su equipo, temporalmente, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista. |
6. Comunicaciones y Libro de Órdenes de Trabajo | 18.2 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas. 18.3 Cualquier aviso o notificación, no referida a trabajos en la obra, será enviada a las direcciones que se indican en las CEC. Cualquier cambio de dirección, deberá ser notificada a la otra parte, por escrito. 18.4 El Contratista, bajo su responsabilidad, llevará y mantendrá en el Sitio de las Obras un Libro de Órdenes de Trabajo con páginas numeradas y dos copias que debe ser notariado al inicio de la obra. El original, será entregado al Contratante durante la Recepción Definitiva de la obra al vencer el Periodo de Responsabilidad por Defectos y una copia quedará en poder del Supervisor y otra del Contratista. |
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18.5 En este libro el Supervisor anotará las instrucciones, órdenes y observaciones impartidas al Contratista; cada orden llevará fecha y firma del Supervisor y del Director/Residente de Obra en constancia de haberla recibido. 18.6 El Director o Residente de Obra también utilizará el Libro de Órdenes para comunicar al Supervisor actividades de la obra; el Supervisor tomará conocimiento registrando su firma y su respuesta o instrucción si corresponde. 18.7 Si el Contratista desea expresar disconformidades respecto de una orden escrita en el Libro de Órdenes, deberá hacerla conocer al Contratante por intermedio del Supervisor en forma escrita en el Libro de Órdenes, dentro de cinco (5) días subsiguientes a la fecha de dicha orden, en caso contrario, quedará sobreentendido que el Contratista acepta tácitamente la orden sin derecho a posterior reclamo. 18.8 El Contratista, mediante el Libro de Órdenes, comunicará al Supervisor aspectos del desarrollo de la obra que considere relevantes, a efectos de que éste se pronuncie de forma objetiva. | |
7. Subcontratos y Cesión del contrato | 7.1 El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Supervisor de Obras y la aceptación del Fiscal, pero no podrá ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. El monto máximo de subcontratación no podrá exceder el porcentaje indicado en las CEC. 7.2 Ningún subcontrato o intervención de terceras personas relevará al Contratista del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato. El Contratista será el único responsable por los trabajos y su calidad, por los actos y omisiones de los subcontratistas y de todas las personas empleadas en la obra. 7.3 En situación excepcional emergente de Caso Fortuito o Fuerza Mayor el Contratista podrá ceder, previa autorización del Supervisor y aprobación del contratante, el contrato o parte de él. |
8. Otros Contratistas | 8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista. |
9. Personal | 9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Supervisor de Obras. El Supervisor de Obras aprobará cualquier |
reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista. 9.2 Si el Supervisor de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato. | |
10. Riesgos del Contratante y del Contratista | 10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista. |
11. Riesgos del Contratante | 11.1. Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista. (b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras. 11.2. Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de: (a) un Defecto que existía en la Fecha de Terminación; (b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o (c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación. |
12. Riesgos del Contratista | 12.1. Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo) no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista. |
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13. Seguros | 13.1 El Contratista deberá contratar seguros que identifiquen como beneficiarios tanto al Contratista como al Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista: (a) pérdida o daños a -- las Obras, Planta y Materiales; (b) pérdida o daños a -- los Equipos; (c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, y (d) lesiones personales o muerte. 13.2 El Contratista deberá entregar al Supervisor de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. 13.3 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Supervisor de Obras y del Fiscal. 13.4 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro. |
14. Informes de investigación del Sitio de las Obras | 14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente. |
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato | 15.1 El Supervisor responderá a las consultas sobre las CEC. |
16. Construcción de las Obras por el Contratista | 16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos. |
17. Terminación de las Obras en la fecha prevista y Recepción Provisional | 17.1 El Contratista deberá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Supervisor de Obras hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación, luego de lo cual procederá la Recepción Provisional de las Obras. 17.2 Con anticipación a la Fecha de Terminación de las Obras, el Contratista mediante el Libro de Órdenes solicitará al Supervisor señale día y hora para la Recepción Provisional de la Obra. |
17.3 En el acto de Recepción Provisional se verificará la ejecución de todos los ítems contractualmente acordados, incluidos en las órdenes de cambio y el (los) contrato(s) modificatorio(s) con el fin de identificar los defectos que pudieren existir y que deben ser corregidos según lo indicado en la Cláusula 35. La Recepción Provisional estará bajo la responsabilidad del Supervisor. 17.4 Si el Supervisor, determina que las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que la obra sea utilizada, sin perjuicio de que se realicen las correcciones requeridas. Empero, si las anomalías fueran mayores, el Supervisor rechazará la recepción y aplicará las multas y sanciones al Contratista, previstas en este Contrato, hasta que la obra sea entregada en forma satisfactoria. 17.5 Cuando la ejecución de las obras incluya la provisión de bienes y/o servicios conexos, las acciones previstas en la Recepción Provisional, se harán extensivas a una recepción conforme de los mismos. | |
18. Aprobación por el Supervisor de Obras | 18.1 El Contratista deberá proporcionar al Supervisor de Obras las Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y los Planos. 18.2 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales. 18.3 La aprobación del Supervisor de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las obras provisionales. 18.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Supervisor de Obras antes de su utilización. |
19. Seguridad | 19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras. |
20. Descubrimientos | 19.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Supervisor de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder. |
21. Toma de posesión del Sitio de las Obras | 21.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el |
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inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable. | |
22. Acceso al Sitio de las Obras | 22.1 El Contratista deberá permitir al Supervisor de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato. |
23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías | 23.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Supervisor de Obras que se ajusten a la ley aplicable en el Sitio de las Obras. 23.2 El Contratista permitirá que el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorías por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el Contratista deberá conservar todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco, por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de fraude y corrupción y ordenará a los individuos, empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. |
24. Controversias | 24.1 Si el Contratista considera que el Supervisor de Obras ha tomado una decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato, o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración del Conciliador dentro de los 14 días siguientes a la notificación de la decisión del Supervisor de Obras. |
25. Procedimientos para la solución de controversias | 25.1 El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia. 25.2 El Conciliador será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, por hora según los honorarios especificados en los DDL y en las CEC, además de cualquier otro gasto reembolsable indicado en las CEC y el costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a arbitraje dentro de los quince (15) días siguientes a la decisión por escrito del Conciliador. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro del plazo de quince (15) días mencionado, la decisión del Conciliador será definitiva y obligatoria. 25.3 El arbitraje deberá realizarse de acuerdo al procedimiento de arbitraje publicado por la institución denominada en las CEC y en el lugar establecido en las CEC. |
26. Reemplazo del Conciliador | 26.1 En caso de renuncia o muerte del Conciliador, o en caso de que el Contratante y el Contratista coincidieran en que el Conciliador no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante y el Contratista nombrarán de común acuerdo un nuevo Conciliador. Si al cabo de 30 días el Contratante y el Contratista no han llegado a un acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, el Conciliador será designado por la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC dentro de los quince (15) días siguientes a la recepción de la petición. |
B. Control de Plazos | |
27. Programa | 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de firma del contrato, el Contratista presentará al Supervisor de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Supervisor de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Supervisor de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Supervisor de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Supervisor de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables. |
28. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación | 28.1 El Contratista podrá solicitar la prórroga de la Fecha Prevista de Terminación al Supervisor de Obras, cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación, sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. La modificación aceptada por el Supervisor deberá ser aprobada por el Fiscal. 28.2 El Supervisor de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los veintiún (21) días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Supervisor de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento |
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Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación. | |
29. Aceleración de las Obras | 29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Supervisor de Obras deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista. 29.2 Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato. |
30. Xxxxxxx ordenadas por el Supervisor de Obras | 30.1 El Supervisor de Obras podrá ordenar al Contratista, por razones técnicas justificadas, que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. Si estas demoras inciden en la Fecha de Terminación de las Obras, deberá modificar esta fecha, mediante el instrumento que corresponda. |
31. Reuniones administrativas | 31.1 Tanto el Supervisor de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la cláusula 32. 31.2 El Supervisor de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Supervisor de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. |
32. Advertencia Anticipada | 32.1 El Contratista deberá advertir al Supervisor de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Supervisor de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible. 32.2 El Contratista colaborará con el Supervisor de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia |
y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Supervisor de Obras. | |
C. Control de Calidad | |
33. Identificación de Defectos | 33.1 El Supervisor de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Supervisor de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Supervisor de Obras considere que pudiera tener algún defecto. |
34. Pruebas | 34.1 Si el Supervisor de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. |
35. Corrección de Defectos | 35.1 El Supervisor de Obras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos y se proceda a la Recepción Definitiva de las Obras, en el plazo que se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir. 35.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Supervisor de Obras. |
36. Defectos no corregidos | 36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Supervisor de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y, se descontará al Contratista dicho monto de la siguiente planilla que se le adeude, o se ejecutará la garantía indicada la Cláusula CGC 52.1. |
D. Control de Costos | |
37. Lista de Cantidades37 | 37.1 La Lista de cantidades deberá contener los rubros correspondientes a la construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista. 37.2 La Lista de Cantidades se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por la cantidad de trabajo realizado al precio unitario especificado para cada rubro en la Lista de Cantidades. |
37 En el caso de contratos a suma alzada, suprimir "Lista de cantidades" y sustituir por "Calendario de actividades", y reemplazar las Subcláusulas 37.1 y 37.2 por las siguientes:
“37.1 El Contratista deberá presentar un Calendario de actividades actualizado dentro de los 14 días siguientes a su solicitud por parte del Gerente de Obras. Dichas actividades deberán coordinarse con las del Programa.
37.2 En el Calendario de actividades el Contratista deberá indicar por separado la entrega de los materiales en el Sitio de las Obras cuando el pago de los materiales en el sitio deba efectuarse por separado.”
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38. Modificaciones en las Cantidades38 | 38.1 Si la cantidad final de los trabajos ejecutados difiere en más de 25% de la especificada en la Lista de Cantidades para un ítem en particular, y siempre que la diferencia exceda el 1% del Precio Inicial del Contrato, el Supervisor de Obras ajustará los precios unitarios o el precio del ítem para reflejar el cambio. De lo contrario, no procederá modificación en el precio unitario. 38.2 El Supervisor de Obras no ajustará los precios unitarios debido a diferencias en las cantidades, si con ello se excede el Precio Inicial del Contrato en cualquier proporción, a menos que cuente con la aprobación previa del Fiscal de Obra. 38.3 Si el Supervisor de Obras lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades. |
39. Variaciones | 39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas39 actualizados que presente el Contratista. 39.2 El Supervisor, por causas justificadas, podrá efectuar modificaciones y/o ajustes al diseño de la obra, que considere estrictamente necesarias. El Supervisor emitirá por escrito al Contratista cualquiera de las siguientes instrucciones: ▪ Efectuar ajustes de rutina o especiales en el desarrollo cotidiano de la obra. ▪ Incrementar o disminuir cualquier parte de la obra prevista en el Contrato. ▪ Ejecutar trabajos adicionales que sean absolutamente necesarios, aunque no cuenten con precios unitarios establecidos. Los instrumentos para estas variaciones son: Orden de Trabajo, Orden de Cambio o Contrato Modificatorio. Estos documentos deben ser emitidos y suscritos de forma previa a la ejecución de los trabajos, no deben constituirse en mecanismos para regularizar decisiones en la ejecución de la obra, a excepción de casos de emergencia justificada. 39.3 Orden de Trabajo: Se aplica cuando se realiza un ajuste o redistribución de cantidades de obra. La Orden de Trabajo no dará lugar a modificaciones al monto, plazo, objeto del contrato ni introducción de nuevos ítems. Serán emitidas para iniciar, detener o reanudar partes de la Obra y para instruir procedimientos constructivos para que la obra sea ejecutada de conformidad con las especificaciones y los planos. |
38 En el caso de contratos a suma alzada, suprimir "Lista de cantidades" y sustituir por "Calendario de actividades", y reemplazar toda la Cláusula 38 con la siguiente Subcláusula 38.1:
“38.1 El Calendario de actividades será modificado por el Contratista para incorporar las modificaciones en el Programa o método de trabajo que haya introducido el Contratista por su propia cuenta. Los precios del Calendario de actividades no sufrirán modificación alguna cuando el Contratista introduzca tales cambios.”
39 En el caso de contratos a suma alzada, agregar "y Calendarios de actividades" después de “Programas”.
Estas órdenes serán emitidas por el Supervisor de Obras en un Libro de Órdenes aperturado para tal efecto.
Una Orden de Trabajo no debe modificar las características sustanciales del diseño de la obra.
39.4 Órdenes de Cambio: Serán emitidas por el Supervisor de Obras y aprobadas por el Fiscal, cuando la modificación a ser introducida implica una modificación del precio del contrato o plazos del mismo, donde se pueden introducir modificación de volúmenes de obra (no considerados en el proceso) sin dar lugar al incremento de los precios unitarios, ni creación de nuevos ítems de obra.
Una Orden de Cambio no debe modificar las características sustanciales del diseño.
La Orden de Cambio deberá tener número correlativo y fecha, debiendo ser elaborada con los sustentos técnicos y de financiamiento.
Esta Orden de Cambio no deberá ejecutarse en tanto no sea aprobada por las instancias correspondientes.
Las Órdenes de cambio, sólo podrán ser autorizadas para incrementar o reducir el precio del Contrato hasta el porcentaje máximo que se indica en las CEC, ya sea en una sola o en la suma de varias órdenes.
39.5 Contrato Modificatorio: Se aplica cuando la modificación a ser introducida implica una variación significativa en las características del diseño, la cual puede dar lugar a una modificación del precio del contrato o plazos del mismo, sin dar lugar al incremento de los precios unitarios. Este incremento o reducción del valor del contrato es un porcentaje mayor al indicado en la cláusula 39.4. En el caso de disminución en las cantidades de la obra y del precio del contrato, deberá previamente concertarse con el Contratista.
Si fuese necesaria la creación de nuevos ítems (volúmenes o cantidades no previstas), los precios unitarios deberán ser negociados entre las partes, no se podrán incrementar los porcentajes en lo referido a Costos Indirectos, ni actualizar precios considerados en otros ítems de la propuesta.
El Contrato Modificatorio no deberá ejecutarse en tanto no sea aprobada por las instancias correspondientes.
El documento denominado Contrato Modificatorio tendrá número y fecha, será elaborado con los sustentos técnicos y de financiamiento, por el Supervisor de Obras y aprobado por el Fiscal.
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El Contrato Modificatorio, será firmado por la misma autoridad que firmó el contrato original. El o los contratos modificatorios que establezcan modificaciones en la forma, cantidad o calidad de la OBRA o cualquier parte de la misma y que determinen incremento o disminución del monto del Contrato, sólo podrán ser autorizados hasta un porcentaje máximo total igual al que se indica en las CEC del monto total del Contrato. | |
40. Pagos de las Variaciones | 40.1 Cuando el Supervisor de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Supervisor de Obras deberá analizar la cotización antes de ordenar la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un ítem descrito en la Lista de Cantidades y si, a juicio del Supervisor de Obras, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la subcláusula 38.1, para calcular el valor de la Variación se usará el precio unitario indicado en la Lista de Cantidades. Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidiera con los rubros de la Lista de Cantidades incluyendo precios unitarios para los cuales no existe una base de pago, el Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los rubros pertinentes de los trabajos.40 40.3 Si el Supervisor de Obras no considerase la cotización del Contratista razonable, el Supervisor de Obras podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. 40.4 Si el Supervisor de Obras decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente. |
41. Proyecciones de Flujo de Efectivos | 41.1 Cuando se actualice el Programa,41 el Contratista deberá proporcionar al Supervisor de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivo. |
40 Suprimir esta Subcláusula en los contratos a suma alzada.
41 En los contratos a suma alzada, agregar "o Calendario de actividades" después de “Programa”.
42. Certificados de Pago | 42.1 El Contratista presentará al Supervisor de Obras cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados, menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Supervisor de Obras de conformidad con la subcláusula 42.2. 42.2 El Supervisor de Obras verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele. 42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Supervisor de Obras. 42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las cantidades terminadas de los rubros incluidos en la Lista de Cantidades.42 42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 42.6 El Supervisor de Obras podrá excluir cualquier rubro incluido en un certificado anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera certificado anteriormente en consideración de información más reciente. |
43. Pagos | 43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo. El Contratante pagará al Contratista los montos certificados por el Supervisor de Obras dentro de los veintiocho (28) días siguientes a la fecha de aprobación de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés vigente para préstamos comerciales. 43.2 Si el monto certificado es incrementado en un certificado posterior o como resultado de un veredicto por el Conciliador o un Árbitro, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. El interés se calculará a partir de la fecha en que se debería haber certificado dicho incremento si no hubiera habido controversia. 43.3 Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las proporciones de las monedas en que está expresado el Precio del Contrato. 43.4 El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato, salvo que se haya procedido a tramitar y autorizar una Variación según lo indica en la cláusula 39. |
42 En los contratos a suma alzada, reemplazar este párrafo por el siguiente:
"42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las actividades terminadas incluidas en el Calendario de actividades".
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44. | Eventos Compensables | 44.1 | Se considerarán eventos compensables los siguientes: (a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras |
en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 21.1 de las CGC. (b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato. (c) El Supervisor de Obras ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras. (d) El Supervisor de Obras ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos. (e) El Supervisor de Obras sin justificación desaprueba una subcontratación. (f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la firma del Contrato, a partir de la información emitida a los Oferentes, la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras. (g) El Supervisor de Obras imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos. (h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista. (i) El anticipo se paga atrasado. (j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante. (k) El Supervisor de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación. (l) Caso fortuito o fuerza mayor. | |||
44.2 | Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen en la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Supervisor de Obras, con aprobación del Fiscal, decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y/o si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida. | ||
44.3 | Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Supervisor de Obras la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Supervisor de Obras no considerase la estimación del |
Contratista razonable, el Supervisor de Obras preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Supervisor de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento. 44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados, si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Supervisor de Obras. 44.5 El Supervisor calificará las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito que afecten la ejecución de la obra, eximiendo al Contratista de responsabilidades por xxxx o defectos. | |
45. Impuestos | 45.1 El precio del contrato incluye los impuestos vigentes y su pago es responsabilidad del Contratista. El Supervisor de Obras deberá ajustar el Precio del Contrato si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea veintiocho (28) días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del último Certificado de Terminación. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC. |
46. Monedas | 46.1 Cuando los pagos se deban hacer en monedas diferentes al boliviano, las tasas de cambio que se utilizarán para calcular las sumas pagaderas serán las estipuladas en la Oferta. |
47. Ajustes de Precios | 47.1 Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, únicamente si así se estipula en las CEC. En tal caso, los montos autorizados en cada certificado de pago, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente: Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc) En la cual: Pc es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c"; Ac y Bc son coeficientes43 estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e |
43 La suma de los dos coeficientes, Ac y Bc, debe ser igual a l (uno) en la fórmula correspondiente a cada moneda. Normalmente, los dos coeficientes serán los mismos en todas las fórmulas correspondientes a las diferentes monedas, puesto que el coeficiente A, relativo a la porción no ajustable de los pagos, por lo general representa una estimación aproximada (usualmente 0,15) que toma en cuenta los elementos fijos del costo u otros componentes no ajustables. La suma de los ajustes para cada moneda se agrega al Precio del Contrato.
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Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c”. 47.2 Si se modifica el valor del índice después de haberlo usado en un cálculo, dicho cálculo deberá corregirse y se deberá hacer un ajuste en el certificado de pago siguiente. Se considerará que el valor del índice tiene en cuenta todos los cambios en el costo debido a fluctuaciones en los costos. | |
48. Responsabilidad por buena ejecución de la Obra | 48.1 Si luego del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, la obra presentara deficiencias de construcción, el contratista queda sujeto a las responsabilidades previstas en el Código Civil y a las que pudiera tener lugar por vía legal correspondiente |
49. Liquidación por daños y perjuicios | 49.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista sin perjuicio de que se ejecute la garantía de Cumplimiento de Contrato. Si el Supervisor establece que la aplicación de multas ha llegado al límite máximo, comunicará esta situación al Contratante a efectos de aplicar lo estipulado en las CGC 59.2 (g). El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista. 49.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Supervisor de Obras deberá corregir en el siguiente certificado de pago los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC. |
50. Bonificaciones | 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Supervisor de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido. |
51. Pago de anticipo | 51.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptable para el Contratante, en los |
mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado y por lo menos hasta el plazo que se indica en las CEC, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. 51.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Supervisor de Obras. 51.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios. 51.4 El Contratante, podrá otorgar un anticipo especial por Materiales en Bodega si así lo establecen las CEC, en las condiciones allí señaladas. | |
52. Garantías | 52.1 Previo a la firma del Contrato el Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento de contrato por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía de seguros aceptable para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de Cumplimiento. |
53. Trabajos por día | 53.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Supervisor de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 53.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Supervisor de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Supervisor de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos (2) días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. |
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53.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la subcláusula 53.2 de las CGC. | |
54. Costo de reparaciones | 54.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones. |
E. Finalización del Contrato | |
55. Terminación de las Obras | 55.1 El Contratista le pedirá al Supervisor de Obras que emita un Certificado de Terminación de las Obras y el Supervisor de Obras lo emitirá cuando decida que las Obras están terminadas. |
56. Recepción de las Obras | 56.1 El Contratante tomará posesión del Sitio de las Obras y de las Obras dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Supervisor de Obras emita el Certificado de Terminación de las Obras. |
57. Liquidación final | 57.1 Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de Recepción Definitiva, el Contratista deberá proporcionar al Supervisor de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Supervisor de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los cincuenta y seis (56) días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Supervisor de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Supervisor de Obras deberá emitir dentro de cincuenta y seis (56) días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Supervisor de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago. 57.2 Se descontarán del importe del Certificado Final los siguientes conceptos: ▪ Sumas anteriores ya pagadas en los certificados o planillas de avance de obra. ▪ Reposición de daños, si hubieren. ▪ El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos. ▪ Las multas y penalidades, si hubieren. ▪ Gastos de protocolización. 57.3 El certificado final aprobado por el Supervisor será remitido al Fiscal; si éste no tuviera reparos autorizará su pago. |
57.4 El Supervisor y el Contratante se reservan el derecho de obtener por la vía coactiva fiscal, la restitución de saldos que resulten como indebidamente pagados al Contratista aún después del pago final, en caso de establecerse anomalías. El cierre de Contrato deberá ser acreditado con el Certificado de Terminación de Obra. | |
58. Manuales de Operación y de Mantenimiento | 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en la fecha estipulada en las CEC, o no son aprobados por el Supervisor de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista. |
59. Terminación anticipada o Resolución del Contrato | 59.1 El Contratante o el Contratista podrán resolver el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato. 59.2 Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes: (a) el Contratista suspende los trabajos por veintiocho (28) días o más cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Supervisor de Obras; (b) el Supervisor de Obras, con conocimiento del Contratante, ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden dentro de los veintiocho (28) días siguientes, sin justificación válida; (c) el Contratante o el Contratista se declaran en quiebra o entran en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades; (d) el Contratante no efectúa al Contratista un pago certificado por el Supervisor de Obras, dentro de los ochenta y cuatro (84) días siguientes a la fecha de aprobación del certificado por el Supervisor de Obras; (e) el Supervisor de Obras le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Supervisor de Obras en la notificación; (f) el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato; (g) el monto de multas por atraso alcance y supere el porcentaje estipulado en las CEC 49.1. (h) si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido en las políticas del Banco sobre Prácticas Prohibidas, que se indican en la Cláusula 60 de estas CGC. |
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59.3 Cuando cualquiera de las partes del Contrato notifique al Supervisor de Obras de un incumplimiento del Contrato, por una causa diferente a las indicadas en la subcláusula 59.2 de las CGC, el Supervisor de Obras deberá decidir si el incumplimiento es o no fundamental.
59.4 No obstante lo anterior, el Contratante podrá resolver el Contrato por conveniencia en cualquier momento.
59.5 Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible.
59.6 Para procesar la resolución del Contrato por cualquiera de las causales indicadas, las garantías deben estar vigentes, y el Contratante o el Contratista avisarán a la otra parte, mediante carta notariada, su intención de resolver el contrato, estableciendo claramente la causal.
59.7 Si en los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de la Obra y la parte que comunicó su intención de resolución expresa por escrito su conformidad, el aviso de intención de resolución será retirado.
59.8 Si al vencimiento del término de los quince (15) días no existe solución, el proceso de resolución continuará y la parte que requirió la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del Contrato se ha hecho efectiva.
59.9 Si la resolución fue por causales atribuibles al Contratista, esta carta dará lugar a que el Contratante haga efectiva la garantía de Cumplimiento de Contrato; si la vigencia de la garantía de correcta Inversión del Anticipo lo permite, quedará pendiente su ejecución hasta la conciliación de saldos; pero si la vigencia está por finalizar, la garantía será ejecutada con cargo a la liquidación de saldos.
59.10 El Supervisor establecerá saldos en favor o en contra, para su pago o para el cobro de las garantías pertinentes, certificará los montos reembolsables al Contratista por concepto de trabajos ejecutados satisfactoriamente y de materiales, equipamiento e instalaciones si corresponde.
59.11 Si la resolución fue causada por negligencia del Contratista, no se le reconocerá gastos de desmovilización; caso contrario éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos que demande su desmovilización. El Contratante tendrá la libertad de continuar la Obra a través de otro contratista.
59.12 Si antes de la terminación del Contrato, se produjesen causas de fuerza mayor o caso fortuito que imposibiliten la ejecución o conclusión de la Obra, o vayan contra los intereses del Estado, la parte solicitante comunicará a la otra parte su intención de resolver el contrato total o parcialmente mediante carta notariada. 59.13 A la entrega de la comunicación de resolución, el Supervisor emitirá instrucciones al Contratista en el Libro de Órdenes para la suspensión del trabajo. El Supervisor y el Contratista, procederán a medir el trabajo ejecutado hasta la fecha de suspensión, valorarán los materiales en obra que pudieran ser empleados posteriormente y los compromisos que el Contratista tuviera pendiente y estuviesen debidamente documentados. 59.14 El Supervisor liquidará los costos que demande la desmovilización del Contratista y que a juicio del Supervisor fueran sujetos de reembolso. Con esta información el Supervisor elaborará la Planilla Final y se seguirá el trámite previsto en CGC 59.5. | |
60. Prácticas prohibidas | 60.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco44 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos. Asimismo, el Banco ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) A efectos de cumplimiento de esta Política, el Banco define las expresiones que se indican a continuación: i. Una práctica corrupta consiste en ofrecer, dar, recibir, o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; |
44 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
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ii. Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
iii. Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
iv. Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
v. Una práctica obstructiva consiste en:
(aa) destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
(bb) todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en la presente cláusula 60.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los procedimientos de sanción del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
i. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o la contratación de obras financiadas por el Banco;
ii. suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
iii. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato,
cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
iv. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
v. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado45 subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
vi. remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
vii. imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluida la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 60.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación
45 Un subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios designado es aquel que cumple una de las siguientes condiciones: (i) ha sido incluido por el proponente en su Cotización o solicitud de precalificación debido a que aporta experiencia y conocimientos específicos y esenciales que permiten al proponente cumplir con los requisitos de elegibilidad de la licitación; o (ii) ha sido designado por el Prestatario.
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permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco requiere que en los documentos de licitación y los contratos financiados con un préstamo o donación del Banco se incluya una disposición que exija que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Bajo esta política, todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco requerirá asimismo que se incluya en los contratos financiados con un préstamo o donación del Banco una disposición que obligue a solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios a: (i) conservar todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; (ii) entregar cualquier documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y hacer que empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de servicios y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios o concesionario.
(g) El Banco exigirá que, cuando un Prestatario adquiera bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, de conformidad con lo establecido en el párrafo
3.9 de las Políticas del Banco, en el marco de un acuerdo entre el
Prestatario y dicha agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en la presente cláusula, relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se apliquen íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. | |
61. Pagos posteriores a la terminación del Contrato | 61.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Supervisor de Obras deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado, y menos el porcentaje estipulado en las CEC que haya que aplicar al valor de los trabajos que no se hubieran terminado. No corresponderá pagar indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante. 61.2 Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Supervisor de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado. |
62. Derechos de propiedad | 62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante. |
63. Liberación de cumplimiento | 62.1 Si el Contrato es frustrado por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista, el Supervisor de Obras deberá certificar la frustración del |
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Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de frustración, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos. | |
64. Suspensión de Desembolsos xxx Xxxxxxxx del Banco | 64.1 En caso de que el Banco suspendiera los desembolsos al Contratante bajo el Préstamo, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista: (a) El Contratante está obligado a notificar al Contratista sobre dicha suspensión en un plazo no mayor a siete (7) días contados a partir de la fecha de la recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco (b) Si el Contratista no ha recibido algunas sumas que se le adeudan dentro del periodo de veintiocho (28) días para efectuar los pagos, establecido en la subcláusula 43.1, el Contratista podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de catorce (14) días. |
65. Elegibilidad | 65.1 El Contratista y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Contratista o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos: (a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos: (i) es ciudadano de un país miembro; o (ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. (b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: (i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y (ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. 65.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. 65.3 En caso de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, |
cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
SECCIÓN VI. CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO
A. Disposiciones Generales | |
CGC 1.1 (h) | El precio del Contrato es ………….. ( ) |
CGC 1.1 (o) | El Contratante es Empresa Nacional de Electricidad – ENDE Responsable del Proceso de Contratación: Ing. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Dirección: Calle Colombia N° 0655 esq. Falsuri Piso/Oficina: Planta Baja Ciudad: Cochabamba País: Estado Plurinacional de Bolivia Teléfono: (591-4)4520317-4120900 |
CGC 1.1 (r) | La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es : TRAMO 1: XXXXXXX – MOXXXXXXXX, 000 xías después de la emisión de la orden de inicio |
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TRAMO 2: MONTEAGUDO – CAMIRI , 120 días después de la emisión de la orden de inicio | |
CGC 1.1 (u) | El Supervisor de Obras es: ENDE comunicara de forma oportuna al contratista sobre el Supervisor del Obra. |
CGC 1.1 (w) | El Sitio de las Obras está ubicado en: País: Bolivia. Departamentos: Chuquisaca – Santa Xxxx. El proyecto se encuentra entre las poblaciones xx Xxxxxxx, Monteagudo, Muyupampa (en el departamento de Chuquisaca) y Camiri (en el departamento de Santa Xxxx), y está definida en los planos de la sección VIII.y está definida en los planos No. 5 |
CGC 1.1 (z) | La Fecha de Orden de Proceder es: xxx de xxxxxxxxx de 2019 |
CGC 1.1 (dd) | Las Obras consisten en: Construcción del tendido de Conductor, Cable de Guarda, Cable OPGW (Empalmes y Certificación). Tramo 1: Xxxxxxx – Monteagudo Tramo 2: Monteagudo – Camiri Correspondiente al Proyecto: Construcción Línea de Transmisión Interconexión de Camiri al SIN. |
CGC 1.1 (ii) | El plazo para la Recepción Definitiva de la obra será de 60 días, luego de la Recepción Provisional. |
CGC 2.2 | Las secciones de las Obras con fechas de terminación distintas a las de la totalidad de las Obras son: No corresponde. |
CGC 2.3 (h) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: - Resolución de Adjudicación - Poder del Representante legal, cuando corresponda - Garantías - Documento de Constitución de APCA, Cuando corresponda. |
CEC 6.2 | Del Contratista: Indicar el domicilio completo del Contratista, calle, número, teléfono y ciudad Del Contratante: Dirección: Caxxx Xxxxxxxx Xx 0000 xsq. Falsuri Piso/Oficina: Planta Baja Ciudad: Cochabamba País: Estado Plurinacional de Bolivia Teléfono: (591-4)4520317-4120900 |
CGC 7.1 | Si el Supervisor de Obras autoriza la subcontratación de alguna parte del Contrato, en ningún caso el total de subcontratos podrá exceder el 40% del valor total de este Contrato |
CGC 8.1 | Lista de Otros Contratistas Indicar los nombres de Otros Contratistas, si corresponde |
CGC 9.1 | Personal Clave Indicar los nombres del Personal Clave |
CGC 13.1 | Las coberturas mínimas de seguros y los deducibles serán: |
a) para pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales: 100% del valor total del contrato, franquicia o deducible no mayor al 1.5% b) para pérdida o daño de equipo: 90% del valor total del equipo asignado a la obra, franquicia o deducible no mayor al 1.5% c) para pérdida o daño a la propiedad (excepto a l 100% del valor total del contrato, franquicia o deducible no mayor al 1.5% d) para lesiones personales o muerte: (i) de los empleados del Contratante: por lo menos el equivalente al mínimo de las compensaciones exigidas por Ley (24 sueldos en caso de muerte, y hasta el 20% del valor asegurado en caso de accidentes) con una franquicia o deducible no mayor al 1.5%. (ii) de otras personas: por lo menos que sean el equivalente al mínimo de las compensaciones exigidas por ley, 100% del seguro a terceras personas con una franquicia o deducible no mayor al 1.5%. | ||
CGC 14.1 | Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: • Informe de las playas de tendido. | |
CGC 21.1 | La(s) fecha(s) de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será(n) a más tardar 15 (quince) días luego de la Orden de Proceder. | |
CGC 25.2 | Los honorarios y gastos reembolsables pagaderos al Conciliador serán: Realizados por el Contratista y el Contratante, en partes iguales, cuyo monto a pagar estará de acuerdo a los aranceles del Conciliador. | |
CGC 25.3 | Cualquier controversia generada en relación con este Contrato, deberá ser resuelta en primera instancia por el Conciliador propuesto por el Contratante: la Sociedad de Ingenieros de Bolivia (S.I.B.) de la Ciudad de Cochabamba; debiendo el Conciliador comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia. De persistir la controversia por parte de una y/o las partes la misma finalmente deberá ser resuelta mediante la Ley N° 708 de Conciliación y arbitraje basado en el derecho administrativo a cargo del Cexxxx xx Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx xon sede en Cochabamba, de acuerdo a sus reglamentos, los cuales las partes aceptan y declaran conocer. Asimismo, las partes aceptan la designación de Árbitros que pudiese efectuar la Comisión de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio de Bolivia. El lugar de arbitraje será: Cochabamba, Bolivia | |
CGC 26.1 | La Autoridad Nominadora del Conciliador es: La Sociedad de Ingenieros de Bolivia de la ciudad de Cochabamba. | |
B. Control de Plazos | ||
CGC 27.1 | El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Supervisor de Obras dentro | |
de | 10 días a partir de la fecha de la firma de Contrato. |
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CGC 27.3 | Los plazos entre cada actualización del Programa serán de 30 días El monto que será retenido por la presentación retrasada del Programa actualizado será de: 1 % del monto total del certificado de pago de la última planilla vencida. |
C. Control de la Calidad | |
CGC 35.1 | El Período de Responsabilidad por Defectos es 365 días, a partir de la fecha de suscripcion del Acta de Recepción Definitiva de la Obra. |
D. Control de Costos | |
CGC 39.4 | Las variaciones mediante Órdenes de Cambio será hasta del 5% |
CGC 39.5 | Las variaciones mediante Contrato Modificatorio será hasta del 10 % |
CGC 47.1 | El Contrato no esta sujeto a ajuste de precios de conformidad con la cláusula 47 de las CGC, y consecuentemente la siguiente información en relación con los coeficientes no se aplica. |
CGC 49.1 | El monto de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del 0,1% por ciento por día por día El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del 10% por ciento del precio final del Contrato. |
CGC 51.1 | El pago por anticipo será de: 20% por ciento y se pagará al Contratista a más tardar dentro los 28 dias calendario después de la Firma del Contrato El plazo de la garantía a primer requerimiemto por el anticipo será mínimamente de 170 días |
CGC 51.4 | No se concederá anticipo por Materiales en Bodega. [En caso positivo establecer las condiciones] La solicitud del Contratista de un anticipo por la provisión de materiales en bodega, deberá sujetarse a los siguientes términos: (a) El anticipo será concedido para los siguientes ítems/materiales Indicar los ítems/materiales, conforme a los DDL 36.1 y con base en los precios unitarios adjudicados. (b) El Contratista deberá demostrar que cuenta con las condiciones adecuadas y de seguridad para almacenar y controlar, de manera independiente de cualquier otro material del Contratista, los materiales adquiridos bajo esta modalidad hasta su utilización en la Obra. El Supervisor de Obras verificará la existencia de estas condiciones e informará al Fiscal si es procedente la solicitud del Contratista. (c) En caso positivo, el Contratista presentará una garantía bancaria de Buena Inversión de Anticipo – Materiales en Bodega, por el 100% del monto anticipado, a nombre del Contratante, con vigencia hasta la conclusión de la ejecución los los ítems que incluyen la provisión, uso y colocación de los materiales adquiridos bajo esta modalidad, de acuerdo al cronograma aprobado. En caso de atraso en la ejecución de la obra, la garantía bancaria deberá ser renovada oportunamente. (d) La deducción de los montos pagados por materiales en bodega, se efectuará a través de las planillas de pago, de acuerdo a los montos certificados de la ejecución de los ítems que incluyen el uso de los materiales en bodega. (e) Cuando el Contratista efectue la devolución del 50% o más del monto anticipado por este concepto, podrá reemplazar la garantía bancaria por otra que cubra el monto restante. (f) El Contratista será responsable de la protección y conservación de los materiales en bodega, contra pérdidas o daños de cualquier naturaleza. Los materiales que se utilizaran inadecuadamente, se perdieran o dañaran para su uso total o parcial, deberán ser reemplazados por el Contratista, a su propio costo, en un plazo no mayor a 15 días desde que se identifique esta situación, caso contrario la garantía será ejecutada. El Contratista debe adquirir un seguro que proteja los bienes en custodia ante cualquier riesgo o pérdida, a fin de evitar posibles riesgos en la ejecución de la obra, este seguro deberá presentarse hasta 15 días posteriores al pago de este anticipo. (g) A solicitud del Supervisor y/o del Fiscal, el Contratista deberá demostrar que los materiales están almacenados en los volúmenes indicados presentando facturas que certifiquen la compra de los materiales. (h) El Supervisor y/o el Fiscal revisarán periódicamente las existencias de los materiales. (i) Los materiales almacenados en bodega, no deberán ser retirados del depósito, sin el consentimiento escrito del Supervisor de Obras. |
CGC 52.1 | (a) El monto de la Garantía de Cumplimiento es 7% del monto total del contrato Dicha garantía debe contener las siguientes características: renovable, irrevocable y de ejecución inmediata. |
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La Garantía de Cumplimiento debe ser emitida por una institución bancaria legalmente establecida en Bolivia o por una institución bancaria que tenga sucursal o corresponsalía local para hacer efectiva la misma. Esta garantía debe estar sustancialmente de acuerdo con el formulario de la Garantía de Cumplimiento incluido en la Sección X. Formularios de Garantía; y debe cumplircon los lineamientos del Sistema Financiero del país del Contratante. De la vigencia: La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento. | |
E. Finalización del Contrato | |
CGC 58.1 | Los Manuales de operación y mantenimiento deberán presentarse a más tardar antes de la Recepción Definitiva de las obras para el cable OPGW. Los planos actualizados finales (planos as built “tal como se construyo”) deberán presentarse a más tardar el antes de la Recepción Definitiva de las obras. |
CGC 58.2 | La suma que se retendrá por no cumplir con la presentación de los planos actualizados finales (“as built” ) y/o los manuales de operación y mantenimiento en el plazo establecido en las CGC 58.1 es Bs 208.800,00 (Doscientos ocho mil ochocientos 00/100 Bolivianos). Los planos actualizados finales deberán presentarse un original y 3 copias en papel bond y en medio magnético. |
CGC 59.2 (g) | El porcentaje máximo es 10% del monto total del contrato –decisión optativa–, 20% – decisión obligatoria |
CGC 61.1 | El porcentaje que se aplicará al valor de las Obras no terminadas es: 100% |