CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE
EL MINISTERIO DE DEFENSA Y
EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN
Entre el MINISTERIO DE DEFENSA, representada en este acto por la Señora Ministra, Dra. Doña Xxxxx xxxxx XXXXX, con domicilio en la xxxxx Xxxxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx; por un lado, y el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, representada en este acto por el Señor Ministro, Xx. Xxx Xxxxxx Xxxxxxx TOMADA, por el otro, con domicilio en la Xx. Xxxxxxx Xxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, acuerdan firmar el presente convenio marco de cooperación, conforme las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El objeto del presente convenio es la mutua colaboración entre las partes en el desarrollo y coordinación de acciones vinculadas a la temática de la VIOLENCIA LABORAL, entendida, a los fines del presente, como “Toda acción, omisión o comportamiento destinado a provocar, directa o indirectamente daño físico, psicológico o moral a un trabajador o trabajadora, sea como amenaza o acción consumada. La misma incluye violencia de género, acoso psicológico, moral y sexual en el trabajo y puede provenir tanto de niveles jerárquicos superiores, del mismo rango o inferior”, asistiendo también al objetivo de brindar un servicio al personal tanto del MINISTERIO DE DEFENSA como de las FUERZAS ARMADAS sobre temática referida, en el marco de sus respectivas competencias.
SEGUNDA: A tal efecto podrán:
a) Desarrollar de manera colaborativa tareas de investigación vinculadas a la problemática de la violencia laboral, acoso sexual y laboral.
b) Promover en forma conjunta acciones específicas y fortalecer espacios para la generación de sinergias, complementación de experiencias y capacitación que contribuyan a la promoción; consolidación y vigencia
plena de los derechos de las/los trabajadores al desarrollo de las relaciones del trabajo sin violencia.
c) Integrar comisiones de trabajo para realizar estudios y análisis de casos que permitan impulsar normativa específica sobre la materia en diversos ámbitos laborales.
d) Preparar y promover el desarrollo de cursos de formación y capacitación de interés para las partes en cualquiera de las áreas en que ambas desarrollen en común sus actividades.
e) Proponer y desarrollar acciones positivas de capacitación en relación con organizaciones sindicales de trabajadores y direcciones de recursos humanos para la difusión de los derechos de las/los trabajadoras/es.
f) Coordinar acciones conjuntas para el diseño y elaboración de estrategias y contenidos de formación y difusión de acuerdo al objeto del presente Convenio.
g) Producir materiales para la sensibilización, concientización y difusión de la problemática destinadas al personal civil y militar de las FUERZAS ARMADAS como así también al personal del MINISTERIO DE DEFENSA.
h) Realizar actividades de formación teórica y práctica destinadas a las Oficinas de Género de las Fuerzas Armadas, como así también desarrollar actividades de supervisión y monitoreo del funcionamiento de las mismas.
TERCERA: En el supuesto, que de la aplicación del presente Convenio, se acordara la realización de trabajos de investigación, la propiedad intelectual de los resultados obtenidos será compartida entre las partes signatarias conforme ellas los establezcan. CUARTA: A los efectos de la instrumentación del presente Convenio, las partes acuerdan crear una Comisión Coordinadora compuesta por un integrante titular y un suplente por cada una de las partes con el objeto de organizar, planificar y controlar la realización y desarrollo de estudios, acciones, tareas y acuerdos específicos necesarios para lograr el cumplimiento de los fines previstos.-------------------------------
QUINTA: A tales efectos, la Comisión Coordinadora mencionada comprenderá:
a) Procurar el cumplimiento del presente.
b) Coordinar las mutuas prestaciones haciéndolas compatibles con las necesidades de las partes.
c) Evaluar y proyectar la implementación de acuerdos complementarios, para el desarrollo de temas específicos que sean necesarios llevar a acabo entre los signatarios, entre éstos y terceros, sean entes nacionales, provinciales, municipales de carácter mixto, o entidades sin fines de lucro y otros.
d) Coordinar los estudios, propuestas y proyectos específicos que se lleven a cabo dentro del marco de los objetivos establecidos en el presente convenio.
e) Realizar el seguimiento del desarrollo de los trabajos convenidos, alcances, cronogramas e informes de avance de las respectivas etapas acordadas.
SEXTA. Las partes acuerdan que los aspectos administrativos y financieros relacionados con los proyectos ya actividades concretas que se desarrollen, deberán realizarse a través de convenios específicos que presente como necesidad la Comisión Coordinadora.
Las erogaciones que se produzcan con motivo del desarrollo de las actividades, en el ámbito pedagógico y administrativo serán cubiertas por las partes firmantes del presente según se acuerde para cada actividad en particular.-------------------------------
SEPTIMA: El presente convenio tendrá una duración de DOS (2) años prorrogándose automáticamente si no existiera acto de expresa renuncia unilateral o rescisión bilateral para ponerle término. En todos los casos, la rescisión no podrá afectar programas concertados en que participen terceros o el beneficiario resulte ajeno a las partes signatarias del presente. En caso de rescisión, la misma operará por acto administrativo expreso y no sufrirá efecto sino después de transcurridos TRES (3) meses de preaviso. La rescisión no otorgará a la otra parte derecho a reclamar indemnización por daños, perjuicios y/o lucro cesante.---------------------------
OCTAVA: Toda divergencia entre las partes respecto de la interpretación y aplicación de este convenio que no pueda solucionarse de común acuerdo, se someterá a la PROCURACIÓN XXX XXXXXX DE LA NACIÓN y las cuestiones
pecuniarias de resolución conforme los términos de la Ley Nº 19.983 y su Decreto Reglamentario Nº 2481/93. NOVENA: Para todos los efectos que pudieran corresponder, las partes constituyen sus domicilios legales en sus respectivas sedes.------------------------------------------------
En conformidad, se firman, DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 25 días del mes de noviembre de 2010.
XX . XXXXXX TOMADA DRA. XXXXX XXXXX
MINISTRO DE TRABAJO, MINISTRA DE DEFENSA EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL