BASES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN GLOBAL DE RESIDUOS INCORPORADOS A SIGFITO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE VALENCIA, MURCIA, MADRID, BALEARES Y CASTILLA LA MANCHA.
BASES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN GLOBAL DE RESIDUOS INCORPORADOS A SIGFITO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE VALENCIA, MURCIA, MADRID, BALEARES Y CASTILLA LA MANCHA.
REF: 2018_ZONA 3
CAPÍTULO PRIMERO: CARACTERÍSTICAS GENERALES
Cláusula 1º.-Introducción.
SIGFITO AGROENVASES, S.L. (en adelante, SIGFITO) es una sociedad sin ánimo de lucro creada con el objeto de organizar un sistema de recogida de envases agrarios para darles un tratamiento medioambiental correcto. SIGFITO nace como iniciativa de los fabricantes y envasadores de productos fitosanitarios que, al igual que los comerciantes de dichos productos, quedan obligados por el desarrollo de la Ley 11/1997 y el Real Decreto 1416/2001, a establecer un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) – por el cual debían cobrar a sus clientes, hasta el consumidor final, una cantidad por cada envase vendido, aceptar el retorno de éstos una vez consumidos y devolver esa cantidad– o eximirse de lo anterior participando en un Sistema Integrado de Gestión (SIG) como es SIGFITO. Actualmente SIGFITO está autorizado para la gestión de los residuos de envases de productos fitosanitarios y de los demás residuos de envases de uso exclusivamente agrario y no peligrosos que se comercializan por los mismos canales y han sido voluntariamente adheridos a SIGFITO conforme a la disposición adicional primera de la Ley 11/1997 de envases y residuos de envases.
Este documento recoge las bases reguladoras del procedimiento mediante el que SIGFITO seleccionará a las empresas que le prestarán los servicios de gestión global de los residuos incorporados a SIGFITO por sus adheridos en el ámbito territorial indicado en la cláusula 24ª desde los puntos de entrega que hayan establecido con SIGFITO el oportuno acuerdo de colaboración y sean en tal concepto notificados a la empresa seleccionada.
El procedimiento se llevará a cabo en las fases y conforme a los métodos de valoración, selección y criterios objetivos que se detallan en estas bases, teniendo siempre en cuenta los parámetros de publicidad, concurrencia, igualdad, libre elección de condiciones y objetividad que rigen este proceso de selección.
Cláusula 2ª.-Objeto de la contratación
Constituye el objeto de contratación el servicio de gestión global de los residuos de envases de productos agrarios incorporados a SIGFITO (identificados en el ANEXO B) en el ámbito territorial indicado en la cláusula 24ª, sin que sean admisibles ofertas parciales que no abarquen todos esos residuos y dicho territorio, en los términos indicados en estas bases.
En concreto, comprenderá los servicios básicos indicados a continuación, en los términos que se describen en el ANEXO D (modelo de contrato de servicios y sus anejos) de estas bases reguladoras:
X. Xxxxxxxxxxxx, concienciación y seguimiento: de la correcta implantación del SIG y de su normal funcionamiento de acuerdo al modelo propuesto en el presente ámbito territorial. SIGFITO será el interlocutor de los Puntos de recogida, u otros puntos, para la canalización de las solicitudes de retirada. El gestor adoptará las medidas necesarias y a su alcance (como mínimo las previstas en el modelo de contrato del Anexo D) para fomentar el triple enjuague y la adecuada separación y entrega por los agricultores y puntos de recogida. Con ello se pretende mejorar el tratamiento de los residuos, proteger la salud humana y el medioambiente y lograr un sistema de gestión más eficiente.
X. Xxxxx: a las campañas de comunicación en la medida en que lo determine SIGFITO, y con la contrapartida económica que se estime y se apruebe por ambas partes en cada caso.
C. Dotación de medios y suministros: a demanda de SIGFITO, sean aportados por éste o por el propio gestor, en los puntos de agrupamiento de los residuos y su mantenimiento a lo largo del contrato.
D. Recogida de los residuos para su transporte.
E. Transporte: de los residuos, garantizando la correcta separación desde origen, a los pertinentes centros de transferencia y destinos finales (valorización o eliminación)
F. Gestión final del residuo: consistente en su preparación para la reutilización, clasificación, en su caso, reciclado y otras formas de valorización y/o eliminación, atendiendo en todo caso al principio de jerarquía y, en su caso, al de proximidad, conforme a la normativa y autorizaciones vigentes.
X. Xxxxxxxxxxxx: garantizando el seguimiento continuo de los residuos puestos a su disposición desde el punto de recogida, especialmente su etiquetado así como el resto de documentación exigible, hasta su gestión final.
H. Información periódica: relativa a la operativa del sistema, trazabilidad del residuo e incidencias, incluida la documentación de seguimiento e información que debe adjuntarse a la factura, siendo también ésta una obligación esencial de esta contratación.
A título orientativo, la cláusula 24ª de las presentes Bases recoge, entre otros aspectos: (i) la cantidad de residuos en envases incorporados a SIGFITO que se estima recoger durante el primer año de vigencia del contrato; y (ii) datos históricos y agregados de las cantidades recogidas y número de recogidas de residuos de envases incorporados al SIG llevadas a cabo por SIGFITO en las comunidades autónomas objeto de contratación correspondientes a los años 2015 y 2016.
En ningún caso, estos datos orientativos podrán considerarse referencia de cantidades mínimas o máximas para la formulación de las ofertas, pudiendo variar en más o en menos sin que ello de derecho a revisión o modificación de las condiciones de la adjudicación del servicio, que no queda limitado ni condicionado a tales estimaciones orientativas.
De acuerdo con los datos actuales, el adjudicatario deberá prestar los servicios de coordinación, concienciación, seguimiento de los puntos de recogida y la recogida, transporte, almacenamiento,
clasificación, tratamiento, valorización y eliminación de los residuos comprendidos en este procedimiento depositados en los puntos de recogida con los que SIGFITO tenga firmado un acuerdo que se detallan en el ANEXO A y que están accesibles en la web de SIGFITO (xxx.xxxxxxx.xx). Estos puntos podrán aumentar o disminuir a lo largo de la vigencia del acuerdo que se licita mediante este procedimiento, sin que las presentes bases del mismo ni su convocatoria impliquen compromiso alguno de un volumen determinado de residuos ni un número mínimo o máximo de puntos de acopio.
En todo caso, SIGFITO, para garantizar un servicio eficiente y adaptado a las necesidades de agricultores, puntos de recogida y a las variaciones temporales en la generación de residuos agrícolas u otra circunstancias que pudieran aconsejarlo para el mejor cumplimiento de sus fines, se reserva un porcentaje xxxxxx xxx xxxx por ciento de los residuos incorporados al SIG y generados en el ámbito geográfico objeto de este proceso para su eventual asignación a otros operadores de forma puntual y atendiendo en su selección a los principios de publicidad, concurrencia e igualdad con el fin de garantizar la libre competencia.
El adjudicatario deberá gestionar los residuos puestos a su disposición como residuos peligrosos o no peligrosos en función de su naturaleza, conforme a la normativa vigente y, en su caso, las determinaciones de las autorizaciones de SIGFITO al respecto. En caso de haberse depositado en el punto de recogida indebidamente seleccionados procederá a su clasificación en las instalaciones autorizadas a tal efecto dando en cada caso a los residuos su tratamiento oportuno. La información suministrada a SIGFITO sobre la naturaleza y tipo de gestión realizada deberá ajustarse a la realidad y a la naturaleza de los residuos. La falsedad en los datos a este respecto dará derecho a la resolución unilateral del contrato con una indemnización xxx xxxxx de la contribución económica en su caso indebidamente percibida por el gestor adicionalmente a la que corresponda por los daños y perjuicios derivados de la indebida gestión o de su trazabilidad.
Cláusula 3ª.-Duración del contrato.
La duración y vigencia del contrato resultante, en todo caso, estará supeditada a la vigencia de la autorización de SIGFITO como entidad gestora de un Sistema Integrado de Gestión de envases agrarios, así como a la vigencia de las autorizaciones y demás requisitos legales exigibles al gestor (y a las empresas subcontratadas por éste) para la prestación de los servicios objeto de esta licitación.
El adjudicatario deberá comenzar a prestar los servicios objeto de este procedimiento en la fecha indicada en la cláusula 24ª de las presentes Bases.
El contrato entrará en vigor sólo a partir de su firma y tendrá una duración inicial de un año desde la fecha de inicio del servicio antes indicada y que deberá aparecer en la oferta que se presente conforme al ANEXO C. El término de vigencia será prorrogable por periodos de un año, hasta un máximo de dos prórrogas, salvo renuncia expresa de cualquiera de las partes comunicada con una antelación mínima de dos meses a cada vencimiento.
No obstante lo anterior, la empresa adjudicataria continuará prestando el servicio de gestión global de forma transitoria hasta el comienzo de la ejecución efectiva del contrato que se licite dentro de los dos meses de preaviso o antes del término final del contrato.
Cláusula 4ª.-Otras condiciones.
4.1-Cumplimiento de los requisitos legales.
El adjudicatario deberá observar, en todo momento, el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente en cada momento (de actividad, medioambientales, fiscales y tributarios, laborales o cualesquiera otros) para el ejercicio de su actividad, que deberá comprender todas las prestaciones descritas en estas bases reguladoras, tanto si las realiza directamente o a través de terceros. En este caso será responsable de comprobar la habilitación legal de estos operadores y la observancia del cumplimiento de los requisitos jurídicos exigidos para el ejercicio de la actividad subcontratada durante toda la duración del contrato. Igualmente deberá ajustarse, en todo momento, a las condiciones impuestas a SIGFITO en sus autorizaciones de funcionamiento en cada una de las comunidades autónomas en las que resulte adjudicatario o preste los servicios objeto de este procedimiento de contratación, de las que será informado por parte de SIGFITO.
4.2-Seguro de responsabilidad civil.
El adjudicatario deberá tener suscrito o suscribir, manteniéndola en vigor durante toda la duración del contrato, una póliza de seguro de responsabilidad civil que garantice todas las obligaciones contractuales y extracontractuales y los daños y perjuicios que pudiera causar con ocasión de los servicios prestados, directamente o a través de sus empresas subcontratadas, sea a SIGFITO o a terceros, incluyendo en todo caso eventuales responsabilidades ambientales.
Cláusula 5ª.-Mejora sobre las prestaciones y niveles mínimos del servicio.
Las prestaciones anteriores comprenden el contenido mínimo de los servicios licitados. Los licitadores podrán proponer los planes de mejoras que estimen convenientes. Tales planes de mejora serán objeto de valoración por SIGFITO conforme a los criterios establecidos en estas Bases.
Cláusula 6ª.-Cesión y subcontratación.
El adjudicatario contará con los medios materiales y humanos necesarios para garantizar sin interrupciones la correcta prestación del servicio, realizando directamente o a través de subcontratistas la gestión global de residuos de envases incorporados a SIGFITO que sean puestos a su disposición.
El adjudicatario será responsable solidario y directo de cuantas actividades realicen sus empleados, fijos o discontinuos, directos, subcontratados, proveedores o terceros encargados de las actividades encomendadas al adjudicatario.
El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial de las prestaciones objeto de las presentes bases reguladoras, de acuerdo con los requisitos siguientes:
a) Que SIGFITO autorice expresamente y con carácter previo la subcontratación. Este requisito se entenderá cumplido en aquellos casos en los que el licitador incluya en su oferta una propuesta de subcontratación y ésta sea aprobada por la Comisión de Contratación,
debiendo observar en todo caso todos los requisitos incluidos en la presente cláusula.
b) Que las prestaciones parciales subcontratadas en ningún caso permitan al adjudicatario principal no prestar directamente como gestor de residuos alguna de las fases esenciales de la gestión contratada.
c) Que el adjudicatario declare haber seleccionado el/los gestor/es subcontratados teniendo en cuenta distintas ofertas y buscando los servicios más eficientes y la aplicación de las mejores técnicas medioambientales disponibles.
d) Que los gestores subcontratados cuenten con las autorizaciones y demás requisitos legalmente exigibles para desarrollar las actividades subcontratadas, cuya vigencia deberá comprobar el adjudicatario durante toda la ejecución del contrato.
La empresa subcontratista quedará obligada ante el contratista principal, que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a SIGFITO con arreglo a las presentes Bases reguladoras. Solo se admitirá un grado de subcontratación.
El pago de las facturas que emita la empresa subcontratista serán satisfechos en todo caso por la empresa adjudicataria del contrato, no pudiendo el subcontratista emitir facturas dirigidas directamente a SIGFITO.
El adjudicatario no podrá ceder este servicio a ninguna entidad sin la autorización expresa y previa de SIGFITO, que exclusivamente podrá otorgarse transcurridas tres cuartas partes de la duración máxima del contrato, incluidas sus prórrogas. En el supuesto de cesión o subcontratación no consentida por el adjudicatario a un tercero, ambos serán responsables, frente a SIGFITO y posibles terceros.
CAPÍTULO SEGUNDO.-CLÁUSULAS RELATIVAS AL PROCESO DE SELECCIÓN.
Cláusula 7ª.-Libertad de acceso y participación.
Podrá participar en este proceso cualquier persona, física o jurídica, gestor de residuos legalmente habilitado para desarrollar el servicio de gestión global de los residuos objeto de este proceso, directamente o junto con otros agentes subcontratados al efecto igualmente habilitados conforme a Derecho para el desarrollo de las actividades subcontratadas.
Cláusula 8ª.-Publicidad.
Se garantiza el acceso libre y gratuito a este documento de Bases para la contratación del servicio global de gestión de residuos incorporados a SIGFITO en el ámbito territorial indicado en la cláusula 24ª mediante su publicación en la página web de la Sociedad (xxx.xxxxxxx.xx)y la posibilidad de acceso directo en su sede, donde podrán solicitarse las copias necesarias:
SIGFITO Agroenvases S.L.
Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 000 0xX. 00000 Xxxxxx.
Cláusula 9ª.-Publicidad de la convocatoria y de las aclaraciones de sus bases.
La convocatoria del presente procedimiento ha sido hecha pública, a través de los siguientes medios:
• Anuncio en la página web de SIGFITO (xxx.xxxxxxx.xx).
• Comunicación a las asociaciones representativas del sector.
• Invitación individual a las empresas que, en el pasado han contratado con SIGFITO o han manifestado a la sociedad su interés en hacerlo.
• Invitación a través de las Cámaras de Comercio del ámbito territorial.
Durante el plazo indicado en el anuncio de la convocatoria de este procedimiento, desde la convocatoria, se podrán solicitar aclaraciones al contenido de las presentes bases. Tanto las consultas como las correspondientes aclaraciones se publicarán en la página web de SIGFITO el día siguiente al término del plazo indicado.
Cláusula 10ª.-Comisión de Contratación.
La Comisión de Contratación es el órgano independiente de los socios de SIGFITO, creado en el seno de su organización interna y al que se le encomienda la negociación de la contratación de los gestores empleados por SIGFITO para el adecuado funcionamiento del SIG, bajo el estricto compromiso de velar por la confidencialidad de la información relativa a cualquier participante en estos procesos a la que tengan acceso por razón de sus funciones. Esta Comisión está formada por las personas que en cada momento ostenten dentro de SIGFITO los siguientes cargos:
Director General Director de Desarrollo
Director de Residuos y Financiero
Cláusula 11ª.-Forma y contenido de las ofertas.
Cada oferta consta de dos sobres independientes: el SOBRE 1 de documentación general -con los requisitos sobre capacidad y solvencia-, y el SOBRE 2 con la propuesta técnico-económica, sin perjuicio de que la documentación general y la oferta técnico económica de cada licitador constituirán una sola oferta/propuesta a todos los efectos.
Cada participante podrá presentar exclusivamente una oferta. La contravención de esta condición dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas. Además y concurrentemente, podrá participar como subcontratista de uno o varios ofertantes.
La oferta deberá ser concreta y, por razones de homogeneidad, comprender todos los conceptos y ajustarse a los términos requeridos en el modelo de oferta que se incluye como ANEXO C de las presentes Bases.
Cada uno de los dos sobres que constituyen la oferta deberán entregarse cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente.
Debe figurar en el exterior de cada sobre los datos indicados a continuación:
-Identificación del concurso: “Procedimiento para la contratación del servicio global de gestión de residuos incorporados a SIGFITO en (indicar ámbito territorial definido en la cláusula 24ª)
-Referencia del procedimiento: REF: (la indicada en el encabezamiento)
-Empresa (nombre y apellidos de licitador o razón social).
-NIF o CIF.
-Nombre del representante legal y firma.
-Dirección postal.
-Dirección de correo electrónico–
Teléfono.
Fax.
La documentación que se incluya en el interior de cada sobre deberá estar numerada y sellada o firmada, en todas sus páginas, por el propio licitador. Asimismo, el contenido deberá estar acompañado por un índice de la documentación obrante en el mismo, firmado también por el licitador.
El SOBRE Nº 1 contendrá la documentación general, en los términos y con los requisitos establecidos en el modelo que figura como Anexo C-1, se abrirá en primer lugar, y deberá contener la siguiente documentación:
➢ Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad jurídica:
• Para empresarios individuales: DNI o documento que reglamentariamente lo sustituya, Número de Identificación Fiscal y epígrafe del IAE en el que está dado de alta.
• Para empresarios personas jurídicas, copia de la escritura de constitución y sus modificaciones. Se deberá aportar copia de los estatutos donde se indique que en las actividades de su objeto social se incluyen las relacionadas con la gestión de residuos. Se deberá señalar en qué página/s de los estatutos se refleja el objeto social. Número de Identificación Fiscal y epígrafe del IAE en el que está dado de alta.
➢ Documentos acreditativos de la representación:
• Los que liciten o comparezcan en nombre del empresario-persona jurídica deberán presentar poder bastante.
➢ Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera
• Balance de Situación y Cuenta P&G del último ejercicio: copia de las cuentas debidamente registradas, o copia de las cuentas auditadas.
• Declaración de la cifra de negocio del licitador en los tres últimos ejercicios, que deberá ser superior a los €/año indicados en la información particular de la convocatoria de las bases de contratación.
➢ Documentación operacional.
• Para el propio licitador:
o Copia de las autorizaciones y demás títulos habilitantes para el transporte y demás operaciones de gestión de residuos identificados en el ANEXO B y demás permisos y/o inscripciones necesarios para realizar la actividad objeto del contrato: Se deberá señalar en qué página/s se relacionan las actividades autorizadas para envases vacíos, así como en qué página (o documento) se puede verificar que la autorización está actualmente vigente.
• Para cada una de las entidades que propone subcontratar:
o Copia de las autorizaciones y demás permisos necesarios para realizar la actividad a subcontratar Se deberá señalar en qué página/s se relacionan las actividades autorizadas para envases vacíos, así como en qué página (o documento) se puede verificar que la autorización o inscripción está actualmente vigente.
• Aportar esquema de trazabilidad del servicio que indique qué gestores van a realizar las labores de: recogida para cada zona geográfica; centro de transferencia/gestor intermedio; gestión final, en este último caso indicando para qué materiales. En todos los casos indicar bajo qué nº de autorización (de la que se adjuntará copia) realizarán la/s actividad/es.
• Aportar documento de la Comunidad Autónoma en la que esté domiciliado el
gestor/transportista que asumirá la titularidad del residuo, en el que se asegure que sí podrá asumir la titularidad del residuo desde el momento de la recogida.
• Aportar contratos de tratamiento de residuos correspondiente a los incorporados a SIGFITO entre gestor, gestores intermedios, y hasta los gestores finales, coherentes con los tratamientos que se prevén aplicar a los residuos recogidos cuando proceda.
La completa entrega del SOBRE Nº1 será condición indispensable para aceptar la oferta presentada y, por tanto, proceder a la apertura del SOBRE Nº2, con la oferta económico-técnica, formulada en los términos y con los requisitos establecidos en el modelo de oferta que figura como Anexo C-2, que deberá contener la siguiente documentación:
➢ ÁMBITO TERRITORIAL.-El previsto en la información particular recogida en la cláusula 24ª de las presentes bases de contratación. Cada licitador podrá presentar una sola oferta que podrá estar referida a una, dos o todas las comunidades autónomas comprendidas en el ámbito geográfico de este proceso e identificadas en la cláusula 24ª. No se admitirán ofertas parciales dentro de cada comunidad autónoma o en términos distintos a los antes indicados.
➢ FECHA DE COMIENZO DEL SERVICIO: Necesariamente deberá estar en disposición de iniciar el servicio en la fecha indicada en la información particular recogida en la cláusula 24ª de las presentes bases de contratación.
➢ DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA EMPRESA Y FORMA EN QUE SE OFERTA PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE PROCEDIMIENTO.
Según considere el licitador
➢ MEDIOS PROPUESTOS.
Podrán indicarse cualesquiera datos que el licitador estime pero, en todo caso, la oferta deberá comprender:
-capacidades de los vehículos previstos para la recogida y transporte en cada zona geográfica, titularidad de los mismos y facilidades que presentan para la carga y protección de los residuos (plataforma elevadora, gancho, caja cerrada,…)
- indicación de las instalaciones de almacenamiento intermedio y gestión final y titularidad de las mismas
Estos medios deberán ser, como mínimo, los necesarios y adecuados para prestar los servicios objeto de este proceso de contratación, comprometiéndose el adjudicatario a ajustarlos a las necesidades de la generación de residuos que se produzcan durante la vigencia del contrato.
➢ PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN:
Deberán indicarse cualesquiera datos que quieran facilitarse pero, en todo caso, la oferta deberá indicar:
-compromiso de tramitar por cuenta del productor, las solicitudes de admisión, contratos de
tratamiento, notificaciones previas de traslado y DCS, DI o documento que lo sustituya y los que procedan en caso de residuos no peligrosos. La trazabilidad tanto los residuos peligrosos como no peligrosos debe garantizarse documentalmente, en los términos previstos para cada caso en la normativa vigente de aplicación, por el licitador y sus subcontratados.
-compromiso de asumir la titularidad del residuo (como responsable de la gestión del residuo) desde el momento de la retirada de los residuos desde el punto de recogida.
-indicación de los tratamientos previstos en cada instalación para cada material (plástico, metal, papel-cartón, otros). Porcentajes previstos de valorización y eliminación para cada material.
-usos previstos para el material reciclado
-en el caso de tener implantados Sistemas de Gestión Medioambiental, aportar copia de certificados.
-protocolo de pesaje y admisión en planta.
➢ EXPERIENCIA Y REFERENCIAS:
Deberá indicarse la experiencia acumulada en la prestación de servicios para SIGFITO o, en otro caso, detallar las referencias contrastables (describiendo servicio, con persona y teléfono de contacto) en la prestación de servicios de recogida multipunto y gestión global de residuos peligrosos y/o no peligrosos a clientes ubicados en el ámbito territorial o en otros territorios. El licitador podrá aportar otras experiencias que considere de interés y relacionadas con el objeto del contrato
➢ PROPUESTA ECONÓMICA
Se debe detallar para cada concepto los precios unitarios ofertados, sin IVA, en las unidades indicadas (si las unidades de los precios fuesen diferentes a las indicadas, los precios no podrán cargarse en la matriz de evaluación y la oferta no podrá admitirse). Los precios tendrán un máximo de dos decimales. Aquellos conceptos para los que no se establezca precio se entenderá que serán prestados sin coste para SIGFITO. Los precios para cada concepto serán idénticos para todo el territorio ofertados (una, dos o todas las comunidades autónomas).
Conceptos:
1) Conceptos con importes fijados por SIGFITO:
-Entrega de suministros iniciales a punto de recogida (soportes y bolsas, abonable sólo una vez):
€/entrega
-Entrega de suministros de reposición en el caso de no coincidir con recogida: €/entrega
-Retirada de suministros de punto de recogida en el caso de que no coincida con recogida de residuos: €/retirada
2) Conceptos para los que EMPRESA debe presentar su oferta.
-Recogida de residuos (igual para todos los materiales, según peso neto de residuos indicado en DCS, DI o documento que lo sustituya), para residuos peligrosos: €/t
-Recogida de residuos (igual para todos los materiales, según peso neto de residuos indicado en DCS, DI o documento que lo sustituya), para residuos no peligrosos: €/t
-Tratamiento de residuos (igual para todos los materiales) de residuos peligrosos: €/t
- Tratamiento de residuos (igual para todos los materiales) de residuos no peligrosos: €/t
3) Conceptos “Sin Importe”: almacenamiento de suministros, entrega de suministros de reposición con recogida, etiquetas y bridas.
Se facilitarán, sin coste para SIGFITO, bridas suficientes para para el cierre de las bolsas. En los casos en los que los propios puntos de recogida deban cumplir con obligaciones de etiquetado de residuos peligrosos, se les facilitarán asimismo tantas etiquetas acordes a la legislación vigente como bolsas, sin coste para SIGFITO.
CUADRO RESUMEN DE PRECIOS OFERTADOS
Conceptos | Precio | unidades |
Entrega de suministros iniciales | 80 | €/entrega |
Entrega de suministros de reposición sin recogida | 50 | €/entrega |
Retirada de suministros sin recogida | 50 | €/retirada |
Recogida de residuos no peligrosos | €/t | |
Recogida de residuos peligrosos | €/t | |
Tratamiento de residuos no peligrosos | €/t | |
Tratamiento de residuos peligrosos | €/t | |
Operario en planta para labores de caracterización | 35 | €/h |
Almacenamiento de suministros (bolsas, soportes y otros) | Sin coste | |
Entrega de suministros de reposición CON recogida | Sin coste | |
Etiquetas | Sin coste | |
Bridas | Sin coste |
Cláusula 12ª-. Objetivos de recogida de residuos no peligrosos.
Se establecen los siguientes objetivos de recogida de residuos no peligrosos por cada anualidad de vigencia del contrato:
• Primer año: 5% de residuos no peligrosos.
• Segundo año: a calcular según los resultados del ejercicio anterior.
• Tercer año: a calcular según los resultados del ejercicio anterior.
Actualmente en Castilla la Mancha y Baleares todos los residuos se recogen y se tratan como residuos peligrosos, si bien se separan aquellas bolsas con envases de plástico rígido, vacíos y con el triple enjuague de las bolsas con envases sin enjuagar (papel, film…).
En un momento determinado, SIGFITO podría indicar a EMPRESA que las bolsas con envases de plástico rígido se etiqueten y gestionen como residuos no peligrosos, mientras que las bolsas de envases sin enjuagar se gestionen como residuos peligrosos.
Actualmente en Murcia, Comunidad Valencia y Madrid los envases de fitosanitarios se gestionan como residuos peligrosos, mientras que los envases de no fitosanitarios se gestionan como residuos no peligrosos.
En un momento determinado, SIGFITO podría indicar a EMPRESA que las bolsas con envases de plástico rígido se etiqueten y gestionen como residuos no peligrosos, mientras que las bolsas de envases sin enjuagar se gestionen como residuos peligrosos.
Cláusula 13ª.-Presentación de ofertas.
Las ofertas deberán remitirse por un medio (mensajero o correo certificado, preferentemente) que permita acreditar la recepción de las ofertas en la dirección designada en las presentes Bases reguladoras, así como dejar constancia de la fecha de dicha recepción.
El lugar designado como punto de entrega es el señalado a continuación:
SIGFITO Agroenvases S.L. Xxxxx Xxxxxxxxx 00 0x X, 00000 Xxxxxx. Horario de recepción: L-J: 9.00. a 14.00. y 15:00 a 18.20; V: 8:30 a 14:30
El plazo de presentación de las ofertas (de los dos sobres que conforman cada una de ellas) finalizará en la fecha y hora indicada en el anuncio de la convocatoria de este procedimiento.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por parte del ofertante, sin salvedad alguna, del clausulado de las bases reguladoras que rigen este procedimiento y de sus anexos.
Cláusula 14ª.-Apertura y examen de ofertas.
Una vez concluido el plazo de recepción de proposiciones y recibidas las ofertas en la sede de SIGFITO, la Comisión de Contratación procederá a la apertura y se celebrarán las reuniones internas necesarias de dicha Comisión con el fin de: 1) hacer constar una relación de las ofertas recibidas; 2) proceder a la apertura del Sobre 1 para la validación de cada oferta e identificar los posibles defectos que puedan contener las proposiciones, así como su carácter subsanable o no; 3) apertura del sobre 2 para la valoración de las ofertas
Cláusula 15ª.-Subsanación de ofertas.
Los defectos subsanables que se observen en la documentación presentada en el sobre 1 por alguno de los ofertantes, serán comunicados a los interesados a los que se concederá un plazo común desde la notificación del requerimiento de subsanación para que subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo en la sede de SIGFITO Agroenvases S.L.
Una vez calificada la documentación y realizadas, si proceden, las actuaciones indicadas, la Comisión de Contratación volverá a reunirse para la definitiva recepción y validación de ofertas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y las causas de su rechazo. Estas circunstancias se documentarán internamente y pondrán en conocimiento de los licitadores.
Los licitadores podrán ser consultados sobre su oferta técnico-económica para cualquier aclaración
que la Comisión pudiera considerar oportuna para la adecuada comprensión de su oferta. En ningún caso esta actuación podrá implicar una modificación esencial del contenido de las ofertas presentadas.
Cláusula 16ª.-Criterios y sistema de valoración.
La oferta técnico-económica será valorada según los presentes criterios, pudiendo obtener una puntuación máxima de 100 puntos, según el siguiente reparto:
Criterios económicos: máximo 65 puntos Criterios no económicos: máximo 35 puntos
Se optará por la oferta que sume más puntos.
La adjudicación provisional se hará pública en la página web de SIGFITO. Si finalmente el adjudicatario no formalizase el oportuno contrato o realizase los demás trámites previos a dicha formalización conforme a la cláusula 21ª, SIGFITO hará pública de la misma manera la adjudicación al siguiente candidato con mejor puntuación que mantenga su oferta.
Si una vez adjudicado el contrato se comprueba que el adjudicatario aportó información o documentación que no concuerda con la realidad posterior por la que se asignaron puntos, se restarán dichos puntos y se podrá adjudicar al candidato con mejor puntuación que mantenga su oferta.
➢ Criterios económicos:
Para determinar los puntos correspondientes a los criterios económicos, se asignará el máximo de puntos (65) a la oferta económica, no excluida por baja temeraria, que resulte con menor “Coste Unitario con implantación”. Al resto de las ofertas se les asignará como puntuación el valor resultante de multiplicar el máximo de puntos (65) por el cociente entre el menor “Coste Unitario con implantación” y el “Coste Unitario con implantación” de la oferta a puntuar. Esto es:
Puntuación = 65 x menor “Coste unitario con implantación” “Coste unitario con implantación” de oferta a puntuar
. Evaluación económica de ofertas:
Las ofertas se someterán al mismo escenario de cantidades recogidas, altas de nuevos puntos, y cierre de puntos, y a un escenario de recogidas del 95% de residuos peligrosos y 5% de no peligrosos, según la matriz de evaluación económica adjunta. Esta previsión de residuos peligrosos y no peligrosos se utilizará exclusivamente a efectos de cálculo en la matriz sin que SIGFITO se comprometa a esta clasificación de los residuos y debiendo en todo caso el adjudicatario gestionarlos según su naturaleza, la normativa vigente y las autorizaciones de
SIGFITO.
El escenario aplicado considerará: Cantidades recogidas y tratadas el primer año según información particular de la convocatoria de las bases de contratación. Altas y bajas de puntos de recogida según información particular de la convocatoria de las bases de contratación. - Cantidades recogidas por bolsa según información particular de la convocatoria de las bases de contratación. Que el 50% de las retiradas de los suministros de los puntos coincidirán con recogidas de residuos. Que el coste de recogida se incrementará en un 1% en previsión de costes adicionales por incidencias.
Matriz de evaluación económica:
En el caso de que fueran presentadas ofertas para la totalidad de los territorios objeto de las presentes bases (ofertas globales) y otras únicamente para una o dos comunidades autónomas (ofertas individuales), SIGFITO adjudicará el contrato a la oferta global más ventajosa si el precio de la global es superior hasta en un 6% al de las individuales. Con el mismo límite se dará preferencia a la oferta a dos comunidades respecto a la individual que solo comprenda una de ellas.
No se adjudicará el contrato a contratistas parciales cuando con todas las ofertas parciales no se cubran la totalidad de las comunidades autónomas. En este caso se pasará a valorar exclusivamente las ofertas globales.
En ese caso, si hubiera una única oferta global, se convocará un nuevo proceso de contratación.
➢ Criterios no económicos: Se asignarán puntos por los siguientes conceptos:
- Por garantizar que los usos previstos para los materiales reciclados se encuentran en el listado que SIGFITO mantiene actualizado según la Información particular de las bases de contratación. Para garantizarlo será necesario aportar compromisos directos entre las instalaciones (preferentemente en España o Europa) en las que se producirán los productos (usos previstos) y los gestores o intermediarios a los que se entreguen los materiales, en los que se indiquen los productos concretos y cuál será el contenido previsto de material SIGFITO. En otro caso, compromiso indirecto del gestor o intermediario: hasta 7 puntos
- Por previsión de valorización de más del 90% de los residuos recogidos (desglose aproximado de materiales en la información particular de las bases de contratación): hasta 6 puntos
- Por contar con experiencia en la prestación de servicios para SIGFITO en el ámbito territorial, en otros territorios, o en otro caso en contratos de características similares (aportando en este caso descripción y referencias): hasta 3 puntos
- Por contar con un servicio de urgencias con capacidad de dar respuesta a las emergencias que lo requieran en menos de 24 horas, indicando cómo contactar: hasta 3 puntos
- Por contar con Sistemas de Gestión Medioambiental: hasta 3 puntos
- Por aportar dos o más destinos de tratamiento de valorización: hasta 2 puntos
- Por los vehículos en número y capacidad y otros recursos materiales adscritos al servicio: hasta 2 puntos
- Por presentar mejoras que, sin coste adicional para SIGFITO, reduzcan el coste durante el periodo de contratación, debiendo indicar exactamente el compromiso de reducción de precio correspondiente para SIGFITO. Es indispensable detallar como se calculará la reducción de coste (fórmula y/o origen de datos si procede): hasta 2 puntos
• mejoren el servicio/atención a los puntos de recogida: hasta 2 puntos
• promuevan la comunicación entre los agricultores: hasta 2 puntos
Por la valoración de la oferta técnica en su conjunto: hasta 3 puntos
Cláusula 17ª.- Ofertas anormalmente bajas o desproporcionadas
SIGFITO podrá apreciar de forma razonable, en atención a las ofertas presentadas por el resto de licitadores, que la oferta del/de los participante/s no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de términos y condiciones anormales o desproporcionadas.
En caso de que SIGFITO identificase una oferta que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, será comunicado al participante para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el modelo logístico propuesto, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar el servicio.
En caso de que, una vez revisada la documentación aportada por el participante, SIGFITO estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la oferta será excluida de la clasificación.
Cláusula 18ª Zona/s de recogida desierta/s.
No se adjudicará el contrato a contratistas parciales cuando con todas las ofertas parciales no se cubran la totalidad de las comunidades autónomas. En este caso se pasará a valorar exclusivamente las ofertas globales.
En ese caso, si hubiera una única oferta global, se convocará un nuevo proceso de contratación. En estos casos los licitadores no tendrán derecho a indemnización alguna.
Cláusula 19ª Desistimiento del procedimiento
SIGFITO se reserva el derecho a desistir del procedimiento de contratación que aquí se regula, cuando así se exija por autorizaciones, resoluciones o requerimiento de las Autoridades competentes antes de la formalización del correspondiente contrato, sin que ello pudiera dar lugar a indemnizaciones.
Cláusula 20ª.-Reclamaciones
SIGFITO es una entidad mercantil sujeta al principio de libertad de contratación y a las normas de Derecho Privado por lo que el procedimiento arbitrado en este documento en ningún caso otorga a los licitadores derecho alguno para impugnar la decisión final que libremente adopte SIGFITO, ni concede a los candidatos derecho a percibir ningún tipo de indemnización por ningún aspecto referido al mismo, ni siquiera por razón de gastos o frustración de expectativas (ya que este procedimiento no da lugar a las mismas).
CAPÍTULO TERCERO.-CLÁUSULAS RELATIVAS A LA FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN GLOBAL.
Cláusula 21ª.-Formalización y objeto del contrato.
Finalizado el procedimiento de valoración, se notificará por escrito el acuerdo de selección a los candidatos seleccionados. En la notificación a las empresas provisionalmente adjudicatarias se les requerirá para que aporten, en un plazo máximo de 5 días laborables, la documentación siguiente:
• Certificación de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
• Certificado de la compañía aseguradora indicando que la póliza de responsabilidad civil de empresa garantiza todas las obligaciones contractuales y extracontractuales y los daños y perjuicios que pudiera causar, sea a SIGFITO o a terceros, con ocasión de:
- los servicios prestados directamente, y
- los servicios prestados a través de sus empresas subcontratadas, y que en todo caso se incluyen eventuales responsabilidades ambientales. El certificado deberá indicar el nº de póliza, la entidad aseguradora, las actividades aseguradas a la que hace referencia, el periodo de garantía, y el límite cuantitativo de las responsabilidades aseguradas.
Una vez recibida la documentación, ésta se comprobará por el Comité de Valoración para su validación. Se informará individualmente a los adjudicatarios y se publicará la resolución en la página web de SIGFITO.
Finalizado el procedimiento de adjudicación, se firmará un contrato de prestación de servicios entre SIGFITO y el licitador o cada uno de los licitadores que hayan resultado adjudicatario/s. Los términos y condiciones de este contrato serán los contemplados en el contrato tipo que se adjunta como ANEXO D.
Las presentes Bases, la oferta presentada por el adjudicatario y los acuerdos de asignación de SIGFITO se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
SIGFITO remitirá al adjudicatario el contrato (cumplimentando en lo que sea necesario el modelo que se adjunta a estas Bases).
El adjudicatario dispondrá de un plazo máximo de 7 días naturales desde la recepción del contrato para mandar a SIGFITO dos copias firmadas del mismo y la documentación relativa al seguro o garantía equivalente que se haya comprometido a aportar en su oferta. Posteriormente, SIGFITO remitirá una de las copias firmadas por ambas partes para archivo por parte del adjudicatario.
La adjudicación no surtirá efectos ni se iniciará la ejecución del contrato sin su previa formalización por escrito, siendo causa de resolución la negativa de la empresa adjudicataria a proceder a la firma del contrato, su no formalización en plazo o la no presentación de los certificados exigibles conforme a esta cláusula en los plazos señalados anteriormente. En estos casos o si el licitador al que se le hubiera notificado la adjudicación provisional renunciara a la adjudicación, SIGFITO procederá a la adjudicación al siguiente candidato con mejor puntuación que mantenga su oferta y aplicará una penalización al primer adjudicatario consistente en la imposibilidad de contratar o subcontratar con Sigfito en el plazo de 5 años.
Cláusula 22ª.-No exclusividad.
El contrato no atribuye derecho de exclusividad alguno. El adjudicatario podrá contratar la prestación de servicios (para otros residuos que no estén incorporados a SIGFITO y no lleven su logo), los cuales deberán gestionarse al margen de SIGFITO con otros agentes económicos, siempre que ello no impida la adecuada ejecución del objeto de este procedimiento en los términos acordados con SIGFITO.
SIGFITO podrá contratar con terceros la prestación de los servicio objeto de este proceso dentro del ámbito geográfico que comprende el mismo hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento de los residuos generados y respetando en todo caso los principios de publicidad, concurrencia e igualdad con el fin de garantizar la libre competencia.
Cláusula 23ª.-Ejecución del contrato.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato no les vincula más allá de cuanto en él se expresa y compromete, de forma que SIGFITO y el adjudicatario mantendrán su total independencia, respecto a cualquier obligación social o fiscal, que se derive de
su cumplimiento. Así mismo, la suscripción del contrato no supondrá la existencia de ningún tipo de sociedad entre ambas partes, ni establece ningún tipo de relación laboral, ni de Agencia, ni de Representación ni de Factor entre ellas. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a SIGFITO o a terceros como consecuencia de las actividades que requiera la ejecución del contrato, así como de las omisiones, errores o métodos inadecuados en la prestación del servicio.
Asimismo, la empresa adjudicataria indemnizará a SIGFITO por las sanciones administrativas en que incurra SIGFITO y sean consecuencia del incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria o de las subcontratadas por la misma de sus obligaciones.
Cláusula 24ª.-Información particular
- Ámbito territorial: El servicio de gestión global de residuos incorporados a SIGFITO comprenderá la Comunidad Autónoma de Valencia, Murcia, Madrid, Baleares y Castila La Mancha
Para favorecer la competencia se permite ofertar a parte del ámbito territorial objeto del contrato, en los términos que a continuación se indican. La oferta a presentar por los gestores será única, pero en la misma deberá: (i) identificar el lote/zona para la/s que el licitador ofrece la prestación de sus servicios; (ii) el detalle de las condiciones específicas (técnicas y económicas) esos lotes/zonas. A este respecto:
• Los interesados podrán formular sus ofertas (i) individuales: a una Comunidad Autónoma o a dos de ellas; ii) globales: a todas las comunidades autónomas. No se admitirán ofertas parciales.
• Se otorgará puntuación adicional al/los licitador/es que presenten ofertas a mayor número de comunidades autónomas, de conformidad con lo previsto en la Cláusula 16ª de las presentes Bases.
El alcance de los servicios a prestar a SIGFITO por el/los adjudicatario/s responderá del objeto y condiciones mínimas descritas en estas Bases reguladoras, aplicables íntegramente a cada una de las comunidades autónomas, con independencia de las zonas para las que formulen sus ofertas y sin perjuicio de las mejoras que ofrezcan.
- Fecha de inicio del contrato: 01/05/2018
- Cifra de negocio mínima requerida a los licitadores 1.000.000 € anuales
- Datos orientativos de recogidas históricas (2015 y 2016): según Anexo b
- Datos orientativos de recogidas 2018: incremento 10 % sobre 2016
- Kilogramos/bolsa que se recogen (media mensual 2016): 33
- Kilogramos/recogidos en cada recogida que se hace a un punto: según Anexo B
- Estimación de nº de puntos así como alta y bajas en el primer año:
2016 | 2017 | 2018 | ||
Cierre Real | Cierre estimado | Altas estimadas | Bajas estimadas | |
Baleares | 27 | 28 | 2 | 1 |
Castilla La Mancha | 411 | 421 | 27 | 17 |
Xxxxxx | 00 | 00 | 0 | 0 |
Xxxxxx | 169 | 180 | 11 | 0 |
Valencia | 479 | 489 | 19 | 9 |
- Desglose de materiales recogidos (datos 2016):
Metal | Papel/ Cartón | Plástico | |
Baleares | 1,8% | 0,1% | 1,3% |
Castilla La Mancha | 1,3% | 1,2% | 25,1% |
Madrid | 0,0% | 0,0% | 1,1% |
Murcia | 2,0% | 0,4% | 19,7% |
Valencia | 0,9% | 0,6% | 44,5% |
Total general | 6,1% | 2,3% | 91,7% |
- Relación de usos admisibles para los materiales reciclados: según Anexo a
En ningún caso, las estimaciones contenidas en esta cláusula podrán considerarse referencia de cantidades mínimas o máximas para la formulación de las ofertas, pudiendo variar en más o en menos sin que ello de derecho a revisión o modificación de las condiciones de la adjudicación del servicio, que no queda limitado ni condicionado a tales estimaciones orientativas.
Peculiaridades en el servicio en el momento de la publicación de estas bases:
- En Baleares se vienen recogiendo bidones metálicos vacíos de 60 a 200 litros de volumen. Estos bidones se almacenan a granel (no están acondicionados en bolsas) y suponen unas 16 t/año. Por el valor económico positivo del material se requiere un servicio de retirada rápida.
- El grueso de las cantidades recogidas en la Comunidad de Madrid se realiza en tres puntos en los que los envases se recogen a granel (no están acondicionados en bolsas), en general dos veces al año. Además de lo anterior, muy esporádicamente se realiza alguna otra recogida a granel en el ámbito territorial.
Anexo a
Usos admisibles para el plástico procedente de los envases
Es condición necesaria que deban ser aplicaciones que no estén destinadas a permanecer en contacto con personas y animales.
Se incluyen algunas aplicaciones a modo de ejemplo, entendiéndose que no se trata de una relación cerrada, siempre que cumpla la condición precedente:
Tubos corrugados Tuberías xx xxxxx agrícola Films agrícolas Postes xx xxxxxxx Protectores de guardarrailes Conos de tráfico Pallets de uso industrial
Usos admisibles para los metales procedentes de los envases
Metales entregados a fundición, sin limitación de uso
Usos admisibles para el papel-cartón procedente de los envases
En tanto no sea posible su descontaminación, el papel cartón que ha estado en contacto con fitosanitarios no puede reciclarse. Admisible su uso como combustible sólido de sustitución.
Anexo b
AÑO 2015
ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL | ||||||||||||||
kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | |
BALEARES | 220 | 2 | 7.175 | 5 | 952 | 6 | 402 | 3 | 1.580 | 3 | 329 | 2 | 610 | 3 | 472 | 4 | 4.182 | 5 | 3.132 | 24 | 5.138 | 7 | 24.192 | 64 | ||
ALBACETE | 1.780 | 5 | 5.432 | 8 | 3.697 | 13 | 4.030 | 9 | 8.745 | 13 | 11.125 | 19 | 6.696 | 16 | 9.322 | 18 | 8.068 | 19 | 6.737 | 13 | 6.463 | 12 | 4.365 | 5 | 76.460 | 150 |
CIUDAD REAL | 3.020 | 12 | 2.020 | 6 | 4.740 | 14 | 4.623 | 10 | 5.052 | 14 | 9.178 | 28 | 8.594 | 23 | 8.074 | 23 | 4.300 | 17 | 3.658 | 15 | 2.920 | 14 | 3.400 | 9 | 59.579 | 185 |
CUENCA | 1.780 | 4 | 2.588 | 6 | 1.704 | 9 | 2.410 | 7 | 4.136 | 10 | 8.349 | 21 | 4.153 | 12 | 2.243 | 10 | 2.438 | 8 | 3.875 | 12 | 1.418 | 3 | 6.376 | 9 | 41.470 | 111 |
GUADALAJARA | 1.417 | 5 | 600 | 2 | 880 | 3 | 2.895 | 7 | 3.675 | 10 | 1.585 | 4 | 2.268 | 7 | 385 | 1 | 1.155 | 2 | 2.275 | 5 | 1.635 | 4 | 2.255 | 5 | 21.025 | 55 |
TOLEDO | 480 | 2 | 1.306 | 6 | 1.339 | 4 | 1.177 | 4 | 1.760 | 7 | 3.412 | 9 | 5.421 | 16 | 2.517 | 10 | 3.742 | 12 | 3.216 | 8 | 1.920 | 5 | 2.039 | 8 | 28.329 | 91 |
CASTILLA LA MANCHA | 8.477 | 28 | 11.946 | 28 | 12.360 | 43 | 15.135 | 37 | 23.368 | 54 | 33.649 | 81 | 27.132 | 74 | 22.541 | 62 | 19.703 | 58 | 19.761 | 53 | 14.356 | 38 | 18.435 | 36 | 226.863 | 592 |
MADRID | 680 | 3 | 540 | 2 | 3.582 | 3 | 525 | 1 | 262 | 3 | 554 | 2 | 1.013 | 3 | 245 | 1 | 1.060 | 2 | 210 | 1 | 846 | 3 | 765 | 3 | 10.282 | 27 |
MURCIA | 8.238 | 11 | 13.762 | 23 | 10.040 | 18 | 17.460 | 30 | 11.320 | 22 | 18.680 | 38 | 16.230 | 25 | 13.660 | 25 | 12.340 | 21 | 19.840 | 34 | 14.200 | 21 | 15.560 | 22 | 171.330 | 290 |
ALICANTE | 1.670 | 6 | 2.980 | 9 | 3.600 | 7 | 5.650 | 13 | 6.930 | 18 | 7.960 | 21 | 7.505 | 21 | 4.250 | 15 | 5.460 | 16 | 9.030 | 23 | 6.580 | 21 | 4.700 | 13 | 66.315 | 183 |
CASTELLÓN | 1.740 | 7 | 1.680 | 7 | 2.530 | 9 | 3.492 | 12 | 3.428 | 15 | 7.620 | 20 | 6.910 | 20 | 5.000 | 11 | 12.920 | 27 | 7.250 | 17 | 9.337 | 27 | 5.060 | 14 | 66.967 | 186 |
VALENCIA | 10.700 | 27 | 10.510 | 28 | 10.370 | 23 | 14.920 | 37 | 14.370 | 37 | 21.500 | 57 | 25.795 | 70 | 13.877 | 38 | 24.468 | 70 | 18.560 | 41 | 17.821 | 49 | 14.510 | 28 | 197.401 | 505 |
COM. VALENCIANA | 14.110 | 40 | 15.170 | 44 | 16.500 | 39 | 24.062 | 62 | 24.728 | 70 | 37.080 | 98 | 40.210 | 111 | 23.127 | 64 | 42.848 | 113 | 34.840 | 81 | 33.738 | 97 | 24.270 | 55 | 330.683 | 874 |
31.725 | 84 | 41.418 | 97 | 49.657 | 108 | 58.134 | 136 | 60.080 | 152 | 91.543 | 222 | 84.914 | 215 | 60.183 | 155 | 76.423 | 198 | 78.833 | 174 | 66.272 | 183 | 64.168 | 123 | 763.350 | 1.847 |
AÑO 2016
ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL | ||||||||||||||
kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | |
BALEARES | 4.130 | 6 | 2.822 | 3 | 3.494 | 6 | 434 | 1 | 926 | 3 | 1.310 | 8 | 1.410 | 6 | 944 | 4 | 7.183 | 7 | 1.560 | 6 | 5.043 | 8 | 29.256 | 58 | ||
ALBACETE | 3.722 | 9 | 2.019 | 8 | 2.765 | 7 | 8.007 | 14 | 11.323 | 24 | 8.782 | 20 | 11.008 | 20 | 9.500 | 21 | 6.699 | 15 | 6.721 | 13 | 5.788 | 10 | 7.206 | 16 | 83.540 | 177 |
CIUDAD REAL | 7.944 | 8 | 3.981 | 7 | 5.847 | 17 | 2.635 | 8 | 5.069 | 18 | 11.664 | 31 | 8.632 | 27 | 7.400 | 26 | 6.708 | 18 | 4.560 | 14 | 4.271 | 18 | 5.966 | 14 | 74.677 | 206 |
CUENCA | 1.662 | 4 | 2.921 | 7 | 763 | 3 | 5.114 | 13 | 5.093 | 13 | 5.408 | 16 | 4.530 | 17 | 7.568 | 19 | 2.379 | 11 | 1.419 | 4 | 1.352 | 5 | 5.397 | 11 | 43.606 | 123 |
GUADALAJARA | 880 | 2 | 720 | 2 | 1.330 | 4 | 2.205 | 7 | 2.043 | 4 | 3.579 | 10 | 1.180 | 4 | 1.785 | 4 | 455 | 1 | 1.159 | 3 | 1.153 | 2 | 1.442 | 4 | 17.931 | 47 |
TOLEDO | 1.491 | 5 | 865 | 4 | 1.996 | 6 | 1.427 | 4 | 4.544 | 16 | 3.868 | 12 | 2.030 | 8 | 4.434 | 13 | 6.415 | 20 | 2.749 | 8 | 2.112 | 9 | 2.139 | 7 | 34.070 | 112 |
CASTILLA LA MANCHA | 15.699 | 28 | 10.506 | 28 | 12.701 | 37 | 19.388 | 46 | 28.072 | 75 | 33.301 | 89 | 27.380 | 76 | 30.687 | 83 | 22.656 | 65 | 16.608 | 42 | 14.676 | 44 | 22.150 | 52 | 253.824 | 665 |
MADRID | 907 | 4 | 320 | 2 | 1.680 | 4 | 2.422 | 5 | 1.230 | 3 | 313 | 1 | 248 | 1 | 840 | 2 | 999 | 5 | 667 | 2 | 903 | 3 | 10.529 | 32 | ||
MURCIA | 12.760 | 25 | 12.080 | 22 | 17.860 | 30 | 18.840 | 33 | 25.500 | 30 | 18.500 | 29 | 17.260 | 26 | 13.740 | 26 | 22.740 | 33 | 19.680 | 32 | 14.380 | 24 | 10.340 | 21 | 203.680 | 331 |
ALICANTE | 4.855 | 14 | 4.720 | 11 | 5.700 | 16 | 8.800 | 18 | 6.830 | 17 | 7.930 | 20 | 7.018 | 19 | 7.608 | 15 | 10.940 | 27 | 8.165 | 24 | 9.585 | 26 | 5.190 | 20 | 87.341 | 227 |
CASTELLÓN | 775 | 3 | 2.360 | 7 | 1.980 | 7 | 2.180 | 7 | 9.460 | 27 | 10.110 | 25 | 7.980 | 19 | 8.860 | 20 | 13.530 | 28 | 11.105 | 26 | 7.740 | 35 | 2.320 | 8 | 78.400 | 212 |
VALENCIA | 18.755 | 43 | 14.656 | 31 | 11.635 | 31 | 15.144 | 36 | 21.960 | 57 | 28.800 | 71 | 26.220 | 71 | 25.222 | 57 | 32.940 | 80 | 29.050 | 78 | 21.990 | 53 | 11.295 | 30 | 257.667 | 638 |
COM. VALENCIANA | 24.385 | 60 | 21.736 | 49 | 19.315 | 54 | 26.124 | 61 | 38.250 | 101 | 46.840 | 116 | 41.218 | 109 | 41.690 | 92 | 57.410 | 135 | 48.320 | 128 | 39.315 | 114 | 18.805 | 58 | 423.408 | 1.077 |
53.751 | 117 | 48.772 | 107 | 54.378 | 128 | 70.268 | 151 | 93.486 | 210 | 99.567 | 237 | 87.481 | 220 | 87.775 | 208 | 104.590 | 239 | 92.790 | 214 | 70.598 | 190 | 57.241 | 142 | 920.697 | 2.163 |
AÑO 2018: previsión
ENERO | FEBRERO | MARZO | XXXXX | XXXX | XXXXX | XXXXX | XXXXXX | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL | ||||||||||||||
kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | kg | nº recogidas | |
BALEARES | 0 | 0 | 4.543 | 7 | 3.104 | 3 | 3.843 | 7 | 477 | 1 | 1.019 | 3 | 1.441 | 9 | 1.551 | 7 | 1.038 | 4 | 7.901 | 8 | 1.716 | 7 | 5.547 | 9 | 32.182 | 64 |
ALBACETE | 4.094 | 10 | 2.221 | 9 | 3.042 | 8 | 8.808 | 15 | 12.455 | 26 | 9.660 | 22 | 12.109 | 22 | 10.450 | 23 | 7.369 | 17 | 7.393 | 14 | 6.367 | 11 | 7.927 | 18 | 91.894 | 195 |
CIUDAD REAL | 8.738 | 9 | 4.379 | 8 | 6.432 | 19 | 2.899 | 9 | 5.576 | 20 | 12.830 | 34 | 9.495 | 30 | 8.140 | 29 | 7.379 | 20 | 5.016 | 15 | 4.698 | 20 | 6.563 | 15 | 82.145 | 227 |
CUENCA | 1.828 | 4 | 3.213 | 8 | 839 | 3 | 5.625 | 14 | 5.602 | 14 | 5.949 | 18 | 4.983 | 19 | 8.325 | 21 | 2.617 | 12 | 1.561 | 4 | 1.487 | 6 | 5.937 | 12 | 47.967 | 135 |
GUADALAJARA | 968 | 2 | 792 | 2 | 1.463 | 4 | 2.426 | 8 | 2.247 | 4 | 3.937 | 11 | 1.298 | 4 | 1.964 | 4 | 501 | 1 | 1.275 | 3 | 1.268 | 2 | 1.586 | 4 | 19.724 | 52 |
TOLEDO | 1.640 | 6 | 952 | 4 | 2.196 | 7 | 1.570 | 4 | 4.998 | 18 | 4.255 | 13 | 2.233 | 9 | 4.877 | 14 | 7.057 | 22 | 3.024 | 9 | 2.323 | 10 | 2.353 | 8 | 37.477 | 123 |
CASTILLA LA MANCHA | 17.269 | 31 | 11.557 | 31 | 13.971 | 41 | 21.327 | 51 | 30.879 | 83 | 36.631 | 98 | 30.118 | 84 | 33.756 | 91 | 24.922 | 72 | 18.269 | 46 | 16.144 | 48 | 24.365 | 57 | 279.206 | 732 |
MADRID | 998 | 4 | 352 | 2 | 1.848 | 4 | 2.664 | 6 | 1.353 | 3 | 0 | 0 | 344 | 1 | 273 | 1 | 924 | 2 | 1.099 | 6 | 734 | 2 | 993 | 3 | 11.582 | 35 |
MURCIA | 14.036 | 28 | 13.288 | 24 | 19.646 | 33 | 20.724 | 36 | 28.050 | 33 | 20.350 | 32 | 18.986 | 29 | 15.114 | 29 | 25.014 | 36 | 21.648 | 35 | 15.818 | 26 | 11.374 | 23 | 224.048 | 364 |
ALICANTE | 5.341 | 15 | 5.192 | 12 | 6.270 | 18 | 9.680 | 20 | 7.513 | 19 | 8.723 | 22 | 7.720 | 21 | 8.369 | 17 | 12.034 | 30 | 8.982 | 26 | 10.544 | 29 | 5.709 | 22 | 96.075 | 250 |
CASTELLÓN | 853 | 3 | 2.596 | 8 | 2.178 | 8 | 2.398 | 8 | 10.406 | 30 | 11.121 | 28 | 8.778 | 21 | 9.746 | 22 | 14.883 | 31 | 12.216 | 29 | 8.514 | 39 | 2.552 | 9 | 86.240 | 233 |
VALENCIA | 20.631 | 47 | 16.122 | 34 | 12.799 | 34 | 16.658 | 40 | 24.156 | 63 | 31.680 | 78 | 28.842 | 78 | 27.744 | 63 | 36.234 | 88 | 31.955 | 86 | 24.189 | 58 | 12.425 | 33 | 283.434 | 702 |
COM. VALENCIANA | 26.824 | 66 | 23.910 | 54 | 21.247 | 59 | 28.736 | 67 | 42.075 | 111 | 51.524 | 128 | 45.340 | 120 | 45.859 | 101 | 63.151 | 149 | 53.152 | 141 | 43.247 | 125 | 20.686 | 64 | 465.749 | 1.185 |
59.126 | 129 | 53.649 | 118 | 59.816 | 141 | 77.295 | 166 | 102.835 | 231 | 109.524 | 261 | 96.229 | 242 | 96.553 | 229 | 115.049 | 263 | 102.069 | 235 | 77.658 | 209 | 62.965 | 156 | 1.012.767 | 2.379 |