Inciso 16 Costo del Pliego: $ 350
PODER JUDICIAL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES LICITACIÓN XXXXXXXXX Xx 0/0000
Xxxxxx 00
Xxxxx xxx Xxxxxx: $ 350
El presente llamado se regirá por lo establecido en las siguientes disposiciones:
T.O.C.A.F. aprobado por Decreto N° 150/012 de 11 xx xxxx de 2012
Decreto Nº 155/013
Acordada Nº 7400 de 27 xx xxxxx de 2000
Decreto Nº 131/2014: Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para Contratos de Suministros y Servicios No Personales
Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de aperturas de la licitación, en tanto fueren
Art. 1.- OBJETO DEL CONTRATO Y REQUERIMIENTOS ESPECIALES
1.1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1.1. Cotizar el servicio de inspección y mantenimiento de extintores y mantenimiento de sistema hidráulico, señalizaciones y que NO incluye detectores de humo. en un todo de acuerdo con la norma UNIT 607:2001 vigente. Las inspecciones y las acciones del manteamiento se realizaron para que los extintores se conserven en buenas condiciones de operación, de seguridad y de accesibilidad.
1.1.2. Se adjunta por separado el listado de los edificios sedes objeto del presente llamado, así como las respectivas direcciones.
Se incluyen todas las sedes del Departamento de Montevideo y sedes de los departamentos de Canelones y San Xxxx.
1.1.3 El objeto solo se podrá fraccionar por departamento del país.
1.1.4 Se deberá certificar la prestación de servicios con organismos públicos y/o privados por un periodo continúo de tres años.
1.2. REQUERIMIENTOS ESPECIALES
1.2.1 Inspección
Se realizarán como mínimo en forma trimestral lo que deberá quedar registrado en una planilla (Anexo A, según norma 307:2001).Dicha planilla estará en cada edificio, diponible y accesible permanentemente. En la misma figuraran los siguientes datos:
A. localización del extintor
B. tipo de extintor
C. número de identificación del usuario
D. número de matrícula
E. fecha de compra
F. mes y año en que se realiza la inspección, el mantenimiento y la recarga.
G. Notas que correspondan.
Mantenimiento:
1. Verificar que el acceso y la visibilidad del extintor no estén obstruidos.
2. Verificar que el extintor inspeccionado corresponda al asignado a ese emplazamiento.
3. Corroborar que todas las etiquetas que debe lucir, estén en buen estado y en su ubicación correcta.
4. Comprobar que los precintos estén intactos.
5. Verificar que la presión o la masa (según corresponda) esté dentro de los valores establecidos por la norma correspondiente al extintor.
6. Se deberá verificar que la carga y los ensayos estén vigentes.
7. Comprobar que no presente daños físicos aparentes (corrosión, abolladuras, etc.)
8. Comprobar que no haya partes deterioradas, rotas o faltantes, como manguera, tobera, manómetro, manijas, apoyos, soportes, ruedas, etc.
Corrección de anomalías
En caso de verificarse el incumplimiento de los puntos 1 y 2 se deberá comunicar inmediatamente al jerarca de la Sede para corregir la anomalía.
De verificarse incumplimiento con lo establecido de los puntos 3 a 8 se deberá realizar el mantenimiento del extintor.
Cada vez que un extintor es retirado del emplazamiento asignado para el mantenimiento, la empresa adjudicataria, deberá sustituirse por otro con los mismos requerimientos, lo que será a su cargo.
En el mantenimiento se determinará si el extintor puede continuar en servicio o no.
Ante la presencia de defectos relacionados con los agentes extintores o los medios propelentes se actuará de acuerdo a lo establecido en la norma 607:2001( tabla2) según corresponda al agente extintor y al medio porpelente.
Se deberá verificar que todos lo extintores estén colgados en su percha, con el panel reglamentario detrás y la flecha indicadora correspondiente, siendo de cargo de la empresa la colocación de estos elementos, lo que serán suministrados por el Poder Judicial en caso de que faltarán.
Si al solicitar la revisión de medidas contra incendio ante la Dirección nacional de Bomberos se deben agregar extintores, la colocación de los mismos no será
de cargo de la empresa que realiza el servicio, pero si su mantenimiento y control posterior.
En caso que la Dirección Nacional de Bomberos decrete cambios en la reglamentación vigente, esto será comunicado por la Empresa adjudicataria a la División Arquitectura del Poder Judicial, para que ésta tome las medidas necesarias para regularizar la situación.
1.2.2. De los sistemas hidráulicos.
Se deberá realizar el chequeo de las bombas de presurización del sistema y demás componentes del mismo, de acuerdo a la normativa vigente
El tramo de manguera debe estar colocado dentro xxx xxxxx y doblado en zigzag, con la rosca conectada al grifo y el puntero colocado, según el reglamento vigente de la Dirección Nacional de Bomberos. Si alguno de estos elementos estuviera en mal estado o faltara el xxxxxx xxx xxxxx, deberá comunicarse a División Arquitectura para autorizar su reposición.
1.2.3. De los demás elementos de defensa contra incendio: carteles de salida, luces de emergencia, carteles de prohibido fumar, etc.
• En cada inspección se deberá verificar que todos estos elementos se encuentren en buen estado de conservación, en el lugar designado por la Dirección Nacional de Bomberos y a la vista.
• Se confeccionará una planilla donde se identificará cada equipo, su ubicación y el resultado de la inspección. Si dicho resultado así lo exige, se elevará un informe detallando las recomendaciones que correspondan.
• Todos los trabajos a realizar deben estar regulados por las normas UNIT
1.2.4. De los elementos especiales
• La empresa adjudicataria deberá responder a la solicitud de realización de informes para presentar ante la Dirección Nacional Bomberos a efectos de las habilitaciones finales, de acuerdo al requerimiento de División Arquitectura del Poder Judicial.
Art. 2.- COMUNICACIONES
Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse al Departamento de Adquisiciones del Poder Judicial:
Dirección: Xxx Xxxx 0000.
Tel.: 000.00.00 – 000.00.00. Fax: 000.00.00.
Correo Electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Las comunicaciones podrán realizarse por los siguientes medios: personalmente, carta certificada con aviso de retorno, telegrama colacionado con copia, acta notarial, fax o correo electrónico.
Art. 3.- ACLARACIONES Y CONSULTAS
Cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar al Departamento de Adquisiciones, por cualesquiera de los medios mencionados en el artículo precedente, aclaraciones o consultas específicas, dirigida hasta 5 días antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas. Vencido dicho término, la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios. Las consultas serán contestadas por el Departamento de Adquisiciones, en el plazo máximo de 48 horas a partir de su recepción.
La Administración comunicará lo resuelto, así como cualquier información ampliatoria o aclaratoria que estime necesario realizar, a su exclusivo criterio y a través de alguno de los medios establecidos, a todos los que hayan adquirido el Pliego de Condiciones.
Art. 4.- FORMA DE COTIZACION.
Precio de plaza. Se deberá cotizar el precio mensual por cada uno de los locales a atender, y por departamento.
Art. 5.- MONEDA DE COTIZACION.
La oferta se presentará en Moneda Nacional.
Art. 6.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
La oferta se presentará en sobre cerrado, con hojas foliadas, ligadas y firmadas con dos copias en papel simple, sin perjuicio de lo establecido en el art. 63 inc. 5 del T.O.C.A.F..
⮚ La primer hoja de la propuesta deberá contener en forma sucinta el monto total de la oferta.
⮚ Los precios cotizados deberán indicar todos los tributos que correspondan al oferente y su porcentaje, en cada uno de los items y/o variantes cotizados y en el total de la oferta, especialmente el I.V.A., en forma clara y precisa, manifestando si los referidos tributos están o no incluidos en los precios. En caso de no establecerse esta circunstancia, se considerará que los precios son con todos los tributos incluidos.
⮚ Se deberá cotizar con precios unitarios por cada local a atender.
Art. 7.- DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL OFERENTE.
Junto a su cotización, los oferentes deberán presentar la documentación que a continuación se detalla, la cual será verificada durante el Acto de Apertura:
a) ANEXO I (Formulario de identificación del oferente), con todos los datos solicitados en el mismo.
b) Recibo de pago expedido por el Departamento de Tesorería del Poder Judicial, que acredite la Adquisición xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares de la presente Licitación, con anterioridad a la hora prevista para la apertura de la misma.
c) En caso que las empresas quieran ampararse a la preferencia que se les otorga por ser Pequeñas o Medianas Empresas deberán presentar el certificado correspondiente. Asimismo, en caso que quieran ampararse al beneficio del margen de preferencia como industria nacional deberán presentar el certificado correspondiente.
d) Certificado que acredito la habilitación vigente otorgada por UNIT a la empresa oferente por los servicios a prestar a través del presente llamado.
e) La certificación de prestación de servicios con organismos públicos y/o privados por un periodo continúo de tres años.
f) ANEXO ll Listado de sedes. Constancia de visitas firmas, por cada una sedes, en la Columna 4 del referido anexo..
g) Estar inscripto en el Registro Único de Proveedores del Estado, en estado “en ingreso”
Aquellas empresas que no cumplan con la presentación de los documentos solicitados en el momento del Acto de Apertura, dispondrán de un plazo de dos días hábiles para subsanar la omisión. No serán consideradas las propuestas cuyos oferentes no hubieran levantado la observación dentro del plazo establecido.
El oferente que resulte adjudicatario, una vez notificado de la correspondiente Resolución de adjudicación (en caso que no lo estuviera en el acto de apertura) deberá estar en estado “activo” en el Registro Único de Proveedores del Estado. En caso de no cumplir con este requisito, y no se hubiera validado la inscripción dentro de los dos días hábiles de notificado de la Resolución, la Administración podrá considerar rescindida la adjudicación por incumplimiento del adjudicatario.
Art. 8.- LUGAR, FECHA DE VISITA OBLIGATORIA Y APERTURA LUGAR Y FECHA DE VISITA OBLIGATORIA:
a) Fecha: 0 xx xxxxx xx 00 xx xxxxx de 2015
b) Hora: en el horario de 13 a 16 hs
c) Se adjunta listado de sedes a visitar, Los oferentes deberán realizar una visita de carácter obligatorio a las instalaciones objeto de este llamado, de acuerdo al listado adjunto.
Por dicha visita la empresa solicitará que se le firme en cada sede en la columna 4 del Anexo ll, de listado de sedes que se adjunta , por intendente, casero o jerarca de la sede que deberán exhibir en el acto de apertura de ofertas, debiéndose agregar a su oferta una fotocopia de la misma.
LUGAR Y FECHA DE APERTURA:
a) Fecha: 8 xx xxxx de 2015
b) Hora: 15:00 hs.
c) Lugar: Departamento de Adquisiciones del Poder Judicial: xxxxx XXX XXXX 0000. Tel. 2902.13.59, FAX: 2902.14.88.
Art. 9.- APERTURA DE OFERTAS
Abiertas las ofertas se pondrá a disposición de todos los oferentes una de las vías para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las propuestas presentadas en ese momento, las que quedarán registradas en el Acta de Apertura.
Concluido el acto de apertura y suscrita el Acta correspondiente, no se tomará en cuenta ninguna interpretación, aclaración o ampliación de ellas, salvo aquellas que fueran directa y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos o por la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se establezca en la solicitud para hacer llegar su respuesta.
Art. 10.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
No inferior a 120 días, salvo que la Administración, se expida con anterioridad al vencimiento de dicho plazo. Se entiende por tal el lapso durante el cual la empresa se obliga a mantener las condiciones de su oferta.
El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración, manifestando su decisión de retirar la oferta, antes de la notificación de la adjudicación de la misma.
Art. 11.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE PRECIO.
Podrá establecerlo el oferente, no pudiendo ser inferior a 120 días. Se entiende por tal el lapso durante el cual el precio establecido en la oferta se mantiene firme, no aplicándose ajuste alguno.
En caso de no constar en la oferta plazo de mantenimiento de precio, se entenderá que el mismo queda fijo hasta el cumplimiento total del contrato, no aplicándose paramétrica de reajuste.
Art. 12.- NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN.
La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria constituirá, a todos los efectos legales, el perfeccionamiento del contrato correspondiente a que refieren las disposiciones de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de las normas jurídicas aplicables, los Pliegos y su oferta.
Art. 13.- CÓMPUTO DE PLAZOS.
Todos los plazos serán computados en días hábiles, salvo especificación en contrario.
Art. 14.- FORMA DE PAGO.
El pago que realice el Poder Judicial por este servicio se efectuará trimestralmente, donde se adjuntará a la factura los remitos o planilla de las visitas efectuadas a cada sede, firmados por la intendencia del edificio o en su defecto por el jerarca encargado del mismo, con el sello de la sede correspondiente.
La propuesta deberá considerar que el plazo mínimo de crédito es de 40 días conformada la factura correspondiente.
Art. 15.- PLAZO.
El plazo del contrato será desde la suscripción hasta el 31 de diciembre de 2015. De acuerdo a lo establecido precedentemente, si no media comunicación en contrario con una antelación de 60 días al vencimiento del plazo principal o cualquiera de sus prórrogas, mediante telegrama colacionado, acta o cualquier otro medio auténtico, el mismo se podrá prorrogar automáticamente por cuatro períodos anuales y consecutivos
Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, el Poder Judicial podrá en cualquier momento y sin expresión de causa, rescindir unilateralmente el contrato oportunamente suscrito, en forma total o parcial, con un preaviso no inferior a 15 días, por telegrama colacionado u otro medio auténtico
Art. 16.- FÓRMULA PARAMÉTRICA.-
El precio del contrato se reajustará en las mismas oportunidades y por los mismos porcentajes que los aprobados en el Consejo de Salarios
correspondiente. El primer reajuste operará con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia del contrato.
Art. 17.- ESTUDIO DE LAS OFERTAS.
La Suprema Corte de Justicia se reserva el derecho de adoptar un criterio de evaluación que permita tener en consideración, habiendo cumplido con los requisitos exigidos en el presente pliego y pliego técnico:
100 % precio
Art. 18.- VALOR DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA
Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en la oferta tendrán carácter de compromiso. Si se verifica que no responden estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo, sin que ello de lugar a reclamación de clase alguna.
Art. 20.- GARANTÍAS.
Todas las garantías se presentarán en el Departamento de Tesorería del Poder Judicial sito en la calle Paraguay 1291 - 1er. Piso, en el horario de 13 a 17 horas. Deberán ser emitidas con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales que ampara.
La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su exclusivo juicio, los documentos que constituyan garantías.
Las garantías se constituirán a la orden del Poder Judicial, y podrán consistir en depósito en efectivo, fianza, aval bancario o póliza de seguro de fianza. No se admitirán garantías personales de especie alguna.
Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas, siempre que todas ellas sean constituidas a nombre del Poder Judicial y que cubran la cantidad exigida en cada relación contractual.
El documento justificativo de la constitución de garantías deberá contener necesariamente el número de licitación y el organismo que realizó el llamado.
Art. 21.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
Al disponerse la devolución de las garantías, se deducirán previamente las cantidades a que haya lugar, ya sea por daños y perjuicios o multas, de acuerdo con las responsabilidades en que pudiera haber incurrido el oferente, adjudicatario o contratista, según el caso.
Art. 22.- GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Si correspondiere, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la adjudicación o su ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato, por un mínimo del 5% de la contratación, en los términos y condiciones previstos en el art. 64 del T.O.C.A.F.
Transcurrido el plazo, a falta de constitución de esta garantía en tiempo y forma, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta, si existiere, iniciar las acciones que pudieran corresponder contra el adjudicatario, por los daños y perjuicios que cause su incumplimiento, tomar como antecedente negativo en futuras licitaciones este hecho, y reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.
Art. 23.- CESIÓN DE CRÉDITO
Cuando se configure una cesión de créditos, la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y, por el cumplimiento del suministro.
Art. 24.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los oferentes, adjudicatarios o contratistas, derivadas de su oferta, adjudicación o contrato, podrá dar mérito a que la Administración proponga o disponga, según el caso, la aplicación de las siguientes sanciones, no siendo excluyentes y pudiendo darse en forma conjunta, más de una de ellas, efectuándose las comunicaciones previstas en la legislación.
⮚ Apercibimiento
⮚ Suspensión del Registro de Proveedores
⮚ Eliminación del Registro de Proveedores
⮚ Ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta
⮚ Ejecución de la garantía de mantenimiento de contrato
⮚ Demanda por daños y perjuicios
Art. 25.- CAUSALES DE RESCISIÓN
La Administración podrá declarar rescindido el contrato, en los siguientes, casos, que se enumeran a título enunciativo:
⮚ Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato.
⮚ Descuento de multas en hasta tres facturas
⮚ Incumplimiento en la entrega de los productos o suministros o su sustitución por el adecuado, dentro de los plazos estipulados
⮚ Mutuo acuerdo
Las causales enunciadas, con excepción de la última, podrán dar lugar al cobre de la garantía de cumplimiento de contrato.
Art. 26.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.
Art. 27.- INTERPRETACIÓN
Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.
PLIEGO TECNICO
Xxxxx general
Para el cumplimiento del servicio que se presupuestará regirá lo dispuesto por la ley 15.896, de Prevención y combate de fuegos y siniestros, Decreto Nº 260/13 y modificativo Nº 342/13, así como los Instructivos técnicos para la presentación de proyectos ante la Dirección nacional de bomberos en sus ítems 01-Requisitos administrativos, 04 - Sistema de protección por extintores, 05- Sistema xx xxxxx de agua y bocas de incendios y 10- Señalización contra incendios
0.Xx los extintores-Inspección y mantenimiento en un todo de acuerdo con la norma UNIT 607:2001, vigente. Las inspecciones y las acciones del mantenimiento se realizarán para que los extintores se conserven en buenas condiciones de operación, de seguridad y de accesibilidad.
Inspecciones.
Se realizarán como mínimo en forma trimestral, lo que deberá quedar registrado en una planilla (Anexo A, según norma 607:2001).Dicha planilla estará en cada edificio, disponible y accesible permanentemente. En la misma figurarán los siguientes datos:
localización del extintores, tipo de extintor, número de identificación del usuario, número de matrícula, fecha de compra, mes y año en que se realiza la inspección, el mantenimiento y la recarga y las notas que correspondan.
Mantenimiento.
Las acciones comprendidas en este rubro serán las indicadas en la norma Unit mencionada, a saber:
1. Verificar que el acceso y la visibilidad del extintor no estén obstruidos.
2. Verificar que el extintor inspeccionado corresponda al asignado a ese emplazamiento.
3. Comprobar que todas las etiquetas que debe lucir el extintor estén en buen estado y en su ubicación correcta.
4. Comprobar que los precintos estén intactos.
5. Verificar que la presión o la masa, según corresponda, esté dentro de los valores establecidos por la norma correspondiente al extintor.
6. Verificar que la carga y los ensayos estén vigentes.
7. Comprobar que no presente daño físico aparente (corrosión, abolladuras, etc.)
8. Comprobar que no haya partes deterioradas, rotas o faltantes, como manguera, tobera, manómetro, manijas, apoyos, soportes, ruedas, etc.
Corrección de anomalías.
En caso de verificarse el incumplimiento de los apartados 1 y 2 la empresa adjudicataria deberá comunicarlo inmediatamente al jerarca de la sede para corregir las anomalías.
En caso de verificarse incumplimiento con lo establecido en los apartados 3 al 8 se deberá realizar el mantenimiento del extintor.
Cada vez que un extintor es retirado del emplazamiento asignado para el mantenimiento, la empresa adjudicataria lo deberá sustituir por otro extintor con los mismos requerimientos, lo que será de su cargo.
En el mantenimiento se determinará si el extintor puede continuar en servicio o no.
Ante la presencia de defectos relacionados con los agentes extintores o los medios propelentes se actuará de acuerdo a lo establecido en la norma 607:2001 (tabla 2) según corresponda al agente extintor y al medio propelente.
Se señala, complementariamente, lo siguiente:
Se deberá verificar que todos los extintores estén colgados en su percha, con el panel reglamentario detrás y la flecha indicadora correspondiente, siendo de cargo de la empresa la colocación de estos elementos, los que serán suministrados por el Poder Judicial en caso de que faltaran.
Si al solicitar la revisión de medidas contra incendio ante la DNB se deben agregar extintores, la colocación de los mismos no será de cargo de la empresa que realiza el servicio, pero si su mantenimiento y control posterior.
En caso que la Dirección Nacional de Bomberos decrete cambios en la reglamentación vigente, esto será comunicado por la Empresa adjudicataria a la División Arquitectura del Poder Judicial, para que ésta tome las medidas necesarias para regularizar la situación.
2. De los sistemas hidráulicos.
Se deberá de realizar el chequeo de las bombas de presurización del sistema y demás componentes del mismo, de acuerdo a la normativa vigente-
El tramo de manguera debe estar colocado dentro xxx xxxxx y doblado en zigzag, con la rosca conectada al grifo y el puntero colocado, según el reglamento vigente de la Dirección Nacional de Bomberos. Si alguno de estos elementos estuviera en mal estado o faltara el xxxxxx xxx xxxxx, deberá comunicarse a División Arquitectura para autorizar su reposición.
3. De los demás elementos de defensa contra incendio: carteles de salida y otras indicaciones, luces de emergencia, etc.
En cada inspección se deberá verificar que todos estos elementos se encuentren en buen estado de conservación, en el lugar designado por la Dirección Nacional de Bomberos y a la vista.
Se confeccionará una planilla donde se identificará cada equipo, su ubicación y el resultado de la inspección. Si dicho resultado así lo exige, se elevará un informe detallando las recomendaciones que correspondan.
Todos los trabajos a realizar deben estar regulados por las normas UNIT.
4. De los elementos especiales.
La empresa adjudicataria deberá responder a la solicitud de realización de informes para presentar ante la Dirección Nacional Bomberos a efectos de las habilitaciones finales, de acuerdo al requerimiento de División Arquitectura del Poder Judicial.
Anexo ll
LISTADO DE SEDES PARA SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE MEDIDAS CONTRA INCENDIOS | |||
SEDES EN MONTEVIDEO | |||
SEDE | DIRECCION | OBSERVACIONES | VISITA |
DEPOSITO DE MANTENIMIENTO Y EX SEDE EJECUCION DE SENTENCIAS | 25 xx Xxxx 423/ 431 | Hay casero a contra- horario | |
DEFENSORIA EN LO CRIMINAL | 25 xx Xxxx 441 | ||
JDOS.LDOS..LABORALES | 25 xx Xxxx 521/523 | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx | |
DPTO..DE TRANSPORTE | Xxxxxxx Xxxxx 1235 | ||
UNAFU | Xx. 00 xx Xxxxx 0000 Xxxxxxxxx | ||
INSP.GRAL.REG.NOT. | Av. 18 de Julio 1730 P.9 | en galería del Notariado | |
XXXX.XX PAZ DPTAL. | Xx.00 xx Xxxxx 0000 | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx | |
DIVISION DEPOSITO Y REMATES | Xx.0 xx Xxxxxxx 0000 | ||
JDOS.PENALES Y OTROS | Xxxxxxxxx Xxxxx 0000 | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx; |
EX CRIMEN ORGANIZ. | Buenos Aires 580 | Local desocupado-sólo- casero | |
D.A.S. | Xxxxxx Xxxxx 000 | Funciona dentro del edificio de B.Mitre1275.Considerar 5 extintores tipo ABC de 4 kg. | |
XXXXXX XX XXXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxx 0000 | Funciona dentro de un Centro de Salud. Considerar 1 extintor | |
ARCHIVO CENTRAL/ CONCILIACION. | Cerrito 470 | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx | |
DEPTO.MANTENIM. | Colonia 1469 | ||
O.C.NOTIFICACIONES y A. | Xxxxxxx 000 X.0x Xxxxxxx Xxxxxxx | Xx un apartamento | |
DEPTO. DE CUENTAS DEPTO. DE CUENTAS PERSONALES | Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx 0000 Xx.000 | Xx un apartamento | |
XXX.XX PROFESIONALES. | Xxxxxxxxx Xxxx 1268 | ||
DIRECCION GENERAL | Xxxxxxxxx Xxxx 1264 | ||
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA | Xxxxxxxxx Xxxx 1310 | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx, por calle San Xxxx | |
ARCHIVO PENAL | Xxxx Xxxxxx Xxxxx 1235 | ||
DEFENSORIA DE MENORES | Xxxx Xxxxxx | Considerar 1 extintor y |
INFRACTORES | Xxxxx 1309 | 1 luz de emergencia | |
DIV.INFORMATICA | Xxxxx Xxxxxxx y Obes 1192 | ||
EX JDOS.XXXXXXX | Xxxxxxxx 1337 | local desocupado-hablar con el casero. Considerar | |
INSP.GRAL.REG.NOTARIAL. | Mercedes 1766/68 | ||
JDOS.PENALES Y JDOS. DE EJECUCION | Misiones 1469 | hay servicio xx xxxxxxxxxxx | |
DIV.CONTADURIA | Paraguay 1291 | ||
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA | Río Xxxxxx 1470 | A excepción de PB y EP, que están en obra | |
MORGUE | Río Grande 945 | ||
XXX.XXX.XX DEFENS. | Río Negro 1308 AP 502 | Es un apartamento | |
JDOS.FLIA.ESPECIAL. | Xxxxxxx 0000 | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx | |
JDOS.FAMILIA | Xxxxxxx 0000 xxx. Xxxxxxxxxx | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx | |
SERV. INSPECTIVOS DEFENSORÍA DE EJECUCION. | San Xxxx 1010 P.1º-3º y Caja. Escalera. | ||
DIV.RRHH/DIV. ADMINISTRACION | Xxx Xxxx 0000/0000 |
XXXXXX./XXXXXXXXXX | Xxx Xxxx 1132 | hay servicio de Xxxxxxxxxxx | |
XXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXX | Xxx Xxxx 0000 | hay servicio de Xxxxxxxxxxx | |
XXX.XXXXXXXXXX | Xxx Xxxx 0000 Xx.000 | Xx un apartamento | |
DIGEPRO-ADPA- MEDIACION | San Xxxx 1294 | Considerar 5 extintores | |
DIV.ARQUITECTURA | Soriano 1210 | ||
REPROD.DOCUMENTAL | Soriano 1236 | ||
XXXX.XX FAMILIA | Xxxxxxx 0000 | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx | |
DEFENS. DE FAMILIA | Xxxxxxx 000 xxx. Xxx Xxxxxx | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx | |
TRIBUNALES PENAL. | Yi 1523 | ||
XXXX.XX PAZ DEPTAL. | Xxxxxx 0000 P. 3º y 4ª | hay servicio xx Xxxxxxxxxxx | |
NOTAS: |
1)PARA AQUELLOS LOCALES A LOS QUE AÚN EL PJUDICIAL NO LES HA SUMINISTRADO EXTINTORES, SE INDICA EN LA COLUMNA OBSERVACIONES, LA CANTIDAD QUE SE INCORPORARÁ A CADA SEDE PREVIO A LA CONTRATACION DEL SERVICIO.
2)SE HA INCLUIDO UNA ULTIMA COLUMNA DONDE LA EMPRESA OFERENTE DEBERÁ DEJAR CONSTANCIA DE LA VISITA A LA SEDE MEDIANTE LA FIRMA Y ACLARACIÓN CORRESPONDIENTE.
LISTADO DE SEDES EN EL DEPARTAMENTO DE CANELONES | |||
Jdo.Ldo.2º,4º,5º y 6º T | Av.Giannattassio Km23 | Ciudad de la Xxxxx. Considerar 10 extintores en total, de 4kg tipo ABC | |
Jdos.Ldos.1º y 3er T | Av. Giannattassio Km23 | Ciudad de la Xxxxx. Considerar 10 extintores en total, de 4kg tipo ABC | |
Def. Pública y Jdo. Paz | Av. Giannattassio Km23.100 | Ciudad de la Xxxxx. Considerar 9 extintores en total. | |
Jdo. Ldo. de 2º T y Defensoría | Xxx.xx Xxxxx xxx. Xxxxx 00 | Xxxxxx xx Xxxxxxxxx. Considerar 5 extintores de 4kg, tipo ABC. | |
Jdo. Ldo. de 1er T | Xx. Xxxxxxx xxxxx xxxxxx 00 x 00 | Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Considerar 4 extintores de 4kg, tipo ABC. | |
Jdo. Xx Xxx dptal. | Xx. Xxxxxxx xxxxx xxxxxx 00 x 00 | Xxxxxx xx Xxxxxxxxx. Considerar 4 extintores de 4kg, tipo ABC. | |
Jdos. Ldos.1º y 2ºT | Xx. Xx. Xxxx xxx. xx. Xxxxxxx | Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxx. Además de los existentes se considerarán 3 extintores de 4kg tipo ABC. | |
Jdos. Ldos. 3º y 4º X | Xxxx Xxxxxx x Xxxxxxx 000 | Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxx. Además de los existentes se considerarán 3 extintores de 4kg tipo ABC. |
Defensoría Pública y Archivo | Xxxx. Xxxxxx xxx. Xxxxxx | Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxx. Considerar 7 extintores tipo ABC de 4 kg. | |
Jdos. xx Xxx deptales. | Xxxx X. x Xxxxxxx 000 | Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxx | |
Jdos. Ldos.5º,6º y 7º X | Xxxx 000 xxx. Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxx. Considerar un total de 12 extintores tipo ABC de 4 kg. | |
Defensoría xx Xxxxx | X. Xxxxxxxx Xxxxxxxx 1187 | Ciudad xx Xxxxx. Considerar 4 extintores tipo ABC de 4kg. | |
Jdos. Ldos. 1º y 2º T | X.Xxxxxxxx Xxxxxxxx 1149 | Ciudad xx Xxxxx. Considerar 12 extintores tipo ABC de 4 kg. | |
Jdos. Ldos. de 3º,4º y 6º T | Xxxxxxxxx 0000 xxx. 00 xx xxxx | Xxxxxx xx Pando. Se considerarán 12 extintores tipo ABC de 4kg. | |
Jdos. Ldos. de 5º y 7º T | X. Xxxxxxxx Xxxxxxxx 940 | Ciudad xx Xxxxx. Se considerarán 10 extintores tipo ABC de 4kg. | |
Jdos. xx Xxx dptales. | Treinta y Tres 1070 | Ciudad xx Xxxxx. Considerar 3 extintores de 4kg tipo ABC. |
NOTAS: 1)PARA AQUELLOS LOCALES A LOS QUE AÚN EL P.JUDICIAL NO LES HA SUMINISTRADO EXTINTORES, SE INDICA EN LA COLUMNA OBSERVACIONES, LA CANTIDAD QUE SE INCORPORARÁ A CADA SEDE PREVIO A LA CONTRATACION DEL SERVICIO. 2)SE HA INCLUIDO UNA ULTIMA COLUMNA DONDE LA EMPRESA OFERENTE DEBERÁ DEJAR CONSTANCIA DE LA VISITA A LA SEDE MEDIANTE LA FIRMA Y ACLARACIÓN CORRESPONDIENTE LISTADO DE SEDES EN EL DEPARTAMENTO DE SAN XXXX | |||
Jdo.Ldo.1ºT. | Treinta y Tres 414 | Ciudad de San Xxxx. Considerar 5 extintores tipo ABC de 4 kg. | |
Jdos. Ldos.2º-3º y 4º T. | Xxxxxxx x Xxxx 000 | Xxxxxx xx Xxx Xxxx. Considerar 5 extintores de tipo ABC de 4kg. | |
Jdo. Xxx.xx 1º y 2º T | 25 xx Xxxxxx 1133 | Ciudad de Libertad- Considerar 6 extintores tipo ABC de 4kg. | |
Jdo. xx Xxx 5ª Sección | Xxxx Xxxx. Xxxxx Xx000 | Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxx. |
NOTAS:
1) PARA AQUELLOS LOCALES A LOS QUE AÚN EL P.JUDICIAL NO LES HA SUMINISTRADO EXTINTORES, SE INDICA EN LA COLUMNA OBSERVACIONES, LA CANTIDAD QUE SE INCORPORARÁ A CADA SEDE PREVIO A LA CONTRATACION DEL SERVICIO.
2) SE HA INCLUIDO UNA ÚLTIMA COLUMNA DONDE LA EMPRESA OFERENTE DEBERÁ DEJAR CONSTANCIA DE LA VISITA A LA SEDE MEDIANTE LA FIRMA Y ACLARACIÓN CORRESPONDIENTE.
ANEXO I
FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE
LICITACION PUBLICA Nº .....................
SOLICITUD DE PRECIOS Nº ........................
LICITACION ABREVIADA Nº .......................
RAZON SOCIAL...........................................................................
NOMBRE COMERCIAL.................................................................
RUT/RUC ..................................................................................
DOMICILIO A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE SOLICITUD CALLE............................................................... Nº.....................
LOCALIDAD..................................................................................
CODIGO POSTAL ..........................................................................
TELEFONO .......................................... PAIS.................................
FAX .....................................
CORREO ELECTRÓNICO ………………………………………………………
Declaro estar en condiciones legales de contratar con el Estado
Firma/s:........................................................................................
(DEL/LOS TITULARES Y/O REPRESENTANTES DE LA EMPRESA)
Aclaración de firma/s: ..................................................................