No. 1592 - 2019
No. 1592 - 2019
Que los suscritos El INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES –IDARTES, creado por el Acuerdo 440 de 2010, como establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, con NIT. 900413030-9, representado legalmente por XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía número No. C.C. 32.105.976 de Medellin, nombrada como Subdirectora de Formación Artística del IDARTES, mediante Resolución No. 313 del 27 xx xxxxx de 2019 y posesionada mediante acta No 05 del 01 xx xxxxx de 2019, debidamente facultado para suscribir contratos y ejercer la ordenación del gasto de conformidad con la Resolución de Delegación No. 779 del 07 xx xxxxx del 2019, quien para efectos del presente acto se denominará EL IDARTES de una parte, y por la otra, AMERICAN OUTSOURCING S.A identificado con NIT: 830.068.850 – 8 y representada legalmente por XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.056.045 de Bogotá., hemos convenido la celebración del CONTRATO DE COMPRAVENTA, que se rige por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y demás normas que las modifiquen, complementen, adicionen y/o concordantes, a raíz del trámite del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía IDARTES-SA-PMC-020-2019 desarrollado a través de la plataforma transaccional del SECOP II, el cual fue adjudicado a AMERICAN OUTSOURCING S.A; y en consecuencia se pactan condiciones adicionales del contrato en consideración a lo siguiente:
1) Que el IDARTES adelantó proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía IDARTES-SA-PMC- 020-2019 a través de la plataforma transaccional SECOP II, al cual se dio apertura el día 19 xx xxxxx de 2019 mediante Resolución N° 913 del 19 xx xxxxx de 2019. 2) Que el día 04 de julio de 2019 se llevó a cabo el cierre del citado proceso recibiéndose oportunamente (1) una propuesta por parte de los proponentes: AMERICAN OUTSOURCING S.A. 3) Que mediante la Resolución N°1093 del 15 julio de 2019 se adjudicó el presente proceso de Selección IDARTES-SA-PMC-020-2019 al proponente AMERICAN OUTSOURCING S.A. 5) Que de acuerdo con lo anterior es necesario precisar las condiciones adicionales del contrato de prestación de servicios a celebrar.
1. DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES:
1.2. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:
1. Suscribir oportunamente el Acta de inicio y el Acta de liquidación del contrato de prestación de servicios, conjuntamente con el/la supervisor/a del mismo. 2. Legalizar y hacer los trámites concernientes para el perfeccionamiento del contrato, en la plataforma del SECOP II. 3. Contribuir al cumplimiento oportuno de las metas de los proyectos del INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES – IDARTES - que apliquen en el ejercicio de sus obligaciones contractuales. 4. Responder por los documentos físicos o magnéticos que le sean entregados o que elabore en desarrollo del contrato, certificando que reposen en la dependencia correspondiente y haciendo entrega de los mismos a Gestión Documental para su archivo. 5. Entregar al supervisor los documentos elaborados en cumplimiento de las obligaciones contractuales y archivos a su cargo, organizados, rotulados y almacenados, sin que ello implique exoneración de la responsabilidad a que haya lugar en caso de irregularidades. (Artículo 15 de la Ley 594 de 2000). 6. Responder ante las autoridades competentes por los actos u omisiones que ejecute en desarrollo del contrato, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros, en los términos del artículo 52 de la Ley 80 de 1993. 7. Utilizar de manera racional los recursos energéticos e hídricos de las instalaciones donde ejecuta sus actividades, así como manejar adecuadamente los materiales, residuos sólidos (bolsa verde para residuos ordinarios, bolsa gris para papel y cartón y bolsa azul para plásticos vidrio y metal) y desechos que se manipulen en ejercicio de las actividades derivadas de la ejecución del contrato. 8. Dar estricto cumplimiento al Ideario Ético del Distrito expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., así como a todas las normas que en materia de ética y valores expedida el INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES
– IDARTES. 9. Guardar reserva con respecto de la información que llegase a conocer con ocasión de
la ejecución del contrato, al igual que no compartir ningún tipo de información de la entidad con ningún propósito. 10. Cumplir con la cláusula de confidencialidad la cual es obligatoria en el proceso, debido al riesgo de fuga de información de la entidad a través de terceros. La información CONFIDENCIAL para el IDARTES en el desarrollo del presente contrato sería todo lo relacionado con los activos entendiéndose como activo cualquier cosa que tiene valor para la organización, de acuerdo a la definición de la norma NTC 5411-1:2006 con la ejecución del presente contrato. Lo anterior se fundamenta en la norma ISO 27001 y su anexo A en el numeral 6.1.5. 11. Acreditar para el caso de personas jurídicas mediante certificación, el pago de aportes parafiscales (ICBF, SENA, Caja de Compensación Familiar y Riesgos Laborales Art. 13 Ley 1562 de 2012) y de Aportes Patronales (Pago de aportes en Pensión y Salud al Sistema de Seguridad Social), expedida por el Revisor Fiscal de la empresa o el Representante Legal de la misma, en cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, reglamentada parcialmente por el decreto nacional 975 de 2004, reglamentada parcialmente por el decreto nacional 973 de 2005, reglamentada parcialmente por el decreto nacional 2581 de 2007, reglamentada parcialmente por el decreto nacional 2190 de 2009, reglamentada parcialmente por el decreto nacional 1160 de 2010, Ley 828 de 2003, modificada por el art. 36, Decreto Nacional 126 de 2010, en lo relativo a las multas y Ley 1150 de 2007, del mes correspondiente, dentro de los plazos establecidos en el Decreto 1990 de 2016, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1273 de 2018. En caso de ser persona natural acreditar la afiliación y estar al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Integral (Salud y pensiones) y estar afiliado antes de iniciar actividades al sistema de Riesgos Laborales de conformidad con la normatividad que rige la materia. 12. Dar cumplimiento a la Resolución 5737 del 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxxxxx con la Resolución 1272 de 28 de julio de 2018, expedidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo referente al permiso especial de permanencia, para las personas que no acrediten la nacionalidad colombiana.
1.3. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA:
En desarrollo de la ejecución contractual y en cumplimiento del objeto descrito anteriormente, se considera necesario el desarrollo de las siguientes actividades por parte del contratista: 1. Realizar la entrega y verificación del funcionamiento, de la totalidad de los elementos adquiridos, en las instalaciones del IDARTES de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas y conforme a las instrucciones impartidas por el supervisor del contrato o quién haga las veces. 2. Garantizar la calidad y características exigidas en las especificaciones técnicas de los elementos requeridos por la Entidad.
3. Mantener los precios de la oferta en firme durante la ejecución del contrato y su vigencia, por lo cual no se aplicarán fórmulas de reajuste. 4. Reponer o sustituir, sin costo alguno para el IDARTES, el bien defectuoso que no cumpla con las especificaciones de calidad, correcto, óptimo desempeño y en general cualquier defecto, en un término no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la comunicación que le curse el supervisor, de no realizarse dentro del plazo establecido el IDARTES podrá proceder a hacer efectiva la póliza respectiva sin prejuicio a las demás sanciones que haya lugar. El supervisor del contrato determinara cuando estos bienes son satisfactorios y cumplen con el alcance propuesto. 5. Entregar al supervisor del contrato o quién haga las veces, manuales y garantías del fabricante de los elementos adquiridos. 6. Cumplir con las especificaciones de tiempo, modo y lugar para la entrega de los elementos establecidos en los estudios previos, la propuesta y el contrato. 7. Suministrar al supervisor del contrato o quién haga las veces, la información necesaria y requerida relacionada con la ejecución del contrato, permitiendo la inspección y revisión de documentos soporte para la verificación del cumplimiento de sus obligaciones. 8. Acatar las observaciones que le sean formuladas por el supervisor del contrato o quién haga las veces, durante el plazo de ejecución y vigencia del contrato, subsanando de inmediato cualquier deficiencia en la ejecución del mismo. 9. Mantener informado al IDARTES de su domicilio para el envío de comunicaciones o notificaciones. 10. Entregar los elementos contratados; nuevos, originales, de excelente calidad, en óptimas condiciones, de acuerdo con las características técnicas definidas por la Entidad. 11. Garantizar la designación de un coordinador en representación del contratista, para que realice cada una de las entregas y la
verificación del funcionamiento de los elementos objeto de este contrato. 12. Asumir la totalidad de los costos de transporte, mano de obra, impuestos, seguros de transporte y demás gastos directos e indirectos, ocasionados para la entrega. 13. Cumplir con las obligaciones xx Xxx respecto del pago a los sistemas de seguridad social, ya que su evasión o pago parcial durante la ejecución del contrato será causal de terminación unilateral por parte del IDARTES. 14. Radicar los informes para pago acorde con los procedimientos de gestión documental de la entidad. 15. Subir los informes para pago y soportes correspondientes a la plataforma transaccional SECOP II, acorde con los lineamientos y guías de la Agencia Nacional para la Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente. 16. Las demás obligaciones que correspondan al objeto y naturaleza del contrato y las que sean requeridas por el IDARTES a través del supervisor. 17. Garantizar el trámite oportuno respecto del plazo de ejecución establecido para el proceso de la importación y legalización de los elementos y equipos adquiridos que así lo requieran.
1.4. OBLIGACIONES COMPRAS VERDES: 1. Las compras verdes promoverán por la adquisición de Productos amigables con el ambiente en todas las etapas: desde su producción, distribución, utilización, reutilización y disposición final. 2. Las compras verdes deberán planear la exclusión o limitación de sustancias químicas nocivas para la salud humana y el equilibrio ambiental. 3. Garantizar la duración, reparabilidad y piezas de recambio para los bienes o productos que adquieran las entidades. 4. Las compras verdes deben estimular el desuso de los empaquetados excesivos y fomentar el uso de alternativas ecológicas. 5. Para los bienes o servicios que incluyan alimentos, el Distrito procurará que estos sean de origen orgánico, que fomenten las agro- redes y la creación de alternativas económicas en toda la ciudad haciendo hincapié en la xxxx xxxxx. 0. El programa de compras verdes exigirá el cumplimiento de la normatividad ambiental para todos los productores de bienes y servicios.
1.5. OBLIGACIONES DEL IDARTES: 1. Suministrar oportunamente la información y el apoyo logístico y operativo que requiera EL CONTRATISTA, para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
2. Cancelar el valor del contrato, en la forma y términos establecidos en el mismo. 3. Ejercer el control y seguimiento sobre el cumplimiento de las obligaciones del contrato, a través del supervisor del contrato. 4. Verificar y dejar constancia a través del supervisor del contrato, mediante la certificación expedida por el Revisor Fiscal o por el Representante Legal, según el caso, del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. 5. Apoyar en forma permanente al contratista, en los aspectos que sean de su competencia. 6. Las demás, establecidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto compilatorio 1082 de 2015, y las demás normas que los complementen, modifiquen y adicionen.
2. DE LAS CONDICIONES ADICIONALES DEL CONTRATO:
2.1. VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del contrato que se pretende realizar asciende a la suma de CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL PESOS M/CTE ($135.129.000), INCLUIDO IVA y demás impuestos, tasas, contribuciones, costos directos e indirectos que deba asumir el contratista en ejecución del objeto contractual. Toda vez, que esta contratación se efectúa con propuestas a precios fijos unitarios, en virtud a que las necesidades del presente contrato son variables. La ejecución del contrato se realizará con los valores de la oferta presentada por el adjudicatario. EL VALOR DEL CONTRATO SERÁ CANCELADO DE LA SIGUIENTE MANERA: Se realizará un único pago a la entrega de todos los elementos y equipos requeridos objeto de la presente contratación, donde se detalle el número de los elementos y equipos entregados y el valor de los mismos, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la radicación de la misma, (sin decimales), la cual debe reunir los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario y debe estar soportada por la(s)
planillas de verificación de recursos, suscritas por la persona responsable de la actividad por parte del IDARTES y por la persona designada por el Contratista. DESCUENTOS: EI IDARTES efectuará los descuentos xx xxx del orden nacional y distrital vigentes y conforme a sus modificaciones, de acuerdo con la información tributaria suministrada por el contratista de la Entidad y con la actividad objeto del contrato. Así mismo se retendrá el valor de las estampillas así: 1.1% Estampilla Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx 50 años, prevista en el Xxxxxxx 000 xx 0000 xxx Xxxxxxx xx Xxxxxx y reglamentada por la Circular 001 del 24 de enero de 2018 de la Secretaría de Hacienda Distrital, acorde con la normativa vigente, 0.5% Estampilla Procultura, 2% Estampilla Pro Personas Mayores Este porcentaje se descontará sobre el valor bruto del contrato y de la respectiva adición (si la hubiere). Lo anterior de conformidad con la normatividad aplicable sobre la materia, siendo las anteriores descripciones una lista enunciativa, sin perjuicio de las que se puedan dar durante la ejecución del contrato. NOTA 1: Todos los pagos se realizarán previa radicación del informe de pago según formato establecido por la Entidad con sus respectivos soportes y firmado por el supervisor del contrato, además de la acreditación de que el contratista se encuentra al día en el pago de los aportes relativos al Sistema Integral de Seguridad Social y las contribuciones parafiscales si a ello hubiere lugar, de conformidad con las disposiciones xx xxx. NOTA 2: Los pagos se harán por medio de la Tesorería del IDARTES y/o la Tesorería Distrital, en Pesos Colombianos, a través de abono en cuenta mediante transferencia electrónica a una cuenta corriente o de ahorros que el contratista haya reportado con los documentos exigidos para la contratación, a través de las entidades financieras afiliadas al sistema automático de pagos, previos los descuentos xx xxx. NOTA 3: El IDARTES sólo adquiere obligaciones con el contratista y bajo ningún motivo o circunstancia aceptará pagos a terceros. NOTA 4: El informe de actividades y el soporte o los soportes para acceder al pago deben ser diligenciados correctamente, hecho que verificará la supervisión del contrato y en caso contrario la referida deberá hacer la devolución al contratista en un término no mayor a dos (2) días, quien deberá subsanar lo requerido en un término igual a este. En caso de que el informe sea devuelto por la Subdirección Administrativa y Financiera de la entidad, los términos para la subsanación comenzarán a correr desde el día que se haga efectiva dicha devolución. En caso contrario deberá documentarse lo pertinente por el supervisor y reportar de manera inmediata al ordenador del gasto, para que se realice el trámite correspondiente ante la Oficina Asesora Jurídica, para la citación a audiencia de declaratoria de incumplimiento o imposición de multas. PARÁGRAFO PRIMERO: De conformidad con lo establecido en la Resolución No SDH-000393 del 24 de octubre de 2016, por medio de la cual se establece el procedimiento para el funcionamiento de la Cuenta Única Distrital - CUD, mediante el cual se recaudará, administrará, invertirá, pagará, trasladará y/o dispondrá de los recursos correspondientes al Presupuesto Anual del Distrito Capital, el IDARTES podrá efectuar giros con recursos propios a través de su Tesorería. Según la circular 11 del 2018 de la Dirección Distrital de Tesorería se elimina el uso de centavos en todas las operaciones y transacciones a cargo de la DDT denominada en moneda legas. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los desembolsos de los pagos pactados en el contrato, se realizarán directamente al número de cuenta bancaria que para el efecto informó el contratista al momento de adjuntar la documentación requerida para la suscripción del mismo. Lo anterior de conformidad con lo señalado en la Resolución No. SDH- 243 de 2016 y SHD-304 de 2017, emitidas por la Secretaría Distrital de Hacienda.