CONDICIONES GENERALES DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS
Condiciones Generales de
Arrendamiento de vehículos
16 11 21 v 1.1.2
Urban Mobility SpA
Xxxxx Xxxxxxxx 0000, Xxxxx X, xxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxx
Chile
CONDICIONES GENERALES DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS
Las presentes Condiciones Generales de Arrendamiento de Vehículos son parte integrante, para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, del Contrato de Arrendamiento y regulan la relación contractual entre Urban Mobility SpA, sociedad comercial, R.U.T. 77.384.098-4, representada por don Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, cédula nacional de identidad número 0.000.000-0, ambos domiciliados en Av. Cerro Colorado n°5240, Torre I, piso 6, Las Condes, Santiago, en adelante indistintamente “el Arrendador” o “Sixt Chile” y el cliente individualizado, en adelante indistintamente “el Arrendatario” o el “Cliente”, en virtud del cual el primero entrega en arrendamiento al segundo un vehículo, en adelante el “Vehículo” por el plazo, precio y demás condiciones que se detallan en el Contrato de Arrendamiento y sus Anexos, en adelante el “Contrato de Arrendamiento” o simplemente el “Contrato” o el “Arrendamiento”:
REQUISITOS DEL ARRENDAMIENTO
El Cliente deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1.- Tener cedula de identidad o pasaporte, ambos vigentes a la fecha pactada para la devolución del Vehículo. 2.- 21 años de edad cumplidos a la fecha de arrendar el Vehículo.
3.- Licencia de conducir válidamente emitida y que lo habilite para conducir el tipo de vehículo arrendado. Se aceptan licencias de conducir extranjeras que habiliten al conductor para conducir el Vehículo reservado, y que se encuentre vigente al menos hasta la fecha pactada para la devolución del vehículo arrendado. En caso de que la licencia de conducir se encuentre en un idioma que no sea comprensible para Sixt Chile (árabe, chino, japonés, cirílico, otros), el Cliente deberá acompañarla de una licencia de conducir internacional válidamente emitida.
GARANTIA DE ARRIENDO
La garantía de arriendo solamente puede ser dejada con las siguientes tarjetas de crédito: Visa, American Express, Mastercard, Diners. No se aceptan Visa Electron, tarjetas de débito o cheques para la garantía. El titular de la tarjeta debe estar presente al momento de retirar el vehículo y celebrar el Contrato de Arrendamiento respectivo.
Las tarjetas Sixt Card Express sólo se aceptan en combinación con una tarjeta de crédito válida.
UTILIZACIÓN DEL VEHICULO
1.- El Arrendatario recibe el Vehículo detallado en el Contrato de Arrendamiento, en correcto estado de funcionamiento y sin deficiencias, con la completa documentación, llaves, Tag, herramientas, accesorios y todo lo detallado en el acta de entrega que el Cliente debe firmar. Es obligación del Cliente realizar la inspección ocular de las condiciones del automóvil, de su estado y accesorios. El no realizarlo es de exclusiva responsabilidad del Arrendatario.
2.-El Arrendatario se obliga a utilizar el Vehículo y sus accesorios con diligencia y de acuerdo a las especificaciones del fabricante que declara conocer y se obliga a restituirlos en el mismo estado que se le entregó. Asimismo, deberá permitir la realización de inspecciones de seguridad que sean procedentes y conducir el Vehículo respetando las normas del tránsito.
3.- El Arrendatario recibe el Vehículo con el estanque lleno de combustible y se obliga a devolverlo en el mismo estado. En caso contrario, deberá pagar CPL $1.200.- más IVA por litro de gasolina y CPL $1.000 más IVA por litro de Diesel por la diferencia (valor que considera un gasto de administración), monto que será cargado a la garantía dejada por el Cliente. En algunas reservas, puede venir incluido en la tarifa el rellenado de un estanque de combustible, cuando el Cliente lo solicita en su reserva, agregándolo como adicional, lo que permite la devolución del vehículo sin completar y sin un cargo adicional al ya pagado. En caso de devolver el vehículo con el estanque lleno, no procederá reintegro alguno.
4.- El tipo de combustible se encuentra detallado en la tapa del depósito. En el evento que, por error, el Cliente cargue en el vehículo el combustible incorrecto, la reparación de los daños producidos al Vehículo será de cargo del Arrendatario.
RESERVAS
1.-Al momento de solicitar una reserva, sólo se confirma la categoría del Vehículo, no marcas, no modelos, colores y/o equipamientos específicos, salvo que Sixt Chile expresamente se comprometa por correo electrónico a entregar un requerimiento especial al Arrendatario que lo solicite.
2.- La reserva puede cancelarse o anularse antes del inicio del Arrendamiento, enviando la solicitud por email debidamente confirmada por Sixt Chile. En este caso, la cancelación o anulación deberá solicitarse dentro de 10 días contados desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo, aplicando las siguientes condiciones:
a) Para reservas con pago en destino: si el Cliente no cancela o anula la reserva y no se presenta en la fecha y hora indicadas, el vehículo será mantenido a disposición por un tiempo máximo de 1 hora. Luego de este periodo, la reserva quedará NO SHOW y el vehículo se liberará para otros arriendos.
b) Para reservas prepagadas: Si el cliente no cancela o anula antes del inicio del Arrendamiento, SIXT mantendrá el vehículo disponible durante todo el período de la reserva y no hará devolución del monto prepagado. En caso de que el Cliente de aviso antes del comienzo de su reserva, el cargo por cancelación corresponderá al valor del arrendamiento, con un máximo correspondiente a 3 días de este. Lo anterior no significa que las fechas y horas establecidas originalmente puedan ser alteradas, y el Contrato ineludiblemente terminará en la fecha pactada. Además, no existirá una devolución de dinero por las horas o días no utilizados.
3.- Las cancelaciones o anulaciones deben ser avisadas a Sixt Rent a Car Chile, al email: xxxxxxxx@xxxx.xx
Para el caso en que la reserva quede No Show, vale decir, el cliente no llega a retirar el vehículo y no se comunica con SIXT Chile, se retendrá la totalidad del importe prepagado.
CONDUCTORES AUTORIZADOS, USOS PERMITIDOS
1.-Al momento de la entrega del Vehículo, el Arrendatario tendrá que presentar la licencia de conducir válida y vigente para conducir el Vehículo arrendado cuya fecha de expiración no puede ser anterior a la fecha pactada para el término del Arrendamiento. El Vehículo solamente podrá ser conducido por el Arrendatario, o por aquellas personas que designe expresamente en el Contrato de Arrendamiento, para lo cual los conductores adicionales deberán exhibir su documento de identidad, licencia de conducir, así como también deberán entregar sus datos personales para que sean incluidos en el sistema de arriendo. Será de responsabilidad del Arrendatario que los conductores adicionales se encuentren con los documentos necesarios que los habiliten a manejar.
2.- El Vehículo solamente podrá ser utilizado en caminos y carreteras públicas (caminos que aparezcan en los mapas oficiales). Sólo se permite la conducción por carreteras no asfaltadas, por ejemplo, por la Carretera Austral con vehículos de las siguientes categorías: IDAR, IFAR, IFAN, SFAR, JFAR, SQMR, FQAR, FDMR, XPNQ, XPND, XQND, XQMQ, XPMQ, XPMD.
Queda expresamente prohibido al Arrendatario:
a) Participar con el vehículo en carreras, concursos o desafíos de cualquier naturaleza.
b) Utilizar el vehículo para prácticas de conducción y/o pruebas en ruta.
c) Para el transporte de personas o mercancías mediante contraprestación
d) Utilizar el vehículo de forma lucrativa, ya sea subarrendar el vehículo u otras formas de lucro.
e) Cometer actos delictivos con el vehículo.
f) Conducir el vehículo bajo los efectos del alcohol, drogas, psicotrópicos o alguna enfermedad que lo incapacite a conducir.
g) Utilizar el vehículo para remolcar a otros vehículos.
h) Continuar utilizando el vehículo a pesar de que este arroje señales de advertencia y/o alarmas que adviertan de un eventual daño.
i) Llevar sustancias tóxicas, inflamables y /o peligrosas.
j) Utilizar el vehículo en cualquier forma que conforme a los respectivos manuales se encuentre prohibida por el fabricante, manuales que el Arrendatario declara conocer y aceptar.
k) Intervenir, extraer o manipular cualquier parte del vehículo, sin la autorización expresa xx Xxxx Chile.
l) Manipular, remover o desmontar el dispositivo Televia (TAG) del lugar en que fue instalado.
3.- El vehículo no podrá salir del país de manera temporal o definitiva, a menos que Sixt Chile lo autorice para casos excepcionales.
4.- El Arrendatario responderá personal y solidariamente por las personas que conduzcan el Vehículo durante el período de arriendo, haya sido con o sin su autorización o conocimiento.
5.-Sin perjuicio de la responsabilidad del Arrendatario frente a terceros, de concurrir alguna de las circunstancias previstas en los puntos 1 a 3, el Arrendador podrá dar por terminado con efectos inmediato el Contrato, así como, además, reclamar la indemnización de los daños y perjuicios, inclusive el lucro cesante que el incumplimiento de que se trate le haya ocasionado, sumas que podrán ser imputadas a la garantía dejada por el Cliente o en su defecto podrá ejecutar las acciones legales tendientes a reclamar la indemnización señalada.
CARGOS POR EL ARRENDAMIENTO DEL VEHÍCULO
1.- Los cargos por arrendamiento del Vehículo son los señalados en el respectivo Contrato de Arrendamiento. La renta mínima será el de un día de arriendo (24 horas), salvo que se haya convenido una bonificación o precio especial.
2.- Las tarifas establecidas por Sixt Chile son flexibles y pueden sufrir cambios sin previo aviso, salvo para acuerdos corporativos con plazos definidos de vigencia y para reservas confirmadas, en cuyo caso se respetarán los valores establecidos para el periodo de arriendo definido en la reserva. En todo caso, las rentas de arrendamiento serán la vigentes al momento de la reserva o celebración del Contrato de Arrendamiento, según sea el caso.
3.- El Arrendador se reserva el derecho a modificar las rentas, cargos y descuentos que contengan un manifiesto error o que provengan de datos incorrectos aportados por el Arrendatario.
4.- En la renta de arrendamiento del Vehículo, no están incluidos los costos tales como gasolina, costos de entrega o devolución en domicilio, u otros. Respecto de los adicionales, tales como sillas de bebé, sistemas de navegación u otros, éstos se cobrarán en base a las tarifas vigentes al momento de la reserva.
Por pérdida o daño del equipo portátil GPS se cobrará un valor de reposición de CPL $100.000.- más IVA.
5. El Arrendatario podrá devolver el vehículo en la misma sucursal en que efectuó el retiro o en otra distinta, lo que no implica un costo adicional siempre que se encuentre dentro de la misma ciudad de recogida.
Las sucursales disponibles para la entrega y/o retiro del vehículo son las siguientes:
Oficinas | Ciudad |
Aeropuerto Xxxxxx Xxxxxxx, Antofagasta, counter n°12 | Antofagasta |
Av. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xx0000, xxxxx 0 | Xxx Xxxxxx |
Aeropuerto La Araucanía, counter n°3 | Temuco |
Aeropuerto El Tepual sin número, counter N°10 | Puerto Montt |
El Arrendatario también podrá solicitar la entrega y/o retiro del Vehículo en su domicilio u otro lugar que acuerden mutuamente (previa confirmación de factibilidad por parte del Arrendador), lo que tendrá un costo adicional para el Arrendatario, dependiendo del lugar donde se haga la entrega o retiro.
En la ciudad de Santiago, se cobrará un valor de CLP $5.034 más IVA por cada servicio solicitado para las comunas de Lo Barnechea, Vitacura, Las Condes, Providencia, La Reina, Ñuñoa y Santiago. Se cobrará un valor de CLP
$8.395 más IVA por cada servicio solicitado para el resto de las comunas incluidas dentro del radio Xxxxxxx Xxxxxxxx. Para comunas fuera del radio Xxxxxxx Xxxxxxxx u otras ciudades de Chile, el Cliente deberá contactarse a las oficinas Sixt Chile para ser informado de la factibilidad del servicio y en su caso de su precio.
Para entregas y/o retiros fuera del horario establecido de las oficinas, se cobrará CPL $16.807.- más IVA por cada servicio solicitado.
6.-Salvo acuerdo escrito en contrario, el Arrendatario deberá reintegrar al Arrendador, de conformidad a los precios fijados por Sixt Chile, los costos de devolución producidos por retornar el Vehículo en una Región distinta a la de la oficina de origen.
Tramo | Valor |
Antofagasta – Santiago (viceversa) | $ 308.000.- más iva. |
Antofagasta - Temuco (viceversa) | $ 495.000.- más iva. |
Antofagasta – Puerto Montt (viceversa) | $ 583.000.- más iva. |
Para devolver el vehículo en otras ciudades no consideradas en esta tabla, consultar factibilidad y valores a xxxxxxxx@xxxx.xx .
7.- El Arrendatario autoriza expresamente y en forma irrevocable al Arrendador a debitar de su tarjeta de crédito o imputar contra las garantías que hubiesen otorgado, todos los costos de colocación y cualquier otra suma debida en función de lo pactado en el contrato, incluyendo, a título meramente enunciativo, pero no taxativo, los siguientes:
- el monto reclamado por multas y/o sanciones emanadas de la autoridad competente.
- el monto resultante de los daños y faltantes (cualquiera sea su origen, ocultos o no).
- los cargos generados por entrega fuera de horario, aun cuando la no restricción no fuere por su culpa o dolo.
El Arrendatario presta también su conformidad para debitar los costos administrativos y/o profesionales que tales incumplimientos le ocasionen al Arrendador.
VENCIMIENTO, CONDICIONES DE PAGO, GARANTÍAS
1.- La renta de arrendamiento, así como el precio por cualquier otro servicio adicional contratado, vencen y son pagaderos al inicio o al término del Contrato de Arrendamiento. En arrendamientos mensuales, el contrato vencerá el mismo día del mes siguiente.
2.- En relación a las reservas de tarifa prepago, la renta de arrendamiento, así como los demás adicionales convenidos, serán pagaderos al momento de realizar la reserva y se cargarán a la tarjeta de crédito que el Arrendatario informó como medio de pago.
3.- El Arrendatario dejará en su tarjeta de crédito, válidamente emitida y vigente al menos hasta la fecha pactada para el término del Contrato de Arrendamiento, un monto que corresponde al valor total del arriendo más una garantía por un monto fijo, de acuerdo a la categoría de Vehículo reservado según el siguiente detalle.
Categorías | Garantía CLP |
IDAR, IFAN, CDMR, ECMH, SFAR, JFAR. | 400.000 |
IFAR, SQMR, XPMQ, XPMD, XPNQ, XPND, XQND, FQAR, FDMR, CLAR. | 500.000 |
FFAR. | 700.000 |
LFAR, XFAR. | 1.000.000 |
Lo anterior se realiza para cubrir cualquier suma que deba pagarse en forma extraordinaria o por situación adicional.
4.-La garantía asegurará cualquier obligación o responsabilidad del Arrendatario frente al Arrendador. Este último queda autorizado para aplicar el importe de la garantía a las obligaciones emanadas de dichas responsabilidades, sin perjuicio del derecho de reclamar aquellas que excedan del importe de la garantía.
5.- Salvo que las partes convengan otra cosa, la renta de arrendamiento, la garantía y todos los demás cargos se realizarán en la tarjeta de crédito que el Arrendatario comunique.
6.- El Arrendatario podrá exigir el desglose de los conceptos cobrados, disponiendo de un plazo de 30 días desde la recepción de la boleta y/o factura para impugnar los costos.
7.-En los casos en que una cuenta corporativa cuente con crédito, la factura deberá ser pagada a los 30 días de la fecha de recepción por parte de la empresa. La empresa incurrirá en xxxx o simple retardo al día siguiente del vencimiento de la obligación de pago correspondiente, sin que sea necesario requerimiento alguno. En caso xx xxxx o simple retardo, podrá exigirse un interés calculado sobre la base del interés máximo legal.
SEGUROS
1.- El Vehículo arrendado cuenta con una cobertura CDW (Collision Damage Waiver) que cubre al Vehículo en caso de daños propios, robo, incendio y daños por fuerza mayor. Mediante la contratación de la cobertura CDW es posible limitar la responsabilidad del Vehículo a los siguientes deducibles por cada evento ocurrido.
- En caso de colisión, el deducible es de UF 10 más IVA para todas las categorías.
- En caso de volcamiento el deducible es UF 20 más IVA para todas las categorías.
- En caso de robo el deducible es de UF 30 más IVA para todas las categorías.
En caso de que el Arrendatario haya causado daño al Vehículo arrendado y daño tanto a bienes de terceros como a terceros, el Arrendador responderá según las siguientes coberturas:
- Daño al vehículo arrendado hasta el valor comercial.
- Responsabilidad civil por daño emergente hasta UF 1.000.-
- Responsabilidad civil por daño moral hasta UF 1.000.-
- Responsabilidad civil por lucro cesante hasta UF 1.000.-
En caso que los daños hayan superado los topes descritos, el Arrendatario deberá responder directamente por los montos que excedan esos topes. El Arrendador se reserva el derecho de ejercer todas las acciones legales contra el Arrendatario para el reembolso de los gastos en que se haya incurrido y que no se encuentren cubiertos por la Póliza o que, por causas imputables al Arrendatario, la compañía de seguro no cubra el siniestro respectivo.
2.- La cobertura CDW se encuentra incluida en la renta de arrendamiento, sin embargo, el Arrendatario puede reducir el deducible por colisión de UF 10 más IVA a UF 6 más IVA mediante la contratación de una cobertura diaria que permite esta reducción (Cobertura TOP COVER), con un valor diario de $ 3.361.- más iva.
3.- Si el Arrendatario declina o no contrata la cobertura CDW, es responsable de todos los desperfectos y daños producidos en el Vehículo y responde hasta la cuantía íntegra del valor del Vehículo y por todos aquellos daños producidos a otros vehículos o terceros. Adicionalmente al monto dejado en garantía por el Contrato de Arrendamiento, el Cliente deberá dejar una carta de declinación expresa del seguro y deberá dejar una garantía adicional por el valor total del automóvil.
4.- Se excluye de la cobertura CDW, rotura de neumáticos o cualquier daño producido a estos.
5.- Se excluyen de la cobertura del seguro, siendo por lo tanto plena responsabilidad del Arrendatario, los daños a las personas y cosas que el mismo ocasionare, mediando dolo u otro motivo o razón atribuible o por culpa del Xxxxxxxxxxxx por el cual la compañía de seguro no cubra el siniestro.
6.- Quedará excluida de cobertura en caso de siniestros cuando el conductor del vehículo no fuese el autorizado a conducir, no estuviese en posesión de una licencia de conducir vigente o infringiendo algunas de las cláusulas detalladas en las condiciones generales de arrendamiento y las normas del tránsito.
7.- De haberse contratado los seguros descritos anteriormente y habiéndose producido un siniestro, el Arrendatario solamente responderá frente al Arrendador por el valor de la franquicia y/o deducible, salvo que:
- Los perjuicios que el Arrendatario o aquellas personas por las que deba responder causen con dolo u otro motivo o razón atribuible o por culpa del Xxxxxxxxxxxx por el cual la compañía de seguro no cubra el siniestro. - En los casos en que el Arrendatario no entregue el parte del accidente o el de los daños o si bien lo entregue, pero de manera tardía o incompleta o que consigne hechos y datos falsos de los mismos.
- Por los perjuicios que se ocasionen al Arrendador en caso de omisión del deber xx xxxxxxx o por la omisión de la obligación de recabar la presencia policial prevista, salvo que dichos daños se hubiesen ocasionado sin mediar dolo o negligencia grave del arrendatario.
-Los casos en que el causante del daño sea un conductor no autorizado según lo informado en los párrafos precedentes.
La limitación de la responsabilidad contractual mencionada en este punto solamente tendrá vigencia mientras esté vigente el contrato de arrendamiento.
8.- El Cliente puede contratar la cobertura “Protección Neumáticos y Parabrisas”, la que cubre los daños producidos durante el arriendo a ambas partes del vehículo. El valor es de CPL $8.400 más IVA por día de arriendo, con un tope máximo mensual de CLP $159.400.- más IVA. Esta protección excluye la cobertura a neumáticos por daños producidos por mal uso, especialmente el desgaste a causa de participación en carreras clandestinas o no autorizadas. En caso de que ocurra un daño durante el arriendo y el cliente tenga contratada esta cobertura, deberá siempre realizar la declaración jurada simple, para activarla.
ACCIDENTE-ROBO-OBLIGACION DE DENUNCIA
1.- En caso de accidente, robo, incendio y/o daños producidos por la naturaleza y en general en cualquier supuesto daño, deberá el Arrendatario hacer todo cuanto sea procedente para proteger los intereses del Arrendador.
2.- En caso de un accidente leve, vale decir, sin personas lesionadas, el arrendatario deberá contactarse de manera inmediata con SIXT y completar un formulario de declaración jurada simple, entregando todos los detalles de lo ocurrido. No obstante, La Compañía de Seguros podrá podrá exigir al Arrendatario que realice la respectiva denuncia ante el tribunal competente (robos, accidentes mayores).
En el caso de robo, hurto, apropiación indebida, accidente mayor con personas lesionadas, el arrendatario deberá denunciar lo ocurrido en la unidad policial más cercana al lugar donde ocurrió el hecho, inmediatamente al tomar conocimiento de lo sucedido, avisando también a SIXT.
Es obligación por parte del Arrendatario aportar la mayor cantidad de antecedentes, especialmente si hay un tercero involucrado. Posterior a ello, toda la información deberá ser enviada a la brevedad a las oficinas xx Xxxx Chile donde deberá complementar la información incorporada en el formulario de declaración de siniestro. Si el Arrendatario se negase a realizar este trámite, independiente si la culpa es de él o de un tercero, no hay ningún tipo de cobertura por parte de la Compañía de Seguros y los costos asociados deberán ser asumidos por el Arrendatario.
Cuando producto de un siniestro el Vehículo arrendado sufre un daño, el cual fue causado por otro vehículo o un tercero, que ha sido claramente identificado y se hayan realizado todos los trámites pertinentes para lograr la activación del seguro, el Arrendatario es responsable solo por los pagos de los deducibles por colisión, robo y volcamiento detallados en el punto 1 del Acápite SEGUROS precedente.
RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR
1.-Sixt Chile no responderá por la sustracción de objetos depositados al interior del Vehículo mientras el Arrendatario tenga la tenencia del Vehículo. Tampoco responderá cuando producto de un accidente se puedan haber perdido o dañado estos objetos.
2.-En caso de siniestro del Vehículo, esto no implica automáticamente una obligación del Arrendador para entregar un vehículo de reemplazo. En el caso que esto ocurra se entregará un vehículo que se encuentre disponible.
RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO
1.- El Arrendatario recibe el Vehículo en correcto estado de mantenimiento, y conservación, con todo su equipamiento y con los detalles de carrocería que se consignan en el Acta de Entrega que el Cliente firma al retirar el Vehículo. El Cliente se obliga a efectuar su devolución a Sixt Chile en las mismas condiciones, con todos sus accesorios, partes y piezas. El Arrendatario es responsable frente al Arrendador por cualquier daño o robo del Vehículo, así como en general, perjuicios por incumplimientos contractuales, salvo las limitaciones de responsabilidad que el mismo contrate, además de aplicar las disposiciones legales vigentes en lo no regulado en estas disposiciones.
2.- El Cliente y/ o Arrendatario responderá sin limitación por cualquier infracción que pueda cometer durante el arriendo, especialmente por infracciones de tránsito. El Arrendatario exonera a Sixt Chile respecto de cualquier sanción, multa, tasa, recargo y en general de todo tipo de costo que se le imponga por este concepto. El Arrendatario autoriza irrevocablemente a Sixt Chile a cargar a su tarjeta de crédito, mediante cargos demorados, cualquier multa de tránsito que llegue con posterioridad al arriendo.
El Arrendador aplicará un cargo de tramitación de multas de tráfico al arrendatario, cuyo monto es de CLP
$10.000 más IVA para cada multa tramitada.
3.- No quedará cubierto por la contratación de seguros adicionales los daños que se ocasionarán al interior del vehículo como rotura de partes y piezas, rotura xx xxxxx, daño a las pantallas y accesorios, así como tampoco la pérdida de la llave del vehículo, todas las cuales serán de cargo del Arrendatario.
4.- No está autorizado a colocar remolque o hacer alguna modificación al Vehículo para instalar un accesorio, sin la previa autorización xx Xxxx Chile, caso contrario los daños ocasionados al vehículo serán de cuenta y cargo del Arrendatario.
5.- Los cargos de reparación y/ o reposición de accesorios, de los que deba responder el Arrendatario, vendrán acompañados del costo recibido por parte de cada proveedor, sin un recargo adicional por parte xx Xxxx Chile.
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO
1.- El Contrato de Arrendamiento, tendrá la duración inicialmente pactada, al final de la cual el Cliente deberá devolver el Vehículo a Sixt Chile. No obstante lo anterior, el arriendo podrá ser prorrogado, siempre y cuando el Arrendatario lo comunique a algunas de las oficinas xx Xxxx Chile, antes del término del contrato y esta prórroga sea aceptada por Sixt Chile. En caso que el Arrendamiento se extienda por un período superior a 30 días, la extensión del Contrato deberá realizarse de manera personal en las oficinas xx Xxxx Chile, pagando el primer mes de arriendo y renovando la garantía en su tarjeta de crédito.
2.-El Arrendatario está obligado a entregar el vehículo, incluidas las llaves, documentación y todos sus accesorios, en el mismo estado que se entregaron, en el lugar convenido y en la fecha indicada en el Contrato de Arrendamiento. La devolución debe efectuarse en el horario normal de atención de las oficinas xx Xxxx Chile.
3.- En caso que el Cliente no solicite la extensión del arriendo y no devuelva en el Vehículo en el plazo señalado en el Contrato, según los puntos anteriores, Sixt Chile estará facultada para ejercer las acciones legales necesarias para recuperar el Vehículo a la brevedad.
4.- La tarifa detallada en el Contrato aplicará para el período especificado en el arriendo. En caso de retraso no pactado, se cobrará de según la tarifa vigente del momento del vencimiento del periodo especificado en el arriendo.
5.- En caso de que faltare alguno de los accesorios y/o documentos del vehículo (no cubiertos por el seguro), el Arrendador estará facultado a cobrar la reposición del mismo y a traspasar el costo al Cliente.
MEDIOS DE PAGO
Los medios de pago para el arriendo del Vehículo son: tarjeta de débito, tarjetas de crédito (Visa, American Express, MasterCard, Diners Club), efectivo. En los casos en que el Cliente realice su reserva por internet y tome
una oferta con una tarifa que se deba prepagar en el sitio web, solamente se aceptará como medio de pago las tarjetas de crédito antes mencionadas.
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
1.-Sixt Chile tendrá derecho a poner término y resolver el Contrato de Arrendamiento con efectos inmediatos, en el caso que el Arrendatario demore más de siete días el pago de los montos adeudados, así como en el caso de concurrir una cualquier de las siguientes causales:
a) En caso que el Arrendatario utilice el Vehículo en un modo no adecuado a su destino o cause daños al mismo de forma dolosa o negligente. También se considera causal de término inmediato del contrato el no avisar al Arrendador la falta de mantenimiento o revisiones que el vehículo requiera.
b) Infringir las normas legales vigentes en materia de tránsito, así como también cualquiera de las obligaciones de este instrumento.
c) En el evento que exista una elevada siniestralidad por parte del Arrendatario, lo que evaluará SIXT caso a caso en relación al número de siniestros y/o la cuantía de los mismos.
d) En el evento que el Arrendatario no de cumplimiento íntegro y oportuno a cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente Contrato o que no dé cumplimiento íntegro y oportuno a las obligaciones asumidas para con Sixt Chile en cualquier instrumento.
DERECHO A RETRACTO
Se acepta derecho a retracto: Ya sea que el Arrendatario haya prepagado la renta de arrendamiento o no, podrá ejercer derecho a retracto y, en consecuencia, poner término a la reserva, siempre que lo haga dentro de los 10 días siguientes a la confirmación del servicio, y, en todo caso, antes de que comience el contrato de arrendamiento. En este caso, el Arrendatario deberá solicitar la cancelación a través del correo electrónico xxxxxxxx@xxxx.xx la que deberá ser ratificada por Sixt Chile.
En caso de que el Arrendatario no ejerza este derecho dentro del plazo recién indicado, Sixt Chile estará facultado para retener el total de la renta de arrendamiento y el precio de los demás adicionales contratados. En todo caso, Sixt Chile estará siempre facultado a retener las sumas correspondientes a servicios que ya se hubieren prestado antes de la cancelación o anulación.
COMUNICACIONES ELECTRONICAS
En caso de cualquier consulta, duda o reclamo, Sixt Chile tiene a disposición de sus clientes el siguiente correo electrónico: xxxxxxxx@xxxx.xx o también puede comunicarse al siguiente número telefónico: x00 000 000 00 00.
Sixt Chile no solicita datos personales ni financieros a través de e-mail o a través de otro medio escrito.
COMO CONTRATAR SERVICIOS A TRAVES DE XXXX.XX
Para contratar los servicios xx Xxxx Chile a través del sitio web xxx.xxxx.xx , deberá seguirse los siguientes pasos:
b) Completar el lugar, fecha y hora, tanto de la entrega como de la devolución del vehículo y luego hacer
“click” en el botón “determinar precio”.
c) Buscar la categoría de vehículo deseada y presionar el botón “Elija un vehículo”.
d) En la sección “Seleccionar Tarifa y Extras” el Cliente podrá agregar adicionales y ver el precio total a pagar, así como también podrá conocer los Términos y Condiciones Generales del Arrendamiento (costado izquierdo del sitio). Para gestionar la reserva debe hacer click en “Acepta Tarifa y Condiciones”.
e) Datos: se deberá completar los datos personales, así como la información de vuelo en su caso y luego
hacer click en “reservar ahora”
f) Finalmente recibirá un número de confirmación con algunas recomendaciones para agilizar el proceso de arriendo y en el correo electrónico informado, recibirá un documento en pdf con todos los detalles.
CONDICIONES ADICIONALES
1.- Newsletters: el Arrendatario acepta recibir información xx Xxxx Chile y la red internacional a su correo electrónico que registra al reservar. En cualquier momento el Arrendatario puede desinscribirse para no continuar recibiendo esta información.
2. Televía:
a) EL consumo de peaje electrónico en el radio urbano de Santiago y donde el sistema de televía se encuentre habilitado, será cobrado por consumo al final del período de arriendo y/o en su defecto por un monto fijo diario, el que asciende a $ 5.033, con un tope mensual de 75.495.- La modalidad de cobro se definirá antes de iniciar el contrato de arrendamiento.
b) el Arrendatario deberá informar por escrito al Arrendador de la pérdida, hurto o robo del dispositivo TAG. Este dispositivo no está cubierto por los seguros o coberturas que puedan contratarse, siendo de responsabilidad del Arrendatario su reposición, debiendo en los casos descritos pagar su costo al Arrendador, que es valorizado en la cantidad de 3 UTM más IVA
3. Reparaciones: el Arrendador realizará las reparaciones en los talleres oficiales y/o autorizados por la marca.
4. Moneda: el valor de la UF (Unidad de Fomento) será consultada diariamente en la página Web del Servicio de Impuestos Internos, para hacer la conversión a pesos chilenos (CLP), para los contratos que aplique.
5. Asistencia en Ruta: El Vehículo cuenta con servicio de asistencia 24 horas en caso de choque o panne. El servicio de asistencia en ruta no cubre el costo de reposición de llave, cambio de batería, limpieza del estanque de combustible, en caso de que el cliente por error cargue un combustible distinto al requerido por el vehículo.
6. En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 4 de la ley 19.628, el Arrendatario autoriza expresamente al Arrendador, para informar a un banco de datos personales la xxxx o incumplimiento de las obligaciones pecuniarias del arriendo expresadas en este contrato.
7. Para el caso de personas o empresas extranjeras no es posible descontar el impuesto IVA del valor de arriendo.
8. Notificación: Para todos los efectos derivados del presente contrato, de las acciones que puedan derivar de él o del uso del Vehículo que se da en arrendamiento, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago, Chile y se someten desde ya a la jurisdicción de sus tribunales de Justicia, renunciado para este efecto a cualquier fuero o privilegio que les asistiere.