CONTRATO Nro. GADDMQ-SGCTYPC-2023-002 PROCESO Nro.- SIE-MDMQ-SCT-03-2023
CONTRATO Nro. GADDMQ-SGCTYPC-2023-002 PROCESO Nro.- SIE-MDMQ-SCT-03-2023
“SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN - SCT”
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Distrito Metropolitano de Quito a través de la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, legalmente representada por la magister Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, en calidad de Secretaria General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, conforme se desprende de la Acción de Personal N° 0000008948 del 15 xx xxxx del 2023 y por delegación conferida por el señor Alcalde Metropolitano, mediante Resolución de Alcaldía Nro. A-089 de 08 de diciembre de 2020, quien en adelante se denominará CONTRATANTE; y, por otra parte, el señor XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX con RUC 1311457236001, a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA.
Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera. - ANTECEDENTES
1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), 43 de su Reglamento General (RGLOSNCP), el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la contratación del “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT”.
1.2 Con los informes y los estudios respectivos, la Secretaria General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, y delegada del señor Alcalde. Mediante Resolución de Inicio RI-SGCTYPC- CAF-2023-006 de 27 de julio de 2023 resuelve autorizar el inicio del proceso y aprobar los pliegos y demás documentación de la fase preparatoria del proceso de Subasta Inversa Electrónica No.- SIE- MDMQ-SCT-03-2023, para el “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT”.
1.3 Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la Certificación Presupuestaria No.1000068410, correspondiente a la partida presupuestaria 730205, por un monto de $ 21.270,36 conferida el 26 de julio de 2023, por el Coordinador Administrativo Financiero de la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, mediante Memorando Nro. GADDMQ-SGCTYPC-CAF-2023-0266-M, de 26 de julio de 2023.
1.4 El 27 de julio de 2023 se publicó en el Portal Oficial de Contratación Pública (SOCE), el proceso denominado: “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT”, signado bajo el código Nro. SIE-MDMQ-SCT-03-2023.
1.5 Mediante Resolución de Inicio RI-SGCTYPC-CAF-2023-006 de 27 de julio de 2023, Secretaria General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana designó a la abogada Xxxx Xxxxxxx, asistente de participación ciudadana de la Dirección Metropolitana de Participación Ciudadana de esta Secretaría General, para que lleve a cabo la etapa precontractual, del proceso de contratación de Subasta Inversa Electrónica denominado “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT”.
1.6 Con “ACTA DE PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES” de 01 xx xxxxxx de 2023, la designada de la máxima autoridad, abogada Xxxx Xxxxxxx, asistente de participación ciudadana de la Dirección Metropolitana de Participación Ciudadana de la Secretaría General, procedió a dar respuesta a las tres preguntas formuladas por parte de las/os interesados/as en participar en el proceso de Subasta Inversa Electrónica signado con No. SIE-MDMQ-SCT-03-2023, que tiene por objeto el “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT”, en el portal institucional del Sistema Oficial de Contratación del Estado (SOCE).
1.7 Mediante “ACTA DE APERTURA DE OFERTAS” de 03 xx xxxxxx de 2023, de conformidad con el cronograma establecido para el proceso de Subasta Inversa Electrónica No. SIE-MDMQ-SCT-03-2023, cuyo objeto es el “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT”, la designada de la máxima autoridad certifica “(…) que hasta las 12H00 horas del día jueves 03 xx xxxxxx del 2023, se recibieron 5 ofertas todas subidas en punto USHAY en el Portal de Compras Pública (…)”.
1.8 Mediante “ACTA DE CONVALIDACIÓN DE ERRORES” de 03 xx xxxxxx de 2023, dentro del proceso de Subasta Inversa Electrónica No. SIE-MDMQ-SCT-03-2023, cuyo objeto es el “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT”, la designada de la máxima autoridad abogada Xxxx Xxxxxxx, asistente de participación ciudadana de la Dirección Metropolitana de Participación Ciudadana de la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, recomienda: “(…) conceder hasta las 20H00 del 07 xx xxxxxx de 2023, para que el oferente con código OT - 01, subsane o convaliden los errores identificados de manera obligatoria en el SOCE. (…)”.
1.9 Mediante “ACTA DE CALIFICACIÓN DE OFERTAS” de 08 xx xxxxxx de 2023, del proceso de contratación que tiene por objeto “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT”, la designada de la máxima autoridad abogada Xxxx Xxxxxxx, asistente de participación ciudadana de la Dirección Metropolitana de Participación Ciudadana de la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana señaló que: “(…) después de la revisión de los parámetros de cumplimiento emanado de los pliegos y términos de referencia del proceso en ciernes, se establece que los siguientes oferentes cumplen con lo solicitado:
N. | CÓDIGO SIGNADO | ESTADO | OBSERVACI ONES |
1 | OT-01 | CUMPLE | CUMPLE CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y EN LOS PLIEGOS |
2 | OT-02 | CUMPLE | CUMPLE CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y EN LOS PLIEGOS |
3 | OT-03 | CUMPLE | CUMPLE CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y EN LOS PLIEGOS |
4 | OT-04 | CUMPLE | CUMPLE CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y EN LOS PLIEGOS |
5 | OT-05 | CUMPLE | CUMPLE CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y EN LOS PLIEGOS |
(…)”;
1.10 De conformidad con el cronograma establecido en el portal institucional del Sistema Oficial de Contratación del Estado (SOCE), se desarrolló la etapa de puja el 09 xx xxxxxx de 2023, a las 09h00 con una duración de 15 minutos.
1.11 Mediante Memorando No. GADDMQ-SGCTYPC-CAF-2023-0293-M de 09 xx xxxxxx de 2023, el Coordinador Administrativo Financiero de esta Secretaria General; informa a la abogada Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Servidora Municipal 2 de la Dirección Metropolitana de Participación Ciudadana que “(…) luego de la verificación del cronograma determinado en el portal de compras públicas, se establece que, el día de miércoles 09 xx xxxxxx de 2023, a las 09H00, se procedió a la puja del proceso de contratación en mención.
Por tanto, en función de lo planteado; y, con la finalidad de continuar con las siguientes etapas del proceso, remito, a usted, los resultados de la puja para su verificación y emisión de los respectivos informes mismos que servirán de insumo para la elaboración de la solicitud de resolución de adjudicación del proceso de contratación en mención.”
1.12 Mediante Memorando No. GADDMQ-SGCTYPC-DMPC-2023-0295-M de 15 xx xxxxxx de 2023, la designada de esta Secretaría General, la abogada Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Servidora Municipal 2 de la Dirección Metropolitana de Participación Ciudadana, remite a la magíster Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Secretaria General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, el informe de recomendación de Adjudicación del proceso referido, en el mismo que un su parte pertinente de Recomendaciones señala: “(…) se cumple con emitir el presente informe y recomendar a usted Señora Secretaria, la adjudicación a la (SIC) Oferente XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX con número de RUC 1311457236001, por un valor de USD $14,700.00 (CATORCE MIL SETECIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS CON 00/100), por haber cumplido con lo establecido en los términos de referencia, requerimientos técnicos, financieros y legales exigidos en los documentos precontractuales(...)”; (Énfasis añadido), quien, mediante comentario inserto en el recorrido del Sistema de Gestión Documental SITRA, dispuso a la Coordinación Administrativa Financiera lo siguiente: “Autorizado de acuerdo a recomendación de la Coordinación a su cargo, proceder en el marco de la normativa vigente.”;
1.13 Luego del procedimiento correspondiente, la Secretaria General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, mediante Resolución de Adjudicación Nº RA-SGCTYPC-CAF-2023-002 de 16 xx xxxxxx de 2023, resuelve: “ADJUDICAR sobre la base de la recomendación contenida en Memorando GADDMQ-SGCTYPC-DMPC-2023-0295-M de 15 xx xxxxxx de 2023 para el proceso de contratación denominado “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT” signado bajo el código Nro. SIE-MDMQ-SCT-03-2023 al oferente XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX con número de RUC 1311457236001, por un valor de USD $14,700.00 (CATORCE MIL SETECIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS CON 00/100), con un plazo de ejecución de noventa [90] días, contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato el cual abarca el proceso organizativo para el desarrollo de los eventos.
Cláusula Segunda. - DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo los términos de referencia, para la contratación del “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT”
b) Las Condiciones Generales del Contrato para la contratación del “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT” publicados y vigentes a la fecha de la convocatoria en el Portal Institucional del SERCOP.
c) La oferta presentada por la oferente, con todos sus documentos que la conforman.
d) La Resolución de Inicio No. RI-SGCTYPC-CAF-2023-006 de 27 de julio de 2023.
e) Resolución de Adjudicación No. RA-SGCTYPC-CAF-2023-002 de 16 xx xxxxxx de 2023.
f) Las Certificación de Disponibilidad Presupuestaria N° 1000068410 de 26 de julio de 2023, que acreditan la existencia de la disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
g) Y demás documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato.
Cláusula Tercera. - OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El CONTRATISTA se obliga con la CONTRATANTE a entregar el servicio estipulado en el proceso de contratación denominado “SERVICIO DE ORGANIZACIÓN PRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES DE LOS PROYECTOS COLONIAS VACACIONALES Y VOLUNTARIADO QUITO ACCIÓN – SCT” y, ejecutar el contrato a entera satisfacción según las características detalladas en los términos de referencia y pliegos, que se agrega y forma parte integrante de este contrato.
Cláusula Cuarta. - PRECIO DEL CONTRATO
4.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de USD
$ $14,700.00 (CATORCE MIL SETECIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS CON 00/100) monto
que no incluye IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA,
CODIGO CPC : (962200561) SERVICIOS DE PRODUCCION DE EVENTOS | ||||
N° | CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DESCRIPCION | CANTIDAD | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
1 | Tarima de 6X4.8 a 0,90 cm de alto, con gradas laterales. Carpa color blanca o negra para el escenario será de 6m x 4m sobre xxxxxx xx xxxxx con techo xx xxxx en óptimo estado y cubierto con sarán negro de fondo. | 1 | 180,00 | 180,00 |
2 | Servicio de supervisión y producción general del evento. Montaje y desmontaje escenográfico, equipos de amplificación y audiovisuales. | 1 | 80,00 | 80,00 |
3 | Carpas de xxxx xxxxxxx de 12m x 8m, con paredes laterales enrollables | 4 | 90,00 | 360,00 |
4 | Sillas plásticas color blanco | 200 | 0,50 | 100,00 |
5 | 12 Cajas line array 4 sub bajos de 1000 watts 4 monitores de 450 watts 3 pedestales hércules 1 consola de 24 canales 2 Cajas directas 1 laptop con entrada USB 2 Micrófonos de gran membrana con buena direccionalidad cardioide 2 Micrófonos dinámicos de instrumento de directividad cardioide 2 Micrófonos tipo diadema. | 1 | 500,00 | 500,00 |
6 | Grupo de danzas locales | 2 | 100,00 | 200,00 |
7 | Animador/a de evento, con 2 años de experiencia en animación. | 1 | 100,00 | 100,00 |
8 | Servicio de cañones de espuma grandes | 2 | 45,00 | 90,00 |
9 | Servicio de personajes de animación (arlequines), incluye 150 globos pencil para hora loca | 3 | 25,00 | 75,00 |
10 | Decoración de escenario con arco de globos blanco y celeste rin 12, de 6 metros largo por 2.5 metros de alto | 1 | 80,00 | 80,00 |
11 | Tarima de 9m X 7m a 0,90 cm de alto, con gradas laterales y estructura tipo truss de 10x10x6 m de alto con techo xx xxxx en óptimo estado y cubierto con sarán negro de fondo. | 1 | 250,00 | 250,00 |
12 | Servicio de supervisión y producción general del evento. Montaje y desmontaje escenográfico, equipos de amplificación y audiovisuales. | 1 | 80,00 | 80,00 |
13 | Carpa de 6x4m color blanca con paredes laterales para camerinos | 2 | 30,00 | 60,00 |
14 | 18 cajas line array 8 sub bajos de 1000 watts 10 monitores de 500 watts 1 consola digital de 48 canales 10 cajas directas 1 laptop con entrada USB Micrófonos de voz e instrumentos necesarios para los diferentes grupos artísticos Set de pedestales, cableado y extensiones necesarias para el evento 6 micrófonos inalámbricos de mano 1 batería profesional 5 cuerpos con kit de micrófonos 1 juego de congas y bongos con pedestal, cada uno 1 amplificador de bajo 1 amplificador de guitarra | 1 | 600,00 | 600,00 |
15 | Máquinas de humo | 2 | 40,00 | 80,00 |
16 | Consola de iluminación profesional | 1 | 25,00 | 25,00 |
17 | Tachos led 18 x 18 watts | 16 | 10,00 | 160,00 |
18 | Cabezas móviles tipo beam profesionales | 6 | 10,00 | 60,00 |
19 | Cabezas móviles tipo wash profesionales | 6 | 10,00 | 60,00 |
20 | Pantallas de 3x2 en pitch 5 HD, (Se deberá abarcar puntos de observación para todos los asistentes laterales) | 2 | 500,00 | 1000,00 |
21 | Circuito cerrado de TV a 2 cámaras | 1 | 200,00 | 200,00 |
22 | Orquesta nacional AAA con un mínimo de 17 integrantes, para una presentación musical de cumbia, con una trayectoria mínima de 10 años con participación nacional e internacional. La presentación musical durará como mínimo 105 minutos | 1 | 4000,00 | 4000,00 |
23 | Artista de música urbana AA (jazz y rock), mínimo 5 integrantes. La presentación durará como mínimo 40 minutos | 1 | 200,00 | 200,00 |
24 | Artista de música urbana AA (Reggaetón), 1 integrante. La presentación durará como mínimo 40 minutos | 1 | 200,00 | 200,00 |
25 | Banda musical AAA compuesta por al menos 7 integrantes, género fusión: reggae, ska, cumbia u otros; trayectoria mínima de 10 años, con alto reconocimiento nacional. Mínimo 60 minutos de presentación | 1 | 3000,00 | 3000,00 |
26 | Murales de gran formato 6m x 4m | 3 | 100,00 | 300,00 |
27 | Presentador/a de evento, con 2 años de experiencia en animación. | 1 | 100,00 | 100,00 |
28 | Tarima de 7.20m X 6m a 0,90 cm de alto, con gradas laterales. Carpa color blanca o negra para el escenario de 8m x 6m sobre xxxxxx xx xxxxx con techo xx xxxx en óptimo estado y cubierto con sarán negro de fondo. | 1 | 200,00 | 200,00 |
29 | Servicio de supervisión y producción general del evento. Montaje y desmontaje escenográfico, equipos de amplificación y audiovisuales. | 1 | 80,00 | 80,00 |
30 | Carpa de 6x4m color blanca con paredes laterales para camerinos | 1 | 30,00 | 30,00 |
31 | 12 Cajas line array 4 sub bajos de 1000 watts 4 monitores de 450 watts 4 pedestales hércules 1 consola de 36 canales 3 Cajas directas 1 laptop con entrada USB 2 Micrófonos de gran membrana con buena direccionalidad cardioide 2 Micrófonos dinámicos de instrumento de directividad cardioide 2 Micrófonos tipo diadema. | 1 | 500,00 | 500,00 |
32 | Generador de 50 KVA | 1 | 350,00 | 350,00 |
33 | Grupo xx xxxxx urbano AA, compuesto por al menos 6 integrantes. La presentación durará como mínimo 15 minutos | 1 | 100,00 | 100,00 |
34 | Grupo xx xxxxx local, compuesto por al menos 12 integrantes. La presentación durará como mínimo 15 minutos. | 1 | 100,00 | 100,00 |
35 | Artista de música urbana AAA La presentación durará como mínimo 60 minutos. | 1 | 280,00 | 280,00 |
36 | Orquesta de salsa local AA, compuesto por al menos 6 integrantes. La presentación durará como mínimo 45 minutos. | 1 | 280,00 | 280,00 |
37 | Artistas de música urbana AA (Hip-hop) compuesto por al menos 2 integrantes. La presentación durará como mínimo 30 minutos. | 1 | 100,00 | 100,00 |
38 | Artista de música urbana AA (jazz y rock) compuesto por al menos 4 integrantes. La presentación durará como mínimo 30 minutos. | 1 | 140,00 | 140,00 |
39 | Presentador/a de evento, con 2 años de experiencia en animación. | 1 | 100,00 | 100,00 |
40 | Servicio de juego de futbol inflable que incluye 8 pelotas inflables para personas adultas por un día. | 1 | 135,00 | 135,00 |
41 | Servicio de personajes de animación (arlequines), incluye 150 globos pencil para hora loca. | 3 | 25,00 | 75,00 |
42 | Servicio de cañones de espuma grandes | 2 | 45,00 | 90,00 |
SUBTOTAL | 14.700,00 | |||
IVA 12% | 1764,00 | |||
TOTAL | 16464,00 |
4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato.
Cláusula Quinta. - FORMA DE PAGO
5.1 La CONTRATANTE, pagará al CONTRATISTA el pago cien por ciento contra entrega de los servicios recibidos a entera satisfacción, con cargo a la partida presupuestaria N° 73.02.05, correspondiente a “Espectáculos Culturales y Sociales” para lo cual se deberá contar con la siguiente documentación:
a) Informe físico y digital de ejecución de los eventos realizados, en el cual se deberá especificar: Cantidad aproximada de asistentes al evento, montaje de los eventos referente a infraestructura. Registro fotográfico (un mínimo de 10 fotografías por cada evento).
b) Factura
c) Informe a conformidad del Administrador del Contrato.
d) Informe del técnico no interviniente.
e) Acta de entrega recepción definitiva suscrita por las partes
5.2 Todos los pagos que se hagan al contratista por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la contratante, previa la aprobación del administrador del contrato.
5.3 De los pagos que deba hacer, la contratante retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
5.4 Pagos indebidos: La contratante se reserva el derecho de reclamar al contratista, en cualquier tiempo antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el contratista a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la contratante, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
Cláusula Sexta.- GARANTÍAS
6.1 Las garantías estipuladas en los artículos 74 y 75 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, no se aplican para este contrato.
Cláusula Séptima. - PLAZO
7.1 El plazo para la ejecución del servicio será de noventa [90] días, contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato o hasta cumplir con el cronograma establecido para la realización de los eventos (lo que suceda primero) el cual abarca el proceso organizativo para el desarrollo de los eventos.
Cláusula Octava. - PRÓRROGA DE PLAZO
8.1 La contratante prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos:
a) Cuando el contratista así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho, siempre que este se haya producido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el contratista está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato para reanudarlo.
b) Por suspensiones en la ejecución del contrato, motivadas por la contratante u ordenadas por ella y que no se deban a causas imputables a el contratista.
c) Si la contratante no hubiera solucionado los problemas administrativos contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del trabajo.
8.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que, suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la contratante, previo informe del administrador del contrato.
Cláusula Novena. – MULTAS
9.1 El contratista conviene en pagar a la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, por concepto de multa, la cantidad equivalente al uno por mil (1x1000) por cada día de retraso en la entrega del servicio sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentren pendientes de ejecutarse y que estén incumplidas; así como por el incumplimiento de cualquier otra obligación y/o características técnicas y condiciones que se obliga a cumplir en virtud de los requerimientos institucionales.
El procedimiento para la aplicación de las multas es el siguiente:
1. El administrador del contrato de manera justificada a través de un informe motivado determinará los incumplimientos y los valores de las multas a las que hubiere lugar. Este informe se suscribirá dentro del término de siete (7) días contados a partir del hecho que motiva el incumplimiento.
2. Este informe será puesto en conocimiento del CONTRATISTA, en el término máximo de tres
(3) días de su suscripción, a efectos de respetar el debido proceso. El CONTRATISTA tiene el término de cinco (5) días para ejercer su derecho a la defensa, con su respuesta o en ausencia de ella, el administrador del contrato impondrá las multas a las que hubiere lugar de manera justificada y razonada, mediante acto administrativo que será notificado al contratista dentro del término máximo de tres (3) días de emitido. Una vez notificada, la multa será descontada al momento de hacerse el pago correspondiente.
3. La Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana designará a un administrador/a de contrato quien será el encargado de la coordinación con el contratista para lo que fuere necesario conforme los casos previstos en los términos de referencia, quien será responsable de las multas correspondientes.
4. El contratista acepta que las multas que fueren aplicables se descontarán en la factura a cancelar.
Xxxxxxxx Xxxxxx. - DEL REAJUSTE DE PRECIOS
10.1 El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste de precios por ningún concepto.
Cláusula Undécima. - CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN
11.1 El “CONTRATISTA” no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato; sin embargo, conforme al artículo 79 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública la “CONTRATISTA” podrá subcontratar con terceros, registrados y habilitados en el RUP, parte de sus prestaciones, siempre y cuando no exceda el porcentaje establecido por la LOSNCP y siempre que la “CONTRATANTE” apruebe por escrito previamente la subcontratación. La aprobación será efectuada por la máxima autoridad de la “SGCTYPC”. Las subcontrataciones se efectuarán de preferencia con las pequeñas y micro empresas
11.2 El “CONTRATISTA” será el único responsable ante la “CONTRATANTE” por los actos u omisiones de sus subcontratados, y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos. Por lo tanto, la “CONTRATISTA” no pierde su responsabilidad respecto a la obligación de cumplimiento del contrato para con la “SGCTYPC”, la que no asume responsabilidad principal ni solidaria o subsidiaria con el subcontratado y con su personal.
Cláusula Décima Segunda. - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
12.1 A más de las obligaciones señaladas en las condiciones particulares del pliego; y, que son parte del presente contrato, la “Contratista” se obliga a lo siguiente:
• El/la contratista realizará un trabajo coordinado con el Administrador/a de Contrato designado/a para cumplir con los requerimientos establecidos en los Términos de Referencia para la ejecución de los eventos;
• El/la contratista se compromete a entregar cada uno de los servicios requeridos, de acuerdo al cronograma, cumpliendo las condiciones y en el lugar determinado por la entidad contratante, a través del administrador de contrato;
• El/la contratista deberá contar con los permisos necesarios para la realización de los eventos solicitados;
• El/la contratista contará con el personal técnico que se requiera para la ejecución de los eventos, además de coordinar la instalación de la logística técnica con el objeto de lograr una presentación de calidad.
• El contratista deberá asumir todas las responsabilidades del personal contratado para la ejecución de los eventos en cumplimiento a las leyes laborales vigentes;
• El/la contratista deberá suscribir con el Administrador del Contrato y el técnico no interviniente el acta entrega-recepción definitiva, al finalizar todo el proceso, a entera satisfacción de la entidad contratante;
• El contratista deberá correr con todos los gastos que conlleva la organización de los diferentes eventos, como tasas, impuestos para la ejecución del evento incluyendo el impuesto a la SAYCE;
• El desmontaje deberá realizarse inmediatamente terminados los eventos, garantizando la limpieza del lugar;
• El contratista deberá estar listo para brindar apoyo técnico y logístico durante todo el evento con el fin de solventar cualquier percance o imprevisto que se presente durante la realización del mismo;
• Dar solución a los problemas que se presenten durante la ejecución del contrato de manera inmediata.
Cláusula Décima Tercera. - OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
13.1 Son obligaciones de la contratante:
• Entregar al Contratista la información necesaria, para el cumplimiento de las actividades o entrega del servicio, determinadas en el presente término de referencia.
• Dar solución a los problemas que se encuentren durante la ejecución contractual en un plazo de 5 (cinco) días contados a partir de la petición escrita, formulada por el contratista.
• Designar al administrador del contrato para la plena ejecución del mismo y darlo a conocer oportunamente al contratista.
• Elaborar y suscribir el acta de entrega - recepción definitiva de los servicios recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
Cláusula Décima Cuarta. - ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
14.1 En la Resolución de Adjudicación N° RA-SGCTYPC-CAF-2023-002 de 16 de agosto de 2023 se designó a la Licenciada Gabriela Jacqueline Insuasti López, Servidora Municipal 12 de la Dirección Metropolitana de Participación Ciudadana, en calidad de administradora del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares del pliego que forma parte del presente contrato.
Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados, impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, además será responsable de tomar todas las medidas necesarias para su adecuada ejecución, con estricto cumplimiento de sus cláusulas, programas, cronogramas, plazos y costos previstos, conforme lo señalan los artículos 80 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 303 de su Reglamento General.
Además, deberá sujetarse a las resoluciones que emita el SERCOP para el efecto, y las condiciones pactadas en el contrato. Supletoriamente se podrá recurrir a otras fuentes normativas como el Código Orgánico Administrativo, el Código Civil y cualquier norma que, de manera razonada, sean necesarias y pertinentes para dilucidar cualquier inconveniente con la fase de ejecución contractual.
De conformidad al oficio circular N° 0000064 de 20 de julio del 2018, emitido por la Administración General actuante, previo a la aceptación de un producto, de un servicio incluidos los de consultoría, deberá emitir un informe con los aspectos técnicos, legales y financieros establecidos en el contrato respecto al estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas, pliegos y de la oferta ganadora quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato. Además de lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y normativa relacionada.
14.2 La contratante podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará notificar al contratista la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
En el caso de que tenga lugar el cambio de Administrador del Contrato, el administrador saliente, en un término máximo de (5) cinco días, emitirá un informe motivado dirigido a la máxima autoridad de la “SGCTYPC”, con copia al administrador entrante, que contenga como mínimo la siguiente información:
1. Resumen de las actividades realizadas durante la fase de ejecución contractual hasta el momento de entrega del informe.
2. Actividades relevantes pendientes a considerar por parte del administrador entrante.
3. Conclusiones y recomendaciones puntuales.
En este informe se anexará toda la documentación de respaldo que se haya producido durante la fase de ejecución contractual, la cual pasará al administrador entrante para su custodia y toma de decisiones relacionadas con el contrato.
En cualquier caso, el administrador saliente tiene la obligación de publicar en el Sistema Oficial de Contratación del Estado, toda la información relevante dispuesta en la Resolución N° R.E-SERCOP- 2023-0134 del Servicio Nacional de Contratación Pública, del 03 de agosto de 2023; en un término no mayor, a cinco (5) días contados desde la notificación con la designación del nuevo administrador.
Cláusula Décima Quinta. - TÉCNICO QUE NO HA INTERVENIDO EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
15.1 En la Resolución de Adjudicación N° RA-SGCTYPC-CAF-2023-002 de 16 de agosto de 2023 se designó al ingeniero Angelo Marino Rodríguez Funcionario Directivo 10, de la Dirección Metropolitana de Participación Ciudadana de la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, en calidad de técnico no interviniente quien conjuntamente con el Administrador del Contrato, recibirá a entera satisfacción de la “Contratante” el objeto del mismo.
Por lo tanto, de conformidad al oficio circular N° 0000064 de 20 de julio del 2018, suscrito por el Administrador General actuante; el técnico no interviniente deberá emitir un informe respecto al estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas, pliegos, oferta ganadora y contrato documento que será habilitante para la emisión del Informe de la emisión del administrador de contrato y en adición suscribirá el Acta Entrega Recepción Definitiva.
15.2 El técnico que no ha intervenido en la ejecución del contrato, puede ser sustituido en cualquier momento, durante la vigencia de ejecución del Contrato, para lo cual bastará notificar a la “Contratista” mediante comunicación escrita emitida por la “Contratante”.
Cláusula Décima Sexta. - TERMINACIÓN DEL CONTRATO
16.1 Terminación del contrato. - El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública que establece:
Artículo 92.- “Los contratos terminan:
1. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
2. Por mutuo acuerdo de las partes;
3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido del contratista;
4. Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del contratista; y,
5. Por muerte del contratista o por disolución de la persona jurídica contratista que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.”
16.2 Causales de Terminación unilateral del contrato. - Tratándose de incumplimiento de la CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
a) Si el contratista no notificare a la contratante acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
b) Si la contratante, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del contratista;
c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.
d) Si el contratista incumple con las declaraciones que ha realizado en el formulario de la oferta
- Presentación y compromiso:
e) El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por el contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido. Sin perjuicio, además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del contratista.
16.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP
Cláusula Décima Séptima. – LEVANTAMIENTO DEL SIGILIO BANCARIO
Autorizo al Servicio Nacional de Contratación Pública o a los organismos de control correspondientes, el levantamiento del sigilo bancario de las cuentas nacionales y extranjeras, que se encuentran a mi nombre; y a nombre de mi representante legal, en el caso de personas jurídicas; o, del procurador común de los compromisos de asociación o consorcio o de las asociaciones o consorcios constituidos; a fin de verificar el origen lícito de los fondos y recursos a emplearse en la ejecución del presente procedimiento de contratación pública. Así mismo, autorizo que toda la
información relacionada con los pagos recibidos como contratista o sub contratista del Estado, así como mis movimientos financieros, tendrán el carácter de público y deberán ser difundidos a través de un portal de información o página web destinada para el efecto, que permitan detectar con certeza el flujo de los fondos públicos. No se podrá alegar reserva tributaria societaria, bursátil ni bancaria sobre este tipo de información.
Adicionalmente, en virtud de lo dispuesto en la Disposición General Décima de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en concordancia con el artículo 61 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP: las cuentas bancarias y sus movimientos, de todas las personas naturales o jurídicas que consten como socios o accionistas, en cualquier nivel de la estructura accionaria de una persona jurídica o consorcio oferente, cuando estén relacionadas con el flujo de los recursos públicos, no estarán sujetas a sigilo bancario, tributario, societario ni bursátil. Estarán sujetas a esta disposición, inclusive las personas declaradas como beneficiarios finales, o cualquier persona que se beneficie de transacciones bancarias en el flujo de los recursos públicos.
Cláusula Décima Octava. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de que, respecto de las divergencias o controversias suscitadas sobre el cumplimiento, interpretación y ejecución del presente contrato, no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas renuncian expresamente a la jurisdicción ordinaria, y se someten a los mecanismos alternativos de resolución de conflictos previstos en la Ley de Arbitraje y Mediación de la República del Ecuador, al reglamento de funcionamiento del centro de mediación de Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado y a las siguientes normas:
a) Previamente a iniciar el trámite del arbitraje, las partes someterán la controversia mediación para lograr un acuerdo mutuamente satisfactorio
b) En el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante la mediación, las partes se someten a mediación administrado por el centro de mediación de la Procuraduría General del Estado
c) En caso de no llegar a un acuerdo a través de medicación para conocer y resolver la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante.
d) El contratista renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este contrato. Si el contratista incumpliere este compromiso, la contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer efectivas las garantías.
e) La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, la contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y, por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Novena: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
19.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito o por medios electrónicos y en idioma español. Las comunicaciones entre la Contratante el administrador del contrato y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos o por medios electrónicos.
Cláusula Vigésima. - DOMICILIO
20.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar los domicilios en la
ciudad de Quito.
20.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan sus direcciones:
La CONTRATANTE: Calle García Moreno N6-01 y Mejía, Cantón Quito, Provincia de Pichincha, Teléfono: 3952300, Correo electrónico: gabriela.insuasti@quito.gob.ec
El CONTRATISTA: Barrio: URBANOR Número: Solar 15 Manzana: 176 FRENTE A LA UNIDAD EDUCATIVA SANTA CATALINA, Parroquia Tarqui, Cantón Guayaquil, Provincia de Guayas, Teléfono: 042936183 Correo electrónico: dfbonilla@hotmail.es
Cláusula Vigésima Primera. - ACEPTACION DE LAS PARTES
21.1 Declaración. - Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
21.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado y firmado electrónicamente en la ciudad de Quito, D.M., a los 24 días del mes de agosto de 2023.
Firmado electrónicamente por:
CARINA ISABEL VANCE MAFLA
Firmado electrónicamente por:
DAVID RAMON FIGUEROA BONILLA
Mgs. Carina Isabel Vance Mafla FIGUEROA BONILLA DAVID RAMÓN SECRETARIA GENERAL DE RUC 1311457236001 COORDINACIÓN TERRITORIAL Y CONTRATISTA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Elaborado por: | Abg. Fausto Pardo Aguirre Analista Legal | Firmado electrónicamente por: FAUSTO AMABLE PARDO AGUIRRE |
Revisado por: | Eco. Patricia Villalta Responsable de compras públicas | Firmado electrónicamente por: PATRICIA KATHERINE VILLALTA SANCHEZ |
Aprobado por: | Mgs. Santiago Rivera Coordinador Administrativo Financiero | Firmado electrónicamente por: SANTIAGO ISRAEL RIVERA PAZMIÑO |
Aprobado por: | Sr. Pablo Iturralde Director de Participación Ciudadana | Firmado electrónicamente por: PABLO FIDEL ITURRALDE BLACIO |
Aprobado por: | Dra. Elisa Jaramillo Coordinadora Jurídica-SGCTYPC | Firmado electrónicamente por: ELISA JARAMILLO SANCHEZ |