CONTRATOS DE CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES PARA
CONTRATOS DE CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES
PROPUESTA PUBLICA CONSERVACION COLEGIO XXXXXX XXXXXX XXXXXX
CORPORACION MUNICIPAL DE QUILPUE DEPARTAMENTO DE PROYECTOS E INFRAESTRUCTURA
ENERO DE 2021
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
ARTICULO 1°. GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas Especiales (B.A.E.), establecen las disposiciones administrativas que regirán la Propuesta Pública que realiza la CORPORACION MUNICIPAL DE EDUCACION, SALUD, CULTURA Y ATENCION AL MENOR DE QUILPUE, en adelante CORPORACION MUNICIPAL DE
QUILPUE, para ejecutar la totalidad de la obra hasta su terminación completa denominada "CONSERVACION COLEGIO XXXXXX XXXXXX XXXXXX DE LA COMUNA DE QUILPUE".
ARTICULO 2°. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA
Las obras, sus características, medidas, dimensiones y demás detalles, estarán definidas en las Especificaciones Técnicas y planimetría de proyecto de Arquitectura, las cuales se entienden forman parte integrante de la presente propuesta. La obra incluye trabajos de CONSERVACION DE LOS ESPACIOS Y RECINTOS EXISTENTES DE TODO EL ESTABLECIMIENTO.
ARTICULO 3º. PARTICIPANTES Y COSTO DE LOS ANTECEDENTES
Podrán participar en la presente Propuesta los Contratistas (Proveedores) que hayan ejecutado anteriormente obras para la Corporación Municipal de Quilpué, que hayan resultado bien calificada; así como las empresas inscritos en el rubro de Construcción de Edificios en los registros que lleve al efecto la I. Municipalidad de Quilpué, MINVU o MOP.
Los derechos de participación no tendrán costo.
ARTICULO 4°. NORMATIVA QUE REGULA LA PROPUESTA
La presente Propuesta se regirá por lo dispuesto en los siguientes documentos:
✓ Bases Administrativas Especiales y todos los antecedentes y documentos que éstas indiquen.
✓ Especificaciones Técnicas de Arquitectura con todos los antecedentes que ellas incluyen.
✓ Planos de Arquitectura (Detalles e Instalaciones que existan).
✓ El documento “Serie de Preguntas y Respuestas y Aclaraciones a la Bases” si corresponde.
✓ Formulario de cotización de presupuesto detallado.
Se entenderá por BASES todos los instrumentos precedentemente aludidos.
ARTICULO 5°. ANTECEDENTES
Los antecedentes de la propuesta estarán a disposición de los interesados en la página web de la Corporación Municipal de Quilpué, xxx.xxx.xx. Éstos también podrán entregarse a las empresas interesadas vía correo electrónico.
ARTICULO 6°. MODALIDAD DE LA PROPUESTA
La modalidad del contrato será a suma alzada, sin intereses ni reajustes, por estado de pago según avance de obras.
La propuesta no considera anticipos de ninguna especie.
ARTICULO 7°. UNIDAD TÉCNICA Y LIBRO DE OBRAS
La unidad técnica, estará constituida por los profesionales del Departamento de Proyectos e Infraestructura.
Conforme a lo establecido en el Título 1, Capítulo 2, artículo 1.2.7, y Capítulo 3, artículo 1.3.2. N° 10, del Decreto N° 47, de 1992 ,del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en adelante la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), se deberá llevar un libro foliado con hojas en triplicado que deberá estar permanentemente en la obra durante su ejecución, bajo la custodia y responsabilidad del contratista, en el cual se dejará constancia de lo siguiente:
a) Las órdenes del Inspector Técnico de Obra (ITO), de la Unidad Técnica o de la Sostenedora, que dentro de los términos del contrato se impartan al contratista.
b) Las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.
c) Las observaciones que pudieran estampar los proyectistas con la aprobación xxx XXX.
d) Cualquier otra comunicación de orden técnico que deba realizarse entre el contratista y la Unidad Técnica y/o ITO.
ARTICULO 8°. PROFESIONAL RESPONSABLE DE LA OBRA
El contratista que sea adjudicado, deberá mantener en la obra una representación técnica, a través de un profesional del área de la construcción, bajo el título de Jefe de Obras, Administrador de Obra o Profesional de la Obra.
La Corporación Municipal de Quilpué se reserva el derecho de solicitar el cambio del profesional, en caso que éste no cumpla con los
requerimientos aludidos.
El jefe de obra y/o profesional a cargo, estará obligado a acompañar a los profesionales del Departamento de Proyecto e Infraestructura que tengan a cargo la inspección de las obras, y exhibir: a) el programa de trabajo; b) el cuadro de avance efectivo de la obra; y c) el libro de obra. Además, deberá suministrar los instrumentos, herramientas y otros medios que le permitan a aquéllos hacer una revisión prolija de las obras en construcción.
En el aspecto administrativo, deberá presentar las planillas de remuneraciones de los trabajadores; los contratos y facturas de los subcontratistas, controles, certificados, cuadros de cubicaciones y otros documentos que guarden relación con el contrato; y, en definitiva, proporcionar toda la información relacionada con la obra que se le requiera.
ARTICULO 9°. VISITA A TERRENO
La visita a terreno se llevará a efecto, el día jueves 14 de enero 2021 a las 10:00 hrs. El punto o lugar de reunión será el acceso al COLEGIO XXXXXX XXXXXX XXXXXX UBICADO EN COVADONGA # 1250, QUILPUE.
ARTICULO 10°. PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Los proponentes podrán realizar las consultas o preguntas relacionadas con la obra o con las bases administrativas, especificaciones técnicas y demás documentos de la propuesta, a través de correo electrónico dirigido al Jefe del Departamento de Proyecto e Infraestructura, xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, xxxxxx@xxx.xx, con copia a la arquitecto del mismo departamento, xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, xxxxxxx@xxx.xx, entre los días 11 de enero hasta martes 19 de enero de 2021, hasta las 10:00 am. Las consultas que se realicen después de esa fecha, no obtendrán respuesta.
La Corporación Municipal de Quilpué, a través del correo electrónico que cada empresa registre, dará respuesta a las consultas de los oferentes y entregará aclaraciones a las bases administrativas, especificaciones técnicas y demás documentos de la propuesta, exclusivamente por dicha vía electrónica, el día Miércoles 20 DE Enero de 2020.
ARTICULO 11°. FORMALIDAD DEL PRESUPUESTO
La presentación del presupuesto, por parte del oferente, se hará en el
Formulario Nº 2 adjunto, en que se detallan las partidas, de acuerdo a las
especificaciones, debiendo el contratista hacer sus propias cubicaciones, determinar los precios unitarios y efectuar su multiplicación para obtener el valor de costo de cada partida; la suma total de estos valores será el Costo Directo de la Obra.
El contratista deberá calcular sus Gastos Generales y Utilidades, como cantidades separadas que sumadas al costo directo darán el Costo Neto de la Obra.
El Costo Total de la Obra será la suma del Costo Neto más la cantidad correspondiente al Impuesto del Valor Agregado (IVA).
Al final del formulario que se entregará, fuera de los términos de especificación oficial, figura el ítem "OTRAS PARTIDAS", en el cual el proponente deberá agregar todas aquellas partidas que a su juicio se encuentren omitidas en los formularios y que sean necesarias para la total terminación de las obras proyectadas.
El ítem "OTRAS PARTIDAS" figurará en el presupuesto del contratista como cantidad global, debiendo acompañarse por separado su desglose en unidades conocidas y detalladas.
ARTICULO 12°. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las propuestas deberán ser presentadas, en el sobre PROPUESTA, en la Oficina de Partes de la Corporación Municipal de Quilpué, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxx Xx 000 xx Xxxxxxx, el día martes 26 de enero de 2021, hasta las 12:00 horas. No se aceptarán ofertas posteriores. La Comisión señalada en el Art. 16 de estas Bases, levantará Acta de Recepción, indicando las empresas que presentaron propuestas oportunamente.
El sobre PROPUESTA deberá contener la oferta en el Formulario Nº 1 y el presupuesto detallado en Formulario Nº 2, ambos en original.
ARTICULO 13°. DOCUMENTOS ANEXOS
En el sobre DOCUMENTOS ANEXOS, el contratista deberá adjuntar los siguientes documentos en original o copia legalizada ante Notario:
a) Vale a la vista de garantía de seriedad de la oferta.
b) Programa de trabajo graficado en carta Xxxxx.
c) Programa mensual de inversiones, de acuerdo a programa de trabajo.
d) Nómina de todas las obras de cualquiera naturaleza, públicas o privadas, que esté ejecutando, con indicación de monto de la obra y
% ejecutado.
e) Certificado de inscripción vigente con antigüedad máxima de 60 días, en alguno de los registros de Contratistas del MOP, MINVU, Municipalidad de Quilpué o Corporación Municipal de Quilpué.
f) Certificado Bancario de Capital Comprobado, con antigüedad máxima de 90 días y estados financieros auditados de los dos últimos años tributarios.
g) Declaración jurada simple, en que se indica lo siguiente:
✓ Xxxxx estudiado todos los antecedentes y verificado la concordancia entre sí de los planos, Especificaciones Técnicas y otros.
✓ Xxxxx visitado el terreno, conocer las características de éste, verificando las condiciones de abastecimiento de materiales y vialidad de la zona.
✓ Estar conforme con las condiciones generales del proyecto.
h) Análisis de precios unitarios de todas las partidas del itemizado, incluidas las de OTRAS PARTIDAS.
i) Detalle de Gastos Generales.
j) Escritura de constitución de sociedad y certificado de vigencia cuando corresponda.
k) Listado o nómina de los trabajadores que se emplearán en la ejecución del contrato, todos lo cuales deberán ser residentes de la comuna de Quilpué, lo que se comprobará con certificado de residencia entregado por las Juntas de Vecinos.
l) Entrega de toda la documentación anterior digitalizada, en formato PDF y formulario nº 2 en formato Excel. Todo lo anterior en un equipo digital tipo pendrive.
ESTOS DOCUMENTOS SON OBLIGATORIOS Y ESENCIALES, RAZON POR LA CUAL LA OFERTA DE CUALQUIER PROPONENTE QUE NO LOS ADJUNTE, QUEDARA FUERA DE BASES.
ARTICULO 14°. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo máximo de ejecución de la obra será de 180 días corridos, contados desde la fecha de la entrega del terreno. La entrega del terreno se hará en la fecha que corresponda, debiendo levantarse un acta en el cual se deje constancia del acto, bajo la firma de ambas partes.
ARTICULO 15°. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Todos los oferentes deberán presentar en su sobre “Documentos Anexos”, un vale vista bancario, por la suma de $200.000, nominativo a favor de CORPORACIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, SALUD, CULTURA Y
ATENCIÓN AL MENOR DE QUILPUÉ, Rut 00.000.000-0, para garantizar la seriedad de la oferta.
ARTICULO 16°. APERTURA Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS
La apertura y evaluación de las ofertas se hará de manera privada por una Comisión, que estará formada por un profesional representante de cada uno de los siguientes Departamentos y/o Direcciones de la Corporación Municipal: Departamento de Proyectos e Infraestructura, Dirección de Administración y Finanzas y Dirección de Educación.
La apertura y evaluación de las ofertas se efectuará el día martes 26 de enero de 2021 a las horas 16:00 horas, posteriormente al levantamiento del acta de apertura, revisando los documentos presentados por los oferentes para certificar que cumplen con los requisitos de las Bases, de lo que se dejará constancia en el Acta de Apertura y Evaluación.
ARTICULO 17°. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La comisión evaluará las propuestas de acuerdo al siguiente PROCEDIMIENTO DE EVALUACION, con nota de 1 a 10:
1. Oferta Técnica : 30%
2. Oferta Económica : 50%
3. Mano de obra de la comuna : 20%
DESARROLLO
1. OFERTA TÉCNICA: 30%.
a) CONCORDANCIA DE LA CARTA XXXXX CON EL FLUJO DE CAJA. (30%) Se verificará que exista concordancia entre la Carta Xxxxx y el flujo de caja. Lo que deberá coincidir con los estados de pago, valor de la obra, y propuesta de avance, entre más detallado este estudio y su coincidencia, permitirán la evaluación con la nota máxima; en caso contrario se evalúa con nota 0.
b) ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS. (30%) Se verificará que los análisis de precios unitarios estén completos y que exista concordancia entre el presupuesto y el itemizado, de acuerdo al formulario N° 2. De ser así
c) Se evaluará con la nota máxima en caso contrario, se evaluará con nota 0.
d) OTRAS PARTIDAS. (40%) en esta evaluación se consideraran todas aquellas partidas complementarias que, aun cuando no estén incluidas en el itemizado, el oferente demuestre que son necesarias para una mejor ejecución del proyecto. Si la oferta contiene otras partidas, se evaluará con nota máxima; de lo contrario se evaluará con nota 0.
2. OFERTA ECONOMICA: 50%.
Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica y que cumpla con estudio comparativo de ofertas. Debiendo en esta evaluación considerar todas aquellas partidas necesarias para la buena ejecución de la obra, incluidas aquellas que no estuvieran en el itemizado, Las demás ofertas, serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula:
-
- Pje Oi = (Oe/Oi )* 50
Donde,
Xxx Xx : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente
Oi : Oferta del oferente i
3. MANO DE OBRA DE LA COMUNA: 20%.
Se evaluará con el mayor puntaje asignado a este ítem, a la oferta que proponga la utilización de cien por ciento de mano de obra de trabajadores domiciliados o residentes en la comuna de Quilpué.
Para estos efectos, se deberá adjuntar el listado de los trabajadores, con nombre completo, cédula de identidad y domicilio o residencia en la comuna de Quilpué. El contratista podrá recurrir al Departamento OMIL de la Municipalidad de Quilpué, para obtener información del catastro comunal respectivo.
Cada trabajador deberá acreditar su domicilio y antecedentes, mediante certificado de residencia entregado por la Junta de Vecinos respectiva y certificado de antecedentes válido para fines especiales.
La contratación de mano de obra de trabajadores residentes en la comuna de Quilpué, deberá acreditar como requisito para el pago de todos los estados de pago que presente el contratista. Los trabajadores del listado original podrán ser reemplazados por otros que cumplan el mismo requisito de ser residentes de la Comuna de Quilpué.
Este ítem será evaluado de acuerdo a la siguiente fórmula:
- Pje Pi = (Pe/Pi )* 20
Donde,
Pje Pi : Puntaje obtenido por oferente i Pe : Plazo más conveniente
Pi : Plazo del oferente i
ARTICULO 18°. ANÁLISIS DEL PRESUPUESTO
Si del análisis del presupuesto de la obra que acompañe el proponente, se desprende que existen errores u omisiones, la Corporación Municipal de Quilpué se reserva el derecho de corregir o rechazar la oferta.
ARTICULO 19°. ADJUDICACIÓN
La comisión presentará el Acta de Apertura y Evaluación al Secretario General, quien elegirá adjudicatario mediante resolución. La Corporación Municipal de Quilpué se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las propuestas presentadas, aunque no sea la más barata, o de rechazarlas todas, sin que los proponentes tengan derecho a reclamo o indemnización alguna.
La Unidad Técnica comunicará al oferente adjudicatario mediante correo electrónico, adjuntando la resolución correspondiente.
ARTICULO 20°. DOCUMENTOS DEL CONTRATO Y SU PRELACIÓN
El contrato se regirá por las leyes, ordenanzas y reglamentos vigentes sobre la materia; por las normas técnicas I.N.N.; sin perjuicio de la aplicación de la normativa laboral y previsional.
Formarán parte integrante del contrato, los siguientes documentos que no se adjuntan y que se consideran conocidos por los proponentes:
a) Las Bases Administrativas Especiales;
b) Las respuestas a las consultas realizadas y sus aclaraciones;
c) Las Especificaciones Técnicas;
d) Los Planos, y
e) La Oferta Económica del contratista adjudicado.
ARTICULO 21°. PAGOS DE CARGO DEL CONTRATISTA
Serán de exclusivo cargo del contratista, los siguientes pagos:
a) Medidas de protección para los operarios y transeúntes.
b) Gastos de Garantía y aquellos derivados del contrato.
c) Seguros de accidentes.
d) Cotizaciones previsionales y de seguridad social.
e) Todo gasto de aseo y preparación del terreno.
f) Toda indemnización por daños a terceros y a la propiedad fiscal.
g) Los gastos de luz y agua y otros consumos básicos de la obra.
ARTICULO 22°. CANTIDADES DE OBRA
La Corporación Municipal de Quilpué, podrá aumentar o disminuir las cantidades de obras contempladas en el contrato, hasta en un 20% del presupuesto aceptado. El valor de las obras aumentadas o disminuidas se agregará o deducida del precio estipulado, tomando como base la valorización contemplada en el presupuesto y los plazos, cobros de gastos generales y utilidad considerados en el contrato.
ARTICULO 23°. MODIFICACIONES
El contratista no puede hacer, por iniciativa propia, modificación alguna en los planos o especificaciones que sirvan de base al contrato; sin embargo, cualquiera duda o imprevisto que surja en el curso de la obra, deberá ponerla en conocimiento de La Corporación Municipal de Quilpué a la brevedad posible, a fin que se trate y resuelva el tema de común acuerdo entre las partes.
ARTICULO 24°. DOMICILIO DEL CONTRATISTA
Para todos los efectos legales derivados del contrato, el contratista constituirá domicilio especial en la ciudad de Quilpué, debiendo prorrogarse competencia para ante sus tribunales de justicia.
ARTICULO 25°. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El contratista deberá caucionar la ejecución completa, oportuna y eficiente de las obras que considere el contrato, con cualquier instrumento de garantía a favor de la Corporación Municipal de Quilpué, pagadero a la vista y con carácter de irrevocable, por un monto equivalente al 5% del valor total de la propuesta, válida hasta 90 días después del término de los trabajos. El documento deberá indicar el nombre del tomador y lo que se garantiza mediante su otorgamiento, es decir, “Para garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente de la obra CONSERVACION Colegio XXXXXX XXXXXX XXXXXX, QUILPUE”.
Este documento deberá ser entregado a la Corporación Municipal de Quilpué al momento de la firma del Contrato.
ARTICULO 26°. SEGURO
El contratista adjudicado asegurará la obra contra riesgos de incendios y daños a terceros, por su cuenta y a favor de la Corporación Municipal de Quilpué. El monto asegurado por daños a terceros será el 100%
del precio del contrato por evento y el monto asegurado en caso de incendio, corresponderá al valor progresivo de la obra, según lo estipulado en el contrato. Estos seguros deberán mantenerse vigentes durante el tiempo que duren los trabajos, incluyendo aumentos de plazos.
Estas pólizas deberán presentarse al momento de la firma del Contrato.
ARTICULO 27°. MULTA POR ATRASO
Se establece una multa del 0,2% del monto o precio del contrato, por cada día de atraso en la entrega de la obra.
El atraso de la obra será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha de su término real y la fecha de término establecida en el contrato, considerando las ampliaciones de plazo que se hubieren concedido.
ARTICULO 28°. DE LOS ESTADOS DE PAGO
El Contratista deberá acompañar a cada estado de pago, el estado de avance de obra y la autorización o visación de la Unidad Técnica de la obra, es decir, el Departamento de Proyectos e Infraestructura de la Corporación Municipal de Quilpué.
El primer estado de pago corresponderá al 25% del valor total de la obra y se pagará una vez acreditado un 25% de ejecución y avance físico de la obra, visado por la Unidad Técnica, de conformidad a estas bases.
El segundo estado de pago corresponderá al 25% del valor total de la obra y se pagará una vez acreditado un 50% de ejecución y avance físico de la obra, visado por la Unidad Técnica, de conformidad a estas bases.
El tercer estado de pago corresponderá al 30% del valor total de la obra y se pagará una vez acreditado un 80% de ejecución y avance físico de la obra, visado por la Unidad Técnica, de conformidad a estas bases.
El cuarto y último estado de pago se pagará una vez efectuada la recepción provisoria de las obras, sin observaciones. En este mismo acto, el contratista deberá entregar los certificados de recepción de instalaciones contempladas en el proyecto.
Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa La Corporación Municipal de Quilpué durante el curso de los trabajos, en conformidad a las Bases y tendrá sólo carácter de un pago
provisorio concedido al Contratista a cuenta del valor de la obra; por ende, en ningún caso se estimará este pago provisorio como aceptación por parte de la Corporación de la cantidad y calidad de la obra ejecutada y a la cual corresponde dicho abono. Con todo, las obras incorporadas al inmueble y los materiales incluidos en los estados de pago son, para todos los efectos legales, propiedad de la Corporación Municipal de Quilpué.
También es indispensable para la presentación, tramitación y cobro de cada estado de pago, que se acompañe:
a) Copia de contrato;
b) Estado de avance de la obra;
c) 8 imágenes mínimo que den cuenta del avance de la obra;
d) Certificado de la Inspección del Trabajo respectiva, que acredite que el contratista no tiene conflictos ni pagos pendientes con el personal que labora en la obra. Este certificado debe indicar expresamente su objetivo y tendrá sólo un mes de validez o vigencia;
e) Certificados de las Instituciones Previsionales, que acrediten el pago de las imposiciones correspondientes;
f) Detalle de residencia de cada trabajador con un certificado de domicilio entregado por junta de vecino o un certificado entregado por el departamento de colocación de empleo municipal “OMIL” de la comuna de Quilpué.
Sin estos documentos y antecedentes, no se cursará el estado de pago de que se trate.
Para dar curso al último estado de pago, el contratista deberá estar en posesión del Acta de Recepción Provisoria y acreditar haberse subsanados las observaciones que se hubieren efectuado.
Con todo, no se podrán presentar estados de pago por materiales depositados al pie de la obra ni por elementos prefabricados que estén en la misma situación.
ARTICULO 29°. GARANTÍA DE BUENA O CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
El Contratista deberá garantizar la completa y buena o correcta ejecución de las obras, con una Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Garantía de Ejecución Inmediata o certificado de Fianza, a nombre de Corporación Municipal de Quilpué, por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato y una validez o vigencia por doce meses después del término de los trabajos o ejecución completa de la obra.
La garantía deberá indicar el nombre del tomador y lo que está garantizando, es decir, “Para garantizar la buena ejecución de la obra: “CONSERVACION COLEGIO XXXXXX XXXXXX XXXXXX UBICADO EN
COVADONGA #1250, QUILPUE”. Este documento deberá ser entregado a la Corporación Municipal de Quilpué antes de la tramitación del último estado de pago equivalente al 20% de la obra y del vencimiento de la boleta por fiel cumplimiento de contrato, en la Dirección de Administración y Finanzas,
El incumplimiento de esta obligación de cambiar la boleta de garantía, facultará a la corporación de Quilpué a llevar a cobro la boleta de fiel cumplimiento de contrato.
El contratista podrá optar por la retención del 5% de cada estado de pago, para constituir esta garantía; retenciones que serán devueltas de una sola vez, cuando se haya cumplido el plazo de 12 meses desde la recepción definitiva de la obra. Esta opción deberá ejercerse por escrito antes o conjuntamente con la presentación del primer estado de pago. Si se hiciere en forma posterior, se deberá complementar con una solicitud de retener del estado de pago respectivo, los porcentajes anteriores no retenidos que correspondiere.
ARTICULO 30°. REEMPLAZO DE DOCUMENTOS DE GARANTÍA
El contratista adjudicado será responsable del vencimiento de los documentos de Garantía que se encuentren emitidas a favor de la Corporación Municipal de Quilpué y en poder de ésta.
De no existir la orden de devolución de garantías, el Departamento de Finanzas iniciará el trámite de envío de documentos de garantía para su cobro al banco respectivo, cinco días antes de su vencimiento; y, por lo anterior, el contratista deberá renovar la garantía por un nuevo período de 30 días como mínimo, e ingresarlas en el Departamento antes indicado para que le sea devuelto el documento en custodia, antes del inicio del trámite de envío al Banco.
Si un documento de garantía tiene vencimiento en una fecha anterior al procedimiento que determinará su devolución, o el tiempo que requiere dicho procedimiento excede la fecha de su vencimiento, el contratista deberá renovar el documento según el punto anterior.
Cuando el contratista o proponente no favorecido debe retirar Boletas de Garantía desde la Corporación Municipal de Quilpué, corresponderá al tomador del documento, efectuar personalmente el trámite o en su defecto designar a otra persona mediante una carta poder simple, en la que se indique, al menos, nombre de la persona que retira, nombre del representante legal de la empresa, o de la persona natural que autoriza el retiro del documento, Nº de la Boleta, su monto y motivo de la Garantía.
ARTICULO 31°. DE LA PUBLICIDAD MINEDUC
El contratista estará obligado a exhibir permanentemente durante el curso de las obras, un letrero cuyo costo será de su cargo, en el que conste el hecho que la obra es financiada por MINEDUC y sus características (Inversión, plazos, etc.). El letrero se materializará con un xxxxx xx xxxxxx revestido con planchas de metal pintadas, pvc o cualquier superficie que se pueda pintar y sea resistente a las inclemencias del tiempo; en un formato de 1.5 x 3.0 mts.
El diseño de dicho letrero para identificar la obra con la información señalada, deberá incluirse en las partidas de la obra a licitar, de tal manera que dicho costo forme parte del precio del contrato de obras.
ARTICULO 32°. CESIÓN DEL CONTRATO.
Le queda expresamente prohibido al contratista ceder a un tercero total o parcialmente el contrato de ejecución de obra contemplado en estas bases.