Contract
Unidad Tramitadora: | ||
CONTRATACIÓN – MSB | ||
Numero expediente: | Documento: | Fecha: |
Æ CYC/16/2018 | CYC12I02N | 07-02-2018 |
Código de verificación electrónica 6W244D193W0C0X3K0B0G ² 6 W2 4 4 D1 9 3 W0 C0 X 3 K 0 B 0 Gk » ² 6 W2 4 4 D1 9 3 W0 C0 X 3 K 0 B 0 Gk » |
Datos Del Expediente:
Destinatario:
XXXXXXXXXXXX
XXXXXXX 00, XXXX XXXXXXXXXXXX 00000-XXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXXX
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, (MUNICIPAL Y DEPENDENCIA) POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACION ORDINARIA Y VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION
1. OBJETO Y NECESIDAD DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio, a los beneficiarios del mismo, del Xxxxxxx xx Xxxxxxx, de conformidad con las características expresadas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas, para cubrir la necesidad de responder a exigencias sociales permitiendo que las personas dependientes permanezcan en su medio habitual de vida y evitar ingresos innecesarios en centros asistenciales.
CPV:85310000-5
2. RÉGIMEN JURÍDICO
Este contrato tiene carácter administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego, por lo dispuesto en las siguientes normas:
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, también TRLCSP),
- Real Decreto Ley 817/2009 de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente, la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, en cuanto no contradiga a la anterior.
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la LCSP y al TRLCSP.
- Cualquier otra disposición que regule la contratación del Estado en general.
Además del presente pliego tendrán carácter contractual el Pliego de Prescripciones Técnicas y el documento en que se formalice el contrato.
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El Órgano de Contratación competente para este contrato será la Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía dictada en Resolución de 19 xx xxxxx de 2015.
4. PERFIL DE CONTRATANTE
5. DURACIÓN DEL CONTRATO
Tendrá una duración de dos años, siendo susceptible de prórroga por periodos de un año hasta un máximo de dos años, por mutuo acuerdo, previa petición expresa del interesado al menos TRES meses antes del vencimiento y aceptación por parte del órgano de contratación.
Si llegado el término del período de contratación, inicial o prorrogado, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx no cuenta con un nuevo adjudicatario, la empresa adjudicataria deberá continuar con la prestación del servicio hasta que un nuevo adjudicatario se haga cargo del mismo, en las condiciones vigentes en esa fecha.
En el caso de que el Ayuntamiento dejase de percibir o sufriese recortes en la subvención autonómica destinada a cubrir este servicio, podrá reducir o suspender el mismo, sin que el contratista tenga derecho a ningún tipo de indemnización.
6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, BASE DE LICITACION Y PRECIO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato se establece en 2.860.312,14 €, más el IVA correspondiente. En esta cantidad se incluye el coste de la posible prórroga, prevista en la cláusula 5 y el importe de las modificaciones que pudieran surgir.
La base de licitación, se fijará en 13,41 €/hora, más IVA, en día laborable y 15,53 €/hora, más IVA, en día festivo y domingo, precio que podrá ser mejorado por los ofertantes.
En las ofertas deberá expresarse, como partida independiente, el importe del Impuesto del Valor Añadido (IVA) que deberá soportar la Administración.
El precio del contrato será el resultado de multiplicar el número de horas necesarias para la ejecución de mismo por el precio/hora por el que se adjudique el contrato, siendo las horas anuales previstas 24.000 laborables y 350 festivas, para el SAD Municipal y 23.745 laborables y 2. 275 festivas para el SAD de Dependencia.
7. FINANCIACION
Existe crédito suficiente para atender a las obligaciones que se deriven del cumplimiento de este contrato hasta su conclusión, con cargo a las partidas 231 22709 y 231 22799 conforme al siguiente detalle
SAD MUNICIPAL:
EJERCICIO | IMPORTE (IVA excluido) | IMPORTE IVA INCLUIDO |
2018 | 190.910,71 € | 198.547,14 € |
2019 | 327.275,50 € | 340.366,52 € |
2020 | 136.364,79 € | 141.819,38 € |
SAD DEPENDENCIA:
EJERCICIO | IMPORTE (IVA excluido) | IMPORTE IVA INCLUIDO |
2018 | 206.354,87 € | 214.609,06 € |
2019 | 353.751,20 € | 367.901,25 € |
2020 | 147.396,33 € | 153.292,18 € |
8. FORMA DE PAGO
El importe de la adjudicación será satisfecho al contratista, por meses vencidos, previa presentación de la correspondiente factura de las horas de trabajo efectivamente realizadas, con la conformidad de los técnicos de Servicios Sociales responsables del servicio.
El contratista presentará facturas separadas del SAD municipal y del SAD de dependencia, detallando los servicios prestados, especificando las horas prestadas laborables y festivas, con el precio correspondiente a cada una de ellas.
9. REVISION DE PRECIOS
No se prevé revisión de precios.
10. GARANTÍA PROVISIONAL
No será necesario que los licitadores constituyan garantía provisional.
ADJUDICACION DEL CONTRATO
11. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto, y tramitación ordinaria con varios criterios de adjudicación.
12. CRITERIOS DE ADJUDICACION:
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación son los
siguientes:
Menor precio ofertado: máximo 30 puntos, otorgándose la máxima puntuación al precio mas bajo y el resto aplicando la siguiente fórmula:
Puntuación= máximo de puntos x mejor oferta/oferta considerada
Los precios a considerar se obtendrán mediante la suma ponderada de los precios ofertados para la hora de día laborable y para la de día festivo, según la siguiente fórmula:
Precio a valorar= (precio hora laborable x 0,9)+(precio hora festivo x 0,1)
Mejoras Técnicas: (Hasta 20 puntos)
• Hasta 5 puntos en el Plan de Formación : Se valorarán las horas de formación por trabajador/a al año de la siguiente forma:
De 31 a 40 horas: 5 puntos
De 21 a 30 horas: 4 puntos
De 11 a 20 horas: 3 puntos
De 5 a 10 horas : 2 puntos
• Hasta 5 puntos en Limpiezas de Choque anuales: Se valorarán las limpiezas de choque gratuitas, realizadas en los domicilios, a petición de los Servicios Sociales Municipales:
40 limpiezas: 5 puntos
30 limpiezas: 4 puntos
20 limpiezas: 3 puntos
10 limpiezas: 2 puntos
• Hasta 5 puntos por bolsa de horas gratuitas, anuales, a petición de los Servicios Sociales:
150 horas: 5 puntos
100 horas: 4 puntos
50 horas: 3 puntos
20 horas: 2 puntos
• Hasta 5 puntos en importes destinados a la adquisición de ayudas técnicas. Estas pasarán a disposición del Ayuntamiento a la finalización del contrato con la empresa adjudicataria.
3000€ al año: 5 puntos 2000€ al año: 4 puntos 1000€ al año: 3 puntos
500€ al año: 2 puntos
Condiciones especiales de carácter social: hasta 15 puntos si se acreditan las siguientes situaciones:
Integrar en la plantilla que ejecutará el contrato al menos un 5% de personas con dificultades de acceso al mercado laboral y/o que procedan de programas de incorporación y acompañamiento laboral : 5 puntos
Integrar en la plantilla al menos un 5% de personas con discapacidad igual o superior al 33%: 5 puntos
Ejecutar el contrato con personal que cuente con contrato indefinido en un porcentaje del 70% de la plantilla: 3 puntos
Disponer de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas adscritas a la ejecución del contrato: 2 puntos
Proyecto Técnico: Hasta 35 puntos
Se valorará la mayor idoneidad del proyecto para la prestación del servicio atendiendo a criterios de organización, metodología, funcionamiento del servicio y todo aquello que complete y/o suponga innovaciones respecto a los planteado en los pliegos de prescripciones técnica.
No se admitirán al procedimiento las empresas cuyas proposiciones económicas se estimen desproporcionadas, entendiendo como tal aquellas cuya oferta sea inferior al 10% del de la media, aplicando, para la obtención del precio ofertado, la fórmula mencionada anteriormente.
En caso de igualdad en la valoración de los criterios de adjudicación, para determinar cual es la oferta económicamente mas ventajosa, se decidirá la adjudicación a favor de empresas que reúnan las especificaciones contenidas en la disposición adicional cuarta del TRLCSP.
13. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten al solvencia económica, financiera y técnica exigida en este pliego y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, en la fecha de conclusión del plazo de presentación de
proposiciones. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del contrato.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Además los licitadores deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
1.- La capacidad de obrar del empresario se acreditará:
a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante documento nacional de identidad y escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Cuando actúen en nombre de otro deberán acompañar también poder acreditativo de representación bastanteado
b. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2.- La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar reguladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
a. Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3.- La solvencia económica y financiera se acreditará mediante:
Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos de 1.000.000,00 € IVA incluido
Se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas, si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro.
4.- La solvencia técnica se acreditará mediante:
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, debiendo acreditar haber realizado, para la administración, hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, al menos 1 servicio similar al del objeto del contrato, durante un periodo de al menos un año, con importe igual o superior a 700.000,00 €, IVA incluido
En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos y deberán presentar un compromiso por escrito de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios.
La presentación de certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Autónoma del Principado xx Xxxxxxxx, dispensará de la presentación de los documentos que en ella se recojan.
14. PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
14.1 ANUNCIOS:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 142 del T.R de la LCSP, la licitación será anunciada en el BOPA y en la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, Perfil de Contratante, donde se podrán consultar los pliegos de condiciones y demás información a que hace referencia el artículo 53 del T.R. de la LCSP.
14.2 EXPOSICIÓN DEL EXPEDIENTE:
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en la Sección de Contratación de este Ayuntamiento, de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas, durante el plazo de presentación de proposiciones.
14.3 CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C ), en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACION, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO”
En cada sobre, que deberán ir firmados, se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, dirección, teléfono, fax y correo electrónico.
El sobre “A” se subtitulará “DOCUMENTACION GENERAL” y contendrá los siguientes documentos:
a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º _ , en representación de la Entidad , con CIF n.º , a efectos de su participación en la licitación del SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO ante el Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxxxx
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del servicio mencionado
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato, en concreto:
— Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
— Que está debidamente clasificada la empresa o, en su caso, que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
— Que no está incurso en ninguna prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a _ de de 20 . Firma del declarante,
Fdo.: »
El sobre “B” se subtitulará “PROPOSICIÓN TÉCNICA” y contendrá:
Un proyecto técnico del servicio a prestar: Organización del servicio, gestión, seguimiento, etc., que permita valorar lo exigido en los criterios de adjudicación que se expresan en este Pliego. La extensión será como máximo de 10 folios mecanografiados, por dos caras, en verdana 10 e interlineado sencillo.
Sobre “C” subtitulado “PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS
OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN” y contendrá la siguiente documentación:
a) Proposición económica ajustada al modelo reflejado en el ANEXO I:
b) Declaración de ejecución de mejoras técnicas, conforme al modelo ANEXO
II
c) Declaración de las condiciones especiales de carácter social, conforme al modelo que figura como Xxxxx XXX y documentación que las acredite.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario.
Transcurrido el plazo de seis meses desde la presentación de la documentación aportada por los licitadores sin que hayan procedido a su recogida, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx podrá disponer sobre su destrucción.
14.4 PRESENTACION DE PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, de 09,00 a 14,00 horas, durante los 15 días naturales contados desde el siguiente a aquel en que aparezca el anuncio de licitación en el BOPA.
Para el caso de que el último día coincida en xxxxxx, xxxxxxx o festivo, dicho plazo se entenderá que finaliza el primer día hábil siguiente
Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por telex o telegrama, la justificación de la fecha de remisión de la solicitud en el mismo día que se envió por correo, sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado.
Cada licitador solo podrá presentar una proposición sin que se puedan presentar variantes o alternativas.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal, con la consecuencia de la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad o reserva alguna, y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
15. MESA DE CONTRATACION
La Mesa de Contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el Real Decreto 817/2009, desarrollando las funciones que se establecen en su artículo 22.1
Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos
La Mesa de Contratación estará compuesta por:
Presidente: El Concejal de Servicios Generales o en quien delegue Vocales: El Secretario General o quien le sustituya
El Interventor Municipal o quien le sustituya
La Concejala de Servicios Sociales o en quien delegue
La Responsable de Servicios Sociales o. Una Trabajadora Social adscrita al Área de Acción Social
Secretaria/o: Funcionaria/o o personal laboral adscrita a la Sección de Contratación.
16. CALIFICACION DE DOCUMENTOS, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La calificación de los sobres “A” tendrá lugar, a las 9,30 horas, el tercer día hábil siguiente a la terminación del plazo de presentación de proposiciones, si este coincidiera en sábado se trasladará al primer día hábil siguiente. En caso de no existencia de defectos subsanables se procederá seguidamente al acto público de apertura de los sobres “B” PROPOSICIONES TÉCNICAS pasando su contenido a informe técnico.
En caso contrario la fecha y hora de su apertura se indicará en anuncio a publicar en el perfil de contratante de la página web., en el que se detallará, asimismo, la documentación a subsanar por los licitadores y el plazo para llevarlo a cabo.
Si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables no será admitido a la licitación.
Informadas las PROPOSICIONES TÉCNICAS, se procederá, a su valoración por la Mesa de Contratación, en fecha que se anunciará a través del perfil de contratante, procediéndose a continuación, en ese mismo acto, a la apertura de los sobre “C” de “PROPOSICIONES ECONÓMICAS Y OTROS CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN”
La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato al licitador que oferte la proposición más ventajosa atendiendo a los criterios de valoración establecidos en este Pliego.
17. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR CUYA OFERTA RESULTE LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA
El Órgano de Contratación, vista la propuesta de la Mesa de Contratación, emitida tras los informes técnicos que considere pertinentes clasificará las proposiciones por orden decreciente atendiendo a los criterios señalados en la cláusula 12ª y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento al fax indicado por él a efectos de notificaciones, a fin de que constituya, en la Caja Municipal, la garantía definitiva, a que hace referencia la cláusula siguiente, efectúe el pago del anuncio o anuncios de licitación en los diarios oficiales correspondientes y presente las certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Asimismo, comprobará que el licitador se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento a cuyo efecto solicitará los informes técnicos que estime pertinentes.
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. También deberán presentar certificación, expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses y deberá presentarse traducida fehacientemente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este
caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx quedado clasificados.
18. CONSTITUCION DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que hubiese presentado la oferta económicamente mas ventajosa deberá acreditar, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento para ello, que ha constituido ante el órgano de contratación garantía igual a un 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96.1 del T.R. de la Ley de Contratos del Sector Público y la devolución se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 de la referida Ley, una vez vencido el plazo de garantía, que será de dos años como mínimo, y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
19. ADJUDICACION
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 151.3 del Texto Refundido de la LCSP .
La adjudicación se notificará a los licitadores y simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante del Órgano de Contratación, indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización.
La adjudicación se notificará y publicará en los términos establecidos en el artículo 151 del Texto Refundido de la LCSP.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
20. EFECTOS DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. RENUNCIA O DESISTIMIENTO
La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato.
Corresponde al Órgano de Contratación por razones de interés público, debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir del procedimiento, antes de la adjudicación, cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
21. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con su formalización.
El documento en que se formalice el contrato será, en todo caso, administrativo, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario, un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas, y demás documentos que revistan carácter contractual, pudiéndose elevar a escritura pública, cuando lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
En este caso, el contratista deberá entregar al Ayuntamiento una copia legitimada y dos copias simples del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
En el supuesto de que resultase adjudicatario una Unión Temporal de Empresarios será necesario acreditar la formalización de la constitución de la misma en escritura pública.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran los quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Transcurrido este plazo, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días, contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el citado plazo de quince días sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del acto de adjudicación.
La formalización del contrato deberá efectuarse no mas tarde de los CINCO DIAS HABILES siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación en la forma prevista en el artículo 156 del Texto Refundido de la LCSP.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
22. GASTOS DE PUBLICIDAD
En virtud de la adjudicación, el contratista quedará obligado a pagar el importe de los anuncios en boletines oficiales (importe máximo: 2.000,00 €) y de cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
23. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
El contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en el contrato, observándose fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 215 del T.R. de la LCSP.
El personal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones dependerá exclusivamente de ésta, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.
El adjudicatario queda expresamente obligado a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Asimismo, se obliga a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal, especialmente de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni
tampoco ceder a otro ni siquiera a efectos de conservación. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
El adjudicatario viene obligado a adscribir a su empresa a los trabajadores de la anterior empresa que han venido prestando el servicio, que se relacionan en el ANEXO IV,
de conformidad con lo establecido en el Convenio Colectivo del Sector.
En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre contratista y personal de la entidad adjudicataria, ya sea por la extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos o cualquier otra causa.
24. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento por el contratista de cualquier cláusula contenida en el contrato autoriza al Ayuntamiento para exigir su estricto cumplimiento, aplicar penalidades o bien acordar la resolución del mismo.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de entrega de la instalación, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 € por 601,01 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el Órgano de Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
A efectos contractuales se considerará incumplimiento toda acción u omisión del contratista que suponga un quebranto de las exigencias especificadas en el Pliego.
Verificado el incumplimiento se notificará al Contratista los hechos que se le imputan y las faltas que tales hechos puedan constituir, teniendo un plazo de 10 días para formular alegaciones y utilizar medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico que resulten procedentes.
Las penalidades impuestas al contratista se deducirán de la factura correspondiente
al mes siguiente al de la fecha de recepción por el contratista de la sanción impuesta, o de
la garantía definitiva, cuando no pueda deducirse de las mencionadas facturas, y aquel vendrá obligado a reponerla en el plazo de 15 días.
MODIFICACION DEL CONTRATO
25. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato o incluso resolverlo, sin derecho a indemnización económica para la adjudicataria, en caso de que se modifique la administración pública titular de la gestión del servicio o en el supuesto de que
recortes en dotaciones presupuestarias o económicas hagan precisa la reducción del número de usuarios o la supresión del servicio.
Un incremento o baja de los usuarios del servicio será objeto de la modificación del contrato, actuándose, en todo caso, en la forma prevista en el T.R. de la L.C.S.P., no pudiendo incrementar el contrato mas de un 10% del precio del mismo, sin incluir el IVA.
FINALIZACION DEL CONTRATO 26.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.
27.- PLAZO DE GARANTÍA:
El período de garantía se establece en un año desde la prestación del servicio.
28.-RESOLUCION Y EXTINCION DEL CONTRATO:
Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 308 del T.R. de la LCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del mismo texto.
29.- DEVOLUCION Y CANCELACION DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:
Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE 30.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
31.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la
legislación vigente.
En Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, a 7 de febrero de 2018
EL ALCALDE
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D......................................................................................................................
...........,
con domicilio en
......................................................................................................................, CP. . . . . . . . . . . . . , D. N. I. nº. . . . . . . . . . . . ., teléfono. . . . . . . . . . . en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de....................................
........................................................................................................................
.........................
......................................................................................), con domicilio en. . . . .
. . . . . . . . . . ,
CP. . . . . . . . . . , teléfono. . . . . . . . . . . . . . . . . . . , y D.N.I o C. I. F. (según se
trate de persona física o jurídica) )), enterado del
concurso convocado por el Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, para la contratación del “SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO” declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de €/hora,
mas ………. € de IVA, día laboral y ...........€/hora día festivo y xxxxxxx, más ……………
€ de IVA .
2º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato , que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En..............................., a...............de.......................................de 20......
Firma
ANEXO II MEJORAS TECNICAS
D./Xx ........................................................................, con D.N.I.
....................en nombre propio o en representación de la empresa
...........................con C.I.F..................., propone las siguientes mejoras técnicas al Servicio de Ayuda a Domicilio:
• Plan de Formación por trabajador/a y año:
De 31 a 40 horas: □
De 21 a 30 horas: □
De 11 a 20 horas: □
De 5 a 10 horas : □
• Limpiezas de Choque anuales:
40 limpiezas: □
30 limpiezas: □
20 limpiezas: □
10 limpiezas: □
• Horas gratuitas, anuales:
150 horas: □
100 horas: □
50 horas: □
20 horas: □
• Adquisición de ayudas técnicas, que pasarán a disposición del Ayuntamiento a la finalización del contrato, por importe de:
3000€ al año: □
2000€ al año: □
1000€ al año: □
500€ al año: □
En..............................., a...............de.......................................de 20......
Firma
(Deberán marcarse las mejoras propuestas)
ANEXO III
CONDICIONES ESPECIALES DE CARÁCTER SOCIAL
D./Xx ........................................................................, con D.N.I.
....................en nombre propio o en representación de la empresa
...........................con C.I.F ,
Declara:
Que la empresa a la que representa:
□ Integra en la plantilla que ejecutará el contrato al menos un 5% de personas con dificultades de acceso al mercado laboral y/o que proceden de programas de incorporación y acompañamiento laboral
□ Integra en la plantilla al menos un 5% de personas con discapacidad igual o superior al 33%
□ Ejecutará el contrato con personal que cuente con contrato indefinido en un porcentaje del 70% de la plantilla
□ Dispone de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas adscritas a la ejecución del contrato
En..............................., a...............de.......................................de 20......
Firma
(Señalar lo que proceda)
ANEXO IV
RELACION DE TRABAJADORES ADSCRITOS ALSERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
El convenio colectivo de aplicación es:
XXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XX XXXXX X XXXXXXXXX X XXXXXX XXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX
Trab | Contrato | % Jornada parcial | Fecha Antigüedad | Categoría |
ALALD | 189 | 31/05/2007 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
ALGOM | 100 | 18/12/2001 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
ALQIM | 189 | 01/01/2008 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
XXXXX | 289 | 62,33 | 22/10/2010 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
XXXXX | 189 | 01/12/2006 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
BLESM | 189 | 18/04/2007 | COORDINADOR | |
BRRID | 540 | 15,00 | 16/02/2009 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
CALOA | 100 | 12/02/2011 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
CEFEM | 401 | 01/01/2015 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
CEFEM | 289 | 93,50 | 14/03/2016 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
COIGM | 410 | 19/01/2018 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
CUINM | 100 | 01/10/2004 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
DOGAM | 189 | 11/06/2010 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
FECUM | 501 | 77,92 | 01/06/2010 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
GALOM | 289 | 77,92 | 16/05/2008 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
XXXXX | 502 | 51,94 | 15/12/2017 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
GOPAM | 189 | 13/01/1997 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
GOTOM | 189 | 01/06/2006 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
HOSOL | 189 | 08/06/2015 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
INDIM | 189 | 02/06/2010 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
LELOM | 189 | 01/06/2006 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
LOCAM | 100 | 27/11/2006 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
MEFEM | 200 | 77,92 | 03/06/2009 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
MEGAM | 189 | 01/10/2008 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
NOALM | 402 | 18/10/2017 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
NUCEM | 501 | 54,54 | 04/06/2017 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
OUFAM | 189 | 01/05/2007 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
OVLES | 189 | 01/05/2007 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
OVFRM | 502 | 55,84 | 23/12/2017 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
PEGOM | 501 | 39,00 | 18/07/2011 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
PEHEL | 410 | 22/01/2018 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
PIPEM | 502 | 55,84 | 23/12/2017 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
PLCAM | 289 | 94,80 | 01/01/2015 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
PRESM | 289 | 77,92 | 01/01/2015 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
ROBEM | 289 | 83,11 | 01/03/2010 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
ROGOM | 100 | 26/12/2017 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
ROSAP | 189 | 05/10/2015 | AUXILIAR AYUDA A XXXXXXXXX | |
XXXXX | 000 | 66,23 | 01/01/2014 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
AYUNTAMIENTO
XXXXXXX XX XXXXXXXX
Trab | Contrato | % Jornada parcial | Fecha Antigüedad | Categoría |
ROPIM | 510 | 94,80 | 09/10/2017 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
RUINM | 510 | 58,44 | 14/11/2017 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
TSPAD | 189 | 02/09/2015 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
VAMEL | 510 | 94,80 | 23/11/2017 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO |
VAGAR | 189 | 22/06/1998 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
VEROR | 189 | 02/01/2007 | AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO | |
VISAI | 289 | 57,14 | 01/01/2008 | AUXILIAR AYUDA X XXXXXXXXX |
x00 00
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XX XXXXXXXX
Nubledo/Nubleo, 77 * C.P.33416 * CIF: P-3302000-I * Tlf: 000 00 00 00 * E-Mail: xxxxxxx@xxxx-xxxxxxx.xx - DIR3:L01330208 Puede comprobar la autenticidad del documento introduciendo el Código de Verificación en http:\\xxxxxxxxxxxxxxx.xxxx-xxxxxxx.xx