Contract
CONTRATO No. 102.1
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES SUJETO AL RÉGIMEN DE HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD DE LA CIUDAD DE MEXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “SEDESA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, ASISTIDO POR EL LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXX, DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS, Y POR LA OTRA EL C. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR”, Y A QUIENES EN FORMA CONJUNTA SE DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
1.- | Declara “SEDESA” a través de su representante que: |
1.1.- | La Ciudad de México es una Entidad Federativa integrante de la Federación, sede de los poderes de la unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo gobierno está a cargo, entre otros del Ejecutivo Local, Titular que se auxilia de órganos centrales, desconcentrados y organismos descentralizados, los cuales integran la Administración Pública de la Ciudad de México, de conformidad con lo previsto en los artículos 44 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2°, 8º, fracción II, 52, 67, fracción III y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 12, párrafos primero y segundo. |
1.2.- | “SEDESA”, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada de la Ciudad de México, de conformidad a lo dispuesto por el “artículo 87, párrafos primero y segundo del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 6 párrafo primero, 15, fracción VII, 17 y 29, de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México;” 7, fracción VII del Reglamento Interior de la Administración Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, x 00 xx xx Xxx xx Xxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, a la que le corresponde el despacho de las materias relativas a la formulación, ejecución, operación y evaluación de las políticas de salud de la Ciudad de México. |
1.3.- 1.4.- | El Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxx en su carácter de Director General de Administración en la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, acredita su personalidad en términos del nombramiento de fecha 30 xx xxxx de 2017, expedido por Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Secretario de Finanzas de la Ciudad de México. Manifestando que cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente contrato de prestación de servicios de conformidad a lo dispuesto en el artículo 92 Duodécimus, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, así como el punto primero del “Acuerdo por el que delega en los Directores Generales de la Secretaría de Salud del Distrito Federal y en el titular de la Dirección General de Administración en dicha Dependencia, las facultades que se indican” publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con fecha 18 xx xxxxxx de 2006. El Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx en su carácter de Director de Recursos Humanos, acredita su personalidad en términos del nombramiento de fecha 30 xx xxxx de 2017, expedido por el Secretario de Finanzas de la Ciudad de México, Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, manifestando que asiste a la celebración del presente contrato de prestación de servicios de conformidad a lo dispuesto en el artículo 92 Duodécimus, fracción XIV, y 119-B fracciones VII, VIII, XX x XXX xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. |
1.5.- | Con fecha 30 xx xxxx de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la modificación a los “Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a la Partida Presupuestal Específica 1211 ‘Honorarios Asimilables a Salarios’. |
1.6.- | De conformidad con el programa anual de contratos de prestación de servicios profesionales de “SEDESA”, se informó al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, que el presente contrato se asigna por Adjudicación Directa y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 21 fracción VI en correlación con el artículo 21 Bis y 54, fracción XII, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. |
1.7.- | Para el cumplimiento de sus funciones, requiere la prestación de servicios objeto del presente instrumento jurídico. |
1.8.- | Conforme al oficio número SFCDMX/SE/0179/2018, emitido por la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, cuenta con la suficiencia presupuestal en la partida 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios”, para cumplir con el pago del monto señalado en la cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. |
1.9.- | El presente contrato está exento de la presentación de fianza de cumplimiento de contrato por parte de “EL PRESTADOR”, con fundamento en el artículo 74 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. |
1.10.- 1.11.- | “SEDESA” Cuenta con recursos disponibles dentro del presupuesto aprobado conforme al artículo 46, penúltimo párrafo, en el artículo 51, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal. Señala como domicilio para todos los efectos legales, el ubicado en la xxxxx xx Xxxxxxxx, número 23, Noveno Piso, Colonia Nápoles, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, X. X. 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx. |
2.- | Declara “EL PRESTADOR”: |
2.1.- | Es una persona física que cuenta con capacidad jurídica para contratarse y obligarse a la ejecución de los servicios objeto del presente contrato y dispone de la organización, elementos propios, conocimientos y experiencia suficiente para cubrir las necesidades del programa para el que se está contratando, lo que acredita con el currículum vitae respectivo y que tiene estudios, LICENCIADO EN DERECHO tal como lo demuestra con el TITULO expedido a su favor por el INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL COLEGIO HOLANDES. |
2.2.- | Que es de nacionalidad , lo cual acredita con el acta de nacimiento, edad años, sexo , estado civil , y se identifica con expedida por el . |
l
,
2.3.- | Que su Registro Federal de Contribuyentes es , lo que acredita con la Cédula Fiscal expedida a su favor por el Servicio de Administración Tributaria, así como que su Clave Única de Registro de Población es . |
2.4.- | Que de conformidad a lo dispuesto por los artículos 49, fracciones XV y XVI de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México; “EL PRESTADOR” manifiesta que no se encuentra en los supuestos previstos en las disposiciones de los ordenamientos antes citados, así como el no encontrarse inhabilitado, razón por la cual acredita tal circunstancia, exhibiendo la constancia de no existencia de registro de inhabilitación expedida por la Contraloría General de la Ciudad de México, así como por la Secretaría de la Función Pública, por lo que puede desempeñar la prestación de los servicios objeto de éste contrato, sin que ello implique derechos laborales. |
2.5.- | “EL PRESTADOR” bajo protesta de decir verdad, manifiesta que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en los artículos 0 x 00, xxx Xxxxxx Xxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y de conformidad con los lineamientos y normas para la autorización de programas de contratación de prestadores de servicios con cargo a la partida presupuestal especifica 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios” publicados el 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx. Así mismo, manifiesta que no se encuentra en el supuesto previsto del capítulo de disposiciones, en específico las señaladas en el numeral cinco del citado lineamiento. |
2.6.- | Que es su voluntad prestar sus servicios profesionales en “SEDESA” y que son materia de presente contrato, en los términos y condiciones que en él se estipulan, asimismo, manifiesta que no presta servicios de forma exclusiva o principal para “SEDESA” y por ende, esta no es su única fuente de ingresos.” |
2.7.- | Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que durante el año inmediato anterior a la firma del presente contrato no desempeñó ningún empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal o Local y no tiene celebrado contrato de Prestación de Servicios o estar contratado bajo otra modalidad por el Gobierno del Distrito Federal. |
2.8- | Que tiene su domicilio en calle , número exterior , número interior colonia , Delegación o Municipio , C.P. , mismo que señala el recibo de pago de , emitido por , para todos los efectos legales de este contrato. |
3.- | Declaran “LAS PARTES”. |
3.1.- | Para el efecto de agilizar, simplificar y hacer más accesible todos los actos y trámites, solo los Representantes de “SEDESA” legalizarán el contrato con la Firma Electrónica, el cual tendrá la misma validez que la firma autógrafa, con el propósito de implementar la firma electrónica, lo anterior en términos del artículo 9 fracción II, de la “Ley de Firma Electrónica del Distrito Federal.” |
3.2.- | Expuesto lo anterior, es su voluntad celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios sujeto al pago de Honorarios Asimilados a Salarios, por lo que se someten al contenido y alcance legal del mismo de conformidad con las siguientes: |
C L Á U S U L A S.
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. “SEDESA” contrata a “EL PRESTADOR”, para la realización de los servicios consistentes en: ENLACE ADMINISTRATIVO "A", ASI COMO LAS ACCIONES TENDIENTES A CUMPLIR CON EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LO ANTERIOR DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA
“EL PRESTADOR” se obliga a realizar sus servicios profesionales conforme a las condiciones establecidas por “SEDESA”, y acatando la normatividad correspondiente.
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO. Las partes convienen que el importe total de los servicios contratados que deberá cubrir “SEDESA” a “EL PRESTADOR”, será de $56,700.00(CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N.), menos las retenciones, que ésta tenga obligación de realizar conforme a las Leyes Federales o Locales correspondientes.
Ambas partes están de acuerdo en el monto del pago a que se refiere la presente cláusula, para el cumplimiento de sus obligaciones por lo que en ningún momento podrá “EL PRESTADOR” requerir el pago de cualquier cantidad adicional a lo señalado en la presente cláusula y durante la vigencia del contrato.
En caso de existir pagos en exceso “EL PRESTADOR” estará obligado a reintegrar las cantidades a “SEDESA”, con sus respectivos intereses, los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “SEDESA”, lo anterior de conformidad con lo previsto en el artículo 64, párrafos tercero y cuarto, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
TERCERA.- FORMA DE PAGO. La “SEDESA” se obliga a pagar a “EL PRESTADOR” 6 pago quincenal de $9,450.00 (NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), que
conforma el monto total estipulado en la cláusula anterior, siempre y cuando se esté cumpliendo con la prestación del servicio conforme a los términos y condiciones señaladas por “LAS PARTES” en la Cláusula Primera, previa entrega del informe mensual de actividades a entera satisfacción de “SEDESA”.
El monto a que se hace referencia en la cláusula que antecede, se pagará en moneda nacional y se liquidará con TARJETA ELECTRÓNICA; dicho pago se realizará por medio de la Dirección de Recursos Humanos en “SEDESA”, con domicilio ubicado en Xx. Xx, Xx. 000, xxxxxxx xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Delegación Iztacalco, X. X. 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
CUARTA.- VIGENCIA O PLAZO DE EJECUCIÓN. “EL PRESTADOR” se obliga a iniciar los servicios objeto de este contrato del 01 XX XXXXX DE 2018 al 30 XX XXXXX DE 2018.
QUINTA.- OBLIGACIONES DE “EL PRESTADOR”. “EL PRESTADOR” se obliga a prestar los servicios materia del presente contrato conforme a los términos establecidos en el mismo y a que dichos servicios se efectúen por sus propios medios y herramientas a entera satisfacción de “SEDESA”, así como a responder por su cuenta y riesgo por negligencia, impericia o dolo en la prestación de sus servicios en términos del artículo 2615 del Código Civil para el Distrito Federal.
“EL PRESTADOR” se compromete a prestar sus servicios de acuerdo a las necesidades del servicio de la unidad médica o administrativa H.G. XXXXX XXXXXX, así mismo a entregar a “SEDESA”, un informe mensual de las actividades profesionales realizadas en cumplimiento del presente contrato.
SEXTA.- CESIÓN DE DERECHOS. “EL PRESTADOR” se obliga a no ceder en forma parcial o total a favor de terceras personas físicas x xxxxxxx, sus derechos u obligaciones derivados de este contrato, con excepción de los derechos de cobro por la prestación de los servicios realizados que ampare este contrato, por causas de fuerza mayor o caso fortuito, en cuyo caso, será necesario que “EL PRESTADOR” cuente con la autorización por escrito de “SEDESA”, lo anterior acorde con lo previsto por el artículo 61 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS, ASÍ COMO TODA AQUELLA INFORMACIÓN QUE DERIVADO DE SU NATURALEZA SE ENCUENTRE AL AMPARO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES PARA XX XXXXXXXX XXXXXXX X XXX XX XXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXX. “EL PRESTADOR” conviene que no
podrá divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra forma, los productos, datos y resultados obtenidos de los trabajos objeto de este contrato, sin la autorización expresa y por escrito de “SEDESA”, pues dichos datos y resultados son propiedad de esta última en términos de las disposiciones aplicables.
“EL PRESTADOR” se obliga a no revelar o divulgar a ninguna persona física o moral, la información de carácter confidencial a la que tuviera acceso, ya sea de forma escrita, oral y/o electrónica, directa o indirectamente y a utilizarla única y exclusivamente para el propósito o fin, para el cual les fue proporcionada en el marco del cumplimiento del presente instrumento jurídico, en términos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, y la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. El incumplimiento de esta cláusula dará lugar a la responsabilidad civil, penal, administrativa, o cualquier otra que pudiera derivarse, además de la rescisión del presente instrumento.
OCTAVA.- SUPERVISIÓN. “SEDESA” a través de la unidad médica o administrativa para la que presta sus servicios, verificará que éstos se cumplan de acuerdo al objeto del presente contrato, y que los mismos se están ejecutando por “EL PRESTADOR” conforme a los términos convenidos, de no ser así, “SEDESA”, a petición de la unidad, procederá a aplicar las penas convencionales, y en su caso, rescindirá administrativamente el contrato o exigirá a “EL PRESTADOR” su cumplimiento; en ambos casos, “EL PRESTADOR” será responsable de los daños y perjuicios que por su incumplimiento cause a “SEDESA”.
NOVENA.- PENA CONVENCIONAL. Para el caso de que “EL PRESTADOR” incumpla en la prestación del servicio o de cualquiera de las condiciones establecidas en el presente instrumento, se aplicará una pena convencional, que se hará consistir en lo siguiente:
Por cada día de servicios dejados de prestar se aplicará una pena convencional del 6.6%, respecto del monto total del pago quincenal pactado en la Cláusula Tercera del presente contrato. Al momento de que se alcancen las 6 penas convencionales, se procederá a la rescisión administrativa del presente contrato, en tal circunstancia se deberá notificar por escrito a “EL PRESTADOR”, lo anterior conforme lo dispone el artículo 69 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 57 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
DÉCIMA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el artículo 42 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, “SEDESA” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente este contrato, sin necesidad de resolución judicial, por incumplimiento del “PRESTADOR” de cualquier estipulación aquí contenida o en el supuesto previsto en el artículo 2614 del Código Civil para el Distrito Federal, lo anterior en términos de lo establecido por el artículo 42 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, así como 63 y 64 de su Reglamento.
“SEDESA”, podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo o bien, solicitar la rescisión administrativa del contrato. Por lo antes señalado si “SEDESA” opta por la rescisión administrativa, “EL PRESTADOR” estará obligado a pagar daños y perjuicios a “SEDESA”
Para el caso de que proceda la rescisión administrativa, ésta se iniciará dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a aquel en el que se hubiera agotado el plazo para hacer efectiva la pena convencional.
DÉCIMOPRIMERA.- NULIDAD DE PLENO DERECHO. Será causa de anulación del presente contrato, que “EL PRESTADOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.4 de este contrato, o bajo alguna de las circunstancias establecidas en las fracciones II, III, IV, IX, X y XII del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal o de conformidad a lo establecido por el artículo 2225 del Código Civil para el Distrito Federal.
DÉCIMOSEGUNDA.- CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. “SEDESA” y “EL PRESTADOR” no
serán responsables por aquellos eventos que se sobrevengan de caso fortuito o de fuerza mayor, que les impidan parcial o totalmente ejecutar las obligaciones a su cargo, en el entendido de que en caso fortuito o fuerza mayor, según corresponda, estén debidamente acreditados, así mismo reanudarán sus actividades cuando concluyan las causas que los motivaron, sin que ello implique el pago de la prestación del servicio por el periodo que dure el evento. En la inteligencia que si dicho evento, abarca la totalidad de la vigencia del contrato, “SEDESA” dará por terminado el presente contrato.
DÉCIMOTERCERA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. “SEDESA” podrá suspender en
todo o en parte, los servicios contratados y el pago consecuente en cualquier momento, por causas justificadas o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva, dando aviso por escrito a “El PRESTADOR”.
El presente contrato podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
DÉCIMOCUARTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA. “SEDESA” podrá dar por terminado de forma anticipada el presente contrato en cualquier momento, sin necesidad de declaración judicial o responsabilidad alguna, cuando concurran razones de interés general; o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de los servicios originalmente contratados y se demuestre que, de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Gobierno de la Ciudad de México o cuando la Contraloría General de la Ciudad de México y/o Contraloría Interna de “SEDESA” determine la nulidad parcial o total de los actos que dieron origen al contrato, lo que bastará sea comunicado por escrito a “EL PRESTADOR”, con quince días naturales posteriores a la determinación respectiva. “LAS PARTES” convienen que la terminación anticipada del presente contrato, se sujetará a las disposiciones señaladas por el artículo 69 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
DÉCIMOQUINTA.- CAUSAS DE SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO POR
INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. De conformidad con lo ordenado en los artículos 8, 15 y 25 del Código Fiscal del Distrito Federal y 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal, el presente contrato podrá suspenderse cuando las autoridades fiscales detecten la falta de cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de “EL PRESTADOR”. En este caso “SEDESA” deberá notificar a “EL PRESTADOR” tal circunstancia con el objeto de que en un plazo no mayor de cinco días naturales contados a partir de dicha notificación dé debido cumplimiento a sus obligaciones fiscales.
Si “EL PRESTADOR” hiciere caso omiso de la notificación antes referida, no dando cumplimiento a las obligaciones fiscales que señala el Código Fiscal del Distrito Federal en el plazo establecido, “SEDESA” dará por terminado el contrato sin responsabilidad para la misma.
DÉCIMOSEXTA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato podrá ser modificado en todo o en parte a través del convenio modificatorio respectivo, mismo que será suscrito por los Servidores Públicos que celebren el presente instrumento o por quien los sustituya en el cargo o funciones, en términos del artículo 67 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, cuando así lo considere necesario “SEDESA”.
DECIMOSÉPTIMA.- EXCLUSIÓN. EL PRESTADOR DE SERVICIOS tiene pleno conocimiento de que no le es aplicable la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado “B“ del artículo 123 Constitucional, ni la Ley Federal del Trabajo, por lo tanto se encuentra excluido de las referidas disposiciones legales. Toda vez que se trata de un contrato de prestación de servicios de carácter civil, con la firma de las partes que lo celebran queda debidamente perfeccionado, no pudiendo ser en consecuencia, considerado como trabajador de “SEDESA” por lo que tampoco le será aplicable la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
DÉCIMOCTAVA.-VICIOS OCULTOS. “EL PRESTADOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los vicios ocultos, del dolo o la mala fe en la prestación de los servicios profesionales en términos de lo dispuesto por el artículo 70 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
DÉCIMONOVENA.- INTERPRETACIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a las leyes y jurisdicción de los tribunales locales competentes de la Ciudad de México, por lo tanto, “EL PRESTADOR” renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
Leído y entendido que fue el presente contrato, enteradas las partes de su contenido y alcance legal, y estando de acuerdo en que no existe error, dolo, violencia, mala fe o cualquier otro vicio de consentimiento, lo firman en la Ciudad de México, el día 00 XX XXXXX XX 0000, firmando al calce y al margen de forma autógrafa o electrónica los que en él intervinieron, como constancia de su aceptación.
POR “EL PRESTADOR”
C. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX
POR “SEDESA” EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN oyaRXe+rWBsLRPWrp92tdQQTb93wN4rwY0O++bFEdai SGMJ68EDAOJUfVeknsA2MKUxFU5KGAFfs/OTOe86ph sWmb4NjjbJnWDB6KDPr5+94PFUCftcjPYCbXTkW2g6b KO2KMe/hU/ALp4GPkvcIJnY3bDOAKBh/ueVzkAg5i6x3 gxKMT/adYq7XHRL/DdawKotd420LwB5mL/5DGsWMd/ X0L99kRpMpxqJFrX718DFlFJQmT26hcUrnLBtzY8SiGI2f IAl+VtN5gvHIAcvoX9wSjgFYHEGi4v8G7wtVMQzbM+V KwT/wbANjI263JjVp32a2QUlluOXqYmTbc+RqRQ== LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XX XXXXX | DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS ZEJw92c7PREvF6N7/WgiFoHAhD7Ill+ilTHEcpdVJZ+737 Pw36q2wIOMrg6qUvW6GR790uroOOg2ul5LpqiEVIiVMv ZsAvL2EFxyg/Iv3Cqk4kGi69DDB3YSHQX1t2wWi0Xjg6 Ws+4sj6X/RNmBoDWsjMxyTQ23Xd282MAA93DIOs3AH Rz9GxV2L81EBkDMfpBUyY7f7HbJWYmfBqpMTt9cXG Wq9KRMUu9uNrQCv5ccbVM/jQ0HwgXKChVGwVTxD7l f1hkEQosWKCTL3y7CGFpIPaOH9PB1Xb2N+Mt5wDYUz fRLsmqqNOL5gPRGujBkfdHT322o11kPajplqT1QRiA== LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXX |
___________________________________
“Los Datos Personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales denominado Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, el cual tiene su fundamento en la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México,, artículos 1, 2, 3 fracción I, 15 fracción XIV, 16 fracciones I y IV, 33 fracciones II, XI, XV, XVII y XVIII; Ley del ISSSTE, artículos 1, 7, 11, 12, 13, 17, 21 y 191; Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, arts. 3, fracción I, 7 fracción XIII, 98 fracciones III, XII, XVIII, XXI y XXII, y 92 Duodécimus, fracción XIV, Circular Uno vigente, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, numeral 1; Condiciones Generales de Trabajo del Gobierno de la Ciudad de México, Manual Administrativo en su parte de Organización de la Oficialía Mayor, cuya finalidad es administrar los recursos humanos conforme a las políticas, lineamientos, criterios o normas determinadas por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, considerando la guarda y custodia de los Datos Personales que se generan a través de la integración de expedientes personales de los empleados y de los prestadores de servicios profesionales, para procesar y registrar todos los movimientos del personal, altas, bajas, modificaciones y otorgamientos de prestaciones, y podrán ser transmitidos a la Empresa DUCUSEC S.A. DE C.V., con la finalidad de que se proporcione el servicio para efectos de la emisión de Credenciales de los Servidores Públicos de Base y Estructura que forman parte de la Administración Pública del Distrito Federal, a la CDHDF, a la CGCDMX, a la ASCM, al INFODF, a la SACH, a los Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales, al ISSSTE, FOVISSSTE, en cumplimiento a los requerimientos que realicen en el ejercicio de sus facultades y atribuciones; así como a Banco Santander (México) S.A. de C.V. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander, Seguros Banorte Generali S.A. de C.V. y Grupo Financiero Banorte, en cumplimiento a las obligaciones de seguridad y protección de datos personales establecidas en el contrato respectivo, además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Todos los datos requeridos en la solicitud de empleo son obligatorios; sin ellos no podrá acceder al servicio o completar el trámite en cuestión. Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la Ley.
El responsable del Sistema de datos personales es el Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxx, Director General de Administración en la Secretaría de Salud del Distrito Federal, y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx Xx. 0, Xxxxxx Xxxx, xxxxxxx Xxxxxx, Delegación Xxxxxxxxxx, C.P. 06068, México, Distrito Federal.
El interesado podrá dirigirse al Instituto de Transparencia, Acceso a la información Pública Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. teléfono: 0000-0000; correo electrónico: xxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx o xxx.xxxxxx.xxx.xx”