AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA AMPARAR DAÑOS Y FALTANTES DE INVENTARIO
ANEXO A LA POLIZA COLECTIVA DE CUMPLIMIENTO
AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA AMPARAR DAÑOS Y FALTANTES DE INVENTARIO
CONDICIÓN PRIMERA - AMPAROS
SIEMPRE QUE ASÍ SE HUBIERE CONTRATADO Y SUJETO AL PAGO DE LA CORRESPONDIENTE PRIMA, EL PRESENTE ANEXO AMPARA POR UNA ÚNICA VEZ DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO LOS DAÑOS FÍSICOS QUE SE PRESENTEN EN LAS INSTALACIONES, ELEMENTOS DE DOTACIÓN Y ACCESORIOS EXPRESAMENTE RELACIONADOS Y SEÑALADOS COMO COMPONENTES DEL INMUEBLE DADO EN ARRENDAMIENTO, SEGÚN EL INVENTARIO ESCRITO Y QUE FORMA PARTE DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ACAECIDOS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, CUYO PAGO O REPARACIÓN ESTÉ A CARGO DE LOS ARRENDATARIOS AL MOMENTO DE LA RESTITUCIÓN DEL INMUEBLE Y NO HAYAN SIDO PAGADOS POR ÉSTE DENTRO DE LOS CUARENTA Y CINCO (45) DIAS SIGUIENTES A LA DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLE, SIEMPRE QUE SE HAYA NOTIFICADO A LA COMPAÑÍA DE DICHO INCUMPLIMIENTO DENTRO DE LOS DOS (2) MESES SIGUIENTES A LA RESTITUCIÓN DEL INMUEBLE.
TAMBIÉN AMPARA A EL ASEGURADO CONTRA LOS FALTANTES DE INVENTARIO QUE AFECTEN LAS MISMAS INSTALACIONES, ELEMENTOS DE DOTACIÓN Y ACCESORIOS DEL INMUEBLE, INDICADOS EN EL CORRESPONDIENTE INVENTARIO, QUE NO HAYAN SIDO PAGADOS POR EL ARRENDATARIO DENTRO DE LOS CUARENTA Y CINCO (45) DIAS SIGUIENTES A LA RESTITUCIÓN DEL INMUEBLE, SIEMPRE QUE SE HAYA NOTIFICADO A LA COMPAÑÍA DE DICHO INCUMPLIMIENTO DENTRO DE LOS DOS (2) MESES SIGUIENTES A LA RESTITUCIÓN DEL INMUEBLE
CONDICIÓN SEGUNDA - EXCLUSIONES
EL PRESENTE ANEXO NO AMPARA DAÑOS Y FALTANTES DE INVENTARIO PRODUCIDOS POR:
1. DETERIORO O USO NORMAL Y DECENTE DEL INMUEBLE POR PARTE DEL ARRENDATARIO.
2. DAÑOS O FALTANTES RELATIVOS A TAPETES, ALFOMBRAS, PISOS, O PAREDES DEL INMUEBLE.
3. CAÍDA O DESTRUCCIÓN DEL INMUEBLE ARRENDADO.
4. INCENDIO, EXPLOSIÓN, TERREMOTO, ERUPCIÓN VOLCÁNICA, FUEGO SUBTERRÁNEO, INUNDACIÓN, RAYO U OTRA CONVULSIÓN DE LA NATURALEZA.
5. GUERRA INTERNACIONAL O CIVIL, ACTOS PERPETRADOS POR FUERZAS EXTRANJERAS, HOSTILIDADES U OPERACIONES BÉLICAS (SEA O NO DECLARADA UNA GUERRA), REBELIÓN, SEDICIÓN, USURPACIÓN Y RETENCIÓN ILEGAL DE MANDO.
Campo | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
Descripción | Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de la Entidad | Tipo de Documento | Ramo al cual pertenece | Identificación interna de la proforma |
Formato | 27/09/2016 | 0000 | XX-X | 05 | CUMP-ARR-001 |
Formato | 28/03/2017 | 1348 | A | 05 | CUMP-FINV-001 |
6. ASONADA SEGÚN SU DEFINICIÓN EN EL CÓDIGO PENAL; MOTÍN O CONMOCIÓN CIVIL O POPULAR; CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO O SUSPENSIÓN DE HECHO DE LABORES Y MOVIMIENTOS SUBVERSIVOS.
7. CAMBIO DE GUARDAS Y COPIAS DE LLAVES.
8. LOS HECHOS VOLUNTARIOS QUE CAUSE O EFECTUÉ EL ARRENDADOR O CUANDO SE MODIFIQUEN LAS CONDICIONES DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
9. ACTOS DE AUTORIDAD.
10. CUALQUIER FORMA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
11. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO.
CONDICIÓN TERCERA - SUMA ASEGURADA
El valor asegurado es el señalado en el respectivo Certificado de Seguro, que LA COMPAÑÍA expedirá para cada contrato de arrendamiento asegurado y se entiende global para todos los daños y faltantes en conjunto y no individual para cada uno de ellos independientemente considerados.
Este valor asegurado no podrá ser modificado durante la vigencia del seguro.
CONDICIÓN CUARTA - ASEGURABILIDAD
Es requisito básico para la cobertura de los riesgos garantizados por este anexo, que la responsabilidad por los daños y faltantes de inventario relativos al inmueble esté a cargo de los arrendatarios en el texto del respectivo contrato de arrendamiento y que el inventario que forma del contrato de arrendamiento se encuentre firmado y aceptado por éste
CONDICIÓN QUINTA - PRIMA
La prima de este amparo es la que aparezca en cada certificado, la cual será calculada de acuerdo con la tasa vigente a la iniciación xxx xxxxxx.
CONDICIÓN SEXTA - SINIESTRO
Se considera que ha ocurrido siniestro cuando hayan transcurrido 45 días desde la desocupación del inmueble arrendado por parte de los arrendatarios, sin que estos hubieren efectuado la cancelación de los valores correspondientes a los daños y/o faltantes de inventario y se haya notificado a LA COMPAÑÍA dentro de los dos (2) meses siguientes a la restitución del inmueble arrendado.
LA COMPAÑÍA efectuará el pago del siniestro dentro del mes siguiente a la fecha en que EL ASEGURADO acredite su derecho, de acuerdo con el artículo 1077 del código de comercio.
CONDICIÓN SEPTIMA - PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO
Ocurrido el siniestro EL ASEGURADO tendrá la obligación de:
1. Comunicarlo a LA COMPAÑÍA dentro de los dos meses siguientes a la restitución del inmueble arrendado.
2. Presentar la reclamación, demostrando la ocurrencia del siniestro y su cuantía por medios que resulten idóneos
Campo | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
Descripción | Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de la Entidad | Tipo de Documento | Ramo al cual pertenece | Identificación interna de la proforma |
Formato | 27/09/2016 | 0000 | XX-X | 05 | CUMP-ARR-001 |
Formato | 28/03/2017 | 1348 | A | 05 | CUMP-FINV-001 |
3. Ejecutar, dentro de sus posibilidades, todos los actos que tiendan a evitar la extensión del siniestro.
4. Proporcionar a LA COMPAÑÍA cuando menos los siguientes documentos:
Descripción escrita de las instalaciones, elementos o accesorios dañados o sustraídos.
Inventario de entrega de inmuebles arrendado.
Original del contrato de arrendamiento.
Facturas originales relativas a los accesorios reemplazados y recibidos originales relativos a las reparaciones efectuadas en el inmueble arrendado. También podrá aportar copias de denuncia penal cuando lo considere pertinente.
CONDICIÓN OCTAVA - DEDUCIBLE
Toda indemnización por pérdidas o daños cubiertos por este anexo, quedara sujetas a un deducible del 10%. Pero el deducible en ningún caso será inferior a un tercio xxx xxxxxxx mínimo mensual legal vigente al momento del pago del siniestro.
Todas las demás condiciones de la póliza no modificadas por este ANEXO continúan en vigor.
Campo | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
Descripción | Fecha a partir de la cual se utiliza | Tipo y número de la Entidad | Tipo de Documento | Ramo al cual pertenece | Identificación interna de la proforma |
Formato | 27/09/2016 | 0000 | XX-X | 05 | CUMP-ARR-001 |
Formato | 28/03/2017 | 1348 | A | 05 | CUMP-FINV-001 |