DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA:
MODALIDAD DE LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL
DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA:
“SUPERVISION TÉCNICA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA PRESA, OBRAS ANEXAS Y COMPLEMENTARIAS (MISICUNI
II) DEL PROYECTO MULTIPLE MISICUNI”
Primera Convocatoria CUCE: 15-0633-00-574578-1-1
CODIGO INTERNO: EM.GG.GT.LP-01/2015
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica – Licitación Pública
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CONTENIDO
1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN 4
3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 4
4. ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) 4
5. AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 5
7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 6
8. CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 7
10. CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 8
11. RESOLUCIONES RECURRIBLES 8
12. PREPARACIÓN DE PROPUESTAS 8
13. MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 8
14. COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN 8
17. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA 9
18. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA
21. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 11
23. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS 13
25. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO“APLICA ESTE MÉTODO”. 14
26. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD “NO APLICA ESTE MÉTODO”. 15
27. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO“NO
28. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO “NO APLICA ESTE MÉTODO”. 15
29. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN 15
30. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 15
31. CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS 16
32. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO 16
33. MODIFICACIONES AL CONTRATO 17
34. ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA 17
36. DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 19
37. CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 21
39. PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO 45
40. SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA SIMILARES 46
PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
SECCIÓN I GENERALIDADES
1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de servicios de supervisión técnica se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes:
a) Empresas consultoras nacionales legalmente constituidas.
b) Asociación Accidental de empresas legalmente constituidas.
c) Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras nacionales y extranjeras.
3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Se contemplan las siguientes actividades previas a la presentación de propuestas:
3.1 Inspección Previa
La inspección es obligatoria para todos los potenciales proponentes.
El proponente deberá realizar la inspección previa en la fecha, hora y lugar establecidos en el presente DBC o por cuenta propia.
3.2 Consultas escritas sobre el DBC
Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPC, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC.
3.3 Reunión de Aclaración
Se realizará una Reunión de Aclaración en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación.
Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión de Aclaración.
Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión de Aclaración, suscrita por los servidores públicos y todos los asistentes que así lo deseen, no siendo obligatoria la firma de los asistentes.
4. ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC)
4.1 La entidad convocante podrá ajustar el DBC con enmiendas, por iniciativa propia o como resultado de las actividades previas, en cualquier momento, antes de emitir la Resolución de Aprobación del DBC.
Estas enmiendas deberán estar orientadas a modificar únicamente los Términos de Referencia.
4.2 El DBC será aprobado por Resolución expresa del RPC, misma que será notificada a los potenciales proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS.
5. AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
5.1 El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días hábiles, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas:
a) Enmiendas al DBC.
b) Causas de fuerza mayor.
c) Caso fortuito.
La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas.
5.2 Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante.
5.3 Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación de plazo de presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC.
6.1 Tipo de Garantías requerido
La entidad convocante, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB- SABS, podrá requerir los siguientes tipos de garantía:
a) Boleta de Garantía.
b) Garantía a Primer Requerimiento.
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
6.2 Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta será ejecutada cuando:
a) El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas.
b) Se compruebe falsedad en la información presentada declarada en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) Para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo señalado en su Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
d) El proponente adjudicado no presente, para la suscripción del contrato uno o varios de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.
e) El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de suscribir el contrato en el plazo establecido salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.
6.3 Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos:
a) Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta.
b) Si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento.
c) Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud.
d) Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación.
e) Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria.
f) Después de suscrito el contrato con el proponente adjudicado.
6.4 El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.
7. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
7.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (Fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.
7.2 Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier formulario de Declaración requerido en el presente DBC.
b) Incumplimiento a la Declaración Jurada de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) La falta de firma del personal propuesto Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4) y Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A- 5).
d) Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
e) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
f) Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica existiera una diferencia superior al dos por ciento (2%), entre el monto expresado en numeral con el monto expresado en literal.
g) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo requerido en el presente DBC.
h) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta.
i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
j) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta.
k) Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
l) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras.
m) Cuando la propuesta presente errores no subsanables.
n) Si para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
o) Si para la suscripción del contrato la documentación solicitada no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente adjudicado hubiese justificado oportunamente el retraso, por causas de fuerza mayor, caso fortuito o cuando la causa sea ajena a su voluntad.
p) Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato.
La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
8. CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES
8.1 Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad, los siguientes:
a) Cuando los requisitos, condiciones y documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC.
b) Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma que no inciden en la validez y legalidad de la propuesta presentada.
c) Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo la Comisión de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato.
8.2 Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes:
a) La ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC.
b) La falta de firma del proponente, en el formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) La falta de la propuesta técnica o parte de ella.
d) La falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando la evaluación sea por el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta la propuesta económica.
e) La falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
f) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta fuese emitida en forma errónea.
g) La presentación de una Garantía diferente a la solicitada por la entidad convocante, salvo que el tipo de garantía presentada sea de mayor solvencia.
h) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un monto menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere el cero punto uno por ciento (0.1%).
i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un plazo menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere los dos (2) días calendario.
j) Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1) y/o la Garantía de Seriedad de Propuesta.
El RPC declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.
10. CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso a), del parágrafo I, del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII, del Título I, de las NB- SABS.
SECCIÓN II PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deben ser elaboradas conforme los requisitos y condiciones establecidos en el presente DBC, utilizando los formularios incluidos en Anexos.
13. MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Todo el proceso de contratación, incluyendo los pagos a realizar, deberá efectuarse en bolivianos.
Para Convocatorias Internacionales, los precios de la propuesta podrán ser expresados en moneda extranjera. Los pagos se realizarán en moneda nacional, al tipo de cambio oficial de compra de la moneda extranjera establecido por el Banco Central de Bolivia, en la fecha de pago.
14. COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos de la elaboración y presentación de propuestas y de cualquier otro costo que demande la participación de un proponente en el proceso de contratación, cualquiera fuese su resultado, son asumidos exclusivamente por cada proponente, bajo su total responsabilidad y cargo.
La propuesta, los documentos relativos a ella y toda la correspondencia que intercambien entre el proponente y el convocante, deberán presentarse en idioma castellano.
16.1 La propuesta deberá tener una validez no menor a sesenta (60) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas. En Convocatorias Internacionales, la propuesta deberá tener una validez no menor a noventa (90) días calendario.
16.2 En circunstancias excepcionales por causas de fuerza mayor, caso fortuito o interposición de Recursos Administrativos de Impugnación, la entidad convocante, podrá solicitar por escrito la extensión del período de validez de las propuestas, disponiendo un tiempo perentorio para la renovación de garantías, para lo que se considerará lo siguiente:
a) El proponente que rehúse aceptar la solicitud será excluido del proceso, no siendo sujeto de ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
b) Los proponentes que accedan a la prórroga, no podrán modificar su propuesta.
c) Para mantener la validez de la propuesta, el proponente deberá necesariamente presentar una garantía que cubra el nuevo plazo de validez de su propuesta.
17. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Todos los Formulario de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas.
17.1 Los documentos que deben presentar los proponentes, según sea su constitución legal y su forma de participación, son:
a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a).
c) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A- 3).
d) Formulario de Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4).
e) Formulario de Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5).
f) Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-6).
g) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta establecida en el presente DBC; y que cumpla con las características de renovable irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad.
17.2 En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que corresponden a cada Asociado.
17.2.1 La documentación conjunta a presentar, es la siguiente
a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2b).
c) Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4).
d) Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5).
e) Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-6).
f) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente, que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta, establecida en el DBC. Esta Garantía podrá ser presentada por uno o más proponentes que conformarán la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante y cubra el monto requerido.
En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad.
17.2.2 Cada asociado, en forma independiente, deberá presentar la siguiente documentación:
a) Formulario de Identificación del Proponente para integrantes de la Asociación Accidental (Formulario A-2b).
b) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A-3).
La experiencia para Asociaciones Accidentales, será la suma de las experiencias individualmente declaradas por las empresas que integrarán la Asociación.
18. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
18.1 Experiencia General y Específica del Proponente.
18.1.1 La experiencia del proponente será computada considerando los contratos de supervisión técnica ejecutados durante los últimos diez (10) años, que deberán ser acreditados con el certificado de cumplimiento de contrato o su equivalente.
La experiencia general es el conjunto de servicios de supervisión técnica realizados y la experiencia específica es el conjunto de servicios de supervisión técnica similares al servicio de supervisión técnica objeto de la contratación.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa, consiguientemente, los servicios de supervisión técnica similares pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia general.
18.1.2 En los casos de Asociación Accidental, la experiencia general y específica, serán la suma de las experiencias individualmente demostradas por las empresas que integran la Asociación.
18.1.3 La suma de los montos percibidos por la experiencia general señalada, será calificada conforme los puntajes definidos en el Formulario V-2 Evaluación de la Propuesta Técnica.
18.1.4 Las áreas de experiencia específica de supervisión técnica que se requieran, deberán ser definidas, por la entidad convocante, en el numeral 38 del presente DBC.
La entidad convocante debe establecer el tiempo mínimo requerido para la validez de cada servicio de supervisión técnica conforme el numeral 40 del presente DBC. El tiempo mínimo requerido para el servicio de supervisión técnica, no deberá ser mayor a la mitad del tiempo estimado de realización del servicio de supervisión técnica objeto de contratación.
18.1.5 Los servicios de supervisión técnica que cumplan con los requisitos solicitados tanto de área de experiencia, como de tiempo mínimo de ejecución, requeridas en el numeral 40; podrán ser considerados como válidos para la evaluación en el Formulario V-2 Evaluación de la Propuesta Técnica.
18.2 Experiencia General y Específica del Personal Clave.
18.2.1 La experiencia del personal clave será computada considerando el conjunto de contratos en los cuales el profesional ha desempeñado cargos similares o superiores al requerido por la entidad convocante, que podrán ser acreditados con certificado suscrito por la empresa o entidad
para la cual ha desempeñado el cargo declarado u otros documentos que avalen esta participación.
La experiencia general es el conjunto de cargos iguales o superiores, desarrollados por el personal clave en la ejecución de obras o supervisión técnica, independientemente del tipo de obra y la experiencia específica es el conjunto de cargos, en supervisión técnica, que sean similares al objeto de la contratación.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa. Esto quiere decir que los cargos en servicios de supervisión técnica similares pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia general; sin embargo, los cargos en servicios de supervisión técnica en general no pueden ser incluidos como experiencia específica.
18.2.2 La valoración de Experiencia Específica mínima requerida para el personal clave deberá efectuarse considerando las condiciones de formación, cargo a desempeñar, áreas de especialización y experiencia específica requeridas, para el personal clave, en el numeral 39 del presente DBC
18.2.3 Para la calificación de Cursos o Seminarios del personal clave se consideran las Áreas de Especialización establecidas por la entidad convocante en el numeral 39 y la duración mínima de los mismos.
Los proponentes deben presentar los siguientes documentos de la propuesta económica:
a) Propuesta Económica (Formulario B-1)
b) Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica (Formulario B- 2).
c) Honorarios Mensuales del Personal Asignado (Formulario B-3).
d) Detalle de Alquileres y Misceláneos (Formulario B-4).
Cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo el proponente no deberá presentar propuesta económica y si ésta hubiese sido presentada no será considerada en la evaluación.
La propuesta técnica debe incluir:
a) Formulario de Propuesta Técnica (Formulario C-1).
b) Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).
SECCIÓN III
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
21. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
21.1 Forma de presentación
21.1.1 La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado y con cinta adhesiva transparente sobre las firmas y sellos, dirigido a la entidad convocante, citando el Número de Licitación, el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria.
21.1.2 La propuesta deberá ser presentada en un ejemplar original y una copia, identificando claramente el original.
21.1.3 El original de la propuesta deberá tener sus páginas numeradas, selladas y rubricadas por el proponente, con excepción de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
21.1.4 La propuesta deberá incluir un índice, que permita la rápida ubicación de los Formularios y documentos presentados.
21.2 Plazo y lugar de presentación:
21.2.1 Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora) fijado y en el domicilio establecido en el presente DBC.
Se considerará que el proponente ha presentado su propuesta dentro del plazo, si ésta ha ingresado al recinto en el que se registra la presentación de propuestas, hasta la fecha y hora límite establecidas para el efecto.
21.2.2 Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado (Courier). En ambos casos, el proponente es el responsable de que su propuesta sea presentada dentro el plazo establecido.
21.3 Modificaciones y retiro de propuestas
21.3.1 Las propuestas presentadas solo podrán modificarse antes del plazo límite establecido para el cierre de presentación de propuestas.
Para este propósito, el proponente deberá solicitar por escrito la devolución total de su propuesta, que será efectuada bajo constancia escrita y liberando de cualquier responsabilidad a la entidad convocante.
Efectuadas las modificaciones, podrá proceder a su presentación.
21.3.2 Las propuestas podrán ser retiradas mediante solicitud escrita firmada por el proponente, hasta antes de la conclusión del plazo de presentación de propuestas.
La devolución de la propuesta cerrada se realizará bajo constancia escrita.
21.3.3 Vencidos los plazos citados, las propuestas no podrán ser retiradas, modificadas o alteradas de manera alguna.
22.1 La apertura de las propuestas será efectuada en acto público por la Comisión de Calificación, inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de propuestas, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC.
El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes que hayan decidido asistir, así como los representantes de la sociedad que quieran participar.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPC, que la convocatoria sea declarada desierta.
22.2 El Acto de Apertura comprenderá:
a) Lectura de la información sobre el objeto de la contratación, las publicaciones realizadas y la nómina de las propuestas presentadas y rechazadas, según el Acta de Recepción.
Si hubiere lugar, se informará sobre los Recursos Administrativos de Impugnación interpuestos contra la Resolución que aprueba el DBC.
b) Apertura y registro en el acta correspondiente de todas las propuestas recibidas dentro del plazo, dando a conocer públicamente el nombre de los proponentes y el precio total de sus propuestas económicas, excepto cuando se aplique el método de selección y adjudicación de presupuesto fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
c) Verificación de los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, del Formulario V-1 correspondiente. La Comisión de Calificación procederá a rubricar todas las páginas de cada propuesta original, excepto la Garantía de Seriedad de Propuesta.
Cuando no se ubique algún Formulario o documento requerido en el presente DBC, la Comisión de Calificación podrá solicitar al representante del proponente, señalar el lugar que dicho documento ocupa en la propuesta o aceptar la falta del mismo, sin poder incluirlo. En ausencia del proponente o su representante, se registrará tal hecho en el Acta de Apertura.
d) Registro, en el Formulario V–2, del nombre del proponente y del monto total de su propuesta económica, excepto cuando se aplique el método de selección y adjudicación de presupuesto fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
Cuando existan diferencias entre el monto literal y numeral de la propuesta económica, prevalecerá el literal sobre el numeral.
e) Elaboración del Acta de Apertura, que debe ser suscrita por todos los integrantes de la Comisión de Calificación y por los representantes de los proponentes asistentes, a quienes se les deberá entregar una copia o fotocopia del Acta.
Los proponentes que tengan observaciones deberán hacer constar las mismas en el Acta.
22.3 Durante el Acto de Apertura de propuestas no se descalificará a ningún proponente, siendo esta una atribución de la Comisión de Calificación en el proceso de evaluación.
Los integrantes de la Comisión de Calificación y los asistentes deberán abstenerse de emitir criterios o juicios de valor sobre el contenido de las propuestas.
22.4 Concluido el Acto de Apertura, la nómina de proponentes será remitida, por la Comisión de Calificación al RPC, en forma inmediata para efectos de eventual excusa.
SECCIÓN IV EVALUACIÓN y ADJUDICACIÓN
La entidad, para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo.“APLICA ESTE MÉTODO”.
b) Calidad. “No aplica este Método”.
c) Presupuesto Fijo. “No aplica este Método”
d) Menor Costo. “No aplica este Método”.
Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, la Comisión de Calificación determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formulario de la Propuesta y la Garantía de Seriedad de Propuesta, utilizando el formulario V-1 correspondiente.
25. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO“APLICA ESTE MÉTODO”.
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas con los siguientes puntajes:
PRIMERA ETAPA: | Propuesta Económica () | : 30 puntos |
SEGUNDA ETAPA: | Propuesta Técnica () | : 70 puntos |
25.1 Evaluación del Costo o Propuesta Económica
25.1.1 Errores Aritméticos.
Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica en el Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente:
a) Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal;
b) Si la diferencia entre el numeral y el literal es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la propuesta; caso contrario la propuesta será descalificada.
A la propuesta ajustada de menor valor se le asignará treinta (30) puntos, al resto de las propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Donde:
=
PEMV ∗ 30
PEi
=
=
=
Las propuestas que no fueran descalificadas en la etapa de la Evaluación Económica, pasaran a la Evaluación de la Propuesta Técnica.
25.2 Evaluación Propuesta Técnica.
Las propuestas técnica contenida en los Formularios C-1, A-3, A-4 y A-5, será evaluada aplicando el Método CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la Metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, de acuerdo con el Formulario V-3.
El puntaje de la evaluación de la Propuesta Técnica , será el resultado final obtenido de la aplicación de los Formularios C-1, X-0, X-0, X-0 y C-2, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que en la evaluación de la Propuesta Técnica () no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
25.3 Determinación del Puntaje Total
Una vez calificadas las propuestas económica y técnica de cada propuesta se determinará el puntaje total de cada una de ellas, utilizando el Formulario V- 4, de acuerdo con la siguiente fórmula:
= +
Donde:
=
= ó
= é
La Comisión de Calificación, recomendará la adjudicación de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total ().
26. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD “NO APLICA ESTE MÉTODO”.
27. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO“NO APLICA ESTE MÉTODO”.
28. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO “NO APLICA ESTE MÉTODO”.
29. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
a) Nómina de los proponentes.
b) Cuadros de Evaluación.
c) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
e) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
f) Otros aspectos que la Comisión de Calificación considere pertinentes.
30. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
30.1 El RPC, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
30.2 En caso de que el RPC solicite a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma deberá ser publicado en el SICOES.
Si el RPC, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
30.3 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá mínimamente la siguiente información:
a) Nómina de los participantes y precios ofertados.
b) Los resultados de la calificación.
c) Causales de descalificación, cuando corresponda.
d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
30.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes, de acuerdo con en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
31. CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS
Una vez adjudicada la contratación, la MAE, el RPC, la Comisión de Calificación y el proponente adjudicado, podrán acordar mejores condiciones técnicas de contratación, si la magnitud y complejidad de la contratación así lo amerita, aspecto que deberá ser señalado en el Acta de Concertación de Mejores Condiciones Técnicas. La Concertación de Mejores Condiciones Técnicas, no dará lugar a ninguna modificación del monto adjudicado.
En caso de que el proponente adjudicado no acepte las condiciones técnicas demandadas por la entidad, se continuara con las condiciones técnicas adjudicadas.
SECCIÓN V
SUSCRIPCIÓN Y MODIFICACIONES AL CONTRATO
32.1 El proponente adjudicado deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1) excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado xxx XXXX.
Las entidades públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado xxx XXXX presentado por el proponente, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES.
La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a diez (10) días hábiles, computables a partir del vencimiento del plazo para la interposición del Recurso Administrativo de Impugnación.
Para el caso de proponentes extranjeros establecidos en su país de origen o cuando estos participen en una Asociación Accidental el plazo no deberá ser menor a quince (15) días hábiles, considerando la necesidad de legalizaciones y traducciones, cuando sea el caso. Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del tiempo otorgado, el proceso deberá continuar.
32.2 En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o varios documentos requeridos para la suscripción del contrato, por causas de fuerza mayor o caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
32.3 Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su
Garantía de Seriedad de Propuesta y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS.
Si el desistimiento se debe a que la notificación de adjudicación se realizó una vez vencida la validez de la propuesta presentada, corresponderá la descalificación de la propuesta; sin embargo, no corresponde el registro en el SICOES como impedido.
Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
En los dos casos señalados precedentemente, el RPC deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión de la Resolución de Adjudicación.
32.4 En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado.
33. MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio, cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
SECCIÓN VI
ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA Y CIERRE DE CONTRATO
34. ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA
La entrega de los resultados de la supervisión técnica deberá efectuarse cumpliendo con las estipulaciones del contrato suscrito y de sus partes integrantes, que incluyen los Términos de Referencia y el cronograma de presentación de los resultados de la supervisión técnica.
La entidad contratante deberá establecer, en los Términos de Referencia, el plazo máximo para la aprobación de los resultados de la supervisión técnica.
Una vez emitido, por la Contraparte, el Informe Final de Conformidad, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos del cobro de penalidades (si corresponde), la devolución de garantía(s) y emisión del Certificado de Cumplimiento de Contrato.
SECCIÓN VII GLOSARIO DE TÉRMINOS
Concepto: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio de supervisión técnica, demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos.
Certificado de cumplimiento de contrato: Se define como el documento extendido por la entidad contratante a favor del Supervisor, que oficializa el cumplimiento del contrato, deberá contener como mínimo lo siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo de entrega.
Costo del servicio: Es el costo de supervisión técnica que compromete todos los gastos financieros (directos e indirectos) de la supervisión de una obra.
Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo.
Contratista de Obra: Es la empresa que ha sido contratada por una entidad para realizar una obra civil específica, de acuerdo a especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un Contrato.
Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de supervisión técnica, mediante convocatoria pública.
Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad propia del proponente adjudicado, de suscribir el contrato, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.
Enfoque: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización del servicio de supervisión técnica bajo criterios de coherencia y lógica, resaltando los aspectos novedosos o aspectos especiales que el Proponente ofrece para la realización del servicio.
Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad Contratante, o que ha sido contratado específicamente para representarla en la ejecución de una obra civil, en representación del Contratante ejerce seguimiento y control sobre el Supervisor.
Metodología: Es la descripción de los métodos que empleará el Proponente, para lograr el alcance de trabajo en la ejecución del servicio de supervisión técnica ofrecido, incluyendo una descripción amplia como detallada de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización de cada tarea. Si el Proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta.
Objetivo y Alcance: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que persigue la entidad contratante luego de realizado el servicio de supervisión técnica.
Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Proponente desarrollará para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los resultados a ser entregados.
Plan de Trabajo: Es la descripción de la secuencia lógica expresada en un cronograma de trabajo que tendrán las actividades del servicio y su interrelación con los resultados descritos en el alcance de trabajo con la organización, asignación de personal y equipamiento ofrecido, para llevar adelante la realización del servicio en el plazo ofertado.
Precio del servicio o monto del contrato: El precio es el valor que las partes firmantes del contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de supervisión técnica. Se establece a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista.
Proponente: Es la persona jurídica que muestra interés en participar en la licitación pública y solicita el Documento Base de Contratación. En una segunda instancia, es la persona jurídica que presenta una propuesta dentro de la licitación pública.
Supervisión Técnica: Es el servicio de consultoría del trabajo que realiza una empresa contratista para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecución de una obra civil sea realizada de acuerdo a las condiciones del Contrato y las especificaciones técnicas. Estos servicios también son llamados servicios de consultoría de acompañamiento.
Supervisor: Es la empresa consultora que ha sido o será contratada por el Contratante, para que realice un servicio de supervisión técnica de alguna obra civil específica.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
36. DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
1. DATOS DE LA CONTRATACIÓN
CUCE :
Objeto de la contratación :
1 5 -
0 6 3 3 - 0 0
- 5 7
4 5 7 8
- 1 - 1
SUPERVISION TECNICA DE LA CONSTRUCCION DE LA PRESA, OBRAS ANEXAS Y COMPLEMENTARIAS(XXXXXXXX XX) DEL PROYECTO MULTIPLE MISICUNI
Modalidad :
Código de la entidad para : identificar al proceso
Gestión :
Licitación Pública Internacional
EM.GG.GT.LP.01/2015 2015
Precio Referencial :
Bs.14’818.812,52 elaboradas por la Unidad Solicitante (según Comunicación Interna GT/CI/028/2015).
Plazo para la ejecución de la :
Supervisión
365 días calendario según numeral 13 de los Términos de Referencia.
Método de Selección y :
Adjudicación
x a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo
c) Presupuesto Fijo
b) Calidad
c) Menor Costo
Tipo de convocatoria :
a) Convocatoria Pública Nacional
x b) Convocatoria Pública Internacional
Forma de Adjudicación : x Por el total
x a) Boleta de Garantía
Tipo de garantía requerida para : la Garantía de Seriedad de
Propuestas
b) Garantía a Primer Requerimiento
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento
Tipo de Garantía requerida para el Cumplimiento de
Contrato
x a) Boleta de Garantía
b) Garantía a Primer Requerimiento
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento
Señalar con que presupuesto se inicia el proceso de :
contratación
x a) Presupuesto de la gestión en curso.
b) Presupuesto de la próxima gestión (el proceso se iniciará una vez promulgada la Ley del Presupuesto General del Estado de la siguiente gestión)
Organismos Financiadores : # Nombre del Organismo Financiador
(de acuerdo al clasificador vigente)
Otros recursos específicos , determinado
1 por la certificación presupuestaria N°16/2015
% de Financiamiento
100%
2. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD CONVOCANTE |
Nombre de la Entidad : EMPRESA MISICUNI Domicilio Ciudad Zona Dirección (fijado para el proceso de contratación) COCHABAMBA HIPODROMO Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 Teléfono : 0000000 – 2 Fax: 0000000 Correo electrónico : xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx |
3. PERSONAL DE LA ENTIDAD |
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo XXXXX XXXXXX XXXXXXXX GERENTE GENERAL Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) : Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo XXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXX GERENTE TÉCNICO Responsable del Proceso de CARLOS Contratación (RPC) : Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Cargo JEFE DPTO. XXXXX XXXXXXXX XXXXX PORYECTOS, OP. MTTO. Y SISTEMAS Encargado de atender consultas : |
4. SERVIDORES PÚBLICOS QUE OCUPAN CARGOS EJECUTIVOS HASTA EL TERCER NIVEL JERÁRQUICO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA SON: | ||||||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | Cargo | |||
XXXXXXXX | XXXXX | XXXXX | PRESIDENTE a.i. | |||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | Cargo | |||
XXXXX | XXXXXX | XXXXXXXX XXXXXX | GERENTE GENERAL | |||
Xxxxxxxx Xxxxxxx | Apellido Materno | Nombre(s) | Cargo | |||
XXXXXXXXX | XXXXXXXXXX | XXXX XXXXXX | GERENTE TECNICO | |||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | Cargo | |||
XXXXXXXX | XXXXXXX | XXXXXX | GERENTE ADMINISTRATIVO FINANCIERO | |||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | Cargo | |||
XXX | XXXXXX | XXXXX | FISCAL | |||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | Cargo | |||
XXXXX | XXXXXXX | XXXXXX | ASESOR LEGAL | |||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | Cargo | |||
XXXXXX | XXXXXX | XXXXXX XXXXXXX | AUDITOR INTERNO |
37. CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de los Servicios de Supervisión Técnica se sujetará al siguiente Cronograma de Plazos:
ACTIVIDAD
1. Publicación del DBC en el SICOES
: Día
09
FECHA
Mes
06
HORA
LUGAR
Año
2015
Día Mes
Año
Hora Min.
2 Inspección Previa (si corresponde)
:
12
06
2015
08
30
Oficina Gerencia Técnica, Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 casi Av. Perú – Zona Oeste Cochabamba
Día Mes
Año
3 Consultas Escritas (fecha límite)
:
17
06
2015
Ventanilla Única oficina Empresa MISICUNI, Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 casi Av. Perú – Zona Oeste Cochabamba
Día Mes
Año
Hora Min.
4 Reunión de Aclaración
:
19
06
2015
16
Sala reuniones de la Empresa MISICUNI,
00 Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 casi Av. Perú
– Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx
0 Aprobación del DBC con las enmiendas si :
hubieran (fecha límite)
Día Mes Año
24 06 2015
6 (fecha límite)
Notificación de aprobación del DBC
Día Mes Año
: 29 06 2015
Día Mes
Año
Hora Min.
7 Presentación y Apertura de Propuestas :
(Fecha límite)
07
07
2015
15
Oficina y Sala Reuniones Empresa
00 MISICUNI, Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 casi Av. Perú – Zona Oeste Cochabamba
Informe de Evaluación y Recomendación
8 de Adjudicación o Declaratoria Desierta :
(fecha límite)
Día
08
Mes Año
07 2015
9 Adjudicación o Declaratoria Desierta :
Día
Mes
Año
(fecha límite)
10
07
2015
10 declaratoria desierta (fecha límite)
Notificación de la adjudicación o
Día Mes Año
: 13 07 2015
Día Mes
Año
11 suscripción de contrato (fecha límite)
Presentación de documentos para
:
03
08
2015
Día Mes
Año
12 Suscripción de contrato (fecha límite)
:
10
08
2015
Todos los plazos son de cumplimiento obligatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS
1. ANTECEDENTES, OBJETO Y ALCANCE
a) Antecedentes
La Empresa Misicuni, creada mediante Ley Nº 951 de 22 de octubre de 1987 como entidad de derecho público, con autonomía de gestión técnica, administrativa y financiera para la ejecución y administración del Proyecto Múltiple Misicuni (PMM), tiene la responsabilidad de la formulación de las estrategias técnicas, financieras, institucionales y legales para la ejecución del Proyecto en todos sus componentes.
En 1988 la Empresa Electrowatt presentó el diseño final del Proyecto Múltiple Misicuni, el cual comprendía la construcción de una presa de relleno con núcleo central arcilloso con una altura sobre el fondo del río de 120 m. Sin embargo, para darle viabilidad económica y financiera, el año 1992 la Empresa TAMS recomendó la ejecución del proyecto en etapas. Para lograr los objetivos señalados, el 2002 la Empresa Misicuni encargó al Consorcio TAMS - INGETEC la actualización de los estudios y diseños del Proyecto Múltiple Misicuni. En septiembre de 2003 el mencionado Xxxxxxxxx presentó los estudios con un nuevo diseño de la presa, consistente en una presa de relleno gravoso con pantalla impermeable de hormigón para una altura de 85 m.
Así mismo, el estudio xx XXXX INGETEC define la estrategia para la implementación del Proyecto Múltiple Misicuni la cual se divide en tres etapas.
Una vez recibidos estos estudios, en septiembre de 2003 fueron presentados al Gobierno Italiano solicitando el financiamiento para la construcción de las obras. En fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx dio el aval favorable para otorgar el crédito para la construcción de la presa en su Primera Etapa.
El Decreto Supremo Nº 28796 del 12 de julio de 2006 instruye a la Empresa Misicuni la contratación a través de Licitación Pública de una empresa consultora para la validación y supervisión de las obras en su primera etapa y proceda con la elaboración de los estudios complementarios, diseño final y supervisión de la construcción para elevar la altura de la presa hasta los 120 m (Segunda Etapa). El mismo Decreto instruye a la Prefectura de Cochabamba asignar los recursos necesarios para llevar adelante estas obras hasta su conclusión, con cargo a las regalías hidrocarburíferas del Departamento de Cochabamba.
En abril de 2007 se suscribió el contrato con la empresa ENGEVIX CAEM quien fue la empresa adjudicada para validar complementar y supervisar las obras de la construcción de la presa concluyendo su contrato el 21 de febrero de 2013.
En fecha 22 xx xxxxx de 2013 se procede a suscribir el contrato con la empresa ENGEVIX – CAEM, mediante invitación por excepción.
El mes de noviembre del 2013 se rescinde el contrato con la empresa constructora CONSORCIO HIDOELECTRICO MISICUNI.
El mes xx xxxx se inicia el proceso de Contratación de Obras por Excepción para la CONSTRUCCIÓN DE LA PRESA, OBRAS ANEXAS Y COMPLEMENTARIAS (MISICUNI II) DEL PROYECTO MULTIPLE MISICUNI, dividida en 4 paquetes: Paquete 1: Presa, Vertedero – estibo derecho – camino de acceso y Obras Subterráneas, Paquete 2: Inyecciones, Paquete 3 Instrumentación y Paquete 4: Sistema de Comunicación y Distribución de Energía.
Firma de Contrato de los Paquetes 1, 3 y 4 con la Empresa China CAMC y el Paquete 2 con la Empresa TECNOSUELO, con un plazo de construcción de 16 meses que se cumple en el mes de enero de 2016.
b) Generalidades
El crecimiento demográfico – urbano del área metropolitana conformada por las poblaciones de Sacaba, Cercado, Quillacollo, Tiquipaya, Colcapirhua, Vinto y Xxxx Xxxx del Departamento de Cochabamba, ha generado un grave como crónico déficit de agua potable y xx xxxxx, problemas que si no son subsanados en el corto plazo generarán conflictos sociales de grandes magnitudes, además de afectar a la salud de los ciudadanos que habitan dichos lugares y a la productividad agropecuaria de la región.
c) Objetivos
La Empresa Misicuni debe efectuar la Contratación de una Empresa Consultora especializada para continuar con la Supervisión de los trabajos de la Construcción de la Presa, Obras Anexas y Complementarias (Misicuni II) del Proyecto Múltiple Misicuni.
La empresa contratada realizará los trabajos encomendados proveyendo personal calificado, equipo y materiales que le permitan la prestación de un servicio de calidad, exigiendo el cumplimiento de estas mismas condiciones al contratista de obra.
Todo cálculo, aseveración, estimación o dato, deberá estar justificado en lo conceptual y en lo analítico y no se aceptarán estimaciones o apreciaciones del Supervisor sin el debido respaldo.
El Consultor es el responsable por el trabajo a ser realizado dentro de los alcances previstos en estos Términos de Referencia y en el Contenido aceptado de su propuesta.
d) Localización e información disponible
El Proyecto Múltiple Misicuni está localizado en las provincias Xxxxxxx x Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx. El lugar de emplazamiento del embalse se encuentra a una altitud media de 3700 m.s.n.m y se halla situado en la vertiente amazónica de la Cordillera Oriental de los Andes, aproximadamente a 68 km al Noroeste de la ciudad de Cochabamba y forma parte del sistema hidrográfico Altamachi/Beni/Mamoré/Amazonas.
El plano P – 1 presenta la ubicación general de las obras y muestra los dos caminos carreteros que permiten el acceso a la zona del Proyecto; uno que arranca de la población de Quillacollo con destino a la localidad de Morochata y
que en el kilómetro 48 toma el desvío hacia Misicuni por donde se recorre una distancia aproximada de 28 km. El otro acceso es el camino Escalerani – Misicuni que partiendo de la localidad de Tiquipaya recorre un primer tramo hasta llegar a la Cumbre del Tunari para luego seguir el curso del río Titiri hasta el sitio de la presa con una distancia total de 47 km. Ambos caminos son transitables todo el año, con algunas restricciones en la época de lluvias (diciembre a marzo)
El tiempo empleado para llegar al sitio del embalse de Misicuni por la vía a Morochata es de 2:00 a 3:00 horas aproximadamente y por el camino Escalareni – Misicuni es de 2:00 a 2:30 horas aproximadamente.
Los Servicios del Consultor serán desarrollados en los sitios de las obras del Proyecto Múltiple Misicuni y en la ciudad de Cochabamba donde se efectuarán las tareas de coordinación.
La información disponible es la generada en el contrato de Supervisión Técnica de la Construcción de la Presa y Obras Anexas del Proyecto Múltiple Misicuni Licitación Pública Internacional N° 02/06 y el Contrato por Excepción del 22 xx xxxxx de 2013.
e) Alcance de los servicios
En la presente sección se establece el alcance de trabajo mínimo que deberá cumplir el Consultor. Las tareas que se describen a continuación son de carácter estrictamente enunciativo y no limitativo, siendo la responsabilidad del Consultor realizar todas las tareas que sean necesarias para alcanzar los objetivos anteriormente planteados.
Los servicios de Supervisión Técnica que se requieren, comprenden la Supervisión de los trabajos en ejecución de la Construcción de la Presa y Obras Anexas del Proyecto Múltiple Misicuni, obras divididas en cuatro contratos para cuatro paquetes de acuerdo a lo siguiente:
PAQUETE 1 PRESA, VERTEDERO, POZO DE COMPUERTAS Y OBRAS
SUBTERRÁNEAS. Construcción xx Xxxxx de 120 m de altura con cara impermeable de hormigón armado y relleno gravoso, Vertedero de excedencias tipo canal abierto, Túnel de desvío, Galería de acceso a la descarga de fondo.
Descarga de fondo, cámara de válvulas equipada con una válvula mariposa de Xxxxxx Xxxxxx. Bocatoma y Pozo de compuertas
PAQUETE 2. INYECCIONES, Ejecución de la cortina impermeable con inyecciones de cemento lechada de cemento utilizando el método GIN.
PAQUETE 3. INSTRUMENTACIÓN. Implementación de la instrumentación geotécnica para el control de la estabilidad y operación de la presa durante la construcción y la operación.
PAQUETE 4. SISTEMA DE COMUNICACIONES, DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA.
Implementación de los sistemas de comunicación, sistema scada de control y telemetría y distribución de energía a las diferentes zonas y componentes de la presa.
Sin limitarse a ello y en función de las necesidades de los trabajos a ejecutar, las labores de Supervisión Técnica serán desarrolladas de acuerdo a lo indicado a continuación:
I. El Consultor deberá realizar las siguientes tareas principales:
1) Seguimiento al cumplimiento del Contrato
2) Control y seguimiento del programa de construcción
3) Control administrativo del contrato de las obras
4) Supervisión técnica de las Obras y optimización de los aspectos técnico- constructivos
5) Control y seguimiento del proceso de construcción cumpliendo fielmente lo establecido en las especificaciones técnicas de los Contratos de Obra y normas y códigos internacionales.
6) Diseño, elaboración de planos y otros documentos técnicos necesarios en la ejecución de la obra
7) Replanteo y control topográfico
8) Pruebas
9) Informes diarios, mensuales, anuales y final
10) Recepción provisional de las Obras
11) Recepción Definitiva de las Obras
II. El Consultor deberá proveer el personal clave de supervisión, apoyo logístico, equipamiento, materiales e insumos necesarios, con excepción de las facilidades otorgadas por la Empresa Misicuni y que se hallan establecidas en el punto DATOS, SERVICIOS, PERSONAL E INSTALACIONES QUE PRESTARÁ EL CONVOCANTE del presente documento.
III. El Consultor realizará todas las tareas necesarias para un adecuado seguimiento y control de los aspectos técnicos, legales y administrativos de los cuatro Contratos de Obras.
IV. El Consultor velará por el fiel cumplimiento de los términos contractuales y de las Especificaciones Técnicas contenidos en los Documentos de los cuatro Contratos de Obra, además del cumplimiento de normas técnicas y aplicación de métodos de ejecución, utilización de materiales, sostenimiento, evacuación de agua, procesos de compactación, procesos de inyecciones, implementación de equipos electromecánicos, etc., acordes con las buenas prácticas modernas de la buena ingeniería de tal modo que se logre el cumplimiento de normas nacionales e internacionales de calidad y optimización económica de las obras.
Condiciones técnicas de la obra
Los trabajos se ejecutarán de acuerdo a lo señalado en los presentes Términos de Referencia, en la Propuesta Técnica del Proponente y en los documentos de los contratos de construcción; no obstante es previsible que por razones de orden técnico y económico sea necesario en el curso de la realización de los trabajos introducir modificaciones en la obra, como ser métodos constructivos, diseños, etc., sin alterar en lo substancial el carácter de la obra.
Autoridad del Supervisor
El Supervisor tendrá facultad y responsabilidad de resolver todos los aspectos referentes a calidad y aceptación de los materiales empleados, trabajo ejecutado y su pago, progreso de obra, de conformidad con planos y especificaciones técnicas, y la aceptabilidad y certificación del cumplimiento del Contrato de Obra, asimismo deberá realizar la interpretación de planos y especificaciones del proyecto.
Acceso a la Obra
El Supervisor, su personal, el Fiscal de Obra y Fiscal Ambiental, designado por el Contratante, los funcionarios de dicha entidad y funcionarios gubernamentales que sean autorizados por el Contratante, tendrán en todo momento acceso libre a la obra, para inspeccionar los trabajos, lugares de provisión de materiales, equipamiento e instalaciones debiendo el Contratista proporcionar todas las facilidades que sean requeridas para este objetivo.
Obligaciones del Consultor
El Consultor realizará su trabajo con diligencia, empleando personal técnico calificado, con amplia experiencia en trabajos similares. El Consultor analizará los problemas técnicos, legales y administrativos del Proyecto y emitirá en consecuencia las instrucciones necesarias al Contratista de Obras velando por la calidad, economía, eficiencia y seguridad en la construcción de las Obras. Las decisiones que tome el Consultor deberán estar debidamente respaldadas con la previa autorización de la Empresa Misicuni. El Consultor emitirá las instrucciones al Contratista en coordinación con el Fiscal de Obras designado por la Empresa Misicuni.
El Consultor está obligado a velar por el cumplimiento de la Ley 1333 y sus reglamentos, y cumplir y hacer cumplir al Contratista todo lo que está definido en el PPM – PASA y en las especificaciones Técnicas Ambientales. De igual manera deberá hacer cumplir las Medidas de Seguridad Industrial y Bien Estar Social y velar el cumplimiento de las Leyes Laborales que rigen en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Es atribución exclusiva de la Empresa Misicuni autorizar a través del Fiscal de Obras y Fiscal Ambiental, lo siguiente:
Modificaciones del Contrato de Obras.
Pagos al Contratista.
Autorización de extensión de Plazos de Terminación de las Obras.
Subcontratación de partes de las Obras.
Todos los asuntos expresamente indicados en los Contratos de ejecución de obras y sus especificaciones técnicas.
El Consultor deberá proveer los elementos de juicio necesarios a través de diseños, cálculos, esquemas, dibujos, planos, etc. para respaldar las decisiones sobre estos temas.
Control Administrativo del Contrato de Obras
El Consultor estudiará los documentos de los contratos de Obras debiendo efectuar un seguimiento del cumplimiento de las obligaciones del Contratista y requerimientos contractuales, tales como llevar el control directo de la vigencia y validez de las boletas bancarias de garantía, pólizas de seguros, etc.
El Consultor llevará un control del movimiento administrativo y contable de los contratos, mediante la utilización de un sistema computarizado que permita tener un registro permanente y detallado de las cantidades de obra, insumos, servicios, etc. que serán aplicados en los Contratos de la Obra para efectos de pago; así como de la mano de obra, equipos y materiales suministrados por el Contratista en la ejecución de los trabajos.
El Supervisor hará llegar al Contratante una copia de toda la correspondencia recibida y despachada.
Supervisión Técnica de las Obras
El Consultor supervisará todos los trabajos que debe ejecutar el Contratista, en el marco de los Contratos de Ejecución de Obras, lo que significa que revisará y aprobará la información técnica presentada por aquel e impartirá las instrucciones necesarias para la correcta ejecución de las obras.
Las tareas de supervisión comprenderán, pero sin limitarse a las siguientes:
- Revisión y aprobación del cronograma de obra, revisión y aprobación de los manuales de medio ambiente y seguridad industrial, revisión inspección y aprobación de la lista de equipo y maquinaria ofertada incluyendo aquella ofertada en stand-by.
- Revisión y aprobación de planos, esquemas y métodos constructivos propuestos por el Contratista para las obras. Funcionamiento de acuerdo a especificaciones de las instalaciones provisionales del Proyecto (campamentos, comedores, posta sanitaria, servicios de agua, alcantarillado, energía eléctrica, seguridad, talleres, etc.).
- Revisión y aprobación de los materiales de construcción, bancos de materiales y áreas xx xxxxxxxx, sitios de disposición de escombros y otros.
- Supervisión de la mano de obra, equipos y maquinarias empleados en la construcción.
- Revisión, complementación y seguimiento permanente de las características geológicas y geotécnicas del macizo rocoso en las obras subterráneas y a cielo abierto, garantizando de este modo la correcta ejecución de las obras. El Consultor llevará un registro detallado de esta información para efectos de control técnico.
- Instrucciones al Contratista respecto a la modalidad o metodología para la ejecución de los trabajos de excavaciones, medidas de sostenimiento, evacuación de aguas, hormigón proyectado, inyecciones, hormigón bombeado, hormigón armado de la cara impermeable y elementos estructurales, rellenos especificados para cada zona de la presa, perforaciones de ensayo y de sondeo, provisión e instalación del equipo
electromecánico, provisión del equipo de instrumentación, automatización y toda actividad prevista o no que requiera la obra para su correcta ejecución.
- Medición de los volúmenes de obra y cantidades efectivamente ejecutadas en forma conjunta con el Contratista para fines de pago, elaborándose actas que deberán ser suscritas por el Consultor, Contratista y Fiscal.
- Control y seguimiento de los Libros de Obra.
- Seguimiento de construcción en todos los componentes de la obra.
- Monitoreo y registro de los rendimientos durante las actividades de construcción de los componentes de la obra.
- Control de calidad de acabado de cada una de las fases de construcción.
- Levantamiento y elaboración de planos de las obras tal como fueron construidas.
- Realización de las pruebas y ensayos correspondientes del equipo electromecánico instalado de manera permanente en la obra, elaboración de cronograma de pruebas por equipos y sus correspondientes periodos de prueba, que garanticen su buen funcionamiento. Prueba y operación de todo el sistema en su conjunto.
- Elaboración de manuales de operación y mantenimiento del sistema como conjunto y de cada una de sus partes. (presa, embalse, túnel, obras complementarias, equipo electromecánico, sistemas de automatización, etc.)
- Manuales y formularios de Supervisión
Las labores de supervisión deberán ser sistematizadas mediante la implementación de manuales y formularios adecuados que permitan al personal de la Consultora realizar un control adecuado con un criterio común.
Los formularios deberán permitir tanto a los inspectores como al resto del personal de supervisión: informar, calcular y registrar el avance y ejecución de las obras en unidades comunes de manera que se facilite el archivo, registro y control de los trabajos tanto del Contratista como de la Supervisión.
A manera indicativa se señalan algunos formularios que deberán ser implementados: Informe diario de inspectores, resumen diario de los responsables de Supervisión por frentes, formularios de excavaciones y movimientos de tierras, formaletas, formulario de dosificaciones, elaboración de hormigones y morteros, colocación de hormigones, perforaciones, inyecciones, ensayos y pruebas, aprobación de materiales, avance diario, registro de trabajos, actas de revisión y aprobación de trabajos, planillas de compactación de terraplenes, gráficas de granulometría, densidades, pesos, formulario de movimiento y recepción de equipo y maquinaria tanto del Contratista como el que formará parte de la obra y en forma especial para bienes importados.
Topografía
Supervisión y control de los trabajos de topografía del Contratista para establecer la ubicación exacta de las obras, y los alineamientos finales. El Consultor realizará levantamientos topográficos de control regulares en el curso de la construcción, en coordinación con los trabajos del Contratista.
Efectuará la verificación de las cantidades de excavaciones, rellenos realizados y volúmenes de obra que precisen levantamientos de secciones antes y después de la ejecución de la actividad.
Pruebas
El Consultor supervisará todas las fases de elaboración de los hormigones, construcción del cuerpo de la presa, ejecución de las operaciones de perforación, inyección, extracción de testigos de hormigón y roca, así como el control de todas las etapas de obra.
En base a las muestras obtenidas, el Supervisor realizará en laboratorio las pruebas respectivas. Del mismo modo, el Consultor realizará con la ayuda de personal del Contratista, todas las pruebas in situ que considere necesarias.
Definición de procedimientos de control de calidad mediante la utilización de planillas y/o formularios a convenir entre el Consultor, el Contratista y la Empresa Misicuni.
Presentación de informes
El Consultor presentará pero sin limitarse a ello los siguientes informes, por contrato de obra. Los cuáles serán presentados en formato carta:
Informes diarios
Que contenga cuadros sucintos de las obras ejecutadas en el día y el uso de recursos por frentes de trabajo.
Informes mensuales
Que deberán incluir aspectos técnicos, económicos, cumplimiento de especificaciones, evaluación y proyección del avance de obra, previsiones para evitar retrasos, planos parciales “tal como se construyó”, entre otros. El número de ejemplares impresos será de cinco (5) y un CD editable en su totalidad. El contenido de estos informes será el siguiente:
Resumen Ejecutivo.- Se hará una breve reseña sobre la marcha de los trabajos, avance porcentual de ejecución y su comparación con el Programa de Construcción Contractual, analizando a la vez las posibilidades de cumplimiento del plazo contractual y recomendando las medidas a adoptar para corregir posibles demoras.
Rubros de Ejecución.- En forma gráfica se indicarán los avances de realización de los distintos trabajos en el mes considerado.
Personal y Equipo del Contratista Asignado a la Obra.- Personal y equipo empleado durante el periodo del Informe.
Registros diarios.- Conteniendo la siguiente información:
- Actividad ejecutada.
- Volumen de obra ejecutado.
- Distribución del tiempo de trabajo según las actividades desarrolladas por el Contratista en cada frente de trabajo, las interrupciones producidas y cualquier otra situación ocurrida.
Análisis Estadísticos.- De los datos diarios principales y análisis de las causas de cambios notables, en los rendimientos de los equipos en los frentes de trabajo.
Detalles.- De los principales materiales e insumos utilizados durante el mes. Disponibilidad de materiales e insumos en stock.
Aspectos relevantes.- De los aspectos y problemas más relevantes y las soluciones aplicadas.
Seguridad Industrial.- Seguimiento y control sobre la Seguridad Industrial y ocupacional en el área del Proyecto.
Medio Ambiente.- Seguimiento y control sobre las Medidas Ambientales en el área del Proyecto.
Consultor.- Relación de los trabajos realizados por el Consultor.
Modificaciones. Modificaciones que hubiesen sido incorporadas al Proyecto, con breves comentarios sobre su necesidad y significado económico.
Problemas específicos.- Factores que eventualmente entorpecen el normal avance de la Obra y las medidas tomadas o por tomar para superarlos.
Avance Físico.- Gráfico de avance físico con diagramas xx xxxxxx donde se indicará el avance de la obra con determinación del trabajo ejecutado en el mes y anteriormente y el total físico realizado en porcentaje.
Programa de Progreso.- Contendrá el porcentaje de cada ítem de pago principal y del total de los trabajos y su comparación con el Programa Contractual.
Inversión.- Curva de Inversión Acumulada, que señalará en forma gráfica la certificación real acumulada y programada, con indicación del porcentaje de adelanto o atraso.
Libro de Órdenes.- Copia de las Hojas de Instrucciones del mes, existentes en el Libro de Órdenes.
Órdenes de Cambio.- Detalle de Órdenes de Cambio (si las hubieren) aprobadas o en trámite.
Informes Anuales
El Supervisor presentará en cuatro ejemplares. El informe contendrá, entre otros, de los siguientes capítulos:
Actividades de la Construcción
- Registro de las actividades de construcción y de control de calidad.
- Registros del progreso de cada actividad de trabajo a través del período de construcción.
- Disposiciones sobre las actividades constructivas ejecutadas.
- Registros de las pruebas realizadas.
- Planillas de pago del Contrato.
- Descripciones del equipo y materiales de construcción empleados.
- Registros de la mano de obra utilizada en función de tiempo y obra ejecutada
- Registro de las actividades de aceptación.
Geología
Presentará los registros geológicos en planos a escala de 1:200 así como una comparación de la estructura geológica y formaciones encontradas con aquellas esperadas de acuerdo con la información geológica obtenida por otros con anterioridad a la presente licitación. Si hubiera cambios importantes, los informes incluirán una evaluación de las condiciones esperadas en el futuro para evaluación del Programa de Construcción.
Control de Calidad
Presentará los resultados de ensayos y pruebas realizados en la obra, con objeto de aprobar materiales, procesos de compactación y diseños de mezclas. Se incluirá, entre otros aspectos:
- Hormigón Proyectado: diseño de mezclas y pruebas de aplicación; control de resistencia.
- Pernos: pruebas de instalación, control de resistencia, control de calidad de los materiales de anclaje (resinas y morteros).
- Perforaciones para inyección.
- Lechada para Inyección: diseño y control de mezclas.
- Hormigón Convencional: diseño de mezclas, control de propiedades de materiales y mezclas, control de resistencia.
- Xxxxx xx xxxxxxxx: Certificación del xxxxx xx xxxxxxxx a ser utilizado.
- Bancos de Materiales.
- Compactación: diseño de la compactación de los diferentes sectores del cuerpo de la presa (terraplenes de prueba), control de la compactación.
Diseños
Presentará todas las actividades de diseño del Consultor realizadas en el transcurso de la construcción. Así como la revisión del diseño y optimización de los diseños finales.
El informe de diseños las hipótesis, criterios de diseño, resultados relevantes de ensayos in-situ y de laboratorio, metodología y conclusiones de diseño, respaldado con memorias de cálculo, esquemas, dibujos, planos, etc.
En el curso de la construcción, el Consultor preparará un juego completo de planos "tal como se construyó”, que será incluido en conjunto con el Informe de
Diseños. Para lograrlo, se mantendrá un juego de planos/dibujos de trabajo indicando los alineamientos, niveles, dimensiones, etc. efectivamente empleados en la construcción de las obras. Este juego de planos incluirá tanto los preparados por el Consultor como los preparados por el Contratista.
Seguimiento Contractual
Este informe presentará toda la información de las cantidades de obra realmente ejecutadas de cada uno de las actividades de pago del contrato de construcción. Certificará además la aceptabilidad del trabajo realizado por el Contratista.
En el informe también figurará un amplio listado de Órdenes de Cambio establecidos en el curso de la construcción e incluirá un análisis de la contribución del consultor en el control de las cantidades, costos y tiempo de construcción del proyecto. También se incluirá la documentación relativa a cualquier reclamo presentado por el Contratista y su estado al final de los servicios de supervisión.
Informes Especiales
El Consultor deberá presentar en cualquier momento cualquier informe especial solicitado por la Empresa Misicuni, referido entre otros a:
- Situaciones especiales que se puedan presentar en la Obra.
- Levantamiento de control topográfico.
- Resultados de análisis y pruebas de laboratorio, ensayos y mediciones en situ.
- Aspectos particulares relativos a la geología realmente encontrada.
- Aspectos especiales con relación al equipo electromecánico, instrumentación y automatización
Informe Final
Este informe será presentado al Contratante, el lapso que medie entre la Recepción Provisional y la Recepción Definitiva de la Obra. Este informe constituirá una recopilación de la información presentada en los informes anuales. El informe global se acompañará de un Informe de Síntesis (Resumen Ejecutivo) del Proyecto, en un número de cuatro ejemplares (4) impresos y un CD editable.
Incluirá además todos los aspectos mencionados para los informes mensuales y juegos completos de planos finales “tal como se construyó”. Comprenderá una descripción cronológica y detallada del proceso de construcción, mencionando los volúmenes y montos de obra ejecutados, relación del personal, material y equipo utilizado, dando a conocer el cumplimiento y/o ampliación del plazo contractual, atrasos, problemas encontrados y soluciones adoptadas y todo aspecto relevante ocurrido durante la construcción de las obras del proyecto, incluyendo un reporte ambiental de seguimiento y control, señalando los
impactos y las medidas de mitigación, los problemas que se han presentado y las medidas que se tuvieron que aplicar.
Revisión y Aprobación de los Informes
La Empresa Misicuni, por la importancia que tienen los informes mensuales, anuales y especiales, así como los planos "Tal como se construyó" y otros documentos que el Supervisor emita, deberá revisar y aprobarlos, en su caso observarlos y/o rechazarlos dando a conocer las observaciones para su modificación y complementación en un período no mayor a diez (10) días hábiles de su presentación. El Consultor deberá satisfacer en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles, toda aclaración, observación o complementación requerida por la Empresa sin que por ello tenga derecho a reclamar aumento alguno sobre el precio contratado o plazo adicional.
Si en el lapso de los diez (10) días hábiles, la Empresa no hace conocer por escrito sus observaciones, el Supervisor asumirá que los documentos presentados han sido aprobados.
El Informe Final será revisado por la Empresa Misicuni en un período no mayor a treinta (30) días calendario. Si la Empresa Misicuni no se pronuncia en dicho plazo, el Informe Final presentado se considerará aprobado. Caso contrario, los documentos serán devueltos al Consultor, para que éste realice las complementaciones o correcciones pertinentes en un plazo máximo de veinte
(20) días calendario computados a partir de la entrega de las observaciones sin que por ello tenga derecho a reclamar aumento alguno sobre el precio contratado o plazo adicional.
El Informe Final se presentará en volúmenes separados (tomos). Cada tomo debe iniciarse con una carátula genérica con identificación de la entidad contratante, los financiadores y el nombre del consultor. En cada tomo se debe incluir el índice de tomos indicando claramente el tomo que se desarrolla, posteriormente el índice del tomo, las listas xx xxxxxxx, figuras y tablas (indicando la página de ubicación) y la relación de anexos. Los distintos capítulos de cada tomo se separarán debidamente, para permitir su localización con el ejemplar cerrado.
La ordenación y distribución de los documentos se realizará de manera que resulten volúmenes de espesor no superior a siete centímetros, con el fin que puedan ser fácilmente manejados. En las portadas y en los lomos de los tomos se pondrán títulos y números indicativos del orden que ocupa cada tomo, para permitir una rápida localización de los temas. La unión de las hojas se realizará por su lado mayor, excepto en los planos.
Los planos deberán ser dibujados en formato digital y en plataforma Autocad. Los planos deben permitir situar, replantear y construir las obras sin más que este documento y las Especificaciones Técnicas Particulares. La sistematización y codificación de planos se establecerá del más general al más particular, con un criterio lógico. En los planos se hará figurar las escalas gráficas precisas. En los planos se deben introducir todas las referencias necesarias para su fácil entendimiento (ubicación, identificación de partes, etc.).
El consultor entregará el soporte magnético de todos los documentos elaborados en formato original debidamente ordenado y etiquetado con la misma numeración que los documentos presentados en formato impreso. No se aceptarán formatos PDF o protegidos.
Asesoramiento en Controversias
Como parte del servicio de Supervisión, la Consultora deberá estar en condiciones de brindar el asesoramiento adecuado mediante profesionales calificados ante eventuales controversias con el Contratista y/o terceros en cuanto a aspectos legales, técnicos y administrativos, para lo cual el Supervisor deberá analizar y evaluar la situación mediante reuniones de trabajo para aclaraciones y si es el caso manifestar disconformidad. En cualquier caso, la Supervisión emitirá una opinión fundamentada y asesorará en la búsqueda de una solución definitiva.
DATOS, SERVICIOS, PERSONAL E INSTALACIONES QUE PRESTARÁ EL CONVOCANTE
La Empresa Misicuni proporcionará toda la información y documentación existente sobre el Proyecto Múltiple Misicuni que se encuentre en sus dependencias. Asimismo, facilitará al Consultor el acceso a las diferentes instituciones que tengan relación con el Proyecto y su área de influencia, autoridades locales, así como el acceso a todos los sitios de interés para el Proyecto.
La Empresa Misicuni, por su cuenta y/o por intermedio del Contratista proveerá sin costo al Consultor en el sitio de obras las siguientes facilidades:
a) Oficinas, alojamiento y servicios anexos
b) Servicios de alimentación
c) Laboratorio de ensayos
a. Oficinas y Alojamiento
Área de oficinas en el campamento principal de las obras. (Estas instalaciones serán compartidas con el personal de fiscalización de la Empresa Misicuni).
En los campamentos principal y provisional, se proveerá alojamiento para el personal de la Supervisión.
Las características de las oficinas y alojamientos corresponden a las contempladas en las Especificaciones Técnicas de las Obras. Además, el personal de la Supervisión tendrá derecho a la utilización de los servicios comunes del campamento como ser:
Ambientes y facilidades recreativas.
Servicios e instalaciones de asistencia médica de emergencia.
Sistema de comunicación entre las oficinas del Consultor y las dependencias del Contratista y frentes de trabajo.
Energía eléctrica, agua potable y alcantarillado.
Recolección de basuras.
b. Servicios de alimentación
Servicios de comedor y alimentación en el campamento, para el personal de la Supervisión que trabaja en los sitios de obra.
c. Laboratorio de ensayos
La Empresa Misicuni por su cuenta o por intermedio del Contratista de las Obras proveerá para utilización del Consultor laboratorios de control de calidad, equipados para realizar pruebas de rutina en el campo de:
Resistencia de materiales, básicamente ensayos de hormigón
Mecánica de suelos
Mecánica de rocas
El equipo mínimo que se dispondrá consta de lo siguiente:
N º | Ítem | Unidad | Cantidad | Observaciones |
1 | Banco de Ensayo Universal | Pieza | 1 | Estructura completa para ensayos uniaxiales con capacidad de 1.0/MN |
2 | Sierra Circular | Pieza | 1 | Para preparación de muestras |
3 | Máquina de Perforar Estacionaria | Juego | 1 | Obtención de muestras de 50 y 100 mm de diámetro |
4 | Horno de Secado | Pieza | 2 | Horno que permite mantener una temperatura constante de 110º C debe tener termómetro incluido y ser eléctrico |
5 | Tamices para finos | Juego | 2 | Nakkas Brs, 4,10,20,40,10,80,100,120,200, con fondo y tapa |
6 | Tamices p/gruesos | Juego | 2 | Mallas 3”, 2 ½”, 2”, 11/2”, ¾· ½·, 3/8” con fondo |
7 | Balanza | Juego | 1 | Una balanza con 20 kg de capacidad y 1 gr de aproximación, puede ser electrónica o común |
8 | Máquina vibradora | Pieza | 1 | Para vibrar tamices, tipo RO-TAP ELÉCTRICA |
9 | Aparato de A. Casa grande | Pieza | 1 | Incluye cuchillas para hacer ranuras |
10 | Molde compactación | Pieza | 1 | Incluye pistones cilíndricos de compactación de 18” de caída y 10 libras de peso más guiador |
11 | Frascos de arena | Pieza | 2 | Incluye 2 conos de metal con válvula más cincel, xxxxx xx xxxxx, combo, cuchara. |
12 | Volumen ó metro | Pieza | 1 | Incluye 2 vejigas más cincel, xxxxx xx xxxxx, combo cuchara |
13 | Máquina de desgaste de Los Ángeles | Pieza | 1 | Incluye extensómetro y todos sus accesorios |
14 | Aparato xx Xxxxx | Pieza | 1 | Termómetro más todos sus accesorios |
15 | Hidrómetro | Pieza | 2 | Calibrador en gr/lt y divisiones de gramo en gramo más probeta de 500 cc y de 1.000 cc |
16 | Picnómetro | Pieza | 2 | Botella tipo Gay Luzca con 50 ml de capacidad |
17 | Xxxx xx Xxxxxxxx | Pieza | 2 | Para prueba de “Slump”, incluye varilla de compactación y base |
18 | Cilindros xx xxxxx | Pieza | 3 | Para ensayos de Hº en compresión de 1” de diámetro de 12” de longitud con placa de soporte y varilla |
d. Vehículos de servicio
La Empresa Misicuni proporcionará al Consultor los siguientes vehículos
a) 1 vagonetas, doble tracción, corona de montaña, capacidad 6 pasajeros.
b) 4 camionetas tipo pick up, doble tracción, doble cabina, corona de montaña,
Los costos de chóferes, combustibles, lubricantes, reparaciones, mantenimiento, impuestos, seguros, y otros gastos que se requieran para los vehículos utilizados por el Consultor durante la vigencia del Contrato correrán a cuenta de éste.
Estos vehículos sólo serán utilizados para los fines del Proyecto. Después de la terminación de los trabajos de Supervisión serán devueltos a la Empresa Misicuni en óptimas condiciones de funcionamiento
PLAZO DE REALIZACIÓN DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA
El plazo estimado de ejecución de los servicios solicitados está previsto para un tiempo efectivo de trecientos sesenta y cinco días calendario (365 días) siguiendo lo establecido a continuación:
El Consultor debe considerar en su propuesta que realizará junto con la Empresa Misicuni la Recepción Provisional y Definitiva de las obras.
Es obligación primordial del consultor, velar por el cumplimiento de los plazos contractuales de ejecución de las obras.
RESPONSABILIDAD TÉCNICA DEL SUPERVISOR
En atención a que el Supervisor es el responsable directo y absoluto de los servicios que ejecuta, deberá responder por el trabajo realizado, durante los siguientes cinco
(5) años, computables desde la aceptación del Informe Final por parte de la Empresa Misicuni, por lo que en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección pertinente, no podrá negar su concurrencia. En caso de no concurrir a esa convocatoria, la entidad contratante hará conocer por escrito esta situación al Órgano Rector (Ministerio de Economía y Finanzas Publicas) para efectos de información y a la Contraloría General del Estado, a los efectos legales pertinentes, en razón de que el servicio prestado fue un acto administrativo por el cual es responsable ante el Estado.
El Consultor acepta someterse expresamente a las leyes nacionales del Estado Plurinacional de Bolivia y a los procedimientos de control, fiscalización y evaluación de la Empresa Misicuni para el desarrollo de sus servicios y cumplimiento del Contrato.
El proponente debe examinar cuidadosamente los presentes Términos de Referencia y no omitir la presentación de ninguna información o documento solicitado. Asimismo declara conocer los antecedentes y sitio de las obras.
La empresa adjudicada, no podrá sustituir el personal nombrado en su propuesta; en caso de ser necesario, el personal de reemplazo deberá tener igual o mejor calificación profesional y experiencia, en este caso se deberá requerir la no objeción de la Empresa Misicuni.
Los documentos que se elaboren, como resultado de los servicios del Consultor deberán tener el respaldo de profesionales especializados y del Gerente del Proyecto de acuerdo a su propuesta.
El Consultor se obliga a responder por escrito las consultas y aclaraciones que la Empresa Misicuni, le formule acerca de los servicios a ser prestados.
INSTRUCCIONES POR ESCRITO
Todas las instrucciones emitidas por el Supervisor deberán ser realizadas por escrito, a menos que por alguna razón justificada y con carácter excepcional el Supervisor considere necesario impartir dichas instrucciones verbalmente, en cuyo caso el Contratista también deberá cumplirlas. Tales instrucciones deberán ser confirmadas por escrito, ya sea antes o después de ser cumplidas y deberán ser consideradas como una orden en el ejercicio de la obra. Las instrucciones serán escritas en el libro de Órdenes.
RITMO DE PROGRESO DE LA OBRA
El Supervisor realizará mensualmente la evaluación del progreso de la obra con relación al programa de trabajo vigente y al cronograma de pagos.
Si en opinión del Supervisor, el ritmo de avance de la obra o de una parte de ella, es demasiado lento y, por tanto no garantiza su terminación en el plazo previsto, el Supervisor de forma independiente a la aplicación de multas previstas en el contrato de obra, notificará por escrito sobre esta situación al Contratista, quien deberá adoptar de inmediato las medidas correctivas necesarias para concluir la obra dentro del plazo vigente. Asimismo, hará conocer copia de esta comunicación al Fiscal de Obra.
Si en el plazo prudencial fijado por el Supervisor el Contratista no logra recuperar el atraso producido, estará obligado a presentar a consideración del Supervisor un nuevo cronograma o programa acelerado de trabajos a partir del avance alcanzado, incorporando equipo adicional a su costo y aplicación de rendimientos razonables que garanticen la terminación de la obra en el plazo final establecido.
ORDEN DE PROCEDER AL SUPERVISOR
A objeto que el Supervisor dé inicio a sus servicios, el Contratante a través del FISCAL DE OBRA, emitirá la Orden de Proceder mediante una carta expresa. Transcurrido el periodo de movilización que el contratante establezca en el Contrato, el Supervisor dará inicio físico a los servicios contratados.
RESPONSABILIDAD CIVIL DEL SUPERVISOR
En el caso que el Supervisor, en ejercicio de sus funciones, de lugar a que se emerja daño económico al Estado, será responsable de resarcir el mismo, una vez que mediante la acción legal correspondiente se haya demostrado tal hecho.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
El Supervisor, asumirá la responsabilidad técnica total de los Servicios de Supervisión Técnica presentados bajo contrato.
El conocimiento a detalle de todos los documentos y planos con los que se ha contratado la obra, son de su directa responsabilidad, por lo que no puede aducir desconocimiento alguno para eximirse de la responsabilidad final y total de la Supervisión Técnica de la obra.
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Y MANCOMUNADA
En el caso de Asociaciones Accidentales, las firmas componentes de la Supervisión Técnica, serán responsables solidarias y mancomunadas del cumplimiento del contrato así como en el caso de cualquier demanda legal.
ANÁLISIS DE LOS DISEÑOS Y PLANOS DE CONTRATO
El consultor analizará y si es el caso corregirá y complementará todos los diseños y planos de licitación con la debida anticipación a la ejecución de las obras y proceder a instruir de forma oportuna su ejecución con planos aprobado para construcción.
REPLANTEO FÍSICO Y TRABAJOS TOPOGRÁFICOS
El Supervisor replanteará en coordinación con el Contratista las obras a ejecutarse de acuerdo a los planos y condiciones físicas efectivamente encontradas.
PERIODO DE MOVILIZACIÓN
El Supervisor propondrá a la fiscalización de obra para su aprobación la movilización de su personal de acuerdo a las necesidades de la obra.
CRONOGRAMA O PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS
El Consultor deberá revisar, corregir y optimizar los programas y cronogramas de construcción propuestos por el Contratista, los mismos que serán parte del contrato de construcción de obra. Con base en estos documentos, controlará el avance de las Obras para lograr el cumplimiento de los plazos de terminación de contrato; llevará un registro detallado de todos los eventos de carácter técnico o administrativo que pudieran afectar el plazo de construcción de Obras, para su análisis y solución. El Consultor propondrá para la aprobación de la Empresa Misicuni el software computarizado adecuado para el control del Proyecto.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y CAUSAS PARA SU AMPLIACIÓN
El plazo dentro del cual debe ser terminada la obra y las posibles causas para su ampliación están estipulados en el contrato de obra.
MANTENIMIENTO DE OBRA EN EJECUCIÓN
El Supervisor ejercerá la inspección y control permanente de las obras ejecutadas y en ejecución exigiendo el mantenimiento de éstas.
INSPECCIÓN DE LA CALIDAD DE LOS TRABAJOS
El Supervisor ejercerá la inspección y control permanente, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra.
El Contratista deberá proporcionar rápidamente y sin cargo adicional alguno al Contratante, todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para las inspecciones y ensayos del Supervisor, que serán efectuados de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo.
El personal de inspección del Supervisor estará autorizado para llamar la atención al Contratista sobre cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones técnicas para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar los materiales defectuosos.
Las instrucciones y observaciones verbales del personal del Supervisor deberán ser ratificadas por escrito, en el Libro de Órdenes, que para el efecto deberá tener disponible el Contratista.
Ningún trabajo será cubierto o puesto fuera de vista, sin la aprobación del Supervisor, y el Contratista estará obligado a solicitar dicha aprobación, dando aviso al Supervisor con la debida anticipación, cuando los trabajos se encuentren listos para ser examinados. La infracción de esta condición obligará al Contratista a realizar por su parte todos los trabajos que considere necesarios el Supervisor para verificar la calidad de la obra cubierta sin su previa autorización.
REMOCIÓN DE TRABAJOS DEFECTUOSOS
Toda parte de la obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros documentos técnicos del Contrato, será considerada trabajo defectuoso.
Cualquier trabajo defectuoso observado por el Supervisor antes de la Recepción Definitiva de la obra, que sea resultado de mala ejecución, del empleo del material inadecuado, deterioro por descuido o cualquier otra causa, será removido o reemplazado dentro del plazo asignado por la Supervisión.
Si el Contratista no ejecutara la remoción de trabajos defectuosos y su consiguiente reconstrucción dentro del plazo razonablemente establecido por el Supervisor, el Contratante está facultado a realizar dichos trabajos mediante terceros. Todos los gastos que demande esta acción, serán pagados por el Contratista y en consecuencia el importe se descontará de su planilla o certificado de obra, o de su Garantía de Cumplimiento de Contrato.
MEDICIONES
El Supervisor realizará la medición de los volúmenes de obra y cantidades efectivamente ejecutadas en forma conjunta con el Contratista para fines de pago, elaborándose actas que deberán ser suscritas por el Consultor, Contratista y Fiscal.
CERTIFICADOS Y PLANILLAS MENSUALES DE PAGO
Mensualmente el Contratista presentará por escrito y con la fecha respectiva, un certificado o planilla por el total de trabajo ejecutado hasta la fecha, emergente de la medición conjunta realizada con el Supervisor, para la aprobación de ésta.
El valor del pago mensual de los ítems de contrato durante el mes en cuestión será:
- El monto acumulado por los ítems ejecutados hasta la fecha.
- Menos el total facturado por trabajos ejecutados hasta el mes anterior.
- Menos la amortización del anticipo otorgado para movilización, de acuerdo al porcentaje establecido.
FIRMA Y FECHA EN EL CERTIFICADO DE PAGO
Cada certificado de pago deberá necesariamente llevar las siguientes firmas y la fecha en que se efectúan las mismas:
- Firma del Contratista y fecha de entrega al Supervisor.
- Firma del Supervisor y fecha de entrega al Fiscal de Xxxx.
- Firma del Fiscal de Obra, fecha de remisión a la dependencia que realiza la Obra.
- Firma del Jefe de la dependencia que realiza la obra. Fecha de remisión a la autoridad delegada, para autorización de pago.
- Firma de la Autoridad delegada, fecha de autorización del pago.
INCUMPLIMIENTO EN LA CONCLUSIÓN DE LA OBRA DENTRO DEL PLAZO DE CONTRATO
De acuerdo con las estipulaciones del Contrato de obra referente al plazo para la terminación de la obra, por cada día de atraso en la conclusión de la misma, que no se encuentre debidamente justificado, el Contratista pagará una multa por xxxx, cuyo monto se establece en el Contrato.
TERMINACIÓN DE LA OBRA
A la terminación de la obra, el Contratista mediante carta expresa solicitará al Supervisor, el señalamiento de día y hora para la realización de una inspección conjunta, para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones, por consiguiente la obra se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega provisional.
Realizada la inspección y una vez que el Supervisor considere técnicamente, que toda la obra se encuentra satisfactoriamente terminada, elaborará un informe para conocimiento del contratante a través del Fiscal de Obra, estableciendo la procedencia de la Recepción Provisional, señalando día y hora a este fin.
RECEPCIÓN DE OBRA
El consultor debe considerar en su propuesta que realizará junto con la Empresa Misicuni la Recepción Provisional y Definitiva de las obras.
Recepción Provisional de la Obra
Una vez concluida la obra y de no mediar objeciones ni observaciones serias con la calidad y la conclusión de la obra, luego del recorrido de inspección conjunta entre el Supervisor, el Contratista y los representantes técnicos del Contratante como observadores; el Supervisor procederá a la Recepción Provisional de la obra, bajo su directa responsabilidad técnica, suscribiendo el Acta correspondiente con el Gerente de Proyecto en la que se indicará claramente el estado final de la obra, haciéndose constar si corresponde, todos los trabajos de corrección o complementación que el Contratista debe ejecutar dentro del período de prueba. Esta Acta también deberá ser suscrita por el Contratista (Superintendente de Obra).
La fecha de solicitud de Recepción Provisional servirá para efectos del cómputo del plazo de ejecución de la obra.
Recepción Definitiva
Cumplidos los días calendarios requeridos, subsiguientes a la Recepción Provisional tendrá lugar la Recepción Definitiva de la Obra. A este objeto el Contratista, mediante carta expresa indicará que han sido subsanadas todas las observaciones (si existieron) y solicitará al Supervisor fije día y hora para la Recepción Definitiva de la Obra.
El Supervisor en consulta con el Contratante, fijará día y hora para el verificativo de la inspección técnica final, que si corresponde se procederá a la Recepción Definitiva de la obra.
A este acto concurrirá el Superintendente de la Obra en representación legal del Contratista, el Gerente de Proyecto en representación legal del Supervisor y los representantes técnicos que a este efecto acredite el Contratante.
La mencionada comisión realizará una inspección total de la Obra y si no surgen observaciones, procederá a la redacción y firma del Acta de Recepción Definitiva, a partir de lo cual la obra pasa a responsabilidad de la entidad Contratante, como propietaria, a los efectos de su utilización y mantenimiento.
CERTIFICADO FINAL DE PAGO
Inmediatamente después de que la Obra haya sido concluida a satisfacción del Contratante y entregada definitivamente por el Contratista y el Supervisor, éste procederá a la preparación del certificado de medición final, el cual será sometido al conocimiento, aceptación u observaciones del Contratista, en forma escrita.
El Contratante no tendrá responsabilidad alguna hacia el Contratista por cualquier reclamo emergente o relacionado con el contrato o la ejecución de la obra, o a menos que dicho reclamo esté plenamente detallado en el Estado Final de las Cuentas.
Con la aprobación del Supervisor el certificado final de pago seguirá en trámite de aceptación final y pago por el Contratante.
PLAN DE TRABAJO
En su propuesta, el Consultor presentará un plan de trabajo detallado de todas las actividades por desarrollar. En el plan de trabajo se contemplará la interdependencia de las distintas actividades. Esta interdependencia es también la base para la definición de los hitos críticos, aparte de los hitos netamente disciplinarios.
Los hitos críticos serán definidos por el consultor en su propuesta técnica y concordados con la Empresa Misicuni. Los hitos críticos pueden ser de diferente índole (técnico, social, legal), su cumplimiento es obligatorio para poder seguir con posteriores pasos del trabajo de Consultoría.
PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS
Los originales de los documentos, libretas de campo, memorias de cálculo, planos, diseños y otros documentos que elabore el Supervisor con relación a la obra, serán de propiedad del Contratante y en consecuencia deberán ser entregados a éste en su totalidad y bajo inventario, quedando absolutamente prohibida la difusión de dicha documentación, total o parcialmente, sin consentimiento previo y por escrito del Contratante.
CAPACITACION
El Consultor tendrá a su cargo personal boliviano al que deberá capacitar en temas relacionados a la Supervisión Técnica sobre la tecnología aplicada, así como manejo de instrumentos, software y todo equipamiento que se utilice para el control y operación de las obras del Proyecto Múltiple Misicuni.
La capacitación deberá hacerse no sólo al personal que trabaje directamente en Obra sino también al personal que designe la Empresa Misicuni.
INFORMES Y CALENDARIO DE ACTIVIDADES
La secuencia de presentación de informes estará de acuerdo a lo especificado en el alcance del servicio. Se ha previsto doce (12) meses para el servicio de supervisión técnica.
PERSONAL DEL CONSULTOR
Los trabajos serán realizados por el equipo técnico previsto en la oferta del consultor. Se entenderá que dicho equipo técnico funcionará apoyado por una organización auxiliar suficiente para llevar a cabo los trabajos señalados en el alcance de trabajo del presente pliego y de acuerdo al Cronograma para la construcción de obras vigente.
El Consultor adecuará la asignación y movilización de su personal conforme a los requerimientos reales de la obra debiendo contar en todo momento con la aprobación de la Empresa Misicuni a través del Fiscal de Obra.
El Consultor deberá considerar el perfil profesional mínimo del personal clave, que será empleado en este Proyecto, siendo requisito que éste cuente con una formación académica especializada y experiencia en el tipo de obra para el cual han sido contratados, acreditando su experiencia general y específica.
El Gerente de Proyecto tendrá residencia en el lugar en que se ejecuta la obra objeto de la prestación del servicio de supervisión y su estadía en la ciudad de Cochabamba estará de acuerdo a las necesidades del servicio.
Además del personal administrativo y de apoyo logístico, el Proponente debe presentar un grupo de profesionales compuesto por:
Personal | Nacionalidad |
Gerente de Proyecto | Extranjero /Nacional |
Especialistas: - Especialista en Presas de cara de concreto - Especialista en Hidráulica - Especialista en Estructuras - Especialista Geología y/o Geotecnia | Extranjero /Nacional |
Ing. Jefe de frente: -Cara de concreto -Inyecciones -Infraestructura -Comunicaciones | Extranjero /Nacional |
Ingeniero Electromecánico Ingeniero Geólogo Ingeniero Eléctrico Ingeniero de Automatización | Extranjero /Nacional |
Ingeniero Ambiental y Seguridad Industrial | Nacional |
Ingenieros Residentes y Junior. | Nacional |
Brigadas topográficas | Nacional |
Laboratoristas | Nacional |
Inspectores | Nacional |
Abogado | Nacional |
El Consultor efectuará la movilización de estos profesionales cuando cuente con la aprobación de la Empresa Misicuni a través del Fiscal de Obra e ingresarán de acuerdo a requerimiento de la obra del siguiente modo:
Los especialistas permanecerán de manera discontinua y por períodos cortos hasta 1 H/M(hombre/mes). Los jefes de frentes Cara de concreto, inyecciones, infraestructura, y comunicaciones hasta 12 H/M, exceptuando los jefes de frente de inyecciones y cara de concreto de quienes está previsto hasta 10 H/M. El ingeniero Electromecánico hasta 8 H/M, el ingeniero Geólogo hasta 6 H/M. Los Ingenieros Eléctrico y Automatización hasta 2 H/M. Los ingenieros Residentes y Junior hasta12 H/M. La brigada topográfica hasta 12 H/M. Los laboratorista y ayudantes hasta 12 H/M. Los inspectores hasta 10 H/M.
El Supervisor deberá prever para inspectores, ingenieros junior, brigadas de topografía y de laboratorio en dobles turnos.
FORMA DE PAGO
El pago será paralelo al progreso del servicio de Supervisión Técnica, de acuerdo a la cantidad de hombres mes efectivamente utilizados en cada periodo. Para este fin mensualmente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a cada mes vencido, el SUPERVISOR presentará al FISCAL DE OBRA, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico y una planilla o certificado de pago debidamente llenado, con fecha y firmado por el GERENTE DE PROYECTO, que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios establecidos.
ESTOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, SON ENUNCIATIVOS Y DE ORIENTACIÓN, NO SON LIMITATIVOS, POR LO QUE EL PROPONENTE SI ASÍ LO DESEA PUEDE MEJORARLOS, OPTIMIZANDO EL USO DE RECURSOS.
39. PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO
El personal técnico clave requerido, es el siguiente:
PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO | ||||||
N° | Formación | Cargo a desempeñar | Áreas de especialización | Experiencia específica (*) | ||
Cursos / seminarios realizados | Tiempo mínimo de duración del curso para ser considerado en la evaluación (en horas) | Área | Tiempo mínimo de desarrollo en la ejecución de obra, fiscalización o de supervisión técnica para ser considerada en la evaluación (en meses) | |||
1 | Ingeniero Civil o Hidráulico | Gerente de Proyecto | Cursos en el área de su formación | 100 | Gerencia de proyectos en Supervisión xx xxxxxx. | 6 meses |
2 | Ingeniero Civil, Hidráulico o Geotecnista | Ingeniero Especialista en Presas de cara de concreto | Cursos en el área de su formación | 100 | Especialista, Diseño y Supervisión y/o Fiscal xx xxxxxx, de cara de concreto. | 6 meses |
3 | Ingeniero Civil o Hidráulico | Ingeniero Especialista en Hidráulica | Cursos en el área de su formación | 100 | Especialista, Diseño y Supervisión y/o Fiscal de obras hidráulicas y/o hidroeléctricas. | 6 meses |
4 | Ingeniero Civil o Estructural | Ingeniero Especialista en Estructuras | Cursos en el área de su formación | 100 | Especialista, Diseño y supervisión de estructuras de Hormigón, hidroeléctrica o presas | 6 meses |
5 | Ingeniero Civil o Geólogo o Geotecnista | Ingeniero Especialista en Geología y/o Geotecnia | Cursos en el área de su formación | 100 | Especialista, Diseño y Supervisión xx xxxxxx, túneles, exploración geotécnica, geológica y cimentaciones. | 6 meses |
6 | Ingeniero Civil o Geotecnista | Ing. Jefe de frente en inyecciones | Cursos en el área de su formación | 100 | Supervisión de obras en inyecciones por el método GIN | 6 meses |
7 | Ingeniero Civil | Ing. Jefe de frente cara de concreto | Supervisión de construcción xx xxxxxx, túneles, excavaciones subterráneas, estructuras de hormigón, instalación de equipos hidromecánicos. | 6 meses | ||
8 | Ingeniero Civil | Ingeniero Jefe de frente de Infraestructura | Supervisión de construcción xx xxxxxx, túneles, excavaciones subterráneas, carreteras, estructuras de hormigón, instalación de equipos hidromecánicos. | 6 meses |
9 | Ingeniero Electrónico y/o Telecomunicaciones | Ingeniero Jefe de frente en Comunicaciones | Cursos en el área de su formación | 100 | Supervisión, Montaje y/o construcción de sistemas de telecomunicaciones bajo fibra óptica, banda ancha y telemetría. Automatización | 6 meses |
10 | Ingeniero Electromecánico, Mecánico o eléctrico | Ingeniero Electromecánico | Supervisión y Montaje de equipos hidromecánicos, instalaciones eléctricas, instalaciones de controladores lógicos programables (PLC), sistemas automatizados y telecontrol. | 6 meses | ||
11 | Ingeniero Ambiental, civil u otro | Ingeniero Ambiental y de Seguridad Industrial | Supervisión Ambiental y Seguridad Industrial en Construcción de Proyectos. Elaboración y seguimiento de documentos ambientales | 6 meses |
40. SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA SIMILARES
La valoración de servicios de supervisión técnica similares debe considerar las siguientes categorías:
# | Área de experiencia específica requerida | Tiempo mínimo requerido de desarrollo en la ejecución de obra, fiscalización o de supervisión técnica para ser considerado en la evaluación de la experiencia específica del proponente (en meses) |
1 | Diseño y Supervisión xx Xxxxxx de cara de concreto con altura mínima de 100 m con volúmenes de relleno compactado mínimo de 2.000.000.00 de m3 y excavación de túneles en roca con diámetro mínimo de 3,50 m. | 6 meses |
1. El tiempo requerido para la experiencia similar, no puede ser mayor a la mitad del tiempo estimado para el presente servicio de supervisión técnica. 2. Cuando el plazo de ejecución de un servicio de supervisión técnica, detallado por el proponente en el Formulario A-4, cumpla con este requisito de tiempo, será considerado válido para tomarlo en cuenta como experiencia específica. |
CLASIFICACIÓN DE OBRAS PARA LA DETERMINACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA
a) Proyectos Viales:
- Carreteras y caminos, independientes del tipo de rodadura.
- Mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
- Túneles, puentes y viaductos comprendidos en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
- Construcciones aeroportuarias, portuarias y ferroviarias.
- Avenidas y calles en las que el proponente certifique la construcción de: Drenaje, capas sub base o base y pavimento de cualquier tipo.
- Muros de contención, obras de drenaje y de arte, comprendidas en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de carreteras y caminos.
- Enlosetados
- Empedrados
- Adoquinados
- Cunetas, aceras y cordones
- Pavimentos rígidos y flexibles en vías urbanas.
b) Para Obras de Saneamiento Básico y Riego:
- Redes de agua potable
- Redes de alcantarillado sanitario y pluvial
- Obras civiles para redes en general
- Plantas de tratamiento
- Obras xx xxxxx, y micro riego
- Drenaje fluvial cerrado o abierto
- Rellenos sanitarios
c) Obras Hidráulicas:
- Diques, presas y represas
- Túneles de trasvase
- Canales
- Embovedados
- Regulación xx xxxx
- Puertos fluviales
- Mantenimiento y reparación de obras hidráulicas
- Defensivos
d) Edificaciones:
- Edificios
- Hospitales
- Centros de salud
- Centros educativos
- Centros sociales y comerciales
- Instalaciones deportivas y recreativas
- Terminales
- Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares
- Galpones y Hangares
- Remodelaciones y restauraciones.
e) Obras Especiales:
- Montaje de Sub-estaciones
- Tendido de líneas eléctricas
- Tendido de ductos y poliductos
- Instalación de redes de gas.
- Tendido de líneas telefónicas
- Puentes y Viaductos.
- Túneles, independiente del tipo de revestimiento
- Perforación xx xxxxx.
PARTE III ANEXO 1
MODELO DE CONVOCATORIA PARA LA PUBLICACIÓN EN MEDIOS DE PRENSA
EMPRESA MISICUNI LICITACIÓN PÚBLICA N°01/2015 CONVOCATORIA INTERNACIONAL – PRIMERA CONVOCATORIA | ||
Se convoca públicamente a presentar propuestas para el proceso detallado a continuación, para lo cual los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES: | ||
Objeto de la contratación | : | SUPERVISION TECNICA DE LA CONSTRUCCION DE LA PRESA, OBRAS ANEXAS Y COMPLEMENTARIAS(MISICUNI II) DEL PROYECTO MULTIPLE MISICUNI |
CUCE | : | 15-0633-00-574578-1-1 |
Tipo de convocatoria | : | Convocatoria Internacional |
Forma de adjudicación | : | Por el Total |
Método de Selección y Adjudicación | : | Calidad, Propuesta Técnica y Costo |
Precio Referencial | : | Bs.14’818.812,52 |
Encargado de atender consultas | : | Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx |
Teléfono | : | 4410840-2 int.122 o 111 |
Fax | : | 0000000 |
Correo Electrónico para consultas | : | |
Presentación de Propuestas | : | 00 xx xxxxx xx 0000, 00:00 xx. , Xxxxxxxxxx Única oficina Empresa MISICUNI, Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 casi Av. Perú – Zona Oeste Cochabamba |
Acto de Apertura de Propuestas | : | 07 de julio de 2015, 15:05 pm. , Sala Reuniones de la Empresa MISICUNI, Av. Xxxxx Xxxxxx N°1663 casi Av. Perú – Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx |
XXXXX 0
FORMULARIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Documentos Legales y Administrativos
Formulario A-1 Presentación de la Propuesta.
Formulario A-2a Identificación del Proponente para Empresas
Formulario A-2b Identificación del Proponente para Asociaciones Accidentales Formulario A-3 Experiencia General y Específica del proponente
Formulario A-4 Hoja de Vida del Gerente Formulario A-5 Hoja de Vida del Personal Clave
Formulario A-6 Relación de Instalaciones y Equipamiento
Documentos de la Propuesta Económica
Formulario B-1 Propuesta Económica
Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado
Formulario B-4 Alquileres y Misceláneos
Documento para Especificaciones Técnicas Solicitadas y Propuestas
Formulario C-1 Propuesta Técnica. Formulario C-2 Condiciones Adicionales
FORMULARIO A-1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
(Para Empresas o Asociaciones Accidentales)
1.DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN | |||||||||||||||||
CUCE: | - | - | - | - | - | ||||||||||||
SEÑALAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: | |||||||||||||||||
2.MONTO Y PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA (en días calendario) | |||||||||||||||||
(El proponente debe registrar el monto total que ofrece por la prestación del servicio de Supervisión Técnica) | |||||||||||||||||
DESCRIPCIÓN | MONTO NUMERAL (Bs.) | MONTO LITERAL | PLAZO DE VALIDEZ | ||||||||||||||
A nombre de (Nombre del proponente) a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos:
I. De las Condiciones del Proceso
a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC.
b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
c) Xxxxxxx, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación.
d) Declaro y garantizo haber examinado el DBC, y sus enmiendas, si existieran, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato
e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas.
f) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica.
g) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes.
h) Declaro haber realizado la Inspección Previa.
i) Comprometo mi inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado – XXXX, una vez presentada mi propuesta en la entidad convocante. (Excepto aquellos proponentes que ya se encuentren inscritos en el XXXX)
j) Me comprometo a denunciar por escrito, ante la MAE de la entidad convocante, cualquier tipo de presión o intento de extorsión de parte de los servidores públicos de la entidad convocante o de otras personas, para que se asuman las acciones legales y administrativas correspondientes.
k) Xxxxxx a sola firma de este documento, que todos los Formularios presentados se tienen por suscritos, excepto los formularios A-4 y A-5 que deberán ser suscritos por el personal propuesto.
l) Declaro que el Gerente y el Personal Clave propuestos, se encuentran inscritos en los registros que prevé la normativa vigente y que éstos no se encuentran como personal propuesto en otras propuestas.
II.- De la Presentación de Documentos
En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, se presentará la siguiente documentación en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado xxx XXXX, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, cada socio, presentará la documentación detallada a continuación; excepto los documentos señalados en los incisos a), d), i), j) y l), que deberán ser presentados por la Asociación Accidental en forma conjunta.
a) Certificado xxx XXXX que respalde la información declarada en su propuesta.
b) Documento de Constitución para empresas para proponentes que no se encuentren inscritos en el Registro de Comercio.
c) Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea.
d) Poder General Xxxxxx y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos inscritos en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un Representante Legal, no deberán presentar este Poder.
e) Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) valido y activo.
f) Declaración Jurada de Pago de Impuestos a las Utilidades de las Empresas, con el sello del Banco, excepto las empresas de reciente creación.
g) Certificado de Solvencia Fiscal, emitido por la Contraloría General del Estado (CGE).
h) Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al Sistema Integral de Pensiones. En caso de Asociaciones Accidentales cada asociado deberá cumplir esta condición.
i) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En el caso de Asociaciones Accidentales esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; y cubra el monto requerido.
j) Testimonio de Contrato de Asociación Accidental.
k) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica del proponente.
l) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica, y Formación del personal propuesto.
(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)
FORMULARIO A-2a IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Empresas)
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE | |||||||||
Nombre del proponente o Razón Social: | |||||||||
País | Ciudad | Dirección | |||||||
Domicilio Principal: | |||||||||
Teléfonos: | |||||||||
Número de Identificación Tributari (Valido y Activo) | a: | NIT | |||||||
N | úmero de Matricula | Fecha de inscripción | |||||||
Matricula de Comercio: (Actualizada) | (Día | Mes | Año) | ||||||
2. DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE (Xxxxxxxx este numeral cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal). | |||||||||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | |||||||
Nombre del Representante Legal | : | ||||||||
Número | |||||||||
Cédula de Identidad del Representante Legal | : | ||||||||
Número de Testimonio | Fecha de Expedición | ||||||||
Lugar de emisión | |||||||||
(Día | Mes | Año) | |||||||
Poder del Representante Legal | : | ||||||||
Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos Declaro que el Poder del Representante Legal se encuentra inscrito en el Registro de Comercio (Suprimir este texto cuando por la naturaleza jurídica del proponente no se requiera la inscripción en el Registro de Comercio de Bolivia) | |||||||||
3. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES | |||||||||
Solicito que las notificaciones me | Fax: | ||||||||
sean remitidas vía: Correo Electrónico: | |||||||||
FORMULARIO A-2b IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Asociaciones Accidentales)
1. DATOS GENERALES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL | |||||||
Denominación de la Asociación : Accidental : Nombre del Asociados # Asociado % de Participación | |||||||
Testimonio de contrato : Nombre de la Empresa Líder : | 1 | ||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
Número de Testimonio Lu | gar | Fecha de expedición (Día mes Año) | |||||
2. DATOS DE CONTACTO DE LA EM | PRESA LIDER | ||||||
País : Dirección Principal : Teléfonos : | Ciudad : | ||||||
Fax : | |||||||
Correo electrónico : | |||||||
3. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL | |||||||
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Nombre del representante legal : Número Cédula de Identidad : Número de Fecha de expedición Testimonio Lugar (Día mes Año) | |||||||
Poder del representante legal : Dirección del Representante Legal : Teléfonos : Correo electrónico : |
| ||||||
Fax : | |||||||
Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contrato | |||||||
4. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES | |||||||
Solicito que las notificaciones Fax: | |||||||
me sean remitidas vía: Correo Electrónico: | |||||||
5. EMPRESAS INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN | |||||||
Cada integrante de la Asociación Accidental deberá llenar el Formato para identificación de integrantes de Asociaciones Accidentales que se encuentra a continuación |
FORMULARIO A-2b
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE PARA INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE | |||||||
Nombre del proponente o Razón Social: | |||||||
Número de Identificación Tributaria: (Valido y Activo) | NIT | ||||||
Número de Matricula | Fecha de expedición | ||||||
Matricula de Comercio: (Vigente) | (Día | Mes | Año) | ||||
2. DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE (Xxxxxxxx este numeral cuando el asociado sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal). | |||||||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | |||||
Nombre del Representante Legal | : | ||||||
Número | |||||||
Cédula de Identidad del Representante Legal | : | ||||||
Número de Testimonio | Fecha de Expedición | ||||||
Lugar de emisión | |||||||
(Día | Mes | Año) | |||||
Poder del Representante Legal | : |
FORMULARIO A-3
EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE
[NOMBRE DE LA PROPONENTE] | |||||||
N° | Entidad Contratante | Objeto de la Contratación | Lugar de Realización | Monto final percibido por el contrato en Bs. | Periodo de Ejecución | Forma de Participación (Asociado/ no Asociado) | |
Inicio | Fin | ||||||
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
4 | |||||||
5 | |||||||
… | |||||||
N | |||||||
TOTAL PERCIBIDO | |||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de cumplimiento de contrato o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada. |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
[NOMBRE DE LA PROPONENTE] | ||||||||
N° | Entidad Contratante | Objeto de la Contratación | Lugar de Realización | Monto final percibido por el contrato en Bs. | Periodo de Ejecución | Forma de Participación (Asociado/No Asociado) | ||
Inicio | Fin | Tiempo de Ejecución | ||||||
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
… | ||||||||
N | ||||||||
TOTAL PERCIBIDO | ||||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de conformidad o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada. |
FORMULARIO A-4 HOJA DE VIDA DEL GERENTE
1. DATOS GENERALES | ||||||
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Nombre Completo : Número Lugar de expedición Cédula de Identidad : Edad : Nacionalidad : Profesión : Número de Registro Profesional : | ||||||
2. FORMACIÓN ACADÉMICA | ||||||
Universidad / Institución | Fechas | Grado Académico | Título en Provisión Nacional | |||
Desde | Hasta | |||||
3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN | ||||||
Universidad / Institución | Fechas | Nombre del Curso | Duración en Horas | |||
Desde | Hasta | |||||
4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA | ||||||
N° | Entidad / Empresa | Objeto de la Contratación | Monto (Bs.) | Cargo | Fecha (día/mes/año) | |
Desde | Hasta | |||||
1 | ||||||
2 | ||||||
N. | ||||||
5. EXPERIENCIA ESPECIFICA EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA | ||||||
N° | Entidad / Empresa | Objeto de la Contratación | Monto (Bs.) | Cargo | Fecha (día/mes/año) | |
Desde | Hasta | |||||
1 | ||||||
2 | ||||||
N | ||||||
6. DECLARACIÓN JURADA | ||||||
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de Gerente, únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] | ||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada. |
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)
FORMULARIO A-5
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL CLAVE
1. DATOS GENERALES | ||||||||||||
Ap. Paterno | Ap. Materno | Nombre(s) | ||||||||||
Nombre Completo | : | |||||||||||
Número | Lugar de Expedición | |||||||||||
Cédula de Identidad | : | |||||||||||
Edad | : | |||||||||||
Nacionalidad | : | |||||||||||
Profesión | : | |||||||||||
Número de Registro Profesional | : | |||||||||||
2. FORMACIÓN ACADÉMICA | ||||||||||||
Universidad / Institución | Fechas | Grado Académico | Título en Provisión Nacional | |||||||||
Desde | Hasta | |||||||||||
3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN | ||||||||||||
Universidad / Institución | Fechas | Nombre del Curso | Duración en Horas | |||||||||
Desde | Hasta | |||||||||||
4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA | ||||||||||||
N° | Entidad / Empresa | Objeto | Monto (En Bs.) | Cargo | Fecha (día/mes/año) | |||||||
Desde | Hasta | |||||||||||
1 | ||||||||||||
2 | ||||||||||||
N | ||||||||||||
5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA | ||||||||||||
N° | Entidad / Empresa | Objeto | Monto (En Bs.) | Cargo | Fecha (día/mes/año) | |||||||
Desde | Hasta | |||||||||||
1 | ||||||||||||
2 | ||||||||||||
N | ||||||||||||
DECLARACIÓN JURADA | ||||||||||||
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo], únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] | ||||||||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada. |
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)
FORMULARIO A-6
RELACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO
CONCEPTO | DESCRIPCIÓN | MONTO |
INMUEBLES | ||
VEHÍCULOS | ||
EQUIPO PRINCIPAL | ||
EQUIPO SECUNDARIO | ||
EQUIPO DE APOYO | ||
OTROS |
FORMULARIO Nº B-1 PROPUESTA ECONOMICA
Este Formulario no es aplicable para el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde no es necesaria la presentación de propuesta económica. En caso de que el proponente presente propuesta económica y este fuese adjudicado, se procederá a pagar el monto del presupuesto fijo establecido por la entidad.)
DETALLE DEL SERVICIO DE Supervisión | MONTO TOTAL Bs (Literal) | MONTO TOTAL Bs (Numeral) |
FORMULARIO B-2 PRESUPUESTO TOTAL DEL COSTO
DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA
DESCRIPCIÓN | Monto (Bs) | ||
I | COSTOS DIRECTOS | ||
A | Honorarios mensuales del personal asignado (Formulario B-3) | ||
B | Alquiler y Misceláneos (Formulario B-4). | ||
SUB TOTAL COSTOS DIRECTOS (A+B) | |||
II | COSTOS INDIRECTOS | ||
C | Gastos Generales. | ||
D | Impuestos y otros (*). | ||
SUB TOTAL COSTOS INDIRECTOS (C+D) | |||
III | UTILIDAD | ||
COSTO TOTAL DEL SERVICIO (I + II + III) |
FORMULARIO B-3
HONORARIOS MENSUALES DEL PERSONAL ASIGNADO
(En Bolivianos)
Nómina | Especialidad | Actividades a desarrollar | Periodo | Honorario por periodo | Costo honorarios | |
Profesionales | ||||||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
Técnicos | ||||||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
Administrativos | ||||||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
Auxiliares | ||||||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
Total |
FORMULARIO X-0 XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX
Xx | XXXXXXXX | XXXXXXXX | XXXXXX | XXXXX XXXXXXXX (Xx Xxxxxxxxxx) | COSTO TOTAL |
1 | Oficinas | ||||
2 | Vehículos, combustible y mantenimiento | ||||
3 | Equipos (Computadoras, graficadores, reproducciones y otros) | ||||
4 | Comunicaciones | ||||
5 | Subcontratos | ||||
6 | Pasajes | ||||
7 | Viáticos | ||||
8 | Otros (detalle de acuerdo a cada caso) | ||||
TOTAL |
FORMULARIO C-1 PROPUESTA TÉCNICA
Para ser llenado por el proponente de acuerdo a lo establecido en el numeral 38, 39 y 40. |
Propuesta(*) |
(*) La propuesta deberá contener como mínimo: Objetivos, Alcance, Metodología y Plan de trabajo.
FORMULARIO C-2 CONDICIONES ADICIONALES
Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC) | Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta | ||
# | Condiciones Adicionales Solicitadas (*) | Puntaje asignado (definir puntaje) (**) | Condiciones Adicionales Propuestas (***) |
Experiencia general de la Empresa: Experiencia Cuando la empresa tenga antigüedad menor a un (1) año. Cuando la empresa tenga antigüedad igual a un año y menor o igual a tres (3) años. Cuando la empresa tenga antigüedad mayor a tres (3) años | 0 puntos 0.5 puntos 1 punto | ||
Experiencia en Supervisión Técnica Cuando la empresa no haya realizado ninguna supervisión técnica en general. Cuando la empresa haya realizado entre una (1) y tres (3) supervisiones técnicas en general. Cuando la empresa haya realizado entre cuatro (4) y seis (6) supervisiones técnicas en general. Cuando la firma haya realizado más de seis (6) supervisiones técnicas. | 0 puntos 1 punto 2 puntos 3 puntos | ||
Experiencia Específica de la empresa: Por cada servicio similar en Diseño y Supervisión xx Xxxxxx de cara de concreto con altura mínima de 100 m con volúmenes de relleno compactado mínimo de 2.000.000.00 de m3 y excavación de túneles en roca con diámetro mínimo de 3,50 x.xx asignará 1.2 puntos hasta un máx. de 6 puntos Se considerara los servicios siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses | 6 puntos | ||
Gerente de Proyecto Cursos de especialización (se consideran solamente aquellos cursos que tengan como mínimo 100 horas aula de duración; por cada curso se otorgan 0.5 puntos, hasta un máximo de 1 punto) Experiencia General Gerencia de proyectos de supervisión y diseño de obras civiles. Por cada servicio 0.5 puntos, hasta un máximo de 1 punto. Experiencia Específica como Gerente de proyecto en Supervisión técnica en Presas. Por cada servicio 1 puntos, hasta un máximo de 2 puntos, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | 4 puntos | ||
Especialista en Presas de cara de concreto Cursos de especialización (se consideran solamente aquellos cursos que tengan como mínimo 100 horas aula de duración; por cada curso se otorgan 0.5 puntos, hasta un máximo de 1 punto) Experiencia Específica como Especialista, Diseñista, Supervisor o Fiscal en Presas de cara de concreto. Por cada servicio 1 punto, hasta un máximo de 3 puntos, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | 4 puntos | ||
Especialista en Hidráulica Cursos de especialización (se consideran solamente aquellos cursos que tengan como mínimo 100 horas aula de duración; por cada | 3 puntos |
Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC) | Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta | ||
curso se otorgan 0.5 puntos, hasta un máximo de 1 punto) Experiencia Específica como Especialista, Diseñista, Supervisor o Fiscal en Obras Hidráulicas y/o hidroeléctricas. Por cada servicio 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | |||
Especialista en Estructuras Cursos de especialización (se consideran solamente aquellos cursos que tengan como mínimo 100 horas aula de duración; por cada curso se otorgan 0.5 puntos, hasta un máximo de 1 punto) Experiencia Específica como Especialista, Diseñista, Supervisor o Fiscal en estructuras de Hormigón, hidroeléctrica o presas. Por cada servicio 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | 3 puntos | ||
Especialista en Geología y/o Geotecnia Cursos de especialización (se consideran solamente aquellos cursos que tengan como mínimo 100 horas aula de duración; por cada curso se otorgan 0.5 puntos, hasta un máximo de 1 punto) Experiencia Específica como Especialista, Diseñista, Supervisor o Fiscal en geotécnica y/o geología en presas, túneles, exploración geotécnica, geológica y cimentaciones Por cada servicio 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | 3 puntos | ||
Ingeniero Jefe de frente en inyecciones Cursos de especialización (se consideran solamente aquellos cursos que tengan como mínimo 100 horas aula de duración; por cada curso se otorgan 0.5 puntos, hasta un máximo de 1 punto) Experiencia Específica como Especialista, Diseñista, Supervisor o Fiscal en Inyecciones por el método GIN. Por cada servicio 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | 3 puntos | ||
Ingeniero Jefe de frente Cara de concreto Experiencia Específica como Supervisor en Presas de cara de concreto, túneles, excavaciones subterráneas, estructuras de hormigón, instalación de equipos hidromecánicos. Por cada servicio 0.50 punto, hasta un máximo de 1 punto, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | 1 punto | ||
Ingeniero Jefe de frente de Infraestructura Experiencia Específica como Supervisor en obras de infraestructura como presas, túneles, excavaciones subterráneas, estructuras de hormigón, carreteras. Por cada servicio 0.25 punto, hasta un máximo de 1 puntos, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | 1 punto | ||
Ingeniero jefe de frente en Comunicaciones Cursos de especialización (se consideran solamente aquellos cursos que tengan como mínimo 100 horas aula de duración; por cada curso se otorgan 0.25 puntos, hasta un máximo de 0,5 punto) Experiencia Específica En Supervisión, Montaje y/o construcción de sistemas de telecomunicaciones bajo fibra óptica, banda ancha y telemetría, Automatización. Por cada servicio | 1 punto |
Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC) | Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta | ||
0.25 puntos, hasta un máximo de 0,5 puntos, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | |||
Ingeniero Electromecánico Experiencia Específica En Supervisión y Montaje de equipos hidromecánicos, instalaciones eléctricas, instalaciones de controladores lógicos programables (PLC), sistemas automatizados y telecontrol. Por cada servicio 0.50 punto, hasta un máximo de 1 puntos, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | 1 punto | ||
Ingeniero Ambiental y de Seguridad Industrial Experiencia Específica como Supervisor Ambiental y de Seguridad Industrial en construcciones civiles: Presas, caminos y otras. Por cada servicio 0.25 puntos hasta un máximo de 0,5 punto, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. Experiencia Específica en elaboración de documentos ambientales: Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental, etc. Por cada servicio 0.25 puntos hasta un máximo de 0.5 punto, siempre que estos tengan una duración mínima de 6 meses. | 1 punto |
(*) Se deberá describir los criterios que se consideren necesarios. Por ejemplo experiencia general o especifica del Proponente o del personal clave, condiciones adicionales o mejoras a los Términos de Referencia, siempre y cuando sean: objetivos, congruentes y se sujeten a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
(**) La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales solicitadas deberá ser 35 puntos.
(***)El proponente podrá ofertar condiciones adicionales superiores a las solicitadas en el presente Formulario, que mejoren la calidad del servicio de Supervisión Técnica ofertado, siempre que estas características fuesen beneficiosas para la entidad y/o no afecten para el fin que fue requerido el servicio Supervisión Técnica.
ANEXO 4
FORMULARIOS DE VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Formulario V-1a Evaluación Preliminar para Empresas.
Formulario V-1b Evaluación Preliminar para Asociaciones Accidentales. Formulario V-2 Evaluación de la Propuesta Económica.
Formulario V-3 Evaluación de la Propuesta Técnica.
Formulario V-4 Resumen de la evaluación Técnica y Económica
FORMULARIO V-1a EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para empresas)
DATOS GENERALES DEL PROCESO | |||||||||||||||||||||
CUCE | : | - | - | - | - | - | |||||||||||||||
Objeto de la contratación | : | ||||||||||||||||||||
Nombre del Proponente | : | ||||||||||||||||||||
Propuesta Económica | : | ||||||||||||||||||||
Número de Páginas de la Propuesta | : |
REQUISITOS EVALUADOS | Verificación (Acto de Apertura) | Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) | |||
PRESENTÓ | Pagina N° | ||||
SI | NO | CONTINUA | DESCALIFICA | ||
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS | |||||
1. Formulario A-1. Presentación de Propuesta. | |||||
2. Formulario A-2a Identificación del Proponente, según corresponda. | |||||
3. Formulario A-3. Experiencia General y Especifica del Proponente | |||||
4. Formulario A-4. Hoja de Vida del Gerente. | |||||
5. Formulario A-5. Hoja de Vida del Personal Clave. | |||||
6. Formulario A-6. Relación de Instalaciones y Equipamiento. | |||||
7. Garantía de Seriedad de Propuesta. | |||||
PROPUESTA TÉCNICA | |||||
8. Formulario C-1. Propuesta Técnica | |||||
9. Formulario C-2. Condiciones Adicionales | |||||
PROPUESTA ECONÓMICA | |||||
10. Formulario B-1. Propuesta Económica | |||||
11. Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica. | |||||
12. Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado. | |||||
13. Formulario B-4 Detalle de Alquileres y Misceláneos |
FORMULARIO V-1b EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para Asociaciones Accidentales)
DATOS GENERALES DEL PROCESO | |||||||||||||||||||||
CUCE | : | - | - | - | - | - | |||||||||||||||
Objeto de la contratación | : | ||||||||||||||||||||
Nombre del Proponente | : | ||||||||||||||||||||
Propuesta Económica | : | ||||||||||||||||||||
Número de Páginas de la propuesta | : |
REQUISITOS EVALUADOS | Verificación (Acto de Apertura) | Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) | |||
PRESENTÓ | Pagina N° | ||||
SI | NO | CONTINUA | DESCALIFICA | ||
DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS | |||||
1. Formulario A-1. Presentación de Propuesta. | |||||
2. Formulario A-2b Identificación del Proponente | |||||
3. Formulario A-4. Hoja de Vida del Gerente. | |||||
4. Formulario A-5. Hoja de Vida del Personal Clave. | |||||
5. Formulario A-6. Relación de Instalaciones y Equipamiento | |||||
6. Garantía de Seriedad de Propuesta. | |||||
Además cada socio en forma independiente presentará: | |||||
7. Formulario A-3. Experiencia General y Específica del Proponente | |||||
PROPUESTA TÉCNICA | |||||
8. Formulario C-1. Propuesta Técnica | |||||
9. Formulario C-2. Condiciones Adicionales | |||||
PROPUESTA ECONÓMICA | |||||
10. Formulario B-1.Propuesta Económica. | |||||
11. Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Supervisión Técnica. | |||||
12. Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado. | |||||
13. Formulario B-4 Detalle de Alquileres y Misceláneos |
FORMULARIO V-2 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
(Este formulario no es aplicable para el método de selección y adjudicación de presupuesto fijo.)
DATOS GENERALES DEL PROCESO | |||||||||||||||||||||
CUCE | : | - | - | - | - | - | |||||||||||||||
Objeto de la contratación | : | ||||||||||||||||||||
N° | NOMBRE DEL PROPONENTE | PROPUESTA ECONÓMICA (PE) | ORDEN DE LA PROPUESTA A PARTIR DEL MENOR VALOR | OBSERVACIONES |
1 | ||||
2 | ||||
3 | ||||
… | ||||
N |
FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Formulario C-1 (Llenado por la Entidad) | PROPONENTES | |||||||
Proponente A | Proponente B | Proponente C | Proponente n | |||||
Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | |
METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) |
EXPERIENCIA Y OTROS ASPECTOS TÉCNICOS | PROPONENTES | |||||||
Proponente A | Proponente B | Proponente C | Proponente n | |||||
Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | |
Formulario A-3 Experiencia General y Especifica del Proponente | ||||||||
Formulario A-4 Hoja de Vida del Gerente. | ||||||||
Formulario A-5 Hoja de Vida del Personal Clave. | ||||||||
Formulario A-6 Relación de Instalaciones y Equipamiento | ||||||||
METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) |
CONDICIONES ADICIONALES Formulario C-2 (Llenado por la entidad) | PROPONENTES | |||||
Proponente A | Proponente B | Proponente C | Proponente n | |||
Puntaje Asignad o | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | ||
Criterio 1 | ||||||
Criterio 2 | ||||||
Criterio n | ||||||
PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES | 35 | (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) | (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) | (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) | (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) | |
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA | PUNTAJE ASIGNADO | Proponente A | Proponente B | Proponente C | Proponente n | |
Puntaje de la Evaluación CUMPLE/NO CUMPLE | 35 | (si cumple, asignar 35 puntos) | (si cumple, asignar 35 puntos) | (si cumple, asignar 35 puntos) | ||
Puntaje de las Condiciones Adicionales | 35 | |||||
Puntaje total de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PT) | 70 |
FORMULARIO V-4
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
(Este Formulario es aplicable solo cuando se emplee el Método de Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo. Caso contrario suprimir este Formulario)
Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con lo siguiente:
ABREVIACIÓN | DESCRIPCIÓN | PUNTAJE ASIGNADO | ||||
PE | Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica | 30 puntos | ||||
PT | Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica | 70 puntos | ||||
PTP | PUNTAJE TOTAL DE LA PROPUESTA EVALUADA | 100 puntos | ||||
RESUMEN DE EVALUACIÓN | PROPONENTES | |||||
Proponente A | Proponente B | Proponente C | Proponente n | |||
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica (de acuerdo con lo establecido en el Sub Numeral 25.1.1) | ||||||
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica, del Formulario V- 3. | ||||||
PUNTAJE TOTAL |
ANEXO 5 MODELO DE CONTRATO
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA.- Partes Contratantes
SEGUNDA.- Antecedentes Legales del Contrato
TERCERA.- Objeto del Contrato
CUARTA.- Plazo de Prestación del Servicio
QUINTA.- Monto del Contrato
SEXTA.- Anticipo
SÉPTIMA.- Garantías
OCTAVA.- Domicilio a efectos de Notificación
NOVENA.- Vigencia del Contrato
DÉCIMA.- Documentos de Contrato
DÉCIMA PRIMERA.- Idioma
DÉCIMA SEGUNDA.- Legislación Aplicable al Contrato DÉCIMA TERCERA.- Derechos del Supervisor
DÉCIMA CUARTA.- Estipulaciones sobre Impuestos
DÉCIMA QUINTA.- Cumplimiento xx Xxxxx Laborales
DÉCIMA SÉXTA.- Protocolización del Contrato
DÉCIMA SÉPTIMA.- Subcontratos
DÉCIMA OCTAVA Intransferibilidad del Contrato
DÉCIMA NOVENA.- Causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito VIGÉSIMA.- Terminación del Contrato
- Por Cumplimiento
- Por Resolución VIGÉSIMA PRIMERA.- Solución de Controversias VIGÉSIMA SEGUNDA.- Modificaciones a Contrato
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA TERCERA.- Inicio de Prestación del Servicio VIGÉSIMA CUARTA.- Fiscalización del Servicio VIGÉSIMA QUINTA.- Representante del Supervisor VIGÉSIMA SEXTA.- Personal del Supervisor
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Informes
VIGÉSIMA OCTAVA.- Aprobación de Documentos y Propiedad de los Mismos VIGÉSIMA NOVENA.- Forma de Pago
TRIGÉSIMA.- Facturación
TRIGÉSIMA PRIMERA.- Modificaciones al Servicio TRIGÉSIMA SEGUNDA.- Pago por Servicios Adicionales TRIGÉSIMA TERCERA.- Morosidad y sus Penalidades
TRIGÉSIMA CUARTA.- Responsabilidad y Obligaciones del Supervisor TRIGÉSIMA QUINTA.- Suspensión de Actividades
TRIGÉSIMA SÉXTA.- Certificado de Liquidación Final
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- Procedimiento de Pago del Certificado de Liquidación Final TRIGÉSIMA OCTAVA.- Conformidad
SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE
(registrar el lugar donde será protocolizado el Contrato)
En el registro de Escrituras Públicas a su cargo sírvase usted insertar el presente contrato de Servicios de Supervisión Técnica, para (registrar el tipo de obra a ser supervisada y el lugar) sujeto a las siguientes cláusulas:
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO PRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES)
Dirá usted que las partes Contratantes son: (registrar de forma clara y detallada el nombre de la ENTIDAD), con NIT N° (señalar el número de identificación tributaria), con domicilio en (señalar de forma clara el domicilio de la
ENTIDAD), en (señalar el departamento)representada legalmente por
(Registrar el nombre de la MAE o del servidor público a quien se delga la competencia para la suscripción de contrato, y la Resolución de delegación correspondiente)en calidad de (señalar el cargo de servidor público de suscribe el contrato), que en adelante se denominará la ENTIDAD y la (Registrar la Razón Social del Adjudicado), legalmente representada por
(Registrar el nombre completo y número de Cédula de Identidad del representante legal habilitado para la suscripción del contrato), en virtud del
Testimonio de Poder Nº (Registrar el número) otorgado ante
(Registrar el N° de Notaria de Fe Pública ante la cual fue
otorgado el Poder), el (Registrar la fecha, día, mes y año) en la
(Registrar el lugar donde fue otorgado el Poder), que en adelante se denominará el SUPERVISOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato de Servicios de Supervisión Técnica.
SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO)
Dirá usted que la ENTIDAD, mediante Licitación Pública Nº (registrar el número de la Licitación), convocó a empresas consultoras, interesadas en la prestación de servicios de Supervisión Técnica para que presenten sus propuestas, de acuerdo con los Términos de Referencia y condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación, aprobado mediante Resolución Nº de (registrar el número y fecha de la Resolución de aprobación del Documento Base de Contratación),proceso de contratación realizado en el marco del Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y sus modificaciones.
Que la Comisión de Calificación de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas, realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe de Evaluación y Recomendación al Responsable del Proceso de Contratación (RPC) de la ENTIDAD, el mismo que fue aprobado y en base al cual, se pronunció la Resolución de Adjudicación Nº (registrar el número y la fecha de la Resolución), resolviendo adjudicar la prestación del servicio a (registrar la razón social del adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de la ENTIDAD.
(Si el RPC en caso excepcional decide adjudicar el servicio a un proponente que no sea el recomendado por la Comisión de Calificación, debe adecuarse la redacción de la presente cláusula).
TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA DEL CONTRATO)
El objeto del presente contrato es la prestación de Servicios de Supervisión Técnica
(Describir de forma detallada el servicio a ser prestado) que en adelante se el SERVICIO, para (Señalar la causa de la contratación), prestados por el SUPERVISOR, de conformidad con el DBC y la Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente contrato.
El SUPERVISOR se compromete y obliga por el presente Contrato, a ejecutar todos los trabajos necesarios para SERVICIO hasta su conclusión, con estricta y absoluta sujeción a este Contrato, a los documentos que forman parte de él y dando cumplimiento a las normas, condiciones, precio, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de prestación del
servicio y características técnicas establecidas en los documentos del Contrato y a las cláusulas contractuales contenidas en el presente instrumento legal.
Para la correcta prestación del SERVICIO hasta su conclusión, dentro de los Términos de Referencia que forman parte del presente Contrato, así como para garantizar la calidad del mismo, el SUPERVISOR se obliga a prestar el servicio, con el personal profesional idóneo y equipo ofertado, así como todo lo necesario de acuerdo con los documentos de contratación y propuesta presentada.
CUARTA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO)
El SUPERVISOR desarrollará sus actividades, hasta la entrega de la obra, de forma satisfactoria, en estricto acuerdo con el alcance de trabajo, la propuesta adjudicada, los Términos de Referencia y el cronograma de servicios en el plazo de (Registrar en forma literal y numeral el plazo de prestación del servicio, entre paréntesis) días calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el Fiscal de Obra expida la Orden de Proceder. En caso de otorgarse anticipo, la Orden de Proceder no podrá ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo.
El plazo establecido precedentemente se distribuye de acuerdo al siguiente detalle:
1. Movilización (Registrar el número de días de forma numérica y literal)
días calendario.
2. Periodo de realización de la Supervisión (durante la ejecución de la obra, hasta la entrega provisional) (registrar el número de días de forma numérica) días calendario.
3. Período de elaboración del Informe Final (lapso que media entre la recepción provisional y la recepción definitiva de la obra) (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario.
4. Periodo de aprobación del Informe Final, por parte de la entidad (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario.
Emitida, por escrito, la Orden de Proceder comenzará a correr el plazo de prestación del servicio, mismo que podrá ser ampliado en los casos siguientes:
a) Por modificación del servicio, por parte de la ENTIDAD, mediante el procedimiento establecido en la cláusula Trigésima Primera, incrementando o instruyendo la realización de otros servicios de supervisión relacionados al objeto del presente contrato, lo que será consignado en el Contrato Modificatorio.
b) Por demora en el pago de certificados de prestación del servicio,
c) Por otras causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo.
QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO)
(En caso de que el precio total contratado fuese en moneda extranjera se debe dejar expresamente establecido que el pago se realizará en moneda nacional y al tipo de cambio oficial de compra, establecido por el Banco Central de Bolivia en el día de la facturación).
El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente Contrato es de: (Registrar en forma numérica y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en la Resolución de Adjudicación). (En contrataciones de empresas extranjeras asociadas con nacionales el monto del contrato podrá ser en moneda extranjera). Este precio corresponde a la propuesta adjudicada establecida en la propuesta económica que forma parte de este Contrato.
Queda establecido que los precios consignados en la propuesta adjudicada incluyen todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento del servicio de Supervisión Técnica. Este precio también comprende todos los costos referidos a salarios, incidencia en ellos por leyes sociales, impuestos, aranceles, daños a terceros, gastos de seguro de equipo y de accidentes personales, gastos de transporte y viáticos, es decir todo otro costo directo o indirecto incluyendo utilidades que pueda tener incidencia en el precio total del servicio, hasta su conclusión.
Es de exclusiva responsabilidad del SUPERVISOR, prestar los servicios contratados dentro del monto establecido como costo del servicio, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto, a excepción de aquellos autorizados expresamente por escrito mediante los instrumentos técnico-legales previstos en este Contrato.
(Seleccionar una de las siguientes cláusulas considerando si se acordó o no la otorgación del anticipo.)
SEXTA.- (ANTICIPO)
En el presente contrato la ENTIDAD no otorgará anticipo.
SEXTA.- (ANTICIPO)
Después de ser suscrito el Contrato la ENTIDAD, a solicitud expresa del SUPERVISOR, podrá otorgarle un anticipo que no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, el cual podrá ser desembolsado en uno o más desembolsos, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto a ser desembolsado. El importe del anticipo será descontado en (indicar el número de certificados de pago acordados entre ambas partes contratantes) certificados de pago, hasta cubrir el monto total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el SUPERVISOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio estipulado en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el SUPERVISOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente.
LA CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
(En caso de no existir anticipo, la entidad deberá eliminar la presente cláusula del contrato)
SÉPTIMA.- (GARANTÍAS)
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
El SUPERVISOR, garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en todas sus partes con la (registrar el tipo de garantía) Nº emitida por
(registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el de
de 20 con vigencia hasta el de del 20 , a la orden de (Registrar el nombre o razón social de la entidad), por el siete por ciento (7 %) del monto del Contrato, equivalente a: (registrar el monto de la garantía en forma literal) (registrar el monto de la garantía en forma numérica, entre paréntesis).
El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el SUPERVISOR, será pagado en favor de la ENTIDAD, a su sólo requerimiento, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial.
Empero, si se procediera a la recepción definitiva del producto dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrito por ambas partes Contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con la Certificado de Cumplimiento de Contrato.
EL SUPERVISOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato durante la vigencia de éste. El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
GARANTÍA DE CORRECTA INVERSIÓN DE ANTICIPO.
El SUPERVISOR entregara a la ENTIDAD (Registrar el tipo de garantía a ser presentada) a la orden de (Registrar el nombre de la entidad), por el cien por ciento (100%) del monto del anticipo solicitado por el SUPERVISOR que
corresponde a (registrar el monto en forma numeral y literal, el mismo que no podrá exceder el veinte por ciento (20%) del monto del contrato) con vigencia hasta la amortización total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDADen caso de que el SUPERVISOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio estipulado en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el SUPERVISOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente.
El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
Las garantías de Cumplimiento de Contrato yde Correcta Inversión de Anticipo en caso de haberse otorgado anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa, lo que no eximirá la responsabilidad del FISCAL DE OBRA.
OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN)
Cualquier aviso o notificación entre las partes contratantes será enviada:
Al SUPERVISOR:
(registrar el domicilio que señale el SUPERVISOR, especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad)
A LA ENTIDAD:
(registrar el domicilio de la Entidad, especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad)
NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO) La vigencia del presente contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta que las mismas hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él.
DÉCIMA.- (DOCUMENTOS DE CONTRATO) Forman para del contrato los siguientes documentos:
10.1 Documento Base de Contratación,
10.2 Resolución de Aprobación del DBC con aclaraciones y/o enmiendas si existiesen.
10.1 Propuesta adjudicada.
10.2 Resolución de Adjudicación.
10.3 Acta de Concertación de mejores Condiciones Técnicas, cuando corresponda.
10.4 Otros documentos específicos de acuerdo a la contratación,
(registrar los que correspondan).
10.5 Certificado xxx XXXX.
10.6 Garantía de Cumplimiento de Contrato.
10.7 Garantía de Correcta Inversión de Anticipo (cuando corresponda).
10.8 Contrato de Asociación Accidental (cuando corresponda).
10.9 Poder General del Representante Legal (cuando corresponda).
10.10 Otros documentos necesarios de acuerdo al objeto de la contratación (señalar los que correspondan).
DÉCIMA PRIMERA.- (IDIOMA) El presente Contrato, toda la documentación aplicable al mismo y la que emerja de la documentación de la prestación del servicio, deben ser elaborados en idioma castellano.
DÉCIMA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO) El presente contrato, al
ser de naturaleza administrativa, se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones:
- Ley N° 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones.
- Ley del Presupuesto General del Estado, aprobado para la gestión.
- Otras disposiciones relacionadas directamente con la normativa anteriormente señalada.
DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL SUPERVISOR) El SUPERVISOR, tiene derecho a
plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de LA ENTIDAD, por falta de pago del servicio prestado, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato.
Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, al FISCAL DE OBRA, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso.
El FISCAL DE OBRA, dentro del lapso impostergable xx xxxx (10) días hábiles de recibido el reclamo, analizará el mismo, debiendo emitir su informe - recomendación a la ENTIDAD, para que a su vez tome conocimiento y analice la recomendación a objeto de aceptar la misma, o en su caso pedir aclaración, ampliación del informe o rechazar la recomendación, lo que realizará por escrito, a los fines de la respuesta al SUPERVISOR.
En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, el FISCAL DE OBRA podrá solicitar el análisis del reclamo a las dependencias técnica, financiera o legal según corresponda, a objeto de procesar la respuesta al SUPERVISOR.
Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinticinco (25) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por el FISCAL DE OBRA. (Si el plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato).
El FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DÉCIMA CUARTA.- (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del
SUPERVISOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de la propuesta.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el SUPERVISOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.
XXXXXX XXXXXX.- (CUMPLIMIENTO XX XXXXX LABORALES) El SUPERVISOR deberá dar
estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia respecto a su personal.
El SUPERVISOR será responsable y deberá mantener a la ENTIDAD exonerada contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social.
DÉCIMA SEXTA.- (PROTOCOLIZACIÓN DEL CONTRATO) La presente minuta, será protocolizada con todas las formalidades xx Xxx por la ENTIDAD. El importe por concepto de protocolización debe ser pagado por el SUPERVISOR. Esta protocolización contendrá los siguientes documentos:
- Minuta del Contrato (original).
- Documento legal de representación de la ENTIDAD y Poder del Representante Legal del
SUPERVISOR (fotocopias legalizadas).
- Garantía (s) (fotocopia simple).
En caso de que por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado, servirá a los efectos xx Xxx y de su cumplimiento, como documento suficiente a las partes.
DÉCIMA SÉPTIMA.- (SUBCONTRATOS) Cuando esta previsión de subcontrato estuviese autorizada, el SUPERVISOR podrá efectuar subcontrataciones, que acumuladas no deberán exceder el veinticinco por ciento (25%) del valor total de este Contrato, siendo el SUPERVISOR directo y exclusivo responsable por los trabajos, su calidad y la perfección de
ellos, así como también por los actos y omisiones de los subcontratistas y de todas las personas empleadas en el servicio.
En ningún caso el SUPERVISOR podrá pretender autorización para subcontratos que no hubiesen sido expresamente previstos en su propuesta.
Xxxxxx subcontrato o intervención de terceras personas relevará al SUPERVISOR del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato.
DÉCIMA OCTAVA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO) El SUPERVISOR bajo
ningún título podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.
DÉCIMA NOVENA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO). Con el fin de
exceptuar al SUPERVISOR de determinadas responsabilidades durante la vigencia del presente contrato, el FISCAL DE OBRA tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contrato.
Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales).
Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.).
Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de lo previsto en el Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso, el SUPERVISOR deberá recabar del FISCAL DE OBRA un certificado de constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin el cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar luego al FISCAL DE OBRA, por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliación del plazo del Contrato o la exención del pago de penalidades.
En caso que la ampliación sea procedente, el plazo será extendido mediante Contrato Modificatorio conforme se estipula en la Cláusula Trigésima Primera.
VIGÉSIMA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO) El presente contrato concluirá por una de las siguientes causas:
20.1 Por Cumplimiento de Contrato De forma normal, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él, lo cual se hará constar por escrito, en el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
20.2 Por Resolución del Contrato Si se diera el caso y como una forma excepcional de terminar el contrato, a los efectos legales correspondientes, la ENTIDAD y el SUPERVISOR, acuerdan las siguientes causales para procesar la resolución del Contrato:
20.2.1 Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al SUPERVISOR. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
a) Por incumplimiento en la iniciación de los servicios, si emitida la Orden de Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse a la zona de los trabajos. (en caso de servicio de corta duración, este plazo puede ser reducido).
b) Por disolución del SUPERVISOR (sea Empresa Consultora o Asociación Accidental de Empresas Consultoras).
c) Por quiebra declarada del SUPERVISOR.
d) Por suspensión del servicio sin justificación, por (registrar los días en función del plazo total del servicio que se presta) días calendario continuos, sin autorización escrita del FISCAL DE OBRA.
e) Por incumplimiento en la movilización al servicio, del personal y equipo ofertados, de acuerdo al Cronograma.
f) Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin que el SUPERVISOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente.
g) Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de los Términos de Referencia, u otras especificaciones, o instrucciones escritas del FISCAL DE OBRA.
h) Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones contractuales que afecten al servicio.
i) Por subcontratación de una parte del servicio sin que ésta haya sido prevista en la propuesta y/o sin contar con la autorización escrita del FISCAL DE OBRA.
j) Cuando el monto de las multas establecidas en la cláusula Trigésima Tercera, alcance el diez por ciento (10%) del monto del contrato – decisión optativa de la ENTIDAD, o el veinte por ciento (20%), de forma obligatoria.
20.2.2 Resolución a requerimiento del SUPERVISOR por causales atribuibles a la ENTIDAD. El SUPERVISOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
a) Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD o emanadas del FISCAL DE OBRA, con conocimiento de la ENTIDAD, para la suspensión de la prestación del servicio por más de treinta (30) días calendario.
b) Si apartándose de los términos del contrato la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, pretende efectuar aumento o disminución en las cantidades de obra sin emisión del necesario Contrato Modificatorio, que en el caso de incrementos garantice el pago.
c) Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de prestación de servicios aprobado por el FISCAL DE OBRA, por más de cuarenta y cinco
(45) días calendario computados a partir de la fecha de remisión del certificado de prestación de servicios por el FISCAL DE OBRA, a la ENTIDAD.
20.3 Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el SUPERVISOR darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce.
Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizará el desarrollo de los servicios y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la resolución, expresará por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intensión de resolución será retirado.
En caso contrario, si al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles no existe ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará, a cuyo fin la ENTIDAD o el SUPERVISOR, según quien haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva.
Esta carta notariada dará lugar a que cuando la resolución sea por causales atribuibles al SUPERVISOR, se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato, manteniéndose pendiente de ejecución la garantía de Correcta Inversión de Anticipo (en caso de haberse otorgado), hasta que se efectúe la conciliación de saldos, si aún la vigencia de dicha garantía lo permite; caso contrario si la vigencia está a finalizar y no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación. El FISCAL DE OBRA a solicitud de la ENTIDAD, procederá a establecer y certificar los montos reembolsables al SUPERVISOR por concepto de servicios satisfactoriamente prestados. En este caso no se reconocerá al SUPERVISOR gastos de desmovilización de ninguna naturaleza. Con base en el certificado de cómputo final de servicios prestados, emitido por el FISCAL DE OBRA, el SUPERVISOR preparará el Certificado
de Liquidación Final, estableciendo saldos en favor o en contra para su respectivo pago o cobro de las garantías pertinentes.
Sólo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del SUPERVISOR, éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande la desmovilización y los compromisos adquiridos por el SUPERVISOR para la prestación del servicio, contra la presentación de documentos probatorios y certificados.
20.4 Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al SUPERVISOR: Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, la ENTIDAD o el SUPERVISOR se encontrase en una situación fuera de control, por causas de fuerza mayor o caso fortuito, que imposibilite la conclusión del servicio o vayan contra los intereses del Estado; la parte afectada comunicará por escrito su intención de resolver el contrato justificando la causa.
LA ENTIDAD, mediante carta notariada dirigida al SUPERVISOR, vía FISCAL DE OBRA, suspenderá los trabajos y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el SUPERVISOR suspenderá el trabajo de acuerdo a las instrucciones que al efecto emita el FISCAL DE OBRA.
El SUPERVISOR conjuntamente con el FISCAL DE OBRA, procederán a la verificación del servicio prestado hasta la fecha de suspensión, la evaluación de los compromisos que el SUPERVISOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio, debidamente documentados. Asimismo, el FISCAL DE OBRA liquidará los costos proporcionales que demanden la desmovilización de personal y equipo y algunos otros gastos que a juicio del FISCAL DE OBRA fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos el FISCAL DE OBRA elaborará el Certificado de Liquidación Final y el trámite de pago será el previsto en la Cláusula Vigésima Novena.
VIGÉSIMA PRIMERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS). En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones de las partes, durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, DBC, propuesta adjudicada, sometidas a la jurisdicción coactiva fiscal.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) El presente contrato no podrá ser modificado, excepto por causas señaladas en el Documento Base de Contratación previo acuerdo entre partes.
Dichas modificaciones deberán estar destinadas al objeto de la contratación y estar sustentadas por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y financiamiento.
La referida modificación, se realizará de uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA TERCERA- (INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO) La prestación del
servicio se hará efectiva, a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR reciba de forma escrita la Orden de Proceder, la cual coincidirá con la fecha en que se haga efectivo el desembolso total del anticipo.
VIGÉSIMA CUARTA.- (FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO) Con el objeto de realizar el seguimiento y control del servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, la ENTIDAD desarrollará las funciones de FISCALIZACIÓN, a cuyo fin designará, mediante notificación escrita, como FISCAL DE OBRA a un Profesional Técnico especializado en
(Especificar la profesión) (o un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en especificar la profesión – que ejercerá la función de fiscalización) de la planta de personal de la entidad contratante.
El FISCAL DE OBRA, será el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, bajo términos del presente Contrato y los documentos que forman parte del mismo.
El FISCAL DE OBRA, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente la ENTIDAD.
La ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, observará y evaluará permanentemente el desempeño del SUPERVISOR, a objeto de exigirle en su caso, mejor desempeño y eficiencia en la prestación de su servicio, o de imponerle sanciones.
XXXXXXXX XXXXXX.- (REPRESENTANTE DEL SUPERVISOR) Designa como su
representante legal en el servicio, al GERENTE DE PROYECTO, profesional calificado en la propuesta del SUPERVISOR, como profesional titulado, con suficiente experiencia en la dirección de supervisiones similares, que lo califiquen como idóneo para llevar a cabo satisfactoriamente la prestación del servicio, será presentado oficialmente antes del inicio del trabajo, mediante comunicación escrita dirigida al FISCAL DE OBRA.
El GERENTE DE PROYECTO tendrá residencia en el lugar previsto en el Documento Base de Contratación; prestará servicios a tiempo completo y está facultado para:
a) Dirigir el servicio de Supervisión Técnica de la obra.
b) Representar al SUPERVISOR durante toda la prestación del servicio.
c) Mantener permanentemente informado al FISCAL DE OBRA sobre todos los aspectos relacionados con el servicio y la obra.
d) Xxxxxxxx coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del SUPERVISOR.
e) Presentar el Organigrama completo del personal del SUPERVISOR, asignado al servicio.
f) Es el responsable del control de la asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario.
g) Cuidará de la economía con la que debe desarrollarse la prestación del servicio de Supervisión Técnica, así como de la obra que supervisa, a efectos de cumplir con el presupuesto asignado.
En caso de ausencia temporal de la obra, por causas emergentes del presente contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en legal representación del SUPERVISOR.
Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad, caso contrario el SUPERVISOR deberá proceder a sustituir al GERENTE de proyecto, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado.
Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo GERENTE, éste recién entrará en ejercicio de la función; cualquier acto anterior es nulo.
XXXXXXXX XXXXX.- (PERSONAL DEL SUPERVISOR) El SUPERVISOR cumplirá sus deberes
y responsabilidades asignando al servicio, el personal profesional y técnico experimentado, de acuerdo al número y especialidades señaladas en su propuesta, así como en ulteriores modificaciones aconsejables de acuerdo al programa de trabajo, con aprobación previa y escrita del FISCAL DE OBRA. Cualquier cambio en esta nómina tendrá carácter excepcional, y será debidamente justificado por el SUPERVISOR.
26.1 Retiro de personal del SUPERVISOR a solicitud de la ENTIDAD: EL SUPERVISOR retirará del servicio a cualquier empleado cuyo cambio justificado sea solicitado por el FISCAL DE OBRA, sustituyéndolo por otro de nivel similar o superior. En este caso, los gastos que resulten emergentes del cambio, correrán por cuenta del SUPERVISOR.
26.2 Seguros: El SUPERVISOR contratará los seguros, por los conceptos siguientes, cuyo costo está incluido en los precios de contrato:
a) Accidentes o incapacidad para el personal del SUPERVISOR, de acuerdo a la Ley General del Trabajo de Bolivia.
b) Seguro contra todo riesgo, de los vehículos y equipo asignados al servicio.
26.3 Coordinación con la oficina central del SUPERVISOR: El personal del SUPERVISOR de la Oficina Principal de éste, coordinará y efectuará un control adecuado de la marcha del servicio, manteniendo contacto permanente con el GERENTE DEL PROYECTO (o con el suplente legal de éste), visitando periódicamente y cuantas veces sea necesario, en el lugar de prestación del servicio las oficinas y
lugares de trabajo. Los salarios, pasajes y viáticos del personal que realice esta coordinación o seguimiento, no serán reconocidos de forma separada, por cuanto forman parte de los costos indirectos de la propuesta del SUPERVISOR.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- (INFORMES) El SUPERVISOR, someterá a la consideración y aprobación de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, los siguientes informes:
27.1 Informe Inicial: Un informe inicial, en (Registrar el número) ejemplares, a los (Registrar el plazo de forma literal) días calendario de la recepción de la Orden de Proceder, conteniendo un cronograma detallado de sus actividades, ajustado a la fecha de Orden de Proceder, indicando como se propone ejecutar y concluir el servicio. Este cronograma, una vez aprobado, solamente podrá ser modificado con la aprobación escrita de la ENTIDAD, en la instancia competente.
27.2 Informes Periódicos: Los informes periódicos (no repetitivos), en
(registrar el número) ejemplares serán presentados Al FISCAL DE OBRA y contendrán el avance del producto final contratado, consignado en el Documento Base de Contratación y un detalle de:
a) Problemas más importantes encontrados en la prestación del servicio o en el desarrollo de obra y el criterio técnico que sustentó las soluciones aplicadas en cada caso.
b) Personal empleado por el SUPERVISOR en el periodo reportado.
c) Actividades realizadas por el SUPERVISOR.
d) Estado de avance de la obra en comparación con el cronograma de ejecución vigente.
e) Comunicaciones más importantes intercambiadas con el Contratista y con el
FISCAL DE OBRA.
f) Información sobre modificaciones (si se procesaron en el periodo).
g) Información miscelánea.
(Si se trata de productos intermedios completos, la Entidad Contratante debe registrar en esta cláusula dichos productos de forma específica, en sustitución de lo precedentemente detallado).
27.3 Informes Especiales: Cuando se presenten asuntos o problemas que, por su importancia, incidan en el desarrollo normal del servicio o de la obra, a requerimiento de la ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, el SUPERVISOR emitirá informe especial sobre el tema específico requerido, en (Establecer el número) ejemplares, conteniendo el detalle y las recomendaciones para que la ENTIDAD pueda adoptar las decisiones más adecuadas.
27.4 Producto Final: En el lapso que medie entre la recepción provisional y la recepción definitiva de la obra, el SUPERVISOR emitirá un informe final del servicio de supervisión técnica que le cupo realizar, incluyendo todos los aspectos y elementos previstos en el Alcance de Trabajo y Propuesta presentada.
Este informe contendrá también las respectivas conclusiones y recomendaciones (De mantenimiento si corresponde al tipo de obra) a efectos de que la ENTIDADtome y asuma las acciones técnicas, económicas, legales u otras que correspondan.
El informe final debe ser presentado por el SUPERVISOR dentro del plazo previsto,
en (Especificar el número) ejemplares.
El informe final, deberá ser analizado por la ENTIDAD, en el nivel operativo correspondiente dentro del plazo máximo de veinte (20) días calendario desde su presentación. Emitida su aceptación y aprobación por el FISCAL DE OBRA, éste autorizará el pago final a favor del SUPERVISOR.
En caso que el informe final presentado fuese observado por el FISCAL DE OBRA, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario, el mismo será devuelto al SUPERVISOR, para que éste realice ya sea las complementaciones o correcciones pertinentes, dentro del plazo que el FISCAL DE OBRA prevea al efecto de forma expresa en la carta de devolución del informe final.
Concluido el plazo señalado, el SUPERVISOR presentará el informe final y el trámite de aprobación, se procesará conforme lo previsto en la presente Cláusula.
VIGÉSIMA OCTAVA.- (APROBACIÓN DE DOCUMENTOS Y PROPIEDAD DE LOS MISMOS)
28.1 Procedimiento de aprobación: El FISCAL DE OBRA, una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen del supervisión y hará conocer al SUPERVISOR sus observaciones dentro del plazo
máximo de (registrar el plazo literalmente de acuerdo a la magnitud del
servicio y registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles
computados a partir de la fecha de su presentación. Este plazo no incluye el de las posibles observaciones, comentarios o solicitudes de información adicionales.
EL SUPERVISOR se obliga a satisfacer dentro del plazo de (registrar el plazo
literalmente, de acuerdo a la magnitud de lo requerido) (registrar el
plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles de su recepción, cualquier pedido de aclaración efectuado por el FISCAL DE OBRA o a través de éste de la ENTIDAD.
Si dentro de los (registrar el plazo literalmente, de acuerdo a la magnitud del servicio) (registrar el plazo de forma numérica, entre paréntesis) días hábiles de la presentación de los documentos, el FISCAL DE OBRA no envía sus observaciones al SUPERVISOR, se aplicará el silencio administrativo positivo, o sea que las partes considerarán que dichos documentos cuentan con la aprobación del FISCAL DE OBRA.
28.2 Propiedad de los documentos emergentes de la Supervisión: El informe final en original, copia y fotocopias del mismo, como su soporte magnético, y otros documentos resultantes de la prestación del servicio, así como todo material que se genere durante los servicios del SUPERVISOR, son de propiedad de la ENTIDAD y en consecuencia, deberán ser entregados a ésta a la finalización de los servicios de Supervisión, quedando absolutamente prohibido al SUPERVISOR difundir dicha documentación, total o parcialmente, sin consentimiento escrito previo de la ENTIDAD.
El presente Contrato otorga a la ENTIDAD el derecho de autor, derechos de patente y cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual sobre los documentos emergentes de la Supervisión, en cumplimiento del Contrato.
El SUPERVISOR está prohibido de divulgar o revelar cualquier información reservada y confidencial a la que pueda tener acceso en la ejecución del Contrato, a menos que se le haya autorizado por escrito. Esta prohibición se extiende igualmente a los empleados, representantes y subcontratistas del SUPERVISOR.
El SUPERVISOR solo podrá mencionar el servicio a terceros, como prueba de sus antecedentes profesionales, sobre lo cual la ENTIDAD emitirá la certificación detallada pertinente.
VIGÉSIMA NOVENA.- (FORMA DE PAGO) El pago será paralelo al progreso del servicio, a este fin, mensualmente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a cada mes vencido.
El SUPERVISOR presentará al FISCAL DE OBRA, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico y un certificado de pago debidamente llenado, con fecha y firmado por el Gerente de Proyecto, que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios establecidos, de acuerdo a los trabajos desarrollados.
De no presentar el SUPERVISOR el informe periódico y el respectivo certificado de pago dentro del plazo previsto; los días de demora serán contabilizados por el FISCAL DE OBRA, a efectos de deducir los mismos del plazo que la ENTIDAD en su caso pueda demorar en la efectivización del pago del citado certificado.
El FISCAL DE OBRA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, después de recibir el informe periódico y en versión definitiva el certificado de pago; indicará por escrito su aprobación o devolverá el informe y el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el SUPERVISOR, en éste último caso, realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el informe y certificado, con la nueva fecha.
El informe periódico y el certificado de pago aprobado por el FISCAL DE OBRA, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda, para el procesamiento del pago. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción.
El pago de cada certificado de prestación de servicios, se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de remisión del FISCAL DE OBRA a la dependencia prevista de la ENTIDAD para el pago.
El SUPERVISOR recibirá el pago del monto certificado, menos las deducciones que correspondiesen. Si el pago del certificado no se realizara dentro de los treinta y tres (33) días hábiles computables a partir de la fecha de remisión del FISCAL DE OBRA a la dependencia prevista de la ENTIDAD para el pago; el SUPERVISOR tendrá derecho a reclamar por el tiempo transcurrido desde el día treinta y tres (33) hasta el día en que se haga efectivo el pago, la ampliación de plazo por día de demora. Si en ese tiempo, el pago que se realiza es
parcial, sólo podrá reclamar la compensación en tiempo por similar porcentaje al que falta recibir en pago.
Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago por el FISCAL DE OBRA; el SUPERVISOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario para depósitos en caja de ahorro en moneda nacional que publica periódicamente el Banco Central de Bolivia, de la semana anterior a la que se vaya a fijar el interés, el mismo que será dividido en trescientos sesenta y cinco (365) días y multiplicado por los días de retraso en que incurra la ENTIDAD.
En caso de que se hubiese pagado parcialmente el certificado de avance del servicio, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado.
A este fin el SUPERVISOR deberá hacer conocer a la ENTIDAD la demora en el pago (en días), mediante nota dirigida al FISCAL DE OBRA dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes a la fecha de haberse hecho efectivo el pago parcial o total, quien pondrá de inmediato a conocimiento de la ENTIDAD, para que independientemente del pago de intereses, establezca las causas de la demora de pago y asuma los ajustes correspondientes a los efectos de las responsabilidades administrativa y/o civil que emerjan.
En cada caso, el informe del FISCAL DE OBRA consignará también la deducción de los días de demora en la presentación del certificado en que en su caso hubiese incurrido el SUPERVISOR. En caso de que el SUPERVISOR, no presente al FISCAL DE OBRA el respectivo certificado de avance de obra hasta treinta (30) días calendario posteriores al plazo previsto en la presente Cláusula, el FISCAL DE OBRA deberá elaborar el certificado en base a los datos de control del servicio prestado que disponga y la enviará para la firma del GERENTE DE PROYECTO, con la respectiva llamada de atención por este incumplimiento contractual, advirtiéndole de las implicancias posteriores de esta omisión.
El procedimiento subsiguiente de pago a ser aplicado, será el establecido precedentemente.
TRIGÉSIMA.- (FACTURACIÓN) El SUPERVISOR emitirá la factura correspondiente a favor de la ENTIDAD una vez que cada informe periódico y el certificado de pago hayan sido aprobados por la CONTRAPARTE. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, la ENTIDAD no hará efectivo el pago.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- (MODIFICACIONES AL SERVICIO)
31.1 Sólo podrán introducirse modificaciones a la prestación de los servicios de supervisión establecidos en el objeto del presente Contrato, en caso de aplicación del inciso a) del Artículo 89 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
31.2 La ENTIDAD, o el FISCAL DE OBRA designado, previo el trámite respectivo de aprobación, podrá introducir modificaciones que considere estrictamente necesarias y con tal propósito, tendrá la facultad para ordenar por escrito al SUPERVISOR y éste deberá cumplir con cualquiera de las siguientes instrucciones:
a) Efectuar ajustes de rutina o especiales en el desarrollo cotidiano del servicio de Supervisión.
b) Incrementar o disminuir cualquier parte del servicio previsto en el Contrato.
c) Prestar servicios adicionales inherentes a la Supervisión de la misma obra, que sean absolutamente necesarios, aunque no cuenten con precios establecidos en el Contrato.
Ninguna de estas modificaciones podrá viciar o invalidar el Contrato, ni serán ejecutadas por el SUPERVISOR sin una orden previa escrita.
31.3 El FISCAL DE OBRA o la ENTIDAD, puede ordenar las modificaciones únicamente a través de un Contrato Modificatorio, sólo en caso extraordinario en que el servicio deba ser complementado y se determine una modificación significativa en la Supervisión que conlleve un decremento o incremento en los plazos o alcance. El FISCAL DE OBRA deberá formular el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta(s) modificación(es)
no deberá(n) exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. En caso de que signifique una disminución en el servicio, deberá concertarse previamente con el SUPERVISOR, a efectos de evitar reclamos posteriores. El informe-recomendación y antecedentes será cursado por el FISCAL DE OBRA a la ENTIDAD, quien luego de su análisis a través de (Registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento del servicio), realizará el procesamiento del análisis legal y formulación del Contrato, antes de su suscripción.
31.4 El Contrato Modificatorio debe ser emitido y suscrito de forma previa a la prestación de los servicios por parte del SUPERVISOR, en ningún caso constituye un documento regularizador de procedimiento de prestación de los servicios, excepto en casos de emergencia probada, que incida en la prestación del servicio objeto de la Supervisión.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- (PAGO POR SERVICIOS ADICIONALES) Los servicios adicionales ordenados conforme la modalidad descrita en la cláusula Trigésima Primera, serán pagados según lo expresamente establecido en el Contrato Modificatorio.
En caso de existir estos servicios adicionales prestados, el SUPERVISOR de forma mensual consignará los mismos en el certificado de pago.
TRIGÉSIMA TERCERA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES) Queda convenido entre las partes contratantes, que salvo casos de fuerza mayor debidamente comprobados por el FISCAL DE OBRA, se aplicarán por cada periodo de retraso las siguientes multas:
a) Equivalente al 3 por 1.000 del monto total del Contrato por cada día de atraso entre el 1 y30 días.
b) Equivalente al 4 por 1.000 del monto total del Contrato por cada día de atraso desde el día 31 en adelante.
Las causales para la aplicación de multas son las siguientes:
a) Cuando el SUPERVISOR, no entregará los documentos establecidos en la cláusula Vigésima Séptima dentro de los plazos previstos en el cronograma.
b) Cuando el SUPERVISOR demorará más de cinco (5) días hábiles en responder las consultas formuladas por escrito por la ENTIDAD o por el FISCAL DE OBRA, en asuntos relacionados con el objeto del presente contrato.
De establecer el FISCAL DE OBRA que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en la Cláusula Vigésima.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el FISCAL DE OBRA, con base en el informe específico y documentado que formulará el mismo, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados de pago mensuales o del Certificado de Liquidación Final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la Garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47 de la Ley N° 1178.
TRIGÉSIMA CUARTA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR)
34.1 Responsabilidad Técnica: El SUPERVISOR asume la responsabilidad técnica absoluta, de los servicios profesionales prestados bajo el presente contrato, conforme lo establecido en los Términos de Referencia y propuesta técnico-económica, por lo que deberá desarrollar su trabajo conforme a las más altas normas técnicas de competencia profesional, conforme a las leyes, normas de conducta y costumbres locales. En consecuencia el SUPERVISOR garantiza y responde del servicio prestado bajo este Contrato, por lo que en caso de ser requerida su presencia por escrito, para cualquier aclaración, de forma posterior a la liquidación del contrato, se compromete a no negar su participación.
En caso de no responder favorablemente a dicho requerimiento, hará conocer a la Contraloría General del Estado, para los efectos legales pertinentes, en razón de que el
servicio ha sido prestado bajo un contrato administrativo, por lo cual el SUPERVISOR
es responsable ante el Estado.
El SUPERVISOR, en ningún caso efectuará pagos a terceros, ni aceptará pagos indirectos de terceros, en relación con el servicio objeto de este Contrato, o con los pagos que de estos deriven.
No deberá tener vinculación alguna con empresas, organizaciones, funcionarios públicos o personas que puedan potencialmente o de hecho, derivar beneficio comercial del servicio encomendado al SUPERVISOR, o de los resultados o recomendaciones de éste.
Bajo esta responsabilidad se establece que el SUPERVISOR, se hará pasible a las sanciones legales pertinentes, cuando se haya establecido su culpabilidad, por la vía legal correspondiente.
34.2 Responsabilidad Civil: El SUPERVISOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato.
TRIGÉSIMA QUINTA.- (SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES) La ENTIDAD está facultada para
suspender temporalmente los servicios que presta el SUPERVISOR en la supervisión técnica de la obra, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al SUPERVISOR por escrito por intermedio del FISCAL DE OBRA, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser total o parcial.
En este caso la ENTIDAD reconocerá a favor del SUPERVISOR los gastos en que éste incurra por mantenimiento del personal en la obra objeto de la Supervisión, siempre y cuando el lapso de la suspensión sea mayor a los (10) diez días calendario. A los efectos del pago de estos gastos, el FISCAL DE OBRA llevará el control respectivo de personal paralizado y elaborará el respectivo informe conteniendo el importe y plazo que en su caso corresponda, para que se sustente el pago y la ampliación del plazo.
Asimismo, el SUPERVISOR podrá comunicar a la ENTIDAD la suspensión temporal de sus servicios en la supervisión técnica de la obra, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al SUPERVISOR en la prestación de sus servicios, esta suspensión puede ser parcial o total. Cuando el servicio fuera totalmente suspendido por más xx xxxx (10) días calendario a efectos de reconocimiento del pago, se seguirá el procedimiento ya previsto en la presente Cláusula.
Si los trabajos se suspenden parcial o totalmente por negligencia del SUPERVISOR en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del contrato y/o de los documentos que forman parte del mismo, el tiempo que los servicios permanezcan suspendidos, no merecerán ninguna ampliación del plazo del servicio, ni corresponderá pago alguno por el personal parado.
TRIGÉSIMA SEXTA.- (CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL)
Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la entrega del informe final, el SUPERVISOR elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del servicio y lo presentará al FISCAL DE OBRA, en versión definitiva con fecha y firma del Gerente del Proyecto.
El FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD no darán por finalizada la revisión de la liquidación, si el SUPERVISOR no hubiese cumplido con todas sus obligaciones de acuerdo a los términos del contrato y de sus documentos anexos, por lo que el FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD podrán efectuar correcciones en el Certificado de Liquidación Final y se reservarán el derecho de que aún después del pago final, en caso de establecerse anomalías, se pueda obtener por la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato, la restitución de saldos que resultasen como indebidamente pagados al SUPERVISOR.
El cierre de contrato deberá ser acreditado con un certificado de terminación del servicio de supervisión técnica, otorgado por la autoridad competente de la ENTIDAD luego de concluido el trámite precedentemente especificado.
Este cierre de Contrato no libera de responsabilidades al SUPERVISOR, por negligencia o impericia que ocasionasen daños posteriores sobre el objeto de contratación.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- (PROCEDIMIENTO DE PAGO DEL CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL)
El SUPERVISOR deberá tener presente que deberá descontarse del importe del Certificado de Liquidación Final los siguientes conceptos:
a) Sumas anteriores ya pagadas en los certificados mensuales.
b) Reposición de daños, si hubieren.
c) El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos pendientes.
d) Las multas y penalidades, si hubieren.
e) Por la protocolización del contrato, si este pago no se hubiere hecho efectivo oportunamente.
Asimismo, el SUPERVISOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) calendario de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD.
Preparado así el Certificado de Liquidación Final y debidamente aprobado por el FISCAL DE OBRA, éste lo remitirá a la dependencia de la ENTIDAD que realiza el seguimiento del servicio, para su conocimiento, quien en su caso requerirá las aclaraciones que considere pertinentes; de no existir observación alguna para el procesamiento del pago, autorizará el mismo.
Este proceso utilizará los plazos previstos en la cláusula Vigésima Novena del presente Contrato, para el pago de saldos en caso que existiesen
TRIGÉSIMA OCTAVA.- (CONFORMIDAD) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento firman el presente Contrato, en cuatro ejemplares en idioma castellano de un mismo tenor y validez, el (Registrar el nombre y el cargo del responsable de la suscripción del Contrato de Supervisión), en representación legal de la ENTIDAD, y
el (registrar el nombre del representante legal del SUPERVISOR,
habilitado para la firma del Contrato) en representación legal del SUPERVISOR.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado.
Usted Señor Xxxxxxx se servirá insertar todas las demás cláusulas que fuesen de estilo y seguridad.
(Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribirá el Contrato)
(Registrar el nombre y cargo del Funcionario habilitado para la firma del contrato) | (Registrar el nombre del SUPERVISOR) |