Resolución de la Subsecretaría de Economía, Industria y Competitividad, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral temporal de las categoría de TITULADO SUPERIOR DE ACTIVIDADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES (Grupo...
Resolución de la Subsecretaría de Economía, Industria y Competitividad, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral temporal de las categoría de TITULADO SUPERIOR DE ACTIVIDADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES (Grupo Profesional 1 y Área funcional 2), en la modalidad de contrato en prácticas, sujeto al III Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en el Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX.
Teniendo en cuenta lo previsto en el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de Octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, La Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamente General de ingreso aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 22 de noviembre de 2001, la instrucción conjunta de las Secretaria de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública, de 17 de noviembre de 2010 y el resto de la normativa vigente en la materia, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, este Ministerio acuerda convocar proceso selectivo para la contratación de personal laboral temporal para cuyo desarrollo se aprueban las bases de convocatoria que se exponen a continuación y que se corresponden con las bases informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública en fecha 31 xx xxxxx de 2017 para esta modalidad de contratación.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo
14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos.
Esta convocatoria y todos los actos que se deriven de ella se publicarán, al menos, en la página xxx.xxxxxx.xx y en el punto de acceso general xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y se desarrollará de acuerdo a las siguientes bases:
BASES DE CONVOCATORIA
1. Disposiciones generales
1.1. Se convoca proceso selectivo para la contratación de un TITULADO SUPERIOR DE ACTIVIDADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES, Grupo Profesional 1, Área Funcional 2, sujeto al III Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, mediante contrato en prácticas, con cargo al proyecto de investigación: “EUROPEAN HUMAN BIOMONITORING INITIATIVE (HBM4EU)-ACTION”, nº exp. SPY 1305/16-1-TS-PRÁCTICAS que tiene una duración estimada hasta el 31 de diciembre de 2021 y una financiación total de 1.242.986,88 euros.
Esta contratación tendrá una duración de 24 meses.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 1 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
La contratación está financiada al 100% por la Unión Europea (HORIZON 2020), en los términos previstos en el “GRANT AGREEMENT NUMBER – 733032 – HBM4EU”, suscrito el 9 de diciembre de 2016 por la Comisión Europea y diversos beneficiarios, entre los que se encuentra el Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX y en el “CONSORTIUM AGREEMENT – HBM4EU”, que entró en vigor el 3 de noviembre de 2016. El importe de la contratación asciende a 51.470,26 Euros, y según el mencionado contrato, la cantidad total prevista para gastos de personal asciende 674.966,20 euros.
1.2. La contratación tendrá la duración recogida en la base 1.1.
En todo caso, los diferentes contratos suscritos estarán vinculados expresamente al proyecto de investigación que lo sustenta y se extinguirán con el mismo en caso de finalización anterior a la estimada. En ningún caso el contrato suscrito se podrá utilizar para la realización de otro proyecto distinto al reflejado en la convocatoria.
1.3. Las causas de resolución del contrato, además de la conclusión del plazo señalado de contratación, serán la finalización anticipada del proyecto; la falta de financiación del mismo o la no superación del periodo de prueba.
1.4. Las retribuciones del aspirante contratado serán 17.475,64 Euros brutos anuales distribuidos en catorce mensualidades en el primer año y 21.844,62 Euros brutos anuales distribuidos en catorce mensualidades, en el segundo año, sin perjuicio de la modificación que pueda resultar de aplicación de las Leyes de Presupuestos del Estado vigentes en cada ejercicio presupuestario en el que el contrato este en vigor. El régimen de incompatibilidad del puesto de trabajo, será el general establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
1.5. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, según lo previsto en el Anexo I.
1.6. La descripción de las funciones a desarrollar por el candidato que formalice el contrato son las que se detallan en el Anexo II de esta convocatoria.
1.7. Concluido el proceso selectivo, el aspirante que lo hubiera superado y que haya acreditado cumplir los requisitos exigidos, será contratado en la modalidad de contrato en prácticas.
2. Requisitos de los candidatos
2.1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo, los siguientes requisitos de participación:
2.1.1. Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 2 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
c) Los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, cuando sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes y vivan a su cargo.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
2.1.2. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3. Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, el título que se señala en el Anexo II, que habilite para el ejercicio profesional, dentro de los cinco años, o de siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.
No obstante, de acuerdo con la dispuesto en el artículo 13 de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores, podrán celebrarse contratos en prácticas con jóvenes menores de 30 años, aunque hayan transcurrido cinco o más años desde la terminación de los correspondientes estudios, o siete o más años en el caso de contrato con una persona con discapacidad.
Así mismo, según lo dispuesto en la disposición transitoria novena de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx laboral, hasta que la tasa de desempleo de nuestro país se sitúe por debajo del 15%, podrán realizarse contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores menores de 30 años, sin que sea de aplicación el límite máximo de edad establecido en el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar, que están en posesión en el referido plazo, de la correspondiente certificación de equivalencia de su título, o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 3 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
2.1.4. No haber sido contratado con anterioridad en la modalidad de contrato en prácticas en virtud de la misma titulación que se exige en el anexo II para participar en esta convocatoria
2.1.5. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
2.1.6. Habilitación: no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3. Solicitudes
3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo que figura como Xxxxx XXX a esta convocatoria, que estará disponible en el Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX (Oficina de Información, C/ Xxxxxxx Xxxxxxx, nº6 de Madrid, entrada por X/ Xxxxxxxx xx Xxxxx, 0-0), en la dirección xxxx://xxx.xxxxxx.xx, en el Punto de Acceso General, a través de su página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
3.2. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX (C/ Xxxxxxx Xxxxxxx, nº6 de Madrid, entrada por X/ Xxxxxxxx xx Xxxxx, 0-0 XX. 00000 Xxxxxx), o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo xx xxxx días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria y se dirigirán al Director del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX.
3.3. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de proceder a su envío certificado.
Los candidatos que no presenten sus solicitudes directamente en el Registro General o en el Registro Electrónico del Organismo y que utilicen cualquier otro medio de los establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberán enviar simultáneamente un correo electrónico a la dirección del Tribunal reflejada en el anexo IV de la presente convocatoria, indicando la presentación de solicitud y el medio utilizado.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 4 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
3.4. A cada solicitud se acompañará:
3.4.1. Fotocopia de la titulación requerida en el Anexo II para acceder a la contratación a la que se opta. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar, en el plazo previsto en la base 7.1, copia de la correspondiente certificación de equivalencia de su título o copia de la credencial que acredite, en su caso, la homologación de dichos estudios.
3.4.2. Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se le valoren en la fase de concurso, atendiendo a los méritos que pueden ser alegados y que se recogen en el Anexo I.
Los méritos alegados deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán estar oportunamente documentados para poder ser valorados.
3.4.3. Currículum vitae del candidato, (se podrá utilizar el modelo disponible en la dirección: xxxx://xxx.xxxxxx.xx) y fotocopia de la Certificación académica oficial, en la que figuren las asignaturas cursadas, calificaciones obtenidas y fecha y convocatoria en la que se aprobaron esas asignaturas. Dicho certificado podrá sustituirse por una copia del expediente. No obstante, en el caso de resultar seleccionado, deberá presentar el certificado oficial junto con el resto de la documentación a que se refiere la base 7.1 de la convocatoria.
3.4.4. Certificación de la vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativa de lo previsto en la base 2.1.4.
3.4.5. Declaración responsable del solicitante de no haber sido contratado con anterioridad en esta modalidad de contrato en prácticas en virtud de la misma titulación exigida en esta convocatoria, según el modelo recogido en el anexo V.
3.4.6. Los aspirantes con discapacidad con un grado igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
3.4.7. Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1.a), así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
La no presentación, junto con la solicitud, de la documentación indicada en los apartados 3.4.1, supondrá la exclusión del candidato.
Las solicitudes que se presenten sin acompañar la documentación indicada en los apartados 3.4.2, 3.4.3, 3.4.4, 3.4.5, 3.4.6 y 3.4.7 por haberla presentado
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 5 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
simultáneamente en alguna otra convocatoria del mismo Organismo que esté pendiente de resolución, deberán indicar claramente en el apartado “Méritos Profesionales” de la solicitud de participación (Xxxxx XXX), la convocatoria en la que se ha presentado dicha documentación.
Una vez realizada la adjudicación, los aspirantes que no hubiesen sido seleccionados dispondrán de un periodo máximo de un año para solicitar la devolución de toda o parte de la documentación presentada. Transcurrido dicho plazo sin haber sido reclamada por el interesado, la misma será destruida por la Administración.
3.5. Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse al menos en el tablón de anuncios de la sede de cada Tribunal, en la dirección xxxx://xxx.xxxxxx.xx y en el Punto de Acceso General, a través de su página web (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), se señalará un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de dichas listas.
Este plazo no podrá utilizarse, en ningún caso, para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial.
4.2. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
5. Tribunal
5.1. El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura en el Xxxxx XX a esta convocatoria.
5.2. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
5.3. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás disposiciones vigentes.
5.4. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 6 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
5.5. Los miembros del órgano de selección deberán abstenerse de intervenir en los supuestos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6. Los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.7. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en el domicilio que se indica en el Anexo IV.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal publicará en el lugar o lugares donde se expusieron las listas de admitidos y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva del concurso.
6.2. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Así mismo, si el Tribunal correspondiente tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1. Finalizado el concurso, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará en el lugar o lugares donde se publicó la lista de aspirantes admitidos y excluidos y en la sede del Tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo los primeros aspirantes de la lista, hasta como máximo el número de plazas convocadas, de un plazo de cinco días hábiles para la presentación de la documentación original acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.2. Antes de la formalización del contrato, los candidatos que no posean la nacionalidad española y el conocimiento xxx xxxxxxxxxx no se deduzca de su origen o de los méritos alegados y no puedan acreditarlo documentalmente, deberán superar una prueba en la que se compruebe que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 7 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
El contenido de esta prueba se ajustará a lo que establezca el Organismo Público “Instituto Xxxxxxxxx”, creado por Ley 7/1991, de 21 xx xxxxx, según lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (DELE).
La prueba se valorará como “apto” o “no apto”, siendo necesario obtener la valoración de apto para considerar al candidato como aprobado en el proceso. En el supuesto de no resultar apto resultaría seleccionado el aspirante puntuación.
El lugar y la fecha de realización de esta prueba se anunciarán en los mismos lugares en que se hizo pública la convocatoria y en la sede del Tribunal.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del Diploma de español de nivel superior o del Diploma de español de nivel intermedio como lengua extranjera regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto, deberán aportar, junto a la solicitud, fotocopia compulsada de dicho diploma. De no aportar esta documentación, no podrán ser declarados exentos y deberán realizar la prueba referida anteriormente.
7.3. Concluido el proceso selectivo, los contratos se formalizarán, si fuera posible, en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la finalización del plazo de entrega de documentación señalado en la base 7.1., salvo en aquellos supuestos en los que dicha contratación pudiera estar condicionada a la obtención de los informes y autorizaciones previstas en la normativa vigente.
7.4. No se podrán formalizar mayor número de contratos que los convocados.
7.5. El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba cuya duración será de tres meses. Concluido este periodo si el aspirante contratado no superara el mismo, según informe elaborado por el responsable de la unidad competente o a la que esté adscrito, se procederá a la rescisión del contrato.
Están exentos del período de prueba los trabajadores que hayan desempeñado funciones similares con anterioridad bajo cualquier modalidad de contratación, dentro del ámbito de aplicación del III Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
7.6. En el caso que el candidato/a propuesto/a no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos o renuncie, el puesto se adjudicará al siguiente candidato/a de la relación a que se refiere la base 7.1.
7.7. Si una vez formalizado el contrato, alguno de los trabajadores causara baja o la certificación emitida por el responsable de la unidad competente o a la que esté adscrito, respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea desfavorable, se podrá sustituir por el siguiente candidato de la lista a que se refiere la base 7.1, siempre y cuando no se hayan superado los plazos de validez de las autorizaciones establecidos en el apartado 5 de la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública sobre procedimiento de autorización de contratos de
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 8 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
personal laboral y nombramiento de funcionarios interinos y de personal estatutario temporal, de 17 de noviembre de 2010.
7.8. Asimismo, podrá utilizarse la lista a que se refiere la base 7.1 para la contratación de aspirantes para otros proyectos de investigación en los que el perfil y requisitos exigidos sean idénticos a los exigidos en la presente convocatoria, siempre que existan razones de urgencia y la previsión de duración del proyecto en cuestión sea inferior a la duración restante prevista para el proyecto que sirve de base a esta convocatoria.
7.9. La vigencia de la lista referida en la base 7.1 será la prevista para el proyecto de investigación que sirve de base a la presente convocatoria. Cuando, de conformidad con lo previsto en la base 7.8, dicha lista se utilice para la cobertura de plazas en proyectos de investigación distintos al de la presente convocatoria, su vigencia será de 18 meses, contados a partir de su publicación.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 9 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
8.- Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Empleado Público; los preceptos que sean de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el convenio colectivo que, en su caso, sea de aplicación; el resto de la legislación aplicable por razón de la materia y lo dispuesto en esta Resolución.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración Pública podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
EL SUBSECRETARIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD
(Firmado electrónicamente)
Xxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxxx Xxxxxxx
SR/A. PRESIDENTE /A DEL TRIBUNAL CALIFICADOR
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 10 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO
(Concurso)
El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos en el que se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los méritos que se detallan a continuación, que habrán de estar relacionados con las funciones y tareas de investigación a desempeñar en el puesto de trabajo convocado y que deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Méritos profesionales: Hasta un máximo de 10 puntos.
1. Experiencia profesional en puestos de trabajo de la misma o superior categoría y, en su caso, especialidad o actividad principal, con funciones y tareas similares a las asignadas a la plaza a la que se opta.
Puntuación máxima: 8 puntos.
Forma de puntuación: Hasta 4 puntos por cada año completo de experiencia.
Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad, en el caso de experiencia adquirida en la Administración Pública, y fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los demás casos. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos se sustituirá por copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.
2. Experiencia profesional en puestos de trabajo de categoría inferior, con funciones y tareas similares a las asignadas a la plaza a la que se opta.
Puntuación máxima: 2 puntos.
Forma de puntuación: Hasta 1 punto por cada año completo de experiencia. Forma de acreditación: igual que la anterior.
En todo caso, la experiencia se valorará con independencia del ámbito de adquisición.
Méritos formativos: Hasta un máximo de 90 puntos.
1. Expediente académico de la titulación exigida, otra titulación distinta de la exigida, o proceso selectivo superado.
Se valorará el expediente académico de la titulación exigida y también se valorará la posesión de alguna otra titulación o, en su caso, especialidad académica, distinta a la exigida para participar en las pruebas, relacionadas con las funciones y tareas propias del puesto a ocupar, o haber superado el proceso selectivo de acceso a algún cuerpo o escala de funcionario o como personal laboral fijo a algún puesto de categoría profesional y contenido funcional similares a los correspondientes a la plaza a que se opta, siempre y cuando dicho proceso se hubiera celebrado en los dos años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Puntuación máxima: 80 puntos.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 11 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
Forma de puntuación:
- Hasta 60 puntos por el expediente académico de la titulación exigida.
- 10 puntos por cada titulación o especialidad, o por cada proceso selectivo superado.
Forma de acreditación: fotocopia de los títulos y de la certificación académica de la titulación exigida en la convocatoria, con las calificaciones obtenidas (expediente académico oficial) en las que figuren las asignaturas cursadas, calificaciones obtenidas y fecha y convocatoria en la que se aprueban las asignaturas.
En el caso de haber superado anteriormente algún proceso selectivo de acceso a algún cuerpo o escala de funcionario o como personal laboral fijo a algún puesto de similar categoría profesional y contenido funcional a los correspondientes a la plaza a que se opta, será preciso aportar, para su valoración, una certificación acreditativa en la que se indique expresamente la fecha en que se superó el mismo.
2. Cursos y seminarios (siempre que tengan una duración mínima de 15 horas) relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta).
Puntuación máxima: 20 puntos. Forma de puntuación:
- Hasta 1 punto por cada curso x xxxxxxxxx de 15 a 100 horas, hasta un máximo de 8 puntos.
- Hasta 2 puntos por cada curso x xxxxxxxxx de 101 a 500 horas, hasta un máximo de 4 puntos.
- Hasta 4 puntos por cada curso x xxxxxxxxx de más de 500 horas, hasta un máximo de 8 puntos.
Forma de acreditación: fotocopia de los títulos o certificados, incluyendo el programa y/o descripción del contenido de los mismos.
3. Por haber sido becario en Institutos, Organismos o Centros públicos o privados de investigación, en materias relacionadas con la plaza.
Puntuación máxima: 10 puntos.
Forma de puntuación: 5 puntos por cada año o fracción superior a 6 meses.
Forma de acreditación: Fotocopia de los certificados o documentación acreditativa correspondiente.
4. Por autoría o participación en publicaciones relacionadas con las funciones de la plaza a la que se opta.
Puntuación máxima: 10 puntos.
Forma de puntuación: hasta un máximo de 2 puntos por cada publicación científica.
Forma de acreditación: Fotocopia de la 1ª página o aquella donde estén identificados los autores.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 12 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
5. Por participación en congresos. Puntuación máxima: 10 puntos. Forma de puntuación:
- Hasta 1 punto por cada ponencia o comunicación oral en congresos, hasta un máximo de 5 puntos.
- Hasta 0,5 puntos por cada presentación en póster, hasta un máximo de 5 puntos.
Forma de acreditación: Fotocopia de certificados o documentación acreditativa correspondiente.
Para superar el proceso será necesario obtener la puntuación mínima de 50 puntos.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Puntuación obtenida en la valoración de los méritos formativos contemplados en el apartado 1. Expediente académico
2. Número de días como becario/a en Institutos, Organismos o centros públicos o privados en materias relacionadas con la plaza.
3. Puntuación obtenida en la valoración de los méritos formativos contemplados en el apartado 2. Cursos.
4. Puntuación obtenida en la valoración de los méritos formativos contemplados en el apartado 4. Publicaciones científicas.
5. Puntuación obtenida en la valoración de los méritos formativos contemplados en el apartado 5. Participación en congresos.
6. Puntuación obtenida en la valoración de los méritos formativos contemplados en el apartado 1. Titulaciones, especialidades, distintas a la exigida, pruebas selectivas superadas, relacionadas con las funciones de la plaza.
7. Puntuación obtenida en la valoración los méritos profesionales en puestos de trabajo de la misma o superior categoría.
8. Puntuación obtenida en la valoración en los méritos profesionales en puestos de trabajo de categoría inferior.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 13 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
ANEXO II RELACIÓN DE PLAZAS
Categoría: TITULADO SUPERIOR DE ACTIVADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES
Grupo Profesional: 1 Área Profesional: 2
Convenio aplicable: III CONVENIO ÚNICO PARA EL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
Proyecto de Investigación: “EUROPEAN HUMAN BIOMONITORING INITIATIVE (HBM4EU)-ACTION”
Período de prueba: 3 MESES
Duración del contrato (estimada): 24 MESES
Código Contrato | Nº plazas | Destino | Titulación y/o Especialidad | Tareas o funciones a realizar |
SPY 1305/16-1-TS-PRÁCTICAS C.17-B/57-TS-PRÁCTICAS | 1 | CENTRO NACIONAL DE SANIDAD AMBIENTAL MAJADAHONDA (MADRID) | Doctorado o Licenciatura o Grado o equivalente en Estadística o en Matemáticas | - Soporte en actividades de Biomonitorización humana - Apoyo para el análisis estadístico de datos a escala nacional y europea. - Elaboración de códigos y hojas de control de calidad. - Elaboración de documentos en inglés. - Asistencia y organización de reuniones en inglés. |
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 14 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
ANEXO III
Solicitud de participación
DATOS PERSONALES
APELLIDO 1…………………………………………………………APELLIDO 2…………………………………………………………………………..
NOMBRE………………………………………………………………Nº DOCUMENTO DE IDENTIDAD………………………………………………..
DIRECCIÓN: c/av/pz………………………………...........…………….num……..piso Cod.
Postal……………….TELÉFONO………………………
LOCALIDAD……………………………………………….PROVINCIA……………………………………………PAÍS………………………………….
FECHA NACIMIENTO………………………..LOCALIDAD NACIMIENTO…………………………………PAIS NACIMIENTO…………………….
NACIONALIDAD…………………………………………CORREO ELECTRÓNICO....……………………………………………………………………
PROCESO SELECTIVO
MINISTERIO:…
FECHA DE LA CONVOCATORIA:… CATEGORIA PUESTO CONVOCADO:… GRUPO PROFESIONAL:...
ORGANISMO:…
Nº DE EXPEDIENTE CÓDIGO PLAZA SOLICITADA: …
TITULACIÓN MÍNIMA EXIGIDA (se deberá poseer a la finalización del plazo de presentación de instancias)
MÉRITOS ALEGADOS
MÉRITOS | PUNTUACIÓN | |||
PROFESIONALES: | (No Rellenar) | |||
EXPERIENCIA EN PUESTOS DE LA MISMA O SUPERIOR CATEGORIA CON FUNCIONES Y TAREAS AFINES | ||||
DENOMINACION PUESTO | ORGANISMO PUBLICO O EMPRESA | PERIODO TRABAJADO (AÑOS, MESESY DIAS) | ||
EXPERIENCIA EN PUESTOS DE CATEGORIA INFERIOR CON FUNCIONES Y TAREAS AFINES | ||||
DENOMINACION PUESTO | ORGANISMO PUBLICO O EMPRESA | PERIODO TRABAJADO (AÑOS, MESESY DIAS) | ||
FORMATIVOS: | ||
OTRAS TITULACIONES Y ESPECIALIDADES: | ||
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 15 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
CURSOS, SEMINARIOS: | |||||
BECAS: | |||||
IDIOMAS | |||||
PUBLICACIONES INDIVIDUALES O PARTICIPACIÓN EN PUBLICACIONES COLECTIVAS | |||||
CONGRESOS | |||||
PROCESOS SELECTIVOS SUPERADOS DE PERSONAL LABORAL FIJO: | |||||
GRUPO | CATEGORIA PROFESIONAL | DEPARTAMENTO U ORGANISMO | FECHA CONVOCATORIA | FECHA PUBLICACIÓN LISTA APROBADOS | |
PUNTUACION TOTAL |
Lugar, fecha y firma
………………………………………………de………………de……..
Autorizo a la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (R.D. 522//2006, de 00 xx xxxxx, X.X.X. xx 0 xx xxxx). Ley de protección de datos de carácter personal 15/1999. | SI | NO |
SR.DIRECTOR DEL INSTITUTO DE XXXXX XXXXXX XXX
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 16 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011
TRIBUNAL TITULAR:
ANEXO IV TRIBUNAL CALIFICADOR1
PRESIDENTA: Xx. XXXXX XXXXX XXXXXX de la Escala de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1.
VOCAL: X. XXXXXX XXXXX XXXXXX, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, Grupo A1.
VOCAL: Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, de la Escala de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación, l.P., Grupo A1
3 VOCALES: A designar por la representación sindical. En caso de ser personal Laboral deberán pertenecer al Grupo Profesional 1 y en caso de ser personal Funcionario deberá pertenecer al Grupo A1.
SECRETARIO: D. XXXXXXX XXXX XXXXXX XXXX, del Grupo Técnico de Función Administrativa de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, Grupo A1.
TRIBUNAL SUPLENTE
PRESIDENTE: X. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX de la Escala de Profesores Titulares de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1.
VOCAL: X. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, de la Escala Técnica de Gestión OO.AA., Grupo A1.
VOCAL: Xx. XXXXXXXX XXXXX XXXXXX, de la Escala de Técnicos de Gestión 00.AA. Especialidad Sanidad y Consumo, Grupo A 1.
3 VOCALES: A designar por la representación sindical. En caso de ser personal Laboral deberán pertenecer al Grupo Profesional 1 y en caso de ser personal Funcionario deberá pertenecer al Grupo A1.
SECRETARIA: Xx. XXXXXXXXX XXXXXXXXX DE LAS XXXXXX, de la Escala de
Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación, Grupo A1.
Sede del tribunal:
SEDE: INSTITUTO DE XXXXX XXXXXX XXX
DOMICILIO: XXXXXXX XXXXXXX, 4 (ENTRADA X/ XXXXXXXX XX XXXXX, 0-0) X.X. 00000.
TELÉFONO: 000000000
CORREO ELECTRÓNICO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx
1 La composición definitiva del Tribunal Calificador se publicará, junto con la resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en el tablón de anuncios de la sede de cada Tribunal y en la dirección xxxx://xxx.xxxxxx.xx.
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FIRMADO por : XXXXXXX XXXXXXXX-XXXXXX XXXXXXX. A fecha : 14/12/2017 16:36:58
El documento consta de un total de 17 folios. Folio 17 de 17 - Código Seguro de Verificación: 783662-42170592.Verificable en xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxx/ según Orden Ministerial del 24/2/2011