HOJA DE ESPECIFICACIONES
A. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Axencia para a Modernización Tecnolóxica xx Xxxxxxx
Centro de Innovación Cultural e Modernización Tecnolóxica xx Xxxxxxx, Cidade da Cultura xx Xxxxxxx, Xxxxx Gaiás, s/n. 15781 Xxxxxxxx de Compostela (A Coruña).
Contacto administrativo: Departamento de contratación. Email: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx. Teléfonos: 000000000, 000000000, 000000000, 000000000. Fax: 000000000
Contacto técnico: Área de Soluciones Tecnológicas Sectoriales. Email: xxxxxxxxx-xxxxxxxxxx.xxxxxx@xxxxx.xx Telé- fonos: 981957547
B. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN
La adjudicación se realizará a través del sistema de procedimiento abierto, al xxxxxx xx xx previsto en los artículos 157 al 161 del TRLCSP.
Esta contratación está sujeta a regulación armonizada.
La tramitación del expediente de contratación será ordinaria, anticipada de gasto y documentalmente simplificada.
Los gastos que origine la publicación, por una sola vez, de los anuncios de la presente contratación, en los correspondientes boletines oficiales serán de cuenta del adjudicatario del contrato, sin que pueda imputarse a la Administración contratante ningún pago por tal concepto. En el supuesto de que existan varios adjudicatarios, los gastos por este concepto serán distribuidos en proporción a la cuantía de licitación del lote adjudicado a cada uno.
Toda la información relativa a la tramitación estará accesible a los licitadores a través del perfil del contratante de la Xunta xx Xxxxxxx (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/).
C. OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER
Objeto del contrato: El objeto de la presente contratación es el servicio de alojamiento externo y mantenimiento en explotación (hosting) de los sistemas informáticos a las infraestructuras asociadas (hardware y software de base) que xxx soporte físico y telemático a la Plataforma Tecnológica de Pesca (PTP). El sistema de alojamiento (hosting) comprende todos los niveles de la Plataforma Tecnológica de la Pesca xx Xxxxxxx (xxxxx://xxx.xxxxxxx- xxxxxxx.xxx/).
En particular, la prestación del servicio relativo a:
• Alojamiento y mantenimiento de la infraestructura de la Plataforma Tecnológica de la Pesca de la Xunta
xx Xxxxxxx, así como de los servicios de soporte asociados necesarios para su explotación.
• Alojamiento y explotación de la infraestructura física de la plataforma. El alojamiento de la PTP se realizará mediante un servicio de hosting completo, que xxxxxx proporcionar el entorno, la conectividad y los servicios de soporte necesarios, de forma que quede garantizada la disponibilidad de los contenidos y servicios ofrecidos actualmente por la PTP, así como la velocidad de acceso a los mismos. La prestación incluye los servicios y elementos de hardware, software y de conexión necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de la PTP.
Nomenclatura:
CPA-2008: 61.90 -Otros servicios de telecomunicaciones
CPV-2008: 50330000-7 – Servicios de mantenimiento equipo telecomunicación Necesidades a satisfacer:
La Amtega tiene entre sus competencias el diseño y ejecución, en todas las Consellerías y organismos
dependientes de la Xunta, entre ellos la Consellería do Mar, de los proyectos de sistemas y tecnologías de la información que xxx soporte a su operativa. Para ejercer las competencias que tiene atribuidas la Consellería do Mar, se utilizan diversos sistemas de información, que le xxx soporte tanto en la gestión interna como en su relación con los profesionales del sector y el ciudadano en general.
En particular, la Plataforma Tecnológica de la Pesca es un proyecto de la administración pesquera gallega que tiene como principal objetivo el de facilitar herramientas de gestión y de recogida de información del sector. Esta plataforma les ofrece una serie de servicios a los sectores productivos y comercializadores, para servirles, a su vez, de apoyo para la gestión de los recursos pesqueros y para su trazabilidad, en concordancia con las exigencias legales existentes. La Plataforma es accesible a través de xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/.
La creciente demanda por parte del personal de las lonjas, cofradías y otros actores relevantes del sector del mar xx Xxxxxxx de servicios de carácter tecnológico, cada vez más complejos, así como el aumento de equipos y sistemas y las labores de evolución de las aplicaciones y sistemas TIC que conforman la denominada Plataforma Tecnológica de Pesca (en adelante, PTP), exige la dedicación de unos medios técnicos específicos que le den soporte y permitan su evolución. Por tanto en este contrato se establecen las necesidades para el alojamiento y mantenimiento de la infraestructura que da soporte físico a la Plataforma Tecnológica de Pesca de la Xunta xx Xxxxxxx.
D. NÚMERO DE LOTES
La contratación no está dividida en lotes.
E. VARIANTES
La contratación no admite variantes.
F. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución para la prestación del servicio objeto del presente contrato será de 24 meses a contar a partir del 10/06/2018. Si la fecha de formalización del contrato fuese posterior a esta última, el plazo de ejecución de 24 meses se computará desde la fecha de formalización del contrato. Antes de su finalización, este contrato se podrá prorrogar por mutuo acuerdo de las partes por un plazo igual o inferior al fijado originariamente.
G. VALOR ESTIMADO, PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
El valor estimado es de 292.561,98 € (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS) (Este valor estimado contempla las opciones contractuales de modificación que se reserva la Administración, y la susceptibilidad de prórroga máxima de acuerdo con lo previsto en el artículo 88 del TRLCSP) |
El presupuesto máximo autorizado es de 97.520,66 € (NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTE EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS), más 20.479,34 € (VEINTE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS) que corresponden al IVA (21%), lo que supone un total de 118.000,00 € (CIENTO DIECIOCHO MIL EUROS), distribuyéndose en las siguientes anualidades: 2018: 27.102,62 € + IVA (5.691,55€ ) = 32.794,17 € 2019: 48.760,33 € + IVA (10.239,67 € ) = 59.000,00 € 2020: 21.657,71€ + IVA (4.548,12 €) = 26.205,83€ TOTAL: 97.520,66 € + IVA (20.479,34 € ) = 118.000 €. La formulación de la propuesta económica tiene carácter global, por lo que incluye todos los factores de valoración e impuestos que se devenguen por razón del contrato. En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido, se tendrá en cuenta que en la oferta del candidato xxxxxx indicarse como xxxxxxx independiente de conformidad con lo establecido en el artículo 145.5 del TRLCSP. Xx xxxxx la financiación con cargo a la aplicación presupuestaria 04.A1.571A.216.0, del presupuesto de gastos de la Amtega para los años 2018, 2019 y 2020. Al tratarse de la tramitación anticipada de un expediente de gasto, y sin perjuicio de su formalización, queda sometida la eficacia del contrato a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1. de la Orden de 11 de febrero de 1998, por la que xx xxxxxx la tramitación anticipada de expediente de gasto, modificada por las órdenes del 27 de noviembre de 2000 y del 25 de octubre de 2001. |
H. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO
El precio del contrato se fija a tanto alzado consultando el precio xx xxxxxxx para servicios similares y comprende la totalidad de los gastos que tenga que hacer el adjudicatario para la realización del trabajo objeto de la contratación, hasta su recepción por la Administración, incluso la parte correspondiente a sus gastos generales y beneficios. Por tanto, el sistema de determinación del precio, a efectos de su abono al contratista, es el de tanto alzado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del TRLCSP.
I. GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige
J. GARANTÍA DEFINITIVA
De conformidad con lo establecido en el artículo 95 del TRLCSP, se constituirá una garantía definitiva por cuantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
K. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de evaluación son los siguientes:
Índice | Criterio | Evaluable Mediante Fórmulas | Puntuación |
1 | Oferta técnica | ||
1.1 | Propuesta tecnológica | N | 30 |
1.2 | Plan y organización de proyecto | N | 10 |
1.3 | Plan de transferencia del servicio | N | 10 |
1.4 | Parámetros de nivel de servicio | S | 10 |
2 | Precio | S | 40 |
TOTAL | 100 |
Motivado por la especificidad del servicio que se va a prestar, la calidad buscada en el servicio que se va a prestar y su criticidad (teniendo en cuenta que se trata del alojamiento de sistemas de información que xxx el apoyo tecnológico a procesos troncales de la Consellería do Mar, en cuanto a la trazabilidad de los productos del mar), resulta necesario contar con ofertas técnicas de calidad que, más allá de los aspectos económicos, garanticen una propuesta funcional, tecnológica y de ejecución del contrato que permitan garantizar la correcta prestación del servicio frente a un posible cumplimiento defectuoso. Por tanto, dada la trascendencia de este servicio y la naturaleza y gravedad de los perjuicios derivados del cumplimiento defectuoso, se xxxxxx conseguir una puntuación mínima de 20 puntos en los criterios no evaluables mediante fórmulas (sobre B), para que la propuesta sea objeto de valoración en los criterios evaluables mediante fórmulas (sobre C), resultando excluida de dicha valoración de no alcanzarse el mínimo señalado.
CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE B) (50 puntos):
[1.1]. Propuesta tecnológica (30 puntos)
Propuesta de solución e infraestructura tecnológica para atender el objeto de contratación. Se tendrán en cuenta en particular los medios puestos a disposición del proyecto para las actividades a desarrollar, según lo especificado en el apartado 3 del Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Contendrá y serán objeto de valoración los siguientes elementos:
• Infraestructura física que albergará el soporte de los sistemas de información implicados a partir de las pautas del Anexo I
• Conectividad ofrecida, incluyendo sistemas de acceso remoto y seguro
• Arquitectura de servidores (físicos o virtuales)
• Disponibilidad de entornos de trabajo
• Elementos de redundancia, dimensionamiento y escalabilidad
• Aspectos de seguridad
• Soluciones de administración y monitorización aplicadas
• Protocolo de mantenimiento de sistemas
• Disponibilidad de estadísticas en tiempo real accesibles a la Dirección del Proyecto
• Condiciones de licenciamiento de software solicitado
[1.2]. Plan y organización de proyecto (10 puntos)
Xxxxxx contemplar necesariamente todos los elementos definidos en los apartados correspondientes del PPT y específicamente los siguientes elementos que serán objeto de valoración:
• Planificación del proyecto
• Descripción de las tareas
• Cronograma del proyecto
• Metodología del servicio a prestar
• Organización del proyecto
• Estructura del equipo de trabajo disponible para la administración y monitorización de la plataforma
• Mecanismos y xxxxxxx de atención de incidencias
• Procedimientos de escalado, actualizaciones, mantenimiento y resolución de incidencias
[1.3]. Plan de transferencia del servicio (10 puntos)
De acuerdo a lo especificado en el apartado 4.10 del xxxxxx de prescripciones técnicas, en cuanto a las condiciones de transferencia y finalización del servicio, será objeto de valoración en este apartado la propuesta de transferencia del servicio a las infraestructuras corporativas de la Xunta xx Xxxxxxx, en caso de que sea determinada por la Dirección del Proyecto.
Contendrá y serán objeto de valoración los siguientes elementos:
• Propuesta de fases
• Estrategia de migración
• Medidas de contingencia y vuelta atrás
• Disponibilidad de recursos ad hoc para esta migración
En todos los apartados se tendrán en cuenta la claridad expositiva, la concreción y adecuación efectiva a los servicios solicitados.
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE C) (50 puntos):
[1.4]. Parámetros de nivel de servicio (10 puntos)
A fin de asignarle la puntuación correspondiente al “nivel de servicio”, se cumplimentará, necesariamente, el modelo indicado en el “Anexo III: Modelo de proposición económica y xxxxx aspectos evaluables mediante fórmulas” de este Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, consignándose los valores ofertados para cada uno de los 4 parámetros (que suponen 7 indicadores de cumplimiento) de los parámetros de servicio descritos en el apartado 4.8.1 del Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
En todo caso los valores de los parámetros de nivel de servicio deben estar comprendidos entre los recogidos en la siguiente tabla:
Parámetro de servicio | Mejor valor del parámetro de servicio (Disponibilidad máxima o tiempo mínimo ) (Tmj) | Peor valor del parámetro de servicio (Disponibilidad mínima o tiempo máximo) (TMj) | |
Disponibilidad (mensual) de alimentación eléctrica | (j=1) | Tm1 = 100% | TM1 = 99,9% |
Disponibilidad (mensual) de red | (j=2) | Tm2 = 100% | TM2 = 99,8% |
Disponibilidad (mensual) global del servicio | (j=3) | Tm3 = 100% | TM3 = 99,5% |
Rendimiento (tiempo de respuesta del frontal web) | (j=4) | Tm4 = 100 mseg | TM4 = 1000mseg |
Tiempo de atención de incidencias de prioridad alta (que supongan indisponibilidad de la PTP) | (j=5) | Tm5 = 5 minutos | TM5 = 15 minutos |
Tiempo de resolución de incidencias de prioridad alta (que supongan indisponibilidad de la PTP) | (j=6) | Tm6 = 10 minutos | TM6 = 60 minutos |
Para obtener la puntuación de este apartado se aplicará la siguiente fórmula a cada propuesta:
j=1
PM 6 TMj−TOij
Pi=
6 ∗∑( TMj−Tmj )
Donde:
Pi = Puntuación de la propuesta de la empresa i para este criterio
TOij = Tiempo máximo de servicio ofertado por la empresa i para el parámetro de servicio j TMj = tiempo máximo de resolución para el parámetro de servicio j
Tmj = tiempo mínimo de resolución para el parámetro de servicio j
PM = puntuación máxima para este criterio de valoración (en este caso 10 puntos) Abs = valor absoluto
En caso de que una oferta ofrezca para un parámetro de servicio un valor mejor que el mejor valor del parámetro solicitado, ese parámetro será valorado como si hubiese ofrecido el mejor valor solicitado (umbral de saturación de parámetro). En caso de que una oferta ofrezca para un parámetro de servicio un valor peor que el peor valor del parámetro solicitado, supondrá su exclusión (umbral mínimo de cumplimiento).
[2]. Precio (40 puntos)
En función de la proposición económica, las ofertas se puntuarán entre 0 e 40 puntos de de acuerdo con los criterios que a continuación se indican:
En caso de que existan 5 o menos propuestas admitidas a valoración de este criterio en el procedimiento de contratación:
Vi=40 ×
1
Bi( )
8−n ∀ Bi
Be
En caso de que existan más de 5 propuestas admitidas a valoración de este criterio en el procedimiento de contratación:
Donde:
Vi=40 ×
1
Bi( )
2 ∀ Bi
Be
Oi = Oferta de la propuesta para la que se quiere determinar la puntuación (IVA excluido) Pl = Precio máximo de licitación (IVA excluido)
Bi = Baja de la propuesta para la que se quiere determinar la puntuación
Bi=100∗( Pl −Oi )
Pl
Be = Baja de la propuesta más económica de todas las admitidas
Vi = Valoración de la propuesta económica presentada en escala de 0-40 puntos n = Número de propuestas admitidas
En la aplicación de estas fórmulas se entenderá por “baja de la oferta” el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA excluido) expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de licitación (IVA excluido).
Criterio de oferta desproporcionada o anormal:
A efectos de la consideración de presunción de baja temeraria se considerará que incurren en presunción de temeridad las proposiciones con una Bi que exceda en diez (10) o más unidades al valor de la “Baja de referencia” (Br).
Para la obtención de Br se requiere previamente la definición de “baja media” (Bm) en función de la media aritmética de las ofertas:
1 n
n
Om= ∗∑ Oi
i=1
Bm =100∗( Pl−Om )
Pl
En caso de que existan 5 o menos propuestas admitidas a valoración de este criterio en el procedimiento de contratación:
Br =Bm
En caso de que existan más de 5 propuestas admitidas a valoración de este criterio en el procedimiento de contratación:
Se determinará inicialmente la “desviación típica” de las bajas ofertadas:
σ =
×∑ (Bi−Bm)
i=1
√1 n 2
n
Para el cálculo de Br se elegirán, entre todas las ofertas, tan solo aquellas cuya baja esté comprendida en el intervalo Bm ± σ, es decir:
(Bm−σ )≤ Bi≤( Bm+σ )
Finalmente se establecerá el valor de la “baja de referencia” (Br) como la media aritmética de las bajas de las ofertas que cumplan la condición anterior.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal xxxxxx darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga
para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección de empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación o la posible obtención de una ayuda del Estado.
L. PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía será de, por lo menos, un año contado a partir del día siguiente a la fecha de certificación de
conformidad de los trabajos objeto del contrato.
M. FORMA DE PAGO
Se emitirán facturas mensualmente, comprensivas de la actividad realizada en cada período. Cada factura será detallada, identificando el número de expediente, el objeto del contrato, período de facturación e importe facturado.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que xx xxxxxx la factura electrónica y la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en materia de contratación pública de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx y entes del sector público de xxxx dependientes, en la Orden de 12 de febrero de 2010 por la que se regulan los procedimientos del sistema electrónico de facturación de la Xunta xx Xxxxxxx, y teniendo en cuenta la Orden de 26 de febrero de 2015 por la que xx xxxxxx el Punto general de entrada electrónica de facturas y el Registro Contable de Facturas de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx, las facturas emitidas por el adjudicatario se presentarán a través del Sistema Electrónico de Facturación (SEF), (disponible en la dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xXxxxxxx_xxx/) tras la certificación de conformidad por parte del órgano competente con las estipulaciones establecidas en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, así como en las condiciones descritas en la propuesta presentada por el adjudicatario.
Por otra parte, y de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional trigésimo tercera del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de xx Xxx de Contratos del Sector Público, en las facturas xxxxxx constar la identificación del órgano de contratación (Axencia para a Modernización Tecnolóxica xx Xxxxxxx), el destinatario (Axencia para a Modernización Tecnolóxica xx Xxxxxxx) y el órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública (Intervención Xeral da Comunidade Autónoma).
N. SOLVENCIA
Los candidatos deberán acreditar su solvencia de conformidad con lo dispuesto a continuación:
• Medios de acreditación de la solvencia económica y financiera. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.1, letra a) del TRLCSP, se acreditará por el siguiente medio:
◦ Volumen anual de negocios por importe igual o superior al presupuesto de licitación de esta contratación, IVA incluido (118.000 €) en alguno de los tres últimos ejercicios concluidos.
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas
anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviese inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
• Medios de acreditación de la solvencia técnica. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78, letra a) del TRLCSP, se acreditará mediante:
◦ Relación, sellada y firmada, de los principales servicios o trabajos realizados en xxx xxxxx últimos
años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificaciones expedidas o visadas por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una certificación expedida por este, o a falta de esta certificación, mediante una declaración del empresario. Solo se tendrán en cuenta a efectos de acreditar la solvencia los servicios o trabajos relacionados con el objeto de la presente contratación, que aparezcan relacionados y respecto de los cuales se aporten certificaciones o declaración del empresario a que se hace referencia en este apartado. Se reputará solvente el licitador que haya realizado, en xxx xxxxx últimos años un conjunto de servicios o trabajos que sumen, por lo menos, un importe igual o superior al presupuesto de licitación de esta contratación, IVA incluido (118.000 €) y que guarden relación con el objeto del contrato.
Relación de los servicios o trabajos ejecutados en el curso de xxx xxxxx últimos años, acompañada de certificados de buena ejecución o, en su caso, declaración del empresario | ||||
Denominación y objeto concreto | Importe | Finalización de la ejecución (día/mes/año) | Destinatario | Público/privado |
Para el cálculo del citado período de cinco últimos años se xxxxxx xxxx referencia de fin de dicho período el día de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
A efectos de la valoración de su relación o no con el correspondiente a la presente contratación, deberán estar correctamente identificados los respectivos objetos de los servicios o trabajos referidos, que deben guardar relación con el objeto del contrato.
Opcionalmente, a efectos de acreditar la solvencia, en lugar de los requisitos de solvencia exigidos en este apartado, el licitador podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante la clasificación de empresa de servicios correspondiente al contrato (atendiendo para ello a su código CPV) que se señala a continuación: Grupo V, subgrupo 3, categoría 1
O. OPCIONES CONTRACTUALES QUE SE RESERVA LA ADMINISTRACIÓN
Durante la vigencia del contrato es posible que concurran circunstancias que xxxxx precisa la modificación del contrato. Así pues, de acuerdo con lo establecido en el artículo 106 del Texto Refundido de xx Xxx de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, las circunstancias objetivas en las que podrá hacerse uso de xxx xxxxxxxx por parte de este órgano de contratación, así como el alcance y límites de las modificaciones que puedan acordarse son los siguientes:
- Como consecuencia de la incorporación de nuevos servicios o procedimientos administrativos informatizados a la Plataforma Tecnológica de la Pesca (PTP) sea necesario aumentar las infraestructuras que xxx servicio a los mismos.
De cara a cuantificar el importe de la modificación se establecen los siguientes costes (IVA incluido) de precio medio, precio que servirá de base para establecer el importe de la ampliación en función del número de unidades del servicio que se amplíe en el contrato:
Servicio | Coste unidad (IVA incluido) | ||
Servidor para alojamiento: | 1.500,00 € por servidor | ||
Administración de servidor: | 850,00 € por servidor | ||
Licencia S.X.B.D | 4.000,00 € por licencia para 1 servidor | ||
Conectividad (Mbps adicionales) | 425,00 € por Mbps adicional | ||
Atendiendo a estos supuestos, la modificación prevista, en su conjunto, no puede ser superior al 50% del importe del contrato. Las condiciones de la eventual modificación del contrato serán tenidas en cuenta en lo que se refiere a la exigencia de condiciones de aptitud de los licitadores y la valoración de las ofertas presentadas. Los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a la eventual modificación del contrato se tramitarán según lo dispuesto en el artículo 211 del Texto Refundido de xx Xxx de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. |
P. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
De acuerdo con lo establecido en el artículo 64.2 del TRLCSP, la empresa adjudicataria xxxxxx comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato, por lo menos, los siguientes medios personales como miembros del equipo de trabajo ofertado:
Equipo de proyecto ad hoc | Experiencia y conocimientos mínimos | Dedicación mínima |
JEFE DE PROYECTO Titulación universitaria | Experiencia en esa categoría profesional durante un mínimo de 24 meses efectivos a lo largo de los últimos cinco años. (*) | 250 horas |
(*) Para el cálculo del citado período de cinco últimos años, se xxxxxx xxxx referencia de fin de dicho período el día de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Para el perfil de jefe de proyecto se requiere una experiencia mínima de 24 meses en esa categoría profesional a lo largo de los últimos cinco años, lo que garantiza que tenga experiencia en la dirección y gestión de equipos de trabajo.
El compromiso de adscripción de medios se refiere únicamente a los medios señalados como mínimos, según la tabla recogida en este apartado.
Cuando el órgano de contratación requiera al licitador que presentó la oferta más ventajosa la documentación a la que hace referencia el artículo 151.2 del TRLCSP, se presentará la documentación justificativa de la efectiva disposición de los medios, de acuerdo con lo que indiquen los pliegos de contratación y el artículo 64 del TRLCSP.
De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador retiró su oferta, procediéndose en ese caso a solicitar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx xxxxxxx clasificadas las ofertas.
A este compromiso de adscripción de medios se le atribuye el carácter xx xxxxxxxxxx esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f del TRLCSP. Por tanto, su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato.
Q. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El plazo de presentación de proposiciones será el señalado en la publicación oficial donde se publicite la celebración de la contratación.
Los interesados podrán acceder al perfil de contratante del órgano de contratación, a través de la Plataforma de Contratación de la Xunta xx Xxxxxxx en la dirección de Internet xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, donde podrán descargar en formato PDF estos pliegos de cláusulas administrativas particulares, así como los pliegos de prescripciones técnicas.
Los licitadores interesados en xxxxx parte en esta contratación deberán presentar la documentación necesaria en el Registro de la Amtega (sito en el Centro de Innovación Cultural e Modernización Tecnolóxica xx Xxxxxxx, Cidade da Cultura xx Xxxxxxx, Xxxxx Gaiás, 15781, Xxxxxxxx de Compostela), en horas de oficina.
No obstante lo dispuesto en el punto anterior, los licitadores podrán enviar sus propuestas por correo, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 11 de este Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
La propuesta técnica (sobre B) será obligatoriamente presentada tanto en formato tradicional, en papel, como en formato electrónico, utilizando para ello el formato PDF (ISO 19005), y contando el medio de almacenamiento en el que se incluyan los archivos (CD, DVD, PenDrive USB, etc.) con una estructura autoexplicativa de carpetas en caso de que la oferta esté contenida en más de un archivo electrónico.
La no presentación de las propuestas en formato electrónico será causa de exclusión del procedimiento de contratación. En caso de encontrarse discrepancias entre la oferta presentada en papel y la presentada en formato electrónico, prevalecerá la oferta en papel.
R. CONDICIONES ESPECÍFICAS
Cumplimiento defectuoso o incumplimiento parcial de la ejecución del objeto del contrato: En caso de incumplimiento de los niveles de servicio, según lo indicado en el apartado 4.8.1 del Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, o de incumplimientos en el correcto desarrollo del servicio, en función de los tipos de incumplimiento estará sujeto al siguiente régimen de penalizaciones: A) Respecto del rendimiento de los tiempos de atención o respuesta de incidencias de prioridad alta (que supongan indisponibilidad de la PTP), se establecen las siguientes penalizaciones: Importe = Número de incumplimientos x 0,005 x Importe_licitación_contrato_IVA_Inc En el anterior importe, se considera Importe_licitación_contrato_IVA_Inc a efectos del calculo del importe de la penalización el importe de licitación del período completo (24 meses), IVA incluido. Las penalizaciones, de llegar a producirse, se materializarán como descuentos, por el importe total de la penalización, en la facturación ordinaria del contrato. B) Respecto del rendimiento del sistema se establecen las penalizaciones siguientes: B.1. Garantía de provisión de alimentación eléctrica. Garantizar el servicio de provisión de la alimentación eléctrica de los servidores al 99,9%. Si la disponibilidad mensual se viese reducida a las cifras que se detallan a continuación, la Xunta de Galicia tendrá derecho a reclamar, salvo causa de fuerza mayor, una compensación económica al final del mes del total de los servicios afectados, en función de la siguiente tabla. Tiempo mensual de no Importe_licitación_contrato_mensual_IVA_inc disponibilidad de alimentación eléctrica 0.5 a 1 hora 2,50% 1 a 1.5 horas 5,00% Más de 1.5 horas 7,00% B.2 Garantía de disponibilidad de red. Garantizar el servicio de disponibilidad en red al 99,8%. Si la disponibilidad mensual se viese reducida a las cifras que se detallan a continuación, la Xunta de Galicia tendrá derecho a reclamar, salvo causa de fuerza mayor, una compensación económica al final del mes del total de los servicios afectados, en función de la siguiente tabla. | |||
Disponibilidad del servicio | Importe_licitación_contrato_mensual_IVA_inc | ||
>= 99.80 % | 0,00% | ||
99.50 % a 99,79 % | 5,00% | ||
99.00 % a 99,49 % | 10,00% | ||
<= 98,99 % | 30,00% |
B.3 Garantía de disponibilidad de los servidores y servicio. El adjudicatario garantizará la disponibilidad de los servidores y servicios incluidos en, por lo menos, un 99.5%, incluyendo la garantía de funcionamiento de los elementos, tanto de hardware como software (servidores DNS, FrontEnd, BackEnd, email, bases de datos, copias de seguridad, etc.) que componen el servicio completo de hosting. Los mantenimientos programados no se incluirán en los cálculos de disponibilidad.
Si la disponibilidad mensual se viese reducida a las cifras que se detallan a continuación, la Xunta de Galicia tendrá derecho a reclamar, salvo causa de fuerza mayor, una compensación económica al final del mes del total de los servicios afectados, en función de la siguiente tabla.
Disponibilidad del servicio | Importe_licitación_contrato_mensual_IVA_inc |
>= 99.50 % | 0,00% |
99.00 % a 99,49 % | 5,00% |
98.00 % a 98,99 % | 10,00% |
<= 97,99 % | 30,00% |
Se considera Importe_licitación_contrato_mensual_IVA_Inc a efectos del calculo del importe de la penalización el importe de licitación correspondiente a un mes, IVA incluido (importe licitación global prorrateado de modo lineal para los 24 meses de duración del contrato). Las penalizaciones, de llegar a producirse, se materializarán como descuentos, por el importe total de la penalización, en la facturación ordinaria mensual del contrato.
El volumen de penalización global máximo que se puede aplicar corresponde a un 10% del importe de adjudicación del contrato.
De conformidad con lo establecido en el artículo 115 del TRLCSP, el órgano de contratación acuerda aprobar la presente hoja de especificaciones.
Xxxxxxxx de Compostela,
Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Directora de la Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Xxxxxxx
1. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
1.1. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx (Xunta xx Xxxxxxx), es el indicado en el apartado A de la hoja de especificaciones.
1.2. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las xxxxx que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de esta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.
2. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato y las necesidades a satisfacer son las establecidas en el apartado C de la hoja de especificaciones.
La ejecución del objeto del contrato xxxxxx adecuarse a las prescripciones técnicas anexas que tienen carácter contractual.
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril, la clasificación de productos por actividades (CPA) es la señalada en el apartado C de la hoja de especificaciones.
Además, también consta en el citado apartado la codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea, establecido en el Reglamento (CE) nº 213/2008, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario Común de Contratos (CPV).
3. NATURALEZA JURÍDICA, PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, RÉGIMEN DE RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
3.1. Esta contratación se califica como contrato de servicio de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de xx Xxx de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011) (en adelante, TRLCSP), y el Reglamento General de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, x x las normas reglamentarias que lo sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Asimismo, serán de aplicación las xxxxx disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx, en el marco de sus respectivas competencias.
3.2. Con sujeción al TRLCSP, el órgano de contratación tiene la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver
las xxxxx que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de esta. Los correspondientes acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
3.3. Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos (se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores o candidatos) y los acuerdos de adjudicación adoptados por poderes adjudicadores, serán susceptibles, con carácter potestativo, de recurso especial en materia de contratación en los términos establecidos en el artículo 40 y siguientes del TRLCSP. El conocimiento y resolución de este recurso le corresponde al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de conformidad con el convenio de colaboración suscrito el 7 de noviembre de 2013 entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx sobre atribución de competencia de recursos contractuales (publicado en el BOE nº 282 y DOG nº 225 del 25 de noviembre de 2013), y con el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (publicado en el BOE nº 230 de 25 de septiembre de 2015).
La presentación del escrito de interposición del recurso solamente podrá presentarse en el registro de la Axencia para a Modernización Tecnolóxica xx Xxxxxxx o en el del órgano administrativo competente para resolverlo, en el plazo de 15 xxxx hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.4 del TRLCSP. Dentro de este plazo, el recurrente xxxxxx previamente anunciar su intención de interponer el recurso, mediante un escrito presentado ante el órgano de contratación de la Axencia para a Modernización Tecnolóxica xx Xxxxxxx, cuando el recurso especial en materia de contratación se presente en el órgano administrativo competente para resolverlo.
También se podrán impugnar las decisiones señaladas en este apartado, directamente, mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela.
3.4. Las restantes cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación y resolución del contrato, y efectos de esta, serán resueltas por el órgano de contratación, poniendo estos acuerdos fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de xx Xxx 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnado mediante recurso contencioso administrativo, conforme a lo dispuesto en xx Xxx reguladora de dicha Jurisdicción.
4. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
4.1. Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no xx xxxxxx comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualesquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP.
Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar
mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del Reglamento General de la LCAP. Respecto de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea se estará a lo dispuesto en los artículos 58, 66.1, 72.2, 73.2 y 84 del TRLCSP y en el artículo 9 del RXLCAP.
Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que xx xxxx constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su falta, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad al que se refiere el artículo 55, 72.3 del TRLCSP y en el artículo 10 del RXLCAP.
4.2. Además de los requisitos apuntados, los licitadores o candidatos deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica a través de los medios de justificación que, al xxxxxx de los artículos 62, 75 y 78 del TRLCSP se establecen en el apartado N de la hoja de especificaciones.
Asimismo, los licitadores o candidatos deberán presentar declaración responsable de no incurrir en prohibición de contratar, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del TRLCSP. Y deberán presentar un compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato a los que se refiere el artículo 64.2 del TRLCAP.
4.3. No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto xx xxxxx de las empresas licitadoras o candidatas.
4.4. Los que contraten con la Administración podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.
Con la finalidad de justificar adecuadamente la representación ante el órgano de contratación, se aportará el correspondiente documento en el que conste que el poder otorgado a su favor es declarado bastante por letrado de la Xunta xx Xxxxxxx.
5. VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
5.1. El valor estimado y el presupuesto máximo de licitación del servicio y las anualidades son las establecidas en el apartado G de la hoja de especificaciones.
El sistema de determinación del precio de este contrato es el referido en la cláusula H de la hoja de especificaciones.
5.2. A todos los efectos, se entenderá que dicho presupuesto de licitación comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del servicio y toda clase de impuestos directos o indirectos. La formulación de la propuesta económica tiene carácter global, por lo que incluye todos los factores de valoración e impuestos que se devenguen por razón del contrato.
6. EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO
En caso de tramitación anticipada la adjudicación del contrato queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio económico correspondiente para hacer frente a los gastos que del mismo se
deriven.
7. REVISIÓN DE PRECIOS
8. DURACIÓN DEL CONTRATO
8.1. El contrato tendrá el xxxxx xxxxxx de ejecución que se establezca en el apartado F de la hoja de especificaciones.
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
9. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante procedimiento y tipo de tramitación determinados en el apartado B de la hoja de especificaciones, y tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en el apartado K de la hoja de especificaciones.
Procedimiento de evaluación de las proposiciones. La valoración de las ofertas se realizará de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el apartado K de la hoja de especificaciones.
En caso de igualdad entre dos o más proposiciones, desde el punto de vista de los criterios de adjudicación que sirven de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que, en el momento de acreditar su solvencia técnica tenga en su personal un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de adjudicación que sirvan de base para la adjudicación. Si varios licitadores empatasen en cuanto a la proposición más ventajosa y acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su personal (disposición adicional cuarta del TRLCSP).
67.4 y 75 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx en materia de igualdad, aquel candidato que implante un plan de igualdad, o haya obtenido la Marca Gallega de Excelencia en Igualdad o equivalente autonómico, tendrá preferencia en la adjudicación.
En caso de que persista nuevamente el empate, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que haya implantado un plan de responsabilidad social empresarial (RSE).
Si aún persistiese el empate en la puntuación final, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta el orden de prelación de los criterios de adjudicación y la ponderación de su incidencia en la valoración de las ofertas empatadas.
10. GARANTÍA PROVISIONAL
Según lo indicado en el apartado I de la hoja de especificaciones, no se exige la constitución de garantía
provisional.
11. PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
11.1. Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el apartado Q de la hoja de especificaciones.
11.2. La presentación podrá realizarse bien personalmente o bien mediante envío por mensajero entregado dentro del plazo señalado. También podrá realizarse mediante envío por correo, en ese caso el interesado xxxxxx acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax o correo electrónico a “xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx” la remisión de la proposición. El envío del anuncio por correo electrónico solo será válido si existe xxxxxxxxxx de la transmisión y de la recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al licitador. Sin la concurrencia xx xxxxx requisitos no será admitida la documentación, si se recibiese con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo de presentación de ofertas señalada en el anuncio. Transcurridos diez xxxx naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
11.3. La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente xxxxxx, sin excepción alguna.
12. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
12.1. Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono, de fax (si es el caso), y dirección de correo electrónico, así como con la firma del licitador o persona que le represente.
12.2. Sobre A: Xxxxxx xxxxx el siguiente título: SOBRE A: Documentación Administrativa para xxxxx parte en la contratación del […] Expte. ../.....). Además, los licitadores que estén inscritos en el Registro general de contratistas de la Xunta de Galicia deberán hacer constar el número de inscripción en el sobre A (por fuera). Su contenido será el siguiente:
a) Documento europeo único de contratación (en adelante DEUC) debidamente cubierto, consistente en una declaración responsable del licitador, de acuerdo con el formulario que se ofrece en formato electrónico, que se podrá descargar en las direcciones de Internet:
◦ xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxx El formulario, disponible en xxxxxxxxxx, podrá cumplimentarse e imprimirse en este sitio, para su envío al órgano de contratación junto con el resto de la oferta.
◦ En la web de la Consellería xx Xxxxxxx de la Xunta xx Xxxxxxx que, en el apartado de la Xunta consultiva de contratación administrativa, tiene a disposición de los licitadores el DEUC en formato
.odt para facilitar una sencilla cumplimentación:
• Versión en xxxxxxx: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxx- consultiva-de-contratacion-administrativa/procedemento-de-contratacion
• Versión en xxxxxxxxxx: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxx- tematicas/patrimonio/xunta-consultiva-de-contratacion-administrativa/procedemento-de- contratacion
A este respecto, se indica que en el DEUC, en la parte IV: Criterios de selección, apartado C: Capacidad Técnica y Profesional, la nota a pie de página número (39) donde indica: Los poderes adjudicadores podrán exigir hasta tres años y admitir experiencia que date de más de tres años, debe indicar: Los poderes adjudicadores podrán exigir hasta cinco años y admitir experiencia que date de más de cinco años, conforme a la redacción del TRLCSP y a lo señalado en la cláusula N. del presente xxxxxx.
Junto con el DEUC, los licitadores deberán adjuntar la declaración responsable que figura en el Anexo II del PCAP.
De conformidad con el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de febrero de 2014, sobre contratación pública, y con el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7, de la Comisión, de 5 de enero, por el que se establece el formulario normalizado del Documento europeo único de contratación, el DEUC se acepta en sustitución de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos para contratar con la Administración, de acuerdo asimismo con el artículo 146.4 del TRLCSP, añadido por xx Xxx 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización, así como en el artículo 24 de xx Xxx 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico.
Los operadores económicos pueden ser excluidos del procedimiento de contratación, o ser objeto de enjuiciamiento con arreglo a la legislación nacional, en caso de que incurran en declaraciones falsas de carácter grave o, en general, al facilitar la información exigida para verificar que no existen motivos de exclusión o que se cumplen los criterios de selección, o en caso de que oculten tal información o no puedan presentar los documentos justificativos.
De acuerdo con el Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016 por el que se establece el formulario normalizado del documento europeo único de contratación, los licitadores, para cumplimentar el DEUC, deberán tener en cuenta lo siguiente:
• Cuando los contratos estén divididos en lotes y los criterios de selección varíen de un lote a otro, el DEUC xxxxxx cumplimentarse para cada lote (o grupo de lotes a los que se apliquen los mismos criterios de selección).
• Un operador económico que participe por su cuenta y que no recurra a la capacidad de otras entidades para cumplir los requisitos de selección xxxxxx cumplimentar un solo DEUC.
• Un operador económico que participe por su cuenta pero recurra a la capacidad de una o varias otras entidades xxxxxx garantizar que el poder adjudicador o la entidad adjudicadora reciban su propio DEUC junto con otro DEUC separado, en el que figure la información pertinente (véase la parte II, sección C), por cada una de las entidades de que xx xxxxx.
• Cuando grupos de operadores económicos, incluidas asociaciones temporales, participen conjuntamente en el procedimiento de contratación, xxxxxx presentarse un DEUC separado, en el que figure la información requerida en las partes II a V, por cada operador económico participante.
b) Declaración de pertenencia a un grupo de empresas de acuerdo con el artículo 42.1 del Código de Comercio (según modelo que se adjunta como Anexo II).
c) Declaración responsable suscrita por el licitador en la que manifieste el conocimiento del
contenido y alcance del Código ético institucional de la Xunta xx Xxxxxxx , publicado por Resolución del 8 de septiembre de 2014, conjunta de la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma Administrativa y de la Dirección Xeral de Función Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de la Xunta xx Xxxxxxx del 24 de xxxxx de 2014 por el que se aprueba el referido código ético (DOG núm. 179, de 19 de septiembre de 2014). La declaración responsable se incluye en el modelo que se adjunta como Anexo II.
d) Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos xxxxxx acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
e) Documentación solo a efectos de desempate, siendo opcional su presentación para el licitador.
1. A efectos de acreditar la relación laboral con personas con discapacidad en los términos establecidos en la cláusula 9 del presente xxxxxx, las empresas deberán aportar declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que estos representan sobre el total del personal.
2. A efectos de acreditar la implantación de un plan de igualdad o de la Marca Gallega de Excelencia
en Igualdad o equivalente autonómico, las empresas aportarán declaración responsable.
3. A efectos de acreditar el plan de responsabilidad social empresarial (RSE), las empresas deberán aportar la declaración responsable.
En caso de igualdad entre dos o más proposiciones, desde el punto de vista de los criterios de adjudicación que sirven de base para la adjudicación, se les requerirá a los licitadores la acreditación de lo declarado en los puntos 1, 2 o 3 de este apartado.
Toda la documentación a presentar por los candidatos habrá de ser documentación original o bien copias que xxxxxx carácter de auténticas o compulsadas por funcionarios de la Xunta xx Xxxxxxx conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Asimismo, los candidatos presentarán su documentación en xxxxxxxxxx x xxxxxxx.
12.3. Sobre B: Xxxxxx xxxxx el siguiente título: SOBRE B: Documentación relativa a los criterios no evaluables mediante fórmulas para xxxxx parte en la contratación del […] (Expte. ../ ).
12.3.1. Los licitadores incluirán en este sobre cualquier documentación justificativa de los aspectos especificados en el xxxxxx de prescripciones técnicas relativos a los criterios no evaluables mediante fórmulas a que se refiere el apartado K de la hoja de especificaciones del presente xxxxxx, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma.
12.3.2. En el sobre B no podrá incluirse información que permita conocer la oferta económica de los licitadores o determinar la puntuación que estos conseguirían conforme a los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas, que deben incluirse en el sobre C. En sentido contrario, la oferta del licitador será excluida.
12.3.3. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación xxxxxx estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o
informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
12.3.4. El empresario que licite en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición xxxx xxxxx a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
12.3.5. El citado sobre se presentará del siguiente modo:
▪ Firmado por el licitador o, si es el caso, por el representante legal de la entidad que firma toda la documentación.
▪ Con indicación del nombre y apellidos del licitador o, si es el caso, denominación social, teléfono, fax, dirección y correo electrónico.
▪ Debidamente cerrado (podrá estar lacrado), de tal modo que se garantice que permanezca en ese estado hasta la
fecha de su apertura.
12.4. Sobre C: Xxxxxx xxxxx el siguiente título: SOBRE C: Documentación relativa a los criterios evaluables mediante fórmulas para xxxxx parte en la contratación del […] (Expte. ../ ).
12.4.1. Se incluirá la proposición económica y xxxxx criterios evaluables mediante fórmulas, que se ajustará al modelo establecido que se adjunta como modelo anexo al presente xxxxxx, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación xxxxxx fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. La oferta se efectuará por la totalidad de los trabajos objeto del contrato, incluyendo en xxxx todo tipo de impuestos, arbitrios o tasas exigibles y, en xxxx xxxxxx indicarse como xxxxxxx independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. Serán inadmisibles las ofertas de mayor cuantía de la que figura en el apartado G de la hoja de especificaciones como presupuesto de licitación.
12.4.2. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación xxxxxx estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia , pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
12.4.3. Cada licitador podrá presentar solo una proposición en relación con el objeto del contrato, aunque la misma podrá incluir variantes o alternativas en los términos establecidos en el apartado E de la hoja de especificaciones.
12.4.4. El empresario que licite en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición xxxx xxxxx a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
12.4.5. El citado sobre se presentará del siguiente modo:
▪ Firmado por el licitador o, si es el caso, por el representante legal de la entidad que firma toda la documentación.
▪ Con indicación del nombre y apellidos del licitador o, si es el caso, denominación social, teléfono, fax, dirección y correo electrónico.
▪ Debidamente cerrado (podrá estar lacrado), de tal modo que se garantice que permanezca en ese estado hasta la
fecha de su apertura.
13. MESA DE CONTRATACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN XXXXXXX
Xx órgano de contratación estará asistido, para la adjudicación del contrato, por una mesa de contratación constituida de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del TRLCSP y artículo 21 del RD 817/2009, de 8 xx xxxx.
Terminado el plazo de presentación de proposiciones, la mesa de contratación se constituirá, previamente, para el examen y calificación de la documentación administrativa, en función de los requisitos exigidos. Si la mesa observara defectos u omisiones sustituibles, o necesitara aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o aportaciones de otros complementarios, podrá conceder para ello un plazo inferior al señalado para la apertura del sobre B en el artículo 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente xx Xxx 30/2007. Este último en ningún caso puede ser superior a 7 xxxx a contar desde la apertura de la documentación administrativa (sobre A). A estos efectos si la Mesa observara defectos materiales u omisiones subsanables de enmienda, se notificará la solicitud de enmienda a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres xxxx hábiles para que los licitadores procedan a su subsanación, dejando xxxxxxxxxx en la correspondiente acta. Las subsanaciones deberán presentarse ante el Registro de la Amtega (sito en el Centro de Innovación Cultural e Modernización Tecnolóxica xx Xxxxxxx, Cidade da Cultura xx Xxxxxxx, Xxxxx Gaiás, 15781, Xxxxxxxx de Compostela), en horas de oficina.
14. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
14.1. La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre A y realizadas las enmiendas y, en su caso, aportadas las aclaraciones requeridas, o transcurrido el plazo que se confirió al efecto, realizará en acto público, en el lugar, día y hora indicado en el perfil del contratante, la apertura del sobre B Documentación no evaluable mediante fórmulas, con arreglo a las siguientes actuaciones:
▪ Lectura del anuncio público del procedimiento.
▪ Recuento de las proposiciones presentadas y confrontación con los datos que figuren en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras de las mismas.
▪ Lectura pública del número de proposiciones recibidas y de la identidad de los licitadores.
▪ Invitación a los asistentes para que comprueben, si lo desean, que los sobres que contienen las proposiciones se encuentran en la mesa, y en idénticas condiciones que cuando fueron entregados.
▪ Lectura pública de los resultados de la calificación de la documentación personal, con expresión de las
proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de no admisión de estas últimas.
▪ Invitación a los licitadores asistentes interesados a que manifiesten las xxxxx que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes. Pasado este momento no se admitirán más observaciones que interrumpan el acto.
▪ Apertura del sobre correspondiente a la documentación relativa a los criterios no evaluables automáticamente mediante fórmulas.
▪ Invitación a los asistentes a que expongan cuantas consideraciones, reclamaciones o quejas consideren
oportunas, tras lo cual se levantará la sesión.
A continuación, la Mesa entregará al órgano encargado de la valoración la documentación contenida en el Sobre B para la elaboración del informe correspondiente. El plazo para la valoración y cuantificación no podrá ser superior al xxxxx xxxxxx establecido en el artículo 160 del TRLCSP para la apertura del sobre C.
Por parte del secretario se levantará Acta que recogerá sucinta y fielmente lo acontecido, y será firmada, por lo
menos, por el Presidente y el Secretario, así como por cuantos hubieran presentado reclamaciones.
14.2. Tras la valoración de los criterios, en los que su cuantificación dependa de un juicio de valor, esta se dará a conocer en un acto público con anterioridad a la apertura del sobre C. El acto público se celebrará en el lugar, día y hora indicado en el perfil del contratante. En el acto público se realizarán las siguientes actuaciones:
▪ Lectura pública de los resultados de la cuantificación de los criterios que no xxxx evaluables mediante fórmulas.
▪ Invitación a los licitadores asistentes interesados a que manifiesten las xxxxx que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes.
▪ Apertura del sobre correspondiente a la proposición económica y documentación evaluable mediante fórmulas.
▪ Invitación a los licitadores asistentes interesados a que manifiesten las xxxxx que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes.
A continuación, la Mesa entregará al órgano encargado de la valoración la documentación contenida en el Sobre C para la elaboración del informe correspondiente.
Por parte de la persona que ejerza la secretaría de la mesa se levantará un acta que recogerá sucinta y fielmente lo acontecido, y será firmada, por lo menos, por quien ostente la presidencia y la secretaría de la mesa, así como por cuantos hubiesen presentado reclamaciones.
14.3. La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que xxxxxx oportunos, determinará la proposición más ventajosa como resultado de la aplicación de los criterios de adjudicación previstos en el Xxxxxx y del/de los informe/s técnico/s, formulará la propuesta de adjudicación a favor de la entidad que haya obtenido la mayor puntuación total (suma de las puntuaciones obtenidas tanto con los criterios no cuantificables como cuantificables automáticamente) y, por tanto la oferta más ventajosa económicamente para la Administración, y la elevará al órgano de contratación junto con el correspondiente informe técnico.
15. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADAS
15.1. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado. Esta justificación será analizada por el servicio técnico del órgano de contratación.
15.2. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe emitido por el servicio técnico, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en el que hayan sido clasificadas las ofertas presentadas.
apreciación de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.
16. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO
16.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx xxxx hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que recibiese el requerimiento, presente la siguiente documentación:
16.1.1. Documentación acreditativa de los requerimientos previos para contratar con la Administración:
a) Personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación. Documento Nacional de Identidad, cuando xx xxxxx de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuese, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que xx xxxxxx su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que sea preceptivo.
b) Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Declaración responsable de no incurrir en prohibición de contratar (según modelo que se adjunta como Xxxxx XX-A), suscrita por la persona que firme la proposición de tener plena capacidad de obrar y no incurrir en prohibición de contratar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del TRLCSP. Cuando xx xxxxx de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
d) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir
del contrato, con renuncia, en su caso, al foro jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
16.1.2. Documentación justificativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (con la hacienda estatal, de no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx, de estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas), y con la Seguridad Social o autorice a la Administración para obtener de forma directa dichas acreditaciones.
16.1.3. Documentación justificativa de la constitución de la garantía definitiva que sea procedente.
16.1.4. Documentación acreditativa del pago de los anuncios de la presente contratación en los correspondientes boletines oficiales.
16.1.5. Se aportará la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que, de ser el caso, se comprometió a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP. Se xxxxxx concretar a las personas que se correspondan con el número y perfiles de los integrantes del grupo de trabajo ofertado (adjuntando currículo, titulación y experiencia). Si se trata de medios personales que formen parte de su personal se remitirán los documentos TC2 o equivalentes en los que así conste. Para el caso de que xx xxxxx de personas que en ese momento no formen parte del personal de la empresa, deberán aportar un compromiso firmado por ambas partes de que, de resultar adjudicatario, se incorporarán al equipo de trabajo.
Si el licitador está inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Xxxxxxx xxxxxx indicar el número de inscripción y se le eximirá de aportar la documentación que se detalla:
• Personalidad y representación a que se refiere el apartado a), a condición de que la representación sea la misma que conste en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx. No obstante, el órgano de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuese necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del contrato.
• Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica, excepto la documentación específica que se relaciona en la cláusula 4.2 del presente xxxxxx, que se xxxxxx aportar en todo caso.
• Documentación justificativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la hacienda estatal, con la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx, y de estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas) y de encontrarse al día en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Si el licitador está inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público,
quedará eximido de la presentación de aquella documentación acreditativa que conste certificada por este.
En estos casos, la proposición presentada por el licitador xxxxxx ir acompañada de una declaración responsable (según modelo que se adjunta como Anexo IV-B) en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en los mencionados Registros no experimentaron variación.
16.3. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador retira su oferta, procediéndose en ese caso a requerir la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx xxxxxxx clasificadas las ofertas.
17. COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS
17.1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de xx Xxx 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quien ejerza una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
x) Xxxxx represente a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
El resto de las personas físicas, según se recoge en el apartado 1 de dicho artículo, podrán elegir en cualquier momento si se comunican con la Administración a través de estos medios para el ejercicio de sus derechos y obligaciones.
17.2. En este contexto, todas las notificaciones de la Amtega a dichos colectivos se practicarán de forma exclusivamente electrónica a través del Sistema de Notificación Electrónica xx Xxxxxxx – Xxxxxxxx.Xxx, accesible en la dirección xxxx://xxxxxxxx.xxxxx.xxx/.
17.3. Los licitadores incluidos en alguno de los grupos indicados anteriormente deberán completar su alta en el sistema Xxxxxxxx.xxx —en caso de que aún no lo hayan hecho— indicando una dirección de correo electrónico y/o un teléfono móvil. Estos datos se utilizarán para enviarle avisos de puesta a disposición de las próximas notificaciones que se le efectúen, salvo que consten otros específicos en el expediente. En caso de no disponer de esa información, se practicarán las notificaciones sin poder enviarle ningún aviso.
Puede obtener más información acerca de los requisitos de acceso al sistema accediendo a la siguiente dirección xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx.
17.4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 43.2 de xx Xxx 39/2015, esta notificación se entenderá practicada en el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Asimismo, se entenderá rechazada cuando transcurran diez xxxx naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido, salvo en el caso de la notificación de la adjudicación que, de conformidad con el artículo 151 del TRLCSP, se entenderá rechazada cuando transcurran cinco xxxx.
18. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
18.2. De acuerdo con lo establecido en los artículos 151 del TRLCSP, la adjudicación xxxxxx ser motivada, se notificará a todos los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato. El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este xxxxxx.
18.3. En caso de que los interesados soliciten los motivos del rechazo de su candidatura y de las características determinantes de la adjudicación de la proposición del adjudicatario, la Administración informará en el plazo xxxxxx xx xxxxxx (15) xxxx.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
19. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El desconocimiento del contrato en cualesquiera de sus términos o de los documentos anexos que xxxxxx parte de este, no eximirá al contratista de xx xxxxxxxxxx de su cumplimiento.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
20. RESPONSABLE DEL CONTRATO Y RESPONSABLE DEL PROYECTO
El órgano de contratación designará un responsable del contrato al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que el órgano de contratación le atribuya (artículo 52 del TRLCSP). En concreto, con el objetivo prioritario de asegurar la calidad de los trabajos realizados, dicho responsable xxxxxx xxxxx para que la organización del proyecto y su ejecución sea realizada de tal forma que permita obtener un seguimiento formal del avance del proyecto. Xxxxxx igualmente verificar que la organización especificada para el desarrollo del proyecto está alineada con los objetivos y velar por que el equipo de trabajo disponga de la adecuada cualificación y nivel de dedicación establecidos para la realización de los trabajos derivados de la contratación. Dicho responsable xx xxxxxxx a las medidas concretas establecidas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado cuando el adjudicatario, o personas de él dependientes, incurra en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato.
El adjudicatario xxxxxx nombrar un responsable del proyecto para que coordine el equipo que realice los trabajos recogidos al xxxxxx de esta contratación. Este equipo de trabajo podrá estar liderado o no por un jefe de
proyecto. El responsable del proyecto será el interlocutor con el responsable del contrato. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolla y de las prestaciones y servicios realizados , así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El responsable del proyecto ostentará la representación del contratista, cuando sea necesaria su actuación o presencia, así como en otros actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales, siempre con la finalidad de la buena ejecución de la contratación; también será el encargado de organizar la ejecución del contrato e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas del responsable del contrato, colaborando con este en la resolución de los problemas que xxxxxx xxxxxxx la ejecución.
21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Observando fielmente lo establecido en el xxxxxx de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le dé el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
Será obligación del contratista indemnizar todos los xxxxx y perjuicios que se causen a terceros, por sí o por personal o medios dependientes de él mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales xxxxx y perjuicios xxxx ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes.
21.3. El personal asignado al contrato dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, a quien corresponden todos los derechos y deberes inherentes a su empleador, siendo la Administración contratante totalmente ajena a dichas relaciones laborales. Por consiguiente, en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la Administración contratante, ni exigirle a esta responsabilidades de cualquier clase como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el caso de que los despidos o medidas que el empresario adopte xx xxxxx en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
A la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante.
y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia de Convenios Colectivos, pactos o acuerdo de cualquier índole; de modo que, en ningún caso, podrán repercutir dichas modificaciones sobre el importe a facturar por el servicio.
En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole, ocurrido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que estas alcancen de ningún modo a la Administración contratante.
La cobertura en todo momento de los puestos de trabajo y sus correspondientes funciones, que hubiese ofertado dentro de su proposición presentada a la licitación.
La categoría, formación, experiencia y aptitud profesional del personal que asigne al contrato. La incapacidad
demostrada de algún empleado para realizar las prestaciones podrá justificar el requerimiento de su sustitución por parte del órgano de contratación.
El incumplimiento de tal condición será causa de resolución del contrato adjudicado, debiendo constar en el mismo como tal causa de resolución.
22. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA
22.1. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial xx Xxxxxxx (DOG), así como los de formalización del contrato, si este se elevase a escritura pública.
22.2. Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en el presupuesto de adjudicación se entienden comprendidas todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graben la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el IVA que deba ser soportado por la Administración, que se indicará como xxxxxxx independiente.
23. ABONOS AL CONTRATISTA
En caso xx xxxxxx por la Administración en el pago del precio, esta xxxxxx abonar al contratista, a partir del cumplimiento del plazo fijado en el artículo 216 del TRLCSP, los intereses xx xxxxxx y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en xx Xxx 3/2004, de 29 de diciembre por la que se establecen medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Si xx xxxxxx en el pago fuera superior a cuatro meses, contados a partir del vencimiento del plazo de aplicación fijado en el artículo 216 del TRLCSP, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración con un mes de antelación tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCSP.
23.3. El contratista podrá ceder a un xxxxxxx, por cualesquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión produzca efectos, y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a esta última el acuerdo de cesión.
24. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
24.1. El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en el apartado F de la hoja de especificaciones.
24.2. Si llegado el final del plazo establecido, el contratista hubiera incurrido en demora, por causa imputable a él mismo, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de la garantía constituida o por la imposición de penalizaciones diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1000 euros del precio del contrato, según se establece en el artículo 212.4 del TRLCSP.
24.5. Si se produjese retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá, a petición de este o de oficio, conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.
25. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
SUBCONTRATACIÓN
26. SUBCONTRATACIÓN
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 227 del TRLCSP, entre las que se encuentra xx xxxxxxxxxx de comunicarle anticipadamente y por escrito al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, con indicación de la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, si bien en el caso de que el subcontratista tuviese la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquel.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
27. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo establecido en el artículo 219 del RDL 3/2011 los contratos administrativos solo podrán ser modificados por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en el Título V del Libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del RDL 3/2011.
27.1. Modificaciones previstas
Dichas modificaciones tendrán por objeto la reducción del volumen de las obligaciones o la ampliación de su plazo de ejecución.
También se considerará que concurren causas económicas cuando:
Se produzca un descenso en la transferencia de subvenciones finalistas del Estado respecto de las previsiones efectuadas inicialmente en la aprobación de los presupuestos que financian las prestaciones contratadas.
Se adopten medidas derivadas de un plan de ajuste aprobado de acuerdo con la normativa vigente de
estabilidad presupuestaria por las autoridades competentes.
Se adopten medidas legales de ajuste que determinen la modificación del contrato.
Sea necesario efectuar una modificación presupuestaria que afecte a las partidas con las que se financian las prestaciones contratadas para atender a servicios públicos esenciales, entendiendo por tales xx xxxxxxx, servicios sociales, atención de emergencias, etc.
27.2. Objeto de las modificaciones
27.2.1. Modificaciones que xxxxxx por objeto la reducción del volumen de las obligaciones
Las modificaciones podrán afectar a una reducción del volumen de las prestaciones que figuran en el apartado “Descripción de los servicios a realizar” del Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
27.2.2. Modificaciones que xxxxxx por objeto la ampliación del plazo de ejecución del contrato
El programa de trabajo, si es el caso, se revisará para adaptarlo a los nuevos importes anuales, debiendo ser aprobado por el órgano de contratación el nuevo programa de trabajo resultante.
27.3. Modificaciones no previstas
En particular, se considerará que concurren motivos de interés público para las modificaciones del contrato en casos no previstos de acuerdo con el número 2 de esta cláusula que se realicen de acuerdo con el artículo 107 del TRLCSP y cuya finalidad sea el logro de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
En aquellos supuestos en que los principios indicados hicieran necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la pactada inicialmente y la modificación exigida excediera los límites previstos en la legislación de contratos del sector público para el ejercicio de esta potestad, el contrato podrá resolverse para evitar una lesión grave a los intereses públicos.
28. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los xxxxx y perjuicios efectivamente sufridos por este, los cuales se cifrarán con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 309 del TRLCSP.
FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
29. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
expresa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 204.1 del Reglamento General de la LCAP.
29.2. Si el objeto del contrato no se hallase en condiciones de ser recibido, se xxxxxx xxxxxxxxxx expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que enmiende los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si a pesar de ello, la prestación efectuada no se adecúa a lo contratado, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrá rechazarla, quedando exenta de xx xxxxxxxxxx de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces.
30. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
31. PLAZO DE GARANTÍA
31.1. De conformidad con el artículo 222.3 del TRLCSP, el objeto del contrato quedará sujeto al plazo de garantía, establecido en el apartado L de la hoja de especificaciones, a contar desde la fecha de recepción o certificación de conformidad, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que los trabajos realizados se adecúan a lo contratado y a lo estipulado en el presente xxxxxx y en el de prescripciones técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se formulen reparos a los trabajos realizados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos realizados, la Administración podrá exigir al contratista la reposición de los que resulten inadecuados, o la reparación de los mismos, si esta fuese suficiente.
31.3. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración formalizase alguno de los reparos o la denuncia referida, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 310, 311 y 312 del TRLCSP sobre subsanación de errores y responsabilidades en los contratos que xxxxxx por objeto la elaboración de proyectos de obras.
32. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
32.2. En todo caso, resultará aplicable a la devolución y cancelación de la garantía el artículo 102.5 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre en la redacción dada por xx Xxx 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización.
33. TRANSMISIÓN DE DERECHOS DE COBRO
34. RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN
34.2. El órgano de contratación podrá desistir del procedimiento con base en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
35. CONDICIONES ADICIONALES
35.1. Propiedad intelectual. El contratista acepta expresamente que, en virtud del presente contrato, todos los derechos de explotación y la titularidad de los trabajos objeto de esta contratación corresponden únicamente a la Administración contratante, con exclusividad y a todos los efectos, de xxx xxxxxx que esta tendrá derecho a realizar todas las modalidades de explotación que se recogen en el artículo 99 y restantes del texto refundido de xx Xxx de propiedad intelectual.
Todos los informes, estudios y documentos, así como los productos y subproductos y resultados entregables, elaborados por la empresa adjudicataria como consecuencia del objeto del presente contrato serán propiedad de la Administración contratante y, en su virtud, la misma podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, total o parcialmente, sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario.
Quedarán en propiedad de la Administración tanto los servicios recibidos como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Administración su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por la Administración, y esta, en consecuencia podrá solicitar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos.
En los proyectos desarrollados a medida para la Administración, la empresa adjudicataria, para hacer uso de los derechos de explotación (reproducción, distribución, divulgación, comunicación pública e información) como referencia o como base de futuros trabajos, necesitará la autorización expresa de la Administración contratante.
35.2. Confidencialidad, seguridad de la información y protección de datos. La empresa adjudicataria queda expresamente obligada a realizar sus trabajos bajo las cláusulas del secreto profesional y, en consecuencia, a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre la totalidad de los documentos que le xxxx confiados o que xxxx elaborados en el desarrollo del proyecto.
Las empresas incluirán en sus ofertas una memoria descriptiva de las medidas de seguridad que adoptarán para asegurar la disponibilidad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada, teniendo en cuenta el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal a los que acceda en virtud del presente contrato, al objeto de evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Asimismo, el licitador o candidato xxxxxx incluir en su oferta la designación de la persona o personas que, sin perjuicio de la responsabilidad propia de la empresa, estarán autorizadas para las relaciones con la Administración contratante a efectos del uso correcto del material y de la información a manejar. Se aportará una descripción de su perfil profesional, y solo podrán ser sustituidas con la conformidad del Responsable del contrato designado por la Administración.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de xx Xxx Orgánica 15/1999.
Disposiciones de desarrollo de las normas anteriores en materia de protección de datos que se encuentren en
vigor a la adjudicación de este contrato o que puedan xxxxxxx xxxxxxx su vigencia.
y será asimismo de aplicación la Disposición adicional vigésimo sexta del TRLCSP.
En caso de incumplimiento de lo estipulado, la entidad contratante y los técnicos destacados serán responsables de las infracciones que se deriven de ello.
supuesto de que el licitador o candidato proporcione datos de carácter personal de sus empleados y colaboradores, será responsable de informar y recoger el consentimiento de las partes.
35.3. Transferencia tecnológica. Durante la ejecución de los trabajos objeto de la contratación, el adjudicatario se compromete a facilitar en todo momento, al órgano de contratación y, si es el caso, a las personas designadas por este a tales efectos, la información y documentación que estas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en que se desarrollan los trabajos, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizados para resolverlos.
Xxxxxxxx de Compostela,
Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Directora de la Axencia para a Modernización Tecnolóxica xx Xxxxxxx
ANEXO I: MODELO DE PRESENTACIÓN DEL LICITADOR O CANDIDATO (OPCIONAL SOBRE A)
Número de expediente:
Denominación de la contratación:
Fecha de la declaración: / /
DATOS DEL DECLARANTE
Nombre: Apellidos: NIF: Teléfono: Fax:
Correo electrónico: Dirección postal: (en caso de actuar en representación:)
Entidad mercantil a la que representa:
NIF: Cargo:
MANIFIESTA
su voluntad xx xxxxx parte en la contratación referida, por el importe señalado en la proposición económica.
Datos de la empresa:
Entidad mercantil:
NIF:
Domicilio social:
Datos de constitución (referencia escritura):
Nombre y apellidos del representante:
Poder de representación (referencia escritura):
Cargo:
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Dirección postal:
Número de inscripción de la empresa en el registro de contratistas (si es el caso):
Firma y sello:
XXXXX XX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIO AL DEUC DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
Número de expediente:
Denominación de la contratación:
Fecha de la declaración: / /
DATOS DEL DECLARANTE
Nombre: Apellidos: NIF: Teléfono: Fax:
Correo electrónico: Dirección postal: (en caso de actuar en representación:)
Entidad mercantil a la que representa:
NIF: Cargo:
DECLARO RESPONSABLEMENTE:
Que son ciertos los datos que se indican en esta declaración responsable.
Que ni el asistente de la declaración ni la entidad que represento ni ninguno de sus administradores o representantes incurren en ningún supuesto a que se refiere el artículo 60 del texto refundido de xx Xxx de contratos del sector público (en adelante, TRLCSP).
Que no forma parte de los órganos de gobierno o administración de la entidad ningún alto cargo a que se refiere xx Xxx 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración general del Estado, de xx Xxx 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, de xx Xxx 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, ni se trata de cualesquiera de los cargos electivos regulados en xx Xxx orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos establecidos en esta.
Que, según se recoge en el artículo 24 de xx Xxx 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico y en el artículo 146.4 del TRLCSP, añadido por xx Xxx 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización, la empresa a la que represento cumple las condiciones establecidas en los pliegos de cláusulas administrativas y en el TRLCSP para poder concurrir a esta licitación.
Que conoce el xxxxxx de cláusulas administrativas y el xxxxxx de prescripciones técnicas que sirven de base
al contrato y que los acepta incondicionalmente.
Que, en relación con lo establecido en el artículo 145.4 del TRLCSP y en el artículo 86 del Reglamento General de xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas sobre empresas vinculadas, la entidad mercantil a la que represento: (consignar lo que proceda)
o No pertenece a un grupo de empresas ni está integrada por ningún socio en el que concurra
alguno de los supuestos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio.
o Pertenece al grupo de empresas o está integrada por algún socio en el que concurre alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio. La denominación social de las empresas vinculadas es la siguiente:
a)
b) , etc.
Que conoce el contenido y alcance del Código ético institucional de la Xunta xx Xxxxxxx, publicado por Resolución del 8 de septiembre de 2014, conjunta de la Dirección Xeral de Avaliación e Reforma Administrativa y de la Dirección Xeral de Función Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de la Xunta xx Xxxxxxx de 24 de xxxxx de 2014 por el que se aprueba el referido código ético (DOG núm. 179, de 19 de septiembre de 2014).
De conformidad con el artículo 4 del Decreto 255/2008, de 23 de octubre, por el que se simplifica la documentación para la tramitación de los procedimientos administrativos y se fomenta la utilización de medios electrónicos, así como el 41.1 y 43 de xx xxx 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, autorizo al órgano contratante para consultar los datos que a continuación se relacionan:
(señalar expresamente poniendo una xxxx xxxx el servicio autorizado)
Consulta datos de identidad de personas físicas
Corriente de pago con la Seguridad Social
Alta en la Seguridad Social
Estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias para la contratación con las administraciones públicas
Impuesto sobre actividades económicas (IAE) de ámbito provincial y estatal
Validación de NIF de personas jurídicas contribuyentes
Verificación de títulos oficiales universitarios
Verificación de títulos oficiales no universitarios
Consulta de datos sobre impuesto de actividades económicas xx Xxxxxxx
Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 86 del Reglamento general de xx Xxx de contratos de las administraciones públicas y 152 del TRLCSP, la entidad que represento se compromete a aportar o, si es el caso, facilitar cuanta información le sea solicitada, en el caso de pertenecer a un grupo de empresas.
En el caso de unión temporal de empresas indico, además, a efectos de notificación, el nombre y los apellidos del representante, dirección, teléfono y fax de contacto.
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64.2 del TRLCSP, se compromete a adscribir a la ejecución del contrato los medios requeridos en el xxxxxx de cláusulas administrativas.
Al xxxxxx xx xx dispuesto en el artículo 140.1 del TRLCSP, declaro como confidencial la siguiente documentación contenida en la oferta:
.................................................................................................
SOMETIMIENTO AL FORO ESPAÑOL (solo para empresarios extranjeros):
Declaro someterme a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, puedan surgir del contrato con renuncia, si fuere el caso, al foro jurisdiccional extranjero que me pueda corresponder.
DOCUMENTACIÓN DE DESEMPATE
No aporto documentación de desempate
Me comprometo a aportar la siguiente documentación de desempate:
.…
AUTORIZO al órgano de contratación a recabar los datos que obren en poder de la Administración que xxxx necesarios para comprobar la veracidad de las declaraciones realizadas.
ME COMPROMETO A DARME DE ALTA en el Sistema de Notificación Electrónica xx Xxxxxxx – Xxxxxxxx.Xxx, (accesible en la dirección xxxx://xxxxxxxx.xxxxx.xxx/) y a aceptar y dar por válidas todas las notificaciones que se efectúen por esta vía. Este requisito será obligatorio en los casos señalados en el apartado 17 de las disposiciones generales de este xxxxxx.
Firma y sello:
XXXXX XXX: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y XXXXX ASPECTOS EVALUABLES
MEDIANTE FÓRMULAS
Número de expediente:
Denominación de la contratación:
Fecha de la declaración: / /
DATOS DEL DECLARANTE
Nombre: Apellidos: NIF: Teléfono: Fax:
Correo electrónico: Dirección postal: (en caso de actuar en representación:)
Entidad mercantil a la que representa:
NIF: Cargo:
MANIFIESTA
Que conocido el xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que han de regir la contratación referida, y aceptando íntegra e incondicionalmente su contenido, se compromete a ejecutar el contrato de referencia, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones señalados en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, en las siguientes condiciones:
Criterios técnicos evaluables mediante fórmulas:
- Parámetros de nivel de servicio:
Parámetro de servicio | Mejor valor del parámetro de servicio (Disponibilidad máxima o tiempo mínimo ) (Tmj) | Peor valor del parámetro de servicio (Disponibilidad mínima o tiempo máximo) (TMj) | Valor ofertado | |
Disponibilidad (mensual) de alimentación eléctrica | (j=1) | Tm1 = 100% | TM1 = 99,9% | |
Disponibilidad (mensual) de red | (j=2) | Tm2 = 100% | TM2 = 99,8% | |
Disponibilidad (mensual) global del servicio | (j=3) | Tm3 = 100% | TM3 = 99,5% | |
Rendimiento (tiempo de respuesta del frontal web) | (j=4) | Tm4 = 100 mseg | TM4 = 1000mseg | |
Tiempo de atención de incidencias de prioridad alta (que supongan indisponibilidad de la PTP) | (j=5) | Tm5 = 5 minutos | TM5 = 15 minutos | |
Tiempo de resolución de incidencias de prioridad alta (que supongan indisponibilidad de la PTP) | (j=6) | Tm6 = 10 minutos | TM6 = 60 minutos |
- Precio (xxxxxx expresarse claramente en letra y número):
▪ Xxxxxx (sin IVA):
▪ IVA:
▪ Precio total:
A todos los efectos, la presente oferta comprende no solo el precio del contrato como tal, sino también el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, a tenor de lo dispuesto en el artículo 25 del Real decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del mencionado impuesto, y que se indica como xxxxxxx independiente de conformidad con lo establecido en el artículo 145.5 del TRLCSP.
Firma y sello:
ANEXO IV-A: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO INCURRIR EN
PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
Número de expediente:
Denominación de la contratación:
Fecha de la declaración: / /
DATOS DEL DECLARANTE
Nombre: Apellidos: NIF: Teléfono: Fax:
Correo electrónico: Dirección postal: (en caso de actuar en representación:)
Entidad mercantil a la que representa:
NIF: Cargo:
DECLARO RESPONSABLEMENTE:
Que ni el firmante de la declaración, ni la entidad a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, incurren en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Texto refundido de xx Xxx de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP).
Que no forma parte de los órganos de gobierno o administración de la entidad ningún alto cargo a los que se refiere xx Xxx 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración general del Estado, de xx Xxx 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, de xx Xxx 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en xx Xxx orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos establecidos en esta.
Que ni el firmante de la declaración, ni ninguno de los administradores o representantes de la entidad a la que represento, es cónyuge, persona vinculada con análoga relación de convivencia afectiva o descendientes de las personas a las que se refiere el párrafo anterior (siempre que, respecto de estos últimos, dichas personas ostenten su representación legal).
Que conoce el xxxxxx de cláusulas administrativas y el xxxxxx de prescripciones técnicas que sirven de base al contrato y que los acepta incondicionalmente.
o AUTORIZO al órgano de contratación a recabar los datos que obren en poder de la Administración que xxxx necesarios para comprobar la veracidad de las declaraciones realizadas.
Firma y sello:
ANEXO IV-B: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR INSCRITO EN EL REGISTRO GENERAL DE CONTRATISTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA XX
XXXXXXX/REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO
Número de expediente:
Denominación de la contratación: (Lote ) Fecha de la declaración: / /
DATOS DEL DECLARANTE
Nombre: Apellidos: NIF: Teléfono: Fax:
Correo electrónico: Dirección postal: (en caso de actuar en representación:)
Entidad mercantil a la que representa:
NIF: Cargo:
DECLARO RESPONSABLEMENTE:
Que la entidad se encuentra inscrita en el Registro General de Contratistas de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxx/Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público con el número
/ , y que las circunstancias de la entidad que en él figuran respecto de los requisitos
exigidos para la admisión en el procedimiento de contratación son exactas y no experimentaron variación.
Que conoce el xxxxxx de cláusulas administrativas y el xxxxxx de prescripciones técnicas que sirven de base al contrato y que los acepta incondicionalmente.
o AUTORIZO al órgano de contratación a recabar los datos que obren en poder de la Administración que xxxx necesarios para comprobar la veracidad de las declaraciones realizadas.
Firma y sello: