PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
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XXXXXX DE CLÁUSULAS PARTICULARES
CONTRATACIÓN MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS INSTALADO EN EL RECINTO DEL HIPÓDROMO DE LA ZARZUELA DE MADRID
04/11/2020
ÍNDICE
1.1. Régimen jurídico y jurisdicción 3
1.1.1. Naturaleza y régimen jurídico 3
1.2. Objeto y necesidad del contrato 3
1.3.2. Interpretación de los plazos 4
1.4. Valor estimado del contrato, presupuesto base de licitación y precio del contrato. Revisión de precios 4
1.6. Órgano y Mesa de Contratación 4
2. CLÁUSULAS ESPECIALES DE LA LICITACIÓN 4
2.1. Principios a los que se somete la adjudicación 5
2.2. Presentación de proposiciones y valoración 5
2.2.1. Forma de presentación 5
2.2.2. Subsanación de documentos 6
2.2.3. Contenido de las proposiciones 6
2.2.4. Apertura y examen de las proposiciones 8
2.2.5. Valoración de las ofertas 9
2.3.1. Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación 10
2.3.2. Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta, y penalidad en caso de no presentación 10
2.4. Suspensión o finalización de la licitación por HZ 12
2.5. Formalización del contrato 12
3. OBLIGACIONES DE LAS PARTES 13
3.1. Disposiciones generales 13
3.2. Disposiciones específicas 13
3.2.2. Equipo de trabajo del contratista 14
3.2.3. Obligaciones laborales, sociales y de transparencia 14
3.2.4. Subrogación contratos de trabajo 15
3.2.5. Propiedad industrial e intelectual 15
3.2.6. Seguridad, confidencialidad y protección de datos 15
3.2.7. Cesión y subcontratación 17
4. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO 17
4.1. Ejecución del contrato 17
4.2. Plazos de ejecución del contrato 17
4.4. Responsable del contrato 18
4.5. Modificación del contrato 18
4.6. Finalización de los trabajos 18
4.7. Extinción y resolución del contrato 18
ABREVIATURAS
HZ: | Hipódromo de la Zarzuela, S.A., S.M.E. |
IIC: | Instrucciones Internas de Contratación |
LCSP: | Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público |
PCP: | Pliego de Cláusulas Particulares |
PCSP: | Plataforma de Contratación del Sector Público |
PPT: | Pliego de Prescripciones Técnicas |
RGLCAP: | Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre |
SEPI: | Sociedad Estatal de Participaciones Industriales |
UTE: | Unión Temporal de Empresario |
1.1. Régimen jurídico y jurisdicción
1.1.1. Naturaleza y régimen jurídico
Conforme al artículo 26.1.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, este contrato tiene carácter privado.
Los pliegos y sus anexos, así como la propuesta del contratista y el documento de formalización del contrato, tienen carácter contractual. El contrato se regirá por lo previsto en dichos documentos contractuales, en las IIC y en la normativa aplicable vigente. El desconocimiento de la documentación contractual no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo el conocimiento de las cuestiones relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de HZ. Las actuaciones realizadas por HZ en este ámbito podrán impugnarse en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la ley 39/2015, de 1 de octubre, ante la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.
El conocimiento de cuantas cuestiones afecte a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos corresponderá al orden jurisdiccional civil.
1.2. Objeto y necesidad del contrato
El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la prestación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, del sistema contra incendios instalado en el recinto del Hipódromo de la Zarzuela de Madrid.
Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato constan en la documentación de su expediente.
1.3. Plazos
El contrato tendrá una duración de TRES (3) años. Este plazo comenzará a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual.
El contrato podrá ser prorrogado por el Órgano de Contratación. Cada período de prórroga individualmente considerado, no podrá ser superior a un año, no pudiendo abarcar más de dos años la suma de los distintos períodos individuales. Las prórrogas serán obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses respecto de la finalización del plazo de duración del contrato.
1.3.2. Interpretación de los plazos
Si los plazos se expresan en días, sin indicar si son naturales o hábiles, se entenderán naturales. Si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha.
Si los plazos se expresan en días hábiles, se entenderán excluidos xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos correspondientes al domicilio social de HZ.
1.4. Valor estimado del contrato, presupuesto base de licitación y precio del contrato. Revisión de precios
El valor estimado del contrato total es de 172.237,55€ (CIENTO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA Y CINCO), IVA no incluido. Dicho importe incluirá la duración total del contrato con sus eventuales modificaciones.
El presupuesto base es de 104.203,72€ (CIENTO CUATRO MIL DOSCIENTOS TRES EUROS CON SETENTA
Y DOS). En este importe se incluyen todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, incluido el IVA o impuesto indirecto equivalente, y excluidas las eventuales modificaciones.
1.5. Perfil del contratante
En el perfil del contratante de HZ, ubicado en su página web (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), y en la Plataforma de Contratación del Estado (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de la licitación del contrato, incluyendo el anuncio de licitación, los pliegos de cláusulas particulares y documentación complementaria, en su caso.
En todo caso, los interesados pueden recabar información adicional en la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
1.6. Órgano y Mesa de Contratación
El Órgano de Contratación y adjudicación será el Comité de Dirección de la sociedad, conforme a lo previsto en las IIC.
El Órgano de Contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, cuya composición será la siguiente:
― Presidente: Secretario General
― Vocal Jurídica y Secretaria: la subdirectora de Asesoría Jurídica
― Vocal de control económico y presupuestario: el Director Económico Administrativo.
― Vocales técnicos: el Subdirector de Proyectos
La Mesa será el órgano de asistencia con las competencias indicadas en las IIC.
2. CLÁUSULAS ESPECIALES DE LA LICITACIÓN
2.1. Principios a los que se somete la adjudicación
La adjudicación del Contrato está sometida a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, en los términos previstos en las IIC.
La gestión de la contratación de HZ considerará igualmente la aplicación de los principios de necesidad, idoneidad y eficiencia.
2.2. Presentación de proposiciones y valoración
Las proposiciones se presentarán, necesaria y únicamente, en la forma electrónica, en el plazo y forma indicado en el anuncio de licitación publicado en el perfil del contratante, sin que se admitan aquellas proposiciones que no se presenten en la forma, plazos y lugar indicados.
La presentación electrónica se realizará a través de laPlataforma de Contratación del Sector Público.Todos los archivos electrónicos deberán estar firmados electrónicamente por el representante del licitador.
Asimismo, toda la documentación contenida en cada uno de los archivos electrónicos deberá ser firmada electrónicamente.
Para la presentación de ofertas a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, será preciso que:
• La empresa se haya registrado en la plataforma de contratación del SectorPúblico
• Haya cumplimentado todos los datos de su perfil.
• Una vez encontrada la licitación, precedida por un símbolo que representa procedimientos
electrónicos, se haya añadido por el licitador a “Mis Licitaciones”.
• Luego se deberá de preparar y presentar la oferta electrónica, debiéndoseconsultar la Guía de Servicios de Licitación Electrónica: Preparación yPresentación de ofertas, disponible en la plataforma de contratación delSector Público.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la Mesa y al Órgano de Contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 143, 175 y
179 LCSP en cuanto a la información que debe facilitarse a los participantes en una subasta electrónica, en un diálogo competitivo, o en un procedimiento de asociación para la innovación.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en UTE con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial.
La proposición se presentará en caracteres claros y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer indubitadamente la oferta del licitador.
2.2.2. Subsanación de documentos
La presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de participación será objeto de subsanación por los licitadores a requerimiento de los servicios dependientes del Órgano de Contratación o la Mesa de Contratación, cuando no se hubiera presentado o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada.
Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato.
En ambos casos se concederá al licitador un plazo de tres días. Si no se subsanase en plazo lo requerido, el Órgano o la Mesa de Contratación entenderán que el licitador desiste de su oferta.
2.2.3. Contenido de las proposiciones
Las proposiciones constarán de los sobres/archivos electrónicos que se indican a continuación.
A) SOBRE/ARCHIVO NÚMERO UNO: DOCUMENTACIÓN LEGAL
En el mismo figurará la siguiente documentación:
1º Designación de dirección de correo electrónico
Todas las notificaciones y comunicaciones que realice el Órgano de Contratación se practicarán a través de la PCSP. Adicionalmente deberá designar una cuenta de correo electrónico. A estos efectos, el licitador deberá designar una cuenta de correo electrónico debiendo haber registrado un usuario en dicha Plataforma con la cuenta de correo designada.
2º Declaración responsable
Los licitadores presentarán una declaración responsable, conforme al modelo que se adjunta como Anexo1 en la que se ponga de manifiesto lo siguiente:
(1) Que la sociedad está válidamente constituida, que las prestaciones del contrato se encuentran comprendidas dentro de los fines del objeto social, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de su proposición.
(2) Que cumple los requisitos de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional exigidos en las condiciones que se establecen en el Anexo2 del presente pliego.
(3) Que no está incursa en las prohibiciones de contratar por sí misma ni por extensión, según el art. 71 LCSP. Cuando se recurra a la solvencia y medios de otras empresas, de conformidad con el art. 75 LCSP, cada una de ellas
deberá presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada.
Los servicios del Órgano o la Mesa de Contratación podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento. El licitador deberá presentar la documentación requerida en el plazo concedido, con un máximo de cinco días hábiles, a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento.
3º Compromiso de constitución de UTE, en su caso, y solidaridad
Cuando dos o más empresas acudan a una licitación con el compromiso de constituirse en UTE, se deberá aportar una declaración indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en UTE, caso de resultar adjudicatarios. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las Empresas componentes de la UTE.
Los empresarios que concurran agrupados en UTE quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
4º Sometimiento a fuero español
Los licitadores extranjeros deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa al fuero jurisdiccional extranjero que, en su caso, pudiera corresponder al Licitador.
5º Cesión y subcontratación
En el supuesto de que el licitador tenga prevista cualquier subcontratación (o cesión si esta estuviese expresamente contemplada en los pliegos), deberá incluir en la declaración responsable la aptitud de los subcontratistas y que los mismos no se encuentran incursos en prohibición de contratar.
En el supuesto de que el licitador tenga previsto concertar con terceros (subcontratistas) la realización parcial de la prestación, deberá indicar la parte de contrato que pretende subcontratar, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización, en los términos previstos en los pliegos.
6º Acreditación de visita de las instalaciones
Los licitadores deberán aportar una certificación expedida por el Secretario General, Subdirectora de Asesoría Jurídica o Subdirector de Proyectos, acreditativa de haber realizado la visita e inspección de las instalaciones de HZ donde se habrá de prestar el servicio objeto de la licitación.
B) SOBRE/ARCHIVO NÚMERO DOS: PROPUESTA SUJETA A JUICIO DE VALOR Y, EN SU CASO, REFERENCIAS TÉCNICAS
Si en el Anexo 3 se han incluido criterios de valoración cuya cuantificación dependa de un juicio de valor que deberá ser objeto de evaluación previa, el licitador deberá aportar un sobre/archivo en el que incluya la documentación allí exigida.
Asimismo, el licitador deberá presentar en este sobre/archivo cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el PPT y que permitan verificar que la oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas, pero que no van a ser objeto de valoración.
C) SOBRE/ARCHIVO NÚMERO TRES: OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE
En este sobre/archivo se deberá incluir la oferta económica y/o la propuesta del licitador cuya valoración se realice mediante la aplicación de criterios de adjudicación automática por aplicación de fórmulas, de conformidad con los criterios indicados en el Anexo4.
La oferta será formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo5 de este pliego, formando parte inseparable del mismo.
2.2.4. Apertura y examen de las proposiciones
Para el examen de las proposiciones se seguirán los siguientes pasos:
I. Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a abrir el sobre/archivo nº 1 (documentación legal), exigiendo en su caso la subsanación oportuna en el plazo de tres días. Finalmente, la Mesa procederá a determinar los licitadores admitidos, los rechazados y, en este caso, las causas de su rechazo.
II. Declarados los licitadores admitidos, la Mesa de Contratación procederá a abrir los sobres/archivos nº 2, en caso de que se haya previsto su presentación, y comprobará si las proposiciones cumplen con el contenido requerido, excluyéndose aquéllas que lo incumplan e indicando en tal caso las causas de su rechazo. En este sentido, se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en el sobre/archivo nº 2 documentación que deba ser objeto de evaluación posterior (sobre/archivo nº 3).
III. Cuando no haya sobres/archivos nº 2, la apertura de los sobres/archivos nº 3 comenzará con un pronunciamiento expreso sobre la calificación de las proposiciones efectuadas por la Mesa identificando las admitidas a licitación, las rechazadas y, en este caso, las causas de su rechazo.
En el caso de que existan criterios objeto de evaluación previa (sobre/archivos nº 2), se dará a conocer en este acto el resultado de la misma.
Seguidamente, la Mesa procederá a la apertura de los sobres/archivos nº 3 de los licitadores admitidos, dando lectura a las ofertas.
La documentación contenida en estos sobres será evaluada conforme a los criterios expresados en el anexo correspondiente de este pliego.
De todo lo actuado se dejará constancia en las correspondientes Actas de la Mesa, en las que se reflejará el desarrollo y resultado del procedimiento, así como sus incidencias.
El resultado de los actos de la Mesa relativos a la calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publicará en el perfil del contratante, excepto aquella información que no sea susceptible de publicación de conformidad con la normativa vigente. Todo ello, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, cuando proceda, a los licitadores afectados. En todo caso, el acto de exclusión de un licitador le será notificado con indicación de las causas de la misma.
2.2.5. Valoración de las ofertas
I. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración de las propuestas figuran en los Anexos señalados anteriormente y referidos al sobre/archivo nº 2 y 3.
Dichos criterios podrán establecer un umbral mínimo de puntuación que pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
II. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Asimismo, en el Anexo correspondiente a los criterios de evaluación automática por aplicación de fórmulas (sobre/archivo nº 3), podrán establecerse los parámetros objetivos en virtud de los cuales se entenderá que la proposición no puede ser cumplida por contener valores con una desviación anormal o desproporcionada.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o anormalmente bajas, las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
2. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media.
3. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media solo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la n
4. Nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
5. Excepcionalmente, y atendiendo al objeto del contrato y circunstancias xxx xxxxxxx, el órgano de contratación podrá motivadamente reducir en un tercio en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares los porcentajes establecidos en los apartados anteriores.
6. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la mesa de contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
Cuando se identifique una proposición que pueda estar incursa en presunción de anormalidad HZ solicitará por escrito al licitador las justificaciones que considere oportunas, con el fin de determinar si la misma debe ser tomada en consideración. Desde la fecha en que reciba la solicitud, el licitador requerido dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles, para presentar las justificaciones que estime convenientes. Si transcurrido este plazo no se hubiera recibido dichas justificaciones, la empresa
licitadora quedará excluida. Si se recibieran en plazo las citadas justificaciones, HZ decidirá, de forma motivada, bien la aceptación de la oferta, contando con ella a todos los efectos para resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato o bien el rechazo de dicha oferta cuando presuma fundadamente que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados.
III. CRITERIOS ESPECÍFICOS EN CASO DE EMPATE
En caso de empate en la puntuación final, se resolverá conforme a los criterios expuestos a continuación por orden de preferencia:
1º Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
2º Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
3º Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
4º El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
2.3. Adjudicación
2.3.1. Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación
Una vez valoradas las ofertas, la Mesa de Contratación remitirá al Órgano de Contratación la correspondiente propuesta de clasificación y de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de las ofertas admitidas por aplicación de los criterios indicados en el Pliego e identificando la oferta mejor puntuada.
Una vez aceptada la propuesta de la Mesa por el Órgano de Contratación los servicios correspondientes de dicho órgano requerirán al Licitador que haya presentado la mejor oferta para que presente la documentación que procediere, dentro de la comprendida en la relación siguiente, en un plazo no superior a diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en el que haya recibido el requerimiento:
1. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad.
- Si la empresa fuera una persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa.
- Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente.
2. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto y fotocopia de su
D.N.I. o del documento que, en su caso, haga sus veces. Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil o en el Registro público que corresponda.
3. Solvencia económica y financiera, y técnica o profesional. Acreditación de su solvencia económica, financiera y técnica que se especifiquen en el presente pliego.
En las Uniones Temporales de Empresarios, alos efectos de valorar y apreciar la concurrencia del requisito de clasificación, respecto de los empresarios que concurran agrupados se atenderá, en la forma que legalmente se determine, a las características acumuladas de cada uno de ellos, expresadas en sus respectivas clasificaciones. En todo caso, será necesario para proceder a esta acumulación que todas las empresas hayan obtenido previamente la clasificación como empresa de obras, sin perjuicio de lo establecido para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea y de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
4. Habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación objeto de contrato. Conforme al Anexo 2 (Certificado de empresa instaladora de protección contra incendios. Certificado de empresa mantenedora de protección contra incendios).
5. Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
a) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
b) Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
Esta acreditación deberá realizarse mediante la documentación oficial que acredite el cumplimiento de los requisitos indicados.
6. Constitución de la garantía definitiva. Si se exige garantía definitiva ésta se presentará en alguna de las formas siguientes:
El adjudicatario constituirá una garantía de un 5 por 100 del precio final ofertado. Ésta se presentará en alguna de las formas siguientes:
- Mediante el ingreso de su importe en cuenta titularidad de HZ.
- Mediante la presentación de un aval bancario con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales.
- Mediante seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de la caución. La Entidad Aseguradora, y el seguro de caución habrán de cumplir con los requisitos contenidos al respecto en el TRLCSP.
En el caso de las UTE las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y se garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
7. Documentación acreditativa de la subcontratación con aquellas empresas con las que el adjudicatario tenga previsto subcontratar. Tendrá que aportar según corresponda, una declaración en la que indique la parte del contrato que vaa subcontratar, señalando el porcentaje que representa sobre el importe total del contrato, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización, firmada por ambas partes junto con el resto de documentación que se solicite por el órgano de contratación.
El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación será motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante.
2.4. Suspensión o finalización de la licitación por HZ
Antes de la formalización del contrato, el Órgano de Contratación podrá decidir no adjudicar o celebrar el contrato, o desistir del procedimiento.
Sólo podrá adoptarse la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa.
En todo caso, el acuerdo de suspensión o finalización figurará en resolución motivada del Órgano de Contratación, se publicará en el Perfil del Contratante y se notificará a los licitadores que hubieren presentado oferta.
2.5. Formalización del contrato
El Contrato se formalizará en documento privado. Podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a cargo del mismo los gastos derivados de su otorgamiento. En este
caso, el contratista deberá entregar al Órgano de Contratación una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
En caso de contradicción entre los documentos contractuales prevalecerán, por este orden, los pliegos, el documento de formalización del contrato y la propuesta del contratista.
Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3 de las IIC, la formalización del contrato deberá realizarse dentro de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de adjudicación
3.1. Disposiciones generales
El contrato se regirá por lo previsto en los documentos contractuales (pliegos, documento de formalización del contrato y proposición del contratista), en las IIC y normativa aplicable.
Entre otros extremos:
(1) El contratista ejecutará la obra, suministro o servicio objeto de la presente licitación de forma
regular y conforme a los más altos estándares de calidad.
(2) Salvo que expresamente se indique de otro modo, el contratista se compromete a obtener a su xxxxx cuantos permisos, licencias, autorizaciones, etc. administrativos o de otro tipo que fueren precisos para el desarrollo de su prestación.
(3) HZ prestará al contratista la mayor colaboración en el desarrollo de su actividad.
(4) El contratista deberá disponer los medios humanos y materiales necesarios para desarrollar su actividad, observando estrictamente la normativa aplicable. En particular, deberá cumplir la normativa y obligaciones tributarias, laborales, de Seguridad Social y prevención de riesgos laborales, higiénico-sanitaria, de seguridad, espectáculos públicos, actividades recreativas, protección de los consumidores,relativa a la publicidad, derechos de autor, propiedad intelectual y protección de datos.
(5) El contratista tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.
(6) El contratista mantendrá en perfecto estado los espacios, instalaciones, soportes, etc. que utilice, prestando especial atención a su conservación, así como a los aspectos ambientales y al uso eficiente de suministros, en particular de agua y energía.
(7) El contratista deberá responder de cualquier daño producido a personas o bienes como consecuencia de su actividad. Para su prevención se procurará del necesario dispositivo de seguridad, y también deberá disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de los accidentes que eventualmente pudiera ocurrirle a su personal o al de terceros, así como los daños producidos a las instalaciones de HZ como consecuencia de su actividad.
(8) El contratista garantizará la debida confidencialidad y la ausencia de conflicto de intereses en el desarrollo de su actividad.
(9) El contratista proporcionará a HZ la información y documentación que le fuere requerida para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
3.2. Disposiciones específicas
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en los documentos contractuales.
1. El abono de los servicios de mantenimiento preventivo se hará de forma trimestral, mediante cuatro facturas al año, en las que se facturará la parte proporcional del mantenimiento objeto del presente Pliego. Tras la presentación de cada uno de los informes trimestrales y/o anuales, el Contratista emitirá la correspondiente factura detallada.
2. El abono de los equipos y trabajos de mantenimiento correctivo se realizará acorde con el presupuesto aceptado.
Una vez recibida la factura por HZ y siempre que ésta no haya apreciado deficiencias en la prestación de los Servicios, ésta se abonará mediante transferencia bancaria el último día de mes al siguiente al de la factura, siempre que se haya recibido por HZ, antes del día 10 del dicho mes, y sea conforme. En caso contrario, se abonará al mes siguiente.
Los Honorarios incluyen todos los gastos en que pueda incurrir el Contratista para la prestación de los Servicios, salvo la cantidad correspondiente de IVA.
3.2.2. Equipo de trabajo del contratista
El contratista deberá asignar un equipo de adecuada cualificación, de acuerdo con la oferta presentada.
HZ se reserva el derecho a rechazar en cualquier momento, de forma motivada y por razones estrictamente relacionadas con la cualificación profesional o el desempeño del servicio, a cualquiera de los componentes que se encuentren formando parte del equipo de trabajo. El contratista deberá reponer adecuadamente el personal rechazado en el plazo máximo de 15 días desde la comunicación de HZ.
El adjudicatario designará a una persona de su equipo como responsable con la que HZ, a través de su responsable de contrato, se ponga en contacto para resolver cualesquiera incidencias que puedan surgir en la ejecución del contrato.
3.2.3. Obligaciones laborales, sociales y de transparencia
El contratista ostentará la cualidad de empresario respecto del personal que se destine a la prestación del servicio contratado con todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha condición, quedando obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones de carácter normativo o pactado presente y futuras en materia laboral, de seguridad social, fiscal, de seguridad e higiene en el trabajo, prevención de riesgos laborales, seguro de accidentes, o cualesquiera otras que resulten de aplicación.
El adjudicatario será responsable de cuantos incumplimientos se deriven de sus obligaciones en materia de personal y se obligará a mantener indemne a HZ ante cualquier tipo de reclamación, resolución o condena.
No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y HZ, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización del contratista en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.
El contratista está obligado a cumplir durante todo el período de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso el contratista estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo de aplicación.
3.2.4. Subrogación contratos de trabajo
Cuando una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al contratista la obligación de subrogarse en determinadas relaciones laborales, éste deberá subrogarse como empleador en los contratos señalados al efecto en un anexo al PPT, donde se facilitará a los licitadores las condiciones de los trabajadores a los que afecte la subrogación.
3.2.5. Propiedad industrial e intelectual
El adjudicatario garantiza que dispone de los derechos, licencias, permiso y autorizaciones de los titulares y asume que será de su exclusiva cuenta el pago de cualquier otro derecho de propiedad intelectual y el pago de los derechos de indemnización que correspondan por tales conceptos.
El adjudicatario exonerará a HZ de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanantes de los suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del contrato objeto del presente Xxxxxx procedente de los titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los mismos.
En caso de acciones dirigidas contra HZ por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados por el adjudicatario para la ejecución del contrato, éste responderá ante HZ del resultado de dichas acciones, estando obligado, además a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que competen a HZ.
Quedarán en propiedad de HZ los derechos inherentes a los trabajos que constituyen el objeto de este Pliego, reservándose HZ su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por escrito por HZ y ésta en consecuencia podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que lo integren con todos sus antecedentes, datos o procedimientos.
El adjudicatario no podrá hacer uso del nombre, marcas o signos distintivos facilitados por HZ para la ejecución de la contratación objeto de este Pliego, fuera de las circunstancias y para los fines expresamente pactados en éste, ni una vez terminada la vigencia del mismo.
3.2.6. Seguridad, confidencialidad y protección de datos
El Contratista queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el responsable del Contrato.
El Contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del Contrato a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del Contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del Contrato y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 133.2 la LCSP.
El Contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del Órgano de Contratación.
El Contratista adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras personas.
El Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
A estos efectos, el Contratista podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
Como efecto de la adjudicación del presente Contrato, el Adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, por lo que, como consecuencia de la celebración de este, el Adjudicatario adquiere la condición de Encargado de Tratamiento, y queda obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de prestación del servicio.
El acceso del Adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros de HZ para la prestación del servicio objeto del Contrato, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a efectos de la legislación vigente en materia de protección de datos personales, sino de acceso por cuenta de terceros conforme a lo previsto en dicha legislación. Por lo que como consecuencia, el Adjudicatario queda obligado específicamente a:
- Utilizar los datos de carácter personal a los que tuviese accesos para los exclusivos fines de la ejecución del presente Contrato.
- Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal aplicando de esta manera, las medidas de seguridadque correspondan en función del tipo de datos a tratar.
- Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que pueda tener acceso para la prestación objeto del Contrato así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.
- No comunicar o ceder los datos del fichero a otras entidades, ni siquiera para su conservación, salvo que en el Contrato de prestación de servicios se detalle lo contrario, en cuyo caso, dichas entidades se verán sometidas a las mismas reglas de protección de datos y confidencialidad que el Encargado de Tratamiento.
- Comunicar al personal que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento el deber de guardar secreto profesional sobre los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del Contrato, obligándose de igual manera a hacer cumplir las medidas de seguridad.
- Destruir o devolver a HZ, según las instrucciones que al respecto se den, una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal eventualmente tratados y los soportes o documentos en que consten los mismos, sin conservar copia alguna de aquellos.
La infracción de estos deberes por parte del Adjudicatario será calificada como grave y será causa de resolución del Contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que
corresponda con arreglo a la legislación vigente, respondiendo, en todo caso éste, como Responsable del Tratamiento, sobre los daños y perjuicios que, en materia de protección de datos, se deriven del incumplimiento de estas.
Estas obligaciones que se extienden durante la ejecución del Contrato, seguirán vigentes una vez que el Contrato haya finalizado o haya sido resuelto.
3.2.7. Cesión y subcontratación
Sin perjuicio de los supuestos de sucesión del contratista en los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o de ramas de actividad de las mismas, o los supuestos previstos en la normativa hipotecaria, no procederá la cesión contractual.
El contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie su ejecución, la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar, su importe, y la identidad, datos de contacto y representante legal del subcontratista, justificando suficientemente su aptitud.
4. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se rige, en cuanto a sus efectos, modificación y extinción, por el derecho privado.
4.1. Ejecución del contrato
El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en los documentos contractuales y normativa vigente.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. Éste será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para HZ o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, tanto si dichas prestaciones y servicios se realizan en sus propias instalaciones, como si se realizan en los centros o profesionales que tenga concertados para el debido cumplimiento del contrato.
HZ efectuará la inspección, comprobación y vigilancia para la correcta ejecución del contrato.
4.2. Plazos de ejecución del contrato
El mantenimiento preventivo, dentro de cada año natural, deberán iniciarse durante los siguientes meses:
- Enero
- Abril
- Xxxxx
- Octubre
Los trabajos de campo deberán realizarse en el plazo máximo de 15 días laborables hábiles.
Los informes de cada revisión, posteriores a la realización de los trabajos de campo, deberán recibirse por HZ en el plazo máximo de 10 días laborales hábiles, desde la formalización de los trabajos de campo.
Para el mantenimiento correctivo, se establecerá el correspondiente plazo de ejecución para cada uno de los trabajos que sean necesarios llevar a cabo, en función de la complejidad de los mismo.
4.3. Penalidades
El contratista está obligado al cumplimiento del contrato dentro de los plazos fijados en el apartado
3.4.2 xxx Xxxxxx.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo, se establece una penalidad del 0,60% del importe total de adjudicación (sin incluir el I.V.A.) por cada día laborable hábil de retraso, hasta un máximo de 15 días laborable hábil. Transcurrido dicho periodo máximo, HZ podrá resolver el Contrato, con pérdida de la garantía definitiva constituida por el Adjudicatario, todo ello sin perjuicio del eventual derecho a indemnización de daños y perjuicios y/o a las acciones judiciales pertinentes.
Esta penalidad se aplicará de forma independiente a cada uno de los plazos de ejecución establecidos en el apartado 4.2 xxx Xxxxxx, si se produjesen retrasos en los mismos.
4.4. Responsable del contrato
El Órgano de Contratación designará un responsable del contrato. Al responsable del contrato le corresponderá supervisar la ejecución del contrato y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las prestaciones pactadas.
4.5. Modificación del contrato
El contrato se regirá por las normas de derecho privado que resulten de aplicación.
La modificación requerirá informe favorable de la dirección proponente, del área económico- financiera y de Asesoría Jurídica, y su acuerdo deberá realizarse expresamente por el órgano de administración.
4.6. Finalización de los trabajos
El contratista deberá realizar la prestación dentro del plazo estipulado y en los términos previstos en el contrato.
En el supuesto de otorgamiento de garantía, transcurrido el plazo previsto para la misma sin que HZ haya formalizado ningún reparo, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía definitiva.
4.7. Extinción y resolución del contrato
El Contrato se extinguirá por su vencimiento, mutuo acuerdo o resolución.
La resolución del Contrato se podrá acordar por el Órgano de Contratación, siendo causas de resolución las siguientes:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
c) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados.
d) El incumplimiento por el contratista de obligaciones esenciales.
La resolución del contrato deberá comunicarse al Contratista y expresar justificadamente las razones que la motivan, con indicación de la fecha de efectividad de la misma, todo ellosin perjuicio del eventual derecho a indemnización de daños y perjuicios y/o a las acciones judiciales pertinentes.
1 DECLARACIÓN RESPONSABLE
2 REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA O PROFESIONAL
3 CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIOS DE VALOR
4 CRITERIOS DE EVALUACIÓN AUTOMÁTICA
5 MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
ANEXO 1
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de c/
………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y representación de
…………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en …………… provincia de C/
………………………. Núm. ………………………. al objeto de participar en la licitación para la …………
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1. Que la empresa a la que represento dispone de capacidad de obrar y jurídica necesaria para contratar en el presente procedimiento. El objeto social de la empresa comprende la actividad objeto de este contrato, de acuerdo con lo recogido en sus estatutos sociales, estatutos que se hallan correctamente inscritos en los Registros correspondientes. En el caso de actuar como representante, que ostenta poder bastante para ello.
2. Que la citada empresa, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan incursos en prohibiciones de contratar. En particular, a lo previsto en el art. 71 al 73 de la ley9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
3. Que la citada Entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4. Que la empresa cumple los requisitos de capacidad y solvencia, o, en su caso, clasificación, exigidos en este Pliego.
5. Que la empresa cuenta, en su caso, con la habilitación empresarial o profesional exigida para la realización de la actividad o prestación objeto del contrato.
6. Que se compromete a la adscripción del contrato de los medios personales y/o materiales indicados en el pliego de Cláusulas Particulares.
7. Que se integra la solvencia por medios externos:
Sí, existiendo el compromiso a que se refiere el artículo 75.2 LCSP No.
8. Que en la oferta presentada por la citada empresa se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
9. Que se trata de empresa extranjera:
Sí, y me someto a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
No.
10.Que se compromete, en el caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos exigidos, de acuerdo con lo previsto en la cláusula xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares.
Lo que declara responsablemente en ……………, a … de …………… de…..
Fdo.:
ANEXO 2
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, TÉCNICA O PROFESIONAL
La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica y profesional del empresario deberán acreditarse por los siguientes medios:
1. SOLVENCIA ECONOMÍCA Y FINANCIERA
Para acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera, los licitadores, a elección del Órgano de Contratación, deberán aportar:
- DECLARACIÓN SOBRE EL VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS DEL LICITADOR REFERIDO AL VOLUMEN DE NEGOCIO DE LOS TRES ÚLTIMOS CONCLUIDOS
Criterio: Las cuentas anuales correspondientes a los tres últimos ejercicios cerrados, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, aportando documento de depósito de cuentas y certificación de huella electrónica, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito, o declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa en la que se indique que las cuentas anuales aportadas son una copia exacta de las presentadas en el registro correspondiente.
La cifra de negocios global de la empresa en cada uno de los tres últimos ejercicios deberá ser como mínimo de 250.000,00€.
- Se acreditará mediante: Copia de las cuentas anuales aprobadas y justificación de su depósito en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda, considerando que el último ejercicio será aquel para el que esté vencida la obligación de depósito de las cuentas anuales.
2. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse mediante el cumplimiento de la totalidad de las siguientes condiciones:
- HABILITACION COMO EMPRESA INSTALADORA Y MANTENEDORA DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS.
Criterio: El licitador deberá aportar certificados vigentes, emitidos por el organismo correspondiente de la Comunidad de Madrid.
Se acreditará mediante:
o Certificado de empresa instaladora de protección contra incendios.
o Certificado de empresa mantenedora de protección contra incendios.
o En caso de subcontratación se presentará el certificado correspondiente a la empresa que se subcontrate para realizar esa tarea.
- EXPERIENCIA DEMOSTRABLE EN EL MANTENIMIENTO, DURANTE TRES AÑOS, CONSECUTIVOS O NO, DENTRO DE LOS SEIS ÚLTIMOS AÑOS, DE LOS SIGUIENTES SISTEMAS DE DETECCIÓN Y ALARMA DE INCENDIOS, DEL FABRICANTE XXXXXXXX ELECTRÓNICA
o Centro de control EUROPA III
o Sistemas de detección y alarma de incendios analógicos a 3 hilos AE/SA-C23H y AE/SA-C83H.
o Sistemas de detección y alarma de incendios algorítmicos a 2 hilos AE/SA-C8.
Se acreditará mediante: Para cada una de las instalaciones mantenidas, que acrediten el periodo de tres años, con las características solicitadas: Certificado de buena ejecución del Contrato de mantenimiento, emitido por el Cliente, incluyendo acreditación de que los sistemas mantenidos coinciden con los que se solicitan, ubicación de los mismos y periodos en los que se ha mantenido la instalación.
- HABER REALIZADO EL MANTENIMIENTO DE UNA INSTALACIÓN DE DETECCIÓN, ALARMA Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS, DURANTE TRES AÑOS CONSECUTIVOS, DENTRO DE LOS SEIS ÚLTIMOS AÑOS. DEL MISMO TIPO O NATURALEZA AL QUE CORRESPONDE EL OBJETO DEL CONTRATO, AVALADO POR CERTIFICADO DE BUENA EJECUCIÓN.
Criterio: Contrato de mantenimiento de una instalación de detección, alarma y extinción de incendios, de duración ininterrumpida de tres años, dentro de los últimos seis años, con Certificado de buena ejecución.
Se acreditará mediante: Certificado de buena ejecución del Contrato de mantenimiento, emitido por el Cliente, incluyendo descripción de la instalación, ubicación y fechas en las que se ha mantenido la instalación.
- HABER REALIZADO EL MANTENIMIENTO DE UNA INSTALACIÓN DE DETECCIÓN, ALARMA Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS, DURANTE AL MENOS UN AÑO DE FORMA CONTINUADA, EN LOCALES DE ESPECTÁCULO PÚBLICO, CON AFORO SUPERIOR A 5.000 PERSONAS.
Criterio: Contrato de mantenimiento de una instalación de detección, alarma y extinción de incendios, de duración, al menos un año de forma continua, dentro de los últimos seis años, en local de Espectáculo Público, con aforo de más de 5.000 personas, según lo definido en el Decreto 184/1998 de 22 de octubre, de la Comunidad de Madrid, con Certificado de buena ejecución.
Se acreditará mediante: Certificado de buena ejecución del Contrato de mantenimiento, emitido por el Cliente, incluyendo descripción de la instalación, ubicación, aforo y fechas en las que se ha mantenido la instalación.
- HABER REALIZADO EL MANTENIMIENTO DE UNA INSTALACIÓN DE DETECCIÓN, ALARMA Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS, DURANTE AL MENOS UN AÑO DE FORMA CONTINUADA, EN ESTABLECIMIENTOS PARA EQUITACIÓN.
Criterio: Contrato de mantenimiento de una instalación de detección, alarma y extinción de incendios, de duración, al menos un año de forma continua, dentro de los últimos seis años, en establecimiento para equitación (picaderos y escuelas, centros de pupilaje, hipódromos, otros establecimientos para la práctica ecuestre, etc.), con Certificado de buena ejecución.
Se acreditará mediante: Certificado de buena ejecución del Contrato de mantenimiento, emitido por el Cliente, incluyendo descripción de la instalación, ubicación y fechas en las que se ha mantenido la instalación.
- JUSTIFICACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LAS INSTALACIONES OBJETO DEL MANTENIMIENTO.
Criterio: Los Licitadores deberán tener conocimiento de las instalaciones donde se prestarán los servicios, con carácter previo a la formulación de sus ofertas, así como de la comprobación de su estado e idoneidad para cumplir con todas las exigencias que figuran en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
Se acreditará mediante: Justificante de asistencia a la visita para el conocimiento de las instalaciones, de acuerdo con lo que se contempla en el Pliego de Prescripciones Técnicas, emitido por Hipódromo de la Zarzuela, S.A, S.M.E.
ANEXO 3
CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIO DE VALOR (HASTA 55 PUNTOS)
1. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO DE CAMPO (HASTA 15 PUNTOS)
Criterio: Memoria describiendo detalladamente el planteamiento de organización del trabajo de campo del servicio, teniendo en cuenta las particularidades para llevarlo a cabo en cuanto a lugares y horarios, que se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Documentación a presentar: Memoria. La extensión de la Memoria no podrá superar las 15 páginas en tipo de letra Times New Xxxxx, tamaño 12 e interlineado sencillo.
Puntuación máxima: 15 puntos
Criterio de valoración: Los puntos asignables de este apartado serán otorgados a criterio de los técnicos de HZ, a la vista de la memoria técnica presentada por cada licitador de acuerdo al siguiente criterio:
CRITERIO | PUNTUACION |
Ofertas que presenten una planificación del trabajo de campo, con una definición con total adaptación a las instalaciones | Hasta 15 puntos |
Ofertas que presenten una planificación del trabajo de campo, con una definición con suficiente adaptación a las instalaciones | Hasta 10 puntos |
Ofertas que presenten una planificación del trabajo de campo, con una definición con insuficiente adaptación a las instalaciones | Hasta 5 puntos |
Ofertas que presenten una planificación del trabajo de campo, con una definición con nula adaptación a las instalaciones | 0 puntos |
2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA (HASTA 20 PUNTOS)
Se valorará la formación complementaria de los técnicos de la empresa.
Criterio: Cursos acreditables de formación o especialización, en materia de sistemas de detección y alarma de incendios y sistemas de extinción, realizados por cualquier técnico de la empresa que forme parte actualmente de su plantilla, hasta un máximo de cuatro cursos.
Documentación a presentar: Certificados o diplomas que acrediten la realización de los cursos, con identificación del curso realizado, fechas y entidad que lo impartió. La documentación
vendrá acompañada de una declaración del licitador, acreditando que los titulares de la formación pertenecen en la actualidad a la plantilla de la empresa.
Puntuación máxima: 20 puntos Criterio de valoración:
• 1 Curso de formación complementaria: 5 puntos.
• 2 Cursos de formación complementaria: 10 puntos.
• 3 Cursos de formación complementaria: 15 puntos.
• 4 Cursos de formación complementaria: 20 puntos.
3. PORCENTAJE DE TÉCNICOS DE LA PLANTILLA CON CONTRATO FIJO INDEFINIDO (HASTA 20 PUNTOS).
Se valorará la proporción de técnicos con contrato fijo indefinidos, frente al total de técnicos de la empresa.
Criterio: Porcentaje de técnicos, del total de la plantilla de la empresa, con contrato fijo indefinido
Documentación a presentar: Declaración responsable del licitador indicando el número total de técnicos que posee la empresa y el número de ellos con contrato fijo indefinido.
Puntuación máxima: 20 puntos Criterio de valoración:
• Porcentaje mayor del 80% y hasta el 100% de técnicos de la plantilla con contrato fijo indefinido: 20 puntos.
• Porcentaje mayor del 60% y hasta el 80% de técnicos de la plantilla con contrato fijo indefinido: 15 puntos.
• Porcentaje mayor del 40% y hasta el 60% de técnicos de la plantilla con contrato fijo indefinido: 8 puntos.
• Porcentaje mayor del 20% y hasta el 40% de técnicos de la plantilla con contrato fijo indefinido: 3 puntos.
• Menos del 20% de técnicos de la plantilla con contrato fijo indefinido: 0 puntos.
ANEXO 4
CRITERIOS DE EVALUACIÓN AUTOMÁTICA (HASTA 45 PUNTOS)
La proposición económica se valorará de la siguiente manera:
1. IMPORTE DE LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO A REALIZAR: HASTA 25 PUNTOS
Importe de las revisiones trimestrales, semestrales y anuales durante los tres años de duración inicial del contrato.
La fórmula de asignación de puntos, para la valoración será la siguiente:
𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝐴 = 25 × [
𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚á𝑠 𝑒𝑐𝑜𝑛ó𝑚𝑖𝑐𝑎
𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝐴
]
El importe de la oferta económica incluirá el IVA.
El importe de la oferta económica no podrá superar el Presupuesto base de licitación.
2. IMPORTE TOTAL DE LOS PRECIOS A APLICAR EN EL MANTENIMIENTO CORRECTIVO: HASTA 20 PUNTOS
Conforme al punto 3 del Anexo 5.
La fórmula de asignación de puntos, para la valoración será la siguiente:
𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝐴 = 20 × [
𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚á𝑠 𝑒𝑐𝑜𝑛ó𝑚𝑖𝑐𝑎
𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝐴
]
El importe de los precios ofertados incluirá el IVA.
ANEXO 5
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D/Xx
, con D.N.I número y con residencia en ,
Provincia xx xxxxx
, en nombre/representación de la empresa , se compromete a ejecutar el contrato para el mantenimiento del sistema contra incendios, instalado en el recinto contra incendios del Hipódromo de la Zarzuela de Madrid, con arreglo a la siguiente proposición:
1. IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS MANTENIMIENTO PREVENTIVO PARA LA DURACION DEL CONTRATO (3 AÑOS):
-------------------------€ (----------------------euros), IVA incluido (Importe empleado para el cálculo de la puntuación, máximo 25 puntos).
2. IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS MANTENIMIENTO PREVENTIVO PARA LA DURACION DEL CONTRATO Y LAS POSIBLES PRORROGAS (3+2 = 5 AÑOS)
€ ( euros), IVA incluido.
3. IMPORTE TOTAL DE LA OFERTA DE LOS PRECIOS A APLICAR EN EL MANTENIMIENTO CORRECTIVO.
--------------------€ ( euros), IVA incluido, (Importe empleado para el
cálculo de la puntuación, máximo 20 puntos).
El Importe total de la oferta de los precios a aplicar en el mantenimiento correctivo se obtendrá de la suma de los importes parciales obtenidos de multiplicar las unidades previstas para cada concepto de la tabla siguiente, por los precios unitarios ofertados (completar).
CONCEPTO | UNIDADE S (U) | PRECIO UNITARIO (Pu) | IMPORTE PARCIAL (U x Pu) |
Suministro extintor polvo ABC 6 Kg. Eficacia 21A- 113B | 15 Ud. | ||
Suministro extintor polvo ABC 6 Kg. Eficacia 27A- 183B | 15 Ud. | ||
Suministro carro extinción polvo ABC 25 Kg. Eficacia 53A-320B | 15 Ud. | ||
Suministro extintor CO2 de 5 Kg. Eficacia 89B | 3 Ud. | ||
Suministro y sustitución armario extintor para exteriores | 3 Ud. |
Suministro y sustitución cristal armario extintor | 18 Ud. | ||
Suministro y sustitución cerradura armario extintor | 12 Ud. | ||
Suministro y sustitución armario BIE 25, con manguera de 20m | 6 Ud. | ||
Suministro y sustitución de manguera de 25 mm y 20 m, racorada | 12 Ud. | ||
Suministro y sustitución manómetro BIE 25 | 30 Ud. | ||
Suministro y sustitución de lanza para BIE 25 | 18 Ud. | ||
Suministro y sustitución de válvula xx xxxxx para BIE 25 | 45 Ud. | ||
Suministro y sustitución de cerradura armario BIE 25 | 6 Ud. | ||
Suministro y sustitución de fuente de alimentación | 9 Ud. | ||
Suministro y sustitución de baterías de centrales de incendio y fuentes de alimentación | 18 Ud. | ||
Suministro y sustitución de detectores de incendios térmicos | 15 Ud. | ||
Suministro y sustitución de detectores de incendios ópticos | 15 Ud. | ||
Suministro y sustitución de pulsadores de emergencia | 15 Ud. | ||
Suministro y sustitución de campanas de alarma | 3 Ud. | ||
Recarga extintor polvo ABC 6 Kg. Eficacia 21A-113B | 15 Ud. | ||
Recarga extintor polvo ABC 6 Kg. Eficacia 27A-183B | 6 Ud. | ||
Recarga extintor polvo ABC 25 Kg. Eficacia 53A-320B | 6 Ud. | ||
Recarga extintor CO2 de 5 Kg. Eficacia 89B | 6 Ud. | ||
Retimbrado extintor polvo ABC 6 Kg | 210 Ud. | ||
Retimbrado extintor polvo ABC 25 Kg | 30 Ud. | ||
Retimbrado extintor CO2 de 5 Kg | 24 Ud. | ||
Retimbrado manguera BIE 25mm. 20 m. | 48 Ud. | ||
Carteles de señalización fotoluminiscentes, 210 x 210 x 1 mm, modelos, plano y banderola | 36 Ud. | ||
Carteles de señalización fotoluminiscentes, 210 x 210 x 2 mm, modelos, plano y banderola | 15 Ud. | ||
Carteles de señalización fotoluminiscentes de evacuación, 210 x 300 x 2 mm | 15 Ud. | ||
Asistencias técnicas, para la adecuación de la programación, averías en software, etc. afectadas por el fabricante del Sistema (Xxxxxxxx) | 24 horas. | ||
Hora de mano de obra electrónica en intervenciones de reparación de sistemas de detección de incendios, formada por Oficial de primera y Oficial de segunda, incluyendo desplazamientos | 60 horas | ||
Hora de mano de obra mecánica en intervenciones de reparación de redes hídricas (BIEs), formada por Oficial de primera y Oficial de segunda, incluyendo desplazamientos | 24 horas. | ||
IMPORTE TOTAL DE LA OFERTA DE LOS PRECIOS A APLICAR EN EL MANTENIMIENTO CORRECTIVO (Suma de los importes parciales). |
Los precios unitarios incluirán:
- Los portes de materiales.
- Los gastos de desplazamiento, los medios auxiliares necesarios para ejecutar los trabajos, tales como elevadores, escaleras, andamios, cerramientos, etc. Los elementos para mantener la seguridad y salud en los servicios, serán por cuenta del Adjudicatario y estarán incluidos en los precios unitarios ofertados.
- Cualquier coste o tasa derivado de la realización de los trabajos se considerarán incluidos en los precios unitarios ofertados, así como la retirada a vertedero autorizado o centro de reciclaje, de los residuos (extintores, aceites, baterías, detectores…) que se produzcan.
NOTAS IMPORTANTES
− El número de unidades relacionadas sólo se considerarán a efectos de la valoración de la oferta para la adjudicación. Cuando se produzca la necesidad de realizar mantenimiento correctivo, el Adjudicatario elaborará un presupuesto, con los precios unitarios ofertados. HZ procederá, en su caso a la aprobación del mismo y comunicará el plazo para su ejecución. El Adjudicatario no podrá realizar los trabajos presupuestados, sin la aprobación de los mismos por parte de HZ.
− Los precios ofertados se mantendrán fijos durante toda la duración del Contrato y de sus prórrogas.
− En los importes contemplados en este Anexo deben entenderse incluidos todos los conceptos, y expresamente el IVA.
Fdo.
En a de de 2020