Acuerdo 016 de 2020
Acuerdo 016 de 2020
“Por medio del cual se establecen los lineamientos de compra pública innovadora, sostenible y socialmente responsable del municipio de Medellín y su conglomerado”
EL CONCEJO DE MEDELLÍN
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por los numerales 4 y 9 del artículo 313 de la Constitución Política; artículo 94 del Decreto Ley 1333 de 1986; parágrafo 2 del artículo 32 y artículo 71 de
la Ley 136 de 1994.
ACUERDA TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I
DEL OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES.
ARTÍCULO 1. Objeto: Desarrollar lineamientos en los procesos de compras públicas del municipio de Medellín y en las entidades descentralizadas que hacen parte de su conglomerado, con la finalidad de adquirir bienes y servicios que sean amigables con el medio ambiente, innovadores y permitan garantizar el goce efectivo de personas en situación de vulnerabilidad.
ARTÍCULO 2. Ámbito de Aplicación: Las disposiciones contempladas en el presente acuerdo municipal cobijan a todas las secretarías de la alcaldía, gerencias, direcciones y las entidades descentralizadas del Conglomerado Público del Municipio de Medellín como:
Aeropuerto Xxxxx Xxxxxxx, ACI, Agencia para la gestión del Paisaje y Patrimonio y APP, APEV, Biblioteca X. Xxxxxx, Corp. Cuenca Verde, Corp. Parque Arví, Colegio mayor de Antioquia, Créame, EDU, EPM, ESU, Fondo de Garantías, Fonmalved, Fund. Jardín Botánico, Hospital General, INDER, Isvimed, ITM, Metromed, Metro Parques, Metroplús, Metro Salud, Museo Casa de la Memoria, Parque Explora, Xxxxxxx Xxxxx, Plaza Mayor, Sapiencia, Savia Salud, Telemedellín, Terminales y Ruta N.
Parágrafo 1: El presente Acuerdo Municipal y sus lineamientos podrán ser adoptados de manera autónoma por las entidades no incluidas en el presente Acuerdo que pertenezcan a las demás ramas del poder público del orden territorial.
Parágrafo 2: La Personería, la Contraloría, el Concejo de Medellín y demás instituciones públicas y privadas tienen autonomía para adherirse al cumplimiento de la presente Política Pública.
ARTÍCULO 3. Definiciones y Conceptos. Para la adecuada interpretación, aplicación y en general, para los efectos del presente acuerdo, se adoptan las siguientes definiciones:
• Compra Pública Sostenible (CPS): Para Colombia, la compra sostenible es la satisfacción de las necesidades mediante la adquisición de bienes y servicios con criterios que consideren aspectos ambientales, incluyendo la utilización eficiente de recursos naturales a lo largo de su ciclo de vida; aspectos económicos que se ajusten a los principios de eficacia, eficiencia, oportunidad y transparencia; y aspectos sociales que consideren estándares de vanguardia en sus procesos de producción y/o suministro.
• Sostenibilidad: Es la característica o estado según el cual pueden satisfacerse las necesidades de la población actual y local sin comprometer la capacidad de satisfacción para generaciones futuras o de poblaciones de otras regiones de satisfacer las suyas.
• Bienes y servicios sostenibles: Son aquellos que poseen una mejor eficiencia ambiental a lo largo de su ciclo de vida, y que proporcionan la misma o mejor función, calidad y satisfacción para el usuario, comparados con un bien o servicio estándar.
• Desarrollo sostenible: Es el desarrollo que conduce al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de vida y al bienestar social, sin agotar la base de recursos naturales renovables sobre la que se sustenta ni deteriorar el medio ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de las propias necesidades.
• Compra Pública Innovadora (CPI): Es una herramienta de compra pública que fomenta la innovación y el desarrollo de los proveedores del Estado desde la demanda de bienes y servicios de las entidades estatales que no pueden ser satisfechas por el mercado, permite que las entidades estatales adquieran nuevas y mejores soluciones innovadoras para satisfacer sus necesidades, mejorando la forma como éstas cumplen su misión y entregan bienes, obras y servicios a los ciudadanos; permite crear o desarrollar algo nuevo o encontrar nuevas y mejores formas de hacer las cosas o prestar un servicio a las personas.
• La innovación empresarial: Es el desarrollo de nuevos productos o la mejora de las tecnologías existentes, procesos, diseños y marketing para resolver aquellos problemas que puedan surgir durante el crecimiento y llegar a nuevos clientes.
• La innovación tecnológica: Se refiere a la creación
de un nuevo producto o servicio, siempre dirigido a los consumidores. Existe innovación cuando las empresas presentan en el mercado nuevos elementos o, en su defecto, mejoran los ya existentes. Aunque esta innovación suele ir dirigida a la comercialización del producto o servicio también puede relacionarse con los procesos de producción dentro de la empresa. En definitiva, la innovación tiene que ver con el cambio dentro de la industria.
• Compra Pública Social o Socialmente Responsable (CPSR): Es la satisfacción de las necesidades mediante la adquisición de bienes y servicios que generen empleo local y promuevan igualdad de oportunidades para población en condición, situación o posición de vulnerabilidad social, como las personas en condición de discapacidad, la población LGTBIQ+, afrodescendiente, indígena, víctimas del conflicto armado, personas pospenadas, migrantes, jóvenes, mujeres víctimas de violencia basada en género y/o jefas de hogar, población campesina y personas mayores.
• Población vulnerable: Son aquellas personas o grupos poblacionales que, por determinadas circunstancias, se encuentran en mayor medida expuestas a la exclusión, la pobreza, la inequidad, la violencia de todo orden, y/o a sufrir maltratos contra sus derechos fundamentales; o que requieren un esfuerzo adicional para incorporarse al desarrollo.
CAPÍTULO II
OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS.
ARTÍCULO 4. Objetivo General: Fortalecer la cadena de abastecimiento estratégico gestionando de manera eficiente la adquisición de bienes y servicios del municipio
de Medellín y los entes descentralizados que hacen parte de su conglomerado, que impacten de manera directa o indirecta la estrategia de producción de insumos innovadores, sostenibles y con responsabilidad social.
ARTÍCULO 5. Objetivos Específicos:
1. Fomentar la adquisición de bienes y servicios que consideren la mínima utilización de recursos no renovables y/o bajos en emisiones que minimicen los efectos del cambio climático.
2. Impulsar la adquisición de bienes y servicios que favorezcan el empleo de personas jóvenes sin experiencia, mujeres cabeza de familia, adultos mayores, víctimas del conflicto armado, personas con capacidad reducida, comunidad LGBTI y/o cualquier aspecto de Responsabilidad Social Empresarial. Así mismo, que contribuyan a la generación de empleos verdes.
3. Promover la adquisición de bienes y servicios donde se incentiven y se promueva la innovación que favorezca el desarrollo socio económico.
TITULO II
ESTRUCTURA DE LA POLÍTICA PÚBLICA. CAPÍTULO I
LINEAMIENTOS GENERALES - IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA
ARTÍCULO 6. Categorización de los bienes y servicios. Los bienes y servicios sobre los cuales se implementará las compras públicas que ayuden a desarrollar el enfoque de sostenibilidad, innovación y apoyo a grupos vulnerables son:
Número | Denominación | Definición | Alcance |
01 | S e r v i c i o s Educativos | Conjunto de bienes y/o servicios directamente relacionados con la prestación del servicio educativo en sus diferentes modalidades y niveles. | Incluye: Bienes y/o servicios para la educación inicial en el marco de la atención integral, educación regular, educación superior, asesorías y asistencia técnica integral a los establecimientos educativos, formación complementaria, entre otros. Excluye: Los bienes y/o servicios relacionados con otras categorías particularmente ejecución de proyectos y servicios profesionales, Plan de Alimentación Escolar PAE, entre otros. |
02 | S e r v i c i o s Profesionales | Conjunto de servicios correspondientes a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones del Municipio de Medellín, así como los relacionados con actividades operativas, logísticas o asistenciales. Igualmente, para la realización de trabajos artísticos que solamente puedan encomendarse a determinadas personas naturales. | Incluye: Prestación de servicios profesionales, prestación de servicios de apoyo a la gestión, con persona natural o jurídica y la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales, servicios personales profesionales de profesiones liberales. Excluye: Servicios de consultoría, relacionados con otras categorías particularmente ejecución de proyectos, entre otros. |
03 | Servicios de Alimentación | Conjunto de bienes y/o servicios directamente relacionados con la alimentación en sus diferentes modalidades. | Incluye: Plan de Alimentación Escolar PAE, programas y proyectos de complementación alimentaria, entre otros. Excluye: Servicios profesionales, los relacionados con otras categorías particularmente ejecución de proyectos, entre otros. |
04 | S e r v i c i o s Públicos | Conjunto de servicios relacionados con la satisfacción de las necesidades básicas de bienestar y salubridad de la población. | Incluye: Alumbrado Público, Mínimo Vital de Agua, Subsidio de Acueducto y Alcantarillado, entre otros. Excluye: Los relacionados con otras categorías particularmente ejecución de proyectos, gestión medioambiental, entre otros. |
05 | S e r v i c i o s Sociales | Conjunto de bienes y/o servicios relacionados con la promoción, protección, restitución y garantía de los derechos de los diferentes grupos poblacionales y la familia, que se encuentren en situación de riesgo social. | Incluye: Programas y proyectos dirigidos a la atención directa de la población vulnerable, niños, niñas y adolescentes, habitantes en calle y en situación xx xxxxx, población adulta mayor, entre otros. Excluye: Servicios de Alimentación, Programa de Alimentación Escolar, Desarrollo de Estrategias, los relacionados con otras categorías particularmente ejecución de proyectos, entre otros. |
06 | Servicios de Construcción | Conjunto de bienes y/o servicios relacionados con la construcción, mejoramiento de la infraestructura física, en sus diferentes modalidades de contratación: gerencia, operación, mandato y/o administración de programas y proyectos. | Incluye: Equipamientos colectivos, vías y carreteras, puentes, parques, colegios, escuelas, hospitales, aceras, bibliotecas, acueductos, coberturas de quebradas, sedes administrativas, entre otros. Excluye: Servicios de mantenimiento de obras civiles y bienes inmuebles por adhesión, los directamente relacionados con otras categorías particularmente ejecución de proyectos, entre otros. |
07 | Servicios de Mantenimiento de Obras Civiles | Conjunto de actividades que deben realizarse con la finalidad de preservar las obras civiles (corregir o prevenir fallas) buscando que éstas continúen prestando el servicio para el cual fueron diseñadas. | Incluye: Mantenimiento de Sedes Internas, Sedes Externas, Instituciones Educativas, Malla Vial, Redes Semafóricas, Suministro e instalación de mezcla asfáltica, entre otros. Excluye: Servicios de mantenimiento de bienes inmuebles por adhesión como ascensores, aire acondicionado, redes, los directamente relacionados con otras categorías particularmente ejecución de proyectos, entre otros. |
08 | Servicios de Salud | Conjunto de bienes y/o servicios relacionados con la gestión de la salud pública, la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y la inspección, vigilancia y control y con la gestión y supervisión del acceso a la prestación de los servicios de salud. | Incluye: Acciones de prevención y promoción, servicio de atención de enfermedades, entre otros. Excluye: Servicios profesionales, servicios de consultoría, los relacionados con otras categorías particularmente ejecución de proyectos, entre otros. |
09 | E v e n t o s , Actividades y Mercadeo | Conjunto de bienes y/o servicios relacionados, conexos o accesorios con eventos, actividades y mercadeo, entre otros. | Incluye: Eventos, congresos, ferias, celebraciones, reuniones, arrendamiento de espacios, equipos técnicos, artistas, alimentación para el desarrollo de eventos o actividades, entre otros. Excluye: Campañas de comunicación, planes de medios, publicidad, servicios profesionales, los relacionados con otras categorías, entre otros. |
10 | C i e n c i a , tecnología e innovación. | Conjunto de bienes, servicios y productos relacionados con la tecnología de la información y las comunicaciones. | Incluye: Adquisición de Software, hardware, Dispositivos, soporte, licenciamiento, sistemas de información, productos y servicios en telecomunicaciones, proyectos estratégicos en el ámbito de la ciencia e innovación tecnológica. Excluye: Servicios de Impresión, Adquisición de Audiovisuales, servicios y productos eléctricos y los relacionados con otras categorías. |
11 | Servicios de Seguridad | Conjunto de bienes y/o servicios relacionados con el servicio público de seguridad, el ejercicio de la autoridad, el control territorial, conservación de la institucionalidad y el orden público, protección de los derechos de los ciudadanos, y disminución de los índices delictivos, entre otros. | Incluye: Apoyo a los organismos de seguridad y de justicia con presencia en el Municipio de Medellín. Excluye: Servicios Profesionales, los relacionados con otras categorías, entre otros. |
12 | Mantenimiento de bienes inmuebles por adhesión | Conjunto de servicios relacionados con el mantenimiento y reparación de bienes inmuebles por adhesión. | Incluye: Mantenimiento de ascensores, aires acondicionados, redes eléctricas, sistema contra incendios, entre otros. Excluye: Servicios de consultoría, los relacionados con otras categorías, entre otros. |
13 | S e r v i c i o s Culturales y Becas | Conjunto de bienes y/o servicios relacionados con garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, así como fortalecer el desarrollo de las expresiones artísticas, culturales y de patrimonio. | Incluye: Operación del sistema de bibliotecas, red de bandas de música, redes de formación artística y cultural, estímulos y apoyos al arte y la cultura, entre otros. Excluye: Eventos, campañas publicitarias, los relacionados con otras categorías, entre otros. |
14 | Servicios de Consultoría | Conjunto de servicios relacionados o referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos, estudios de diagnóstico, pre-factibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión. Son también contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría, asesoría, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos. La consultoría traduce una actividad intelectual y autónoma, ejecutada por una persona natural o jurídica. | Incluye: Estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos, labores de asesoría, y de asesoría técnica de coordinación, control y supervisión, los que tienen por objeto la interventoría, estudios o trabajos técnicos, intelectuales o especializados diferentes a los servicios profesionales. Excluye: Servicios de desarrollo de software, servicios de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría, servicios profesionales, entre otros. |
15 | D e s a r r o l l o Económico | Es el conjunto de servicios directamente relacionados con la generación de mejores oportunidades por medio de la creación, el desarrollo y consolidación de fami, micro, medianas y grandes empresas, acompañamiento y capacitación para el fortalecimiento en áreas empresariales y financieras. Capacitación, formación y preparación a los ciudadanos en áreas específicas de los sectores productivos que les sean útiles y pertinentes para acceder con mayor facilidad a oportunidades de empleo disponibles en sus áreas de desempeño y desarrollo humano. | Incluye: Acompañamiento empresarial para identificar fortalezas y debilidades del negocio. Cursos, charlas y talleres de mentalidad emprendedora, educación financiera, creatividad e innovación. Capacitaciones empresariales que ayuden a fortalecer los conocimientos y desarrollar competencias a empresarios en la elaboración del modelo de negocio; en estrategias como: Aceleración empresarial, Capital semilla, Crecer es posible, Desarrollo de proveedores, Enplanta, Épica; entre otros. Formación técnica: Su duración varía entre 600 y 1.800 horas, el 50% de la duración del programa estará enfocado a la práctica, donde los estudiantes puedan aplicar los requisitos académicos de este modelo, serán certificados bajo el título: Técnico laboral por competencias. Formación académica: Tiene una duración que varía entre 160 y 599 horas de capacitación. Formación informal: Tiene una duración de máximo 160 horas con el objetivo de brindar oportunidades para complementar, actualizar, perfeccionar y profundizar habilidades, técnicas y prácticas de los ciudadanos. Excluye: Cobertura educativa, los relacionados con otras categorías, entre otros. |
16 | Comunicación masiva | Conjunto de bienes y/o servicios que estén relacionados con la comunicación a las masas o poblaciones a escala. | Incluye: Estrategias de comunicaciones - campañas publicitarias, planes de medios, programación y desarrollo de programas institucionales, promos y trasmisiones especiales, en radio, televisión, prensa y redes sociales, entre otros. Excluye: Eventos, congresos, servicios profesionales, los directamente relacionados con otras categorías, entre otros. |
17 | G e s t i ó n Medioambiental | Conjunto de servicios relacionados con la conservación, recuperación y protección de los recursos naturales renovables y su sostenibilidad ambiental. | Incluye: Conservación de áreas estratégicas, silvicultura urbana, protección del recurso hídrico, bienestar animal, gestión de la calidad del aire y gestión integral de residuos sólidos, entre otros. Excluye: Construcción de soluciones hidráulicas en quebradas, construcción de corredores ecológicos, construcción de ecoparques, componente de paisajismo en obras civiles, servicios profesionales y los relacionados con otras categorías, entre otros. |
18 | Ejecución de Proyectos | Conjunto de servicios relacionados con la gestión de proyectos, que se define como el conjunto de actividades de la planeación, la organización, la motivación, y el control de los recursos con el propósito de alcanzar uno o varios objetivos. | Incluye: Gerencia, operación, administración, contratos de mandato, ejecución o desarrollo de estrategias para los programas o proyectos, entre otros. Excluye: Los relacionados con otras categorías, entre otros. |
19 | Bienes y Servicios de Oficina | Conjunto de bienes y servicios necesarios para la operación o funcionamiento del municipio de Medellín. | Incluye: Útiles y papelería, aseo y cafetería, servicios de aseo, vigilancia, suscripciones, elementos de ferretería, seguros, uniformes, entre otros. Excluye: Los relacionados con otras categorías, entre otros. |
20 | Servicios de Transporte | Conjunto de servicios relacionados con servicio Especial de Transporte Terrestre Automotor. Es aquel que se presta bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente constituida y debidamente habilitada, a un grupo específico de personas que tengan una característica común y homogénea en su origen y destino, como estudiantes, turistas, empleados, personas con discapacidad y/o movilidad reducida, pacientes no crónicos y particulares que requieren de un servicio expreso, siempre que hagan parte de un grupo determinable. | Incluye: Transporte terrestre automotor especial para empleados, estudiantes, población vulnerable, y en general diferentes grupos poblacionales, entre otros. Excluye: Servicio público de transporte terrestre de pasajeros Individual (taxi) y masivo (bus, colectivo, buseta) y los directamente relacionados con otras categorías, entre otros. |
21 | Vehículos | Conjunto de bienes y servicios para la adquisición, operación, mantenimiento del parque automotor y maquinaria pesada del municipio de Medellín y organismos de seguridad y justicia con presencia en el Municipio de Medellín. | Incluye: Parque automotor (vehículos particulares, camionetas, motos), equipos de transporte y maquinaria pesada, combustible, llantas, mantenimientos preventivos y correctivos, adquisición, entre otros. Excluye: Los directamente relacionados con otras categorías, entre otros. |
22 | S e r v i c i o s inmobiliarios | Conjunto de servicios de compra, venta, arrendamiento o comodato en los que la Alcaldía de Medellín esté involucrada. | Incluye: Arrendamiento y compra de inmuebles, oficinas, edificios, bodegas, entre otros. Excluye: Los directamente relacionados con otras categorías, entre otros. |
Parágrafo 1: Las categorías definidas podrán ser actualizadas por la Alcaldía de Medellín a través de la Subsecretaría de Planeación de la Secretaría de Suministros y Servicios. En caso de actualizarse se comunicará a través de la página web de la Alcaldía y el Banco de Información.
Parágrafo 2. Priorización de categorías. El municipio de Medellín dentro de su implementación dará prioridad a las siguientes categorías:
1. Servicios de Alimentación
2. Ciencia, Tecnología e Innovación.
3. Gestión Medioambiental
4. Servicios Inmobiliarios
5. Servicios de Transporte
Parágrafo 3: Las entidades descentralizadas que hacen parte del conglomerado público del Municipio de Medellín, priorizará sus categorías, según sus necesidades y que representen mayor participación en el proceso de compras
públicas o puedan generar un mayor impacto en términos
de innovación sostenibilidad o responsabilidad social.
ARTÍCULO 7. Etapa de adopción e implementación de la política pública. Las entidades obligadas a aplicar el presente Acuerdo deberán dentro de la etapa de planeación de su proceso de adquisición y abastecimiento de bienes, obras y servicios, determinar la forma de inclusión de requisitos, cláusulas o estándares que fomenten la innovación, sostenibilidad y la inclusión social.
Parágrafo 1: La inclusión de dichos requisitos, cláusulas o estándares deberá realizarse siempre propendiendo por la materialización de los principios que rigen la contratación pública, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente según sea el caso y se tendrá en consideración al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal.
Parágrafo 2: La Secretaría de Suministros y servicios del municipio de Medellín, realizará capacitaciones a las demás secretarías de la Alcaldía y a los entes descentralizados del conglomerado Público, sobre las disposiciones de la Política
Pública y las acciones, tareas y diferentes actuaciones que de la misma se deriven.
ARTÍCULO 8. Pertinencia. Los destinatarios del presente Acuerdo deberán estudiar en cada caso dentro de la etapa de planeación del proceso de contratación la pertinencia de la inclusión de requisitos previos, de valoración obligaciones y/o cláusulas o estándares, por medio de la evolución y estudio de la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de estos.
ARTÍCULO 9. Metas de Política Pública. El municipio de Medellín y las entidades descentralizadas que hacen parte de su conglomerado, deberán adoptar de manera gradual los lineamientos de la presente Política en sus procesos de compras públicas, determinando en cada caso y etapa del proceso el impacto fiscal de la implementación, en ahorros como en mayores inversiones.
Parágrafo 1: Los incentivos, puntajes y estrategias de impacto contractual que establezca el Municipio de Medellín y su conglomerado, para el cumplimiento de sus metas, no serán obligatorios en los procesos contractuales que, por su naturaleza, tipología u objeto, hacen que sea improbable incorporar los criterios establecidos en la presente Política Pública.
Parágrafo 2: Los sujetos destinatarios del presente Acuerdo construirán un plan de acción de la Política Pública, que no solo contenga elementos que permitan la intervención en el problema socialmente relevante, sino también elementos para la coordinación y cooperación de los actores claves durante la implementación, el cual deberá ser actualizado de acuerdo con la respuesta xxx xxxxxxx y los partícipes del sistema de compra pública en el desarrollo de los procesos de contratación, además de la medición y análisis del estudio del impacto fiscal que el mismo genere para la entidad.
ARTÍCULO 10. Seguimiento y evaluación de la Política pública. Para la Alcaldía de Medellín el control y evaluación de la presente Política Pública estará a cargo de la Secretaría de Evaluación y Control.
Para los entes descentralizados que hacen parte del conglomerado del municipio de Medellín, la evaluación estará a cargo de las oficinas de control interno o quien realice sus funciones. Tanto la alcaldía como las oficinas de control interno o quienes realice sus funciones deberán enviar un reporte trimestral a la Secretaría de Evaluación y Control, quien desarrollará un informe conjunto de seguimiento de implementación de la política pública de compra pública innovadora, sostenible y social.
Parágrafo 1: Dentro del reporte entregado se debe tener un acápite que exponga el seguimiento financiero de la aplicación de la política en los procesos de contratación y el indicador del impacto fiscal, sea determinado en ahorros o en mayor inversión.
Parágrafo 2: Los reportes trimestrales se deberán construir para su posterior envío de acuerdo con los estándares y directrices que la Secretaría de Suministros y Servicios de la Alcaldía de Medellín determine mediante su facultad de
reglamentación del presente Acuerdo, que permita un lenguaje común entre los destinatarios del acuerdo. Esta información reposará de igual manera en el Banco de Información.
Parágrafo 3: En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, el municipio de Medellín y su conglomerado, invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social a la aplicación del presente Acuerdo municipal, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes dentro de los procesos de contratación y adquisición de bienes y servicios que las entidades del municipio de Medellín y su conglomerado.
Parágrafo 4: las Entidades tendrán 3 meses después de la Reglamentación del Acuerdo para la construcción del plan de acción inicial.
ARTÍCULO 11. Monitoreo: Se deberá verificar a través de la interventoría y/o supervisión el cumplimiento por parte del contratista de los diferentes aspectos establecidos en los pliegos de condiciones y normatividad vigente respecto a componente sostenible, innovador y de apoyo a grupos vulnerables que se pactará dentro del proceso de Compras públicas.
Parágrafo 1: Los interventores y/o supervisores que tengan a cargo de la vigilancia de contratos que desarrollen los ejes de innovación, sostenibilidad y apoyo a grupos vulnerables, deberán realizar un informe trimestral con los lineamientos y objetivos de la presente Política Pública, la cual deberá ser enviada a la Secretaría de Evaluación y Control y Secretaria de Suministros y Servicios de la Alcaldía de Medellín.
Parágrafo 2: los informes presentados por los interventores y/o supervisores que tengan a cargo de la vigilancia de contratos que desarrollen los ejes de innovación, sostenibilidad y apoyo a grupos vulnerables, deberán desarrollarse de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 10 del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 12. Banco de Información y Gestión del conocimiento: Las entidades del Municipio de Medellín y todos los miembros del Conglomerado Público del Municipio de Medellín dispondrán de un Banco de información ubicado en la página web de la Alcaldía, en el cual podrán encontrar entre otros, los manuales, guías y herramientas prácticas emitidas por las distintas autoridades nacionales e internacionales relacionadas con compras públicas sostenibles, innovadora y socialmente responsables.
La Secretaría de Suministros y Servicios de la Alcaldía de Medellín, será la responsable de alimentar y actualizar desde la Subsecretaría de Planeación y en coordinación con todas las Secretarías de Alcaldía, la información que repose en el Banco de Información para la Compra Pública Innovadora, Sostenible y Social.
ARTÍCULO 13. Manuales de contratación. Para aquellas entidades que tengan régimen especial destinatarias del presente Acuerdo, es decir que están facultadas para aplicar en su actividad contractual unas reglas distintas a
las establecidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, deberán incluir dentro de su manual de contratación la etapa de planeación, selección y ejecución y los lineamientos establecidos en este articulado.
Parágrafo 1: Las entidades tendrán un plazo de seis (6) meses desde la entrada en vigor del presente Acuerdo para realizar los cambios necesarios para su cumplimiento.
Parágrafo 2: Todas las demás entidades destinatarias del presente Acuerdo no pertenecientes a las denominadas de régimen especial podrán hacer explícitas las directrices establecidas en sus manuales de contratación.
Parágrafo 3: El no cumplimiento del presente artículo no es justificación suficiente para la inaplicación de los demás artículos del presente Acuerdo.
TITULO III CAPÍTULO I
EJE: COMPRA PÚBLICA INNOVADORA.
ARTÍCULO 14. Descripción del Eje: La compra pública innovadora o compra pública para la innovación (CPI) es una herramienta que permite promover innovación desde la demanda, a través de la compra de productos o servicios que no existen en el mercado, o que existiendo pueden darse a través de procesos o desarrollos mejorados.
ARTÍCULO 15 Objetivo: Fomentar la innovación y el desarrollo en los proveedores del Estado desde la demanda de bienes y servicios del Municipio de Medellín y su conglomerado.
ARTÍCULO 16. Estrategia: Para el desarrollo del Eje de compra Pública Innovadora, las Entidades acogerán los lineamientos y procedimiento establecidos por Colombia Compra Eficiente, como ente rector del sistema de compra pública.
Parágrafo 1: En la etapa de planeación, el Municipio de Medellín y las entidades que hacen parte de su conglomerado Público, deberán considerar los estudios xx xxxxxxx y la información que suministre la Subsecretaría de Planeación de la Secretaría de Suministros y Servicios de la Alcaldía de Medellín.
Parágrafo 2. A partir del análisis de la información de oferta y demanda, en la estructuración de retos de innovación, la entidad debe establecer los criterios de evaluación que serán utilizados en la etapa de selección para evaluar las ofertas en busca de obtener el mayor valor por dinero en el proceso adquisición.
Parágrafo 3. En el Proceso de selección, cualquiera sea el régimen o la tipología contractuales, deberá garantizarse la realización de procedimientos de selección competitivos en la que se evalúan los criterios definidos en la etapa de planeación del proceso de Compra Pública para la Innovación
ARTÍCULO 17. Mesas de trabajo compra pública innovadora. Se desarrollarán mesas estratégicas de trabajo de compras públicas innovadoras, estarán integradas inicialmente por entidades como: Ruta N, Parque Explora, EPM, Secretaría de Suministros y Servicios, Secretaria de Desarrollo Económico, representantes de la academia, miembros del conglomerado que lo soliciten y representantes de la ciudadanía.
Parágrafo 1: La coordinación de las mesas de trabajo estará a cargo de Xxxx X.
Xxxxxxxxx 0: En principio se manejarán 2 sesiones fijas de mesas de trabajo, la primera reunión se realizará en el mes de octubre, para desarrollar la estrategia de planeación, solventar dudas y escuchar necesidades de insumos, directrices o recomendaciones que se lleguen a necesitar para la estructuración de los procesos futuros. La segunda mesa de trabajo se realizará en el mes xx xxxxx siguiente, cuya finalidad es la evaluación y seguimiento de las compras públicas que tuvieron el enfoque ciencia, tecnología e innovación.
Parágrafo 3: No obstante, si se presenta la necesidad de una mesa de trabajo para solventar dudas e impartir recomendaciones generales o particulares, se puede solicitar la realización de esta al representante que Ruta N establezca para ello en la primera reunión.
Parágrafo 4: El coordinador de la mesa podrá, en cada caso, invitar o aceptar la solicitud de los ciudadanos interesados a participar de las mesas de trabajo. Esta participación ciudadana se desarrollará por medio de grupos representativos, sectores sociales, económicos, gremios, asociaciones y demás grupos sociales.
CAPÍTULO ll
EJE: COMPRA PÚBLICA SOSTENIBLE.
ARTÍCULO 18. Descripción del Eje: La compra pública sostenible es una herramienta que contribuye a la protección del medio ambiente, favorece en la reducción en el consumo de recursos, así como la utilización eficiente de recursos naturales a lo largo de su ciclo útil, generando una justicia social durante el desarrollo de un proceso de compra pública.
ARTÍCULO 19. Objetivo: Generar acciones que contribuyan al favorecimiento del impacto ambiental, social y económico de la cadena de abastecimiento del municipio de Medellín y sus entes descentralizados, motivando a los proveedores a innovar en materia de sostenibilidad y desarrollo industrial verde.
ARTÍCULO 20. Estrategia: El desarrollo del Eje de compra Pública Sostenible, se realizará adoptando el método de ciclo PHVA (Planear- Hacer- Verificar- Actuar). Para ello se tendrán en cuenta las siguientes herramientas:
a. Como herramienta de planeación se deberá realizar un análisis de necesidades y la posible inclusión de criterios de sostenibilidad en los procesos de compra que deben estar
reflejados en el Plan Anual de Adquisiciones.
b. Se estudiarán las siguientes variables: Volumen de compras, precio de compras, cobertura interna de uso, capacidad de respuesta xxx xxxxxxx, bienes sustitutos en aplicación de la disminución del uso de plásticos de un solo uso y el impacto ambiental de los bienes y servicios para determinar el enfoque de sostenibilidad que puede implementarse en la estructuración del proceso de contratación.
c. Se deberán priorizar los bienes y servicios por categorías que ocasionen mayor impacto en los indicadores ambientales y se determinarán los criterios sostenibles de compras, y su medio de verificación, este modelo de priorización es cambiante y debe responder a las necesidades del Municipio de Medellín y su conglomerado, por lo tanto, puede realizarse en cualquier momento.
d. Son parte integral de la estrategia y los lineamientos del eje de compra pública sostenible las herramientas y manuales que en la materia tiene o expida Colombia Compra Eficiente, Plan de Acción Nacional de compras públicas sostenibles 2016 – 2020, el manual de compra pública sostenible del Ministerio de Ambiente, manual de compras públicas sostenibles y guía para realizar eventos sostenibles del Municipio de Medellín, así como los manuales y guías de orden nacional que se llegaren a crear.
ARTÍCULO 21. Mesas de trabajo compra pública sostenible. Se desarrollarán mesas estratégicas de trabajo de compras públicas sostenibles, en las cuales participarán EPM, Metromed, Corporación Cuenca Verde, Corporación Parque Arví, Fundación Jardín Botánico, Secretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Movilidad, Secretaría de Suministros y Servicios, Secretaría de Desarrollo Económico, Consejo Territorial de Planeación, Medellín como vamos, miembros de la academia, miembros del conglomerado que lo soliciten y representantes de la ciudadanía.
Parágrafo 1: La coordinación de las mesas de trabajo estarán a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente.
Parágrafo 2: En principio se manejarán 2 sesiones fijas de mesas de trabajo, la primera reunión se realizará en el mes de octubre, para desarrollar la estrategia de planeación, solventar dudas y escuchar necesidades de insumos, directrices o recomendaciones que se lleguen a necesitar para la estructuración de los procesos futuros. La segunda mesa de trabajo se realizará en el mes xx xxxxx siguiente, para la evaluación y seguimiento de las compras públicas que tuvieron el enfoque sostenible.
Parágrafo 3: No obstante, si se presenta la necesidad de una mesa de trabajo para solventar dudas e impartir recomendaciones generales o particulares, se puede solicitar su realización al representante de la Secretaría de Medio Ambiente que establezca para ello en la primera reunión.
Parágrafo 4: El coordinador de la mesa podrá, en cada caso, invitar o aceptar la solicitud de los ciudadanos interesados a participar de las mesas de trabajo. Esta participación ciudadana se desarrollará por medio de grupos
representativos, sectores sociales, económicos, gremios, asociaciones y demás organizaciones sociales y comunitarias.
CAPÍTULO lII
EJE: COMPRA PÚBLICA CON RESPONSABILIDAD SOCIAL
ARTÍCULO 22. Descripción del Eje: La compra pública socialmente responsable (CPSR), es la satisfacción de las necesidades mediante la adquisición de bienes y servicios que permitan la adopción de medidas, criterios y la implementación de buenas prácticas que promuevan la igualdad de oportunidades, la generación de empleos dignos y las compras públicas con enfoque diferencial y de género para población en condición, situación o posición de vulnerabilidad social, como las personas en condición de discapacidad, la población LGTBIQ+, afrodescendiente, indígena, víctimas del conflicto armado, personas pospenadas, migrantes, jóvenes, población campesina, mujeres víctimas de violencia basada en género y/o jefas de hogar y personas mayores.
ARTÍCULO 23. Objetivo: Generar acciones por parte de Municipio de Medellín y su conglomerado, para proteger y respetar los derechos humanos en las interacciones que se tienen en el sistema de compra pública, adoptando medidas y criterios que generen empleo local y promuevan igualdad de oportunidades para grupos vulnerables, como las personas con discapacidad, minorías étnicas, mujeres cabeza de hogar, otros grupos poblacionales con enfoque de género LGTBI, adultos mayores, víctimas del conflicto armado, contratación social con organizaciones sociales y comunitarias tales como las juntas de acción comunal, juntas de vivienda comunitaria, asocomunales y federaciones de comunales y demás grupos poblacionales. Así mismo, implementar estrategias y acciones interinstitucionales e intersectoriales para promover y generar prácticas inclusivas, socialmente responsables y equitativas en el sistema de compra pública, que garanticen el avance en el cierre de brechas sociales, por parte del municipio de Medellín, el conglomerado público y demás empresas públicas y privadas que se adhieran a esta política pública.
ARTÍCULO 24. Estrategia: Para el desarrollo del Eje de compra Pública social, el municipio de Medellín y su Conglomerado deberán evaluar las necesidades y planificar de manera estratégica identificando bienes y servicios con impacto social, alternativas socialmente responsables de fácil acceso y menor costo, y establecer prioridades que le permitan elegir contratos apropiados para la Compra Pública Socialmente Responsable, incluyendo en el análisis de riesgos la prevención y mitigación de los riesgos que entrañe la ejecución del contrato para los derechos humanos de personas vulnerables como las personas con discapacidad, minorías étnicas, mujeres cabeza de hogar, otros gruoos poblacionales con enfoque de género LGTBI, adultos mayores, víctimas del conflicto armado, contratación social con organizaciones sociales y comunitarias tales como las juntas de acción comunal, juntas de vivienda comunitaria, asocomunales y federaciones de comunales y demás grupos poblacionales.
Parágrafo 1: Son parte integral de la estrategia y los lineamientos del eje de compra pública con responsabilidad social, las herramientas y manuales que en la materia tiene o expida Colombia Compra Eficiente.
ARTÍCULO 25. Mesas de trabajo compra pública social. Se desarrollarán mesas estratégicas de trabajo de compras públicas sociales, en las cuales participarán el Museo casa de la memoria, Secretaría de Participación ciudadana, Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos, Secretaría de Mujeres, Secretaría de Juventud, Secretaría de Suministros y Servicios, la Secretaría de Desarrollo Económico, la Secretaría de la No violencia, el ISVIMED, la Gerencia étnica, la Gerencia de diversidad sexual e identidades de género, la mesa municipal de generación de empleo, Gerencias poblacionales, observatorio laboral xxx XXXX, miembros del conglomerado y representantes de empresas sociales y solidarias de Medellín que lo soliciten y representantes de la ciudadanía.
Parágrafo 1: La coordinación de la Presente Mesa estará a cargo de la Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos de la Alcaldía de Medellín.
Parágrafo 2: En principio se manejarán 2 sesiones fijas de mesas de trabajo, la primera reunión se realizará en el mes de octubre, para desarrollar la estrategia de planeación, solventar dudas y escuchar necesidades de insumos, directrices o recomendaciones que se lleguen a necesitar para la estructuración de los procesos futuros. La segunda mesa de trabajo se realizará en el mes xx xxxxx siguiente, para la evaluación y seguimiento de las compras públicas que tuvieron el enfoque social.
Parágrafo 3: No obstante, si se presenta la necesidad de una mesa de trabajo para solventar dudas e impartir recomendaciones generales o particulares, se puede solicitar su realización al representante que la Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos de la Alcaldía de Medellín establezca para ello en la primera reunión.
Parágrafo 4: El coordinador de la mesa podrá, en cada caso, invitar o aceptar la solicitud de la ciudadanía, miembros del conglomerado y representantes de empresas sociales y solidarias de Medellín, interesados en participar de las mesas de trabajo.
La participación ciudadana se desarrollará por medio de grupos representativos, sectores sociales, económicos, gremios, asociaciones y demás organizaciones sociales.
TITULO IV CAPÍTULO I
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 26: Transparencia: El Municipio de Medellín y las entidades descentralizadas que hacen parte de su conglomerado a las cuales cobija el presente Acuerdo, podrán socializar las acciones tendientes a materializar la presente Política Pública a los diferentes grupos sociales, empresariales, económicos y ciudadanía en general, mediante la participación activa en la Ruta de la Transparencia. En todo caso garantizarán la transparencia en la implementación de los criterios aquí establecidos.
ARTÍCULO 27. Rendición de cuentas: La presente Política Pública deberá ser incluida como un capítulo especial en el proceso de rendición de cuentas de todas las entidades, empresas y organizaciones que cobija el presente Acuerdo.
ARTÍCULO 28. Comité técnico: Se conformará un Comité Técnico Municipal de articulación y coordinación entre las mesas de trabajo de los diferentes ejes para la ejecución de la presente política pública, bajo la dirección de la Secretaría de Servicios y Suministros, que tendrá como finalidad dirigir el componente de Gestión del conocimiento y el banco de información y consolidar y presentar informe de cumplimiento de la Política Pública de compras públicas, ante el Concejo de Medellín durante las sesiones ordinarias del primer período de cada anualidad.
ARTÍCULO 29. Financiación: El Municipio de Medellín y las entidades descentralizadas que hacen parte de su conglomerado a las cuales cobija el presente Acuerdo, priorizarán anualmente en su presupuesto la apropiación de los recursos necesarios para este fin, en consonancia con las asignaciones de cada Plan Operativo Anual de Inversiones.
En todo caso, los mecanismos y estrategias de financiación consultarán las proyecciones fiscales, los Planes Plurianuales de Inversión y las apropiaciones incorporadas anualmente en el Presupuesto General del Municipio de Medellín y de sus entidades descentralizadas.
ARTÍCULO 30. Reglamentación: El Alcalde reglamentará
el presente acuerdo.
ARTÍCULO 31. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir
de su sanción y publicación.
Dado en Medellín a los veintitrés (23) días del mes de noviembre de dos mil veinte (2020).
Presidente XXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX
Secretario XXXXX XXXX XXXXXXXX XXXXX
Post scriptum: Este proyecto de acuerdo tuvo (2) debates en dos días diferentes y en ambos fue aprobado como consta en acta de plenaria 188 del 23 de noviembre de 2020.
Secretario
XXXXX XXXX XXXXXXXX XXXXX