ANEXO I
ANEXO I
PLANILLA DE CONVOCATORIA
Procedimiento Contractual -Contratación Directa - Decreto N° 304/20 reglamentario del Art. 3 de la Ley N° 14.806 prorrogada por Ley N° 15.165 y Artículo 18 -Inciso 2 Apartado c) de la Ley 13.981 reglamentado por el Xxx. 00 Xxxxxx 0 Xxxxxxxx x) xxx Xxxxx X xxx Xxxxxxx 59/19.-
TIPO: CONTRAT. DIRECTA | N° 88/20 | EX-2020-21450753-GDEBA-DDPRYMGEMSGP | N° DE PROCESO PBAC: 170-0209-CDI20 | 2020 |
RUBRO COMERCIAL |
53-100000 / 53-110000 |
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN |
PROVISIÓN DE INDUMENTARIA PARA EL OPERATIVO DE SEGURIDAD SOL.- |
PRESUPUESTO ESTIMADO |
$ 123.500.000,00.- |
COSTO XXX XXXXXX |
SIN COSTO.- |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
DOCUMENTACIÓN ELECTRÓNICA
A través de la web xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx
CONDICIONES PARTICULARES |
LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, SE HARÁ A TRAVÉS DE LOS FORMULARIOS ELECTRÓNICOS DISPONIBLES EN PBAC, CUMPLIMENTANDO TODOS LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
FORMA DE PAGO |
CONFORME ARTÍCULO 23° PUNTO III INCISOS 2 Y 3 DEL DECRETO 59/19 ANEXO I.- |
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
DE ACUERDO AL ARTÍCULO 19° INCISO 1 APARTADO b) DEL DECRETO 59/19 ANEXO I, DIEZ POR CIENTO (10%) DEL VALOR TOTAL ADJUDICADO.- |
PLAZO DE ENTREGA |
VEINTICINCO (25) DÍAS A PARTIR DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- |
LUGAR DE ENTREGA |
DIRECCIÓN DE SUMINISTROS Y ABASTECIMIENTO, XX. 000 X XXXX 00 XXXXXXX XXXXXX- XX XXXXX, XX 9:00 A 14:00 HS. |
OBSERVACIONES GENERALES |
LA PRESENTE CONTRATACIÓN SE REGIRÁ CONFORME LO DISPUESTO EN EL ANEXO I DEL DECRETO N° 304/20, REGLAMENTARIO DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY N° 14.806, POR LA CUAL SE DECLARÓ LA EMERGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD XXXXXXX XX XX XXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX, PRORROGADA POR LEY N° 15.165; LA LEY Nº 13981, DECRETO N° 59/19 Y RESOLUCIÓN N° 76/19 DEL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, QUE APRUEBA EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES.
ANEXO II CONDICIONES GENERALES
Artículo 1°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS aplicable a todos los
procedimientos que se rijan por la Ley N° 13.981 y su Decreto reglamentario.
Artículo 2°.- ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES.
Los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita. Sin perjuicio de ello, en aquellos casos en que fundadamente y por sus características el organismo contratante determine que para ofertar sea requerido el pago de una suma para la adquisición xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, ésta será establecida en el acto administrativo que autoriza el llamado, y no podrá superar el medio por ciento (0,50%) del monto estimado de la contratación.
En este último caso, sólo se tendrán en cuenta las ofertas presentadas por las firmas que hayan abonado, previo a la apertura de ofertas, el arancel correspondiente al valor xxx xxxxxx.
El importe recibido por la venta de pliegos no será devuelto a los adquirentes en ningún caso.
Artículo 3°.- COMUNICACIONES:
Las comunicaciones que se realicen entre el contratante y los interesados, oferentes, preadjudicatarios y adjudicatarios, serán efectuadas al domicilio electrónico dispuesto por el artículo 12 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Artículo 4°.- DOCUMENTACIÓN A INTEGRAR EN LA OFERTA:
Los interesados en formular ofertas deberán:
1) Acreditar su inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores acompañando el número correspondiente o la constancia de inicio de trámite. En el último caso, el oferente deberá, bajo pena de tener por desistida la oferta, con aplicación de penalidades, encontrarse inscripto como proveedor en el rubro correspondiente al objeto de la contratación y con credencial vigente, en forma previa a la adjudicación.
Sólo podrán ser admitidas ofertas de proponentes no inscriptos en los supuestos previstos en el apartado 3.I del artículo 11 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
2) Cumplir con la siguiente obligación: Acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales referidas a los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y a los Automotores (artículo 37 Ley N° 11.904, texto según Ley N° 15.079).
Artículo 5°.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS:
Todo oferente deberá indicar su domicilio real, legal y electrónico.
El domicilio legal constituido deberá ser fijado en la Provincia de Buenos Aires, y el electrónico, constituido conforme a las normas que dicte la Autoridad de Aplicación en la especie.
Serán válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el contratante en el domicilio electrónico constituido.
La falta de constitución del domicilio electrónico configurará un requisito no subsanable en caso de proponentes que no tengan la obligación de estar inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores para ser adjudicados, conforme apartado 3.I del artículo 11 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA.
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al contratante y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación.
Artículo 6°.- COMPETENCIA JUDICIAL:
Toda cuestión judicial que se suscite en torno a los procedimientos de selección previstos en la Ley Nº 13.981, normas reglamentarias y complementarias, así como a los contratos que se perfeccionen bajo su vigencia, quedarán sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos Administrativos de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 7°.- COMPUTO DE PLAZOS:
Los plazos deben computarse en días hábiles administrativos, salvo disposición expresa en contrario.
Artículo 8°.- CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A:
A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), la Provincia de Buenos Aires reviste la condición de exento; en consecuencia, en las propuestas económicas que el interesado presente junto a las ofertas no se deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
Las jurisdicciones y entidades alcanzadas por esta norma cuya condición no se corresponda con lo citado en los párrafos anteriores deberán consignar los datos que les son propios.
Artículo 9°.- DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR:
El oferente deberá presentar una declaración jurada que manifieste la inexistencia de las causales de inhabilidad previstas en el art. 16, apartado III Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
La Comisión de Preadjudicación podrá verificar la veracidad de los datos en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos así como también de la documentación acompañada implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente en el Registro de Proveedores y Licitadores por el plazo máximo previsto en reglamentación de la Ley N° 13.981.
Si la falsedad fuera detectada durante el plazo del cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de las sanciones previstas para la rescisión del contrato por causas imputables al contratista.
Artículo 10°: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las ofertas serán presentadas de conformidad a lo normado por el artículo 17, apartado 4 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
A partir del momento en que un procedimiento deba realizarse mediante la utilización de medios electrónicos, no resultarán aplicables las disposiciones relativas a actos materiales o presenciales cuya realización se traduzca en operaciones virtuales en el sistema electrónico, las que quedarán sujetas a la normativa que dicte la Autoridad de Aplicación.
La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante.
Artículo 11°: MONEDA DE COTIZACIÓN:
La moneda de cotización será el Peso ($), excepto que las condiciones particulares prevean la posibilidad de cotizar en moneda extranjera.
Cuando el llamado se efectúe en moneda extranjera:
1) El importe de las garantías se calculará en base al tipo de cambio al cierre del día anterior al que se extienda, según el tipo de cambio vendedor del Banco Nación.
2) A los efectos de la comparación de precios, se convertirá en base al tipo de cambio vendedor, vigente en el Banco de la Nación Argentina al día anterior al de la apertura de sobres.
Artículo 12°: APERTURA:
Las propuestas se abrirán en el lugar, día y hora indicados en el pliego de condiciones particulares, en presencia de las autoridades de la repartición contratante y de todos aquellos que decidan presenciarlo.
Si el día fijado para ese acto fuere feriado o declarado asueto administrativo éste tendrá lugar el primer día siguiente a la misma hora.
En los procedimientos de etapa múltiple, la recepción de los sobres debe ser simultánea para todas las ofertas, en la fecha y hora fijada para la apertura del sobre número uno. El sobre correspondiente a la oferta económica sólo se abrirá si el oferente fuere seleccionado en las etapas previas; caso contrario, se procederá a la devolución de los sobres sin abrir.
Artículo 13.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por el término de treinta (30) días, o el que se fije en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, a contar de la fecha de la apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquélla se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares disponga algo distinto.
Artículo 14.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:
La presentación de la oferta implica el sometimiento voluntario y sin reservas a las disposiciones de la Ley N° 13.981, al DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y a las Bases y Condiciones de la contratación, sus Especificaciones Técnicas y circulares dictadas de oficio o como respuesta a consultas.
No será necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta, salvo que éstos sean solicitados como requisito junto con la documentación que la integra.
Artículo 15.- OFERTAS- ELEMENTOS A IMPORTAR
Cuando se hubiere previsto la oferta de elementos a importar, la autorización a cotizar en moneda extranjera puede referirse al país de origen de los bienes u otras monedas usuales en el comercio internacional y según condición de INCOTERMS prevista en el pliego.
En caso de que el pliego nada diga en este último aspecto, se entiende que la oferta ha sido requerida en condición C.I.F., Puerto de Buenos Aires.
Los seguros para las ofertas en condición C.I.F., deben siempre cotizarse separadamente del valor de la mercadería. Esta cláusula se toma en cuenta para la comparación de precios y cómputo de los beneficios por aplicación de los principios de prioridad de contratación, incluyendo también aranceles y derechos de nacionalización y todo otro gravamen que corresponda hasta la efectiva entrega.
La gestión para obtener la liberación de recargos, derechos aduaneros y otros gravámenes correspondientes al elemento adjudicado, está a cargo de la Autoridad Administrativa y debe ser tramitada y obtenida antes de la apertura de la carta de crédito, entendiéndose que si el beneficio
previsto no pudiera obtenerse por aspectos no considerados, el contrato puede ser rescindido sin responsabilidad alguna.
Artículo 16.- OFERTAS- PREFERENCIAS
Cuando se pretenda la aplicación de las preferencias previstas por el artículo 22 de la Ley N° 13.981, en forma conjunta con la oferta, deberá presentarse la documentación que acredite los extremos legales.
Artículo 17.- FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos contenidos en la oferta dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía de mantenimiento que se hubiere constituido.
Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
Artículo 18.- COTIZACIONES PARCIALES.
El oferente debe formular oferta por la totalidad de los bienes y/o servicios solicitados para cada renglón, salvo que los pliegos en sus Cláusulas Particulares admitan cotizaciones por parte del renglón.
Artículo 19.- GARANTÍAS:
Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones los interesados, oferentes y adjudicatarios deberán constituir garantías conforme dispone el artículo 19 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA y los Pliegos Particulares, con las excepciones determinadas en aquel artículo.
La garantía de cumplimiento de contrato deberá presentarse sin límite temporal de validez.
Artículo 20.- PREADJUDICACIÓN
La preadjudicación se efectuará conforme al procedimiento establecido en el artículo 20 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Artículo 21.- DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS
Los oferentes deberán cumplimentar las exigencias previstas por la Ley N° 13.074 y el Decreto N° 340/04 en forma previa al dictado del acto administrativo de adjudicación por parte de la autoridad competente.
Artículo 22.- ADJUDICACIÓN
La adjudicación debe realizarse a favor de la oferta más conveniente teniendo en cuenta para ello el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros y demás condiciones de la oferta.
Debe ser resuelta por acto administrativo dictado por la autoridad contratante, notificándose al adjudicatario, a quienes hayan efectuado impugnaciones o deducido pretensiones que se resuelvan en ese acto administrativo y a todos aquellos que sean parte del procedimiento administrativo en trámite, dentro de los siete (7) días de emitido el acto administrativo.
Obstará a la adjudicación toda distorsión significativa de la oferta en relación con precios xx xxxxxxx del producto, bien o servicio ofrecido.
Se consideran incluidos en esta previsión todos los ocultamientos, incorrecciones y modificaciones injustificadas de los elementos y circunstancias que hacen a la aplicabilidad de las preferencias para contratación prioritaria, contempladas por el artículo 22 de la Ley que se reglamenta.
Podrán habilitarse, en particular para cada llamado o cuando la naturaleza del objeto de la prestación así lo justifique, métodos que posibiliten concluir la existencia de distorsiones significativas en las ofertas, que las hagan desestimables por evidenciar la imposibilidad de cumplimiento contractual.
Artículo 23.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO.
Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin que ello de lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
Artículo 24.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación de la orden de compra o venta al adjudicatario, o mediante la suscripción del instrumento respectivo, según corresponda. Formarán parte del mismo:
1. La Ley N° 13.981;
2. Las disposiciones del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA;
3. El Pliego de Bases y Condiciones Generales;
4. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Especificaciones Técnicas y circulares dictadas de oficio o como respuesta a consultas;
5. La oferta y las muestras que se hubieren acompañado;
6. La adjudicación;
7. La orden de compra.
Artículo 25.- TRANSFERENCIA
Se encuentra prohibida la cesión o subcontratación, salvo consentimiento expreso de la Autoridad Administrativa.
Toda tercerización, subcontratación, delegación o interposición en contravención a la prohibición precedente determinará la responsabilidad solidaria del contratante y xxx xxxxxxx por las obligaciones emergentes del contrato.
Artículo 26.- MODIFICACIONES AL CONTRATO
La autoridad administrativa contratante tendrá las facultades de aumentar, disminuir, prorrogar, en los términos del artículo 7 incisos b) y f) de la Ley N° 13.981 y el DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Artículo 27.- ENTREGA
Los adjudicatarios deben cumplir la obligación en la forma, fecha o plazos, lugar y demás condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.
En caso de omisión xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, se entenderá que:
1) El cumplimiento debe operar en un plazo xx xxxx (10) días corridos, contados a partir del día siguiente al de recepción de la orden de compra o suscripción del instrumento respectivo, según corresponda;
2) El lugar de entrega es la sede de la autoridad administrativa de la jurisdicción;
3) Los elementos deben ser nuevos, sin uso y de primera calidad.
Artículo 28.- ENTREGAS PARCIALES
Cuando el pliego de condiciones particulares prevea entregas parciales y provisión de bienes, deberá estipular la modalidad del requerimiento, de la facturación y de cada plazo de cumplimiento.
Artículo 29.- FLETE Y DESCARGA
El flete y la descarga serán por cuenta del adjudicatario.
Artículo 30.- CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS:
Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en la repartición contratante, en la dependencia que al efecto se indiquen en las condiciones particulares. La presentación de la facturación deberá ser acompañada por:
a) Original del parte de recepción definitiva.
b) Fotocopia autenticada por escribano o certificada por el funcionario actuante del comprobante de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del último vencimiento operado al momento de presentar la factura;
c) Fotocopia autenticada por escribano o certificada por el funcionario actuante de la última Declaración Jurada de Cargas Sociales (Formulario 931) vencida al momento de presentación de la factura y constancia de su pago;
d) Constancia de su inscripción ante AFIP;
e) Constancia de validez de la factura presentada;
f) Otra documentación que exija el pliego particular o la normativa aplicable.
En cada factura debe constar:
a) Número y fecha de la Orden de Compra, contrato o acto administrativo que corresponda;
b) Número de Parte de Recepción Definitiva;
c) Descripción de los conceptos facturados;
d) Importe unitario y total de la factura;
e) Todo otro requisito que establezca la Contaduría General de la Provincia, en su carácter de Órgano Rector del Subsistema de Contabilidad.
Artículo 31.- PAGO
El contratante cancelará sus obligaciones conforme las disposiciones establecidas en los apartados 2),
3) y 4) del punto III, del artículo 23 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Artículo 32.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN:
Será causal determinante del rechazo de la oferta, en cualquier estado del procedimiento de contratación; así como causal de rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva, a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a una contratación, incurran en acciones u omisiones en el cumplimiento de sus funciones; o,
b) Funcionarios o empleados públicos hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos incurran en acciones u omisiones en el cumplimiento de sus funciones; o,
c) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos incurran en acciones u omisiones en el cumplimiento de sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido o intentaran cometer tales actos en interés del contratista, directa o indirectamente.
Artículo 33.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL.
Todo el personal afectado por el adjudicatario para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la respectiva contratación, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con los sujetos contratantes.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales así como cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberada la contratante por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
La contratante quedará desligada respecto de todo litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y su personal, como cualquiera otro conflicto que pudiera derivarse de la intervención de entidades sindicales y/o de aquellos organismos estatales de contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, previsional e impositivo que recaigan sobre el adjudicatario.
Artículo 34.- DAÑOS A TERCEROS
El adjudicatario deberá adoptar todas las medidas de seguridad que sean impuestas por la legislación vigente, para evitar daños a personas o cosas, y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios que se generen.
Artículo 35.- SEGUROS
El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se exijan para el desarrollo de su actividad y los que se requieran en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de la contratación de los seguros exigidos, quedando la contratante exenta de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera.
Artículo 36.- INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los oferentes, preadjudicatarios o adjudicatarios dará lugar a la aplicación de las penalidades y sanciones previstas por los artículos 24 y 25 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
ANEXO III CONDICIONES PARTICULARES
1-Objeto
El objeto de la presente Contratación lo constituye la provisión de indumentaria para el Operativo de Seguridad Sol, propiciada por la Dirección de Suministros y Abastecimiento y con destino a distintas dependencias de este Ministerio, de acuerdo al Anexo I (Planilla de Convocatoria), Anexo II (Condiciones Generales), Anexo III (Condiciones Particulares), Anexo IV (Especificaciones Técnicas) y Anexo V (Planilla de Cotización).
2- Procedimiento de Contratación:
El presente llamado a Contratación Directa, se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para el Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “PBAC” (RESOL-2017-5-E-GDEBA-CGP –modificada por su similar RESOL-2018-547-GDEBA- CGP- y Resoluciones Conjuntas N° 20/17 y N° 92/17), conforme lo dispuesto en el Anexo I del Decreto N° 304/20, reglamentario del artículo 3 de la Ley N° 14.806, por la cual se declaró la Emergencia en materia de Seguridad Pública en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, prorrogada por Ley N° 15.165; los artículos 10 y 18 inciso 2, apartado c) y concordantes de la Ley Nº 13981, artículos 10 y 18 inciso 2, apartado c) del Anexo I del Decreto N° 59/19, Resolución N° 76/19 del Contador Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales y de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego de Condiciones Particulares.
La presente Contratación se encuentra exceptuada de la suspensión prevista en el artículo 1 del Xxxxxxx Xx 000/00.
0- Xxxxxxxxxxx:
El presente llamado a Contratación Directa para la contratación objeto del presente, se publicará y comunicará de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del Anexo I del Decreto N° 304/20.
4- Obtención xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones:
El presente Pliego de Bases y Condiciones se encuentra a disposición de los interesados para su consulta y descarga, en forma gratuita, en el Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx o en la Página Web de la Xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx – En el citado Portal podrán descargar el Pliego quienes hubieren cumplido con el procedimiento de Registración, Autenticación y Autorización como Usuario Externo de Pbac.
5- Consultas y Aclaraciones.-
Los interesados que hubieren descargado el presente Pliego de Bases y Condiciones a través del Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx o de la Página Web de la Xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx, conforme las pautas mencionadas anteriormente, podrán formular consultas a través de PBAC o a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xxx.xx, hasta tres (3) días hábiles, previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas, sin computar el día de la apertura.
El Comitente podrá efectuar Circulares Aclaratorias o Modificatorias que se emitan de oficio o como respuesta a consultas efectuadas, las que serán publicadas en PBAC, en la Página Web de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires y en el Boletín Oficial.
6- Domicilios y Notificaciones:
Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicación que efectúe el Ministerio, serán realizados al Domicilio Electrónico establecido por el Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Nº 13981, el Decreto Nº 59/19 y las Resoluciones Nº 713/16 y N° 76/19 de Contaduría General de la Provincia.
7-Plazo de Mantenimiento de Oferta.
La oferta formulada en los términos del artículo 17 Apartado 4 del Decreto Nº 59/19, reglamentario de la Ley Nº 13.981, tendrá vigencia por veinte (20) días hábiles.
Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar el mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, se considerará tácitamente prorrogada por un lapso igual al inicial.
8-Presentación de las Ofertas
Quienes hubieren descargado el presente Pliego del Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx o de la Página Web de la Xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx, podrán formular las ofertas correspondientes.
Su presentación se hará a través de los Formularios Electrónicos disponibles en PBAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el Pliego de Condiciones Generales - Anexo II -, Condiciones Particulares - Anexo III-, adjuntando en Soporte Electrónico todos y cada uno de los documentos que en ellos se solicitan.
Los documentos deberán ingresarse en el sistema PBAC en formato PDF, no pudiendo superar cada uno los 20 MB.
El plazo para su presentación será desde la fecha de publicación del proceso licitatorio en el Portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, en la Página Web de la Xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx, y en el Boletín Oficial xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/, hasta la fecha y hora fijada para la apertura de ofertas.
La documentación que se acompañe y que sea requerida en los pliegos, toda vez que sea emitida por una autoridad extraña a la jurisdicción de la Provincia, deberá presentarse debidamente legalizada. La misma deberá encontrarse redactada en idioma castellano o en su defecto se deberá acompañar la traducción realizada por un traductor oficial matriculado, conforme lo establecido en el art. 37 del Decreto Nº 7647/70.
A fin de Garantizar la Validez de la oferta cargada Electrónicamente, deberá ser Confirmada por el oferente únicamente a través de un Usuario habilitado para ello. (Art. 3 Resolución Conjunta Nº 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Nº 92/17 del Contador Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx).
9-Condiciones para ser Oferente
Para ser oferente, los interesados deberán acompañar la siguiente documentación y cumplimentar en un todo con las Condiciones Generales que rige el presente:
a) El oferente deberá indicar los domicilios real, legal y electrónico. El domicilio legal constituido deberá ser fijado en la Provincia de Buenos Aires, y el electrónico será el provisto por el Registro de Proveedores de la Provincia, de acuerdo a lo establecido en las Resoluciones N° 263/16 y 713/16 de la Contaduría General de la Provincia. Asimismo deberá indicar un número telefónico de contacto. – Ver Anexo “Denuncia de Xxxxxxxxx”.
b) Deberá acreditar su inscripción o haber dado inicio al trámite de inscripción, en el Registro de Proveedores y Licitadores. Generar archivo en formato PDF denominado “Credencial Registro de Proveedores PBA. Asimismo en caso de encontrarse en trámite, el oferente deberá, bajo pena de tener por desistida la oferta, con aplicación de penalidades, encontrarse inscripto como proveedor en el rubro correspondiente al objeto de la contratación y con credencial vigente, en forma previa a la adjudicación.
c) Deberá presentar Declaración Jurada que manifieste la inexistencia de las causales de inhabilidad previstas en el artículo 16 Apartado III del Anexo I del Decreto 59/19. – Ver Anexo “DDJJ Inhabilidades.”
d) Declaración Jurada donde el oferente manifieste que ante cualquier cuestión Judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del Contrato, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, conforme lo establecido en el artículo 6 de las Condiciones Generales. –Ver Anexo “DDJJ competencia judicial.”
e) Declaración Jurada donde el oferente manifieste que no posee deudas bajo ningún concepto ante el Fisco de la Provincia de Buenos Aires conforme lo establecido en el artículo 121 de la Ley N° 15079, modificatorio del artículo 37 de la Ley N° 11904 y Resolución Nº 55/20 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) – Ver Anexo “DDJJ Impositiva PBA”
f) En caso de corresponder, deberá presentar Certificado MIPyME de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, emitido por la Autoridad correspondiente, vigente a la fecha de Apertura de Ofertas. – Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado MIPyME”.
g) Documentación Societaria: Copia de estatutos sociales y actas de designación de autoridades vigentes debidamente inscriptas.
En caso de actuar por apoderado, copia de la documentación vigente respectiva.
En todos los casos, el objeto de la contratación deberá estar incluido en el objeto social del ente, y estar reflejado en el Registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires.
En el caso de que el oferente constituya una Unión Transitoria o una Unión Transitoria a Constituirse (conforme artículos 1463 al 1469 del Código Civil y Comercial de la Nación), la presentación de la documentación enumerada precedentemente se exigirá a todas y cada una de las sociedades que integran.
h) Documentación Especial:
Los oferentes deberán presentar certificación o extracto bancario del Número de Cuenta Corriente o Caja de Ahorro habilitada a nombre de la firma proponente en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
i) Pliego:
El oferente deberá acompañar en la presentación de su oferta electrónica, la totalidad de los Anexos que constituyen el Pliego de Bases y Condiciones que rige la presente contratación, debidamente rubricados.
10-Monto estimado de la Contratación Presupuesto Oficial: $ 123.500.000,00.- 11- Apertura de ofertas
La apertura de ofertas se realizará electrónicamente en el sistema PBAC: xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, librándose las ofertas en el día y hora establecidos, formulándose Electrónicamente el Acta pertinente.
12-Garantía a presentar por el oferente:
De Mantenimiento de Oferta: Cinco (5%) por ciento del monto total de la oferta (Según Artículo 19º apartado I inciso a) del Anexo I del Decreto Nº 59/19.-
Los oferentes deberán formalizar e individualizar la Garantía de Mantenimiento de Oferta en el Formulario Electrónico de PBAC, debiendo ser extendida a favor del Ministerio de Seguridad, sito en xxxxx 00 xxxxx 0 x 0 Xx Xxxxx. El Original del instrumento, deberá presentarse físicamente en la Dirección de Compras y Contrataciones, sita en calle 51 e/ 2 y 3, 1er Piso, 1er Patio, Oficina 44 de la ciudad de La Plata, de lunes a viernes en el horario de 9,30 a 15,00 horas, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, computado a partir del Acto de Apertura de Ofertas, en Sobre Cerrado con indicación de los datos de la contratación.
La fecha de emisión del instrumento de garantía, no podrá exceder el día y hora de la Apertura de Ofertas. Caso contrario, la oferta será desestimada sin más trámite.
13-Garantía a presentar por el adjudicatario:
De Cumplimiento de Contrato: diez (10%) por ciento del total adjudicado (Según Artículo 19° apartado I inciso b) del Anexo I del Decreto Nº 59/19).
De acuerdo a lo establecido en los Artículos 14 y 15 Xxx. X Xxxxx X xx xx XXXXX-0000-0-X-XXXXX- XXX, xx Xxxxxxxxxxxxx deberá integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato, utilizando los formularios correspondientes en PBAC, debiendo presentar la Documentación Original de la Garantía en la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Seguridad, sita en calle 51 entre 2 y 3 La Plata, 1er piso, 1er patio, Oficina 44, en el horario de 9:30 hs a 15:00 hs, dentro de los siete (7) días hábiles contados desde la notificación electrónica del acto de adjudicación, y posteriormente, integrada la garantía de cumplimiento de contrato, este se perfeccionará con la notificación de la Orden de Compra al domicilio electrónico del Adjudicatario.
14-Dictamen de Preadjudicación:
La Comisión de Preadjudicación emitirá su dictamen conforme lo normado en el artículo 20 del Anexo I del Decreto Nº 59/19, previa evaluación de las ofertas presentadas mediante los formularios electrónicos habilitados en PBAC.
El Cuadro Comparativo de Ofertas será confeccionado automáticamente por PBAC, de acuerdo a las ofertas presentadas en el Sistema.
El Dictamen de Preadjudicación se emitirá por PBAC, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las ofertas, indicando el orden de mérito de las ofertas aceptadas en el proceso de selección, debidamente fundadas. Dicho plazo se suspenderá por el requerimiento de informes técnicos o intimación a los oferentes para subsanar defectos formales, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 59/19.
La Comisión de Preadjudicación emitirá su dictamen y notificará a los oferentes mediante Mensajería de PBAC, en el Domicilio Electrónico constituido por los proveedores de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 apartado 6 del Anexo I del Decreto Nº 59/19, haciéndole saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles de la notificación.
15- Información Complementaria:
La Comisión de Preadjudicación, podrá requerir a los oferentes mediante PBAC, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre los oferentes, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
16- Conocimiento de las Condiciones:
La presentación de la Oferta, importará para el oferente, el pleno conocimiento de toda la Normativa Vigente que rige el proceso de selección y la aceptación de las Bases y Condiciones estipuladas, circulares aclaratorias y/o modificatorias que se hubieren emitido, sin posibilidad de alegar su desconocimiento.
17- Modificaciones al Contrato
La presente contratación podrá ser aumentada por el Comitente hasta en un cien por ciento (100%), conforme artículo 7 inciso b) del Anexo I del Decreto Nº 59/19 y artículo 26 de las Condiciones Generales (Anexo II), ello a fin de contar con stock suficiente para cubrir las necesidades básicas de diferentes Mandos policiales, evitando la realización de un nuevo proceso licitatorio, previniendo dilaciones administrativas, obteniéndose asimismo un beneficio para el interés fiscal al poder mantener los valores contratados.-
18- Cotizaciones parciales
Se podrá realizar cotización parcial de los renglones solicitados.
19- Plazo de entrega
Veinticinco (25) días a partir de la formalización del contrato.
20-Entregas Parciales.
El 50 % de la totalidad de los renglones a los quince (15) días a partir de la formalización del contrato y el 50 % restante, a los diez (10) días de finalizada la primera entrega parcial.-
21-Facturación.
Se deberá presentar la facturación pertinente, acompañada con el correspondiente Remito, debidamente conformado por la Dependencia requirente, conforme artículo 30 del Anexo Único de la Resolución Nº 76/19 del Contador General de la Provincia y artículo 23 Punto III) Apartado 1 del Anexo I del Decreto N° 59/19.
22-Lugar de Entrega
Dirección de Suministros y Abastecimiento, sito en Xx. 000 x Xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx - Xx Xxxxx, en el horario de 09:00 a 14:00 horas.
23- Contraparte de la Relación Contractual.
La Dirección de Suministros y Abastecimiento será la responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que el Pliego de Bases y Condiciones establece.
24-Entrega de Muestras
-Se deberá presentar dos (2) muestras, que serán tomadas en consideración para evaluar sus detalles, confección y calidad, exigencias que deberán ajustarse en un todo al modelo de la Repartición y especificaciones técnicas adjuntas. En caso que la Repartición, por cualquier causa, considere la necesidad de tener que recurrir a la opinión de un laboratorio químico (INTI) , Dirección de Bomberos, Gendarmería, Ejercito argentino, Etc, el mismo será designado con anterioridad a la preadjudicación y los costos derivados de los ensayos estarán a cargo del o de los oferentes involucrados, quedando facultada la Dirección General de Administración para la convocatoria del o los mismos para la gestión necesaria para el correspondiente cobro.
-Las muestras requeridas deberán presentarse con remito de la firma por duplicado membretado en La Dirección de Suministros y Abastecimiento, sito en Av. 520 y Ruta 36 X. Xxxxxx – La Plata, hasta veinticuatro (24) horas hábiles antes de la apertura de ofertas, de lunes a viernes en el horario de 09:00 a 14:00 hs.
-La no presentación de muestras y las que no se ajusten a los requisitos exigidos serán causal de rechazo.
-Al recibirse la mercadería se procederá al control de la misma con intervención del área de competencia y el aporte de personal idóneo y se tomarán dos bienes al azar de cada entrega para el análisis, en caso de creerlo oportuno y conveniente.
-El proveedor garantizará la calidad de las materias primas utilizadas en la confección de los elementos y firmeza de color desde la recepción definitiva y por el termino de entrega y uso mínimo de seis (06) meses y/o por el termino de doce (12) meses de los elementos sin uso y/o almacenados. Igualmente, la conformidad definitiva no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergente de cualquier otro vicio redhibitorio que se advirtiera en dicho lapso respecto al material o falla en la confección. El adjudicatario quedará obligado a efectuar la reposición o reparación correspondiente en el término y lugar que indique la Repartición.
-Las mercaderías a entregar por parte del adjudicatario deberán ser idénticas a sus detalles de confección a las presentadas como muestra, exigencias estas que serán controladas con el aporte del personal idóneo.
-Concordante con lo dispuesto en el Artículo 17º apartado 4 (Muestras) del reglamento de contrataciones. Las muestras serán devueltas a los oferentes no adjudicatarios, salvo que para su examen sean sometidas a un proceso destructivo. Si dentro de los treinta (30) días de vencido el plazo no hubiesen sido retiradas, pasaran a ser propiedad de la Repartición.
-No se serán consideradas las ofertas que se remitan a muestras presentadas para otro acto licitatorio.
25-Otras Garantías.
De corresponder, se aplicará lo normado en el Artículo N° 19° del Anexo I del Decreto N°59/19.-
26- Perfeccionamiento de Contrato
Integrada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se perfeccionará el Contrato con la Notificación de la Orden de Compra al Domicilio Electrónico del adjudicatario, mediante PBAC. (Artículos 14 y 00 Xxx. X Xxxxx X xx xx XXXXX-0000-0-X-XXXXX-XXX).
27-Régimen de responsabilidad con terceros y personal – Daños a terceros - Seguros
Será de aplicación lo dispuesto por los Artículos 33, 34 y 35 de las Condiciones Generales (Anexo II)
28- Incumplimiento
En caso de incumplimientos se aplicará las penalidades y sanciones previstas por los Artículos 24 y 25 del Anexo I del Decreto N°59/19.
ANEXO “Denuncia de Domicilio”
La Plata, de de 2020
Por la presente denuncio los siguientes domicilios a los efectos previstos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y de Condiciones Particulares de la presente contratación, comprometiéndome a notificar fehacientemente todo o cambio o modificación del/los mismo/s:
Xxxxxxxxx Xxxx | |
Xxxxxxxxx xxxxx (xx xx Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx) | |
Domicilio electrónico | ……………………………………@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xxx.xx |
Teléfono |
ANEXO “DDJJ Inhabilidades”
La Plata, de de 2020
Por la presente declaro bajo juramento no encontrarme sujeto a las causales de inhabilidad detalladas a continuación, para presentarme como oferente en los procesos de selección que realiza la Provincia de Buenos Aires, previstas en el artículo 16, apartado III, del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 59/19 de la Ley 13.981:
1) Los que no puedan ejercer el comercio de acuerdo a la legislación vigente.
2) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos y contra la Administración Pública. En todos los casos hasta 10 (diez) años de cumplida la condena.
3) Las sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.
4) Las sociedades de la Sección IV de la Ley General de Sociedades N°19.550, excepto para el caso de contrataciones encuadradas en el artículo 18, inciso 1) de la Ley.
5) Las sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Proveedores de la Provincia de Buenos Aires.
6) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial, los órganos creados por la Provincia de Buenos Aires o las empresas y sociedades del Estado, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
7) Las personas humanas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos creados por la Provincia de Buenos Aires o las empresas y sociedades del Estado, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
8) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación.
9) Los evasores en el orden nacional o provincial con sentencia firme y los deudores morosos previsionales o alimentarios declarados tales por autoridad competente.
10) Las personas humanas y los miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados de sociedades que tengan parentesco hasta dentro del cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad con funcionarios de la administración provincial centralizada o descentralizada que tengan la facultad de decidir sobre el proceso de selección del oferente.
FUNCIONARIOS CON FACULTADES DECISORIAS EN EL PROCESO DE SELECCIÓN
APELLIDO Y NOMBRE | DNI O LEGAJO | FUNCIÓN | DEPENDENCIA |
Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx | DNI: 00.000.000 | Ministro de Seguridad | Ministerio de Seguridad |
Xxxxxxx, Xxxxx Xxxx | DNI: 8.626.920 | Subsecretario de Coordinación y Logística Operativa | Subsecretaría de Coordinación y Logística Operativa |
Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx | DNI: 00.000.000 | Director Provincial de Logística Operativa | Dirección Provincial de Logística Operativa |
Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx | DNI: 00.000.000 | Directora General de Administración | Dirección General de Administración |
Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx | DNI: 00.000.000 | Directora de Compras y Contrataciones | Dirección de Compras y Contrataciones |
Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | DNI: 00.000.000 | Evaluador | Subsecretaria de Coordinación y Logística Operativa |
Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx | DNI: 00.000.000 | Evaluadora | Comisión de Preadjudicación |
Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx | DNI: 00.000.000 | Evaluadora | Dirección General de Administración |
Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx | DNI: 00.000.000 | Responsable del Requerimiento de Compra y la Evaluación Técnica | Dirección de Suministros y Abastecimiento |
11) Las personas humanas o jurídicas que no se encuentren al día en el pago de sus obligaciones fiscales por los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y a los Automotores, correspondientes a los períodos no prescriptos al momento de la adquisición xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares o al de la formalización de la oferta, según el caso. El cumplimiento de dichas obligaciones deberá acreditarse conforme lo determine la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, mediante Resolución Nº 55/20. (Conforme artículo 121 de la Ley Nº 15.079, modificatorio del artículo 37 de la Ley Nº 11.904)
Las personas que deseen presentarse en un procedimiento de selección deben presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilidades previstas. Sin perjuicio de lo expuesto, la Comisión de Preadjudicación podrá verificar la veracidad de los datos en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en el presente régimen. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato, el adjudicatario se hará pasible de la aplicación de las sanciones previstas para la rescisión del contrato por causas imputables al contratista.
ANEXO “DDJJ Competencia judicial”
La Plata, de 2020
Por la presente declaro y acepto que ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (Artículo 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales).
ANEXO “Impositiva PBA”
La Plata, de 2020
Por la presente declaro y manifiesto no poseer deudas bajo ningún concepto ante el Fisco de la Provincia de Buenos Aires (artículo 37 xx Xxx N° 11904, modificado por artículo 121 de la Ley N° 15079 y Resolución Nº 55/20 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)).
ANEXO IV ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
PEDIDO DE MUESTRAS
Se deberá presentar muestra de acuerdo al siguiente detalle:
Renglón 1: Dos (2) Quepí de tela Rip Stop, color azul noche, con sujeción hebilla sapo empavonada y (02) metros de tela Rip Stop correspondiente a la confección de Quepí, de acuerdo a especificaciones técnicas adjuntas y modelo de la Repartición.
Renglón 2: Dos (2) Camperas multipropósito, de acuerdo a especificaciones técnicas adjuntas y modelo de la Repartición.
Renglón 3: Dos (2) Chombas Policía operativo, de acuerdo a especificaciones técnicas adjuntas y modelo de la Repartición.
Renglón 4: Dos (02) Pares de medias blancas, de acuerdo a especificaciones técnicas adjuntas y según modelo de la Repartición.
Renglón 5: Dos (2) Pares de zapatillas deportivas operativo sol, de acuerdo a especificaciones técnicas adjuntas y según modelo de la Repartición.
Renglón 6: Dos (2) Chalecos reflectivos verde manzana y azul para Policía de Seguridad, y (02) metros de tela verde manzana y azul correspondiente a la confección del chaleco, de acuerdo a especificaciones técnicas adjuntas y según modelo de la Repartición.
Renglón 7: Dos (2) Chalecos reflectivos amarillo fluó y azul para Policía de Seguridad Vial, y (02) metros de tela amarillo fluó y azul correspondiente a la confección del chaleco, de acuerdo a Especificaciones técnicas adjuntas y según modelo de la Repartición.
Renglón 8: Dos (2) Bermudas de tela Rip Stop, color azul noche y (02) metros de tela Rip Stop correspondiente a la confección de bermuda, de acuerdo a especificaciones técnicas adjuntas y modelo de la Repartición.
NOTA: Al solo efecto de realizar el pertinente informe técnico y toda otra diligencia que este organismo considere necesaria para determinar la calidad de los productos, de acuerdo a la normativa vigente.
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RENGLÓN N° 01:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
QUEPI: (Confeccionado en tela Rip stop color azul noche)
Partes: Copa en forma de elipse, banda, visera, ajuste y tafilete. Hebilla sapo de metal empavonado.
Talles: S – M – L y XL Descriptivo:
Copa: de forma elíptica, que aumenta o disminuye según el talle
Banda: La banda está formada por dos piezas superpuestas que cierran y terminan en la parte trasera. El alto de la banda será: de 7 xx. xx xxxxxx x 00 xx. xx xxxxxx trasero. La banda inferior mide 4 cm. de alto en todo su recorrido. En parte trasera, recorte en forma de medio círculo de aprox. 9 cm. al ancho y 5 cm. al alto. En el extremo del vaciado de derecha a izquierda visto de frente, se colocará presilla de la misma tela de aprox. 15 cm. que cierra con hebilla en el extremo opuesto y funciona como ajuste.
Visera: Armada con alma de polietileno de baja densidad inyectada, de 1/1,3 mm. de espesor; ancho al centro 6 cm. y recorrido de 25 cm., forrada con la misma tela, que al armar, forma vivo de 5 mm. y doble pespunte comenzando el primero a aprox. 1 cm. del vivo. Separación entre pespuntes: 5 mm.
Tafilete: De una sola pieza, de tela doble. Alto: 3 cm. Recorrido: todo el perímetro de la banda.
Bordado:
Frente sobre visera, parte central debe poseer ESCUDO POLICIA PROVINCIA BUENOS AIRES bordado con ribete en hilo color plateado, y por debajo de éste la leyenda POLICIA, también bordada en el mismo hilo y color para 2.500 quepís. Y para los 2.500 quepí restantes en el frente sobre visera, parte central debe poseer ESCUDO POLICIA PROVINCIA BUENOS AIRES bordado con ribete en hilo color oro, y por debajo de éste la leyenda POLICIA, también bordada en el mismo hilo y color. En todos los diseños y por debajo de la palabra POLICIA deberá llevar un bordado consistente en una barra dividida en 3 celdas simétricas (de forma tipo paralelogramo) con los 3 colores institucionales (gris-azul turquesa y azul oscuro) ver carta de gama de colores adjunto. Medida de la barra 4,5 cm. de largo por 0,80 cm. de ancho. La barra ira festoneada con hilo color gris.
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Interior: Forrada con la misma tela, forro suelto; no cosido a la costura de la elipse. En la forrería de la copa y a unos 10/11 cm. del frente hacia atrás, se abre a todo el ancho de la elipse, boca de bolsillo que cierra con felpa y gancho de 2 cm. de alto x 7 cm. de ancho aproximadamente.
Del armado y la confección:
Unión bandas: banda inferior sobre banda superior, costura al filo; banda superior sobre elipse, costura al filo. Visera embutida entre tafilete y banda, costura al filo.
Tafilete, armado de tela doble con costuras dobles de cada lado, separación entre costuras: 7 mm.; reverso de tafilete, costuras tapadas con vivo al tono.
Tira de ajuste: de tela doble, armada con costura al filo de cada lado. La forrería se arma ídem al casco principal.
Colocación del tafilete: pegado interno en todo el perímetro, limpiando la unión de forreria a la prenda, pasando por la visera: máquina overlock, terminación: volteado hacia el interior y pisado al filo con máquina recta.
Hilos: Poliéster de fibra cortada al tono de la prenda. Enhebrado: Título 90. Bobina: Título 120 No se admitirán: costuras encimadas, hilos cortados, xxxxxxx xx xxxxxxxx sueltas, ojales con sobrecarga de hilo, diferente cantidad de puntadas por centímetro en una misma prenda.
No se admitirán bordados con fiselina y/o materiales molestos y desagradables al uso.
Todo otro detalle no especificado deberá recurrirse a la muestra patrón, que es muestra de formas, confección, calce y calidad exigida por este organismo.
Medidas de Copas.
Nota: Solo se informa estas medidas porque el resto de las medidas está especificado en cada parte del gorro.
XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXXXX
XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXXXX
XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXXXX
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Especificaciones técnicas tela Rip Stop liviano Xxxxx
XXXXXXX Xx 00: CAMPERA MULTIPROPOSITO POLICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Descripción general del modelo
Confeccionada en tela según especificación técnica, combinada, en colores turquesa y azul institucional. Cerrada al frente con un cierre cubierto por carterón para mejor aislación. Llevará 2 (dos) bolsillos exteriores en delantero 1 (un) bolsillo en manga y 1 (un) bolsillo interno. Con capucha incorporada al cuello ajustable contra viento y lluvia. Llevará apliques reflectivos en cuerpo espalda y mangas. Mangas en 4 (cuatro) piezas, llevarán puños ajustables para mejor reacción de la prenda al movimiento, llevara aplicado cartel reflectivo. Espalda en 3 (tres) piezas con cartel reflectivo. Forrada en su interior en tela tipo red, según especificación técnica, con vistas en tela principal. En sus laterales llevara cierres para facilitar acceso rápido a arma.
Delanteros: Dos, con recortes, combinados en dos telas de igual calidad y diferente color. Llevaran dos bolsillos aplicados. Canesú unido en su parte trasera a la espalda y en su parte delantera a la pieza del delantero superior. En color turquesa institucional. Llevará charreteras con broches funcionales. PLIEG-2020-24567432-GDEBA-DCYCMSGP
Delanteros superiores: Dos, unidos en su parte superior al canesú del delantero ambos dos llevaran aplicado cinta velcro de 2 cm. de ancho por 8 cm. para colocar insignias ubicado a 11 cm. del escote aproximadamente según talle. En el delantero derecho se colocara velcro para gafete con nombre identificatorio.
Delantero superior izquierdo: Debajo del velcro llevara aplicado la palabra “MINISTERIO DE SEGURIDAD” por debajo de este el isologotipo de la Policía de la provincia de buenos aires y por debajo de este la leyenda “Gobierno de la provincia de buenos aires” según instructivo anexo. Delanteros inferiores: Unidos en su parte superior al delantero superior llevarán apliques reflectivos. Aplicados por transferencia de calor, calidad según especificación técnica. Llevaran dos bolsillos.
Bolsillos: Sobre ambos delanteros llevara sendos bolsillos tipo plaque con tapa de 22 cm. por
19.5 cm., aproximadamente según talle con fuelle encontrado. Llevará tapas con punta en diagonal en el extremo hacia el lateral. Las tapas llevaran dos velcros que serán funcionales a los velcros ubicados en la bolsa de bolsillo la medida de los velcros será 2 cm. de ancho por 5 cm de largo aproximadamente
Carterón: Externo cubre cierre para mejor aislación, cruza de izquierda a derecha que se extenderá toda la longitud de la prenda desde el extremo inferior de la prenda hasta el extremo superior del cuello. Combinado en dos colores, de 6.5 cm. de ancho aproximadamente, el cual permite acceso a la campera. El mismo llevara 5 velcros de 2 cm. de ancho por 5 cm. de largo ubicados de manera equidistante y serán funcionales a 5 velcros de la misma medida ubicados en la campera.
Cuello: En color turquesa institucional alto de 10 cm. aproximadamente según talle ajustable contra viento y lluvia compuesto por Cuatro piezas, dos de tela principal y dos forrados en su interior en red color azul. En la cara externa tendrá una abertura de aprox. 45 cm. de largo aproximadamente según talle con tres abrojos de 2 cm. de ancho por 5 cm. de largo colocados de forma proporcional para el guardado de la capucha. Estos velcros son funcionales a los velcros ubicados en la capucha.
Capucha: Confeccionada en la tela principal color turquesa y forrada en red color azul la misma estará formada por 3 gajos, llevara pespunte simple. Llevará en todo su contorno cordón elástico tendrá un sistema de tancas para su ajuste. Llevará en su cara exterior 3 Abrojos de 2 cm. de ancho por 5 cm. de largo, colocados equidistantes para el guardado de la misma dentro de la abertura del cuello.
Espalda: En 3 (tres) piezas, canesú, espalda principal y ruedo en tela y colores según especificación técnica combinada, en colores turquesa y azul institucional. En la unión del canesú y la espalda principal, llevará una cinta reflectiva de 2 cm. de ancho según especificación técnica.
Sobre el canesú llevara aplicado cartel “MINISTERIO DE SEGURIDAD” el isologotipo de la Policía de la provincia de buenos aires y por debajo y la leyenda “Gobierno de la provincia de buenos aires”. Sobre la espalda principal llevará un cartel reflectivo según especificación técnica con las palabra "POLICIA” y por debajo deberá llevar un bordado consistente en una barra dividida en 3 celdas simétricas (de forma tipo paralelogramo) con los 3 colores institucionales (gris-azul turquesa y azul oscuro) ver carta de gama de colores adjuPnLtIoE.G-2020-24567432-GDEBA-DCYCMSGP
Llevará en su parte inferior a 8 cm. del final de la prenda, en todo su contorno una cinta reflectiva, cosida, de 2 cm. de ancho. Por debajo ira otra pieza en color azul, la misma será de 6 cm. de ancho aproximadamente según talle.
En las uniones de espalda con los delanteros llevará cierres de 25 cm. para acceso rápido a arma o accesorios en cinturón.
Charreteras: Dos en color turquesa institucional, de 4 cm. de ancho por 11.5 cm. de largo según talle con broche metálico tipo suizo en su extremo, con entretela interna de refuerzo, cosidas sobre la copa de la manga sobre el canesú.
Mangas: En 4 (cuatro) piezas, ajustables, confeccionadas en tela según especificación técnica, combinadas, en colores turquesa y azul siendo estas de la misma calidad, las mismas llevarán y apliques reflectivos, aplicados por transferencia de calor, calidad según especificación técnica. Las mangas terminaran con puños eslatizados ajustables para mejor reacción al movimiento.
Manga izquierda: Llevará a 4 cm del hombro aproximadamente un velcro donde se colocara el escudo de la policía de la provincia de buenos aires impreso sobre goma y montado con velcro. Llevará estampado a 22 cm. desde la copa de la manga de forma vertical el isologotipo institucional.
Manga derecha: Llevara colocado por debajo de la cinta reflectiva un bolsillo adicional
Puños elastizados: Mitad elástico embutido de 4 cm. de ancho, doble pespunte, y la otra mitad llevara una presilla de 9 cm. de largo por 3.5 cm. de ancho con abrojo macho de 2 cm. de ancho por 5 cm. de largo en su cara interna. El abrojo hembra será de igual medidas sujeto en la parte xxx xxxx sin elastizar.
Interior de la prenda: Forrada en su totalidad cuerpo, espalda y mangas en red. Llevará vistas en tela principal en sus laterales 9 cm. de ancho aproximadamente según talle.
Sobre el delantero izquierdo llevara un bolsillo tipo ojal de 17 cm. aproximadamente según talle, al que se accede mediante un cierre. El mismo llevara una bolsa en red xxxx xxxxxx.
Ruedo: Sera de 2 cm. de ancho y se prolongara en todo el contorno de la prenda
ESPECIFICACION TECNICA TELA EXTERIOR CAMPERA MULTIPROPOSITO
*TIPO BICAPA IMPERMABLE Y RESPIRABLE
1) CAPA EXTERIOR PLIEG-2020-24567432-GDEBA-DCYCMSGP
ARMADURA: Sarga 2/1
COMPOSICION: 100 % polyester HILOS X CM2. URDIMBRE 56 MIN.
TRAMA 33 MIN.
TERMINACION: GROSS ESMERILADO SPRAY TEST 90-100% OLEOREPELENCIA Nº 6
TITULO XX XXXXXX urdimbre 75-36*1 SD trama 150-144* SD PESO: 115/125 gr/m2.
2) CAPA INTERIOR
MEMBRANA TIPO PU POLYEURETANO
HIDROFILICA DE COLOR TRANSPARENTE OPACA O BLANCA
PESO: 25/35 gr/m2.
*PESO TOTAL TELA EXTERIOR CAMPERA: 140 gr/m2 +/- 5%
*COLUMNA DE AGUA: > 10.000 mm según norma ISO 20811
*RESPIRABILIDAD: > 4000 mm MVTR-38ºC 50 % RH
Según norma ASTM E96BW INVERTED CUP (gr/m2. day))
*Estabilidad al lavado 40 % urdimbre < 3%
Trama < 3 %
*solideces de color
Al frote-lavado-luz 4/5
RESISTENCIA A LA TRACCION u:13 t. 11 COORDENADAS DE COLOR
Color AZUL.
D 65/10 L*23.06 a* 1.59 b*-13.3
COLOR COORDENADAS DE COLOR VERDE. D 65/10 L*68.66 a*-18.73 b*49
Características del espectrofotómetro: doble haz; geometría d/8%, abertura. 30 mm TOLERANCIA: PASA FALLA c/c 1.0,2.0 1.0 DEL e <0= 1,5 D65/10
ESPECIFICACION FORRERIA CAMPERA MULTIPROPOSITO
*ESPECIFICACION TECNICA TELA RED
USO: FORRERIA INTERIOR DE LA CAMPERA /CUERPO Y MANGAS BOLSA INTERNA BOLSILLOS INFERIORES CAMPERABOLSA INTERNA BOLSILLO INTERIORES ABRIGO TEJIDO TIPO RED-TEJIDO DE PUNTO POR URDIMBRE. –
COMPOSICION 100 % POLYESTER P
ESO: 160/175 gr/m2 Mallas x cm 12 COLOR AZUL AL TONO DE LA PRENDA
PLIEG-2020-24567432-GDEBA-DCYCMSGP
RENGLÓN N° 03: CHOMBA PARA POLICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Confeccionada en tela pique doble color Azul con cuellos y puños combinados en color turquesa institucional, con costura overlock. Puños de 3 cm. De ancho y Cuello de 8.5 cm. De alto total.
Delanteros: Dos carteras de 4 cm. de ancho por 16 cm. de largo, con dos botones al tono con friselina oculta, llevando en su parte superior derecha la leyenda “Policía” en material vinilo reflectivo color blanco. Por debajo de este llevara aplicada la bandera institucional.
Espalda: Sobre la pieza central de la espalda llevara estampado a 10 cm. de la escotadura del cuello la palabra “Xxxxxxxxxx xx xxxxxxxxx “xx xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxxxx y la palabra gobierno de la provincia de buenos aires. Por debajo de este llevara pegado un cartel en el material reflectivo, la palabra “POLICIA” en material reflectivo y debajo barra tipo paralelogramo institucional .La unión entre los hombros contara con tiras de dos cm. de refuerzo en pique doble.
Mangas: Serán mangas corta en color turquesa, con puño de 3 cm.
Especificación Técnica Tejido Pique PLIEG-2020-24567432-GDEBA-DCYCMSGP
Punto pique: Tejido Galga 24 tubular.
Hilado: Algodón 24/1 peinado, poliéster 150. Mono lamento. Composición: 65% Algodón poliéster (no mezcla intima) Masa: Mínimo 220 gr x metro cuadrado.
Tejido cuello y puños. Color turquesa institucional. Punto: liso o Rib a toda aguja.
Hilado: Algodón poliéster 50/50 mezcla intima Hilado: 24/01
Curva xx xxxxxx:
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XXXXXXX Xx 00: Par de medias de color blancas deportivas.
XXXXXXX Xx 00: ZAPATILLA DEPORTIVA COLOR NEGRO ULTRALIVIANA.
1) Modelo: Zapatillas color negro con base de tejido de punto con respaldo de goma xxx de 2 mm. color negro, de diseño simple, ultraliviana con puntera de vinilo, sin sobrepasar la zona de flexión de los dedos. Construida en materiales flexibles. Cubre todo el empeine y el talón por debajo del tobillo, con 5 pares de pasadores tipo ojalillos pasa cordones y refuerzo en talón.
2) Partes componente del efecto:
a) Calzado.
b) Cordón.
c) Plantilla desmontable.
3) Confección:
a) Corte: Clásico, centrado.
b) Horma: Cómoda y calzable, terminada en punta redondeada.
c) Color: negro mate.
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4) Capellada:
a) Materia Prima: Poliéster 100% - 230 Gr/m2 – Titulo 150/48 – Tejido Circular
b) Forro: No tejido color negro bondeado con espuma de xxxxxxxxxxx xx 0-0 xx xx xxxxxxx.
0) Xxxx:
a) Materia Prima: Poliéster 100% - 230 Gr/m2 – Titulo 150/48 – Tejido Circular.
b) Forro: No tejido color negro bondeado con espuma de poliuretano de 3-4 mm de espesor.
c) Armado: Convencional: rebatido hacia adentro, pegado y vulcanizado.
6) Cierre:
a) Cordonera vinílica color negro mate, con 5 ojalillos por lado al tono, separados equidistantes a 2 cm. entre sí. Los dos ojalillos superiores serán metálicos.
b) Cordón: De poliamida color negro sin alma, redondo, trenzado y con herretes plásticos.
c) Lengüeta: Poliéster 100% - 230 Gr/m2. – Titulo 150/48 – Tejido Circular negro, forrada con no tejido color negro bondeado con espuma de poliuretano de 2 mm de espesor.
7) Contrafuerte
a) Materia Prima: 100 % - fibra celulosa, de 3 mm. de espesor, su disposición será embutida entre el forro de talón y la chapa talonera.
8) Chapa talonera: vinílico, disposición en una pieza de 15 cm. de extremo a extremo, cortado en forma redondeada donde su mayor altura es el centro con 5,7 cm.
9) Chapa talonera estabilizadora externa: Materia prima PVC. Cosida sobre capellada Color negra
10) Plantilla desmontable: Materia Prima: En espuma de PVC o PU, forrada con tela absorbente en algodón y tratamiento antimicótico, modelo anatómico, 3 mm. de espesor.
11) Suela: Materia Prima: Realizada en etilvinilacetato supe liviana de alta resistencia. Antideslizante y resistente al desgaste abrasivo.
12) Puntera: vinílica color negro mate de 18,5 cm. por 2 a 2,5 cm.
PLIEG-2020-24567432-GDEBA-DCYCMSGP
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XXXXXXX Xx 00 x XXXXXX Xx 00: CHALECO VERDE MANZANA/AZUL –AMARILLO FLUO /AZUL .
Descripción del modelo: escote en V, cierra al frente con xxxxxx xx xxxxxx acetálica. Laterales unidos por pieza de ajuste y cierre.
Descriptivo de partes:
Espalda: De una sola pieza. A unos 12 cm. del escote hacia abajo, se coserá una pieza suplementaria de 12 cm. de alto x el ancho de la espalda a esa altura (aprox. 52 cm.) y siguiendo la forma. De color azul. Sobre la pieza suplementaria descripta y en un plano de 32 cm. al ancho x 5 cm. al alto aprox., se termo transferirá la palabra POLICIA, en material reflectivo, ploteado y troquelado. Por debajo de la palabra POLICIA y centrada a la misma llevara estampada una barra dividida en tres celdas simétricas (de forma tipo paralelogramo) con los 3 colores institucionales (gris-azul turquesa y azul oscuro), ver carta de gama de colores adjunto, de 23 cm. de largo x 2 cm de alto la misma llevara un borde de color gris.
A 4 cm. de la pieza suplementaria hacia abajo, ira estampado en color azul el escudo del Ministerio de Seguridad.
En horizontal a la prenda y a unos 35 cm. del escote hacia abajo, se termo transferirán dos cintas de material reflectivo de 3 cm. de ancho por el ancho de la espalda a esa altura (62 cm.) separadas entre sí por 5 cm.
Delanteros: Simétricos en corte.
Sobre delantero derecho (prenda en uso) se coserá una pieza suplementaria, simulando un canesú de 28 cm. de alto desde punta de hombro, siguiendo las formas del delantero. De color azul. A unos 16.5 cm. de la costura de hombro hacia abajo, y a 9.5 cm. del escote hacia la sisa, se determina el centro de la estampa del escudo de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, Color de la estampa: OFF XXXXX. Dos centímetros hacia abajo del final del escudo y centrado al ancho, se termo transferirá la palabra POLICIA, en material reflectivo, ploteado y troquelado. Sobre delantero izquierdo (prenda en uso) y a 16,5 cm. de la costura del hombro para abajo ira estampado en color azul el escudo del Ministerio de Seguridad. Para ambos delanteros, en horizontal a la prenda y a 38 cm. de punta de hombro hacia abajo, se armará:
• Felpa de 2.5 cm. de ancho-cosida.
• 1.5 cm libres.
• Cinta reflectivo de 3 cm. de ancho- termotransferible.
• 1.5 cm. libres.
• Felpa de 2.5 cm. de ancho-cosida. Todo por el ancho de las delanteras. Ajustes laterales:
De tela doble, de 11 cm. de alto x 23 cm. de ancho. Sobre la cara externa se termotranferirán dos cintas de 3 cm. de alto por el ancho del ajuste; separación entre sí: aprox. 5 cm., en concordancia con 18 las cintas traseras. Sobre la cara interna, y en idéntico plano de oposición de las cintas externas, se coserá gancho de 2.5 cm. de alto por el ancho del ajuste, funcionales a las felpas de los delanteros.
Cierre frontal:
Con xxxxxx xx xxxxxx acetálica Vislom, cadena Nº 5, desmontable, deslizador de metal al tono de 25/28 cm., color negro.
Vivos: De interlock de polyester color negro, al hilo, de 1 cm. de ancho terminado. Armado de prenda- maquinaria- hilos:
➢ Todos los ganchos y felpas pegados en todo su perímetro con máquina recta
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➢ Delanteros y espalda: envivados en todo su perímetro excepto hombros. Máquina recta con envivador. El vivo empieza y termina en el mismo lugar, debiendo ser de un solo tramo en cada una de las partes. El inicio y el final deberán quedar en lugar no visible.
➢ Armado de ajuste laterales: embutidos; uno de los extremos unido a la espalda, a la altura y en armonía con las cintas reflectivas traseras por costura embutida Máquina recta.
➢ Hombros: Unidos con máquina recta, valor de costura: 1 cm., sulfilado con overlock de 3 hilos, sulfilado: valor 0.5 cm., pisado por el lado derecho al filo de la unión, con máquina recta.
➢ Atraques:
1. En cierre frontal. Al inicio y al final de cada cadena
En enhebrado y en bobina, hilo de poliéster fibra cortada T 120 para todas las máquinas indicadas. Cuando se cosan partes, donde converjan dos colores, uno arriba y uno abajo, el hilo será del color de la parte sobre la que pega.
Medidas
Las medidas indicadas tienen una regulación de +15/15 cm. o -8/8 cm. aprox. a partir de sus ajustes laterales.
Nota: El valor de +15/15 cm. está dado tomando una superficie mínima de contacto de 7/7 cm. Tolerancias de medidas: +/- 1 cm.
PLIEG-2020-24567432-GDEBA-DCYCMSGP
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Materias primas
Materias primas
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ESPECIFICACIÓN TÉCNICA
RENGLON N° 8: Bermuda confeccionada en tela Rip Stop, color azul noche, para operativo de rutas y playas.
1- Materia prima: Rip-Stop azul. Especificación técnica en anexo. 2- Modelo y confección.
Del modelo y la confección:
Modelo: xx xxxxx recto, cintura postiza. Seis bolsillos. Cierre en bragueta; ojal y botón en cintura. Prendedura: de izquierda a derecha.
Delanteros: simétricos en el corte, con: Dos bolsillos inclinados: a la costura de cierre lateral. Inclinación: 6 cm. aprox., Boca: 18 cm, profundidad: 25 cm. en diagonal al centro de la boca. Centrado a la costura de cierre lateral, un bolsillo plaque con tapa, de puntas chanfleadas, para uso de la mano derecha. Con tabla de holgura de 4 cm. de profundidad, con dobladillo de boca, postizo, limpio de 3 cm.
Medidas:
Talle 36 y 38: 16 cm. x 16 cm. Tapa: 16 cm. x 6 cm. al centro y 4 cm. a los lados.
Talle 40 al 46: 18 cm. x 18 cm. Tapa: 18 cm. x 7 cm. al centro y 5 cm. a los lados. Talles 48 y + : 20 cm. x 20 cm. Tapa: 20 cm. x 8 cm. al centro y 6 cm. a los lados.
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El bolsillo cierra con ojal y botón centrado. Resto de bolsillos libre de cierres.
A aprox. 20 cm., de la cintura hacia abajo y a 3/4 cm. de costura lateral hacia el centro, se coserá un bolsillo plaqué con una de sus puntas en chanfle, con tapa. Medidas: Boca: 12 cm.; alto: 16 cm. Alto de la tapa: 5 cm.
Todas las tapas son de tela doble. Dobladillo de boca limpio de 2 cm.
Cintura y bragueta: bragueta: cierra con xxxxxx xx xxxxxx acetálica de: para los talles 36 al 42: 12 cm.
para los talles 44 al 50: 14 cm.
+ de 50: 16 cm.
Del lado del botón: bajo cierre doble, entero de 5 cm. de ancho. Del lado del ojal: cartera postiza de 5 cm.
Cintura: postiza de 4 cm de ancho, con cuatro pasa cintos de tela doble, xx xxxxx entero de 4 cm. de ancho por 10 cm. de alto; pase libre 8 cm. Ubicación: Dos (2) centrados al frente, dos (2) centrados al trasero.
Traseros: Simétricos, con dos bolsillos plaque de 15 cm. de ancho por 16 cm de alto, con dobladillo de boca limpio de 2.5 cm. Al centro de dicha boca, se coserá gancho de 2.5 cm. de alto por 4 cm. de largo; funcional a la felpa de idéntica medida, que se coserá sobre la prenda. Bajos: dobladillos limpios de 2 cm.
Costuras: cierres laterales, cierre de entrepiernas, tiro trasero: ametralladora doble paso ¾.
Armado de cintura: Cinturera.
Boca de bolsillos inclinados, pegado de bolsillos plaque, armado de tapas de bolsillo: plana de 2 agujas pasó ¾.
Pegado de ganchos y felpas, pegado de cierre, dobladillos, armado de carteras, cierre del tiro delantero: recta simple.
Armado de pasa cintos: embolsados, pisados con pespunte al filo. Pegado de tapas de bolsillo: doble pespunte recta pie de máquina.
Atraques: pegado de pasa cintos, 4 x pasa cinto. Bocas de bolsillos, 2 en bragueta. Sulfilado de bajo cierre y cartera: overlock x 3H.
Cierre de fundas de bolsillos: overlock x 5H. Ganchos y felpas cosidos en todo su recorrido. Ojal bordado a máquina.
Botón: pegado a máquina.
Hilo para coser: enhebrado: T 90 Polyester fibra cortada
Bobina: T 120 Polyester fibra cortada.
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TABLA DE MEDIDAS BERMUDA OPERATIVO SOL PBA
Medidas de prenda en plano, abrochada. Tolerancia de medidas: +/- 1cm.
Las medidas establecidas son base, de ellas debe partirse para lograr una prenda de “calce”
confortable, y armónico. Visten a personas no a maniquíes.
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Especificaciones técnicas tela Rip Stop liviana Xxxxxxxx
XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXXXX
XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXXXX
ANEXO V PLANILLA DE COTIZACIÓN
Procedimiento Contractual -Contratación Directa - Decreto N° 304/20 reglamentario del Art. 3 de la Ley N° 14.806 prorrogada por Ley N° 15.165 y Artículo 18 -Inciso 2 Apartado c) de la Ley 13.981 reglamentado por el Xxx. 00 Xxxxxx 0 Xxxxxxxx x) xxx Xxxxx X xxx Xxxxxxx 59/19.-
TIPO: CONTRAT. DIRECTA | N° 88/20 | EX-2020-21450753-GDEBA-DDPRYMGEMSGP | N° DE PROCESO PBAC: 170-0209-CDI20 | 2020 |
DATOS DEL ORGANISMO CONTRATANTE |
DENOMINACIÓN |
MINISTERIO DE SEGURIDAD |
DOMICILIO |
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - 1° PISO - OF. 44 XXXXX 00 X/ 0 X 0 - XX XXXXX |
DATOS DEL OFERENTE |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | DOMICILIO REAL |
C.U.I.T. | DOMICILIO LEGAL EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES |
N° PROVEEDOR DEL ESTADO | DOMICILIO ELECTRÓNICO |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción | Código | Precio Unitario ($) | Precio Total ($) |
1 | 5000 | UNIDAD | PROVISIÓN DE QUEPÍ, COLOR AZUL NOCHE, CON SUJECIÓN HEBILLA SAPO EMPAVONADA, CONFORME AL SIGUIENTE DETALLE 2.500 QUEPÍ CON ESCUDO POLICÍA ESTAMPADO PLATEADO Y 2.500 QUEPÍS CON ESCUDO POLICÍA ESTAMPADO EN DORADO), SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS EN ANEXO IV Y MODELO DE LA REPARTICIÓN. | 2260-14 | ||
2 | 5000 | UNIDAD | PROVISIÓN DE CAMPERAS MULTIPROPÓSITO, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS EN ANEXO IV Y MODELO DE LA REPARTICIÓN. | 6734-102 | ||
3 | 10000 | UNIDAD | PROVISIÓN DE CHOMBAS, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS EN ANEXO IV Y MODELO DE LA REPARTICIÓN. | 2859-23 | ||
4 | 10000 | PAR | PROVISIÓN DE PARES DE MEDIAS BLANCAS, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS EN ANEXO IV Y MODELO DE LA REPARTICIÓN. | 817-47 | ||
PROVISIÓN DE PARES DE ZAPATILLAS | ||||||
5 | 5000 | PAR | DEPORTIVAS, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS XXXXXXXX XX XXXXX XX X XXXXXX | 0000-000 | ||
XX XX REPARTICIÓN. | PLIEG-2020 | -24567432-G | DEBA-DCYCM |
SGP
6 | 3500 | UNIDAD | PROVISIÓN DE CHALECOS REFLECTIVOS, COLOR VERDE MANZANA Y AZUL PARA POLICÍA DE SEGURIDAD, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS EN ANEXO IV Y MODELO DE LA REPARTICIÓN. | 2036-9 | ||
7 | 2000 | UNIDAD | PROVISIÓN DE CHALECOS REFLECTIVOS, COLOR AMARILLO FLUÓ Y AZUL PARA POLICÍA DE SEGURIDAD VIAL, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS EN ANEXO IV Y MODELO DE LA REPARTICIÓN. | 2036-9 | ||
8 | 5000 | UNIDAD | PROVISIÓN DE BERMUDAS CONFECCIONADAS EN TELA RIP STOP, COLOR AZUL NOCHE , SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS EN ANEXO IV Y MODELO DE LA REPARTICIÓN. | 6738-47 | ||
NOTA 1: LOS GASTOS DE SEGURO Y FLETE QUEDARÁN SOLVENTADOS POR EL PROVEEDOR.- | ||||||
$
PESOS:
IMPORTE TOTAL DE LA PROPUESTA (EN NÚMEROS Y LETRAS)
PLIEG-2020-24567432-GDEBA-DCYCMSGP
X X X X X X X X XX XX X R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
2020 - Año del Bicentenario de la Provincia de Buenos Aires
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: PLIEG-2020-24567432-GDEBA-DCYCMSGP
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 30 de Octubre de 2020
Referencia: EX-2020-21450753-GDEBA-DDPRYMGEMSGP
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 50 pagina/s.
Digitally signed by GDE BUENOS AIRES
DN: cn=GDE BUENOS AIRES, c=AR, o=MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL, serialNumber=CUIT 30715471511
Date: 2020.10.30 20:35:19 -03'00'
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Jefe de Departamento
Dirección de Compras y Contrataciones Ministerio de Seguridad
Digitally signed by GDE BUENOS AIRES
DN: cn=GDE BUENOS AIRES, c=AR, o=MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL,
serialNumber=CUIT 30715471511
Date: 2020.10.30 20:35:20 -03'00'