ANEXO DEL CONTRATO DE CRÉDITO Y/O LÍNEA DE CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA B Y MICROEMPRESA (PYME) HOJA RESUMEN
ANEXO DEL CONTRATO DE CRÉDITO Y/O LÍNEA DE CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA B Y MICROEMPRESA (PYME) HOJA RESUMEN
Información de los Costos y Condiciones Crediticias. Ley 27768 / Resolución S.B.S. N° 1765 – 2005 y sus modificatorias
Apellidos y nombres de EL CLIENTE: | |||
Apellidos y nombres de el/la cónyuge de EL CLIENTE: | |||
Producto: | Moneda: | Soles Dólares | Monto Mínimo del Crédito/ Línea Crédito1: |
T.E.A. Fija (Compensatoria): % T.C.E.A. Xxxx Xxxxx Efectivo: % | Total de intereses: De acuerdo a cronograma adjunto | ||
Cantidad de Cuotas: | Periodo xx xxxxxx: días Periodicidad de Pago: | Seguro de desgravamen: Individual Conyugal | |
Solicito la entrega del cronograma final a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas. |
PRODUCTO 🡺 | PEQUEÑA EMPRESA B Y MICROEMPRESA (PYME) | |
Seguro Desgravamen sobre saldo deudor (Prima Bruta Mensual)2 | Titular | Titular y Cónyuge |
0.077 % | 0.15 % | |
Seguro al Bien (Prima Bruta Mensual)3 | Inmuebles | Maquinarias y Equipos |
0.025 % (Sobre valor de fábrica) | ||
Comisión por Portes | No aplica | |
Comisión por Administración de Póliza Endosada4 | US$ 15 | |
Comisión por Revisión de Valuación5 | US$ 10 | |
Gasto por Valuación/Tasación6 | S/. 132 | |
En caso de incumplimiento: | ||
Penalidad por Xxxx Xxxxxx:7 | ||
Día de Cobro | Monto S/. | Monto US$ |
Al día 1 | S/. 25.00 | US$ 10.00 |
Al día 3 | S/. 50.00 | US$ 20.00 |
Al día 5 | S/. 80.00 | US$ 32.00 |
Al día 9 | S/. 120.00 | US$ 48.00 |
Gastos Judiciales8 | Se cobrarán según las tarifas relacionadas al proceso judicial | |
Constitución de Garantías Reales (Hipoteca / Garantía Mobiliaria) | ||
Comisión de Estudio de Títulos | US$ 25 o S/. 82.50 | |
Elaboración de Contrato de Garantía Real (hipoteca o garantía mobiliaria) | US$ 25 o S/. 82.50 | |
Gastos Notariales9 | S/.300 / S/.250 / S/.60 | |
Gastos Registrales10 | De acuerdo a aranceles de Registros Públicos | |
Levantamiento de Garantías11 | ||
Elaboración de Minuta de Levantamiento de Garantía Real (hipoteca y garantía mobiliaria). | US$ 50 o S/. 165 | |
Elaboración de Minuta de Levantamiento de Garantía Mobiliaria Vehicular. | US$ 50 o S/. 165 |
Comisión y Gastos Notariales | |
Comisión por Estudio de Poderes | US$ 10 o S/. 33 |
Cartas Notariales | S/. 15 (por carta) |
Legalización copia de documento | S/. 4.72 (por hoja) |
Las partes acuerdan que estos costos durante la vigencia del crédito podrán ser modificados por EL BANCO, de acuerdo a condiciones xxx xxxxxxx. EL BANCO se obliga a comunicar dichas variaciones de acuerdo con lo señalado en el contrato respectivo. La permanencia o continuación en el uso de los servicios por parte de EL CLIENTE, significarán su total aceptación a las referidas modificaciones, por lo que de no estar conforme con ellas, EL CLIENTE deberá, manifestarlo por escrito dentro de los 5 días calendario de recibida la comunicación y/o tomado conocimiento de la misma, cesando en ese caso el servicio no aceptado, previo pago de lo adeudado y demás obligaciones directa o indirectas que EL CLIENTE mantenga. EL CLIENTE se obliga a cumplir con las obligaciones de pago a su cargo en forma puntual y a constituir las garantías cuando corresponda. Ante el incumplimiento del pago según las condiciones pactadas, se procederá a realizar el reporte correspondiente a las Centrales de Riesgos con la calificación que corresponda, de conformidad con el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones vigente. Los intereses compensatorios se devengarán hasta que la deuda quede íntegramente cancelada en el plazo pactado. Se aplicaran intereses moratorios a partir del día siguiente de la fecha de pago, de no haberse cumplido con el mismo. La intimación en xxxx es automática.
EL CLIENTE podrá realizar pagos anticipados por el saldo del crédito, en forma total o parcial con la correspondiente reducción de intereses al día de pago. Cuando se produzca un pago anticipado parcial de la deuda, EL BANCO podrá optar por reducir el importe de las cuotas o disminuir el plazo del crédito por periodos anuales.
Todas las condiciones se refieren al tarifario a la fecha en que se emite la presente Hoja Resumen.
Las transacciones antes señaladas estarán afectas a los tributos de acuerdo a disposiciones legales vigentes. En lo que respecta al ITF, la tasa actual es de 0.005%.
Las condiciones especiales del crédito12: El monto total a pagar por intereses, el monto total a pagar por el crédito13, la tasa de costo efectivo anual, el número de cuotas, el monto de la cuota, periodicidad y fecha de pago, se indicarán en el cronograma de pagos que se entregará a EL CLIENTE con el desembolso xxx xxxxxxxx y que forma parte del presente documento. EL CLIENTE declara conocer y aceptar que la primera cuota de pago correspondiente a EL CRÉDITO, incluirá los intereses compensatorios generados a partir del día del desembolso hasta el pago de la primera cuota.
EL CLIENTE recibirá, una vez desembolsado EL CRÉDITO, un cronograma de pagos en el que se detallan las fechas de vencimiento finales de las cuotas de EL CRÉDITO y demás información acerca del mismo. La no observación por EL CLIENTE de este cronograma en un plazo de 30 días o el pago de cualquiera de las cuotas que el mismo señale implica la aceptación del mismo. El cronograma de pagos podrá ser modificado por variaciones en EL CRÉDITO de acuerdo a lo establecido en los respectivos contratos.
Los fiadores solidarios y/o avalistas respaldan la presente obligación así como cualquier otra obligación presente o futura, directa o indirecta que el cliente haya contratado o asuma durante su vigencia ante EL BANCO. La vigencia de la garantía será indefinida y sólo quedará liberada cuando el cliente no mantenga obligaciones pendientes con EL BANCO.
El CLIENTE declara haber recibido la presente Xxxx Xxxxxxx y el Contrato para su lectura y que EL BANCO ha absuelto todas sus preguntas, suscribiendo el presente documento y el Contrato con absoluto conocimiento de sus alcances en cuanto a derechos, obligaciones y responsabilidades contenidas.
El presente documento carece de valor si no está acompañado del respectivo contrato firmado por los representantes de EL BANCO.
1 El Monto Definitivo se comunicará al momento del desembolso.
2 MAPFRE PERÚ es la compañía de seguros que emite la póliza N° 6110610100007 en soles y N° 6110610100006 en dólares. Incluye 3% por Derechos de Emisión. Tasa mensual sobre la base de 30 días, considerando para el cálculo los días del mes en curso.
3 MAPFRE PERÚ es la compañía de seguros que emite la póliza para incendio N° 2010610100560 en soles y N° 2010610100559 en dólares, y la póliza de vehículos 30092 en dólares. Incluye 18% por IGV y 3% por Derechos de Emisión.
4 Por la revisión del endoso de la póliza o renovación de la misma, la cual se aplicará fuera del crédito, por única vez mediante cargo compulsivo en la cuenta del cliente, una vez efectuada la revisión de la documentación respectiva. El comprobante de pago por el cobro de dicha comisión se emitirá a fin de mes, a solicitud del cliente.
5 Ésta comisión no es aplicable a aquellos clientes protegidos por la regulación de transparencia de información y contratación con usuarios del sistema financiero.
6 Solo para bienes ubicados dentro de la localidad e inmuebles hasta 700 m2. Los gastos adicionales serán asumidos por el cliente.
7 Cobro de Penalidad por Pago Tardío con estructura por tramos para los Préstamos Pyme (Pequeña Empresa B y Microempresa) que rige a partir del primer día de atraso del pago de su cuota, aplicándose el cobro por importe fijo de acuerdo al plazo de atraso.
8 Las comisiones y gastos de cobranza extra-judicial y judicial serán los vigentes en el tarifario del Banco en el momento del incumplimiento.
9 Los gastos para la constitución de la garantía hipotecaria o garantía mobiliaria sobre vehículos serán cancelados por el cliente en las notarías autorizadas por el Banco.
10 Pueden variar según tarifario de SUNARP y son pagados por el cliente en Notaría.
11 El cliente declara que los fines del crédito son para el desarrollo de su actividad empresarial propia del objeto de su negocio.
12 Conceptos no aplicables en los casos de líneas de crédito.
13 Aplicable únicamente en el caso de pagos puntuales.
Cláusula de Protección
“En caso EL CLIENTE hubiera accedido al presente formato de contrato a través de la web o de cualquier otro medio electrónico que EL BANCO hubiera puesto a su disposición, desde ya manifiesta que en el supuesto que existiera alguna discrepancia entre el presente documento impreso y el archivo electrónico del cual se tomó, prevalecerá la versión registrada en los medios electrónicos de EL BANCO.
, de del .
Cliente Sr(a). | Cónyuge del Cliente Sr(a). |
Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a). | Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a). |
ORIGINAL – ARCHIVO
ANEXO DEL CONTRATO DE CRÉDITO Y/O LÍNEA DE CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA B Y MICROEMPRESA (PYME) HOJA RESUMEN
Información de los Costos y Condiciones Crediticias. Ley 27768 / Resolución S.B.S. N° 1765 – 2005 y sus modificatorias
Apellidos y nombres de EL CLIENTE: | |||
Apellidos y nombres de el/la cónyuge de EL CLIENTE: | |||
Producto: | Moneda: | Soles Dólares | Monto Mínimo del Crédito/ Línea Crédito1: |
T.E.A. Fija (Compensatoria): % T.C.E.A. Xxxx Xxxxx Efectivo: % | Total de intereses: De acuerdo a cronograma adjunto | ||
Cantidad de Cuotas: | Periodo xx xxxxxx: días Periodicidad de Pago: | Seguro de desgravamen: Individual Conyugal | |
Solicito la entrega del cronograma final a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas. |
PRODUCTO 🡺 | PEQUEÑA EMPRESA B Y MICROEMPRESA (PYME) | |
Seguro Desgravamen sobre saldo deudor (Prima Bruta Mensual)2 | Titular | Titular y Cónyuge |
0.077 % | 0.15 % | |
Seguro al Bien (Prima Bruta Mensual)3 | Inmuebles | Maquinarias y Equipos |
0.025 % (Sobre valor de fábrica) | ||
Comisión por Portes | No aplica | |
Comisión por Administración de Póliza Endosada4 | US$ 15 | |
Comisión por Revisión de Valuación5 | US$ 10 | |
Gasto por Valuación/Tasación6 | S/. 132 | |
En caso de incumplimiento: | ||
Penalidad por Xxxx Xxxxxx:7 | ||
Día de Cobro | Monto S/. | Monto US$ |
Al día 1 | S/. 25.00 | US$ 10.00 |
Al día 3 | S/. 50.00 | US$ 20.00 |
Al día 5 | S/. 80.00 | US$ 32.00 |
Al día 9 | S/. 120.00 | US$ 48.00 |
Gastos Judiciales8 | Se cobrarán según las tarifas relacionadas al proceso judicial | |
Constitución de Garantías Reales (Hipoteca / Garantía Mobiliaria) | ||
Comisión de Estudio de Títulos | US$ 25 o S/. 82.50 | |
Elaboración de Contrato de Garantía Real (hipoteca o garantía mobiliaria) | US$ 25 o S/. 82.50 | |
Gastos Notariales9 | S/.300 / S/.250 / S/.60 | |
Gastos Registrales10 | De acuerdo a aranceles de Registros Públicos | |
Levantamiento de Garantías11 | ||
Elaboración de Minuta de Levantamiento de Garantía Real (hipoteca y garantía mobiliaria). | US$ 50 o S/. 165 | |
Elaboración de Minuta de Levantamiento de Garantía Mobiliaria Vehicular. | US$ 50 o S/. 165 |
Comisión y Gastos Notariales | |
Comisión por Estudio de Poderes | US$ 10 o S/. 33 |
Cartas Notariales | S/. 15 (por carta) |
Legalización copia de documento | S/. 4.72 (por hoja) |
Las partes acuerdan que estos costos durante la vigencia del crédito podrán ser modificados por EL BANCO, de acuerdo a condiciones xxx xxxxxxx. EL BANCO se obliga a comunicar dichas variaciones de acuerdo con lo señalado en el contrato respectivo. La permanencia o continuación en el uso de los servicios por parte de EL CLIENTE, significarán su total aceptación a las referidas modificaciones, por lo que de no estar conforme con ellas, EL CLIENTE deberá, manifestarlo por escrito dentro de los 5 días calendario de recibida la comunicación y/o tomado conocimiento de la misma, cesando en ese caso el servicio no aceptado, previo pago de lo adeudado y demás obligaciones directa o indirectas que EL CLIENTE mantenga. EL CLIENTE se obliga a cumplir con las obligaciones de pago a su cargo en forma puntual y a constituir las garantías cuando corresponda. Ante el incumplimiento del pago según las condiciones pactadas, se procederá a realizar el reporte correspondiente a las Centrales de Riesgos con la calificación que corresponda, de conformidad con el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones vigente. Los intereses compensatorios se devengarán hasta que la deuda quede íntegramente cancelada en el plazo pactado. Se aplicaran intereses moratorios a partir del día siguiente de la fecha de pago, de no haberse cumplido con el mismo. La intimación en xxxx es automática.
EL CLIENTE podrá realizar pagos anticipados por el saldo del crédito, en forma total o parcial con la correspondiente reducción de intereses al día de pago. Cuando se produzca un pago anticipado parcial de la deuda, EL BANCO podrá optar por reducir el importe de las cuotas o disminuir el plazo del crédito por periodos anuales.
Todas las condiciones se refieren al tarifario a la fecha en que se emite la presente Hoja Resumen.
Las transacciones antes señaladas estarán afectas a los tributos de acuerdo a disposiciones legales vigentes. En lo que respecta al ITF, la tasa actual es de 0.005%.
Las condiciones especiales del crédito12: El monto total a pagar por intereses, el monto total a pagar por el crédito13, la tasa de costo efectivo anual, el número de cuotas, el monto de la cuota, periodicidad y fecha de pago, se indicarán en el cronograma de pagos que se entregará a EL CLIENTE con el desembolso xxx xxxxxxxx y que forma parte del presente documento. EL CLIENTE declara conocer y aceptar que la primera cuota de pago correspondiente a EL CRÉDITO, incluirá los intereses compensatorios generados a partir del día del desembolso hasta el pago de la primera cuota.
EL CLIENTE recibirá, una vez desembolsado EL CRÉDITO, un cronograma de pagos en el que se detallan las fechas de vencimiento finales de las cuotas de EL CRÉDITO y demás información acerca del mismo. La no observación por EL CLIENTE de este cronograma en un plazo de 30 días o el pago de cualquiera de las cuotas que el mismo señale implica la aceptación del mismo. El cronograma de pagos podrá ser modificado por variaciones en EL CRÉDITO de acuerdo a lo establecido en los respectivos contratos.
Los fiadores solidarios y/o avalistas respaldan la presente obligación así como cualquier otra obligación presente o futura, directa o indirecta que el cliente haya contratado o asuma durante su vigencia ante EL BANCO. La vigencia de la garantía será indefinida y sólo quedará liberada cuando el cliente no mantenga obligaciones pendientes con EL BANCO.
El CLIENTE declara haber recibido la presente Xxxx Xxxxxxx y el Contrato para su lectura y que EL BANCO ha absuelto todas sus preguntas, suscribiendo el presente documento y el Contrato con absoluto conocimiento de sus alcances en cuanto a derechos, obligaciones y responsabilidades contenidas.
El presente documento carece de valor si no está acompañado del respectivo contrato firmado por los representantes de EL BANCO.
1 El Monto Definitivo se comunicará al momento del desembolso.
2 MAPFRE PERÚ es la compañía de seguros que emite la póliza N° 6110610100007 en soles y N° 6110610100006 en dólares. Incluye 3% por Derechos de Emisión. Tasa mensual sobre la base de 30 días, considerando para el cálculo los días del mes en curso.
3 MAPFRE PERÚ es la compañía de seguros que emite la póliza para incendio N° 2010610100560 en soles y N° 2010610100559 en dólares, y la póliza de vehículos 30092 en dólares. Incluye 18% por IGV y 3% por Derechos de Emisión.
4 Por la revisión del endoso de la póliza o renovación de la misma, la cual se aplicará fuera del crédito, por única vez mediante cargo compulsivo en la cuenta del cliente, una vez efectuada la revisión de la documentación respectiva. El comprobante de pago por el cobro de dicha comisión se emitirá a fin de mes, a solicitud del cliente.
5 Ésta comisión no es aplicable a aquellos clientes protegidos por la regulación de transparencia de información y contratación con usuarios del sistema financiero.
6 Solo para bienes ubicados dentro de la localidad e inmuebles hasta 700 m2. Los gastos adicionales serán asumidos por el cliente.
7 Cobro de Penalidad por Pago Tardío con estructura por tramos para los Préstamos Pyme (Pequeña Empresa B y Microempresa) que rige a partir del primer día de atraso del pago de su cuota, aplicándose el cobro por importe fijo de acuerdo al plazo de atraso.
8 Las comisiones y gastos de cobranza extra-judicial y judicial serán los vigentes en el tarifario del Banco en el momento del incumplimiento.
9 Los gastos para la constitución de la garantía hipotecaria o garantía mobiliaria sobre vehículos serán cancelados por el cliente en las notarías autorizadas por el Banco.
10 Pueden variar según tarifario de SUNARP y son pagados por el cliente en Notaría.
11 El cliente declara que los fines del crédito son para el desarrollo de su actividad empresarial propia del objeto de su negocio.
12 Conceptos no aplicables en los casos de líneas de crédito.
13 Aplicable únicamente en el caso de pagos puntuales.
Cláusula de Protección
“En caso EL CLIENTE hubiera accedido al presente formato de contrato a través de la web o de cualquier otro medio electrónico que EL BANCO hubiera puesto a su disposición, desde ya manifiesta que en el supuesto que existiera alguna discrepancia entre el presente documento impreso y el archivo electrónico del cual se tomó, prevalecerá la versión registrada en los medios electrónicos de EL BANCO.
, de del .
Cliente Sr(a). | Cónyuge del Cliente Sr(a). |
Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a). | Scotiabank Perú S.A.A. (El Banco) Sr(a). |