A N U N C I O
A N U N C I O
El Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, en sesión extraordinaria urgente celebrada con fecha 29 de diciembre de 2016, adoptó acuerdo relativo a las “AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACION
LABORAL EN LA ISLA DE EL HIERRO II”, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
“PRIMERO: Resolver de manera favorable la convocatoria, concediéndose ayudas para el fomento de la contratación laboral en la isla de El Hierro (2) expedientes, según figuran en el Anexo II, por importe de doce mil euros (12.000,00€), con cargo a la aplicación presupuestaria 0105 241 470 00 del Área de Empleo y Desarrollo Económico, según RC contabilizado con número de operación 220160007656 de fecha 28 xx xxxxx de 2016, del Presupuesto xxx Xxxxxxx Insular de El Hierro para el ejercicio 2016.
SEGUNDO: El plazo de ejecución y realización del gasto aprobado en cada expediente será a partir de la fecha de formalización del contrato, en el mes posterior a la fecha de la presente resolución.
TERCERO: El plazo para presentar la justificación será de tres meses a partir de la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada, transcurridos los seis meses de el/los contrato/s subvencionado/s con compromiso de mantenimiento.
CUARTO: Desestimar los expedientes (4) que figuran en el Anexo III de esta resolución, por no cumplir con alguno de los requisitos exigidos en las Bases Reguladoras.
QUINTO: Obligaciones de los beneficiarios:
“Con la presentación de la solicitud se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen. El incumplimiento de tales obligaciones por el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno.
Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
b) Justificar ante el Cabildo Insular de El Hierro, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el Cabildo Insular de El Hierro, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. (Los técnicos del Área de Empleo y Desarrollo Económico xxx Xxxxxxx Insular de El Hierro podrán realizar una visita de verificación,
si lo estiman necesario, con su correspondiente informe, sobre el mantenimiento de las contrataciones realizadas en el transcurso de los seis meses de duración del contrato).
d) Comunicar al Cabildo Insular de El Hierro la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma, se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, para ello el beneficiario de la subvención xxx Xxxxxxx Insular de El Hierro deberá dar publicidad de la cofinanciación de la actividad empresarial subvencionada mediante la exposición en un lugar visible de su establecimiento de un cartel, cuyo modelo será proporcionado por el Departamento de Empleo y Desarrollo Económico.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en caso de no cumplir con los requisitos, condiciones y obligaciones establecidas, así como en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
j) Comunicar al Cabildo Insular de El Hierro las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención, antes de que finalice el plazo de realización de la actividad o conducta para la cual se solicitó la misma.
k) Autorizar sin limitaciones al Cabildo Insular de El Hierro, a sus distintas áreas, así como al personal que gestiona estas ayudas, al tratamiento de los datos de carácter personal, según las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias entre instituciones.
l) Las empresas beneficiarias asumirán el compromiso de no reducir la plantilla de trabajadores de su centro en la isla de El Hierro durante el periodo establecido para la solicitud, percepción de la subvención y mantenimiento de los contratos subvencionados.
Deberá mantener la plantilla anterior o número de trabajadores contratados en el momento de las nuevas contrataciones, más los contratos realizados por los periodos comunicados en la solicitud de subvención.
Cuando se produzcan bajas de algún trabajador subvencionado se deberá sustituir por una nueva contratación en el periodo máximo de un mes, contado desde el día siguiente de la fecha de baja, perteneciendo el nuevo trabajador al mismo colectivo y teniendo igual de condiciones que el trabajador subvencionado, según los criterios de solicitud de la convocatoria presentados, por el periodo de tiempo que restaba al contrato sustituido.
m) La persona/empresa beneficiaria estará obligada a comunicar las características de la subvención obtenida al trabajador por cuya contratación ha sido beneficiaria de la subvención.
n) Tener justificadas todas las subvenciones anteriores concedidas por el Cabildo Insular de El Hierro, así como estar al corriente de las obligaciones con el mismo y sus empresas públicas.
o) Cuales quiera otras obligaciones que vengan expresamente fijadas en las presentes Bases.”
SEXTO: Forma de Justificación:
“El beneficiario de estas ayudas deberá justificar la realización de la actividad subvencionada, conforme a lo establecido en los artículos 30 y 31 de la Ley 30/2003, General de Subvenciones, y 72 y siguientes del Reglamento que la desarrolla.
El gasto justificado deberá estar indubitadamente producido por el ejercicio de las actividades subvencionadas por el beneficiario en centro de trabajo ubicado en la isla de El Hierro, y lo acreditará según lo siguiente:
- Escrito de solicitud de justificación dirigido al Cabildo Insular de El Hierro, con los datos del beneficiario, el importe de la subvención concedida y la documentación que aporta para la justificación de la subvención concedida. (ANEXO IV)
- Original o fotocopia compulsada del contrato de trabajo del trabajador o trabajadores contratados para los que solicitó la subvención, en el que se deberá consignar, sin que sea remisible la sola remisión a convenio: duración, categoría profesional, jornada y salario. Asimismo, se indicará expresamente el Convenio colectivo o legislación aplicable a la relación laboral consignando los datos concretos que permitan su identificación.
- Copia compulsada del DNI del trabajador contratado.
- Certificado de empadronamiento del trabajador contratado expedido por alguno de los Ayuntamientos de la isla en el momento de la contratación. (En caso de haberse trasladado entre municipios de la isla en los últimos 12 meses presentar los correspondientes certificados de empadronamiento justificando traslado).
- Fotocopia compulsada de la tarjeta de desempleo de la persona contratada o documento emitido por el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx (DARDE) acreditativo de la condición de desempleado inscrito en la oficina del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx en la isla de El Hierro de la persona o personas contratadas por la empresa en el momento de la formalización del contrato.
- Copia compulsada de certificado de grado de discapacidad reconocido, emitido por órgano competente en la materia, del trabajador con discapacidad contratado, en su caso.
- Informe original del periodo de inscripción como demandante de empleo de cada trabajador contratado expedido por el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx en el momento de la contratación.
- En caso de haber percibido subvención por la contratación de un titulado universitario en grupo/categoría profesional de técnico superior o medio, presentar copia compulsada de la titulación acreditativa del trabajador.
- Declaración del trabajador contratado en la que se hace constar que ha sido informado de que su contrato ha sido subvencionado por el Cabildo Insular de El Hierro y que autoriza a la empresa a la cesión de sus datos personales al Cabildo Insular de El Hierro a efectos de la justificación de la subvención para el fomento de la contratación laboral en la isla de El Hierro. (ANEXO V).
- Original o fotocopias compulsadas de las nóminas abonadas a las personas contratadas, correspondientes al periodo de los cuatro meses subvencionados, debidamente firmadas por el trabajador y la empresa.
- Justificantes acreditativos del pago de las nóminas:
- Los pagos realizados mediante transferencias bancarias: el extracto o documento bancario que refleje la operación.
- Los pagos realizados mediante talón o cheque bancario: copia del mismo y extracto bancario que refleje la operación.
- Original o fotocopias compulsadas de los TC1 y TC2 donde se recojan los datos de la persona o personas contratadas, correspondientes a los cuatro meses del periodo subvencionado.
- Justificantes acreditativos del pago de la seguridad social.
- Copia compulsada del modelo 111 (Retenciones a cuenta del IRPF), donde se incluya a la persona o personas contratadas, correspondiente a los cuatro meses del periodo subvencionado, podrá acompañarse con el certificado de retenciones anual del trabajador, y conjuntamente se presentarán los justificantes acreditativos del pago de las retenciones.
- Una relación clasificada e identificada de los gastos incurridos para el desarrollo de la actividad que han sido financiados en todo o en parte con la ayuda y su costes, con el desglose de cada uno de los gastos en que ha incurrido con arreglo a la modalidad de Cuenta Justificativa (ANEXO VI), relacionando los documentos justificativos presentados.
Los documentos justificativos del gasto serán objeto de estampillado por el Departamento de Empleo y Desarrollo Económico de acuerdo con lo previsto en el artículo 73.2 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
No se admitirá el pago en metálico de los gastos subvencionables.
En cualquier caso, deberá incluirse en la justificación el importe total de las actividades realizadas, en el periodo de gasto subvencionado, tanto las financiadas con la ayuda objeto de estas bases reguladoras, como las financiadas con fondos propios u otras subvenciones o recursos, con las siguientes particularidades:
• Por el importe financiado por la ayuda concedida por el Cabildo Insular de El Hierro, deberán aportarse las facturas o documentos originales.
• Por el importe financiado con otros fondos, en su caso, se aportarán copias compulsadas de las facturas o documentos justificativos.
En el caso de existir otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad subvencionada, se aportara una relación detallada de los mismos con indicación de su importe y procedencia.
- Se aportará Informe de Vida Laboral de la empresa, referido al periodo comprendido entre la fecha de inicio de las contrataciones y la fecha de finalización del compromiso de inserción (seis meses desde el inicio del contrato subvencionado computable para el cumplimiento del requisito de mantenimiento), donde figure el número y situación de la afiliación en el régimen que corresponda de los trabajadores por cuenta ajena.
- Acreditar la publicidad de la cofinanciación de la actividad empresarial subvencionada por el Cabildo Insular de El Hierro mediante documento gráfico que acredite la exposición en un lugar visible de su establecimiento de un cartel, cuyo modelo será proporcionado por el Departamento de Empleo y Desarrollo Económico.
La documentación justificativa de la subvención concedida deberá presentarse en cualquiera de los Registros (General o Auxiliares) de la Corporación Insular, a que hace referencia la Base 9º de las presentes y dirigirse al Departamento de Empleo y Desarrollo Económico que gestiona la concesión de la presente subvención. El plazo para presentar la justificación será de tres meses a partir de la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada, transcurridos los seis meses de el/los contrato/s subvencionado/s con compromiso de mantenimiento.
Aquellos beneficiarios que solicitaron y se comprometieron a realizar contratos con compromiso de mantenimiento superior a seis meses, deberán presentar además, Informe de Vida Laboral de la empresa una vez finalizado el contrato del trabajador contratado, donde figure que el mismo se ha mantenido en la empresa durante el periodo de contrato solicitado.
La no justificación de la presente subvención por parte del beneficiario conllevará la imposibilidad de la obtención de la condición de beneficiario para la percepción de otras subvenciones que convoque el Cabildo Insular de El Hierro.
El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos establecidos en este apartado o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.”
SEPTIMO: Reconocer la obligación y pago por los importes que se detallan en el Anexo II a los beneficiarios de las ayudas para el fomento de la contratación laboral en la isla de El Hierro.
OCTAVO: Publicar el presente acuerdo de resolución parcial de concesión de ayudas para el fomento de la contratación laboral en la isla de El Hierro en el
Tablón de Anuncios de la Corporación, por espacio de 15 días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones xxx Xxxxxxx Insular de El Hierro (B.O.P. nº 28, del miércoles 23 de febrero de 2005).
NOVENO: Trasladar a Intervención la presente resolución a efectos de remitir información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones respecto de las subvenciones que sean concedidas en el marco de las presentes Bases y dar cumplimiento a la obligación de publicidad prevista en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
DECIMO: En todo lo no previsto en las presentes Bases, así como en lo referente a los posibles incumplimientos, infracciones, sanciones y reintegro de la subvención, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones xxx Xxxxxxx Insular de El Hierro (B.O.P. nº 28, del miércoles 23 de febrero de 2005), en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de Desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
DECIMOPRIMERO: Notifíquese el presente acuerdo a los interesados, indicándole a los beneficiarios, que en el caso de querer renunciar a la ayuda concedida en la presente resolución dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para formular la renuncia expresa previo al abono de la misma.
DECIMOSEGUNDO: El presente acuerdo es un acto administrativo que pone fin a la vía administrativa, tal como establece el artículo 83 de la Ley 8/2015, de 1 xx xxxxx, de Cabildos Insulares, y artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DECIMOTERCERO: Que el expresado acuerdo puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de S/C de Tenerife en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de que puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 84.1 de la Ley 8/2015, de 1 xx xxxxx, de Cabildos Insulares, en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.
Interpuesto recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, transcurrido un mes sin que se notifique su resolución.
ANEXO I: SOLICITUDES PRESENTADAS
CONVOCATORIA AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACION LABORAL EN LA ISLA DE EL HIERRO
Nº EXPEDIENTE | FECHA PRESENTACION | Nº R.E. | SOLICITANTE | D.N.I/N.I.E./C.I.F. |
11/1EM/EYD-2016 | 17/08/2016 | 8882 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | X2292034-S |
22/1EM/EYD-2016 | 19/08/2016 | 9042 | XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | 43837948-V |
24/1EM/EYD-2016 | 19/08/2016 | 9045 | XXXXXXXXX 2000, S.L. | B38643045 |
25/1EM/EYD-2016 | 19/08/2016 | 9048 | XXXX XXXXXX XXXXXXXXX | 78401226-E |
49/1EM/EYD-2016 | 07/09/2016 | 9909 | XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | 43829041-B |
50/1EM/EYD-2016 | 14/09/2016 | 10241 | XXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX | 00000000-X |
XXXXX XX: SOLICITUDES ESTIMADAS
CONVOCATORIA AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACION LABORAL EN LA ISLA DE EL HIERRO
Nº EXPEDIENTE | FECHA PRESENTACION | Nº R.E. | SOLICITANTE | D.N.I/N.I.E. /C.I.F. | Nº CONTRATOS A REALIZAR | BAREMO | Nº TRABAJORES A MANTENER EN LA EMPRESA | IMPORTE AYUDA |
11/1EM/EYD-2016 | 17/08/2016 | 8882 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | X2292034-S | 2 | 17 | 0 | 8.000,00 € |
25/1EM/EYD-2016 | 19/08/2016 | 9048 | XXXX XXXXXX XXXXXXXXX | 78401226-E | 1 | 10 | 0 | 4.000,00 € |
TOTAL | 12.000,00 € |
ANEXO III: SOLICITUDES DESESTIMADAS
CONVOCATORIA AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACION LABORAL EN LA ISLA DE EL HIERRO
Nº EXPEDIENTE | FECHA PRESENTACION | Nº R.E. | SOLICITANTE | D.N.I/N.I.E. /C.I.F. | OBSERVACIONES |
22/1EM/EYD-2016 | 19/08/2016 | 9042 | XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | 43837948-V | Incumple Base 3. Ha procedido a la contratación del trabajador con anteroridad a la resolución de la convocatoria. |
24/1EM/EYD-2016 | 19/08/2016 | 9045 | XXXXXXXXX 2000, S.L. | B38643045 | Incumple Base 3. Ha procedido a la contratación del trabajador con anteroridad a la resolución de la convocatoria. |
49/1EM/EYD-2016 | 07/09/2016 | 9909 | XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | 43829041-B | Solicitud presentada fuera de plazo. |
50/1EM/EYD-2016 | 14/09/2016 | 10241 | XXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX | 21139310-X | Solicitud presentada fuera de plazo." |
Lo que se publica, en Xxxxxxxx de El Hierro, a 30 diciembre de 2016. El Presidente accidental, Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.