Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS EDUCATIVOS DE LA ESCUELA INFANTIL “El SACAPUNTAS” UBICADA EN LA CALLE LAS CIENCIAS DE FUENLABRADA
1.- SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO Y CARACTERÍSTICAS DE ÉSTE.
El objeto de este contrato es la gestión de la Escuela Infantil “EL SACAPUNTAS”, integrada en la Red Pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid situada en la calle Las Ciencias s/n de Fuenlabrada, perteneciente al Ayuntamiento de Fuenlabrada.
El servicio objeto del contrato estará supeditado, en todo caso, a la firma de la addenda del convenio específico en materia de Educación Infantil, de fecha 21 xx xxxxx de 2009, que se suscribe anualmente entre la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
La Escuela Infantil “EL SACAPUNTAS” es un equipamiento educativo construido con una infraestructura para atender 10 unidades de primer ciclo de Educación Infantil, pero en base a las demandas de escolarización durante el tiempo que lleva en funcionamiento la escuela y la reserva de plazas para el curso 2016/2017, se licitará con una estructura 8, ocho, unidades del primer ciclo de Educación Infantil, y en ella se ofertan plazas para un total de 118, ciento dieciocho, niños y niñas de edades comprendidas entre los 0 y los 3 años. El número de plazas de horario ampliado será de 112, ciento doce. Los agrupamientos previstos serán los siguientes:
- 2 grupos de niños/as de 0-1 año
- 3 grupos de niños/as de 1-2 años
- 3 grupos de niños/as de 2-3 años
Dentro de las 8 unidades establecidas para primer ciclo de Educación Infantil, la Dirección General de Educación Infantil y Primaria de la Consejería de Educación, en función de la demanda de escolarización del curso 2016/2017, ha autorizado 3 unidades como Casa de Niños y 5 unidades como Escuela Infantil.
El Ayuntamiento de Fuenlabrada junto con la Consejería de Educación atendiendo a la demanda de escolarización y por razón de interés público, podrá variar las características del servicio contratado, pudiendo modificarse la estructura del número de unidades (respetando siempre la existencia, como mínimo, de una unidad de cada nivel), o los servicios prestados por el centro.
El proceso de admisión de alumnos/as se ajustará al baremo establecido por la Consejería de Educación en su Orden sobre admisión de alumnos de primer ciclo de educación infantil en centros públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso escolar 2016-17. Asimismo, se reservarán las plazas necesarias para los alumnos con necesidades educativas especiales, siguiendo los criterios de dicha Orden.
Las 5 aulas de Escuela Infantil “EL SACAPUNTAS” prestará servicios educativos durante, al menos, diez horas diarias. De ellas, siete horas tendrán carácter de horario básico y la asistencia al mismo, se corresponderá con la cuota de escolaridad. La Escuela Infantil ofrecerá servicio de comedor para todos los niños y niñas escolarizados en el centro. El uso y abono de horario ampliado conllevará el servicio de desayuno y merienda.
Las 3 aulas de Casa de Niños “EL SACAPUNTAS” prestarán servicios educativos durante 4 horas diarias, sin servicios de comedor, pero si incluyendo el almuerzo a media mañana adaptado a las edades de los alumnos.
Previo visto bueno de la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Fuenlabrada, la entidad gestora podrá realizar otras actividades educativas en las instalaciones del centro, dirigidas también a niños y niñas no matriculados en su centro y a sus familias. Las actividades propuestas, así como las cuotas establecidas para esos servicios, formarán parte del proyecto de gestión del centro.
De igual forma, podrán realizarse actividades complementarias fuera de los periodos lectivos establecidos en el Calendario Escolar, dirigidas tanto al alumnado del centro como a sus familias, con la conformidad previa de la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
2.- MODALIDAD DE CONTRATO
La contratación de estos servicios educativos adoptará la modalidad de “Gestión de servicios públicos mediante concesión administrativa”. El contrato no supondrá relación jurídica laboral entre el adjudicatario y el personal dependiente de él con el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El importe máximo de funcionamiento de la escuela durante el curso escolar 2016/2017 se presupuesta en 454.494,48 €.
Dicha cantidad es el resultado de las siguientes variables:
- Coste de la escolaridad mensual por plaza escolar (242,76 €) por el número de plazas escolares (118) por el número de meses de emisión de recibos de cuotas a los usuarios de la escuela (11).
- Coste mensual del comedor (96 €) por el número de plazas escolares (118) por el número de meses de emisión de recibos de cuotas a los usuarios de la escuela (11)
- Coste del servicio de horario ampliado por período de media hora (12 €), por el número de tramos de media hora estimados (112) por el número de meses de emisión de recibos de cuotas a los usuarios de la escuela (11).
Deducidas del importe máximo de funcionamiento del proyecto por curso escolar, las aportaciones de los usuarios, calculadas en base a las aportaciones medias de escolaridad (en función de la renta per cápita familiar) y horario ampliado abonadas por las familias de la Escuela Infantil, aprobados por Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, (Recogidos en el Acuerdo de Junta de Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, con fecha 29 xx xxxxx de 2016) y al precio privado de comedor, aprobado por la Consejería de Educación (Orden 1808/2014, de 2 xx xxxxx, modificada por la Orden 2909/2014), y equivalentes a 271.920€ por curso escolar. (118 plazas x 104 € cuota media de escolaridad) + (118 plazas x 96 precio de comedor escolar) + 112 plazas x 10 € Horario ampliado)
El presupuesto del coste del contrato será:
454.494,48 € - 271.920 € = 182.574,48 € para el curso escolar 2016/2017. (Exentos de IVA)
4.- PRECIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN.
Siendo el presupuesto del coste del contrato para el curso 2016-17 de 182.574,48€, el precio de licitación para este periodo deberá desglosarse en los siguientes conceptos e importes máximos mensuales:
- Por escolaridad: 242,76 €
- Por comedor: 96,00 € (fijo, no sujeto a bajada económica)
- Por cada media hora de horario ampliado: 12,00 €
En el caso de las aulas con horario de Casa de Niños (cuatro horas), autorizadas por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, la cantidad que aportará el Ayuntamiento de Fuenlabrada será de 4/7 del importe fijado por la entidad gestora en su propuesta para las cuotas de escolaridad. (Se aconseja
solicitar a la Concejalía de Educación los datos de reserva de plaza del curso 2016-2017, para elaborar las ofertas económicas).
* Anualidades:
Las anualidades se realizarán sobre 11 pagos mensuales por cursos escolares y de manera proporcional, es decir, de septiembre a diciembre 4 mensualidades y de enero a Julio 7 mensualidades, todas ellas en función de los precios de adjudicación y el número de niños escolarizados cada mes.
- 2016: (182.574,48€ / 11 x 4) = 66.390,72 €
- 2017: (182.574,48€ / 11 x 7) = 116.183,76 €
Se realizarán ajustes proporcionales, si proceden, como consecuencia de variaciones en la fecha efectiva del comienzo del contrato, o por variaciones en el número de plazas ocupadas mensualmente.
5.- COMIENZO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de 1 año a partir del 1 de septiembre del 2016, o desde la fecha de firma del mismo, en caso de que ésta se produzca con posterioridad a dicha fecha, hasta 31 xx xxxxxx de 2017, ajustándose proporcionalmente el precio del contrato al nuevo plazo.
El contrato podrá prorrogarse de forma expresa, por acuerdo de ambas partes en periodos de un año, siendo el tiempo máximo del contrato hasta un máximo de 10 años En todo caso, las prórrogas del contrato finalizarán a 31 xx xxxxxx del curso escolar correspondiente.
La Empresa adjudicataria podrá acceder, desde la firma del contrato hasta la fecha de comienzo del mismo, a las instalaciones de la Escuela Infantil para adecuar y poner a punto los espacios con el fin de asegurar el normal funcionamiento en el comienzo de curso 2016-2017. Así como proceder a la gestión de cambio de titularidad de los suministros de electricidad, agua y gas, a nombre de la entidad adjudicataria del contrato.
6.- NORMATIVA REGULADORA DEL RÉGIMEN JURÍDICO SERVICIO.
• Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
• Ley Orgánica 2/2006 de 3 xx xxxx, de Educación.
• La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa
• Orden 2979/1996, de 13 de noviembre, de la Consejería de Educación (BOCM de 22 de noviembre), sobre elecciones y constitución de los Consejos Escolares de los Centros de la Red Pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid, modificada por Orden 1613/1999, de 26 de julio.
• Decreto 17/2008, de 0 xx xxxxx (XXXX 00 xx xxxxx), por el que se desarrollan para la Comunidad de Madrid las enseñanzas de la Educación Infantil.
• Decreto 18/2008, de 0 xx xxxxx (XXXX xx 00 xx xxxxx), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten el Primer Ciclo de Educación Infantil en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
• Orden 680/2009, de 19 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regula la evaluación de educación infantil y los documentos de aplicación.
• Decreto 105/2009, de 23 de diciembre (BOCM de 29 de diciembre), del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid.
• Orden 123/2015, de 26 de enero, de la Consejería de Educación sobre admisión de alumnos del Primer Ciclo de Educación Infantil de la red pública y centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Madrid, desarrollada posteriormente por la Resolución de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de 15 de diciembre de 2015, sobre el proceso de admisión para el curso 2016-2017.
En todo caso, el funcionamiento del centro deberá ajustarse a la normativa reguladora básica del servicio objeto del contrato obligándose a cumplir la normativa de aplicación en materia de educación infantil que dicte la Dirección General de Educación Infantil y Primaria de la Consejería de Educación, y que esté vigente durante la ejecución del contrato y que pueda complementar, sustituir o derogar la normativa anteriormente citada. En especial, se tendrá en cuenta la normativa que anualmente dicta este organismo por la que se regula el funcionamiento de las Escuelas Infantiles de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.
7.- REQUISITOS DE LA PLANTILLA DE PROFESIONALES
Se tendrán en cuenta el artículo 67 de la LCSP apartado e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
7.1. Equipo Educativo:
La plantilla de la Escuela Infantil deberá contar, como mínimo, con un director/a del centro y educadores/tutores en número igual al número de unidades del centro más uno, que cumplirán los siguientes requisitos:
• 1 profesional que será maestro/a especialista en Educación Infantil o profesor/a de primaria con la especialidad de Educación Infantil o titulado medio o superior con especialidad de Educación Infantil, asumiendo la Dirección de la Escuela.
• Los educadores/as que asumirán la función de tutores y deberán poseer alguna de las siguientes titulaciones:
o Técnico especialista en Jardines de Infancia
o Técnico especialista en Educación Infantil (módulo de nivel III)
o Técnico superior de Educación Infantil (ciclo grado superior)
o Maestro especialista en Educación infantil
o Profesor de EGB con la especialidad de Educación Preescolar
o Maestros de Primera Enseñanza
o Diplomado o Licenciado con la especialidad de Educación Infantil debidamente reconocida por la Administración Educativa
o Profesionales que estén habilitados por la Administración Educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil
La empresa adjudicataria propondrá el número adecuado de educadores/as de apoyo que serán valorados en las propuestas de mejora y que deberán cumplir los mismos requisitos que el resto de profesionales en cuanto a titulación, según se establece en el Decreto de 18/2008 del 6 xx Xxxxx.
• Experiencia:
o Al menos, la mitad de la plantilla educativa propuesta deberá poder justificar, mediante contratos acompañados de un informe de vida laboral, la experiencia laboral en educación infantil con un mínimo de un curso escolar (en el caso de contratos inferiores al curso escolar, se considerarán equivalentes la experiencia de nueve meses).
7.2. Servicio de cocina
• Personal de cocina:
La plantilla deberá contar, como mínimo, con un cocinero/a encargado del servicio de cocina, diferente de las que conforman el equipo educativo, que deberá poseer alguna de las siguientes titulaciones:
o FP de 2º grado. Xxxx xx Xxxxxxxxxx y Turismo, especialidad en cocina.
o Ciclo formativo de grado medio, familia hostelería o equivalente.
o Tres años de experiencia profesional acreditada como cocinero en dicha categoría, más la titulación de FP1, Rama de Hostelería especialidad en cocina o equivalente.
Todo el personal que se relacione con la alimentación deberá presentar documentación de haber realizado el curso de manipulador de alimentos.
7.3.- Personal de servicios:
El que se considere necesario para garantizar los servicios de cocina, limpieza, administración, conserjería y mantenimiento.
8.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR EN RELACIÓN AL PROYECTO EDUCATIVO Y ORGANIZATIVO DEL CENTRO:
8.1.- Proyecto educativo y organizativo del centro:
Proyecto relativo al desarrollo de la Educación Infantil en el centro, en el que se deberán incluir, con una extensión máxima de 75 páginas, tipo de letra Arial, tamaño superior o igual a 10, al menos, los siguientes aspectos:
A) Proyecto educativo y organizativo del centro:
- Fundamentos legislativos y teóricos.
- Proceso y criterios para la elaboración del proyecto educativo: características del entorno social y cultural del centro, objetivos con especial referencia a la participación y relación con las familias. Acción tutorial. Plan de convivencia.
- Propuesta pedagógica incluyendo una Unidad de Programación para cada nivel de edad.
- Plan de atención a la diversidad del alumnado. Inclusión de medidas de apoyo y atención educativa de los alumnos con necesidades educativas especiales. Inclusión en el proyecto educativo y la propuesta pedagógica del centro.
- Acciones encaminadas a fomentar la calidad.
- Proyecto de Gestión de los recursos humanos, materiales y económicos
- Normas de organización, funcionamiento y convivencia.
- Propuesta de actividades complementarias: Relación de actividades con la inclusión de los siguientes aspectos: Destinatarios, personal y titulación del mismo, horarios, cuotas, etc.
B) Proyecto de iniciación al inglés:
- Horas de exposición al idioma inglés.
- Metodología didáctica.
Para el desarrollo del programa de iniciación al inglés deberá contarse con personal que esté en posesión de titulación oficial que corresponda, al menos, a las competencias del nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. El número de personas con dicha titulación será el necesario para desarrollar el proyecto de iniciación al inglés en el número de horas semanales que la entidad ha propuesto en el Proyecto Educativo y Organizativo del centro.
La parte del Proyecto Educativo y Organizativo del Centro contemplado en este apartado 9.1 que exceda, en su caso, la extensión máxima indicada no será objeto de valoración.
8.2.- Personal educativo que desarrollará el proyecto.
Se realizará siguiendo los requisitos de la plantilla de profesionales determinada en la cláusula 7. La información que se debe facilitar para permitir la valoración de este criterio de adjudicación se realizará a través de la cumplimentación del Anexo II al Pliego de prescripciones técnicas.
9.- PÓLIZAS DE SEGUROS.
La empresa deberá contar con una póliza de responsabilidad civil por un importe de
600.000 € y estará destinada a cubrir la actividad objeto del contrato y mantenerse en vigor durante la vigencia del mismo. Dicha póliza se entregará en la formalización del contrato.
10.- PENALIDADES
Además de las previstas en el artículo 212 del Texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público, se podrán imponer penalidades al contratista de hasta un 3 % del importe anual del precio del contrato en el año en que se produzca el incumplimiento por los siguientes motivos:
1.- Incumplimiento de los deberes y obligaciones del contratista que afecten a los niños de la Escuela Infantil: deficiencias en el adecuado mantenimiento de las instalaciones, la falta de higiene, ausencia o escasez de materiales, deficiencias en la calidad de los menús.
2.- Incumplimiento de los deberes y obligaciones respecto a la Administración titular de la Escuela Infantil: no solicitar la autorización previa del Ayuntamiento de Fuenlabrada
para efectuar cambios en el equipo educativo de la Escuela Infantil si dichos cambios modifican el número y cualificación de la misma, no aportar toda la documentación que le requiera el Ayuntamiento de Fuenlabrada para el seguimiento de los contratos, no gestionar las actividades educativas y administrativas de la Escuela Infantil, no participar en las experiencias educativas que considere oportuno el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
3.- Incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para la correcta prestación del servicio.
4.- Falsedad o falsificación en relación a las actividades realmente desarrolladas.
5.- Incumplimiento de las directrices que se reserva la Administración titular u obstaculización a que ésta pueda desempeñar las funciones de fiscalización y control que le son propias.
6.- Vulneración del deber de guardar secreto respecto a los datos de carácter personal que se conozcan en razón de las actividades que se realicen cuando constituyan infracción conforme a la legislación aplicable.
Los anteriores incumplimientos y vulneraciones se considerarán graves cuando se realicen mediando dolo o negligencia grave, así como cuando sean reiterados, considerando como tales los que persistan y sobre los que se haya impuesto una primera penalidad leve. En tal caso, se impondrá una penalidad del 7 % del presupuesto del contrato.
Se considerará falta muy grave el inadecuado trato a los niños o a sus familias: gritos, amenazas, trato poco educado, etc. Ello conllevará una penalidad del 10 % del presupuesto del contrato.
El procedimiento para imponer las penalidades será el establecido en el artículo 212.8 del TRLCSP.
11.- APORTACIONES ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 5 del Decreto 105/2009, de 23 de diciembre (B.O.C.M. 29 de diciembre), por el que se regula la financiación del primer ciclo de educación Infantil en la Comunidad de Madrid, la entidad adjudicataria percibirá, por cada plaza ocupada durante el período de liquidación que corresponda, una cantidad igual a la suma de la cuota de escolaridad y la cuota de horario ampliado (hasta 3 horas), en función de su uso para cada una de las plazas, fijadas en su proposición económica. Dicha cantidad será aportada de la siguiente manera:
1. La entidad adjudicataria deberá facturar durante los 11 meses de actividades lectivas (septiembre a julio) del curso escolar directamente a los usuarios el importe de la cuota de escolaridad (siete horas) y, horario ampliado (hasta 3 horas), que son establecidas anualmente para cada curso escolar por la Comunidad de Madrid mediante Acuerdo de Precio Público. En ningún caso las cantidades facturadas a los usuarios por estos conceptos podrán ser diferentes a las establecidas en dicho Acuerdo.
Los alumnos de edad correspondiente al segundo ciclo de Educación Infantil adscritos al primer ciclo por informe del Equipo de Atención Temprana, estarán exentos del pago de la cuota de escolaridad.
2. La entidad adjudicataria deberá facturar durante los 11 meses de actividades lectivas (septiembre a julio) directamente a los usuarios el precio privado de comedor establecido, por la Comunidad de Madrid, en 96 € para el curso 2016-2017, según Orden 1808/2014, de 2 xx xxxxx, de la Consejería de Educación, Juventud y deporte. En caso de prórroga del contrato la entidad adjudicataria facturará a las familias el importe del precio privado de comedor que con carácter general apruebe la Comunidad de Madrid para cada curso escolar.
3. La entidad adjudicataria recibirá del Ayuntamiento de Fuenlabrada, una cantidad igual a la diferencia entre la suma del importe fijado por la entidad gestora en su propuesta para las cuotas de escolaridad (siete horas) y de horario ampliado (hasta tres horas) y la suma de las cantidades recibidas de los usuarios por dichos conceptos en virtud de lo establecido en el Acuerdo de Precio Público.
En el caso de que la Consejería de Educación, Juventud y Deporte autorizase el funcionamiento de aulas con horario de Casa de Niños (cuatro horas) la cantidad que aportaría el Ayuntamiento de Fuenlabrada sería de 4/7 del importe fijado por la entidad gestora en su propuesta para las cuotas de escolaridad
La entidad gestora emitirá facturas mensuales por el servicio realizado en base a los datos mensuales: plazas ocupadas y cuotas de escolaridad y de horario ampliado de los alumnos. Una vez verificado por parte del Ayuntamiento de Fuenlabrada el correcto funcionamiento del centro, del Ayuntamiento de Fuenlabrada realizará el pago mensual correspondiente.
En ningún caso el Ayuntamiento de Fuenlabrada aportará a la entidad gestora cantidad alguna por los importes que ésta deje de percibir directamente de los usuarios en concepto de escolaridad, comedor y horario ampliado, en caso de impago por éstos.
La entidad adjudicataria podrá también percibir de los usuarios cualesquiera otras cantidades correspondientes a actividades y servicios de carácter complementario y voluntario que se realicen fuera del horario escolar, incluyendo, en su caso, horario ampliado superior a las tres horas. La entidad adjudicataria deberá comunicar al
Ayuntamiento de Fuenlabrada los cambios en las actividades educativas complementarias, así como los precios correspondientes de estas actividades. Los precios serán fijados libremente por la entidad adjudicataria, que tendrán la aprobación del ayuntamiento.
En todo caso, dichas actividades tendrán como fin la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias y tendrán un carácter lúdico y/o formativo para niños de edades comprendidas entre 0 y 7 años o para sus padres. En ningún caso el Ayuntamiento de Fuenlabrada aportará a la entidad gestora cantidad alguna por dichas actividades y servicios.
12.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
• El contratista asume la obligación de subrogar a los trabajadores de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del vigente Convenio Colectivo de Ámbito Estatal de Centros de Asistencia y Educación Infantil (BOE n.º 146, de 19 xx xxxxx de 2015). La relación del personal objeto de subrogación se anexa al Pliego de Prescripciones Técnicas. (Anexo VI)
• La gestión de las actividades educativas y administrativas de la Escuela Infantil “EL SACAPUNTAS” objeto del contrato, rigiéndose de acuerdo a las directrices y la normativa vigente en cada momento de la Dirección General de Centros Docentes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, en especial a lo referente a:
o Documentación educativa.
o Calendario escolar.
o Admisión y agrupamiento de los niños/as.
o Precios a satisfacer por los usuarios en concepto de escolarización, comedor y horario ampliado hasta diez horas.
o Órganos de gestión y de gobierno
o Normativa de funcionamiento de las Escuelas Infantiles.
• En toda la documentación e información que aporte el centro habrá de constar, de manera expresa, el Ayuntamiento de Fuenlabrada como organismos titulares que gestionan indirectamente la Escuela Infantil.
• En cumplimiento de lo establecido en el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, añadido por
la Ley 26/2015 de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, en vigor desde el 18 xx xxxxxx de 2015, se establece como requisito necesario para el acceso y ejercicio de las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, se requerirá la aportación obligatoria del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
• Notificar a la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Fuenlabrada los cambios en las actividades educativas complementarias, así como los precios correspondientes de estas actividades, para su aprobación y visto bueno.
• Proporcionar al personal responsable de la gestión del servicio educativo una indumentaria de trabajo que les facilite la tarea educativa, contribuya a mantener las condiciones higiénicas del centro e identifique al equipo educativo. En la Indumentaria de trabajo sólo podrá aparecer el nombre de la escuela infantil.
• Participar en las reuniones y experiencias educativas que considere oportuno el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
• Dos veces al año, en agosto (finalización del curso escolar) y en diciembre (finalización del ejercicio presupuestario), el adjudicatario presentará la documentación siguiente a los responsables del seguimiento del contrato:
♦ Documentación referente a los niños y niñas matriculados en el centro.
♦ Documentación sobre el personal educativo del centro, de acuerdo con el pliego de condiciones administrativas.
♦ Memoria de la gestión económica realizada durante el correspondiente periodo. A la finalización de cada curso escolar, se presentará una memoria sobre el funcionamiento de la Escuela Infantil.
• La observación y cumplimiento de la legislación vigente en materia laboral, social y tributaria y en especial las obligaciones derivadas de la relación con el personal integrado en la gestión del servicio.
• Realizar a su cargo los contratos de suministros de energía eléctrica, teléfono, gas, agua, así como abonar el coste de las acometidas que fueran necesarias.
• Abonar los gastos de agua, energía eléctrica, combustible, calefacción, limpieza, extintores y cualesquiera otros necesarios para el funcionamiento de la Escuela.
• Mantener en buen estado y reparar o reponer, en su caso, las instalaciones y los bienes cedidos para el uso, siempre que se trate de obras menores, así como el propio equipamiento del adjudicatario necesario para la prestación del servicio,
obligándose especialmente a devolver, a la finalización del mismo en iguales condiciones a la de su recepción original, excepto en los relativos a los cambios o modificaciones efectuadas en las instalaciones, autorizados previamente por el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
• Obtener la autorización previa de la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Fuenlabrada para efectuar cambios en el equipo educativo de la Escuela Infantil. De ser necesario realizar cambios en el equipo educativo, éstos se realizarán preferentemente al finalizar el curso escolar.
Durante la vigencia del contrato el adjudicatario deberá mantener el número y el perfil de los profesionales que se presentaron en el proceso de licitación
• En el supuesto de participación en huelga general o del sector al que pertenecen los trabajadores, la entidad adjudicataria deberá garantizar el cumplimiento de los servicios mínimos que sean dictados en cada ocasión por la Comunidad de Madrid o Ayuntamiento de Fuenlabrada. Deberá, asimismo, mantener informada a la Concejalía de Educación de las incidencias y desarrollo de la huelga. Finalizada la misma, deberá presentar un informe en el que se indiquen los servicios prestados y el personal que ha seguido la huelga.
• Protección de datos conforme a la normativa vigente.
13.- MEDIOS QUE APORTA EL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
El Ayuntamiento cede a la parte gestora en perfecto estado de conservación, previa confección de inventario, recogido en el ANEXO IV del presente pliego de prescripciones técnicas, y a los efectos de la concesión durante la vigencia de la misma, el uso del edificio de la Escuela Infantil, terrenos con sus instalaciones y equipamiento, así como los enseres, mobiliario y demás equipamiento educativo.
En la firma del contrato se entregará a la empresa adjudicataria un inventario del material existente en el Centro.
En el presente contrato, el contratista no estará obligado a realizar obras e instalaciones, por estimarse suficientes las existentes.
No obstante, estará obligado a mantener en buen estado y reparar o reponer en su caso, las obras, instalaciones, bienes y medios auxiliares aportados por la Administración.
Correrán a cargo del Ayuntamiento de Fuenlabrada las obras y reformas a realizar en el edificio, cuando el deterioro sea fruto de vicios ocultos o por obsolescencia de la
instalación o del mobiliario. Esta valoración se realizará por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, previo informe técnico.
La Concejalía de Educación junto con la Consejería de Educación realizará la orientación pedagógica y el servicio de inspección del centro. Así mismo, aportarán las prestaciones y servicios del Equipo de Atención Temprana de la zona correspondiente a la atención de los niños y niñas y la orientación al equipo educativo.
14.-MODIFICACIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 106 del TRLCSP, la modificación del contrato estará sujeta a la concurrencia de la siguiente circunstancia, para justificar la modificación.
1.- Reducción del personal que desarrolla el proyecto de funcionamiento de la Escuela Infantil como consecuencia de variaciones en el número de plazas ocupadas, siempre que afecten al número de unidades.
La presente modificación no supondrá alteración del precio del contrato por cuanto el pago a la empresa contratista por parte del Ayuntamiento se realiza en función de las plazas ocupadas.
15.-SUPERVISION DEL CONTRATO
El Ayuntamiento de Fuenlabrada ejercerá las funciones de seguimiento y control de contrato, en orden a asegurar el correcto funcionamiento del mismo, solicitando a las unidades competentes los informes precisos, labor que llevará a cabo xxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Técnico de Educación.
16.- REQUISITOS ADICIONALES DE EJECUCIÓN
De acuerdo con el artículo 64.2 del TRLCSP, se exige a todos los licitadores el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
Respecto al Equipo educativo, deberán acreditar la experiencia laboral, de un mínimo de un curso escolar de la mitad de la plantilla educativa propuesta, mediante la presentación de los correspondientes contratos acompañados de un informe de vida laboral escolar (en el caso de los contratos inferiores al curso escolar, se considerará equivalente la experiencia de nueve meses).
La aportación de la documentación acreditativa de los medios adicionales indicados, se efectuará, posteriormente, por el licitador que presentado la oferta económicamente
más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios objetivos establecidos pliego, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas, en el plazo xx xxxx días hábiles. El cumplimiento de los requisitos establecidos en este apartado tendrá el carácter de obligación esencial.
En Fuenlabrada, a 16 xx xxxxx de 2016
VºBº Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx. Xxxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Concejal de Educación y Empresas Públicas Técnico de Educación
Tercer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx
ANEXO I
ESTRUCTURA Y PERFIL DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
D./D.ª ....................................................................con DNI nº , en nombre propio/ en
nombre y representación de……………………........................................., con
C.I.F:.........................., en el Procedimiento Abierto para la contratación de la gestión del servicio público educativo de la Escuela Infantil “El Sacapuntas” a efectos de acreditar la solvencia técnica exigida en el apartado 7 xxx xxxxxx administrativo,
PROPONE LA SIGUIENTE ESTRUCTURA (número de profesionales) Y PERFIL (titulación académica y experiencia profesional) DE LA PLANTILLA DEL CENTRO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
DENOMINACIÓN DEL PUESTO PROFESIONAL | CATEGORÍA LABORAL1 | TITULACIÓN MÍNIMA ALEGADA2 |
DIRECTOR/A | ||
EDUCADOR/A TUTOR/A 1 | ||
EDUCADOR/A TUTOR/A 2 | ||
EDUCADOR/A TUTOR/A 3 | ||
EDUCADOR/A TUTOR/A 4 | ||
EDUCADOR/A TUTOR/A 5 | ||
EDUCADOR/A TUTOR/A 6 | ||
EDUCADOR/A TUTOR/A 7 | ||
EDUCADOR/A TUTOR/A 8 | ||
EDUCADOR/A DE APOYO 1 | ||
1 Indicar: Educador o Maestro.
2 Según lo establecido en el R.D. 18/2008 de 6 xx xxxxx, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de Educación Infantil. Indicar, en su caso, Técnico Superior de Educación Infantil, Técnico Especialista Educador Infantil, Maestro especialista de Educación Infantil, etc.
3 Para las unidades de 2º ciclo, la titulación será la de Maestro especialista en Educación Infantil.
PERSONAL DE COCINA:
Indicar número de profesionales de cocina. Dicho personal deberá cumplir lo dispuesto en el apartado 7 del presente pliego técnico.
Asimismo y, en su caso, indicar la empresa que prestará el servicio de comedor escolar:
NOTA: Todos los profesionales incluidos en este Anexo tendrán dedicación a jornada completa.
El contenido (número de filas) de este Anexo está ajustado para cumplir lo establecido en materia de personal educativo en el criterio de solvencia técnica. Los profesionales adicionales propuestos por encima del mínimo exigible se deben relacionar en el Anexo XI.
Y SE COMPROMETE A: En el caso de resultar propuesto como adjudicatario, conforme a lo establecido en la cláusula 7 del presente pliego, acreditar ante el órgano de contratación la documentación que corresponda para comprobar que el personal contratado para la ejecución del contrato coincide con la estructura y perfil de la plantilla propuestos en el presente Anexo y con la experiencia recogida en el pliego técnico.
En ................................., a ....... de .......................... de 20...
ANEXO II
D./D.ª ....................................................................con DNI nº , en nombre propio/ en
nombre y representación de……………………........................................., con
C.I.F:.........................., en el Procedimiento Abierto para la contratación de la gestión del servicio público educativo de la ESCUELA INFANTIL “El Sacapuntas” a efectos de VALORACIÓN DEL CRITERIO DE ADJUDICACIÓN “PERSONAL QUE DESARROLLARÁ
EL PROYECTO” establecido en el apartado 8 del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares,
- PROPONE EL SIGUENTE NÚMERO DE PROFESIONALES QUE SE AMPLÍAN SOBRE LOS EXIGIBLES:
Nota: Sólo podrán incluirse en este apartado los profesionales que se amplían sobre los incluidos en el claúsula 7 xxx xxxxxx técnico y que posean alguna de las titulaciones educativas recogidas en el Decreto 18/2008, de 6 xx xxxxx, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de Educación Infantil.
DENOMINACIÓN DEL PUESTO PROFESIONAL1* | CATEGORÍA LABORAL2* | TITULACIÓN MÍNIMA ALEGADA3* | DEDICACIÓN A JORNADA COMPLETA | DEDICACIÓN A MEDIA JORNADA |
EDUCADOR/A DE APOYO 2 | ||||
EDUCADOR/A DE APOYO 3 | ||||
EDUCADOR/A DE APOYO 4 | ||||
EDUCADOR/A DE APOYO 5 | ||||
1* Indicar: Educador-Apoyo 2, Educador-Apoyo 3, etc.. En caso necesario puede incrementarse el número de filas para facilitar la descripción de la propuesta de personal.
2* Indicar: Educador o Maestro.
3* Según lo establecido en el R.D. 18/2008 de 6 xx xxxxx, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de Educación Infantil. Indicar, en su caso, Técnico Superior de Educación Infantil, Técnico Especialista Educador Infantil, Maestro especialista de Educación Infantil, etc.
- A efectos de aplicación del baremo la contratación de dos profesionales con dedicación a media jornada es equivalente a la contratación de un profesional con dedicación a jornada completa.
Y SE COMPROMETE A: En el caso de resultar propuesto como adjudicatario, conforme a lo
establecido en la cláusula 16 del presente xxxxxx, acreditar ante el órgano de contratación la documentación que corresponda para comprobar que el personal contratado para la ejecución del contrato coincide con la estructura y perfil de la plantilla propuestos en el presente Anexo.
En ................................., a ....... de .......................... de 200...
Fdo:
ANEXO III
1.- INFORMACIÓN PREVIA
Emplazamiento: x/ Xxxxxxxx, 00, xx Xxxxxxxxxxx.
Descripción del solar: La parcela de forma trapezoidal, con dos linderos rectos y dos curvos. El lindero Sur constituirá la fachada a la calle de los Abogados de Atocha, al este el solar linda con una xxx xxxxx xxxxxxxx xx xx xxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxx, xx Xxxxx con la calle, también en curva de las Ciencias y al Norte, el lindero lo define la calle del Profesor Xxxxxx Xxxxxx.
Superficie de la parcela: 2.742,32 m2
Entorno físico: La parcela se encuentra en una zona predominantemente residencial, alternando tipología unifamiliar en hilera y edificación en bloque. En sus lados norte, sur y oeste linda con vía pública. El lindero este se encuentra adosado a un espacio público, que cuenta con juegos infantiles y ajardinamiento.
Topografía: La topografía de la parcela es sensiblemente horizontal, con una muy ligera pendiente ascendiente en dirección oeste-este.
Orientación: La parcela es aislada, contando con fachada libre en cualquier orientación.
Servicios urbanos: El solar se encuentra en zona urbana y cuenta con todos los servicios urbanos necesarios xxx xxxxx, contando con todos los servicios urbanos necesarios.
2.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
2.1.- Descripción general del edificio:
El edificio desarrolla una Escuela Infantil de 10 aulas.
Se proyecta sobre todo un edifico funcional, cuya imagen viene determinada por los volúmenes definidos por los diferentes usos enfatizados por los espacios interiores de las aulas que se manifiestan al exterior.
Se proyecta un edifico de una altura, exento y con fachadas que se alinean a las calles circundantes.
Se organiza con varios cuerpos que delimitan los diferentes usos del centro. A ambos lados del acceso principal se sitúan la zona administrativa y la sala polivalente. Piezas singulares entre dos piezas más ortodoxas. Las cubiertas inclinadas de estas piezas destacan sobre las cubiertas planas de los bloques de aulas y dan carácter a la imagen del edificio.
2.2.- Programa de necesidades:
El programa que se plantea corresponde a una escuela infantil de 10 aulas. Dos de 0-1 años, cuatro de 1-2 años y cuatro de 2-3 años. Todo ello se completa con las dependencias de administración y profesorado así como un área de servicios, con cocina, lavandería y las otras dependencias necesarias para el correcto funcionamiento del edificio.
Partiendo del programa, de las condiciones del solar y de las características tanto ambientales como climatológicas de la zona, se ha optado por desarrollar el edificio en una sola planta para facilitar la accesibilidad entre las diferentes dependencias del centro.
Las zonas de comunicación, definen un gran espacio con cubierta plana a modo de gran basamento. Sobre él se alza el volumen, que acoge la zona de administración y servicio, y la zona de aulas. La primera se desarrolla linealmente con una geometría paralela a la fachada principal de la parcela, la de servicios se sitúa en el extremo norte de la construcción. Las aulas se disponen en pequeñas construcciones con volúmenes independientes con parte de la cubierta a una altura superior. Tanto su forma como su color permiten que se identifiquen claramente desde el exterior.
El programa pormenorizado propuesto corresponde a un ajuste entre los usos que se desea satisfacer, los parámetros de edificabilidad y ocupación y el presupuesto máximo de contratación que tendrá la obra.
2.3.- Organización del edificio:
➢ Las Aulas
Las aulas se sitúan a lo largo de la parcela. Su disposición tiene un quiebro para adaptarse a la curvatura de la parcela. Esto permite que la orientación de estas sea lo más próxima a Sur-Suroeste. Las aulas se distribuyen pareadas dos a dos, por edades, compartiendo el acceso y el aseo- cambiador.
El acceso es común a dos aulas, disponiendo a ambos lados de espacio para colgar las prendas de abrigo y objetos personales de los niños. A ambos lados del pasillo se encuentran los accesos al aula.
La forma y disposición del aula permite diferenciar dos zonas: una próxima al exterior, de mayor altura, iluminada naturalmente tanto frontalmente como en su parte posterior. Esto permite una mejor ventilación del aula. La otra menos iluminada en el interior. No obstante las ventanas cuentan con persianas que permiten un oscurecimiento del aula para siestas y proyecciones.
Todas las aulas disponen de ventilación cruzada y de acceso directo al jardín, lo que permite una mejor comunicación entre el interior y el exterior y posibilita el que se puedan desarrollar actividades educativas al aire libre no solo en las horas de recreo. Las carpinterías de fachada están formadas por dos huecos uno de mayores dimensiones, practicable en su parte superior y otro de dimensiones más reducidas situado a 50 cm del suelo que hacen referencia a la escala de uso de los niños.
El mobiliario y el equipamiento estará en función de las necesidades educativas del niño. Parte del mobiliario estará integrado dentro del diseño arquitectónico de la propuesta
El edificio dispondrá de persianas enrollables de seguridad de aluminio, de puertas con rejas y vidrios de seguridad al exterior.
➢ Zona de servicios y adultos
Como ya comentábamos anteriormente estas zonas se sitúan en la zona norte de la parcela, a la izquierda de la entrada.
La zona administrativa y de despachos se sitúa al lado de la entrada principal para permitir un mejor control e información del centro. Tiene dos despachos, una sala de profesores y un pequeño almacén donde guardar material de valor.
La zona de servicio se ubica en el extremo en un cuerpo paralelo a la fachada norte. La disposición de sus elementos responde a las necesidades funcionales para la que ha sido concebida y se adaptará a la normativa vigente.
➢ Espacios comunes
El hecho de producirse un giro entre los volúmenes principales que definen el edificio, ha posibilitado que el espacio central de comunicaciones se configure como un espacio irregular que hace más grato e intencionado su recorrido, donde poder poner exposiciones o simplemente usarse como espacios de relación.
El vestíbulo de entrada, por su forma y dimensiones se define como una zona estática de acogida, a partir de la cual parten dos pasillos a ambos lados; uno de ellos hacia las aulas y otro que distribuye el resto de usos del centro. El fraccionamiento de este espacio se acentúa con la entrada de luz natural por sus extremos y por la parte superior a través de cubos de luz cubiertos en su parte superior. Esto evitará la entrada directa de los rayos del sol y el sobrecalentamiento en épocas de calor.
La Sala Multiusos es una sala amplia, luminosa y con una estrecha relación con el exterior que en tiempo agradable permita el desarrollo de talleres al aire libre.
➢ El exterior
La base del tratamiento exterior de las aulas será de tierra compactada con areneros.
Los jardines permiten su utilización tanto exclusiva por las aulas de la misma edad, como compartidas. En la zona sureste se localiza la zona de juego psicomotor, con areneros, y demás juegos infantiles. Su situación permite que se utilice indistintamente por todos los niños.
La franja norte se reserva para la zona de servicio. Tiene una acera de 1,3
m. y una calzada de adoquines, estos dos pavimentos en esta zona son de coexistencia para permitir el tráfico rodado para el acceso de proveedores. Esta zona estará separada del resto del centro con barreras físicas.
El espacio exterior cuenta con un espacio cubierto reservado para los cochecitos de bebés en la entrada del edificio. Entre el límite del patio de bebés con del de los niños de 1-2 años se localizan dos pequeños almacenes para los juguetes de patio.
3.- CUADROS DE SUPERFICIES
Las superficies útiles son las siguientes:
E.I. Para Niños de 0 a 3 años
Superficies en m²
Porche de acceso (50% 13,08 m²) | 6,54 | |
Vestíbulo cortavientos | 10,16 | |
Vestíbulo y pasillos | 215,80 | |
Vestíbulo de cocina | 18,95 | |
Cocina | 27,42 | |
Oficio | 20,16 | |
Despensa | 12,50 | |
Cámara frigorífica | 4,02 | |
Aseo | 2,58 | |
Cuarto de basuras | 3,89 | |
Vestíbulo de servicio | 3,80 | |
Lavandería | 9,11 | |
Cuarto de mantenimiento | 8,14 | |
Cuarto xx xxxxxxxx | 13,05 | |
Cuarto vertederos | 2,47 | |
Almacén de limpieza | 7,39 | |
Sala de educadores | 26,35 | |
Sala de recursos | 18,56 | |
Vestíbulo salas | 2,25 | |
Vestuario masculino | 6,89 | |
Vestuario femenino | 23,02 | |
Almacén de material | 7,36 | |
WC minusválidos | 5,98 | |
Aseo femenino | 2,30 | |
Aseo masculino | 2,30 | |
Vestíbulo Despachos | 6,64 | |
Despacho de Dirección | 13,36 | |
Despacho Administración | 13,57 | |
Despacho EAT | 10,23 |
Aula Polivalente | 87,00 | |
Habitación Auxiliar | 12,25 | |
Aseo cambiador | 9,62 | |
Vestíbulo Acceso Aula 1 de niños 0-1 años | 10,38 | |
Aula 1 de niños 0-1 año | 32,36 | |
Cuarto de cuna 1 | 18,78 | |
Cuarto de cuna 2 | 18,72 | |
Biberonería | 4,16 | |
Aseo-cambiador 1 de niños 0-1 | 9,11 | |
Aula 2 de niños 0-1 año ó 1-2 años | 32,05 | |
Vestíbulo Acceso Aula 1 y 2 de niños 1-2 años | 7,05 | |
Aula 1 de niños 1-2 años | 49,18 | |
Aseo-cambiador 2 de niños 1-2 | 11,81 | |
Almacén 1 de niños 1-2 años | 1,47 | |
Aula 2 de niños 1-2 años | 48,34 | |
Vestíbulo Acceso Aula 3 y 4 de niños 1-2 años | 7,05 | |
Almacén 2 de niños 1-2 años | 1,47 | |
Aula 3 de niños 1-2 años | 48,34 | |
Aseo-cambiador 2 de niños 1-2 | 11,81 | |
Aula 4 de niños 1-2 años | 48,34 | |
Vestíbulo Acceso Aulas 1 y 2 de niños 2-3 años | 7,05 | |
Almacén 1 de niños 2-3 años | 1,47 | |
Aula 1 de niños 2-3 años | 48,34 | |
Aseo-cambiador 1 de niños 2-3 | 11,81 | |
Aula 2 de niños 2-3 años | 53,95 | |
Vestíbulo Acceso Aulas 3 y 4 de niños 2-3 años | 7,05 | |
Almacén 2 de niños 2-3 años | 1,47 | |
Aula 3 de niños 2-3 años | 53,95 | |
Aseo-cambiador 2 de niños 2-3 | 11,81 | |
Aula 4 de niños 2-3 años | 49,12 |
SUPERFICIE UTIL TOTAL E.I. | 1.220,10 m² |
Superficie construida E.I. | 1.304,90 m² |
Porche de Acceso | 13.06 m² |
SUPERFICIE CONSTRUIDA TOTAL E.I. | |
1.317,96 m² |
4.- CONTENIDO DE LAS MEJORAS
Los trabajos que se recogen en esta memoria son las que a continuación se exponen:
- Instalación de felpudo en vestíbulo cortavientos de acceso principal del edificio.
- Colocación de zócalo de chapado xx xxxxxx natural en las fachadas de mortero monocapa.
- Colocación de armarios en el aula polivalente, en almacenes situados en pasillos de acceso a aulas de 1-2 y 2-3 años, en habitación auxiliar de aula polivalente, y en interior de aulas de 1-2 y 2-3 años.
- Muebles-cambiadores o de biberonería en aseos-cambiadores de aulas, biberonería, y aseo-cambiador de aula polivalente.
- Ejecución de falso techo de xxxxx xx xxxxxx maciza barnizada en porche de acceso principal y salidas de aulas.
Se incluyen en estas mejoras también los siguientes trabajos de pavimentación y urbanización de la parcela:
- Instalación de zonas de juego de pavimento de caucho frente a las salidas de aulas al patio.
- Ejecución de acera perimetral del edificio así como pavimentación de la zona de acceso principal, así como la ejecución de acera exterior junto al acceso principal.
- Pavimento de coexistencia en calzada frente a zona de servicios
- Vallado perimetral de la parcela, con dos tipos xx xxxxxxx, según zonas, y las puertas de acceso correspondientes:
Tipo 1: Zócalo de 1 m formado por fábrica de ladillo cara vista y cerrajería xx xxxxx horizontales en la zona de acceso principal
Tipo 2: Sobre un zócalo similar al anterior, cerrajería formada por bastidores de tubo de hacer laminado y mallazo electrosoldado
- Cercado con malla de simple torsión para compartimentación de zonas del patio, con puertas de paso correspondientes.
- Juegos infantiles
5. DOTACIÓN MATERIAL
5.1. DOTACIÓN AULAS 0 AÑOS
Cada una de las dos aulas destinadas a niños y niñas de 0-1 años estarán equipadas con el siguiente material:
Descripción | Unidades |
Lector de CD | 1 |
equipo 8 edredones y 12 baberos | 1 |
equipo 8 colchones cuna | 1 |
equipo 8 protectores cuna | 1 |
equipo de 6 sábanas bajera, 6 encimeras y 6 cubre-colchón | 2 |
cajón guarda-juegos | 2 |
mesa camilla | 1 |
mesa rectangular | 1 |
silla profesor | 1 |
taburete | 4 |
mecedora-balancín | 1 |
trona | 3 |
silla con ruedas | 1 |
xxxxx xx xxxxxx | 1 |
tablón xx xxxxxx 90 | 1 |
cuna | 8 |
portabebé | 4 |
tapiz | 1 |
espejo postural | 1 |
perchero-casillero 8 huecos | 1 |
espejo de pared | 1 |
tabla de cambios 0 años | 1 |
dispensador papel | 1 |
recogedor de pañales | 1 |
esterilizador de microondas | 1 |
microondas | 1 |
papelera | 1 |
cubo sanitario | 1 |
dispensador de jabón | 1 |
carro de emergencia | 1 |
banco bajo | 1 |
banco con cubetas | 1 |
Equipo una unidad de cubiertos de servir | 1 |
Equipo de 6 cubiertos de comida y postre | 2 |
Equipo una unidad de material de servir | 1 |
Equipo una unidad de lavafrutas y tijeras carne | 1 |
Equipo de 6 platos y vasos niño | 2 |
material didáctico de aula de 0 años | 1 |
Armario de puertas ciegas | 1 |
Balda | 2 |
5.2. DOTACIÓN MATERIAL AULAS 1-2 AÑOS
Cada una de las cuatro aulas destinadas a niños y niñas de 1-2 años estarán equipadas con el siguiente material:
Descripción | Unidades |
Lector de CD | 1 |
equipo 13 edredones y 18 baberos | 1 |
equipo 13 colchonetas siesta | 1 |
equipo de 6 sábanas bajera, 6 encimeras y 6 cubre-colchón | 3 |
cajón guarda-juegos | 2 |
mesa camilla | 1 |
silla profesor | 1 |
taburete | 14 |
mesa herradura modular | 1 |
silla con ruedas | 1 |
xxxxx xx xxxxxx | 1 |
tablón xx xxxxxx 90 | 1 |
tapiz | 1 |
espejo postural | 1 |
perchero-casillero 8 huecos | 1 |
espejo de pared | 1 |
dispensador papel | 1 |
recogedor de pañales | 1 |
papelera | 1 |
cubo sanitario | 1 |
perchero-casillero 6 huecos | 1 |
tabla de cambios 1 y 2 años | 1 |
dispensador de jabón | 1 |
orinal | 8 |
Equipo una unidad de cubiertos de servir | 1 |
Equipo de 6 cubiertos de comida y postre | 3 |
Equipo una unidad de material de servir | 1 |
Equipo una unidad de lavafrutas y tijeras carne | 1 |
Equipo de 6 platos y vasos niño | 3 |
material didáctico de aula de 1 año | 1 |
Armario de puertas ciegas | 1 |
Estantería xx xxxxxx con trasera | 1 |
Estantería móvil con gavetas plásticas | 1 |
Balda | 2 |
5.3. DOTACIÓN MATERIAL AULAS 2-3 AÑOS.
Cada una de las cuatro aulas destinadas a niños y niñas de 2-3 años estarán equipadas con el siguiente material:
Descripción | Unidades |
Lector de CD | 1 |
equipo 20 edredones y 24 baberos | 1 |
equipo 20 colchonetas siesta | 1 |
equipo de 6 sábanas bajera, 6 encimeras y 6 cubre-colchón | 4 |
cajón guarda-juegos | 2 |
mesa camilla | 1 |
mesa rectangular | 5 |
silla profesor | 1 |
silla ergonómica niño | 20 |
silla con ruedas | 1 |
tablón xx xxxxxx 90 | 1 |
tapiz | 1 |
espejo postural | 1 |
perchero-casillero 8 huecos | 1 |
espejo de pared | 1 |
dispensador papel | 1 |
recogedor de pañales | 1 |
papelera | 1 |
cubo sanitario | 1 |
perchero-casillero 6 huecos | 2 |
tabla de cambios 1 y 2 años | 1 |
dispensador de jabón | 1 |
orinal | 8 |
Equipo una unidad de cubiertos de servir | 1 |
Equipo de 6 cubiertos de comida y postre | 4 |
Equipo una unidad de material de servir | 1 |
Equipo una unidad de lavafrutas y tijeras carne | 1 |
Equipo de 6 platos y vasos niño | 4 |
material didáctico de aula de 2 años | 1 |
Armario de puertas ciegas | 1 |
Armario contenedor móvil | 1 |
Estantería xx xxxxxx con trasera | 1 |
material didáctico general de juego simbólico | 1 |
Balda | 2 |
5.4. DOTACIÓN MATERIAL DESPACHO DIRECCIÓN
Descripción | Unidades |
tablón xx xxxxxx 90 | 2 |
papelera | 1 |
Armario de puertas ciegas | 2 |
Armario vitrina con puertas de cristal | 2 |
Botiquín | 1 |
Fichero archivador A-4 | 1 |
Xxxx con ala de director y sillón escuela infantil | 1 |
Mesa redonda despacho Director | 1 |
Percha con 8 ganchos | 1 |
Retrato xxx Xxx | 1 |
Silla tapizada | 4 |
Fotocopiadora (30copias) | 1 |
5.5. DOTACIÓN MATERIAL SALA DE EDUCADORES
Descripción | Unidades |
tablón xx xxxxxx 90 | 2 |
papelera | 2 |
mesa plegable y móvil | 1 |
Aparador | 1 |
Silla plegable | 20 |
Armario de puertas ciegas | 1 |
Percha con 8 ganchos | 2 |
Estantería xx xxxxxx con trasera | 1 |
5.6. DOTACIÓN MATERIAL SALA DE USOS MÚLTIPLES
Descripción | Unidades |
taburete | 10 |
silla ergonómica niño | 10 |
mesa redonda | 2 |
tapiz | 1 |
espejo postural | 2 |
dispensador papel | 1 |
papelera | 1 |
cubo sanitario | 1 |
tabla de cambios 1 y 2 años | 1 |
dispensador de jabón | 1 |
Armario de puertas ciegas | 2 |
material didáctico general de música | 1 |
Estantería xx xxxxxx con trasera | 2 |
material didáctico general de juego exterior | 1 |
Estantería móvil con gavetas plásticas | 2 |
Balda | 4 |
material didáctico general de plástica | 1 |
material didáctico general de psicomotricidad | 1 |
5.7. DOTACIÓN MATERIAL VESTUARIOS
Descripción | Unidades |
dispensador papel | 2 |
papelera | 2 |
dispensador de jabón | 2 |
Botiquín | 1 |
Percha con 8 ganchos | 3 |
ANEXO IV
PERSONAL SUBROGABLE DE LA ACTUAL EMPRESA ADJUDICATARIA
En aplicación de la resolución de 8 xx xxxxx de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta de los acuerdos referentes a las tablas salariales y la nueva redacción del artículo 26 del XI Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil, en lo relativo a la sucesión de empresas en la gestión de servicios y los criterios subrogación de trabajadores, se adjunta tabla del personal subrogable de la actual empresa adjudicataria.
LISTADO PERSONAL CON CONTRATO INDEFINIDO | |||||||||
Nº | CATEGORIA ROFESIONAL | FECHA DE ANTIGÜEDAD | SITUACIÓN ACTUAL DEL TRABAJADOR (1) | TIPO DE CONTRATO (2) | HORAS ANUALES | JORNADA SEMANAL | SALARIO BRUTO ANUAL (3) | SEGURIDAD SOCIAL CON CARGO A LA EMPRESA | TOTAL COSTE DE EMPRESA |
1 | MAESTRA | 01/04/2003 | 100 | 1398 | 32 | 27.862,80 | 8.553,84 | 36.416,64 | |
2 | MAESTRA | 01/04/2003 | 100 | 1398 | 32 | 26.458,02 | 8.124,12 | 34.582,14 | |
3 | EDUCADORA | 01/07/2003 | 100 | 1661 | 38 | 26.458,02 | 8.124,12 | 34.582,14 | |
4 | EDUCADORA | 01/04/2003 | 100 | 1661 | 38 | 26.458,02 | 8.124,12 | 34.582,14 | |
5 | EDUCADORA | 01/09/2005 | 100 | 1661 | 38 | 13.742,52 | 4.246,44 | 17.988,96 | |
6 | EDUCADORA | 03/09/2007 | 189 | 1661 | 38 | 13.437,60 | 4.152,24 | 17.589,84 | |
7 | EDUCADORA | 01/10/2010 | 189 | 1661 | 38 | 13.132,68 | 4.058,04 | 17.190,72 | |
8 | EDUCADORA | 08/01/2016 | IT larga duracion | 200 | 874 | 20 | 6.645,84 | 1.589,88 | 8.235,72 |
9 | EDUCADORA | 30/03/2016 | Sustitucion vínculada a IT | 510 | 874 | 20 | 6.645,84 | 2.057,16 | 8.703,00 |
10 | EDUCADORA | 26/11/2016 | 200 | 874 | 20 | 6.806,28 | 2.013,12 | 8.819,40 | |
11 | AUXILIAR LIMPIE. | 01/09/2010 | 289 | 874 | 20 | 5.423,28 | 1.816,80 | 7.240,08 | |
12 | AUXILIAR LIMPIE. | 01/09/2010 | 289 | 874 | 20 | 5.423,28 | 1.816,80 | 7.240,08 | |
13 | COCINERA | 01/09/2010 | 200 | 1092 | 25 | 7.782,36 | 2.424,24 | 10.206,60 | |
14 | COCINERA | 07/09/2010 | 289 | 874 | 20 | 5.371,68 | 1.673,28 | 7.044,96 |
32
ANEXO V
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE SUBROGACIÓN EN LOS CONTRATOS DEL PERSONAL QUE ACTUALMENTE PRESTA EL SERVICIO
Contrato de Gestión del Servicio Público Educativo de la Escuela Infantil ‘El Sacapuntas’
D.…. / Dña ,
con NIF (o documento equivalente) nº…………………, en su propio nombre, o en virtud de la representación que ostenta, en nombre de
….………………………………......
DECLARA:
Que en el caso de resultar adjudicatario del Contrato de Gestión del Servicio Público Educativo de la Escuela Infantil ‘El Sacapuntas’, me subrogaré en los contratos del personal que actualmente presta estos servicios, cuya relación se adjunta como Anexo V del Presente Pliego de Cláusulas Técnicas, respetando las condiciones salariales existentes en cuanto antigüedad y pluses que correspondan.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firma la presente en
…………….……………, a …… de de 2016.
Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Fuenlabrada
33