DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
DIPUTACION PROVINCIAL XX XXXXX
AreA de ServicioS economicoS centrAl de contrAtAcion ANUNCIO CONVOCATORIA DE LICITACIÓN
1.- Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Diputación Provincial xx Xxxxx.
b) Dependencia que tramita el expediente: Central de Contratación Administrativa.
c) Obtención de documentación e información:
1. Dependencia: Central de Contratación Administrativa.
2. Domicilio: Plaza de España s/n.
3. Localidad y código postal: Xxxxx 00000. 4. Teléfono: 000 000 000
5. Fax Registro Especial de Proposiciones: 000 000 000
6. Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx
7. Dirección de Internet del perfil del contratante: xxxxx://xxx0.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxx/000
8. Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta el día anterior hábil a la finalización de presentación de proposiciones.
d) Número de expediente: SERVI/00017/2017 2.- Objeto del contrato:
a) Tipo: Servicio
b) Descripción: Contratación de la prestación de los Servicios Educativos y apoyo logístico para el desarrollo de los Programas de Educación Ambiental del Área de Desarrollo Sostenible 2018 y 2019.
c) División por lotes y número de lotes: Si, 4
Lote 1. Xxxx de Aprendizaje. Cuenca del Guadalete Lote 2. Xxxx de Aprendizaje. Cuenca del Barbate
Lote 3. Xxxx de Aprendizaje. Cuenca de los Xxxx Guadiaro y Palmones
Lote 4. La Casa de los Colores
d) Lugar de ejecución: La Provincia
e) Plazo de ejecución: 12 meses desglosado de la siguiente manera: 6 meses de enero
a junio de 2018 y 6 meses de enero a junio de 2019.
f) Admisión de prórroga: Hasta 12 meses desglosado de la siguiente manera: 6 meses
de enero a junio de 2020 y 6 meses de enero a junio de 2021
g) CPV: 80540000-1 “Servicio de formación en materia ambiental”
3.- Tramitación y procedimiento de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Abierto
c) Criterios de adjudicación: varios criterios de adjudicación
4.- Presupuesto base de licitación: Importe: Hasta 102.080 €, más 21.436,80 €, en concepto de IVA, lo que hace un total de hasta 123.516,80 €
Desglose: Base IVA Total
Lote 1: 52800,00€ ........................... 11.088,00 € 63.888,00 €
Lote 2: 8.800,00 € ........................... 1.848,00 € 10.648,00 €
Lote 3: 5.280,00 € ........................... 1.108,80 € 6.388,80 €
Lote 4: 35.200,00 € ......................... 7.392,00 € 42.592,00 €
5.- Garantías exigidas:
Provisional: Exenta
Definitiva: 5% del presupuesto base de licitación de los lotes de los que
resulte adjudicataria, XXX excluido
6.- Requisitos específicos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Ver Apartado
O del Anexo nº 1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. 7.- Presentación de las ofertas o solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 13:00 horas del día en que se cumplan los 15 días naturales a partir del siguiente al de su publicación en el BOP.
b) Modalidad de presentación: En el Registro Especial de Proposiciones o por Correos. Letra K del PCAP.
c) Lugar de presentación:
1. Dependencia: Registro Especial de Proposiciones.
2. Domicilio: Edificio Roma. Xxxx. Xxxxx xx Xxxxxxxx, 00-00.
3. Localidad y código postal: Xxxxx 00000.
4. Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx
d) Admisión de variantes: No.
e) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Hasta la
adjudicación.
8.- Apertura de ofertas:
a) Dirección: Xxxxxxx Provincial.
b) Localidad y código postal: Cádiz 11071.
c) Fecha: Ver Apartado K.1 del Anexo nº 1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
d) Hora: 10:00 horas.
9.- Gastos de publicidad: Los anuncios serán por cuenta del adjudicatario.
10.- Otras informaciones: Cualesquiera de los plazos que concluyera en día inhábil se entenderá prorrogado al día hábil siguiente.
Cádiz, a 03 xx xxxxxx de 2017. El Diputado Delegado del Área de Servicios Económicos. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx nº 64.799
AreA de PreSidenciA SecretAriA GenerAl EDICTO
Habiéndose aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 26 de julio de 2017, el expediente de Modificación Presupuestaria
del Presupuesto en curso de esta Diputación 27/2017 de suplementos de créditos y créditos extraordinarios del presupuesto en vigor.
Habiéndose expuesto al público por un plazo de 15 días hábiles mediante la inserción del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia del día 00 xx xxxxx xx 0000 (xx 143), sin que se hayan presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobada, de conformidad con lo prescrito en los arts. 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 20.1 y 38.1 RD 500/1990, de 20 xx xxxxx, procediendo a su publicación resumida por capítulos.
RESUMENDELEXPEDIENTEDEMODIFICACIÓNPRESUPUESTARIA Nº 27 DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTOS DE CRÉDITO DEL PRESUPUESTO EN CURSO.
RESUMEN DE MODIFICACIONES DE GASTOS
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
Capítulo 2. Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 18.384,62
Capítulo 6. Inversiones Reales 2.525,60
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
Capítulo 1. Gastos de Personal 10.689,08
Capítulo 2. Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 423.909,67
Capítulo 6. Inversiones Reales 208.825,82
RESUMEN DE MODIFICACIONES DE INGRESOS
Capítulo 8. Activos Financieros 664.334,79
Contra la presente aprobación definitiva, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Firmado: La Vicesecretaria General. Xxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxx Xxxxx. La Presidenta. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx. nº 68.841
ADMINISTRACION LOCAL
AyuntAmiento de tArifA
EDICTO
Con fecha 01.08.2017, el Excmo.Ayuntamiento de Tarifa, mediante Decreto de Alcaldía número 2651/2017 ha acordado lo siguiente:
PRIMERO: Conferir delegación al Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx D. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx de todas las funciones que corresponden al Sr. Alcalde de dirigir los servicios municipales y gestionarlos en general, incluida la firma de Resoluciones y actos de trámite con efectos a terceros durante el periodo de ausencia del Sr. Alcalde los días del 4 al 15 xx xxxxxx de 2017, ambos inclusive.
SEGUNDO: Esta Resolución produce efectos desde el día de su firma sin perjuicio de que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios y sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Tarifa y de la que se dará cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.
En Tarifa a 02/08/2017. EL ALCALDE, Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx.
nº 64.607
AyuntAmiento de lA lineA de lA concePcion
ANUNCIO BOP CADIZ
Con fecha 28 de Julio de 2017, se ha dictado Decreto nº 2.884/17 del
siguiente tenor literal:
“””Resultando que los próximos días 7, 24 y 25 xx Xxxxxx próximo, no podré asistir con normalidad a esta Alcaldía, debiendo quedar debidamente cubierto el cargo xx Xxxxxxx, es por lo que RESUELVO:
Primero.- Disponer mi sustitución en la totalidad de mis funciones, a favor del Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, los días 7, 24 y 25 xx Xxxxxx próximo.
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 44 y 47 del ROF Tercero.- Notificar el presente acuerdo al interesado para su conocimiento y efectos. Cuarto.- Del presente decreto se deberá dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que celebre, en cumplimiento del art. 42 del ROF”””.
En La Línea de la Concepción, 00 xx Xxxxx xx 0000. XX XXXXXXX, Xxx: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
nº 64.611
AyuntAmiento xx xxxX
ANUNCIO
Mediante Decreto de la Alcaldía Presidencia de fecha 1 xx xxxxxx de 2017, se ha procedido a aprobar las bases que han de regir la convocatoria para la provisión de puesto de Jefe de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx.
BASES PARALAPROVISIÓN, CON CARÁCTER DE FUNCIONARIO INTERINO, DEPUESTODEJEFEDERECURSOSHUMANOSDELEXCMO.AYUNTAMIENTO XX XXXX
PRIMERA.- OBJETO.
1.1 Es objeto de la presente convocatoria la realización de las pruebas selectivas para la provisión, con carácter de funcionario interino, del puesto de Jefe de Recursos Humanos, por el sistema de concurso-oposición, contemplado como vacante en el Área de Administración y Servicios; Sección: Área de Recursos Humanos, de la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, aprobada en sesión plenaria celebrada el 2 de diciembre de 2.015.
Las características y requisitos del puesto figuran en Anexo I de la presente convocatoria, de conformidad con los requisitos que para el mismo determina la referida relación de puestos de trabajo.
La plaza correspondiente a dicho puesto se encuentra dotada con la retribución correspondiente a su grupo y subgrupo de clasificación en la que se encuentra encuadrada, a los que se refiere el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público – en adelante EBEP -, pagas extraordinarias, y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
Las presentes bases se adecuan a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx; Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx; Ley 6/1985, de 00 xx xxxxxxxxx, xx xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado
1.2 El/La aspirante que resulte seleccionado/a para ocupar la plaza convocada quedará sometido/a, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente en cada momento.
1.3 Al titular de la plaza le incumbirá el desempeño de los cometidos propios de su puesto de trabajo según el catálogo de puesto de trabajo de la Corporación Municipal.
1.4 El/la aspirante que resulte seleccionado/a para desempeñar el puesto convocado quedará sometido, desde el momento de su contratación, al régimen de incompatibilidades vigente en cada momento.
1.5 La jornada de trabajo se podrá desarrollar en régimen de horario partido, continuado o en régimen de turnos, en función de los cometidos a desempeñar que serán determinados, por el Ayuntamiento, a la vista de las necesidades del servicio, así como de las características y peculiaridades asignadas al puesto de trabajo que ocupe el aspirante.
1.6 Se deberán utilizar los medios técnicos y mecánicos adecuados a la plaza convocada que para el desarrollo de su trabajo facilite la Corporación.
SEGUNDA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES
2.1 Para tomar parte en el presente proceso de selección, será necesario:
a) Ser español/a, o nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en tratado constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. Además de los extranjeros antes mencionados, podrán participar los extranjeros con residencia legal en España.
b)Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la titulación exigida para el puesto, y que consta en Anexo I, o bien estar en
condiciones de obtenerlo, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación por la administración pública educativa española.
d) No padecer defecto físico ni enfermedad que le impida el desempeño de las funciones propias del puesto, no estableciéndose exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas y funciones.
En las pruebas selectivas se establecerán para las personas disminuidas que lo soliciten, formulando la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación en el proceso selectivo, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, de forma que gocen en las mismas de igualdad de oportunidades respecto de los/as demás aspirantes.
e) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad prevista en las Leyes y Reglamentos que resulten de aplicación, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido laboral procedente por causas disciplinarias, del Servicio de cualquier Administración Pública o de órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2 Todos los requisitos anteriores, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. Una vez comprobada la documentación presentada en la fase de acreditación de la misma, si se verifica que no se reúnen dichos requisitos, el candidato quedará automáticamente eliminado, salvo que el defecto u error sea subsanable.
TERCERA.- INSTANCIAS Y ADMISIÓN
3.1 Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas (anexo IV), será facilitado en el Registro de la Corporación, y se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento xx Xxxx, acompañadas de la "declaración responsable" (anexo V), de que cumple todos los requisitos y donde consten los méritos alegados por el aspirante, a efectos de su valoración.
3.2 El plazo para la presentación de instancias será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Además la convocatoria también se publicará en la página web del Ayuntamiento y Tablón de Anuncios Municipal.
3.3 Las instancias y demás documentación, se presentarán en la Oficina de Atención al Ciudadano del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx, en horario de 9:00 a 13:30 horas de cualquiera de los días hábiles del plazo indicado.
Asimismo, las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el
artículo 16.4 de la Ley 39/2.015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los aspirantes deberán presentar junto con las solicitudes o instancias, una “declaración responsable” (anexo V), donde consten los méritos que el aspirante interesa se valoren en la fase de concurso. Además, junto con la “declaración responsable” se acompañarán los documentos justificativos de los méritos alegados mediante originales o fotocopias compulsadas, o cotejadas.
Los documentos que se admitirán para acreditar los méritos alegados serán: certificados expedidos por la Administración Pública donde se haya prestado los servicios, o contratos de trabajo o nombramientos de funcionario, y en cualquier caso, informe de vida laboral, de modo que con la documentación aportada quede acreditado el servicio prestado o puesto ocupado, la duración de la relación laboral o funcionarial, así como la categoría profesional. No es necesario aportar documentación para justificar los méritos a consecuencia de prestar servicios laborales en elAyuntamiento xx Xxxx. Con respecto a los cursos recibidos, los mismos deberán ser acreditados con el diploma correspondiente o certificado de haber recibido el curso y estar pendiente de la expedición del citado diploma. Además los cursos deben estar homologados e impartidos por instituciones públicas o sindicatos dentro de los programas de formación continua, y siempre que esté relacionados con el puesto de trabajo ofertado.
3.4 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública una lista provisional de todas las personas solicitantes, con indicación de las admitidas y excluidas, con mención del motivo de la exclusión. Estos listados se harán públicos únicamente a través del Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y de la página web municipal. Para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación. En el mismo plazo, quienes hayan detectado errores, podrán solicitar su rectificación.
Las alegaciones y subsanaciones se presentarán en la Oficina de Atención al Ciudadano del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx, en horario de 9:00 a 13:30 horas de cualquiera de los días hábiles del plazo indicado.
Asimismo, también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2.015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas solicitantes que figuren como excluidas en esta lista provisional y dentro del plazo señalado no formulen alegaciones que justifiquen su admisión, serán excluidas del proceso de selección con carácter definitivo, archivándose su solicitud sin más trámite.
3.5 Una vez examinadas las alegaciones y subsanaciones presentadas, se procederá a la publicación definitiva de las listas de admitidos y excluidos, con indicación del además el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio establecido en las bases.
3.6 En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar el lugar, fecha o la hora de celebración del señalado ejercicio, deberá publicarse igualmente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento xx Xxxx y en la página web. CUARTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR
4.1 El Tribunal calificador estará integrado por los siguientes miembros:
PRESIDENTE.-
• X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
• Suplente: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
VOCALES.-
• Dña. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
• Suplente: X. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx
• Dña. Xxxxx de la Xxxx Xxxxxxxxx
• Suplente: Dña. Xxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx
• Dña. Dña. Xxxxxxxx Xxxx-Xxxxxx Reales
• Suplente: Dña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx-Xxxxxx
• X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
• Suplente: Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
SECRETARIO.-
- Un representante del área de personal que actuará con voz pero sin voto.
4.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Alcaldía, cuando concurran en ellos circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2.015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, deberán abstenerse los miembros del Tribunal que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
4.3 Los aspirantes, podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en las presentes bases.
4.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la Alcaldía publicará en el Tablón de Anuncios y en la página web de este Ayuntamiento, Resolución por la que se nombren los nuevos miembros del Tribunal que sustituyan a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 4.3.
4.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia del Presidente y Secretario o, en su caso de quienes les sustituyan, y con los vocales necesarios para que al menos constituyan la mitad de sus miembros titulares o suplentes.
4.6 En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso de selección.
4.7Apartir de su constitución, el Tribunal para actuar validamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso, de quienes les sustituyan y con los vocales necesarios para que al menos constituyan la mitad de sus miembros titulares o suplentes.
4.8 La actuación del Tribunal habrá de ajustarse a las bases de la convocatoria y está facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el curso del proceso selectivo y para adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo, en todo lo no previsto en estas normas. Las decisiones serán adoptadas por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del que actúe de Presidente. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2.015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En general, el procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la referida Ley.
4.9 Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que
ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo prevenido en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2.015 antes citada, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Contra las resoluciones y actos del Tribunal y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente.
4.10 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
4.11 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas, signos o cualquier otra circunstancia que permita conocer la identidad de los mismos.
4.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho. QUINTA.- DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO
5.1Aquellos ejercicios que los aspirantes no puedan realizar conjuntamente comenzarán por la letra "H", por corresponder a la letra resultante del último sorteo efectuado por la Junta de Andalucía, para determinar el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas de ingreso en laAdministración General de la ComunidadAutónoma.
5.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del Documento Nacional de Identidad.
5.3 Los aspirantes discapacitados que en su solicitud hayan hecho constar petición de adaptación, deberán concurrir al ejercicio para el que aquella se concrete provistos del correspondiente Certificado de minusvalía o discapacidad, al objeto de poder hacer efectiva, en su caso, la citada petición.
5.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un único llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal conforme a su criterio. Salvo la expresada excepción, la no presentación de un aspirante al ejercicio obligatorio en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido, en su consecuencia, del proceso selectivo.
5.5 En cualquier momento del proceso, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Alcaldía, comunicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
5.6 La primera fase será la de OPOSICIÓN, y consistirá en la realización de los ejercicios obligatorios que se detallan en el Anexo IV. No superará esta fase de oposición quien no obtenga una calificación mínima de 5 puntos en cada uno de los ejercicios de que conste la fase de oposición.
5.7 La segunda fase del procedimiento de selección será la de CONCURSO, mediante la valoración de los méritos alegados. Se procederá a la valoración de los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con los datos que figuren en la declaración responsable, y de acuerdo con el baremo que figura en el Anexo II. Se tendrán en cuenta única y exclusivamente los méritos que se hayan hecho constar en el impreso. Los méritos invocados de cualquier otro modo no se tendrán en cuenta.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de instancias.
5.8 La calificación final del proceso selectivo, para cada uno de los aspirantes aprobados
vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en las dos fases.
Finalizada la fase de oposición de todos los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios el nombre del seleccionado por el orden de puntuación alcanzado, con indicación de los puntos obtenidos en cada fase, cada ejercicio y la puntuación final, siendo de aplicación, en su caso, lo dispuesto en el art. 14.2 del R.D. 364/95 de 10 xx xxxxx.
5.9 En el supuesto de puntuaciones iguales, los empates se resolverán a favor de aquel que hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. Si aún así subsistiera el empate se resolverá mediante sorteo público.
5.10 El Tribunal elevará al Sr. Alcalde Presidente propuesta de nombramiento haciendo constar las calificaciones definitivas otorgadas, quien la publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Asimismo le remitirá el expediente completo de sus actuaciones, y la Alcaldía-Presidencia, en virtud de sus competencias efectuará el nombramiento.
5.11 Periodo de prueba.- Los aspirantes que sean nombrados tendrán que superar un periodo de prueba, que tendrá una duración de dos meses desde la toma de posesión (días naturales), valorándose en el mismo aspectos como la iniciativa, interés, resultados, conocimientos, culminación de expedientes.
El periodo de prueba será supervisado por el responsable técnico de la unidad, departamento o negociado, y se entenderá superado salvo que en los diez días hábiles siguientes a la finalización de dicho periodo, se emita por dicho responsable informe argumentando la calificación de no apto.
La no superación del periodo de prueba será acordada mediante resolución motivada de la Alcaldía-Presidencia, previa audiencia al interesado, dando lugar al cese del puesto de trabajo desempeñado, pasando al último lugar de la “bolsa de trabajo”.
5.12 Será nulo el nombramiento de quien esté incurso en causa de incapacidad específica,
conforme a la normativa vigente.
5.13 El Tribunal formará una relación, por orden acumulado de puntuaciones totales en el proceso, de los aspirantes que habiendo obtenido una calificación mínima de 5 puntos en cada una de las pruebas de la fase de oposición, no hubieran sido declarado aprobados por no obtener la mayor calificación en el proceso, que se remitirá al Ayuntamiento y servirá como "lista de espera" o "bolsa de trabajo", con una validez de duración de tres años (sin perjuicio de la posibilidad de su utilización excepcional, pasado ese plazo, en tanto no se forme nueva lista), a efectos de posteriores nombramientos interinos o contrataciones eventuales para cubrir temporalmente vacantes, suplencias
de funcionarios, etc., en puestos con funciones, tareas y titulación relacionadas con el objeto de la presente convocatoria.
SEXTA.- ACREDITACIÓN DE LAS CONDICIONES DEL SELECCIONADO/A
6.1 El aspirante propuesto por el Tribunal, en el plazo de cinco días a partir de la publicación de la relación de aprobados en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento xx Xxxx, deberá presentar en el Área de Personal del citado Ayuntamiento, la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I. (acompañada de su original para compulsar).
b) Título o testimonio del título expresado en la base 2.1 c) o fotocopia del mismo que se presentará con el original para su compulsa. Si este documento estuviera expedido después de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberá justificarse el momento en que concluyeron sus estudios. En el supuesto de haber invocado un título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la Consejería de Educación, de la Junta de Andalucía, que acredite la citada equivalencia.
d) Declaración jurada o promesa de cumplir los requisitos exigidos en la letra e) de la base 2 de esta Convocatoria.
e) Certificado expedido por Facultativo Médico competente acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la plaza.
f) En su caso, certificado de la Junta de Andalucía, acreditativo de la condición de minusválido con discapacidad superior al 33%, así como la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes, que será certificado asimismo por Facultativo Médico competente.
6.2 Conforme a lo dispuesto en el art. 23 del R.D. 364/95 de 10 xx xxxxx, si dentro del plazo fijado de cinco días y salvo causa de fuerza mayor, no se presentara la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas. En este caso, el Presidente de la Corporación efectuará el nombramiento a favor del aspirante que habiendo aprobado los ejercicios del proceso selectivo tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
SEPTIMA.- FORMALIZACIÓN DEL NOMBRAMIENTO Y CESE
7.1 Compete a la Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx efectuar el nombramiento, debiendo tomar posesión en el plazo de cinco días siguientes a la fecha de notificación del nombramiento. Quien sin causa justificada no tomara posesión dentro del plazo señalado, perderá todos los derechos derivados del procedimiento de selección de interinidad y del subsiguiente nombramiento conferido.
7.2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/84 de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, quienes accedan por cualquier título a un nuevo puesto del Sector Público que con arreglo a esta Ley resulte incompatible con el que viniera desempeñando, habrán de optar por uno de ellos dentro del plazo de toma de posesión. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el que se viniera desempeñando.
En todo caso, quien resulte nombrado, quedará sujeto al régimen de incompatibilidades aplicable a los empleados públicos, pudiendo, su incumplimiento, constituir causa de sanción disciplinaria e, incluso, su cese o separación del servicio.
7.3 Quienes sin causa justificada no tomaran posesión dentro del plazo señalado, en su caso, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la selección y del subsiguiente nombramiento conferido de funcionario interino.
7.4 Los nombramientos de los funcionarios interinos quedarán sin efecto cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
a) Cuando se provea la vacante para la que fue nombrado, se incorpore su titular o desaparezcan las razones de urgencia que motivaron el nombramiento para el puesto concreto.
Si por alguna causa el funcionario xx xxxxxxx no ocupase efectivamente el puesto de trabajo, el cese se diferirá hasta la ocupación efectiva por el funcionario titular.
b) Cuando se trate de funcionario interino de refuerzo, a la finalización del plazo
previsto o que haya desaparecido la necesidad de su nombramiento.
c) Por no superación del periodo de prueba.
d) Por supresión de la plaza que ocupa. OCTAVA.- NORMA FINAL
8.1 En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, R.D.L. 781/86 de 18 xx xxxxx, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Xxxxxxx, X.X. 000/00 xx 0 xx xxxxx, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y supletoriamente el R.D. 364/95 de 10 xx xxxxx y cualquier otra norma de legal y pertinente aplicación.
8.2 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2.015 antes citada, en cuyo caso, habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por la irregularidad”.
ANEXO I
Puesto: Jefe RR.HH.
Grupo: A
Subgrupo: A1
Escala: Administración General
Subescala: Técnica Nivel C.D.: 26
C. Específico: 15.910,80 € Titulación exigida: Licenciado o Grado Universitario en Derecho, Ciencias Económicas y Empresariales, Ciencias Políticas, Intendente Mercantil o Actuario o Grado Universitario equivalente.
Funciones y Tareas del puesto:
• Dirigir la gestión de nóminas, contratación y selección de personal del Ayuntamiento.
• Gestión en la justificación de nóminas relacionadas con procedimientos de concesión
de subvenciones.
• Confección Oferta de Empleo Público.
• Gestión de Seguros Sociales.
• Seguimiento y actualización de la R.P.T.
• Prestar asesoramiento a la Corporación en relación con la gestión y administración
del personal.
• Gestión en la información del capítulo I para la confección del estado de gastos del
Presupuesto Municipal.
• Asesoramiento a la Corporación en la negociación colectiva.
• Confeccionar informes en materia de personal con propuesta de resolución.
• Gestión en la remisión de información del ISPA.
• Prevención de Riesgos Laborales.
• Instrucción de expedientes disciplinarios.
Estas funciones serán ejercidas no solo sobre el personal municipal, sino también respecto del personal de los organismos autónomos que existan o puedan existir.
ANEXO II
II.1 FASE DE OPOSICIÓN
1.- Primer ejercicio consistente en el desarrollo por escrito, en el plazo máximo de tres horas, de dos temas de los que integran el temario que consta en el anexo III; un tema de la parte I y otro tema de la parte II.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes no podrán consultar ningún manual, ni ningún texto legislativo. La valoración de esta parte de la prueba tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, requiriéndose un mínimo de 5,00 puntos para superar el ejercicio.
Para la valoración del ejercicio, cada aspirante procederá, a continuación de la realización del ejercicio o en el momento que disponga el Tribunal, a la lectura pública de su ejercicio ante el Tribunal. Durante dicho acto, el Tribunal valorará los conocimientos sobre los temas expuestos y podrá dialogar con el opositor sobre las materias objeto de los mismos y pedirles cualesquiera otras explicaciones complementarias.
La evaluación del ejercicio teórico será única y considerará ambos temas, en su caso, en conjunto. La calificación final se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas existan una diferencia igual o superior a 3,00 puntos, en cuyo caso, la puntuación será la media entre las restantes. 2.- Segundo ejercicio, consistente en el desarrollo por escrito, en el plazo máximo de hasta dos horas, de un supuesto práctico relacionado con las materias que son objeto del temario. Para la realización de dicha prueba los aspirantes podrán venir provistos de los textos legales que consideren oportunos, estando prohibido la utilización de dispositivos electrónicos para consultar la normativa. La valoración de esta parte de la prueba tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, requiriéndose un mínimo de
5.00 puntos para superar el ejercicio.
Para la valoración del ejercicio, cada aspirante procederá, a continuación de la realización del ejercicio o en el momento que disponga el Tribunal, a la lectura pública de su ejercicio ante el Tribunal. Durante dicho acto, el Tribunal valorará los conocimientos sobre los temas expuestos y podrá dialogar con el opositor sobre las materias objeto de los mismos y pedirles cualesquiera otras explicaciones complementarias.
La calificación final se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas existan una diferencia igual o superior a 3,00 puntos, en cuyo caso, la puntuación será la media entre las restantes. II.-2 CRITERIOS PARA BAREMAR LA FASE DE CONCURSO
A.- Experiencia laboral (máximo 5 puntos):
1.- Por cada año completo de servicios prestados en las administraciones públicas, en el desempeño de puesto del mismo grupo y subgrupo al que opta, en puesto de igual o similar contenido funcional, se otorgará 0,50 puntos, hasta un máximo de 4 puntos. 2.- Por cada año completo de servicios prestados en las administraciones públicas, en el desempeño de puesto de grupo y subgrupo inmediatamente inferior al que opta, en puesto igual o similar contenido funcional, se otorgará 0,25 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
3.- Por cada año completo de servicios prestados en el ámbito privado, en el desempeño de puesto de similar contenido funcional al que opta, se otorgará 0,25 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
Las fracciones de tiempo inferiores a un año y superiores a un mes se puntuarán proporcionalmente.
Los servicios prestados a tiempo parcial se computarán aplicando al número total de días resultantes del periodo trabajado, el coeficiente reductor de la jornada efectivamente realizada.
Para la acreditación de la experiencia laboral, será necesario aportar, además de la vida laboral y nombramiento o contrato de trabajo correspondiente, certificación de la Administración o de la empresa en la que conste las funciones y tareas desempeñadas en cada uno de los nombramientos o contratos de trabajo.
B.- Formación:
1.- Formación específica (máximo 1 punto).- Por cursos, jornadas, seminarios de formación, etc., impartidos por Administraciones Públicas o centros homologados, sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto objeto de la convocatoria, según el siguiente baremo:
- de hasta 20 horas lectivas 0,01 punto
- de 21 a 40 horas lectivas 0,02 puntos
- de 41 a 80 horas lectivas 0,04 puntos
- de 81 a 149 horas lectivas 0,06 puntos
- de 150 a 200 horas lectivas 0,08 puntos
- de más de 200 horas lectivas 0,10 puntos
2.- Formación académica (máximo 2 puntos): Por estar en posesión de titulaciones distintas a la exigida en el proceso, en ramas relacionadas con las funciones propias del puesto, un punto por cada Licenciatura, Grado, Diplomatura o titulación oficial equivalente.
3.- Formación especializada (máximo 2 puntos): Por estar en posesión de Master o
Diplomas de Especialización sobre materias directamente relacionadas con las funciones
del puesto, un punto por cada título.
ANEXO III TEMARIO PARTE I
EL ACTO ADMINISTRATIVO
Tema 1. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y forma. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.
Tema 2. La coacción administrativa: el principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa.
Tema 3. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tema 4. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y normas reguladoras de los distintos procedimientos. Clases de interesados en el procedimiento. Derechos de los administrados. La iniciación del procedimiento. Tramitación e instrucción. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Tema 5. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
Tema 6. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.
PARTE II
REGIMEN FUNCIONARIAL Y LABORAL
Tema 7.- Régimen jurídico del empleado público en el ámbito local. Concepto y clases
de empleados públicos. El personal directivo profesional.
Tema 8.- El sistema de acceso a la función pública local. Oferta de Empleo Publico. Requisitos de acceso. Sistemas selectivos.- Requisitos y contenido de las convocatorias. Adquisición y pérdida de la condición de Funcionario.
Tema 9.- El personal laboral de las Corporaciones Locales. Clases de personal laboral y requisitos y procedimiento de acceso. Contrato de trabajo: Tipos de contratos de trabajo: Tipología, Características y Requisitos. Modificación del contrato. Causas de extinción del contrato de trabajo laboral.
Tema 10.-Derechos, deberes y código de conducta del empleado público. Especial referencia a la negociación colectiva, representación y participación institucional.
Tema 11.- Movilidad y provisión de puestos de trabajo. La carrera administrativa. Sistemas de evaluación del rendimiento. La evaluación del desempeño.
Tema 12.- Situaciones administrativas de los funcionarios. Situaciones de suspensión del contrato de trabajo del personal laboral.
Tema 13.- Régimen disciplinario laboral. El poder empresarial de dirección. Faltas y sanciones de los trabajadores. Jurisdicción Social: naturaleza, régimen jurídico, principios y órganos competentes.
Tema 14.- Régimen disciplinario del empleado público. Régimen de incompatibilidades. Tema 15.- La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. La Oferta de Empleo Público. Los Planes de Empleo. Otros Instrumentos de Planificación de Recursos Humanos.
Tema 16.- Estructuración del empleo público: Especial referencia a la Relación de Puestos de Trabajo: Concepto, procedimiento de elaboración, aprobación y de modificación. Plantilla orgánica.
Tema 17.- Los sistemas de retribución en la Administración pública. Régimen Juridico retributivo funcionarial y personal laboral.
Tema 18.-Análisis y descripción de puestos de trabajo. Valoración de puestos de trabajo.
Métodos de valoración de puestos de trabajo.
Tema 19.- La negociación colectiva en el ámbito de las Administraciones Locales.
SEGURIDAD SOCIAL. PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Tema 20.- .El sistema español de Seguridad Social- Campo de aplicación. Gestión de la Seguridad Social. Entidades Gestoras de la Seguridad Social. La Tesorería General de la Seguridad Social. Las Entidades colaboradoras en la Gestión de la Seguridad Social. Tema 21.-La constitución de la relación jurídica de aseguramiento en el Régimen General de la Seguridad Social: Inscripción de Empresas. Afiliación de trabajadores. Altas y bajas. Responsabilidad empresarial en orden a la afiliación, altas y bajas.
Tema 22.- Cotización en el Régimen General de la Seguridad Social: Sujetos responsables y obligados al pago. Bases, contingencias y tipos de cotización. Cuotas de recaudación conjunta. Especialidades en la cotización de los funcionarios de laAdministración Local. Tema 23.- Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de la administración pública. ANEXO IV
D./Dña. , con DNI número , y domicilio en la ciudad de , en la calle
, con tlfno./fax y correo electrónico
; ante el Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx manifiesta:
Que el exponente desea participar en la realización de pruebas selectivas para la provisión, con el carácter de funcionario interino, de una plaza de Jefe de Recursos Humanos, encuadrada en el Grupo A, Subgrupo A1, del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx. Para tal fin, manifiesta que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la referida convocatoria
Asimismo, se adjunta la “declaración responsable” donde consta los méritos aportados
por el solicitante, que interesa le xxxx xxxxxxxxx, junto con la documentación acreditativa de los mismos.
En base a lo expuesto,
SOLICITO: Tenga por presentado este escrito, lo admita, y en su virtud se me tenga a todos los efectos como aspirante a la plaza que se tiene que proveer.
En Rota (Cádiz) a de de 2017. Fdo.: ANEXO V “DECLARACION RESPONSABLE”
D./Dña. , con DNI número , y domicilio en la ciudad de , en la calle
, con tlfno./fax y correo electrónico ; ante el Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx manifiesta que los méritos aportados por el solicitante para la provisión de un puesto de funcionario interino plaza de Jefe de Recursos Humanos, encuadrada en el Grupo A, Subgrupo A1, del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx, son los siguientes:
Experiencia profesional:
TRABAJO DESEMPEÑADO | TIEMPO TRABAJO |
Puesto del grupo y subgrupo igual o superior, en éste u otro Ayuntamiento, en puesto de igual o similar contenido funcional al que opta | |
Puesto del grupo y subgrupo inmediatamente inferior, en puesto de similar contenido funcional al que opta |
Formación:
FORMACIÓN específica | DURACIONCURSO |
FORMACIÓN académica | |
FORMACIÓN especializada | |
Fdo.:
Lo que se hace público para general conocimiento. El Alcalde. 14/08/2017.
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxx de Xxxx Xxxxxx, Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx. nº 64.645
AyuntAmiento de ArcoS de lA fronterA
ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL
EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos
n. º 1/CE3/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario,
financiado con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, como sigue a continuación:
Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Modificaciones de crédito | Créditos finales | |
Progr. | Económica | ADQUSICION XX XXXX MUNICIPAL | 00.00 | 60.000 | 60.000 |
132 | 623.00 |
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, así como el artículo 36.1.a) del Real Decreto 500/1990, con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, de acuerdo con el siguiente detalle:
Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Bajas o anulaciones | Créditos finales | |
Progr. | Económica | ||||
133 | 226.09 | DELEGACION DE TRAFICO | 32.300 | 10.000 | 22.300 |
150 | 226.04 | GASTOS JURIDICOS | 72.200 | 20.000 | 52.200 |
150 | 233.00 | OTRAS INDEMNIZACIONES | 28.500 | 20.000 | 8.500 |
151 | 202.00 | ARRENDAMIENTOS EDIFICIOS | 60.800 | 10.000 | 50.800 |
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del
177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales de intervención, para que se formulen las alegaciones que
se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se
considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Arcos de la Frontera a 2 xx xxxxxx de 2017. El alcalde. Fdo. Xxxxxxx
Xxxxxx Xxxx. nº 64.759
AyuntAmiento de ArcoS de lA fronterA
ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL
EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos
n. º 1/CE5/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario,
financiado con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, como sigue a continuación:
Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Modificaciones de crédito | Créditos finales | |
Progr. | Económica | ||||
151 | 609.00 | CONSTRUCCION TRANSFORMADORES RECINTO FERIAL | 00.00 | 31.463,94 | 31.463,94 |
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, así como el artículo 36.1.a) del Real Decreto 500/1990, con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, de acuerdo con el siguiente detalle:
Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Bajas o anulaciones | Créditos finales | |
Progr. | Económica | ||||
151 | 221.03 | COMBUSTIBLE INFRAESTUCTURAS | 134.900 | 31.463,94 | 103.436,06 |
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del
177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales de intervención, para que se formulen las alegaciones que
se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se
considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Arcos de la Frontera a 02 xx xxxxxx de 2017. El Alcalde. Fdo. Xxxxxxx
Xxxxxx Xxxx. nº 64.762
AyuntAmiento de SAn XxXx xxx xXxxx
ANUNCIO
Se hace público para su general conocimiento, el Decreto de Alcaldía de
fecha 26 de julio de 2017.
Teniendo estaAlcaldía-Presidencia que ausentarse para disfrutar del periodo
vacacional.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 23.3 xx Xxx 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el articulo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre , por el que se aprueba el Reglamento de Organización
, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, HE RESUELTO:
“Primero.- Delegar en la Primera Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx todas las atribuciones de esta Alcaldía desde desde el viernes día 00 xx xxxxx xx viernes día 1 de septiembre de 2017, ambos inclusive.
Segundo.- Publíquese esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la próxima sesión que se celebre.” Así lo ordena, manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en San Xxxx xxx
Xxxxx a 00 xx xxxxx xx 0000, xxx xx como Secretario-Interventor accidental, DOY FE. En San Xxxx xxx Xxxxx a veintiséis de julio de dos mil diecisiete. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.- Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx nº 64.827
AyuntAmiento de trebuJenA
BANDO
XXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXX, ALCALDE-PRESIDENTE
DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TREBUJENA (CADIZ).-
HACE SABER:
Que durante los días comprendidos entre el día 0 XX XXXXXXXXXX XX
0000XX00 XX XXXXXXXXX XX 0000, estarán al cobro en PERIODO VOLUNTARIO,
los recibos de IMPUESTOS y TASAS, correspondientes al ejercicio 2017, que a continuación se expresan:
- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA.
- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA
- IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS.
- IMPUESTO SOBRE GASTOS SUNTUARIOS POR APROVECHAMIENTO XX
XXXXX PRIVADOS XX XXXX.
- TASA POR CONSERVACION Y VIGILANCIA DE PANTEONES Y NICHOS EN
EL CEMENTERIO MUNICIPAL.
- TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO POR ENTRADA DE XXXXXXXXX A TRAVES DE LAS ACERAS MEDIANTE SEÑALIZACION DE ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO EN VADO (PERMANENTE).
- TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO POR
INSTALACION DE QUIOSCOS EN LA VIA PÚBLICA.
Significándole que el cobro, se harà exclusivamente por medio de dìpticos que recibiràn en su domicilio y a travès de las entidades bancarias colaboradoras, durante los días de LUNES a VIERNES, de 8,30 A 14.00 HORAS.
Transcurrido el indicado plazo en Periodo Voluntario, se iniciarà el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con la Ley General Tributaria (Ley 58-2003 del 17 de diciembre), procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas con el recargo del 5%, 10% o 20%, según corresponda, interés de demora si procede y las costas que se produzcan.
Lo que se hace pùblico para general conocimiento.
En TREBUJENA, a 2 XX XXXXXX DE 2017. EL ALCALDE-
PRESIDENTE, Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx. nº 65.074
AyuntAmiento xx xxxxxXxX de lA fronterA
ANUNCIO
Esta Corporación Municipal reunida en sesión plenaria de carácter ordinario, celebrada en primera convocatoria el día 29 xx xxxxx de 2017; adoptó, entre otros, el acuerdo de concesión a Xxx Xxxx Xxxxx Xxxx del Título de Hijo Adoptivo de esta ciudad.
Lo que se hace público para general conocimiento en virtud de lo dispuesto
en el artículo 28 del Reglamento Municipal de Honores y Distinciones.
En Chiclana de la Fra., a 03/08/2017.Firmado por Xxxx Xx. Xxxxx Xxxxxxxx.
Alcalde-Presidente. nº 65.122
AyuntAmiento de lA lineA de lA concePcion
EDICTO
El Alcalde – Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la
Concepción.
Hace saber:Que el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 3 xx xxxxxx de 2017, ha aprobado inicialmente “Expediente de Modificación de la Plantilla del Personal Municipal para 2017”.
Lo que se hace público para que, de conformidad con la normativa vigente, en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente de su publicación pueda ser examinado en la Intervención de este Excmo.Ayuntamiento por las personas legitimadas para ello y plantearse las reclamaciones ante el Pleno que se consideren oportunas por los motivos taxativamente enumerados en el art. 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 marzo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo establecido en el art. 169.1 del TRLRHL, el Expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentasen reclamaciones.
La Línea de la Concepción a 4 xx xxxxxx de 2.017. EL ALCALDE – PRESIDENTE, Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx. nº 65.175
AyuntAmiento de loS bArrioS
ANUNCIO
El Excmo. Ayuntamiento de Los Barrios, en Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, celebrado el día 9 xx Xxxxxx de 2017, aprobó el Expediente de Contratación nº 76/17, mediante procedimiento abierto varios criterios de adjudicación, de Contrato Gestión de Servicio Público para la prestación del servicio de ayuda a domicilio en el término municipal de Los Barrios”.
1. ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Ayuntamiento de Los Barrios- Dpto. de Contratación.
b) Número de expediente: 76/17.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Descripción del objeto: Contrato Gestión de Servicio Público para la prestación del
servicio de ayuda a domicilio en el término municipal de Los Barrios.
b) Plazo de ejecución: 2 años.
Prórroga: 2 años siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de estas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máximo del contrato, incluidos los períodos de prórroga.
3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: Ordinaria, sin reducción de plazos.
b) Procedimiento: Abierto varios criterios de adjudicación.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
Importe de licitación (cuantía sin IVA): 796.230,77 € Importe del IVA: 30.769,23 €
Importe Total: 800.000 €
5. GARANTÍA PROVISIONAL: -
6. GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación sin IVA.
7.OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN:
a) Departamento de Contratación del Ayuntamiento de Los Barrios.
b) Dirección Web: xxxxx://xxx0.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxxx/0 .
8. PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
a) Fecha Límite: 15 días contados desde la publicación del anuncio.
b) Lugar de presentación: Ventanilla Única del Ayuntamiento de Los Barrios.
c) Documentación a presentar: La descrita en la Cláusula 9 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
9. APERTURA DE OFERTAS:
Según Cláusula 14 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
10. GASTOS DEL ANUNCIO:
A cargo del adjudicatario.
16/08/2017. ELALCALDE. POR DELEGACIÓN XXXXXXX 0000/0000,
XX 00 XX XXXXX. Xxx. : Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx nº 67.540
AyuntAmiento de SAn xxxxXxxx
ANUNCIO
Por Decreto de Alcaldía- Presidencia de fecha 17 xx xxxxxx de 2017 se convoca licitación para el otorgamiento en régimen de libre concurrencia de una licencia demanial para el uso común especial de vías públicas, para la explotación de un tren turístico:
1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de San Xxxxxxxx. Servicio de Patrimonio e Inventario.
2. Número de expediente: X.XXX. 37/17
3. Objeto del contrato: Otorgamiento de una licencia demanial para el uso
común especial de vías públicas para la explotación de un tren turístico.
4. Tramitación: Urgente.
5. Procedimiento: Abierto.
6. Garantía provisional: No se exige.
7. Canon de explotación: 500,00 euros anuales, mejorable al alza; canon en especie de 25 jornadas anuales de viajes gratuitas a disposición del Ayuntamiento, mejorable al alza
8. Duración: 4 años prorrogables por 2 años más.
9. Presentación de proposiciones, forma y contenido: Conforme a lo dispuesto en las cláusulas números 11 y 12 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
10. Criterios de adjudicación: Conforme a lo dispuesto en la cláusula número 16 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
11. Presentación de las proposiciones: en mano en el Registro General del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx, de lunes a viernes y en horario de 9:00 a 13:30 hasta el 31 xx xxxx y de 9:00 a 13:00 a partir xx xxxxx, o por correo (certificado urgente o postal express) dirigido al Xxxxxxxx Xxxxxxx (X/ Xxxxx Xxxxx 00-00, 00000 Xxx Xxxxxxxx. Fax 000 00 00 00). Cuando la proposición se envíe por correo, el empresario deberá, mediante fax dirigido al Registro General en el mismo día, justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la proposición por correo, todo ello con datos que permitan la identificación de la proposición que se envía. Sin la concurrencia de todos estos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en este anuncio. Transcurridos, no obstante, los 10 días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
12. Plazo de presentación de proposiciones: 8 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio del procedimiento. Si el último día fuere inhábil se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente.
13. Gastos de anuncios: Los anuncios serán por cuenta del adjudicatario.
14. Apertura de las ofertas: En el lugar y fecha que se publique en el perfil
de contratante.
15. Información: Servicio de Patrimonio e Inventario. (Tlfno: 956 94 09 49). Perfil de contratante del Excmo.Ayuntamiento de San Xxxxxxxx (www.aytosanfernando. es). Fax del Registro General: 956 94 44 58.
En San Xxxxxxxx, a 18 xx xxxxxx de 2017. LA OFICIAL MAYOR EN FUNCIONES DE SECRETARIA GENERAL -Fdo. Xx xxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxxxxx. LA JEFA DE SERVICIO DE CONTRATACIONES Y PATRIMONIO -
Fdo. Xx de la Xxxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx. nº 68.339
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JuZGAdo de lo SociAl nº 1 JereZ de lA fronterA EDICTO
Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1057/2016 Negociado: C N.I.G.: 1102044S20160003174 De: D/Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXX Contra: D/ Xx. FRANCHISE AND FOOD INTERNACIONAL GROUP, XXXXX XXXXXX XXXXXX X X, XXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XX XXX XX.XX XX XXXXXX (DEPRTAMENTO NAVY EXCHANGE), BAHIA XXXXX BALLENA S.L, FRANSISTEM, S.L. y FOGASA
D/Xx. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA
HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1057/2016 se ha acordado citar a FRANCHISE AND FOOD INTERNACIONAL GROUP, BAHIA CIUDAD BLANCA S A, BAHIA XXXXX
BALLENA S.L, FRANSISTEM, S.L.como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 8 de noviembre de 2017 a las 09:00 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Xx. Xxxxxx Xxxxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte
realice prueba de CONFESION JUDICIAL.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la
Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Yparaquesirvadecitación a FRANCHISEANDFOODINTERNACIONAL GROUP, BAHIA CIUDAD BLANCA S A, BAHIA XXXXX BALLENA S.L, FRANSISTEM, S.L.
Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.
En Jerez de la Frontera, a 27/07/2017. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO POR XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX nº 64.838
JuZGAdo de lo SociAl nº 1 JereZ de lA fronterA EDICTO
Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1059/2016 Negociado: C N.I.G.: 1102044S20160003177 De: D/Xx. JAMAICA XXXXXXXXXX XXXXXXXXX Contra: D/Xx. FRANCHISE AND FOOD INTERNACIONAL GROUP, XXXXX XXXXXX
XXXXXX X X, XXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XX XXX XX.XX XX XXXXXX (DEPARTAMENTO NAVY EXCHANGE ), BAHIA XXXXX BALLENA S L, FRANSISTEM, S.L. y FOGASA
D/Xx. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA
HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1059/2016 se ha acordado citar a FRANCHISE AND FOOD INTERNACIONAL GROUP, BAHIA CIUDAD BLANCA S A, BAHIA XXXXX
XXXXXXX S L, FRANSISTEM, S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 8 de noviembre de 2017 a las 09:00 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Xx. Xxxxxx Xxxxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte
realice prueba de CONFESION JUDICIAL.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la
Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Yparaquesirvadecitación a FRANCHISEANDFOODINTERNACIONAL GROUP, BAHIA CIUDAD BLANCA S A, BAHIA XXXXX BALLENA S L, FRANSISTEM, S.L.
Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.
En Jerez de la Frontera, a 27/07/2017. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO POR XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX nº 64.842
JuZGAdo de lo SociAl nº 1 JereZ de lA fronterA EDICTO
XXX XXXXXXXX XXXXXXX DE LA FUENTE, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 119/2017 a instancia de la parte actora D/Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX contra JEFRONTEL SLU sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto despachando ejecución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
“S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecuciòn de la sentencia dictada en estas actuaciones con fecha 14 de Febrero de 2017, despachàndose la misma a favor de X. XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX contra JEFRONTEL SLU por la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UN EUROS CON CUARENTA Y TRES
CENTIMOS(2.431,43€) en concepto de principal, màslade TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS (364€) calculados para intereses y costas, siguiéndose la via de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes de las cantidades citadas.
Consúltense y obténganse de la aplicación de la AEAT, la TGSS, y, en su caso domicilio Fiscal de empresas acreedoras de la ejecutada, asi como los datos oportunos imprescindibles a fin de asegurar la efectividad de la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrà interponerse en el plazo de TRES DIAS RECURSO DE REPOSICION, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrà deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acciòn ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del tìtulo, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. XXXX XXXXX XXXXX, MAGISTRADO-JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA. Doy fe.”
Asimismo se ha dictado Decreto, cuya parte dispositiva es como sigue:ACUERDO:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles xx xxxxx, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes y fogasa MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer
B.O.P.
ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
YparaquesirvadenotificaciónaldemandadoJEFRONTELSLUactualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jerez de la Frontera, a 31/07/2017. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO POR XXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXX.
“En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)”. nº 64.848
JuZGAdo de lo SociAl nº 3 cAdiZ
EDICTO
D/Xx XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN FUNCIONES DE SUSTITUCIÓN DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 XX XXXXX.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 692/2015 a instancia de la parte actora D/Xx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX contra SEGURIDAD LA XXXXX SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 13/06/2017 del tenor literal siguiente:
FALLO: Que, ESTIMANDO EN LO ESENCIALla demanda interpuesta por XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX frente a SEGURIDAD LAJANDA, S.L., se condena a esta a que abone a aquel la cantidad de 5.954,51 euros, cantidad de la que correspondieron: 1) a salarios: 5.172,77 euros, que devengará el interés del 10 % anual; 2) a indemnización la de 781,74 euros, que devengará el interés legal del dinero; el devengo de los intereses tomará como día inicial el de su reclamación extrajudicial el 11-6-15.
Se impone a SEGURIDAD LA XXXXX, S.L.:
a.- las COSTAS, que incluirán los gastos de asistencia profesional, en su caso, con el
límite máximo de 600 euros;
b.- así como SANCIÓN PECUNIARIA de importe esta última de 180 euros.
La presente resolución, permite el RECURSO DE SUPLICACIÓN, el cual deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o de su representante, al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo. También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o graduado social colegiado, o representante ante el juzgado que dictó la resolución impugnada, dentro del indicado plazo. Todo el que anuncie recurso de suplicación, consignará como depósito trescientos euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones correspondiente al órgano que hubiere dictado la resolución recurrida, estando exento de ello el que tenga la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, Administraciones Públicas, entidades de derecho público, órganos constitucionales, sindicatos y quienes tuvieren reconocidoelbeneficiodejusticiagratuita.Además,cuandolasentenciaimpugnadahubiere condenado al pago de cantidad, será indispensable que el recurrente que no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita acredite al anunciar el recurso de suplicación haber consignado en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del órgano jurisdiccional, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito. Los anteriores requisitos de consignación y aseguramiento de la condena deben justificarse, junto con la constitución del depósito necesario para recurrir, en su caso, en el momento del anuncio del recurso de suplicación, hasta la expiración del plazo establecido para el anuncio del recurso. Los ingresos podrán efectuarse:
.- o bien mediante INGRESO EN SUCURSAL del Banco Santander en el número de cuenta formada por los siguientes dígitos: “1282 0000 65 (seguido de los cuatro dígitos del nº de registro del procedimiento) (seguido de los dos dígitos del año del procedimiento)”;
.- o bien mediante TRANSFERENCIA BANCARIA en la cuenta “XX00-0000 0000 00 0000000000” expresando como “concepto” el número de aquella anteriormente mencionada “1282 0000 65 (seguido de los cuatro dígitos del nº de registro del procedimiento) (seguido de los dos dígitos del año del procedimiento)”.
Así por ésta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado SEGURIDAD LA XXXXX SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En CADIZ, a veintisiete de julio de dos mil diecisiete. EL/LALETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO POR XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX
Asociación de la Prensa xx xxxxx
Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia
Administración: Xxxxx Xxxxx, xx 0. 00000 XXXXX Teléfono: 000 000 000 (4 líneas). Fax: 000 000 000 Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxxx.xx
SuScriPcion 2017: Anual 115,04 euros.
Semestral 59,82 euros. Trimestral 29,90 euros.
inSercioneS: (Previo pago)
Carácter tarifa normal: 0,107 euros (IVA no incluido). Carácter tarifa urgente: 0,212 euros (IVA no incluido). PublicAcion: de lunes a viernes (hábiles).
Depósito Legal: CAI - 1959
Ejemplares sueltos: 1,14 euros
“En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)”. nº 64.866