CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
Lugar y fecha de celebración del contrato: Nombre e Identificación del Arrendador (s): Nombre e Identificación del Arrendatario (s): _ Dirección del Inmueble: Precio o Canon de Arrendamiento: ($ ) Fecha de Pago Canon de Arrendamiento: _ Sitio y Lugar de Pago: Término de Duración del Contrato: ( ) Año (s) _ Fecha de Iniciación del Contrato:(Día) (Mes) (Año) El Inmueble Consta de los Servicios de: Cuyo Pago Corresponde a:
Además de las anteriores estipulaciones, las partes de común acuerdo convienen las siguientes clausulas:
PRIMERA – OBJETIVO DEL CONTRATO: Mediante el presente contrato, el (los) Arrendador (es) concede (n) a título de arrendamiento a el (los) Arrendatario (s) el goce del inmueble cuyos linderos se determinan en a cláusula Vigésima Segunda.
SEGUNDA – PAGO, OPORTUNIDAD Y SITIO: El (los) Arrendatario (s) se obligan (n) a pagar a el (los) Arrendador (s) el canon de arriendo acordado dentro de los primeros ( ) días de cada periodo contractual, a el (los) Arrendador (s) o a su orden, mediante la siguiente forma de pago:
El canon se aumentará al vencimiento de cada periodo contractual en un Por ciento ( %).S i el precio se pagare en cheque, el canon se considerara satisfecho una vez el banco realice el abono, siempre y cuando el cheque se presente en tiempo en el banco para su pago y dentro del plazo contractual estipulado para el pago. PARAGRAFO: el (los) arrendatario (s) también pagará (n) por cada mes al (los) Arrendador (es) un equivalente al _ ( %) o el monto que la Ley Tributaria determine en el futuro, por concepto de impuesto al Valor Agregado (IVA), pago que se hará en el mismo plazo y condiciones convenidas para el pago del arrendamiento.
TERCERA – DESTINACION: El (los) Arrendatario (s) se compromete (n) a utilizar el inmueble objeto de este contrato única y exclusivamente como local comercial para el desarrollo de su actividad comercial consistente en:
Y se obligan a no darle un uso que sea contrario a la Ley, el orden público y las buenas costumbres. En consecuencia, el (los) Xxxxxxxxxxxx (s) no podrá (n) destinar el inmueble a los fines contemplados, demás normas corcondantes y por lo expuesto, en virtud de este contrato se obliga (n) a no usar el inmueble para el ocultamiento de personas, depósito xx xxxxx o explosivos y dinero de grupos
terroristas, ni tampoco para el procesamiento, almacenamiento o venta de sustancias prohibidas, alucinógenas y similares.
CUARTA – SUBARRIENDO Y CESIÓN: El (los) Arrendatario (s) no podrá (n) subarrendar totalmente el inmueble, ni ceder el contrato sin la autorización previa, expresa y escrita de el (los) Xxxxxxxxxx (s)
QUINTA – MEJORAS: El (los) Xxxxxxxxxxxx (s) no podrá (n) sin la autorización previa, expresa y escrita de el (los) Xxxxxxxxxx (s) hacerle mejoras al inmueble. En todo caso, al término del contrato, las mejoras quedarán de propiedad de el (los) Arrendador (s).
SEXTA – REPARACIONES: El (los) Arrendatario (s) se obliga (n) a efectuar las reparaciones locativas y aquellas que se causen por los hechos de él o de sus dependientes.
Estarán a cargo de el (los) Arrendador (s) las reparaciones necesarias al inmueble arrendado.
SÉPTIMA – SERVICIOS PÚBLICOS: A partir del momento en que el inmueble arrendado sea entregado a el (los) Arrendatario (s) y hasta la fecha de su desocupación y entrega al (los) Arrendador (s), estará a cargo de aquel el pago de los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado, Recolección de Basuras, Energía Eléctrica y Gas Natural, de acuerdo con la respectiva facturación. El (los) Arrendador (s) se reserva (n) el derecho de solicitar mensualmente a el (los) Arrendatario (s) los recibos de constancia de pago de los mismos. PARÁGRAFO PRIMERO: Las reclamaciones que tenga que ver con la óptima prestación o facturación de los servicios públicos serán tramitadas directamente por el (los) Arrendatario (s) ante las respectivas empresas prestadoras del servicio. Cualquier otro servicio adicional al que pretendan acceder el (los) Arrendatario (s) deberá ser previamente autorizado por el (los) Xxxxxxxxxx (s). PARÁGRAFO SEGUNDO: Si el (los) Xxxxxxxxxxxx (s) no pagan oportunamente los servicios públicos antes señalados, este hecho se tendrá como incumplimiento del contrato, pudiendo el (los) Arrendador
(s) darlo por terminado unilateralmente sin necesidad de los requerimientos privados judiciales previstos en la Ley. PARÁGRAFO TERCERO: Igualmente, si como consecuencia del no pago oportuno de los servicios públicos las empresas respectivas los suspenden, retiran el contador o la línea telefónica, estarán a cargo de el (los) Arrendatario (s) el pago de los interés xx xxxx, sanciones y los gastos que demande su reconexión. PARÁGRAFO CUARTO: En caso de acordarse la prestación de garantías o fianzas por parte de el (los) Arrendatario (s) a favor de las entidades prestadoras de los servicios públicos antes indicadas, con el fin de garantizar a cada una de ellas el pago de las facturas correspondientes, tal pacto se hará constar por escrito separado, con el lleno de los requisitos exigidos para tal efecto.
OCTAVA – CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN: El (los) se obligan a pagar con el canon de arrendamiento, el valor mensual que por concepto de cuota de administración se encuentre a la fecha de inicio del presente contrato aprobado por la Copropiedad, esto es la suma de ($ ), anticipadamente dentro de los ( ) primeros días del respectivo mes, así como los reajustes e incrementos a su valor, que posteriormente sean aprobados. PARÁGRAFO: El (los) Arrendatario (s) se comprometen a cumplir y respetar cabalmente todas y cada una de las normas establecidas por el reglamento de propiedad horizontal.
NOVENA – INSPECCIÓN: El (los) Arrendatario (s) permitirá (n) las visitas que en cualquier tiempo el (los) Arrendatario (s) o sus representantes tengan a bien realizar, para constatar el estado y
conservación del inmueble u otras circunstancias que sean de su interés, igualmente permitirán las visitas de inspección por parte de las empresas de servicios públicos que prestan tales servicios.
DÉCIMA – SEGUROS: El (los) Arrendatario (s) pagara (n) la diferencia de valor que resulte en el seguro de incendio del local, si la tasa se modifica por acusa de la destinación dada al inmueble.
DÉCIMA PRIMERA – RESTITUCIÓN: El (los) Xxxxxxxxxxxx (s) restituirá (n) el inmueble a el (los) Arrendador (s) a la terminación del contrato en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural causado por el tiempo y el uso legítimo del mismo. El (los) Arrendatario (s) restituirá (n) el inmueble con todos los servicios públicos y conexos totalmente al día y a paz y salvo con las empresas prestadoras del servicio, y se obliga (n) a cancelar las facturas debidas que lleguen posteriormente, pero causadas en vigencia del contrato. Para tal efecto y antes de la finalización del contrato, el (los) Arrendatario (s) garantizará (n) su pago mediante una provisión proporcional y equivalente al promedio de sus tres (3) últimos consumos según la facturación respectiva. En ningún caso el (los) Xxxxxxxxxxxx (s) será (n) responsable (s) por el pago de servicios o conexiones o acometidas que fueren directamente contratadas por el (los) Xxxxxxxxxxxx (s), salvo pacto expreso y por escrito entre las partes.
DÉCIMA SEGUNDA – ENTREGA: El (los) Xxxxxxxxxx (s) se obliga (n) a entregar a el (los) Arrendatario
(s) el inmueble el día ( ) del mes del año ( ), Junto con los elementos que lo integran en buen estado de conservación, los que se detallarán en escrito separado firmado por los contratantes, el cual se considera parte integrante de este contrato.
DÉCIMA TERCERA– INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento o violación de cualquiera de las obligaciones por parte de el (los) Arrendatario (s) dará (n) derecho a el (los) Arrendador (s) para dar por terminado el contrato y exigir la entrega inmediata del inmueble, sin necesidad de desahucio ni de los requerimientos previstos en la Ley a los cuales renuncia (n) el (los) Arrendatario (s).
DÉCIMA CUARTA– CLÁUSULA PENAL: El incumplimiento total o parcial por parte de el (los) Arrendatario (s) de cualquiera de las obligaciones derivadas de este contrato, lo (s) constituirá (n) en deudor (es) de la otra parte por la suma de ( ) salarios mínimos mensuales vigentes a la fecha del incumplimiento, a título xx xxxx, sin menoscabo del pago de la renta y de los perjuicios que pudieren ocasionarse como con consecuencia del incumplimiento. Se entenderá, en todo caso, que el pago de la pena no extingue la obligación principal y que el (los) Arrendador (es) podrá (n) pedir a la vez el pago de la pena y la indemnización de perjuicios, si es el caso. Este contrato será prueba sumaria suficiente para el cobro de esta pena y el (los) Arrendatario (s) o sus deudores solidarios expresamente a cualquier requerimiento privado o judicial para constituirlo (s) en xxxx del pago de esta o cualquier otra obligación derivada del contrato.
DÉCIMA QUINTA – TERMINACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO: El presente contrato termina por el vencimiento del término estipulado. No obstante, si a la fecha del vencimiento del término inicial o de sus prórrogas, ninguna de las partes ha dado aviso a la otra con una antelación no menor a
( ) meses a la fecha de vencimiento, de su intención de darlo por terminado, el presente contrato de arrendamiento se entenderá prorrogado en iguales condiciones y por el mismo término indicado en este documento, siempre y cuando cada una de las partes haya cumplido con las
obligaciones a su cargo. Lo anterior sin perjuicio a la renovación consagrado en el artículo 518 del Código de Comercio
DÉCIMA SEXTA – GASTOS: Los gastos que cause el presente documento serán de cargo de
DÉCIMA SÉPTIMA –DEUDORES SOLIDARIOS: Para garantizar a el (los) Arrendador (s) el cumplimiento de sus obligaciones, el (los) Arrendatario (s) tiene (n) como coarrendatario (s) a:
, Mayor y vecino de , identificado con y
mayor y vecino de _ , identificado (a) con , quien (s) declara (n) que se obliga (n) solidariamente con el (los) Arrendatario (s) durante el término de duración del contrato y el de sus prórrogas y por el tiempo que permanezca el inmueble en poder de este (os).
DÉCIMA OCTAVA: El (los) Arrendatario (s) faculta (n) expresamente a el (los) Arrendador (s) para llenar en este documento el espacio en blanco destinado a los linderos.
DÉCIMA NOVENA: En caso xx xxxx en el pago del canon de arriendo, el (los) Arrendador (es) podrá
(n) cobrar ejecutivamente el valor de los cánones debidos, los intereses xx xxxx a la tasa máxima establecida en la Ley, la pena aquí pactada, los servicios dejados de pagar por el (los) arrendatario (s), y la indemnización de perjuicios, bastando la sola afirmación del incumplimiento y la presentación de este contrato, sin necesidad de requerimiento privado o judicial para constituirlo
(s) en xxxx del pago de esta o cualquier otra obligación derivada del contrato. La mera tolerancia de el (los) Arrendador (es) es aceptar el pago del precio del arrendamiento con posterioridad a su vencimiento, no se entenderá como animo de renovación o de modificación del término establecido para el pago del contrato.
VIGÉSIMA – GASTOS DE COBRANZA JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL: En cualquier evento xx xxxx o retardo en el cumplimiento de las obligaciones del Arrendatario, el Arrendador queda facultado para exigir de aquel el pago de los honorarios de abogado y demás gastos de cobranza judicial y/o extrajudicial. Igualmente, si como consecuencia del no pago oportuno de los servicios públicos las empresas respectivas los suspenden, retiran el contador o la línea telefónica, cargo de (los) Xxxxxxxxxxxx (s) el pago de los intereses xx xxxx, sanciones y los gastos que demande su reconexión.
VIGÉSIMA PRIMERA – EXENCION DE RESPONSABILIDAD: El (los) Arrendadores (es) no asume (n) responsabilidad alguna por los daños o perjuicios que el (los) Arrendatario (s) puedan sufrir por causas atribuibles a terceros o a otros arrendatarios de partes del mismo inmueble o de sus empleados o dependientes, ni por robos, ni por hurtos, ni por siniestros causados por incendios, inundaciones o terrorismo. Estará (n) a cargo de el (los) Arrendatario (s) las medidas de dirección y manejo tomadas para la seguridad del bien.
VIGÉSIMA SEGUNDA – LINDEROS DEL INMUEBLE:
VIGÉSIMA TERCERA: Para las notificaciones y avisos entre las partes son admisibles las comunicaciones que se hagan ya sea vía fax, teléfono, correo electrónico o por servicio postal autorizado por el Gobierno Nacional, y para tales efectos se señalan las siguientes direcciones:
Arrendador (es): Dirección:
Teléfono: Fax: Correo Electrónico:
Deudores Solidarios: Dirección:
Teléfono: Fax: Correo Electrónico:
CLÁUSULAS ADICIONALES
En constancia de lo anterior, se firma por las partes el día ( ), del mes de
, del año ( ).
ARRENDADOR ARRENDATARIO