DOCUMENTO COMPLEMENTARIO N° 1
Abogado y Escribano por un Día 2018
“URUGUAY FOOTBALL & HOSPITALITY CENTER”
DOCUMENTO COMPLEMENTARIO N° 1
CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN
PROYECTO: URUGUAY FOOTBALL & HOSPITALITY CENTER
entre
4 ARENAS S.A.
(el Comitente) y
ENTUSIASMO CONSTRUCTOR S.A.
(el Contratista)
El presente CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN (en adelante, “el Contrato”) se celebra entre: 4 ARENAS S.A. (en adelante, “4 ARENAS” o “el Comitente”) representada por el Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx en su carácter de presidente del Directorio, por una parte, y por la otra, la empresa constructora ENTUSIASMO CONSTRUCTOR SA (en adelante, “ECSA” o “el Contratista”), representada en este acto por el Arq. Xxxxxxxxx Montenapoleone Xxxxxxx, en su carácter de presidente del Directorio.
CONSIDERANDO:
(A) 4 ARENAS es la propietaria de un establecimiento rural denominado “Uruguay Nomás” ubicado en la localidad de Termas del Arapey, departamento xx Xxxxx, República Oriental del Uruguay, que se destinará a un emprendimiento turístico.
(B) Hasta el momento el establecimiento ha tenido destino agrícola- ganadero, y su cambio de destino hace necesario realizar construcciones de infraestructura, para comenzar a recibir clientes-turistas a partir del 1° de julio de 2018.
(C) El Contratista presentó una oferta para la construcción de un centro turístico y futbolístico de acuerdo al proyecto elaborado por el Arq. Xxxxxxxxx Xxxx. La propuesta del Contratista fue seleccionada por 4 ARENAS, en consideración de los antecedentes del Contratista, su compromiso y su capacidad técnica para ejecutar este tipo de proyectos.
POR LO EXPUESTO, las partes suscriben el presente Contrato de acuerdo a los siguientes términos y condiciones:
Artículo 1: Objeto
1.1 El Comitente encomienda al Contratista, y éste acepta, realizar los siguientes trabajos: construcción de ocho canchas de fútbol (dos de tamaño estándar profesional, cuatro de “fútbol 7” y dos canchas techadas de “fútbol 5”), dos gimnasios, dos piscinas (una abierta y una techada), vestuarios, un club house, un restaurante, una sala de karaoke, un anfiteatro, cuatro salones multipropósito y veinte apartamentos de dos plantas (bungalows), todo lo cual se detalla en el Anexo
III. Para ello se requerirá un movimiento de suelos, según el Plan de Obra adjunto al presente como Anexo I, los planos y especificaciones técnicas específicas adjuntas como Anexo III, y las instrucciones que imparta la Dirección de Obra.
1.2 La presente contratación se realiza bajo la modalidad de “llave en mano”, lo cual supone que el Contratista proveerá todos los equipos, materiales, mano de obra, tributos, prestaciones de seguridad social, y gestionará todos los permisos necesarios ante organismos públicos, proveyendo en definitiva todo cuanto fuera necesario para cumplir con el objeto de este Contrato aunque no estuviese
expresamente especificado, excepto aquellas prestaciones que el Comitente expresamente tome a su cargo bajo el presente.
1.3 Previo a la firma de este contrato, el Contratista ha revisado a su satisfacción todos los diseños, planos y especificaciones técnicas de la obra, así como el sitio de la obra, la naturaleza de los trabajos encomendados y la normativa aplicable. Por lo tanto, no podrá alegar su desconocimiento ni eventuales errores o inconsistencias en dichos datos como eximentes de responsabilidad. Asimismo, el Contratista garantiza al Comitente que la obra terminada cumplirá con los planos y especificaciones técnicas descriptas en el Anexo III al presente Contrato y será apta para el fin para el cual se la realiza. En caso que el Contratista detecte errores de diseño o inconsistencias en los planos o especificaciones técnicas que forman parte del presente Contrato, el Contratista deberá comunicarlo inmediatamente a la Dirección de Obra a fin de determinar a la mayor brevedad posible, cuál de las partes del presente Contrato (o bien el proyectista) será responsable de subsanar los defectos detectados.
Artículo 2: Plazo de la Obra
2.1 El plazo total para la ejecución de todos los trabajos a cargo del Contratista conforme al presente Contrato será hasta el 15 xx xxxx de 2018 como máximo y sin ninguna posibilidad de prórroga. En la fecha de terminación de la obra, los bungalows estarán en condiciones de que se coloque el mobiliario y la decoración para recibir huéspedes pocos días más tarde; las canchas deberán estar en condiciones de soportar partidos de fútbol y entrenamientos, y los diversos salones deberán estar en condiciones de recibir los aparatos de gimnasia, mobiliario y equipos de tecnología, de modo que se pueda poner a prueba durante varios días el normal funcionamiento de las instalaciones al cien por ciento de su capacidad, antes de recibir los primeros turistas que llegarían el 1° de julio de 2018.
Si la Dirección de Obra verifica en cualquier momento que existe un atraso en el avance previsto, susceptible de generar un desvío en los plazos de la obra, podrá exigirle al Contratista y éste se obliga a atender, el empleo de mano de obra adicional, utilización de horas extras y/o equipos adicionales, en las cantidades que fueren necesarias, de modo de eliminar cualquier atraso y permitir la conclusión de la obra en la fecha prevista, sin que esto implique alteración alguna de los precios contractuales.
2.2 El Contratista podrá solicitar que se le conceda una prórroga en el Plazo únicamente en los siguientes casos:
(a) Trabajos adicionales que excedan el objeto de la Obra
(b) Caso fortuito o fuerza mayor (conforme lo dispuesto en el Código Civil uruguayo) a exclusivo criterio de la Dirección de Obra (Arq. Xxxx).
2.2.1 Para que proceda la solicitud de prórroga, el evento que dé lugar al retraso deberá ser comunicado fehacientemente, por escrito, a la Dirección de Obra inmediatamente después de haberse producido. En caso que el Contratista no comunicare el hecho a la Dirección de Obra se entenderá que el hecho no tuvo un
impacto negativo en los plazos perdiendo el derecho a plantear luego una solicitud de prórroga basada en el evento respectivo.
2.2.2 La recepción por parte de la Dirección de la Obra de un pedido de prórroga no implica su otorgamiento en forma automática. El otorgamiento de la prórroga deberá ser acordado en forma expresa por las partes.
Artículo 3: Precio
3.1 El Precio de este Contrato se establece en la suma fija de US$ 2.750.000 (dos millones setecientos cincuenta mil dólares), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido (“Precio Total”). A fin de determinar el Precio Total se tomó como referencia la planilla adjunta al presente Contrato como Anexo V. El Precio Total comprende la totalidad de los trabajos a cargo del Contratista necesarios para cumplir con el objeto de este Contrato; incluyendo, pero no limitado a: todo el movimiento de suelos previsto, la mano de obra, los materiales, consumibles, equipos, imprevistos, tributos, contribuciones a la seguridad social y costos directos e indirectos.
Artículo 4: Modo de ejecutar la obra
4.1 El Contratista deberá proveer todos los materiales, provisiones y prestaciones necesarios para cumplir con el objeto del presente Contrato, las herramientas, útiles, enseres, maquinarias, equipos, trabajos provisorios o prestaciones que sean necesarios para la terminación de los trabajos de acuerdo a su fin, su buen funcionamiento y su aprobación por las autoridades o entes a cargo de su fiscalización y aprobación.
4.2 La Dirección de Obra y/o el Comitente tendrán derecho a inspeccionar cuantas veces lo consideren necesario, todo trabajo que se haya realizado en una primera instancia en forma incorrecta, y a solicitar se realicen correcciones hasta terminar el trabajo a satisfacción de la Dirección de Obra.
4.3 Los materiales para la obra deberán ser de la mejor calidad acorde con lo establecido en el Plan de Obra. Las canchas deben ser de calidad premium y de nivel profesional. Los materiales no aprobados por la Dirección de Obra serán descartados en la construcción de la obra.
(...)
Artículo 6: Ley aplicable – Jurisdicción
El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de la República Oriental del Uruguay. Para el caso de conflicto derivado del presente Contrato, las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios competentes de la ciudad de Montevideo, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
Artículo 7 : Domicilios
Para todos los efectos legales, judiciales o extrajudiciales, emergentes del Contrato, las partes constituyen los siguientes domicilios especiales, donde serán válidas todas las notificaciones que se practiquen.
Comitente: 4 ARENAS S.A.
Xxxxxx 000 xxxx. 0000 Xxxxx
Contratista: ENTUSIASMO CONSTRUCTOR S.A.
Arq. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxx. xx xxx Xxxxxx 0000 Xxxxxxxxxx
Dirección de Obra: Arq. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx
Mar Jónico 3951 Salto
Se firman tres ejemplares de igual tenor, en la ciudad de Montevideo, a once días del mes de octubre de 2016.