Acuerdo plenario de adhesión al Acuerdo de colaboración entre la FEMP y el SECTOR DE TELECOMUNICACIONES para el despliegue de las infraestructuras de redes radiocomunicación
Acuerdo plenario de adhesión al Acuerdo de colaboración entre la FEMP y el SECTOR DE TELECOMUNICACIONES para el despliegue de las infraestructuras de redes radiocomunicación
Nosotros, los representantes del municipio de .…………………… reunidos en pleno, con motivo del Acuerdo suscrito entre la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y el Sector de las Telecomunicaciones el 14 xx xxxxx de 2005 bajo el patrocinio de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, declaramos nuestro deseo y compromiso de participar de manera constructiva en el desarrollo de la Sociedad de la Información así como de favorecer el desarrollo armónico de las infraestructuras de red de radiocomunicación en general y de facilitar el acceso al uso de la telefonía móvil a toda nuestra población en particular, en términos de seguridad jurídica, medioambiental y sanitaria.
Reconocemos la necesidad de una colaboración estrecha entre todas las instituciones que tienen competencias relacionadas con el despliegue de redes de radiocomunicación, así como con las operadoras de telefonía móvil, para no poner freno al desarrollo de nuestros pueblos y ciudades, pero es nuestra obligación hacerlo en términos de seguridad. Por esto, creemos necesario que exista un Código de Buenas Prácticas suscrito por todas las partes interesadas y avalado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Acordamos la adhesión del Ayuntamiento de al Código
de Buenas Prácticas para la instalación de Infraestructuras de Telefonía Móvil, aprobado por la Comisión Ejecutiva de la FEMP el 13 de Diciembre de 2005 y ratificado por las empresas operadoras del sector de las Telecomunicaciones, así como nuestro compromiso de cumplimiento.
En………………………….. a … de de 2014
FEMP x/ Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx (X) 913 643 700 (F) 913 655 482 xxxx://xxxx.xx/xxxx xxxx@xxxx.xx
JUSTIFICACIÓN
La adhesión al Código de Buenas Prácticas que se propone adoptar formalmente y por unanimidad en pleno municipal tiene dos objetivos:
▪ Formalizar el consenso político de la corporación entorno a la necesidad de dar una respuesta ordenada y en un marco general de buenas prácticas a la instalación y funcionamiento de las estaciones base de telefonía móvil. La controversia social sobre las antenas de telefonía móvil se traslada con mucha frecuencia al gobierno municipal que se ve condicionado por ella en la toma de decisiones que afecta a la normalización de unas infraestructuras imprescindibles para el desarrollo y la mejora de la calidad de vida.
▪ Hacer público y dar a conocer que hay un marco técnico comúnmente aceptado por el que se rige el Ayuntamiento.
La adhesión formal al CBP añade la ventaja de que esos Ayuntamientos disfrutarán del compromiso SATI de respuesta y atención prioritaria.
ANTECEDENTES
En Julio de 2004 y tras la aprobación de la Ley General de Telecomunicaciones (32/2003, de 3 de noviembre 2003), el Ministerio de Industria convocó la Comisión Sectorial para el Despliegue de Infraestructuras de Radiocomunicación (CSDIR), cuyo objetivo era impulsar, salvaguardando las competencias de las Administraciones implicadas, el despliegue de las infraestructuras de radiocomunicación, en especial de las redes de telefonía móvil y fija inalámbrica, de acuerdo con los principios de seguridad de las instalaciones, de los usuarios y del público en general, la máxima calidad del servicio, la protección del medio ambiente y la disciplina urbanística.
La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) participó activamente en los trabajos de la Comisión y en Junio de 2005, se comprometió, junto a las Comunidades Autónomas y el Sector de Radiocomunicación, a aplicar las Recomendaciones de esa Comisión, aprobadas por unanimidad.
En virtud de ese compromiso, el 14 xx Xxxxx de 2005 se firmó un Acuerdo de Colaboración entre la FEMP y el Sector de Telecomunicaciones para llevar a cabo las Recomendaciones y especialmente la nº 13: “la conveniencia de alcanzar acuerdos entre la FEMP y el sector de las telecomunicaciones que posibiliten el establecimiento consensuado de criterios técnicos, medioambientales y urbanísticos
para favorecer el desarrollo armónico de las infraestructuras de red de radiocomunicación”. Dicho Acuerdo se ha renovado anualmente desde entonces.
En este marco de colaboración se puso en marcha el Servicio de Asesoramiento Técnico e Información (SATI) con el objetivo de asistir a los Ayuntamientos en todo lo relacionado con los despliegues de infraestructuras de radiocomunicación, concretamente de telefonía móvil, en cumplimiento del CBP.
El SATI tiene dos objetivos prioritarios:
⮚ dar respuesta a las consultas de los Ayuntamientos en todo lo relacionado a la implantación de Infraestructuras de Radiocomunicación, concretamente de telefonía móvil y muy especialmente a la aplicación del Código de Buenas Prácticas y la transposición del Modelo de Ordenanza al acervo normativo de cada Ayuntamiento.
⮚ servir de instrumento de conciliación, a través del asesoramiento, la información y la formación, entre los Operadores y los Ayuntamientos en el despliegue de la red de telefonía móvil.
Para ello el SATI cuenta con dos herramientas básicas para orientar sus actuaciones:
1. El Código de Buenas Prácticas (CBP) para el despliegue ordenado de las redes de telefonía móvil, aprobado en diciembre de 2005 y suscrito por todas las operadoras de telefonía móvil que despliegan red (Orange, Telefónica, Vodafone y Xfera).
2. El Modelo de Ordenanza de la FEMP reguladora de la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas como base de instrumento legal para facilitar la concesión de licencias y la gestión a los Ayuntamientos de estas infraestructuras, aprobada por la Comisión Ejecutiva de la FEMP en abril 2008.
El CBP ratificado ya por todos los Operadores y por más de 1100 Ayuntamientos de toda España, tiene por objeto, siempre dentro del marco del cumplimiento de la legislación vigente, servir de referencia a los Gobiernos Locales y a las empresas para, por un lado, facilitar la tramitación de licencias municipales mediante el recurso a las soluciones urbanísticas que el Código propone y por otro, contribuir a resolver los conflictos que se puedan presentar.
El CBP ofrece respuesta a las cuestiones que se han demostrado más relevantes o plantean más dificultades tanto a los Gobiernos Locales como a las empresas para resolver la instalación y funcionamiento de las redes de telefonía móvil: elementos normativos; modelo de plan de despliegue, propuestas para la integración en el entorno, indicaciones sobre el control de emisiones, etc.
La adhesión al CBP por parte de un Ayuntamiento lleva aparejada la asistencia gratuita y preferente por parte del SATI.