SE REUNEN
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXX X XX XXXXXXX XXXXX *** PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DIRIGIDO A INCREMENTAR LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y LABORAL DE LAS MUJERES EN SITUACIÓN O RIESGO DE EXCLUSION SOCIAL Y LABORAL EN 2014 Y 2015 (PROGRAMA CLARA).
En Madrid, a de 2014
SE REUNEN
DE UNA PARTE, Xxxxxx Plaza Xxxxxx, , Directora General del Instituto de la Mujer, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, nombrada mediante Real Decreto 246/2012, de 23 de enero (BOE nº 20,de 24 de enero de 2012), actuando en nombre y representación del citado organismo público en virtud de las atribuciones que le otorga el artículo 7 del Real Decreto 774/1997, de 30 xx xxxx, por el que se establece la nueva regulación del Instituto de la Mujer.”
Y DE OTRA PARTE, X. Xx , con DNI , como (poner cargo) Alcaldía‐Presidencia de la Entidad Local de ***. Ambas partes, con las representaciones que tienen asignadas y reconociéndose con plena capacidad para actuar y, en especial, para firmar este Convenio de Colaboración.
EXPONEN
1º.‐ Que, al Instituto de la Mujer, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través de la Dirección General para la Igualdad de oportunidades, dependiente de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, le corresponde, de acuerdo con los fines previstos en su Ley de Creación 16/1983, de 24 de octubre, y en el artículo segundo del Real Decreto 774/1997, de 30 xx xxxx, por el que se establece la nueva regulación del citado Organismo, la promoción y el fomento de las condiciones que posibiliten la igualdad social de ambos sexos y la participación de la mujer en la vida política, cultural, económica y social.
2º.‐ Que, el Instituto de la Mujer tiene entre sus ejes prioritarios la realización de actuaciones encaminadas a combatir las desigualdades que afectan en mayor medida a determinados grupos de mujeres, promoviendo programas de inserción sociolaboral, así como establecer relaciones con instituciones de análoga naturaleza y similares de las Comunidades Autónomas y de la Administración Local, según lo dispuesto en los puntos 10 y 11 del artículo segundo de la citada Ley 16/1983.
3º.‐ Que, para dar cumplimiento a los objetivos anteriormente expuestos, el Instituto de la Mujer promueve un Programa cuyo objetivo es incrementar la empleabilidad de colectivos de
mujeres con especiales dificultades de integración social e inserción laboral y que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social y laboral.
4º.‐ Que, la entidad local de **** tiene interés en la realización de programas dirigidos a promocionar social y económicamente a las mujeres de su localidad
5º.‐ Que, para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, el Instituto de la Mujer tiene interés y se hace necesaria la colaboración con la Entidad Local de ***, para el desarrollo de un Programa dirigido a incrementar la participación social y la empleabilidad de las mujeres de su localidad.
6º.‐ Que, el presente Convenio está excluido del ámbito de aplicación del Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en su artículo 4, punto 1, letra C. No obstante, y respecto de las dudas que eventualmente en su ejecución pudieran presentarse, estás se resolverán considerando lo dispuesto en los principios orientadores de la referida Ley. Asimismo, y en cuanto colaboración con entidades locales, le es de aplicación el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
7º.‐ Que, para la realización del objeto del Convenio, existe crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del Instituto de la Mujer, y en los de la Entidad Local de ***, para el ejercicio 2014, quedando condicionadas las aportaciones para el ejercicio 2015 a la existencia de crédito adecuado y suficiente para dicha anualidad, en los términos previstos por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Por todo lo manifestado, y en virtud del interés en cooperar para conseguir los objetivos comunes antes mencionados, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes
CLAUSULAS
PRIMERA – OBJETO DEL CONVENIO.‐ El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre el Instituto de la Mujer y la Entidad Local de *** para la realización de actividades conjuntas para el desarrollo de un Programa CLARA dirigido a incrementar la empleabilidad de las mujeres en situación o riesgo de exclusión, durante los años 2014 y 2015.
SEGUNDA ‐ APLICACIÓN.‐ Este Convenio será de aplicación en la localidad de *** y el encargado de la gestión del mismo será la entidad local de ***
TERCERA – COMPROMISO DE LAS PARTES.‐ La colaboración suscrita por ambas partes, objeto de este Convenio, se concreta en las actividades derivadas de la puesta en marcha, desarrollo, gestión y evaluación del Programa objeto del Convenio y que a continuación se enumeran:
3.1. Corresponde al Instituto de la Mujer la realización de lo siguiente:
• Puesta a disposición de la metodología de intervención.
• Elaboración, adaptación y edición de instrumentos técnicos.
• Formación del personal técnico adscrito al Programa.
• Realización de Jornadas Técnicas.
• Seguimiento y Evaluación del Programa.
3.2. Corresponde a la Entidad Local de *** la ejecución de las siguientes actividades:
• Desarrollo de los itinerarios integrados de inserción social y laboral.
• Puesta a disposición de los locales necesarios para el desarrollo del Proyecto.
• Elaboración y edición de los materiales de divulgación del Programa
• Contacto con entidades y asociaciones que colaboran en el Programa.
• Organización y gestión de la Formación Ocupacional. En este sentido, si desde la entidad local de **** se organizaran y gestionaran, durante la duración de este convenio, acciones vinculadas a la formación ocupacional dirigidas a mujeres, tendrán prioridad en su admisión las participantes en este programa.
• Aportar los apoyos administrativos necesarios para la buena ejecución del Programa.
• Facilitar y apoyar la intermediación laboral a través de contactos con empresas.
CUARTA – FINANCIACIÓN.‐ .‐ El presupuesto total del Convenio asciende a Euros;
……………€ para 2014 y € para 2015.
4.1. El Instituto de la Mujer contribuirá al objeto del Convenio mediante la aportación directa de la cantidad de …………….con cargo a la aplicación presupuestaria 26.107.POxx.232B.226.10, del presupuesto de este Organismo, correspondiendo *** € para el ejercicio 2014 y *** € para 2015, condicionado a que exista crédito en el presupuesto de dichas anualidades.
Las aportaciones dinerarias que realizará el Instituto de la Mujer, dentro del marco común de colaboración, se destinarán a actuaciones para el cumplimiento del objeto del presente Convenio y amparará gastos de los siguientes conceptos:
• Gastos de la contratación pública de una asistencia técnica, específicamente destinada a la realización de las actividades de este programa, hasta un límite de………………. € para el 2014 y € para 2015.
El personal de dicha contratación propuesto para desarrollar las actividades del programa deberá contar con una cualificación profesional que responda a los criterios establecidos por el Instituto de la Mujer.
• Elaboración de materiales específicos para el desarrollo del programa del tipo manuales, folletos, guías, u otros instrumentos y materiales técnicos de esta índole, si fuera necesario.
• Actividades formativas en materia ocupacional y de igualdad.
• Gastos de trasporte de asistentes a las Jornadas formativas/informativas que el Instituto de la Mujer organice para el personal técnico y de coordinación del Programa
• Acciones de difusión del programa y sus soportes.
El abono de las mencionadas aportaciones para cada una de las anualidades, se efectuará una vez ejecutadas y justificadas válidamente las actuaciones correspondientes a cada uno de los ejercicios, de acuerdo con lo realizado en la cláusula undécima.
La aportación del Instituto de la Mujer a este convenio está cofinanciada por el Fondo Social Europeo (en adelante FSE) en un xx% en el ámbito del Programa Operativo “Lucha contra la discriminación” período de programación 2007‐2013.
En ningún caso serán imputados, a efectos del FSE, el IVA recuperable, los intereses deudores, la adquisición de mobiliario, equipo, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos.
4.2. La Entidad Local de *** contribuirá con la cantidad de …….. euros ( €), con cargo a su presupuesto; ……….€ para 2014 y € para 2015
Dichas aportaciones, dentro del marco común de colaboración, se destinarán a actuaciones para el cumplimiento del objeto del presente Convenio y podrán amparar gastos de los siguientes conceptos:
• Gastos derivados de la contratación pública de una asistencia técnica, específicamente destinada a la realización de las actividades de este programa, hasta un límite de
………………€ para el 2014 y € para 2015.
• Asistencia a jornadas formativas/informativas (dietas y alojamiento) de la persona contratada para el programa y de quien ostente la representación de la entidad local
• Difusión del programa y sus soportes
• Actividades formativas vinculadas al objeto del programa.
QUINTA – COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.‐ Al objeto de conseguir una mayor eficacia y operatividad en las relaciones entra las partes, se constituirá una Comisión de Seguimiento, de carácter paritario, con dos personas representantes del Instituto de la Mujer, designadas por su Directora General y con dos personas representantes de la entidad local de *** nombradas por quien ostente la representación.
El funcionamiento de esta Comisión de Seguimiento se regirá por los dispuesto en el presente documento y, con carácter supletorio, por lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en lo que se refiere al funcionamiento de los órganos colegiados.
Esta comisión tendrá a su cargo el seguimiento y la valoración de las acciones derivadas del mismo, así como la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse.
La Comisión de Seguimiento se reunirá al menos una vez al año o cuando lo solicite una de las partes y de dichas reuniones se levantará la correspondiente acta.
SEXTA ‐ PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN.‐ En el material impreso, así como en la difusión que se haga de las actividades derivadas de este convenio, deberá constar la colaboración de ambas entidades y la del FSE y figurar expresamente sus logotipos y el del FSE.
Para el Instituto de la Mujer se aplicará lo establecido en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.
El logotipo del FSE será el de la Unión Europea indicando debajo: “Unión Europea. El FSE invierte en tu futuro”. La aceptación de la ayuda comunitaria implica la inclusión de las personas beneficiarias en una lista de beneficiarios publicada anualmente por la UAFSE.
La propiedad de toda documentación que se obtenga como resultado de las actividades objeto del Convenio pertenecerá al Instituto de la Mujer, a quien corresponderán en exclusiva los derechos de explotación de la misma, en cualquiera de las modalidades recogidas en la Ley, respetando siempre los derechos xxxxxxx que corresponden al autor de la obra reconocidos en el Real Decreto‐Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
El tratamiento de los datos que se obtengan de la realización de la actividad objeto del convenio estará sometida a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
SÉPTIMA ‐ RELACIÓN CONTRACTUAL.‐ La ejecución de las actividades objeto del presente convenio no supondrá, en ningún caso, la existencia de relación laboral alguna entre las entidades firmantes del mismo y las personas que lleven a cabo la ejecución de dichas actividades.
OCTAVA ‐ NATURALEZA JURÍDICA Y ÁMBITO JURISDICCIONAL.‐ Este Convenio tiene
naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 4.1.c) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por los principios del mencionado Real Decreto Legislativo de Contratos del Sector Público.
Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso‐Administrativo.
NOVENA – DURACIÓN.‐ El presente Convenio ampara las acciones desarrolladas para el cumplimiento de los objetivos del mismo a partir del momento de su firma y surtirá efectos hasta el 30 de septiembre de 2015.
DÉCIMA ‐ JUSTIFICACIÓN.‐ La Entidad Local presentará la justificación de todos gastos de las actividades realizadas en el marco el convenio, con cargo a las aportaciones de las anualidades de cada una de las partes, referidos a los siguientes períodos de cada anualidad:
• 2014: desde la fecha de la firma del convenio hasta el 30 de septiembre de 2014
• 2015: octubre, noviembre y diciembre del ejercicio 2014 y de 1 de enero a 30 de septiembre de 2015.
La justificación de los gastos de las actividades correspondientes a cada uno de los periodos arriba mencionados se deberá de presentar con la siguiente secuencia:
• 2014: se presentará con fecha límite de 30 de septiembre de 2014, debiendo estar
pagadas todas las facturas a 30 de septiembre de 2014.
• 2015: se presentará con fecha límite de 30 de septiembre de 2015, debiendo estar
pagadas todas las facturas a 30 de septiembre de 2015.
La justificación de todos los gastos inherentes al convenio, tanto lo realizado con cargo a la aportación del Instituto de la Mujer como lo realizado con cargo a la aportación de la Entidad local, se realizará de acuerdo con los términos establecidos en listado de comprobación de gastos que se acompaña como anexo al texto de este convenio.
Dichas justificaciones se realizarán mediante facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, originales o fotocopias compulsadas y los correspondientes justificantes de pago de dichos gastos, acompañados de un informe final de las actuaciones realizadas (incluyendo partes de firmas de asistencia a cada una de las actividades formativas llevadas a cabo), en cada una de las anualidades y que se adjuntará a la justificación económica de cada ejercicio.
Respecto a los costes de la contratación de la persona física o jurídica para el desarrollo del Programa deberá de justificarse mediante la aportación del correspondiente contrato, así como con las facturas en caso de personas jurídicas y con las nóminas, TC1 y TC2, en el caso de ser persona física. Además del importe, se indicará el periodo de pago, así como el porcentaje de imputación de dicho gasto aplicado al Programa, si fuera el caso.
Si en el expediente justificativo figuran fotocopias compulsadas estas deberán ser realizadas previo estampillado en el original de un sello que indique el porcentaje de imputación al presente Convenio y que está cofinanciado por el PO. Lucha FSE 2007‐2013.
La mencionada justificación deberá ir acompañada por 2 relaciones de facturas: una correspondiente a los gastos imputados a la aportación de la entidad local y otra a la del Instituto de la Mujer. En ambas relaciones, firmadas y selladas, figurarán los siguientes datos: número de factura, fecha, concepto, importe, nombre del perceptor o perceptora, su NIF/CIF, fecha de pago y porcentaje de imputación al Programa.
Se aportará, asimismo, un certificado expedido por quien ostente la Secretaría o por la Intervención de la entidad local de *** en el que se dé cuenta de los gastos realizados y de los conceptos a que corresponda cada uno de ellos.
Los gastos del convenio efectuados con cargo a la aportación del Instituto de la Mujer, que está cofinanciada por el FSE, deberán figurar en la contabilidad de la entidad beneficiaria, y será aportada al Instituto de la Mujer cuando así sea requerida.
UNDÉCIMA ‐ MODIFICACIONES.‐ Los términos del presente Convenio de colaboración podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. La modificación se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio.
DUODÉCIMA – CAUSAS DE EXTINCIÓN.‐ El presente Convenio se extinguirá por cumplimiento del mismo, resolución o por denuncia expresa de una de las partes con una antelación mínima de tres meses a la finalización del convenio.
Asimismo, serán causas de extinción de este convenio el mutuo acuerdo de las partes, la imposibilidad sobrevenida de cumplimiento o por causa de fuerza mayor.
Será motivo de resolución el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.
En caso de resolución del convenio, las partes quedan obligadas al cumplimiento de sus respectivos compromisos hasta la fecha en que ésta se produzca.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes