CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE BIENES COMO SON COMPONENTES, CONSUMIBLES Y ACCESORIOS.
CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE BIENES COMO SON COMPONENTES, CONSUMIBLES Y ACCESORIOS.
CONTRATO DE COMPRAVENTA, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA PERSONA MORAL AG ELECTRÓNICA S.A.P.I. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA PARTE VENDEDORA”, Y POR LA OTRA EL CLIENTE COMO PERSONA FÍSICA O MORAL POR SU PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA PARTE COMPRADORA”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I.- DECLARA LA PARTE VENDEDORA:
1. LA PERSONA MORAL AG ELECTRÓNICA S.A.P.I. DE C.V. QUE ES UNA SOCIEDAD MERCANTIL CONSTITUIDA DE CONFORMIDAD CON LA LEYES DE LA REPÚBLICA MEXICANA, BAJO EL NOMBRE DE LA PERSONA MORAL AG ELECTRÓNICA S.A.P.I. DE C.V.
2. LA PERSONA MORAL AG ELECTRÓNICA S.A.P.I. DE C.V. COMPARECE A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTE LEGAL QUE CUENTA CON LAS FACULTADES QUE NO LE HAN SIDO REVOCADOS NI LIMITADOS EN FORMA ALGUNA, SIENDO LAS NECESARIAS Y SUFICIENTES PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE COMPRAVENTA
3. LA PERSONA MORAL AG ELECTRÓNICA S.A.P.I. DE C.V., SER DE NACIONALIDAD MEXICANA, QUE SU DOMICILIO LEGAL SE ENCUENTRA UBICADO EN LA CALLE XX. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX NO. 167, COL. SANTA XXXXX LA XXXXXX C.P. 06400, CIUDAD DE MÉXICO, Y ENCONTRARSE EN PLENA CAPACIDAD LEGAL PARA OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES AQUÍ PACTADOS.
4. LA PARTE VENDEDORA DECLARA QUE ES LA LEGÍTIMA PROPIETARIA DEL BIEN MUEBLE OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
5. QUE ES SU DESEO CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE COMPRAVENTA EN LAS CLÁUSULAS DEL MISMO.
II.- DECLARA LA PARTE COMPRADORA:
1. QUE ES UNA PERSONA FÍSICA O MORAL, EN PLENO EJERCICIO DE SUS DERECHOS, Y QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD LEGAL NECESARIA PARA LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO.
2. LA PARTE COMPRADORA DECLARA QUE ES SU INTENCIÓN ADQUIRIR EL BIEN DESCRITO ANTERIORMENTE COMO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO Y SUJETÁNDOSE POR ELLO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE MÁS ADELANTE SE ESPECIFICAN.
3. LA PARTE COMPRADORA DECLARA ADEMÁS QUE CONOCE EL BIEN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, POR LO QUE MANIFIESTA SU CONFORMIDAD CON EL OTORGAMIENTO Y CONDICIONES FÍSICAS Y/O MECÁNICAS DEL MISMO.
4. AMBAS PARTES, CONOCIENDO EL CONTENIDO DE LAS DECLARACIONES VERTIDAS CON ANTERIORIDAD, LAS CUALES RATIFICAN POR CONTENER LA VERDAD, Y SIN EXISTIR ERROR, DOLO, VIOLENCIA, MALA FE O VICIO ALGUNO EN EL CONSENTIMIENTO QUE PUDIERE INVALIDAR AL MISMO, EXPUESTO LO ANTERIOR, LOS COMPARECIENTES OTORGAN LO QUE SE CONTIENE EN LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
III.- DECLARAN LOS CONTRATANTES:
ÚNICO: QUE ES VOLUNTAD SUJETAR SU COMPROMISO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
PRIMERA. EL OBJETO DE LA COMPRAVENTA.
POR MEDIO DE ESTE CONTRATO, LA PARTE VENDEDORA TRANSFIERE A LA PARTE COMPRADORA, LA PROPIEDAD DEL BIEN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, DESCRITO EN LAS DECLARACIONES DE ESTE CONTRATO, LA PARTE COMPRADORA SE COMPROMETE AL PAGO DEL MISMO, DESCRITO EN LOS ANTECEDENTES DE ÉSTE CONTRATO, QUE SE TIENEN AQUÍ POR REPRODUCIDOS COMO SI A LA LETRA SE INSERTASEN, CON LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE SEGURIDAD CORRESPONDIENTES.
LAS PARTES CONVIENEN EN SEÑALAR COMO SE UTILIZA A CONTINUACIÓN, “VENDEDOR” SE REFIERE A AG ELECTRÓNICA SAPI DE C.V., “PRODUCTO” SE REFIERE A CUALQUIER PRODUCTO VENDIDO POR EL VENDEDOR Y “COMPRADOR” SE REFIERE A LA PARTE COMPRADORA DE CUALQUIER PRODUCTO DEL VENDEDOR. LA ACEPTACIÓN DE CUALQUIER ORDEN ESTÁ SUJETA A LA AUTORIZACIÓN DE CRÉDITO POR PARTE DEL VENDEDOR, ACEPTACIÓN DE LA ORDEN POR PARTE DEL VENDEDOR Y, CUANDO XXXXXXX, DEL PROVEEDOR DEL VENDEDOR (POR EJE. FABRICANTES, PROVEEDORES U OTRAS TERCERAS PARTES QUE OFRECEN PRODUCTO AL VENDEDOR PARA REVENTA AL COMPRADOR).
SEGUNDA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.
LAS PARTES CONVIENEN EN SEÑALAR COMO PRECIO TOTAL DE VENTA POR EL BIEN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, DESCRITO EN LAS DECLARACIONES DE ESTE CONTRATO LA CANTIDAD COTIZADA POR EL VENDEDOR, EL CUAL SERÁ PAGADO LIQUIDO TOTALMENTE EL PRECIO ESTABLECIDO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN.
LAS PARTES CONVIENEN QUE EL COMPRADOR ACUERDA PAGAR LOS PRECIOS COTIZADOS POR EL VENDEDOR, Y ES RESPONSABLE DE LOS CARGOS ADICIONALES DE ENVÍO Y MANEJO, IMPUESTOS Y DERECHOS. LOS PRECIOS DE LOS PRODUCTOS NO INCLUYEN NINGÚN TIPO DE SERVICIO PROFESIONAL (INSTALACIÓN, SOPORTE POSTVENTA, ASESORÍA, ASISTENCIA EN EL LUGAR, ETC.). SI EL COMPRADOR REQUIERE DE ALGÚN TIPO DE SERVICIO, PUEDE CONTRATARLO DE MANERA ADICIONAL A LA COMPRA DE LOS PRODUCTOS Y CON COSTO ADICIONAL A DETERMINAR EN CADA CASO. EL VENDEDOR DEBERÁ COBRAR LOS IMPUESTOS APLICABLES A MENOS QUE EL COMPRADOR PRESENTE UN CERTIFICADO DE EXENCIÓN FISCAL, E INDIQUE CUÁLES PRODUCTOS ESTÁN AMPARADOS. EL PAGO NO DEPENDE DE LA CAPACIDAD QUE TENGA EL COMPRADOR DE COBRAR U OBTENER FONDOS DE ALGUNA OTRA PARTE. EL COMPRADOR EXPRESAMENTE DECLARA QUE ES SOLVENTE AL MOMENTO DE COLOCAR CUALQUIERA DE LAS ÓRDENES DE COMPRA ANTE EL VENDEDOR. EL COMPRADOR ACUERDA PAGAR UN CARGO POR INTERÉS MORATORIO EN TODAS LAS CANTIDADES VENCIDAS A RAZÓN DE 5% POR MES. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE PAGO, EL COMPRADOR ACUERDA PAGAR EL COSTO DE COBRANZA AL VENDEDOR, INCLUYENDO HONORARIOS RAZONABLES DE ABOGADOS Y COSTAS DEL TRIBUNAL, SI LAS HUBIERE, INCURRIDOS POR EL VENDEDOR Y TODOS LOS CARGOS DE INTERÉS APLICABLE.
TERCERA: LAS PARTES CONVIENEN QUE LAS CONDICIONES DE VENTAS.
SI EL COMPRADOR NO CUENTA CON UN CONTRATO DE COMPRAVENTA SUSCRITO ENTRE EL COMPRADOR Y EL VENDEDOR, ENTONCES ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE VENTA (“CONDICIONES DE VENTA”) SERÁN EL CONTRATO COMPLETO Y DEBERÁN SER REGIDOS E INTERPRETADOS DE ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN MEXICANA. AÚN SI EL COMPRADOR ENVÍA AL VENDEDOR OTRA FORMA DE CONTRATO O MODIFICACIONES AL PRESENTE CONTRATO Y EL VENDEDOR NO ACEPTA DE MANERA CONTUNDENTE DICHA FORMA O MODIFICACIONES
CONTENIDAS EN UN ESCRITO FIRMADO POR EL VENDEDOR, ESTOS TÉRMINOS SERÁN LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO DEL VENDEDOR. TODA MODIFICACIÓN A ESTE CONTRATO DEBERÁ SER POR ESCRITO Y FIRMADA POR EL VENDEDOR. AL SOLICITAR UNA COTIZACIÓN AL VENDEDOR O AL PRESENTAR UNA ORDEN AL VENDEDOR SIN UN CONTRATO DE COMPRAVENTA SUSCRITO, EL COMPRADOR CONFIRMA QUE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEBERÁN REGIR TODAS LAS COMPRAS DE PRODUCTOS QUE HAGA EL COMPRADOR DEL VENDEDOR, Y NI LOS CAMBIOS O TÉRMINOS ADICIONALES O DIFERENTES (CONTENIDOS EN UNA ORDEN DE COMPRAVENTA ACEPTADA POR EL VENDEDOR O DE ALGUNA OTRA MANERA) CAMBIARÁN ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES A MENOS QUE SEA RECONOCIDO POR ESCRITO Y SUSCRITO POR UN REPRESENTANTE AUTORIZADO DEL VENDEDOR. NINGÚN EMPLEADO O AGENTE DEL VENDEDOR CUENTA CON LA AUTORIDAD PARA MODIFICAR ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES VERBALMENTE.
CUARTA: LAS PARTES CONVIENEN QUE LAS ENTREGA Y EMPAQUE.
TODAS LAS FECHAS DE ENTREGA COTIZADAS POR EL VENDEDOR SON ESTIMACIONES. EL VENDEDOR NO PUEDE GARANTIZAR LA ENTREGA EN UNA FECHA ESPECÍFICA. EN CUANTO A PRODUCTOS ENTREGADOS POR CAMIÓN DEL VENDEDOR, LA TITULARIDAD SE TRANSFIERE DURANTE LA ENTREGA EN EL LUGAR EN QUE ASUME LA POSESIÓN EL COMPRADOR, Y EN LO SUCESIVO, EL COMPRADOR ASUMIRÁ TODOS LOS RIESGOS DE PÉRDIDA O DAÑOS. EL COMPRADOR OTORGA A TODOS Y CADA UNO DE SUS EMPLEADOS O A LAS PERSONAS QUE ESTE DESIGNE UN MANDATO ESPECIAL PARA QUE PUEDAN RECIBIR A ENTERA SATISFACCIÓN EN CALIDAD Y CANTIDAD LOS PRODUCTOS. PARA LAS VENTAS CON ENTREGA EN SITIO DEL VENDEDOR, EL COMPRADOR ASUMIRÁ LA PROPIEDAD Y ASUMIRÁ LA RESPONSABILIDAD DEL RIESGO DE LA PÉRDIDA O DAÑOS EN EL PUNTO DE EMBARQUE DE DICHA VENTA POR PARTE DEL VENDEDOR. LAS RECLAMACIONES SOBRE PRODUCTOS DAÑADOS EN TRÁNSITO SON RESPONSABILIDAD ÚNICA DEL COMPRADOR CUANDO NO SE ENTREGAN EN CAMIÓN DEL VENDEDOR. EL COMPRADOR ACEPTA TODAS Y CADA UNA DE LAS DISPOSICIONES Y PRECAUCIONES PREVISTAS EN EL EMPAQUE O ETIQUETA DE LOS PRODUCTOS.
QUINTA: MOMENTO Y LUGAR DE ENTREGA DEL BIEN.
EN ESTE MISMO ACTO, LA PARTE VENDEDORA SATISFACE SU OBLIGACIÓN DE ENTREGAR EL BIEN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, PONIÉNDOLO EN POSESIÓN FÍSICA Y FORMAL DE LA PARTE COMPRADORA. A PARTIR DE LA ENTREGA, LA PARTE COMPRADORA SE HACE CARGO DE LAS RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE SU PROPIEDAD, TENENCIA, USO Y MANEJO.
SEXTA : ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE.
LAS PARTES ACUERDAN QUE A PARTIR DE LA ENTREGA DEL BIEN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LA PARTE VENDEDORA HARÁ ENTREGA A LA PARTE COMPRADORA A SU ENTERA SATISFACCIÓN Y PREVIA VALIDACIÓN, DE SU LEGAL PROCEDENCIA, DE LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL QUE PERMITA VALIDAR LA PROPIEDAD DEL BIEN A FAVOR DE LA COMPRADORA.
SEPTIMA: ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES DEL BIEN.
LAS PARTES ACUERDAN QUE LA PARTE COMPRADORA HA REVISADO Y MANIFIESTA SU PLENA Y ENTERA CONFORMIDAD RESPECTO DE LAS CONDICIONES DEL BIEN OBJETO DE LA COMPRAVENTA.
LAS PARTES ACUERDAN SU CONFORMIDAD RESPECTO A QUE EL BIEN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE ENTREGA EN POSESIÓN FÍSICA Y FORMAL CON GARANTÍA; POR LO QUE LA PARTE VENDEDORA NO ESTARÁ OBLIGADA A REALIZAR NINGÚN TIPO DE REPARACIÓN, CUANDO SEA MOTIVADA POR PARTE DE LA COMPRADORA ESTA ULTIMA ASUMIRÁ EL RIESGO, ASÍ COMO LOS COSTOS POR REPARACIONES, SUMINISTRO DE REFACCIONES, MANO DE OBRA CALIFICADA, ENTRE OTROS.
OCTAVA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
OBLIGACIONES DE LA PARTE VENDEDORA SE OBLIGA A:
a. ENTREGAR EL BIEN OBJETO DE ESTE CONTRATO A LA PARTE COMPRADORA.
b. RESPONDER POR EL SANEAMIENTO EN CASO DE EVICCIÓN. SERÁ RESPONSABLE DEL SANEAMIENTO PARA EL CASO DE EVICCIÓN EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN LA LEY APLICABLE Y SE OBLIGA A TRANSMITIR EL BIEN MUEBLE MATERIA DEL CONTRATO, SIN QUE PESE SOBRE EL MISMO PROCEDIMIENTO LEGAL, JUDICIAL O ADMINISTRATIVO ALGUNO QUE PUDIERE AFECTAR LA PROPIEDAD O POSESIÓN PACÍFICA DE LA PARTE COMPRADORA.
c. DEBERÁ DE ENTREGAR A LA PARTE COMPRADORA LOS COMPROBANTES DE PAGO DE LOS IMPUESTOS Y DERECHOS CORRESPONDIENTES Y, EN TODO CASO, LA PARTE COMPRADORA NO SE EXIME DE LA OBLIGACIÓN DE CUBRIR A LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE CUALQUIER ADEUDO QUE RESULTE CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE LA VENTA DEL BIEN MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO.
NOVENA :OBLIGACIONES DE LA PARTE COMPRADORA SE OBLIGA A:
a) PAGAR EN SU TOTALIDAD EL PRECIO FIJADO PARA EL BIEN, EN EL TIEMPO, LUGAR Y FORMA CONVENIDOS.
b) RECIBIR EL BIEN, OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN LAS CONDICIONES FÍSICAS Y/O MECÁNICAS DEL MISMO.
c) RESPETAR EL CONJUNTO DE OBLIGACIONES QUE LA LEGISLACIÓN VIGENTE Y ESTE CONTRATO LE ATRIBUYEN Y QUE NO HAN SIDO PREVISTAS EN LOS PÁRRAFOS ANTERIORES.
DECIMA: GARANTÍAS Y RECLAMACIONES DE LAS PARTES.
a) GARANTÍAS DEL VENDEDOR: EL VENDEDOR GARANTIZA QUE TODOS LOS PRODUCTOS VENDIDOS SON NUEVOS Y TRAS EL FINIQUITO DE LOS PRODUCTOS POR PARTE DEL COMPRADOR, LIBRES DE CUALQUIER GRAVAMEN O INTERÉS POR GARANTÍA. LOS SERVICIOS PRESTADOS SERÁN CONFORME A LAS NORMAS DE LA INDUSTRIA GENERALMENTE ACEPTADAS. SI ALGUNO DE LOS PRODUCTOS INCUMPLE CON ESTA GARANTÍA, EL VENDEDOR PODRÁ, A SU PROPIO JUICIO, REPARAR LOS PRODUCTOS, CAMBIARLOS O DEVOLVER EL IMPORTE PAGADO AL COMPRADOR. ESTE ES EL RECURSO EXCLUSIVO DEL COMPRADOR Y LA ÚNICA RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR POR INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA. EL VENDEDOR ES EL DISTRIBUIDOR Y NO EL FABRICANTE Y NO GARANTIZA NADA DE FORMA INDEPENDIENTE EXCEPTO POR LO QUE SE ENCUENTRA ESTABLECIDO EN LAS SIGUIENTES POLÍTICAS DE GARANTÍA:
POLÍTICAS DE GARANTÍA
AG ELECTRÓNICA S.A.P.I. de C.V. con domicilio en Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxx Xxxxx Xx Xxxxxx X.X. 0000, Xxxxxx xx Xxxxxx, garantiza este producto por el término del plazo indicado en la póliza anexa o 90 días en ausencia de esta, en todas sus partes y componentes por defectos en la mano de obra, fabricación o funcionamiento a partir de su fecha de compra.
CONDICIONES:
1. Para hacer efectiva esta garantía, debe presentar el producto con su comprobante de compra o la póliza debidamente requisitada ante la propia casa comercial donde lo adquirió o en nuestro Centro de Servicio ubicado en: Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx xxxx, Xxx. Xxxxxx X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Teléfono 555130-7210 ext. 145.
2. AG Electrónica S.A.P.I. de C.V. se compromete a reparar el producto en un plazo no mayor a 30 días o cambiarlo o devolver el importe pagado sin cargo para el consumidor, así como cubrir los costos de fletes que se originen por la reparación o cambio del producto.
3. Las partes, componentes, consumibles y accesorios se pueden obtener en la casa comercial donde adquirió este producto.
LA GARANTÍA NO ES VÁLIDA EN LOS SIGUIENTES CASOS:
1. Cuando el producto se hubiese utilizado en condiciones distintas a las normales de acuerdo al manual o instructivo de uso y/o fuera de las especificaciones técnicas y eléctricas descritas en la hoja de especificaciones del fabricante del mismo.
2. Cuando el producto hubiese sido alterado o reparado por personas no autorizadas por AG Electrónica S.A.P.I. de C.V.
Número de Parte o Modelo del Producto:
Marca del Producto:
Número de Serie del Producto:
Fecha de Compra:
Nombre del Consumidor:
Teléfono:
El consumidor podrá solicitar que se le haga efectiva la garantía ante la propia casa comercial donde adquirió el producto y en caso de extravío de la póliza también solicitar se le expida otra, previa presentación de su comprobante de compra.
Para información relacionada con casos de garantía comunicarse al Departamento de Control de Calidad ubicado en: Xxx. Xxx Xxxxxxxx xx. 00 0xx. Xxxx Xxx. Xxxxxx X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Teléfono 555130- 7210 ext. 145, e-mail: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
b) GARANTÍAS DEL PROVEEDOR: EL COMPRADOR DEBERÁ LEER Y ENTENDER LA HOJA TÉCNICA Y/O LA GARANTÍA DE CADA PRODUCTO PARA VERIFICAR LOS DETALLES DE LAS MISMAS, EL VENDEDOR DEBERÁ CEDER AL COMPRADOR LAS GARANTÍAS DEL PROVEEDOR/FABRICANTE Y/O RECURSOS PREVISTOS POR EL PROVEEDOR PARA EL VENDEDOR, EN LA MEDIDA QUE LO PERMITAN LOS PROVEEDORES Y FABRICANTES DEL VENDEDOR. EL COMPRADOR ENTIENDE QUE SERVICIOS REALIZADOS POR EL VENDEDOR EN LOS PRODUCTOS PODRÍAN ANULAR LAS GARANTÍAS DEL PROVEEDOR/FABRICANTE.
c) CONTRAVENCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL: TODA SUGERENCIA QUE HAGA EL VENDEDOR EN RELACIÓN CON ARTÍCULOS POSIBLES, DISEÑOS O USOS DE PRODUCTOS, NO LE OTORGARÁ NINGUNA LICENCIA AL COMPRADOR BAJO CUALQUIER PATENTE QUE AMPARE DICHOS ARTÍCULOS, DISEÑOS O USOS, NI TAMPOCO ES UNA RECOMENDACIÓN PARA EL USO DE DICHOS PRODUCTOS, ARTÍCULOS O DISEÑOS QUE PUDIERAN CONTRAVENIR ALGUNA PATENTE. EL VENDEDOR DESCONOCE TODA GARANTÍA Y/O INDEMNIZACIÓN CONTRA LA VIOLACIÓN DE CUALQUIER DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE CUALQUIER TIPO. EL VENDEDOR DEBERÁ, EN CASO DE RECIBIR UNA NOTIFICACIÓN OPORTUNA POR PARTE DEL COMPRADOR SOBRE ALGUNA RECLAMACIÓN DE VIOLACIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL CON RESPECTO A CUALQUIERA DE LOS PRODUCTOS VENDIDOS POR LA PRESENTE, SOLICITAR AL FABRICANTE QUE LE OTORGUE AL COMPRADOR DICHA GARANTÍA O DERECHOS DE INDEMNIZACIÓN COMO LO HARÍA DE FORMA ACOSTUMBRADA EL FABRICANTE CON RESPECTO A DICHOS PRODUCTOS.
d) LIMITACIONES: EL VENDEDOR DESCONOCE ALGUNA RESPONSABILIDAD POR RECLAMACIONES QUE SURJAN DEL ABUSO DEL PRODUCTO, INADECUADA SELECCIÓN DEL PRODUCTO, INSTALACIÓN INCORRECTA O MODIFICACIÓN DE PRODUCTO, REPARACIÓN INCORRECTA O MALA APLICACIÓN. NO EXISTEN OTRAS GARANTÍAS POR ESCRITO, NI ORALES, EXPRESAS, IMPLÍCITAS O POR ESTATUTO. NO APLICA LA GARANTÍA XX XXX IMPLÍCITA POR COMERCIALIZACIÓN O IDONEIDAD PARA UN FIN EN PARTICULAR. EL VENDEDOR NO ASUMIRÁ OTROS COSTOS, A MENOS QUE SE HAYAN ACORDADO PREVIAMENTE POR ESCRITO.
e) LIMITACIÓN DE LAS RECLAMACIONES: EL VENDEDOR NO SERÁ RESPONSABLE DE ALGÚN DAÑO QUE SURJA DE LA ADQUISICIÓN DEL COMPRADOR, POSESIÓN O USO DE CUALQUIERA DE LOS PRODUCTOS SUMINISTRADOS POR EL VENDEDOR O CUALQUIER ASESORÍA TÉCNICA OFRECIDA POR EL VENDEDOR, EXCEPTO CONFORME ESTÉ ACORDADO EN LA CLÁUSULA DE GARANTÍA ESTIPULADA MÁS ARRIBA. A MENOS QUE LA LEY APLICABLE EXIJA LO CONTRARIO, LA RESPONSABILIDAD TOTAL DEL VENDEDOR CON RESPECTO AL COMPRADOR O ANTE CUALQUIER OTRA PERSONA, EN RELACIÓN CON CUALQUIERA DE LOS PRODUCTOS REGIDOS POR ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, RESULTANTE DEL USO DE LOS PRODUCTOS SUMINISTRADOS O DE CUALQUIER ASESORÍA, INFORMACIÓN O ASISTENCIA PRESTADA POR EL VENDEDOR (MEDIANTE CUALQUIER MÉTODO, INCLUSO LA PÁGINA WEB) QUEDARÁ LIMITADA AL PRECIO DEL PRODUCTO QUE DIO LUGAR A LA RECLAMACIÓN. EL VENDEDOR NO SERÁ RESPONSABLE DE DAÑOS Y PERJUICIOS CONSECUENTES, ESPECIALES, INCIDENTALES O EJEMPLARES, INCLUYENDO, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA, LA PÉRDIDA DE UTILIDADES, COSTO DE REPOSICIONES DE PRODUCTOS ADQUIRIDOS POR EL COMPRADOR, RECLAMACIONES DE TERCERAS PARTES O LESIONES A PERSONAS O DAÑOS A LA PROPIEDAD.
f) PRODUCTOS A LA MEDIDA. SI EL COMPRADOR ORDENA PRODUCTOS DIFERENTES A LAS EXISTENCIAS QUE TIENE EL VENDEDOR O PRODUCTOS QUE TENGA QUE FABRICAR EL VENDEDOR O EL PROVEEDOR DEL MISMO CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES O DISEÑO (“PRODUCTOS A LA MEDIDA”) DEL COMPRADOR, EL VENDEDOR NO SERÁ RESPONSABLE DE VERIFICAR O CONFIRMAR LA PRECISIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES ENTREGADAS AL
VENDEDOR SOBRE DICHOS PRODUCTOS A LA MEDIDA. TODOS LOS PRODUCTOS A LA MEDIDA SE VENDEN COMO “VENTA FINAL” SOLAMENTE, Y NO SE PERMITEN CANCELACIONES, DEVOLUCIONES, REMBOLSOS O CRÉDITOS.
g) ASESORÍA TÉCNICA Y OTROS SERVICIOS: EL COMPRADOR ES RESPONSABLE DEL DISEÑO, PROCESAMIENTO, PRUEBA Y ETIQUETADO DE TODO PRODUCTO QUE FABRIQUE EL COMPRADOR UTILIZANDO PRODUCTOS QUE EL COMPRADOR HAYA ADQUIRIDO DEL VENDEDOR, Y EL COMPRADOR NO DEPENDERÁ DE NADA CONTENIDO EN LA PÁGINA WEB DEL VENDEDOR O ALGUNA DECLARACIÓN DEL VENDEDOR SOBRE LA IDONEIDAD DEL PRODUCTO QUE EL VENDEDOR MISMO ABASTECE. LAS COMPARACIONES DE REFERENCIA CRUZADA DEL PRODUCTO NO IMPLICAN QUE LOS PRODUCTOS SEAN PERFECTAMENTE COMPARABLES. LOS PRODUCTOS COMPARADOS NO SON DECLARADOS O GARANTIZADOS COMO EQUIVALENTES FUNCIONALES O DE DESEMPEÑO. EL COMPRADOR DEBERÁ REVISAR TODOS LOS PRODUCTOS ANTES DE LA COMPRA Y USO PARA DETERMINAR LA IDONEIDAD PARA EL USO DESTINADO. AL ADQUIRIR LOS PRODUCTOS, EL COMPRADOR DECLARA Y GARANTIZA QUE HA PROBADO E INVESTIGADO LOS PRODUCTOS VENDIDOS POR EL VENDEDOR LO SUFICIENTE COMO PARA FORMAR UN JUICIO INDEPENDIENTE CON RESPECTO A SU IDONEIDAD PARA EL USO DESTINADO DEL COMPRADOR Y NO PRESENTARÁ NINGUNA RECLAMACIÓN CONTRA EL VENDEDOR EN BASE A LA ASESORÍA, DECLARACIÓN, INFORMACIÓN, SERVICIO O RECOMENDACIÓN DEL VENDEDOR. LAS JURISDICCIONES TIENEN LEYES, CÓDIGOS Y REGLAMENTOS DIVERSOS QUE RIGEN LA CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN Y/O USO DE PRODUCTOS PARA UN PROPÓSITO EN PARTICULAR. EL COMPRADOR TIENE LA RESPONSABILIDAD DE REVISAR TODAS LAS LEYES, CÓDIGOS Y REGLAMENTACIONES APLICABLES A CADA JURISDICCIÓN PERTINENTE PARA ASEGURARSE DEL CUMPLIMIENTO DE LA CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN Y/O USO DE LOS PRODUCTOS.
h) PROPIEDAD INTELECTUAL. A) CUANDO EL COMPRADOR COLOCA UNA ORDEN ANTE EL VENDEDOR PARA SERVICIOS DE FABRICACIÓN, GARANTIZA Y DECLARA QUE (I) ES EL DUEÑO LEGÍTIMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL QUE HA TRANSMITIDO O QUE TRANSMITIRÁ AL VENDEDOR PARA UTILIZARSE DURANTE LA PRESTACIÓN DE DICHOS SERVICIOS DE FABRICACIÓN Y QUE TIENE EL DERECHO DE PERMITIR AL VENDEDOR USAR ESE ELEMENTO DE PROPIEDAD INTELECTUAL; Y (II) TIENE EL DERECHO DE SUMINISTRAR DICHAS PARTES Y PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADA (INCLUYENDO DE MANERA ENUNCIATIVA, MÁS NO LIMITATIVA, DIBUJOS, IMPRESIONES Y MUESTRAS) AL VENDEDOR PARA LA FABRICACIÓN O REPRODUCCIÓN. POR MEDIO DE LA PRESENTE EL COMPRADOR ACUERDA LIBERAR, INDEMNIZAR Y AMPARAR AL VENDEDOR, SUS EMPRESAS FILIALES Y SUS ACCIONISTAS, DIRECTORES, FUNCIONARIOS, EMPLEADOS Y REPRESENTANTES Y TODA PARTE INDEMNIZADA CONTRA LA RESPONSABILIDAD CIVIL, PÉRDIDA, COSTO, DAÑOS Y PERJUICIOS O GASTOS (INCLUYENDO DE MANERA ENUNCIATIVA, MÁS NO LIMITATIVA LOS HONORARIOS Y GASTOS RAZONABLES DE ABOGADOS Y PERITOS Y DEMÁS COSTOS DE LA DEFENSA) QUE RESULTEN O SURJAN DE CUALQUIER RECLAMACIÓN EN EL SENTIDO DE QUE LA RECEPCIÓN O USO DE DICHO ELEMENTO DE PROPIEDAD INTELECTUAL POR PARTE DEL VENDEDOR CONSTITUYA UNA CONTRAVENCIÓN DE LOS DERECHOS DE ALGUNA TERCERA PARTE O ES ILEGÍTIMO DE ALGUNA OTRA FORMA. B) EL COMPRADOR NO TENDRÁ EL DERECHO, TÍTULO
O INTERÉS SOBRE LOS NOMBRES COMERCIALES, MARCAS REGISTRADAS, IMAGEN DE MARCA, DERECHOS DE AUTOR, PATENTES, NOMBRES DE DOMINIO NOMBRES DE PRODUCTO, CATÁLOGOS, O CUALQUIER OTRO DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL RESERVADOS POR EL VENDEDOR, O CUALQUIER MARCA REGISTRADA O MARCA COMERCIAL QUE SEA PROPIEDAD DEL PROVEEDOR DEL VENDEDOR. EL COMPRADOR NO TENDRÁ EL DERECHO DE COPIAR O USAR LA PROPIEDAD INTELECTUAL DEL VENDEDOR O DE SUS PROVEEDORES SIN EL PERMISO POR ESCRITO DEL VENDEDOR.
i) EVENTOS MÁS ALLÁ DEL CONTROL DEL VENDEDOR. EL VENDEDOR NO SERÁ RESPONSABLE SI OCURREN EVENTOS MÁS ALLÁ DEL CONTROL DEL MISMO QUE HAGAN IMPOSIBLE REALIZAR EL TRABAJO O QUE LO HAGAN COMERCIALMENTE ILÓGICO, INCLUYENDO LOS EVENTOS DE CAUSA MAYOR O DESASTRES NATURALES, DEMORAS DEL PROVEEDOR, Y FALTANTES DE MATERIAL PRIMA. EN CASO DE QUE LOS EMBARQUES SEAN RETENIDOS O ALMACENADOS MÁS ALLÁ DE LA FECHA DE ENTREGA POR CONVENIENCIA DEL COMPRADOR, EL VENDEDOR PODRÁ, APLICAR UN CARGO RAZONABLE POR GASTOS INCIDENTALES A DICHA DEMORA.
j) EXPORTACIONES. EL COMPRADOR ES RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS REGLAS Y REGLAMENTACIONES DE CONTROL. EL COMPRADOR NO PODRÁ NOMBRAR AL VENDEDOR COMO FLETADOR O EXPORTADOR REGISTRADO EN RELACIÓN CON LA EXPORTACIÓN DE CUALQUIERA DE LOS PRODUCTOS ADQUIRIDOS POR EL VENDEDOR. EL COMPRADOR DEBERÁ ASEGURAR QUE LOS PRODUCTOS QUE EL COMPRADOR RECIBE DEL VENDEDOR SON EXPORTADOS POR EL COMPRADOR SOLO EN CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES APLICABLES, INCLUYENDO LAS LEYES DE CONTROL DE EXPORTACIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS. EL COMPRADOR CERTIFICA QUE NO USARÁ, NI APOYARÁ CON CONOCIMIENTO DE CAUSA EL USO POR PARTE DE OTROS, DE DICHOS PRODUCTOS, TECNOLOGÍA O SOFTWARE EN EL DISEÑO, DESARROLLO, PRODUCCIÓN O USO XX XXXXX NUCLEARES, QUÍMICAS O BIOLÓGICAS, MINAS DE TIERRA O MISILES BALÍSTICOS.
k) COMERCIO ELECTRÓNICO. EL COMPRADOR NO PODRÁ COMPARTIR LA CONTRASEÑA, CÓDIGO DE ACCESO O CREDENCIALES SIMILARES QUE PUDIERAN HABERSE ENTREGADO AL VENDEDOR, Y EL VENDEDOR SE RESERVA EL DERECHO DE SUSPENDER O REVOCAR DICHA CREDENCIAL. EL COMPRADOR ES EL ÚNICO RESPONSABLE DE PROTEGER LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD DE SU PROCESO DE ÓRDENES. TODA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR EL VENDEDOR VÍA ALGÚN SITIO DE INTERNET O COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA (I) QUEDA SUJETA A LA CORRECCIÓN O CAMBIO SIN NOTIFICACIÓN Y (II) SE SUMINISTRA PARA EL USO EXCLUSIVO DEL COMPRADOR PARA FINES DE FACILITAR LAS TRANSACCIONES INDIVIDUALES QUE IMPLICAN LA COMPRAVENTA DE LOS PRODUCTOS DEL VENDEDOR. EL COMPRADOR ACUERDA QUE NO DEPENDERÁ DE DICHA INFORMACIÓN PARA NINGÚN OTRO FIN MÁS QUE PARA REALIZAR LAS COMPRAS INDIVIDUALES Y NO BUSCARÁ HACER VALER DICHA INFORMACIÓN CONTRA EL VENDEDOR PARA ALGÚN OTRO PROPÓSITO. EL VENDEDOR PODRÁ EXPEDIR FACTURAS ELECTRÓNICAS POR CONCEPTO DE LAS COMPRAS DE PRODUCTOS REALIZADAS A TRAVÉS DEL INTERNET, CORREO ELECTRÓNICO O CUALQUIER OTRO MÉTODO DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA BASADA EN LA COMPUTADORA, Y
ACUERDA COMPROMETERSE CON RESPECTO A DICHA FACTURA COMO SI HUBIERA SIDO ENTREGADA POR ESCRITO.
DECIMA PRIMERA: RECISIÓN DEL CONTRATO.
ADEMÁS DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR, LAS PARTES ACUERDAN QUE LA PARTE VENDEDORA TENDRÁ DERECHO DE EJERCER LA RECISIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL EN LOS SIGUIENTES CASOS:
POR INCUMPLIMIENTO DE LA PARTE COMPRADORA A CUALESQUIERA DE LAS OBLIGACIONES ESTIPULADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
PORQUE LA PARTE COMPRADORA PROPORCIONE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL DE LA PARTE VENDEDORA A TERCERAS PERSONAS SIN LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE EN LOS SIGUIENTES HIPOTESI:
a. RESCISIÓN Y SUSPENSIÓN. EL VENDEDOR PODRÁ RESCINDIR ESTA RELACIÓN COMERCIAL O AJUSTAR LOS TÉRMINOS DE PAGO DEL COMPRADOR CON EFECTO INMEDIATO TRAS ENVIAR UNA NOTIFICACIÓN POR ESCRITO AL COMPRADOR EN CASO DE QUE A) EL COMPRADOR INCUMPLA CON EL PAGO LA FACTURA DEL VENDEDOR DENTRO DEL TIEMPO PACTADO EN DOS O MÁS OCASIONES, B) EL COMPRADOR GENERALMENTE INCUMPLA CON EL PAGO DE SUS DEUDAS AL VENCIMIENTO, C) EL VENDEDOR RAZONABLEMENTE CREA QUE SE HA DETERIORADO LA SOLVENCIA DEL COMPRADOR O QUE EL COMPRADOR ESTÁ INSOLVENTE (YA SEA EN BASE A UNA CREENCIA RAZONABLE QUE LOS PASIVOS DEL COMPRADOR REBASARON SUS ACTIVOS; LA EXISTENCIA DE LA QUIEBRA, CESIONES A BENEFICIO DE LOS ACREEDORES O ALGÚN OTRO PROCESO SIMILAR QUE INVOLUCRE AL COMPRADOR; LA LIQUIDACIÓN DE UNA PORCIÓN CONSIDERABLE DE LOS ACTIVOS DEL COMPRADOR; O ALGO DIFERENTE) Y D) LA VENTA DE LA MAYORÍA DE SUS ACTIVOS, O UN CAMBIO EN EL CONTROL DE LA PROPIEDAD DEL COMPRADOR. SI EL COMPRADOR INCUMPLE LOS PAGOS, CONFORME A LA PRESENTE, INCLUYENDO LA FALTA DE PAGO DE FACTURAS, EL VENDEDOR PODRÁ SUSPENDER LOS ENVÍOS DE PRODUCTO, EXIGIR EFECTIVO COMO ANTICIPO DE ENTREGAS Y/O REDUCIR LOS TÉRMINOS DE PAGO HASTA QUE TODAS LAS FACTURAS ESTÉN AL CORRIENTE Y EL VENDEDOR RECIBA EL ASEGURAMIENTO ADECUADO DEL CUMPLIMIENTO FUTURO.
b. CANCELACIÓN O DEVOLUCIÓN: LA CANCELACIÓN DE CUALQUIER ORDEN O LA DEVOLUCIÓN DE CUALQUIER PRODUCTO QUEDARÁ SUJETA A LA ACEPTACIÓN DEL VENDEDOR Y A UN CARGO POR REPOSICIÓN DE INVENTARIO DE ACUERDO CON LA POLÍTICA DEL VENDEDOR VIGENTE EN ESE MOMENTO. EN EL SUPUESTO DE QUE SE ADMITA UNA DEVOLUCIÓN POR UNA CAUSA JUSTIFICADA, ESTA DEBERÁ DE ESTAR PREVIAMENTE ACEPTADA POR EL VENDEDOR Y ESTARÍA CONDICIONADA A QUE EL PRODUCTO SEA RETORNADO A NUESTRAS DEPENDENCIAS X XXXXXX Y SEGURO PAGADOS, EN PERFECTO ESTADO, EN SU EMBALAJE ORIGINAL Y CON TODOS LOS MANUALES Y ACCESORIOS, SIN PRESENTAR NINGÚN TIPO DE DESPERFECTO TÉCNICO Ó ESTÉTICO. UNA DEVOLUCIÓN PUEDE ESTAR SUJETA A UNA DEPRECIACIÓN DEL VALOR DEL PRODUCTO Y/O UN CARGO POR DEVOLUCIÓN A CRITERIO DEL VENDEDOR, UNA VEZ HAYA RECIBIDO LA MERCANCÍA Y SE HAYA PODIDO REVISAR COMPLETAMENTE. TODA DEVOLUCIÓN, SERÁ COMPENSADA ECONÓMICAMENTE CON LA
ENTREGA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS POR IGUAL VALOR AL QUE SE HAYA VALORADO LA DEVOLUCIÓN, NUNCA SERÁ MEDIANTE EL REMBOLSO DE DINERO. SI EL COMPRADOR NO QUISIERA NADA EN CONCRETO EN EL MOMENTO DE LA DEVOLUCIÓN, SE LE DARÍA UN VALE POR EL IMPORTE QUE PODRÁ CANJEAR POR PRODUCTOS Y/O SERVICIOS EN UN PLAZO QUE NO EXCEDA DE 60 DÍAS NATURALES. TODA DEVOLUCIÓN SE REGIRÁ POR LAS SIGUIENTES POLÍTICAS:
POLÍTICAS DE DEVOLUCIÓN
AG ELECTRÓNICA S.A.P.I. de C.V. con domicilio en Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxx Xxxxx Xx Xxxxxx X.X. 0000, Xxxxxx xx Xxxxxx recibirá solicitudes de devolución de productos adquiridos en sus sucursales físicas o virtuales antes del término de 15 días naturales a partir de su fecha de compra.
CONDICIONES:
1. Para hacer efectiva la solicitud de devolución, debe presentar el producto y sus accesorios sin usar en su empaque original y en buen estado, así como su comprobante de compra ante la propia casa comercial donde adquirió el producto o en nuestro Centro de Servicio ubicado en: Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx xxxx, Xxx. Xxxxxx X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Teléfono 555130-7210 ext. 145.
2. La resolución sobre la solicitud de devolución se dará en un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la fecha de recepción de la misma.
3. La solicitud de devolución después de ser evaluada podrá ser rechazada o aceptada sin cargo o con un cargo de hasta el 20% sobre el valor del producto en una nota de crédito con vigencia de 60 días naturales.
LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN SERA RECHAZADA EN LOS SIGUIENTES CASOS:
1. Cuando se trate de productos adquiridos sobre pedido o con plazo de entrega mayor a un día.
2. Cuando el comprobante de compra ya fue presentado en más de dos ocasiones.
Para información relacionada con las solicitudes de devolución comunicarse al Departamento de Control de Calidad ubicado en: Xxx. Xxx Xxxxxxxx xx. 00 0xx. Xxxx Xxx. Xxxxxx X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Teléfono 555130-7210 ext. 145, e-mail: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
c. GENERALIDADES: NI EL TRANSCURSO DE LA EJECUCIÓN O NEGOCIACIÓN, USO MERCANTIL, O ESCRITOS O CONTRATOS PREVIOS SERÁN UTILIZADOS PARA CALIFICAR, EXPLICAR O COMPLEMENTAR ESTOS TÉRMINOS O CONDICIONES. LA OMISIÓN POR AMBAS PARTES, DE VEZ EN VEZ Y EN CUALQUIER MOMENTO, DE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LA OTRA PARTE CON RESPECTO A ALGÚN TÉRMINO DEL PRESENTE NO CONSTITUIRÁ EL DESISTIMIENTO DE DICHO TÉRMINO O DISPOSICIÓN. LA NULIDAD, TOTAL O PARCIAL, DE CUALQUIERA DE LOS TÉRMINOS, NO AFECTARÁ EL RESTO DE LOS TÉRMINOS, CADA UNO DE LOS CUALES SERÁ APLICADO AL GRADO MÁXIMO PERMITIDO POR LA LEY. EL COMPRADOR NO PODRÁ CEDER O TRANSFERIR LOS DERECHOS U OBLIGACIONES REGIDAS POR ESTOS TÉRMINOS SIN EL PREVIO CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DEL VENDEDOR. SE CONSIDERARÁ QUE LA NOTIFICACIÓN FUE ENTREGADA CORRECTAMENTE EN CASO DE ENVIARSE POR VÍA CORREO ELECTRÓNICO, FAX O MENSAJERÍA CON SERVICIO DE ENTREGA AL DÍA SIGUIENTE, ENTREGADA A MANO, O POR CORREO REGISTRADO CON ACUSE DE RECIBO. EL VENDEDOR
TENDRÁ EL DERECHO DE HACER REFERENCIA AL COMPRADOR COMO CLIENTE DEL VENDEDOR Y UTILIZAR FOTOGRAFÍAS DE LAS APLICACIONES DEL COMPRADOR UTILIZANDO PRODUCTOS DEL VENDEDOR EN EL MATERIAL DE MERCADOTECNIA DEL VENDEDOR.
DECIMA SEGUNDA: MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
EL PRESENTE CONTRATO SÓLO PUEDE SER MODIFICADO MEDIANTE CONVENIO ESCRITO FIRMADO POR LAS PARTES CONTRATANTES, SIEMPRE Y CUANDO LAS MODIFICACIONES SE REALICEN PREVIO A LA ENTREGA DE LA POSESIÓN FÍSICA Y FORMAL DEL BIEN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO A LA PARTE COMPRADORA.
DÉCIMA TERCERA: PRIVACIDAD DEL CONTRATO.
LAS PARTES CONVIENEN QUE EL PRESENTE CONTRATO ES DE CARÁCTER PRIVADO Y, POR LO TANTO, SE ABSTENDRÁN DE COMUNICAR A UN TERCERO SU CONTENIDO O HACERLO PÚBLICO, ASÍ COMO TAMPOCO PODRÁN DIVULGAR, COMPARTIR O HACER UN MAL USO DE LOS DATOS APORTADOS POR LAS PARTES PARA CELEBRAR EL CONTRATO. NO OBSTANTE, PREVALECERÁN TODOS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES, Y POR TANTO PODRÁN EJERCITARSE TODAS LAS ACCIONES QUE SE DERIVEN DEL MISMO CONFORME A LA LEY.
DÉCIMA CUARTA: BUENA FE.
LAS PARTES LAS PARTES MANIFIESTAN QUE EN LA CELEBRACIÓN DE LOS ACTOS QUE SE CONSIGNAN EN ÉSTE INSTRUMENTO, NO EXISTE ERROR, DOLO, MALA FE, VIOLENCIA, NI LESIÓN Y QUE LO OTORGAN CON PLENA CAPACIDAD LEGAL QUE PUDIERA INVALIDARLO.
DÉCIMA QUINTA: JURISDICCIÓN.
LAS PARTES PARA TODO LO RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO Y LA INTERPRETACIÓN DE LOS ACTOS JURÍDICOS CONTENIDOS EN EL PRESENTE CONTRATO, EXPRESAMENTE CONVIENEN EN SOMETERSE A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO, POR LO QUE LAS PARTES RENUNCIAN A LA JURISDICCIÓN DE CUALQUIER OTRO TRIBUNAL QUE, POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO, DEL LUGAR DE RAZÓN POR LA CUAL, PROCESALMENTE, NO PODRÁN ALEGAR INCOMPETENCIA JURISDICCIONAL.
EL PRESENTE CONTRATO FUE LEÍDO, Y UNA VEZ QUE LAS PARTES SE ENTERARON DEL CONTENIDO Y CONSECUENCIAS DEL MISMO LO ACEPTARON EN TODOS SUS TÉRMINOS.