CONTRATO DE SERVICIO DE FABRICACIÓN Nº -2007 - GR. LAMB/GGR
CONTRATO DE SERVICIO DE FABRICACIÓN Nº -2007 - GR. LAMB/GGR
Conste por el presente documento el Contrato de Fabricación de Cerco Perimétrico Metálico Soldado en Obra, que celebran de una parte el Gobierno Regional Lambayeque, con RUC Nº 20479569780, con domicilio en Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xx 000 - Xx. 0.0 de la carretera Chiclayo-Xxxxxxxx de la Provincia de Chiclayo, Departamento y Región Lambayeque, debidamente representado por el Gerente General Regional Ing. XXXXX XXXX XXXXXX, con DNI 00000000, según R.E.R. Nº -2007-GR.LAMB/PR, a quien en adelante se le denominará “EL GOBIERNO REGIONAL”; y de otra parte La Empresa ............................ con RUC ................. , con domicilio legal en ............................., a quién en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”, debidamente representado por el Sr. ....................... , identificado con DNI ........................., y con domicilio en la misma dirección, bajo los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA – ANTECEDENTES.
EL GOBIERNO REGIONAL Lambayeque aprobó las Bases del Proceso de Fabricación de Cerco Perimétrico Metálico Soldado en Obra, para el Gobierno Regional Lambayeque.
En Acto de Adjudicación efectuado el día ......................... el Comité Especial Permanente de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía del Gobierno Regional Lambayeque, otorga la Buena Pro a El Contratista........................, de acuerdo al Art. 132º del Reglamento de la Ley Nº 26850 aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, de acuerdo a su propuesta técnica y económica presentada, para atender el suministro indicado en el objeto del presente Contrato.
EL CONTRATISTA ha cumplido con presentar los requisitos que se exigen e la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado..
CLÁUSULA SEGUNDA – OBJETO.
De acuerdo con las Bases del Proceso de Selección por Adjudicación Directa Selectiva Nº 0015-2007-GR.LAMB, sus Especificaciones Técnicas, Propuestas Técnicas y Económicas presentadas y Acta de Evaluación del Comité Especial Permanente que en Anexo forman parte integrante del presente Contrato, EL CONTRATISTA se obliga a suministrar el bien adjudicado que se indica de acuerdo a las siguientes características técnicas que se detallan:
ITEM Nº 01
De acuerdo a las Especificaciones del Postor
CLÁUSULA TERCERA – DEL MONTO Y OPORTUNIDAD DE PAGO
EL GOBIERNO REGIONAL, cancelará de acuerdo a su propuesta económica por la Fabricación de Cerco Perimétrico Metálico Soldado en Obra la suma total de S/. ............ que incluye IGV y todos los tributos, seguros, transporte, fletes, aranceles, pruebas, prestaciones accesorias y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del servicio.
El pago antes indicado se cancelará al contado en fecha posterior a la entrega de los bienes, previa presentación de la respectiva factura que acredite el pago de los mismos, así como de la instalación y demostración de funcionamiento de los mismos, debiendo contar con el visto bueno de los especialistas del GOBIERNO REGIONAL. La propuesta presentada tiene como plazo de validez desde su presentación hasta la orden de compra correspondiente. EL CONTRATISTA entregará los indicados bienes dentro del plazo de ........... días calendario de suscrito el presente contrato y recibida la Orden de Servicio, en los Almacenes de la sede central del Gobierno Regional Lambayeque y dentro del horario establecido.
CLÁUSULA CUARTA – GARANTÍAS.
En lo que respecta a la garantía de fiel cumplimiento que debe entregar EL CONTRATISTA al GOBIERNO REGIONAL, se aplicará de acuerdo al Art. 215° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Pero en cuanto a la garantía del producto si está en la obligación de prestarlo de acuerdo a la propuesta técnica y económica presentada en el proceso de selección, con un período de garantía de ........(XX) años, dentro del cual cubre cualquier desperfecto o deficiencia que pueda manifestarse por defecto de fábrica durante su uso normal, ya que los bienes ofertados son nuevos y libres de defectos de fabricación.
CLÁUSULA QUINTA – OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
EL CONTRATISTA se obliga a entregar los bienes materia del presente Contrato, cuidando que la fabricación de los mismos haya sido realizada según las normas que regulan la Fabricación de Cerco Perimétrico Metálico Soldado en Obra y de acuerdo al requerimiento, características y oferta presentada.
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con e objeto del presente Contrato en la forma más diligente posible, procurando la mayor eficiencia de sus servicios en salvaguarda de los bienes e intereses del GOBIERNO REGIONAL.
EL CONTRATISTA, no podrá ceder su posición contractual bajo ningún titulo y coordinará su labor con la Oficina de Abastecimientos del GOBIERNO REGIONAL, para el mejor cumplimiento del servicio.
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
EL GOBIERNO REGIONAL se obliga a cumplir con el pago del total del monto de la contratación en la forma y oportunidad pactadas en la Cláusula Tercera del presente Contrato.
CLÁUSULA SÉXTA – NATURALEZA Y CONDICIÓNES DE CONTRATACION
Queda entendido que el presente Contrato es de naturaleza civil, por lo tanto queda establecido que no existe relación de dependencia o vínculo laboral alguno entre EL GOBIERNO REGIONAL y EL CONTRATISTA.
Los bienes materia del presente Contrato deberá cumplir con las Especificaciones Técnicas contenidas en las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva que ha dado lugar al presente Contrato.
CLÁUSULA SETIMA – PENALIDADES
En caso de incumplimiento de los plazos establecidos para el desarrollo de la Adquisición, por causa imputable a el CONTRATISTA, conforme se indica en el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se le aplicará una penalidad por cada día de atraso hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual mensual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final, o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías indicadas en la cláusula Octava.
La Penalidad por cada día de atraso se calculará de acuerdo a la siguiente formula:
Penalidad diaria = 0.10 X Monto de contrato
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0.25X Plazo en días
En caso que se llegue a cumplir el monto máximo de la penalidad por xxxx, la ENTIDAD podrá resolver el Contrato por incumplimiento, sin perjuicio de otras acciones que pudiera realizar.
CLÁUSULA OCTAVA – SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Cuando en la ejecución o interpretación del Contrato surjan entre las partes una discrepancia, ésta será resuelta obligatoriamente mediante los procedimientos de Conciliación, de conformidad con el Art. 272º y 273º del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850.
CLÁUSULA NOVENA – RESOLUCIÓN DE CONTRATO.
De conformidad con lo establecido en el inciso c) del Art. 41º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, y en los Art. 224º y 225º de su Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sin perjuicio de la aplicación de las penalidades a que hubiere a lugar, el GOBIERNO REGIONAL podrá Resolver el contrato por causas imputables a EL CONTRATISTA, prevista en el Art. 225º del Reglamento del T.U.O. de la Ley Nº 26850, así como en cualquier otra norma de derecho civil o penal. EL GOBIERNO REGIONAL hará efectiva dicha medida a través de una Carta Notarial respectiva, quedando resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación.
CLÁUSULA DÉCIMA – DISPOSICIONES FINALES.
En todo aquello que no haya sido pactado en las cláusulas del presente Contrato, las partes convienen expresamente que el presente Contrato, su interpretación, ejecución, consecuencias y precedentes, se regirán por lo dispuesto en las Bases del Proceso de Selección, las normas indicadas en la Base Legal y supletoriamente por las normas del Código Civil y Código Penal.
Toda comunicación a cualquiera de las partes será por escrito y se entenderá bien realizada si es notificada a la otra, en los domicilios señalados en el presente Contrato y cualquier variación del lugar del mismo, será comunicada por escrito dentro de las 48 horas de producido el hecho.
Encontrándose ambas partes de acuerdo con todas y cada una de las cláusulas establecidas en el presente Contrato, lo firman por cuádruple en señal de conformidad en la ciudad de Chiclayo a los ...... días del mes de ................ del año dos mil siete.
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