VISTOS:
REF.: Aprueba contrato que indica
RESOLUCIÓN M0 532
SANTIAGO, diciembre 4 de 2013
VISTOS:
Lo dispuesto en Ia Ley N^ 19.886 de Bases de contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento contenido en el Decreto Ne 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda; el contrato de fecha 01 de diciembre de 2013 suscrito entre Ia Biblioteca del Congreso Nacional y Ia Empresa Heavenward Ascensores S.A.; Ia Resolución 462 de 18 de Diciembre de 2012 que aprueba Manual de Abastecimiento de Ia BCN y sus Procedimientos de compra; La Resolución N° 341 de fecha 20 xx xxxxxx de 2013 que autoriza trato directo para Ia adquisición de 2 tarjetas e instalación de rieles y pistones, para puesta en marcha de ascensor en sede anexo y teniendo presente Ias facultades que me confiere, en mi calidad de Jefe de Servicio, Ia legislación vigente, en conformidad con Ias disposiciones contempladas en Ia Ley N9 18.918,
CONSIDERANDO:
Que Ia Biblioteca mantiene en sus instalaciones un ascensor de uso exclusivo que conexcta oficnas Anexo Huerfános con instalaciones subterráneas.
Que con fecha 20 xx Xxxxxx de 2013 y mediante el mecanismo de trato o contratación directa se aprueba Ia compra de 2 tarjetas e instalación de rieles y pistones, para puesta en marcha de ascensor con Ia Empresa Heavenward, en razón del término anticipado de contrato, por grave incumplimiento con el proveedor anterior.
Que Ia Empresa Heavenward cuenta con gran prestigio en materias de instalación y mantención de ascensores y montacargas, motivo por el cual se resuelve Ia celebración de un contrato de mantención con ellos.
Que el referido contrato se suscribe con fecha 01 de diciembre de 2013 De acuerdo a Io anterior,
RESUELVO:
Apruébese el contrato de fecha 01 de diciembre suscrito entre Ia Biblioteca del Congreso Nacional y Ia Empresa Heavenward Ascensores S.A., cuyas cláusulas son del siguiente tenor:
PRIMERO: Antecedentes.-
HEAVENWARD es una empresa dedicada a Io largo del país a Ia Venta, Suministro, Instalación y Servicio Técnico de Ascensores y Escaleras Mecánicas; y por su parte LA BIBLIOTECA, son Ios copropietarios del inmueble que se indica en Ia cláusula siguiente.
SEGUNDO: Objeto del Contrato.-
En este acto y por el presente instrumento, LA BIBLIOTECA, debidamente representada según se ha indicado, contrata a HEAVENWARD, Ia prestación de servicios de Mantenimiento de Equipos, que se encuentran instalados en La Biblioteca del Congreso Nacional, en el edificio denominado Pacifico, ubicado en xxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxxxx xx Xxxxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxx, contrato que se regirá por Ias estipulaciones contenidas en el presente instrumento, y en Io no previsto, por Ias disposiciones legales correspondientes.
HEAVENWARD deberá prestar Ios servicios por cuenta propia, por terceros o contratistas, que estén válidamente inscritos en el Registro Nacional de Mantenedores, instaurado por Ia Ley N9
20.296 y su Reglamento, manteniendo en todo caso plena responsabilidad frente al Cliente.
Los equipos, materia de este contrato, son sistemas electromecánicos de un altísimo valor, cuya finalidad es Ia de transportar personas de manera cómoda y segura, representando una inversión que Ie aporta mayor plusvalía al inmueble, por Io cual se requiere de Ia voluntad, interés y preocupación permanente de LA BIBLIOTECA por cuidarlos.
Los equipos han sido fabricados para ser usados en forma segura y eficiente por toda Ia extensión de su vida útil, por Io que es indispensable su cuidado y mantenimiento en forma adecuada, razón esencial de Ia suscripción por parte de LA BIBLIOTECA del presente contrato.
TERCERO: Equipos.-
Los equipos que serán objeto del mantenimiento, que se acuerda mediante el presente contrato, son Ios siguientes:
TABLA
Ng Equipos: 1 ascensor Marca: GMV Modelo: GL-MRL Paradas: 2
CUARTO: Prestaciones.-
HEAVENWARD de conformidad a Ios términos contenidos en el presente instrumento, se obliga a desarrollar Ias siguientes labores específicas en favor de LA BIBLIOTECA:
a) Inspección Técnica y Ajustes Correctivos
b) Atención de Emergencias
c) Aseo Técnico y Lubricación
d) Revisiones Periódicas Mensuales
e) Reparaciones, Suministro e Instalación de Repuestos, previa aprobación de presupuesto por LA BIBLIOTECA.
Los trabajos antes indicados y que forman parte de Ias obligaciones asumidas por HEAVENWARD mediante el presente contrato, se llevarán a cabo dentro de su horario de trabajo normal. Sin perjuicio de Io anterior, el Servicio de Atención de Emergencias atenderá Ias 24 horas del día, todos Ios días del año.
QUINTO: Vigencia.
El presente contrato regirá a contar de Ia fecha de su suscripción y tendrá una duración inicial de 12 meses, con Ia posibilidad de ser renovado en forma automática si su término anticipado y/o Ia voluntad de no renovarlo no hubiere sido informado por cualquiera de Ias partes en un plazo de 30 días, corridos, previo a Ia expiración de Ia vigencia. Esta notificación debe ser por escrito y enviada a través de correo certificado a Ia oficina comercial de La Empresa.
Estos plazos podrán ser prorrogados administrativamente, pero en ningún caso esta prórroga podrá solicitarse una vez transcurrido el plazo original del contrato.
No obstante, cualquiera de Ias partes podrá poner término unilateral, anticipado e inmediato a Ia relación contractual, dando aviso por escrito a Ia contraparte con 60 días de anticipación, sin que esto devengue derecho a indemnización alguna.
Deberá, en todo caso, pagarse el valor de Ia tarea realizada cuantificada según el tiempo empleado en ésta.
Sin perjuicio de Io anterior, Ia Jefatura Superior de Ia Biblioteca podrá poner término administrativo y anticipado al presente contrato, en cualquier tiempo y sin necesidad de aviso previo ni expresión de causa cuando sea necesario por razones de conveniencia para Ia administración debiendo pagar Ia o Ias facturas que hayan sido emitidas por La Empresa a Ia fecha de notificación de este término.
SEXTO: Terminación anticipada.-
Además de Ias causales previstas en Ia cláusula anterior, el presente Contrato se entenderá resuelto administrativamente, sin forma de juicio por cualquier incumplimiento de parte de Ia Empresa respecto de Ias obligaciones aquí contraídas y/o por falta de servicio y/o retardo o incumplimiento injustificado de Ias obligaciones contraidas.
Además el contrato terminará por Ias causales detalladas en el artículo 13 de Ia Ley de compras públicas, esto es por:
❖ La resciliación o mutuo acuerdo entre Ios contratantes.
❖ El incumplimiento grave de Ias obligaciones contraídas por el contratante.
❖ El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren Ias cauciones entregadas o Ias existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato y/o se constituyan cauciones suficientes.
❖ Por exigirlo el interés público o Ia seguridad nacional.
SEPTIMO: Contraprestación económica.-
Por Ios servicios prestados conforme al presente contrato, LA BIBLIOTECA acuerda pagar a HEAVENWARD mensualmente, Ia suma equivalente en pesos a 7,0 UF, (siete coma cero unidades de fomento) más IVA. El valor en pesos de Ia U.F. que se usa para el cálculo de Ia mensualidad, es el que corresponde al último día del mes que se cobra.
La factura correspondiente a Ia tarifa mensual, así como Ias facturas que se emitan por otros servicios a Ios que se obliga HEAVENWARD por este contrato, deberán ser canceladas por LA BIBLIOTECA dentro de Ios siguientes 15 (quince) días siguientes de emitida Ia factura correspondiente.
El no pago de una factura dentro del plazo de 120 días siguientes a Ia fecha de su emisión, faculta a HEAVENWARD para suspender el servicio y/o poner término al presente contrato, además del cobro de todos Ios valores adeudados por LA BIBLIOTECA, con sus respectivos reajustes e intereses. Sin perjuicio de Io anterior, HEAVENWARD además limitará su responsabilidad de conformidad a Io dispuesto en Ia cláusula décima siguiente.
Sin perjuicio de Io dispuesto en el párrafo precedente y para el evento que se ponga término al contrato, HEAVENWARD cobrará todas Ias mensualidades que se devenguen hasta el vencimiento del plazo de vigencia del presente contrato, inicial o prorrogado.
La Biblioteca podrá solicitar a Ia Empresa, como medio de verificación de cumplimiento de contrato un detalle de servicios que especifique Ios trabajos realizados, el detalle de Ios procedimientos gestionados por Ia Empresa, en caso de que Ios hubiera y cualquier otro antecedente que permita una correcta definición y evaluación del servicio prestado y atenciones corrientes y/o de urgencia realizadas.
Se deja constancia que Ia revisión y aprobación de Xxx informes señalados serán realizadas por Ia Biblioteca en Ia forma que se estime más adecuada a Ias características de Ia prestación de servicios contratada, materias que serán de Ia competencia de Ia contraparte BCN.
La Biblioteca, como parte del proceso normal de revisión de contratos y sin perjuicio de Ios informes arriba indicados, podrá solicitar a Ia Empresa, en cualquiertiempo, como otro medio de verificación de cumplimiento de contrato, informes de detalle de servicios prestados y estados de avance parciales que especifiquen Ios trabajos realizados y en actual ejecución y cualquier otro antecedente que permita una correcta definición y evaluación del servicio prestado.
En caso de retrasos en Ias atenciones requeridas Ia Empresa estará afecta del cobro de multas correspondientes al 0,3% del total del contrato, por día de atraso, contado desde Ia formulación del requerimiento, acorde con Ias definiciones descritas en Ia cláusula cuarta y novena.
El monto resultante de Ia aplicación de Ias multas señaladas en esta cláusula, se deducirá del valor del Estado de Pago que corresponda pagar. Si el valor de dicho Estado de Pago fuere insuficiente para cubrir el monto de Ias multas, el saldo se deducirá de Ios Estados de Pago pendientes.
La BCN podrá eximir total o parcialmente a Ia Empresa de Ia aplicación de multas en Ios casos siguientes:
1.- Casos fortuitos o de fuerza mayor, circunstancias que deberán ser comunicadas por escrito a Ia Biblioteca, con su debida justificación. Estos casos serán apreciados y calificados por Ia Biblioteca, desestimándose Ias presentaciones que se efectúen después de tres (3) días hábiles contados desde Ia ocurrencia del hecho. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir.
2.- Alteración impuesta por Ia Biblioteca en Ia distribución de Ios trabajos, cambios de horario, nuevos requerimientos y/o por Ia definición de razones técnicas, conveniencia, de fuerza mayor y otras, calificadas por Ia Biblioteca.
OCTAVO: Facturación Electrónica.-
Por este acto, LA BIBLIOTECA viene en autorizar en forma irrevocable a HEAVENWARD para que Ias facturas que se emitan conforme al contrato de mantenimiento suscrito entre Ias partes y detallado en Ia cláusula primera anterior, Ie sean enviadas vía e-mail a Ia siguiente dirección (es) electrónica (s) xxxxxxxxxxx@xxx.xx y xxxxxxxxXxxx.xx
En virtud de Io anterior, LA BIBLIOTECA acepta que para cumplir con Io establecido por el artículo 4 oy artículo 5o letra c) de Xx Xxx 19.983, será suficiente con Ia presentación del presente instrumento, adjuntando copia de Ia factura emitida a nombre de LA BIBLIOTECA por HEAVENWARD y enviada a Ias direcciones electrónicas señaladas precedentemente. Sin perjuicio de Io anterior LA BIBLIOTECA se obliga a enviar al domicilio de HEAVENWARD señalado en Ia comparecencia, una copia firmada de dichas facturas.
Será de absoluta y exclusiva responsabilidad de LA BIBLIOTECA comunicar por escrito a HEAVENWARD cualquier cambio de dirección electrónica; a Ios efectos anteriores dicha notificación deberá efectuarse por medio de carta certificada dirigida a HEAVENWARD a su domicilio indicado en Ia comparecencia, liberándose esta última de cualquier responsabilidad por el envío de Ias facturas a Ia dirección electrónica indicada en este instrumento mientras no se Ie haya notificado su cambio en Ia forma antes indicada.
NOVENO: Obligaciones de HEAVENWARD.-
Son obligaciones de HEAVENWARD Ias siguientes:
1) Desarrollar el programa de mantenimiento anual del equipo.
2) Ejecutar el programa de mantenimiento anual verificando entre otros aspectos, el normal funcionamiento de poleas, frenos, cables de tracción, guías, puertas, dispositivos de seguridad, sistema eléctrico y lubricación, conforme con Ias características técnicas de cada equipo.
3) Mantener personal y servicio de emergencia Ias 24 horas del día, todos Ios días del año, a través de un número telefónico de emergencia.
4) Informar oportunamente, cada reparación o trabajo necesario del equipo, para asegurar su conservación, correcto y seguro funcionamiento, mediante comunicación escrita debidamente recepcionada por LA BIBLIOTECA. El costo de estos trabajos, Ios repuestos y su instalación, no están incluidos en el valor de Ia tarifa señalada en Ia cláusula octava precedente, Ios que serán facturados por separado, previa aceptación del presupuesto por LA BIBLIOTECA.
5) Mantener personal capacitado para cumplir con el objeto del presente contrato.
6) Disponer de sistemas de comunicación y movilización apropiados para el buen desarrollo del servicio.
7) Mantener todos Ios elementos de seguridad por parte del personal que ejecute el servicio.
8) Mantener, e informar a Ia Biblioteca, un seguro de responsabilidad civil para cubrir Ios eventuales daños a terceros con ocasión de Ios trabajos derivados del servicio de mantenimiento.
9) Entregar al representante de LA BIBLIOTECA un manual básico de uso del equipo materia de este contrato.
10)Mantener al día pago de remuneraciones y prestaciones sociales del personal de su dependencia, informando y acreditando dicha circunstancia en cada estado de pago a Ia Biblioteca. Las partes declaran que el presente contrato no crea vínculo laboral ni de dependencia ni subordinación alguna respecto del personal de Ia Empresa dedicado al cumplimiento del contrato, pero se habilita a Ia Biblioteca a poner término al contrato en caso de incumplimiento de Io que acá se dispone y/o a destinar Ios pagos pendientes al pago de dichas remuneraciones.
DECIMO: Obligaciones de LA BIBLIOTECA.-
Son obligaciones de LA BIBLIOTECA Ias siguientes:
1) Mantener limpias Ias partes del equipo que están al alcance de Ios usuarios.
Prohibir y evitar Ia manipulación e intervención del equipo, sus partes y piezas, por terceras personas ajenas a HEAVENWARD. El no cumplimiento de esta obligación libera de toda responsabilidad a HEAVENWARD, quedando LA BIBLIOTECA responsable de todos Ios daños que presente el equipo por este hecho, sin perjuicio de Io dispuesto en Ia cláusula décima siguiente.
2) Difundir Ias indicaciones del manual básico de uso del equipo a cada comunero.
3) Mantener en buen estado Ia sala de máquinas, Ias barandas de seguridad, acceso e iluminación de ella, tableros de fuerza eléctrica y de alumbrado, ventilación, escotilla, frentes de puerta, accesos y puntos de apoyo del equipo.
4) Recepcionar todas Ias comunicaciones escritas, cartas y presupuestos enviados por
HEAVENWARD y contestarlas dentro de Ia validez o plazo indicado en ellas.
5) Disponer de un lugar en el edificio, donde se almacenen productos químicos Ios que serán utilizados en Ios trabajos de mantención por parte de HEAVENWARD. Éste lugar debe cumplir Ias exigencias mínimas de seguridad para evitar siniestros, como son posibles derrames que puedan afectar a maquinarias, personas y medio ambiente, posibles incendios o intervención de terceras personas. Se deja expresa constancia que de no disponerse de dicho lugar se exime de responsabilidad a HEAVENWARD en el evento de producirse algún siniestro ocasionado por Ios productos químicos.
DECIMO PRIMERO: Responsabilidad.-
En todo caso, HEAVENWARD dispone de Ia facultad de poner término al presente contrato, cuando LA BIBLIOTECA sin expresión de causa ni motivo aparente, postergue injustificadamente, más allá del plazo indicado, trabajos detallados y comunicados por escrito con el carácter de urgentes por HEAVENWARD mediante comunicación enviada por carta certificada a LA BIBLIOTECA con inclusión de un plazo para llevarlos a cabo.
Habiéndose practicado por HEAVENWARD en tiempo y forma Ia comunicación referida en el párrafo anterior, Ias partes acuerdan que Ia responsabilidad de HEAVENWARD por el estado del/los equipo/s se extenderá sólo hasta el vencimiento del plazo indicado para llevar a cabo Ios trabajos detallados y no será responsable por ningún evento o contingencia que afecte el/los referido/s equipo/s con posterioridad a ella.
DECIMO SEGUNDO: PROVISIÓN DE BIENES
Se deja constancia que en caso de que Ia Biblioteca haga entrega de bienes de su propiedad a Ia Empresa, que sean necesarios para el debido cumplimiento de Ias funciones encomendadas, será esta responsable de todo daño, accidente, deterioro, menoscabo o pérdida, o en general, de cualquier hecho que importe Ia pérdida, destrucción o daño, ya sea total o parcial de Ios mismos, imputables a Ios trabajadores asignados a Ia prestación de Ios servicios; de Ios cuales se declara expresamente responsable, facultando al Director a poner término ipso facto, al presente contrato, sin derecho a indemnización alguna, y con reserva explicita de Ias acciones legales que estime pertinente.
DECIMOTERCERO:
Presente al Acto xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, cédula nacional de identidad N° 5.547.569- 5, en su calidad de Director de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, y actuando en su representación, suscribe el presente documento declarando expresamente Io siguiente:
a.- Que en su calidad de Director de LA BIBLIOTECA, ha tomado conocimiento del texto del presente contrato;
b.- Que en su calidad de Director de LA BIBLIOTECA, el presente contrato recoge el acuerdo alcanzado con HEAVENWARD en todas sus partes;
c.- Que en su calidad de Director de LA BIBLIOTECA, que el pago de Ios servicios de mantenimiento de equipos contratados obliga a LA BIBLIOTECAtoda.
d.- Que en su calidad de Director de LA BIBLIOTECA, da fe que xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx es el actual Jefe de Administración General y Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx encargado de adquisiciones de LA BIBLIOTECA.
DECIMO CUARTO: Domicilio y jurisdicción.
Para todos Ios efectos legales derivados del presente contrato Ias partes fijan su domicilio en Ia ciudad de Santiago y se someten expresamente a Ia competencia de susjuzgados de letras, con renuncia expresa de Xxx partes a su propio fuero.
DECIMO SEXTO: Copias y firmas. El presente contrato se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder de HEAVENWARD y uno en poder de LA BIBLIOTECA.
Personerías.
La personería de xxx Xxxxxx Lagos Xxxxxxxx para representar a Ia Sociedad Heavenward Ascensores S.A. consta de escritura de constitución otorgada ante el notario público Xx. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx con fecha 04 de noviembre del 2002.
La personería de xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx para 'actuár como Director de Ia LA BIBLIOTECA consta en el acuerdo primero de Ia sesión N0 12/20Í2 de Ia Honorable Comisión Biblioteca de fecha 14 de Diciembre de 2012. / /