Contract
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL XX XXXXX
BASES ADMINISTRATIVAS
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA
Nº 039 -2007- CEP/MDP
CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS DE IPLE Y PUCUTANJA - PARCO EJECUCIÓN DE OBRA POR CONTRATA
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PRIMERA CONVOCATORIA
EL COMITE ESPECIAL PERMANENTE
PARCO - PERU
2007
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 039 - 2007-CEP/MDP
1.0 ENTIDAD CONVOCANTE
Municipalidad Distrital xx XXXXX - Junin. RUC Nº 20204027251
2.0 GENERALIDADES
La presente rigen para el proceso de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 039-2007-CEP/MDP de la Obra CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO, en el caso de presentarse dudas o divergencias durante el proceso de la Adjudicación o Ejecución del Contrato, es aplicación las Cláusulas de estas Bases.
3.0 OBJETO
Seleccionar a la persona natural o jurídica que se encargue de la ejecución de la Obra: CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO
4.0 SISTEMA DE ADJUDICACION
El proceso de Adjudicación, se llevará a cabo bajo el Sistema de suma alzada.
5.0 FINANCIAMIENTO
La Obra será financiada con Recursos ordinarios
6.0 RÉGIMEN LEGAL
Ley Nº 27209 – Ley de Gestión Presupuestaria del Estado.
Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2007.
Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Ley Nº 28267 – Ley que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
Decreto Supremo N° 083–2004–PCM–Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Decreto Supremo N° 084–2004–PCM–Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Decreto Supremo Nº 061-2001-PCM que aprueba el Texto único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE.
Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S Nº 084-2004-PCM.
7. VALOR REFERENCIAL
S/. 20,000.00 (VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), valor que incluye los impuestos xx xxx, con precios vigentes al mes de OCTUBRE del 2007.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo determinado para la ejecución de la obra es de cuarenta (40) días naturales.
PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente Adjudicación de Menor Cuantía todas las personas naturales o jurídicas, en forma individual o en consorcio, que cumplan con los requisitos incorporados en el Titulo II, Capítulo II del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado a partir del Artículo 7º, SUB CAPÍTULO III CAPITULO DE EJECUTORES DE OBRAS, desde el Artículo 7.12º al 7.19º, APROBADO MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 063-2006-EF (Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004-PCM), Publicado el 18 xx Xxxx del 2006.
Estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (Capítulo de Ejecutores de Obras) y contar con capacidad de contratación igual o mayor al Valor Referencial de la presente convocatoria.
No estar incluido en el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado.
No estar comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el Artículo 9º de la Ley.
Estar anotados en el Registro de Participantes.
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
Las Especificaciones Técnicas para la ejecución de la obra a ejecutarse se encuentran definidas en el Expediente Técnico que forman parte de las Bases. En caso de existir discrepancia entre lo que expresan los diversos documentos, se establece por las presentes Bases que los Planos tienen prioridad sobre las Especificaciones Técnicas y estas sobre los metrados. La Memoria Descriptiva vale en todo cuanto no se oponga a los Planos y a las Especificaciones Técnicas.
CRONOGRAMA
Etapa |
Fecha de Inicio |
Fecha de Fin |
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19/11/2007 |
27/11/2007 |
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20/11/2007 |
21/11/2007 |
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22/11/2007 |
22/11/2007 |
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26/11/2007 |
26/11/2007 |
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28/11/2007 Presentación Desde 08:00 a.m hasta 10:00 a.m |
28/11/2007 Evaluación 11:00 a.m. |
( * ) En la oficina de Tesorería de la Municipalidad xx Xxxxx – Plaza principal – Parco, desde 08:30 a.m. hasta las 15:00 horas
( ** ) En la Oficina de Abastecimientos de la Municipalidad xx Xxxxx
(***) Presentación de propuestas se realizara en mesa de partes de la Municipalidad Distrital xx Xxxxx a y la evaluación en la oficina de Abastecimientos.
La convocatoria se realizará mediante invitación cursada a no menos de 3 proveedores según el art. 105 del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
COSTO DE LAS BASES S/. 30.00 TREINTA y 00/100 NUEVOS SOLES
DOCUMENTOS DE LA ADJUDICACION
La ejecución de la Obra se encuentra definida por los siguientes documentos: Convocatoria, Bases Administrativas, Pro forma del Contrato de Obra, Modelo Oficial de Carta Propuesta, Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas, Análisis de Precios Unitarios, Valor Referencial, Relación de Documentos, Planos, CDs; Aclaración de Consultas y absolución de Observaciones, Propuesta Técnica y Económica del Postor adjudicado con la buena pro.
La Municipalidad xx XXXXX – Jauja – Junín., podrá entregar otros documentos que a su criterio considere para la mejor comprensión del proyecto.
POSTORES
Podrán participar como postores, quienes se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional de Proveedores; en el capitulo de Ejecutores de obras y cumplir con todos los requisitos de capacidad de contratación y no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
A efecto se debe realizar las obras previstas en armonía con los procedimientos de buena construcción y lograr funcionalidad y correcta terminación.
Analizar detenidamente los documentos entregados.
Efectuar una inspección exhaustiva del terreno sobre el cual se va ejecutar la obra de la presente Adjudicación, así como la ubicación del terreno, energía eléctrica, materiales y disponibilidad de mano de obra, condiciones de trabajo, clima, tránsito y reglamentación de la zona.
Presentar por escrito sus observaciones, rectificaciones, dudas y aclaraciones en el plazo contemplado en el calendario de la Adjudicación, caso contrario se entenderá que el postor encuentra correcto y acepta expresamente el contenido y lo dispuesto en los documentos del Expediente Técnico y Bases.
Los postores individualmente concurren personalmente o a través de su representante mediante carta poder simple, las personas jurídicas concurren por medio de su representante legal o apoderado por carta poder simple, que debe acreditarse con su respectivo documento de identidad, antes del inicio del acto de la Adjudicación , ante el Comité Especial. (Anexo 01)
ENTREGA DE PROPUESTAS
La Adjudicación se llevará a cabo en el local, día y hora fijado oportunamente en la convocatoria, por el Comité Especial que ha designado la Entidad convocante.
Las propuestas que excedan en mas xxx xxxx por ciento (10%) del valor referencial serán devueltas teniéndolas por no presentadas.
Las propuestas que fuesen inferiores al noventa por ciento (90%) del valor referencial serán devueltas teniéndolas por no presentadas.
Cuando la documentación e información que se solicita se presenta en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal.
Los documentos se presentarán en dos sobres – (Nº 1) Propuesta Técnica y (Nº 2 Propuesta Económica), deberán estar cerrados y sellados, con indicación visible de la Razón Social del Postor y la Adjudicación al que se presenta. La propuesta técnica se presentará en original y 2 copias.
La información suministrada por los postores tiene el carácter de Declaración Jurada.
Los Sobres conteniendo las propuestas de los postores deberán ser rotulados con la siguiente inscripción:
MUNICIPALIDAD DISTRITAL XX XXXXX
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 039 - 2007-CEP/MDP
Att. : COMITE ESPECIAL PERMANENTE
Obra : CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO
Sobre Nº (01) (02)
Postor : ____________________________________________________
Domicilio Legal: ______________________________________________
Proceso de Selección Desierto.
El Comité Especial declarará desierta la Adjudicación cuando no quede válida ninguna oferta.
Otorgamiento de la Buena Pro.
Se realizará siguiendo lo estipulado en el Art. 132º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 084-2004-PCM
Tributos y Otras Obligaciones.
Las propuestas económicas deberán incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
De las Garantías.
Garantía de Fiel Cumplimiento
Como requisito indispensable para suscribir el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por cien (10%) del monto del contrato y, tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final de la obra.
Garantía por Xxxxxxxxx
La entidad entregará adelantos solicitados por el contratista, previa entrega de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado.
FACTORES DE CALIFICACIÓN
Para poder acceder a la calificación de la propuesta económica los postores cumplirán con los requisitos técnicos mínimos establecidos en las base, numeral 16 CONTENIDO DE LOS SOBRES (Sobre I Propuesta Técnica)
De conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) literal a) del Artículo 68º y Artículo 73º del Reglamento, las Bases considerarán como único factor de calificación la evaluación de la propuesta económica, otorgándose un puntaje máximo de 100 puntos a la mejor propuesta económica
CONTENIDO DE LOS SOBRES
CONTENIDO PRIMER SOBRE – PROPUESTA TECNICA
Para ser admitida sus propuestas, el postor necesariamente tendrá que presentar la siguiente documentación:
Índice de los documentos y debidamente foliados.
Declaración Jurada de información del postor de acuerdo al modelo del Formato N° 01
Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (EJECUTOR DE OBRAS).
Copia ficha RUC – SUNAT (Actualizado, Activo y habido).
Copia de DNI del representante legal (persona natural)
Copia simple de Constitución de la empresa ante Registros Públicos y DNI del Gerente (persona jurídica)
Declaración Jurada conforme a lo establecido en el Artículo 76° del REGLAMENTO, de acuerdo al Formato N° 02.
Cumplimiento de requerimientos técnicos mínimos, de acuerdo al Formato N° 03.
Declaración Jurada de ser una Micro o Pequeña Empresa, si fuera el caso, de acuerdo al Formato N° 04.
Declaración Jurada de no tener sanción vigente según el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado, de acuerdo al Formato N° 05
Copias simples de contratos de ejecución de obras (adjuntar conformidad de las obras ejecutadas), suscritos en los 5 últimos años a la fecha de la presentación de las propuestas.
Diagramas CPM y PERT, indicando fecha de inicio y fin de cada una de las partidas, así como la ruta crítica
Constancia de visita de campo, inspeccionado el lugar donde se ejecutará la obra, dicha constancia será visado por la Oficina de Obras Públicas.
DOCUMENTACIÓN DEL RESIDENTE DE OBRA
Experiencia mínimo 2 años en obras similares de la presente convocatoria (adjuntar contratos).
Titulo Profesional de Ingeniero civil y/o arquitecto
Certificado de habilidad.
Copia de Registro Nacional de Proveedor como CONSULTOR DE OBRAS
CONTENIDO SEGUNDO SOBRE – PROPUESTA ECONOMICA
Monto total de la propuesta económica del Postor, la misma que debe consignarse en el formato de carta propuesta (Anexo Nº 05) proporcionada por La Municipalidad, el que NO podrá tener enmendadura o corrección. Caso contrario se considerará como NO presentada.
EVALUACION Y CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS
Monto total de la propuesta, de acuerdo al Formato N° 06. Dicho monto deberá incluir Mano de Obra con Leyes Sociales, materiales e insumos, herramientas, seguros, guardianía, Prevención de Accidentes, Medidas de Seguridad, Protección de la Obra, Dirección Técnica y Administrativa, Contribuciones, Gastos Generales, Utilidad e Impuesto General a las Ventas; y en general todo gasto necesario para la correcta ejecución de la Obra. La propuesta económica deberá presentarse con tres (3) decimales, para lo cual tendrá que adjuntar resumen de las especificaciones técnicas de la propuesta económica.
No se aceptará propuestas cuyo monto exceda en más xx xxxx por ciento (10%), ni aquellas cuyo monto fueran inferiores al noventa por ciento (90%) del Valor Referencial, los cuales se indican en la siguiente tabla:
Valor Referencial |
S/.22,223.00 |
(Veintidos Mil Dopscientos Veintitres con 00/100 NUEVOS SOLES) |
90% del Valor Referencial |
S/.20, 000.00 |
(Veinte Mil con 00/100 NUEVOS SOLES) |
110% del Valor Referencial |
S/.24, 445.30 |
(Veinticuatro Mil Cuatrocientos cuarenta y cinco con 30/100 NUEVOS SOLES) |
RECEPCION Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
Recibidas las Propuestas en Mesa de partes de la Municipalidad Distrital xx XXXXX, se procederá a la apertura del Sobre N° 1 de cada uno de los postores, en el mismo orden en que fueron recibidos. El Comité Especial Permanente comprobará que los documentos presentados sean los solicitados por el Numeral 16 de las presentes Bases.
Concluida la apertura de las Propuestas Técnicas y Económicas (Sobre N° 01 y 02), se procederá a otorgar la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantía, de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases, sentándose el resultado en el acta correspondiente.
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
El Comité Especial determinará como oferta ganadora a la propuesta económica que obtenga el mayor puntaje total (100 puntos), establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente formula, calculado hasta el tercer decimal:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i : Propuesta
Pi : Puntaje de la Propuesta Económica i
PMPE : Puntaje Máximo de la propuesta económica (100 Puntos)
Oi : Propuesta de la Oferta Económica i.
Om : Propuesta de la Oferta Económica de monto o precio más bajo.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden:
Con preferencia a favor de las micro y pequeñas empresas; o
A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje económico; o
A través de sorteo en el mismo acto.
En el Acto de otorgamiento, el Comité Especial Permanente determinará la propuesta ganadora, indicando el orden en que han quedado calificado los postores, a través de un cuadro comparativo.
Terminado el Acto de Adjudicación, se sentará el Acta correspondiente, en la que se dejará constancia de lo realizado, indicándose la relación de los postores y las Propuestas no admitidas, con la causal que hubiese determinado su rechazo así como las observaciones hechas por los postores.
El Acta será firmada por los miembros del Comité Especial Permanente, los postores que deseen hacerlo y por el Xxxx xx Xxx no letrado de 1era. Nominación.
El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentida una vez transcurridos los plazos para la interposición de los recursos de impugnación sin que los Postores hayan ejercido tal derecho.
El otorgamiento de la Buena Pro se notificará a través del SEACE.
Para otorgar la Buena Pro la propuestas que superen el Valor Referencial, se deberá contar con asignación suficiente de recursos y la aprobación del Titular xxx xxxxxx.
PENALIDAD.
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Municipalidad aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta del pago final o en la liquidación final, o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía a que se refiere el artículo 215° del Reglamento de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado. En todos los casos, la Penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula.
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto Del Contrato
F x Plazo en Días.
Donde:
F = 0.15
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el Contrato por incumplimiento.
SUSCRIPCION DEL CONTRATO.
Para la suscripción del contrato debe cumplirse lo establecido en el Art. 203º del Reglamento (dentro de los 10 días hábiles posteriores al comunicado de la entidad)
Postor favorecido con el Proceso de Xxxxxxxxxxxx deberá presentar sin necesidad de requerimiento y antes de la firma del contrato, los siguientes documentos:
La capacidad libre de contratación que expedirá el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - original.
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado - original.
Calendario valorizado de avance de obra de acuerdo al plazo establecido (original y dos copias), en base a los diagramas PERT.
D.N.I. del Representante Legal (adjuntará copia certificada notarialmente)
RUC de la persona natural.
En caso de persona Jurídica, RUC de la empresa, Testimonio de Constitución y Poder del Representante Legal.
Nombre del Ingeniero Residente, Constancia de Habilidad Profesional, para dicho ejercicio con no menos a dos (02) años de ejercicio profesional, así mismo debe adjuntar su currículo descriptivo, así como el compromiso suscrito para prestar sus servicios como residente y que tendrá a su cargo la dirección técnica de la obra.
Expediente técnico firmado por el representante legal del contratista.
Declaración jurada comprometiéndose a cumplir las obligaciones derivadas del contrato bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el estado en caso de incumplimiento.
Carta de compromiso de contratar la mano de obra no calificada de la población beneficiaria de la obra.
COMPUTO DEL PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de duración de los contratos de obras comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones estipuladas en el Art. 240 del Reglamento de la Ley.
Que se designe al Ingeniero Residente de la obra
Que se designe al Inspector/Supervisor;
Que se entregue el calendario de obra valorizado en concordancia con el cronograma de desembolsos establecido, y el calendario de adquisición de materiales e insumos necesarios para la ejecución de obra, cuando sea aplicable.
Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra.
ENTREGA DE TERRENO
La Municipalidad Distrital xx XXXXX – Jauja hará entrega de terreno al contratista al día siguiente de firmado el contrato.
El Contratista será responsable por el replanteo de la obra con relación a las líneas y niveles entregados a él por el Ingeniero Inspector para la ejecución de la obra y por la exactitud de las posiciones, niveles, dimensiones y alineamiento de la totalidad de las diversas partes de la obra y por el suministro de todo instrumento, dispositivo y mano de obra.
Si en cualquier fecha durante el avance de la obra, apareciera o surgiera algún error de posición, niveles, dimensiones o alineamiento de alguna parte de las obras, el contratista procederá a rectificar tal error a total satisfacción del Ingeniero Inspector, por cuenta del Contratista sin pagos adicionales.
El contratista deberá tomar las medidas de protección ambiental necesarios
Para que durante la ejecución de la obra se impida al máximo cualquier contaminación del ambiente.
Entregado del terreno en las condiciones señaladas, se abrirá el “Cuaderno de Obra”, el mismo que será foliado y visado en todas sus páginas por el Inspector y por el Ingeniero Residente, dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el cuaderno de obra.
El cuaderno de obra debe constar de un original con tres (03) copias desglosables correspondiendo una de estas a la Entidad, la otra al contratista y la tercera al Inspector. El original de dicho cuaderno debe permanecer en obra, bajo custodia del Residente.
ANOTACION DE OCURRENCIAS
En el cuaderno de obra, se anotará los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de ella, firmados al pie de cada anotación el Inspector o el Residente, según sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes a la Entidad que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harán directamente por el contratista o su representante a la Entidad, por medio de comunicación que deje constancia de dicha solicitud.
CONSULTAS SOBRE OCURRENCIAS EN LA OBRA
Las consultas se formulan en el Cuaderno de Obra, y son absueltas por el Inspector y/o supervisor, según corresponda, dentro del plazo máximo de cinco (05) días de anotadas estas. De no ser absueltas, el contratista acudirá a la Entidad, la cual deberá resolverlas, en igual plazo, desde la recepción de la comunicación del contratista.
Si vencidos estos plazos, no se absuelve la consulta, el contratista tendrá derecho a solicitar prórroga por el tiempo correspondiente a la demora. Esta demora se computará a partir de la fecha en que la no ejecución de los trabajos materia de la consulta empieza a afectar el calendario de avance de obra. (Art. 251º del Reglamento)
CONTROL DE LAS OBRAS
Separación del Personal del Contratista.
El contratista está obligado a ordenar la inmediata separación de cualquier empleado u operario, cuando a juicio del Inspector y a solicitud de él sea necesario adoptar tal medida ya sea por incapacidad, insubordinación, desórdenes o cualquier otro motivo, que tenga relación directa con la buena ejecución de la obra.
Cuando este hecho ocurra, el Ingeniero Inspector lo hará constar en el Cuaderno de Obra. Son de responsabilidad directa del contratista los vicios de construcción, y cualquier otra circunstancia imputable al personal separado.
El Inspector y/o supervisor de la Obra ordenará que se retiren de la obra, por cuenta del contratista los materiales que han sido rechazados por su mala calidad o no cumplir las especificaciones técnicas correspondientes.
Las interrupciones o atrasos que pueden experimentar la obra a consecuencia del rechazo por el Ingeniero Inspector de materiales que no llenen las condiciones del Contrato, no autorizan al contratista a pedir prórroga de Contrato.
CAUSALES DE RESOLUCION DE CONTRATO
La Municipalidad resolverá administrativamente el Contrato, en caso se produjeran las causales estipuladas en el Art. 225º del Reglamento y lo establecido en el inc. c) del Art. 41º de la Ley, así como en los caso en que el contratista:
Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.
Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo.
Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
LA MUNICIPALIDAD, comunicará la resolución al Contratista mediante Carta Notarial.
El mecanismo de resolución de contrato, se efectuará de acuerdo a las Normas Legales vigentes y a lo estipulado en el Artículo 226º del Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM.
VALORIZACIONES, METRADOS Y PAGOS.
26.1 Las valorizaciones tendrán el carácter de pagos a cuenta y serán elaborados por el Inspector y el Contratista, en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad, a este monto se le agregara, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al impuesto general a las ventas (Art. 255º del Reglamento)
Los metrados de obra ejecutados serán formulados y valorizados conjuntamente por el Contratista y el Inspector y presentados a la Entidad al término de Obra. Si el Inspector no se presentase para la valorización conjunta con el Contratista, la efectuará el Contratista. El Inspector deberá enviar los metrados durante el periodo de aprobación de la misma.
El plazo máximo de aprobación por el Inspector de la valorización y su remisión a la Entidad para periodos mensuales, es de cinco (5) días, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la valorización respectiva.
En las valorizaciones se consignará lo siguiente:
Monto bruto valorizado
Amortizaciones y deducciones
Monto líquido a pagarse
Suma y saldos acumulados.
Se anexará también copia de los resultados de los ensayos de resistencia y calidad de los materiales, mezcla de concreto, etc.
La Municipalidad Distrital xx XXXXX - Junín dará trámite al pago de la valorización formulada.
PAGOS.- La entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del Contratista, el último día hábil de la quincena o el mes siguiente al que corresponde la valorización.
La Ampliación del Plazo regirá conforme a lo estipulado en los artículos 258° y Artículo 259º del Reglamento.
DEMORAS INJUSTIFICADAS
Durante la ejecución de la obra el contratista está obligado a cumplir los avances parciales establecidos en el calendario valorizado de avance. En caso de retraso injustificado cuando el monto de la valorización acumulada a una fecha determinada sea menor al ochenta por ciento (80%) del monto de la valorización acumulada programada a dicha fecha, el inspector ordenará al contratista que presente, dentro de los siete (7) días siguientes, un nuevo calendario que contemple la aceleración de los trabajos, de modo que se garantice el cumplimiento de la obra dentro del plazo previsto, anotando tal hecho en el Cuaderno de Obra.
La falta de presentación del nuevo calendario podrá ser causal que opere la intervención de la obra a la resolución prevista en el Art. 225º. El nuevo calendario no exime al contratista de la responsabilidad por demoras injustificadas.
INTERVENCION ECONOMICA DE LA OBRA
El procedimiento establecido en el Art. 264º del Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM.
EFECTO DE RESOLUCION DEL CONTRATO DE OBRA
El procedimiento establecido en el Art. 267º del Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM.
RECEPCION DE OBRA.
A través de su residente, el contratista solicitará en el Cuaderno de Obra la recepción de la misma, indicando la fecha de culminación. El Inspector en un plazo no mayor de cinco (5) días comunicará este hecho a la Entidad.
En un plazo máximo de siete (7) días de recibida la comunicación a que se refiere el párrafo anterior, la Entidad procederá a designar un Comité de Recepción de Obra, el cual estará integrado, por lo menos, por un representante de la Entidad, necesariamente ingeniero o arquitecto según corresponda a la naturaleza de los trabajos, y por el inspector.
En un plazo no mayor de veinte (20) días de realizada su designación, el Comité de Recepción junto con el contratista procederá a verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas y efectuará las pruebas que sean necesarias para comprobar el funcionamiento de las instalaciones y equipos.
Culminada la verificación se levantará un acta que será suscrita por los miembros del Comité de Recepción y el Contratista o su residente. En el acta se incluirán las observaciones, si las hubiera. De no existir observaciones se procederá a la recepción de la obra, teniéndose por concluida en la fecha indicada por el contratista.
De existir observaciones, estas se consignarán en el acta y no se recibirá la obra. El Contratista dispondrá de un décimo (1/10) del plazo de ejecución del contrato para subsanarlas, el cual se computará a partir xxx xxxxxx día de suscrita el acta. Las obras que se ejecuten como consecuencia de observaciones no darán derecho al pago de ningún concepto a favor del contratista ni la aplicación de penalidad alguna
Subsanadas las observaciones, el contratista solicitará la recepción de la obra en el Cuaderno de Obra. La comprobación que realizará el Comité de Recepción de Obra se limitará a verificar la subsanación de las observaciones formuladas en el acta, no pudiendo formular nuevas observaciones.
En caso que el contratista o su residente no estuviese conforme con las observaciones, anotará su discrepancia en el Acta. El Comité de Recepción de Obra elevará al Titular xxx Xxxxxx o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, todo lo actuado con un informe sustentado de sus observaciones en un plazo máximo de cinco (5) días. La Entidad deberá pronunciarse sobre dichas observaciones en igual plazo. De persistir las discrepancias, ésta se someterá a los mecanismos de solución de controversias establecidos en la Ley y el Reglamento.
Si vencido el cincuenta por ciento (50%) del plazo establecido para la subsanación, la Entidad comprueba que no se ha dado inicio a los trabajos correspondientes, salvo circunstancias justificadas debidamente acreditadas por el contratista, dará por vencido dicho plazo, tomará el control de la obra, resolverá el contrato y adoptará las medidas necesarias para la conclusión de la obra, de acuerdo al tercer párrafo del Art. 162º. En este caso, la Entidad comunicará las circunstancias ocurridas al Tribunal, para que este proceda a aplicar la sanción que corresponda.
Todo retraso en la subsanación de las observaciones que exceda del plazo otorgado, se considerará como demora para efectos de las penalidades que correspondan y podrá dar lugar a que la Entidad resuelva el contrato por incumplimiento. Las penalidades a que se refiere el presente Artículo podrán ser aplicadas hasta el tope señalado en la Ley, el presente Reglamento o el contrato, según corresponda.
De conformidad con el Artículo 51º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 queda expresamente establecido que el contratista de la obra es el responsable de la calidad y vicios ocultos de la obra, en función a las características pre establecidas y normas técnicas aplicables, por un plazo no menor de 07 años, contados a partir de la recepción conforme de la obra.
Así mismo, lo establecido en el párrafo anterior, se aplicará si durante el curso de los 07 años desde la aceptación de la obra, esta se destruye total o parcialmente o presenta evidente peligro de ruina o graves defectos por vicio de la construcción, por mala calidad de los materiales y cualquier otra razón similar, sin perjuicio de demandar la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.
LIQUIDACION DE CONTRATO
Para la liquidación de contrato, se aplicará lo establecido en el Art. 269º, 270° y 271° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
EL COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE
Formato Nº 01
DECLARACIÓN JURADA
PARCO, ........ de ............................ del 2007.
Señores:
COMITÉ Especial permanente DE Adjudicación DE OBRAS
Gerencia de Obras Públicas – MDP
Presente.-
Referencia : Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP
Obra : CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO
De nuestra consideración:
Por medio de la presente les informamos que estamos participando en el presente proceso de selección para la ejecución de la obra indicada en la referencia, siendo nuestras generales xx xxx las siguientes:
Nombre o razón social |
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Domicilio Legal |
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R.U.C. Nº |
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Teléfono |
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FaxFax |
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Correo Electrónico |
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Representante Legal
Nombre |
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D.N.I. |
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R.U.C. Nº |
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Registro de Personas Jurídicas
Localidad |
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Ficha |
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Asiento |
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Fecha de Inscripción |
|
Fecha de Inicio de Actividades |
|
Atentamente,
………………………….……………………
Nombres, Apellidos, firma del Representante
Legal y sello de la empresa.
Formato Nº 02
DECLARACIÓN JURADA
PARCO, ........ de ............................ del 2007.
Señores:
COMITÉ Especial permanente DE Adjudicación DE OBRAS
Gerencia de Obras Públicas – MDP
Presente.-
Referencia : Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP
Obra : CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO
De nuestra consideración:
Por la presente y con carácter de Declaración Jurada manifestamos a Ustedes:
Que, no tenemos impedimento para participar en el presente proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto por el artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083–2004–PCM;
Que, conocemos, aceptamos y nos sometemos a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección;
Que somos responsables de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos del presente proceso;
Que nos comprometemos a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecidos con la Buena Pro; y
Que conocemos las sanciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Derecho Supremo Nº 083–2004–PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084–2004–PCM, así como la Ley de Procedimiento Administrativos, Ley Nº 27444.
Atentamente,
………………………………………………
Nombres, Apellidos, firma del Representante
Legal y sello de la empresa.
Formato Nº 03
CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
PARCO, ........ de ............................ del 2007.
Señores:
COMITÉ Especial permanente DE Adjudicación DE OBRAS
Oficina de Obras Públicas – MDP
Presente.-
Referencia : Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039- 2007 - CEP/MDP
Obra : CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO
De nuestra consideración:
El Postor que suscribe declara bajo juramento que respecto a la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP, para la ejecución de la Obra: CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO.
Hemos revisado cuidadosamente el Expediente Técnico y las Bases correspondientes, determinando que los halla completos, coherentes, ajustados a las normas técnicas y reglamentarias vigentes y que establecen claramente los Requerimientos Técnicos Mínimos del caso.
Hemos efectuado una inspección detenida del lugar en el cual se va a ejecutar la obra, verificando las fuentes de abastecimiento de agua, energía eléctrica, y las condiciones de trabajo, tránsito y reglamentaciones de la zona.
Sustentamos en el conocimiento de las condiciones físicas y naturales del lugar, de la tecnología constructiva requerida en el Expediente Técnico de la Obra, así como en su capacidad técnica y en la previsión de todas las dificultades propias de la ejecución para este tipo de obra, manifestando que se puede llevar a cabo su ejecución de acuerdo a los Requerimientos Técnicos Mínimos establecidos.
Nos comprometemos a cumplir con el plazo de ejecución de la Obra establecido en Sesenta ( ) días naturales a fin de lograr la ejecución definitiva de la Obra de la referencia.
Atentamente,
…………………..………………………………………………
Nombres, Apellidos, firma del Representante
Legal y sello de la empresa.
Formato Nº 04
DECLARACIÓN JURADA DE SER UNA MICRO O PEQUEÑA EMPRESA
PARCO, ........ de ............................ del 2007.
Señores:
COMITÉ Especial permanente DE Adjudicación DE OBRAS
Oficina de Obras Públicas – MDP
Presente.-
Referencia : Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP
Obra : CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO.
De nuestra consideración:
El Postor que suscribe declara bajo juramento que mi representada reúne las características establecidas en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 28015 – Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa.
Por tanto, de acuerdo con lo señalado en el articulo 5º concordante con el articulo 20º del Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009–2003–TR, deberá tenerse acreditada la condición de:
– Micro Empresa: – Pequeña Empresa:
(Marcar según corresponda)
Atentamente,
……………………………………………….
Nombres, Apellidos, firma del Representante
Legal y sello de la empresa.
Formato Nº 05
DECLARACIÓN JURADA DE NO TENER SANCION VIGENTE
PARCO, ........ de ............................ del 2007.
Señores:
COMITÉ Especial permanente DE Adjudicación DE OBRAS
Oficina de Obras Públicas – MDP
Presente.-
Referencia : Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP
Obra : CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO.
De nuestra consideración:
El postor que suscribe, declara bajo juramento que no tiene sanción vigente según el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado.
Consecuentemente, en caso de ser favorecido con la Buena Pro presentaré el Certificado respectivo emitido por el Registro Nacional de Proveedores.
Esta declaración jurada se hace en concordancia con el Art. 8º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083–2004–PCM.
Atentamente,
……………………..………………………..………………….
Nombres, Apellidos, firma del Representante
Legal y sello de la empresa.
Formato Nº 06
PROPUESTA ECONÓMICA
PARCO, ........ de ............................ del 2007.
Señores:
COMITÉ Especial permanente DE Adjudicación DE OBRAS
Oficina de Obras Públicas – MDP
Presente.-
Referencia : Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP
Obra : CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO.
De nuestra consideración:
El Postor que suscribe, ha revisado cuidadosamente el Expediente Técnico correspondiente a la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP para la ejecución de la Obra: CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO, según la cual nuestra Propuesta Económica Suma Alzada con precios vigentes al mes de Octubre del 2007 es la siguiente:
S/. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . y. . . . . ./100 Nuevos Soles)
(En números y letras)
Nuestra Propuesta incluye Mano de Obra con Leyes Sociales, materiales e insumos, herramientas, seguros, guardianía, Prevención de Accidentes, Medidas de Seguridad, Protección de la Obra, Dirección Técnica y Administrativa, Contribuciones, Gastos Generales, Utilidad e Impuesto General a las Ventas; y en general todo gasto necesario para la correcta ejecución de la Obra tal como lo precisa el Expediente Técnico de la Obra: CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO, hasta su total culminación y pleno funcionamiento, incluido los años de garantía.
Declaramos conocer las Bases de la presente Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 025 - 2007 - CEP/MDP , el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084–2004–PCM; la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley Nº 27444), por lo que al haber revisado cabalmente el Expediente Técnico y haber realizado una evaluación integral del lugar y de las características de la Obra, encontramos que no existen omisiones o deficiencias, que pudieran generar Presupuestos Adicionales, por lo que el monto ofertado cubre todos los gastos necesarios para su correcta ejecución en el plazo igualmente ofertado.
Atentamente,
…………………………………………………………………….
Nombres, Apellidos, firma del Representante
Legal y sello de la empresa.
Formato Nº 07
PACTO DE INTEGRIDAD
(Para presentarlo antes de la suscripción del contrato)
CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA – PARCO
Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP
De nuestra consideración:
LA MUNICIPALIDAD, representada por el Comité Especial Permanente de Adjudicación de Obras y el Representante Legal de ……………………………………………………………………………………, suscriben el presente Pacto de Integridad a través del cual:
EL CONTRATISTA confirma que no ha ofrecido u otorgado, ni ofrecerá u otorgará, ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada, a funcionario público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto del concurso.
LA MUNICIPALIDAD declara no haber celebrado acuerdos formales o tácitos, entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia.
LA MUNICIPALIDAD se compromete a evitar la extorsión y la aceptación de sobornos por parte de sus funcionarios.
El incumplimiento del Pacto de Integridad generará:
Para los contratistas, inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes.
Para los funcionarios de las entidades, las sanciones de su régimen laboral.
Atentamente,
Municipalidad Distrital xx XXXXX Comité Especial Permanente
de Adjudicación de Obras
PROFORMA DE CONTRATO DE EJECUCION DE OBRA A Suma Alzada PROCESO DE SELECCIÓN: Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP
Conste por el presente documento, el Contrato de Ejecución de Obra A Suma Alzada que celebran de una parte la Municipalidad Distrital xx XXXXX, con RUC N° ……………………………….., a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD, con domicilio Legal en el ………………………………………………………, representado por el Señor Alcalde Sr. ………………………………………, con domicilio legal en …………………………………………, identificado con DNI. Nº ……………………….., quien actúa en uso de sus atribuciones, y de la otra parte la Empresa Contratista. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , inscrita en el Registro Nacional de Proveedores como ejecutor de Obras con el N°............................. con RUC N° ....................................., Teléfono .............................., a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, con domicilio legal para estos efectos en……………………...................................................................................................................... debidamente representado por el .................................................................................................. identificado con DNI N° .............................. en los términos y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
El presente contrato tiene como objeto la ejecución de Obra CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO
La Municipalidad Distrital xx XXXXX, aprobó el Expediente Técnico de la Obra: CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO, por un Valor Referencial de S/. 20, 000 (VEINTE MIL y 00/100 NUEVOS SOLES), con precios vigentes al mes de Octubre del 2007.
El Comité Especial Permanente de Adjudicación de obras de la Municipalidad Distrital xx XXXXX, con fecha .............................................., convocó a Concurso la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 039 - 2007 - CEP/MDP, de la obra en mención, saliendo ganador de la Buena Pro el postor................................................................................................................................con un monto de S/. …........,............................(.......................................................................con 00/100 NUEVOS SOLES) y un plazo de ejecución de…….………………..… (………...) Días Naturales.
Que, habiendo transcurrido el plazo que establece el Reglamento xx Xxx de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, comunicándole mediante Carta Nº........................................... a presentar los documentos indicados en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, LA MUNICIPALIDAD firma el presente contrato con dicha empresa, para que ejecute la obra antes indicada, bajo el sistema Suma Alzada.
CLÁUSULA PRIMERA.- BASE LEGAL Y REFERENCIAS
Ley Nº 27209 – Ley de Gestión Presupuestaria del Estado.
Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2007.
Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
Decreto Supremo N° 083–2004–PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Decreto Supremo N° 084–2004–PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
En el presente Contrato se tendrá en consideración las siguientes referencias
Cuando en las presentes Bases se mencionan la palabra “LEY”, se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083 – 2004 – PCM; la mención al “REGLAMENTO” se entenderá referida al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084 – 2004 – PCM.
Los plazos de vigencia del presente contrato se computan por días naturales.
CLÁUSULA SEGUNDA.- OBLIGACIONES A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO
Se deja expresa constancia que EL CONTRATISTA a la firma del presente Contrato entrega a LA MUNICIPALIDAD los siguientes documentos:
Carta Fianza de Fiel cumplimiento Nº….………………………….. emitida por ………………………………………………….., por el monto de S/. …........,....................... (.......................................................................con……... /100 NUEVOS SOLES), equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente con las características de solidaria, incondicional, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de LA MUNICIPALIDAD, con una vigencia hasta el……………………………………. y deberá ser ampliada por el Contratista obligatoriamente hasta el consentimiento de la Liquidación del Contrato en concordancia con el Artículo Nº 215 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta.
Declaración Jurada no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Constancia de disponer de la capacidad libre de contratación, expedida por el Concejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Calendario Valorizado de Avance de Obra de acuerdo al plazo de ejecución y en concordancia con el cronograma de Desembolsos establecido. Dicho Calendario y Cronograma se incorporan como anexo del presente contrato.
Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos necesarios para la ejecución de la Obra, valorizados y armonizado con el Calendario de Avance de Obra. Este Calendario se incorpora como anexo del presente Contrato.
Certificado de habilidad del Residente para firma del contrato de Obras Públicas expedido por el Colegio Profesional correspondiente.
Carta de compromiso del Residente, adjuntando Curriculum Vitae acreditando experiencia no menor de Un (1) año, copia del Titulo profesional e incorporación al Colegio Profesional correspondiente.
Copias de los siguientes documentos:
Registro Único de Contribuyente del Postor (RUC).
Escritura Pública de Constitución y de los poderes otorgados al representante legal que le autoriza representar y suscribir contratos en nombre del postor, para el caso de persona jurídica.
Documento de identidad del Postor o de su Representante Legal.
La MUNICIPALIDAD a la firma del presente Contrato entregará a EL CONTRATISTA un Expediente Técnico completo de obra, motivo del contrato.
CLÁUSULA TERCERA.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la ejecución, bajo el sistema de Suma Alzada de la Obra CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS PARA LOS ANEXOS IPLE Y PUCUTANJA - PARCO de acuerdo con lo expresado en las Bases integradas del proceso de selección que incluye el Expediente Técnico de la Obra, Propuesta Técnica y Económica y demás documentos motivo del proceso de selección, que debidamente suscritos por EL CONTRATISTA forma parte integrante de este Contrato.
CLÁUSULA CUARTA.- MONTO DEL CONTRATO
EL CONTRATISTA se obliga por el presente Contrato a ejecutar la referida obra bajo el sistema A Suma Alzada por el monto de S/. …........,....................... (.......................................................................con 00/100 NUEVOS SOLES), con precios al mes de Julio del 2007, incluidos los impuestos xx Xxx, de acuerdo al siguiente detalle:
COSTO DIRECTO S/. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
GASTOS GENERALES . . . . . % S/. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
GASTOS INDIRECTOS . . . . . % S/. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
GASTOS DIRECTOS . . . . . % S/. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
UTILIDAD . . . . . % S/. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
SUB – TOTAL S/. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I. G. V. 19.00 % S/. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
TOTAL GENERAL S/. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
SON : . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CON . . . . . /NUEVOS SOLES.
Se deja expresa constancia que dentro del monto antes indicado están incluidos todos los costos por concepto de materiales, mano de obra, herramientas, equipo de construcción, organización técnica y administrativa, obras provisionales, obligaciones laborales, leyes sociales, seguros, impuestos, Declaratoria de Fábrica de ser el caso y cualquier otro gasto necesario para la ejecución total de la obra y las pruebas que sean necesarias efectuar para verificar la correcta ejecución de los trabajo.
Asimismo, EL CONTRATISTA declara haber inspeccionado el lugar de la obra y revisado el proyecto, por lo que renuncia expresamente a cualquier reclamación posterior por diferencia en los metrados o cualquier omisión en su propuesta.
CLÁUSULA QUINTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN
EL CONTRATISTA, se compromete a ejecutar la obra en un plazo de............................................. ( ............ ) días naturales, que se computará desde el día siguiente de la entrega de terreno, según lo establecido en el Artículo 240° del REGLAMENTO.
Queda establecido que EL CONTRATISTA, debe adoptar todas las medidas necesarias que garanticen el cumplimiento de la terminación de la obra en el plazo contratado.
EL CONTRATISTA declara conocer perfectamente la ubicación del terreno donde se ejecutará la obra, materia del presente Contrato.
El plazo no podrá ser prorrogado, sino en los casos contemplados en las Bases, la LEY y su REGLAMENTO. De ningún modo podrá acordarse prorroga si la petición de EL CONTRATISTA se formula después de vencido el plazo vigente.
CLÁUSULA SEXTA.- DEL RESIDENTE DE OBRA
Para los efectos propios de la ejecución de la obra materia del presente Contrato, EL CONTRATISTA designa como Residente de la Obra, al . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . con Registro en el colegio de ................................ del Perú N°........................... el cual tendrá a su cargo la dirección técnica de la Obra, dejando expresa constancia que la remuneración de dicho profesional es de su exclusiva responsabilidad.
En consecuencia, tendrá validez las decisiones adoptadas por el referido profesional, las cuales no podrán ser enervadas por otra persona o autoridad de EL CONTRATISTA. El citado profesional no podrá ser sustituido por otro, salvo autorización previa y por escrito de LA MUNICIPALIDAD, en este caso, el reemplazado será materia del correspondiente aviso notarial que cursará EL CONTRATISTA a LA MUNICIPALIDAD, debiendo reunir el reemplazante las mismas condiciones de idoneidad, capacidad y experiencia, entre otras exigencias, que la del Ingeniero propuesto originalmente.
El Residente no está facultado a pactar modificaciones al contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- DE LOS ADELANTOS
LA MUNICIPALIDAD no otorgará ninguna clase de Adelantos, es decir no se otorgará Adelanto Directo al Contratista, y de igual forma no se otorgará Adelanto para Materiales, insumos o servicios.
CLÁUSULA OCTAVA.- INICIO DE LAS OBRAS.
LA MUNICIPALIDAD, mediante Acta, hará entrega del terreno a EL CONTRATISTA o su representante Legal dentro de los diez (10) días naturales siguientes de firmado el contrato, definiendo los hitos que lo delimitan y los puntos geométricos necesarios para el trazado de la obra. El trazado de la obra será ejecutado por el Contratista con equipo y personal de éste y verificado y aprobado por el Inspector o Supervisor de la Obra, según corresponda bajo responsabilidad.
La fecha de inicio del plazo contractual será según lo establecido en el Artículo 240° del REGLAMENTO, al día siguiente de la entrega del terreno.
En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra debidamente foliado; el mismo que será firmado en todas sus páginas por el supervisor y por el residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra.
La obra contratada se ejecutará según lo indicado en los Planos y las Especificaciones Técnicas del Proyecto, así como también las demás órdenes emanadas por LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA NOVENA.- SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LAS OBRAS
La obra será sometida, durante su construcción, al control del Supervisor………………….. …………………………………………….. con número de colegiatura Nº……………………, en representación de LA MUNICIPALIDAD, para lo cual EL CONTRATISTA está obligado a proporcionar las facilidades que sean necesarias.
El Supervisor tendrá las siguientes obligaciones sin carácter limitativo.
Realizar personalmente la función de Inspector en forma continua y permanente, de acuerdo al Artículo 250º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a efecto de realizar un eficiente control y absolver las consultas sobre la ejecución de la Obra: CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS DE LOS ANEXOS IMPLE Y PUKUJANTA - PARCO
Verificar y exigir la correcta ejecución de los trabajos y asegurar el fiel cumplimiento de las condiciones estipuladas u obligaciones de EL CONTRATISTA establecidas mediante su Contrato con la Entidad.
En concordancia con la Res. N° 072-98-CG/2-7-98 NORMAS DE CONTROL INTERNO PARA EL AREA DE OBRAS PÚBLICAS 600-07 el Supervisor deberá emitir informe opinado a la entidad, sobre el modo y forma como se cumplen los CONTROLES DE CALIDAD en obra, REQUISITO DE CARÁCTER OBLIGATORIO PARA EL TRÁMITE DE VALORIZACIONES.
Exigir a EL CONTRATISTA el buen comportamiento de su personal, estando facultado para ordenar el retiro de cualquier subcontratista (autorizado por la Municipalidad) o trabajador por incapacidad o incorrecciones que a su juicio perjudiquen la buena ejecución de la obra.
Incluir en el cuaderno de obra las ocurrencias más importantes sobre los trabajos de la Obra, las VISITAS DE CAMPO que realicen los FUNCIONARIOS, así mismo los RESULTADOS de los CONTROLES DE CALIDAD.
Velar que la Obra se ejecute con la calidad técnica y en concordancia con el Expediente Técnico, salvo causales de fuerza mayor que informará a la Municipalidad.
Velar porque las valorizaciones se efectúen en concordancia con en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias; así mismo sobre ampliación de plazo, presupuestos adicionales y otros reclamos que el contratista realice, deberá verificar que estén dentro de los plazos establecidos, de tal manera que permita a la Municipalidad, dictar los actos administrativos en fecha oportuna.
Al término de la obra deberá realizar la medición y valorización final, así como revisar y aprobar los Planos de Replanteo conforme a la obra, Memoria Descriptiva Valorizada, Metrados Post Construcción y emitir un Informe Final.
En caso de Resolución de Contrato, el Inspector entregará a la Municipalidad, bajo responsabilidad, toda información relacionada con sus servicios.
CLÁUSULA DECIMA.- VALORIZACIONES Y PAGOS.
Las valorizaciones serán quincenales o mensuales y tendrán el carácter de pagos a cuenta. Serán elaboradas por el Supervisor y el Contratista, en función de los metrados ejecutados, con los Precios Unitarios del Valor Referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad.
El sub total obtenido se multiplicara por el factor de relación, calculando hasta la quxxxx xxxxx xxxxxxx. X xxxx xonto se agregara el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.
Los metrados de obra serán formulados conjuntamente por EL CONTRATISTA y el SUPERVISOR, el último día de cada quincena o mes y deberán ser valorizados también en forma conjunta, debiendo presentarse a LA MUNICIPALIDAD a mas tardar el cinco (5) días de transcurrido la quincena o mes. Este último plazo corresponde a la aprobación de la valorización por el Supervisor.
Si el Supervisor no se presenta para la valorización conjunta con EL CONTRATISTA, la efectuará EL CONTRATISTA. El Supervisor deberá revisar los metrados durante el periodo de aprobación de la valorización.
Las valorizaciones y de ser el caso los presupuestos adicionales por obras complementarias realizadas, se abonarán conjuntamente con sus respectivos reajustes, los que se calcularán de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 011–79–VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias, acompañando los CONTROLES DE CALIDAD correspondiente de las etapas constructivas.
EL CONTRATISTA presentara en su primera valorización dos (02) tomas fotográficas del terreno antes del inicio de la obra, para la segunda valorización presentara dos (02) fotografías de la ejecución de la obra y dos (02) fotografías para la valorización final.
Las valorizaciones por concepto de contrato principal, reajustes por alzas, adicionales, mayores gastos generales y otros, serán cancelados en la fecha no posterior al último día del mes siguiente al que corresponde la valorización.
Los funcionarios que tengan a su cargo la revisión y/o visación de los metrados, el procesamiento, aprobación, trámite de valorizaciones por concepto de contrato principal, reajuste por alzas, adicionales mayores gastos generales y otros, en la medida que intervengan serán responsables de que las valorizaciones se remitan a las dependencias pagadoras para su cancelación, dentro de los doce (12) días naturales contados a partir de su recepción y en dichas dependencias pagadoras, los funcionarios que intervengan en el trámite bajo responsabilidad, las harán efectivas dentro de los trece (13) días naturales siguientes a la fecha de recepcionadas.
A partir del vencimiento del plazo establecido en el Numeral anterior EL CONTRATISTA tendrá derecho al reconocimiento del interés legal de conformidad con el Artículo 1244° del Código Civil. El pago de estos intereses se efectuarán en las valorizaciones siguientes.
Si surgieran discrepancias respecto de la formulación, aprobación o valorización de los metrados, entre EL CONTRATISTA y el SUPERVISOR, según sea el caso, se resolverá en la liquidación del contrato sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.
A la Liquidación de la Obra EL CONTRATISTA presentará:
Planos de replanteo, en un (1) original y dos (2) copias.
Copia certificada del cierre del Libro de Planillas correspondiente a la obra.
Declaración Jurada de no adeudar a los trabajadores de la Obra por indemnización y vacaciones.
Acta de Entrega de Terreno.
Acta de Recepción de la Obra.
Metrados Post Construcción, visados por el Supervisor y Contratista.
Memoria Descriptiva o Declaración de Fábrica para obras de edificación.
Controles de calidad ejecutados en Obra.
Fotografías (02) de inicio y fin de obra.
CLÁUSULA DECIMO PRIMERA.- REAJUSTE AUTOMATICO DE PRECIOS
El reajuste de precios se calculará mediante las fórmulas poli nómicas que figuran en el Expediente Técnico de la Obra, aplicando el sistema de Fórmulas Poli nómicas, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 011 – 79 – VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.
A efectos de realizar un adecuado control de las valorizaciones, se deberá presentar en forma separada la valorización y los reintegros.
CLÁUSULA DECIMO SEGUNDA.- PRORROGA EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución de las obras será el plazo indicado en el Expediente Técnico, contados en días naturales, el mismo que se inicia según lo señalado lo establecido en el Artículo 240° del REGLAMENTO.
El plazo no podrá ser prorrogado sino en los casos contemplados en la LEY y su REGLAMENTO, pero de ningún modo habrá prórroga si la petición de EL CONTRATISTA fuera formulada después de vencido el plazo vigente.
Las demoras injustificadas en la ejecución de la obra se sujetará al Artículo 263° del REGLAMENTO.
De conformidad con el Artículo 42° de la LEY, EL CONTRATISTA podrá solicitar ampliación de plazo por las siguientes causales:
Xxxxxxx y/o paralizaciones ajenos a su voluntad.
Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a LA MUNICIPALIDAD.
Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados que modifiquen el calendario contractual.
La ampliación de plazo por causas ajenas al contratista se regirá según lo establecido en el Artículo 259° del REGLAMENTO.
Las interrupciones o atrasos que pueda experimentar la obra a consecuencia del rechazo de materiales por mala calidad o incumplimiento de las especificaciones técnicas correspondientes no darán derecho a EL CONTRATISTA a prórroga alguna en el plazo de ejecución.
CLÁUSULA DECIMO TERCERA.- DE LAS OBRAS ADICIONALES
La procedencia, autorización y ejecución de Obras Adicionales se ceñirán a lo dispuesto por los Artículos 231°, 265° y 266° del REGLAMENTO.
Asimismo, se tendrá en cuenta la Directiva N° 012–2000–CG/OATJ–PRO, “Autorización previa a la ejecución y pago de Presupuestos Adicionales de Obra Pública”, aprobado por Resolución Contraloría N° 036–2000–CG, publicada el 16 xx xxxxx del 2001.
CLÁUSULA DECIMO CUARTA.- DE LA RESOLUCIÓN DE CONTRATO
Las formalidades de la Resolución del contrato se regirá por lo estipulado en el Artículo 226° del REGLAMENTO.
LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) del Artículo 41° de la LEY en los casos en que el contratista:
Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello. En el caso de obligaciones contractuales no esenciales, la Entidad podrá resolver el contrato sólo si habiéndolo requerido dos (2) veces, el contratista no ha verificado su cumplimiento;
No cuente con la capacidad económica o técnica para continuar la ejecución de la Obra;
Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo; o
Paralice injustificadamente la obra o reduzca injustificadamente el ritmo de trabajo, en el caso de contratos de obras, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
Los efectos de la Resolución del contrato se regirán según lo establecido por el Artículo 267° del REGLAMENTO.
CLÁUSULA DECIMO QUINTA.- DE LAS PENALIDADES
Penalidad por xxxx en la ejecución de la Obra.
En caso de retraso injustificado en la entrega de la obra, LA MUNICIPALIDAD aplicará a EL CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento.
La penalidad se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato
F x Plazo en días
Donde:
F = 0.40 (para plazos ≤ a 60 días)
F = 0.15 (para plazos > a 60 días)
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Penalidad por demora en la presentación de la Liquidación de Contrato.
En caso que EL CONTRATISTA presentara a LA MUNICIPALIDAD su Liquidación de Contrato en un Plazo mayor a 60 Días Naturales, contabilizados desde el día siguiente de la Recepción de la Obra, se le aplicara una penalidad de acuerdo al siguiente detalle:
Para Adjudicaciones de Menor Cuantía
Penalidad = 0.15 de la UIT
Para Adjudicaciones Directas Selectivas
Penalidad = 0.25 de la UIT
CLÁUSULA DECIMO SEXTA.- SEGUROS
EL CONTRATISTA se obliga bajo responsabilidad a obtener y presentar a LA MUNICIPALIDAD todos los seguros necesarios de aseguradores autorizados conforme a la Legislación nacional vigente.
EL CONTRATISTA mantendrá vigentes dichos seguros, su capacidad total hasta que la obra materia del contrato, haya sido recepcionada por LA MUNICIPALIDAD.
Accidentes de trabajo.
Accidentes individuales de su personal de ingenieros y técnicos, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo N° 688 y Decreto Ley N° 25897.
Daños y perjuicios a terceros para cubrir la responsabilidad civil por muerte accidental o lesiones a personas que no sean trabajadores del contratista, o daños a propiedad de terceros, dentro del alcance de las obras y de terreno entregado al contratista, así como aquellos derivados de la ejecución de los trabajos.
CLÁUSULA DECIMO SÉPTIMA.- RECEPCIÓN DE LA OBRA
La recepción de obra se realizará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 268° del REGLAMENTO.
El SUPERVISOR, según corresponda, verificará la fecha de la culminación de la obra indicada por EL CONTRATISTA, debiendo emitir su pronunciamiento en el Cuaderno de Obra.
Los metrados post construcción deben formar parte del Acta de Recepción de Obra, de conformidad con la Norma de Control Interno para el Área de Obras Públicas N° 600 - 14.
CLÁUSULA DECIMO OCTAVA.- DE LA LIQUIDACIÓN DE CONTRATO
La liquidación de Contrato se ajustará a lo estipulado en el Artículo 269° del REGLAMENTO.
CLÁUSULA DECIMO NOVENA.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA no podrá en ningún caso eludir su responsabilidad por los trabajos que hubieren sido encontrados defectuosos, con diversidades o con vicios, ni negarse a repararlos o reconstruirlos según sea el caso bajo el pretexto de haber sido aceptados por el Inspector o Supervisor, rigiendo en lo pertinente al respecto, la normatividad del Código Civil sobre responsabilidades de carácter contractual y extra contractual, así como los Artículos 1782, 1783, 1784 y 1785 del citado Código, estableciéndose al efecto de conformidad con el Art. 51° del Texto Único Ordenado la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, un periodo de garantía de (07) años por las características de la obra ejecutada, en función de las normas técnicas aplicables al Proyecto, incluyendo las disposiciones municipales, responsabilizándose de esta manera durante dicho lapso EL CONTRATISTA, por la destrucción total o parcial, peligro de ruina o graves defectos por vicios de la construcción.
EL CONTRATISTA asume total y directa responsabilidad por las demandas, reclamos, pérdidas y acciones derivadas de actos u omisiones imputables a EL CONTRATISTA, subcontratista o personal empleado en la obra o en la guardianía de la misma, directamente vinculados con la ejecución de la obra, o que se realicen durante aquella.
EL CONTRATISTA deberá cumplir con las normas legales de seguridad e higiene en resguardo de la integridad física de los trabajadores, siendo legalmente responsable de la previsión y adecuada protección de los mismos contra accidentes y enfermedades ocupacionales. Asimismo, deberá proporcionar a sus trabajadores el equipo de protección personal (uniforma, mascarilla y otros implementos indispensables acorde con la labor que desempeñarán), adecuado para el desarrollo de sus actividades, ello en aplicación de la Ley N° 23407 y el Decreto Supremo N° 042–F.
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD
Entregar el terreno dentro de los quince (15) días naturales de la firma del Contrato.
Designar al Supervisor.
Abonar, previa aprobación, las valorizaciones periódicas quincenales o mensuales, REVISADAS y VISADAS por el Supervisor de acuerdo al procedimiento indicado en la Cláusula Décima del presente contrato.
Recepcionar la Obra totalmente concluida, suscribiendo el Acta correspondiente.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Ejecutar la obra en estricta conformidad con los planos, especificaciones técnicas, bases generales, calendario de avance de obra, calendario se adquisición de materiales, cronograma de desembolso y demás documentos del Expediente Técnico de Obra, que forman parte del presente contrato.
Proveerse con la debida anticipación de todos los equipos, materiales y elementos necesarios que se necesitarán para la ejecución de los trabajos.
Proporcionar una oficina provisional con las dimensiones necesarias, para el uso del Supervisor de LA MUNICIPALIDAD.
Proporcionar la cantidad de maquinaria y equipo mínimo para la ejecución de la Obra, cuyas características en rendimiento, capacidad y potencia estarán en concordancia o equivalencia con la oferta presentada.
Asumir y responder exclusivamente del pago de remuneraciones, indemnizaciones, seguros y demás beneficios que establezcan las leyes sociales por el personal a su servicio y por los impuestos y contribuciones y aportaciones que le correspondan por los trabajadores; debiendo actuar LA MUNICIPALIDAD en estas materias tributarias como Agente Fiscalizador conforme a la normatividad vigente, pues es propósito de las partes que los derechos de sus servidores deben ser de cuenta exclusiva de EL CONTRATISTA, requisito éste necesario para el pago de la Primera Valorización.
No podrá transferir parcial o totalmente la ejecución de la Obra, salvo autorización expresa de LA MUNICIPALIDAD mediante comunicación escrita, previa solicitud de EL CONTRATISTA. La celebración de cualquier subcontrato no libera a EL CONTRATISTA de su responsabilidad que le puede corresponder al subcontratista.
Para ser subcontratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores y no estar incluido en el Registro de Inhabilitados pata contratar con el Estado.
En todo caso la Subcontratación se regirá por lo establecido en los Artículos 38° de la LEY y 208° del REGLAMENTO.
Responsabilizarse de la adecuada conservación de la obra, así como del cumplimiento de las disposiciones y reglamentos del Gobierno Municipal y del Gobierno Central relacionados a trabajos en la vía pública, en forma tal que no de lugar a reclamos del vecindario ni a sanciones ni multas por infracción de tales disposiciones, así como cualquier otro tipo de responsabilidades.
Responsabilizarse exclusivamente de todo daño que por acción, omisión o negligencia, haya ocasionado a personas, propiedades muebles o inmuebles de terceros, que se deriven de los contratos de construcción.
Entregar a LA MUNICIPALIDAD, el original y dos juegos de copias de los Planos de Replanteo de la obra terminada y Metrados Post Construcción, para efectos de Recepción de Obra. En caso de incumplimiento no procederá la Recepción de Obra.
El Cartel será hecho de Triplay nuevo y el bastidor de dicho cartel con madera, cuya sección tengan las dimensiones que se indican en el formato del Expediente Técnico, si EL CONTRATSITA no cumple con lo indicado anteriormente, LA MUNICIPALIDAD, confeccionará y colocará dicho cartel con cargo a EL CONTRATISTA.
XXXXXXXX XXXXXXXX SEGUNDA.- SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Aplicación de la Conciliación.-
Por la presente cláusula se establece que cualquier controversia sobre la ejecución o interpretación de este contrato podrá solucionarse por Conciliación.
En ese sentido, cualquiera de las partes tiene el derecho de someter la controversia a un centro de conciliación dentro del plazo de quince (15) días.
Si la conciliación soluciona la controversia en forma total el Acta que contiene el acuerdo es título de ejecución para todos los efectos. Si concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes deben someterse obligatoriamente a un arbitraje para que se pronuncie definitivamente sobre las diferencias no resueltas dentro del plazo de los quince (15) días siguientes de la suscripción del acta respectiva.
Aplicación del Arbitraje.-
En caso no haya acuerdo para la conciliación, las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato será resuelta mediante arbitraje, conforme a las disposiciones de la LEY y su REGLAMENTO.
EL arbitraje será resuelto por (un arbitro único / Un Tribunal Arbitral), según lo dispuesto en el Articulo 278º del Reglamento. A falta de acuerdo en la designación del (los) mismo(s) o del Presidente del Tribunal o ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones administrativas del REGLAMENTO o conforme al Reglamento del Centro del Arbitraje al que se hubiesen cometido las partes.
El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
Para el presente caso, serán de aplicación las disposiciones contempladas en la LEY y el Capítulo IV del REGLAMENTO (Artículo 273°)
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA.- FUERZA MAYOR
Las partes han convenido en considerar como Fuerza Mayor los fenómenos naturales o actos del hombre que se encuentran fuera del control de las partes contratantes y que no pudieran ser evitadas tales como guerra, terremotos, incendios, explosiones, disturbios, actos de sabotaje, etc. que afecten a la obra.
Si una de las partes estuviera temporalmente incapacitada por motivo de fuerza mayor o caso fortuito para cumplir total o parcialmente, las obligaciones contraídas, notificará a la otra parte por escrito tal circunstancia, tan pronto como sea posible después de ocurrido el evento, proporcionando todos los detalles, quedando suspendidas las obligaciones de la parte afectada sólo por el tiempo que dure la incapacidad causada, debiéndose actuar en lo posible de modo que la causa o los efectos sean solucionados con la mayor celebridad.
El mayor costo y los pagos adicionales que pudieran resultar de la paralización de la obra en razón de la fuerza mayor o caso fortuito, serán determinados de común acuerdo entre las partes.
Si la paralización de la obra por fuerza mayor subsistiese por un periodo de sesenta (60) días naturales, los contratantes podrán resolver el contrato, salvo que decidieran la continuación de la obra, reajustando los términos pactados.
En caso de Resolución del Contrato, EL CONTRATISTA entregará a LA MUNICIPALIDAD toda la información relacionada con la obra y practicará la liquidación del contrato correspondiente.
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA.- ANEXOS
Forman parte del presente contrato como Anexos, los siguientes documentos:
ANEXO N° 1 Bases integradas que incluye el Expediente Técnico de Obra.
ANEXO N° 2 Acta de Otorgamiento de la Buena Pro.
ANEXO N° 3 Cronograma de Desembolso previstos presupuestalmente.
ANEXO N° 4 Calendario Valorizado de Avance de Obra.
ANEXO N° 5 Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos.
ANEXO N° 6 Propuesta Técnica.
ANEXO N° 7 Propuesta Económica.
CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA.- DISPOSICIONES FINALES.
Cualquier punto no considerado en las Cláusulas precedentes se ceñirá a lo que establece el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su REGLAMENTO.
Asimismo, son de aplicación al presente contrato las normas pertinentes al Código Civil, Ley de Presupuesto y todas aquellas relacionadas con este tipo de relaciones contractuales.
Estando de acuerdo en todas y cada una de las Cláusulas del presente Contrato, firman ambas partes en PARCO, a los……. días del mes de……............................…… del 2007.
POR LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA