INDICE
PLIEGO DE CONTRATACIÓN PARA EL CONCURSO ORDINARIO ABIERTO NO ARMONIZADO CORRESPONDIENTE A LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
DE _ _ (Municipio Riojano)
INDICE
BASE PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
BASE SEGUNDA.- REGIMEN JURÍDICO
BASE TERCERA.- PRECIO
BASE CUARTA.- APTITUD DE LOS EMPRESARIOS PARA
CONTRATAR CON IRVI S.A.
BASE QUINTA.- GARANTÍAS
BASE SEXTA.- PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO
BASE SÉPTIMA.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS
BASE OCTAVA.- CRITERIOS A TENER EN CUENTA EN LA
ADJUDICACIÓN
BASE NOVENA.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL
CONTRATO
BASE DÉCIMA.- FIRMEZA DE LA ADJUDICACIÓN
BASE DECIMOPRIMERA.- COMIENZO DE LAS OBRAS Y PLAZO DE
EJECUCIÓN
BASE DECIMOSEGUNDA.- PAGO DE CERTIFICACIONES DE OBRA Y
GARANTÍAS
BASE DECIMOTERCERA.- PROTECCIÓN DE DAOS DE CARÁCTER PERSONAL
BASE DECIMOCUARTA.- SUMISIÓN Y ACEPTACIÓN DE BASES
BASE PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
La Sociedad Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A. (en adelante IRVI S.A.) solicita ofertas entre empresas constructoras para la adjudicación de las obras correspondientes a .
Las obras se realizarán con sujeción al Proyecto de así como al Proyecto de .
La documentación básica para el estudio y presentación de las correspondientes ofertas está compuesta por:
a) El presente pliego de contratación.
b) El proyecto técnico de la obra integrado por:
Memoria descriptiva y Anexos justificativos del cumplimiento de la normativa básica de edificación.
Pliego de Condiciones Técnicas y Generales.
Presupuesto del Proyecto.
Documentación gráfica (planos)
Proyectos de Instalaciones, Telecomunicaciones y Estudios de Seguridad y Salud.
BASE SEGUNDA.- RÉGIMEN JURÍDICO
La Sociedad Pública IRVI S.A. forma parte del sector público delimitado en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En concreto, es un poder adjudicador distinto de la Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1 del TRLCSP.
El Instituto tiene establecida su sede y domicilio social en Logroño, X/ Xxxxxxx Xxxxxxx xx 00-00 bajo, teléfono 000-000000 y fax 000-000000. En la página institucional de IRVI S.A. (xxx.xxxx.xx) los licitadores tienen acceso a las normas internas de contratación del Instituto.
El órgano de contratación es el Consejo de Administración de IRVI S.A.
IRVI S.A. se sujetará en cuanto a la preparación y adjudicación del presente contrato a los artículos correspondientes del Real Decreto Legislativo 3/11, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el TRLCSP y a sus instrucciones internas de contratación que rigen la contratación pública del Instituto.
El contrato que en virtud del presente procedimiento se suscriba con el adjudicatario tendrá naturaleza privada y, en consecuencia, en lo no señalado expresamente en este Pliego, se estará a lo dispuesto por las normas mercantiles y civiles. Las remisiones al TRLCSP no suponen una alteración de la naturaleza privada del presente contrato, ni implica que la contratación se rija por lo dispuesto en el mencionado Texto Refundido, salvo en los aspectos que expresamente se indican en este Pliego y en las instrucciones internas de IRVI S.A.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados. Este orden jurisdiccional será igualmente competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación y adjudicación de los contratos privados que se celebren por entes y entidades sometidos a esta Ley que no tengan el carácter de Administración Pública, siempre que estos contratos no estén sujetos a una regulación armonizada.
Las partes se someten a la tutela y jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad xx Xxxxxxx, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder.
BASE TERCERA.- PRECIO
El precio de la adjudicación de las obras será a tanto alzado, “a riesgo y xxxxxxx del contratista”, sin que pueda sufrir variación alguna por incrementos o disminuciones en las mediciones de las diferentes unidades de obras, ni por variación de precios en los materiales o mano de obra durante el transcurso de las mismas. Para esta licitación el tipo máximo de licitación, sin incluir IVA se fija en
.
Las ofertas que superen el tipo máximo citado quedarán automáticamente excluidas.
No obstante ello, la oferta presentada por el licitador expresará el IVA correspondiente debiendo desglosarse de acuerdo con lo establecido en el ANEXO I de este pliego de condiciones.
La partida correspondiente a control de calidad la contrata directamente IRVI S.A., por lo que su coste, no es objeto de este contrato. No obstante ello, si el licitador la incluye en su oferta dicho importe será excluido de la misma.
Queda incluido en el precio de adjudicación, el Plan de Seguridad y Salud, así como la totalidad de proyectos complementarios que no estén incluidos en el proyecto de construcción, tramitación y gestiones oportunas para la obtención de los permisos y autorizaciones de puesta en marcha necesarias.
BASE CUARTA.- APTITUD DE LOS EMPRESARIOS PARA CONTRATAR CON IRVI S.A.
Además de lo prevenido en la Instrucción Sexta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 TRLCSP, de presentarse al procedimiento uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor, será necesario que los empresarios integrados en ellas indiquen sus nombres y circunstancias, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de resultar adjudicatarios. Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante IRVI S.A. y nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de los poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
Cada licitador no podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él presentadas.
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite su solvencia en las condiciones exigidas en el presente Pliego para poder participar en este procedimiento de selección.
BASE QUINTA.- GARANTÍAS
Para responder del cumplimiento del contrato frente a IRVI, S. A., el adjudicatario constituirá las siguientes garantías:
1) Sendos avales, por importes del 3% y del 1% del presupuesto de adjudicación.
2) Una retención del 5% o superior si ha sido ofrecida por el adjudicatario, de las certificaciones mensuales que el contratista expida y la Dirección Facultativa autorice. Esta retención se aplicará directamente, mediante descuento en el pago de certificaciones.
BASE SEXTA.- PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO
La licitación del presente contrato será objeto de publicación mediante la inserción del oportuno anuncio en la página institucional de IRVI S.A. xxxx://xxx.xxxx.xx en el apartado perfil de contratante, en el Boletín Oficial de la Rioja además de en periódicos de tirada regional.
La adjudicación del contrato será publicada en el perfil del contratante. También se publicará en dicho perfil y en el B.O.R. la formalización del contrato.
BASE SÉPTIMA.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los licitadores podrán presentar sus ofertas desde la publicación de este pliego hasta las horas del día .
Las ofertas deberán presentarse en el domicilio de la sociedad IRVI S.A., X/ Xxxx. Xxxxxxx, xx 00-00 Xxxx, xx Xxxxxxx (Xx Xxxxx), Las ofertas deberán presentarse en tres sobres separados, señalados con los números 1, 2 y 3, a saber, Documentación Previa, Documentación Técnica y Documentación Económica, cerrados e identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurre y el nombre y apellidos o razón social del licitador, números de teléfono, fax y correo electrónico.
También se admitirá la presentación mediante correo o mensajería, siendo admitidas a la licitación aquellas proposiciones que lleven el matasellos con fecha dentro del plazo establecido para la licitación, debiendo el interesado acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío por la Oficina de Correos o empresa de mensajería y comunicar en el plazo establecido por el órgano de contratación, por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso de que sea recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. A los efectos anteriormente indicados el tfno. y fax de la entidad son los que siguen:
Tfno. 941-227900, extensión 12, Secretaría de Dirección. Fax. 000-000000.
No obstante, transcurridos cinco días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo o mensajería.
Los sobres deberán ir firmados por el licitador o persona que le represente, incorporando en su interior la documentación que se relaciona a continuación, haciendo constar, en hoja independiente, un índice de su contenido:
SOBRE Nº 1.- DOCUMENTACIÓN PREVIA
A. Nombre de la Empresa.
Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario: D.N.I. del titular de la empresa si es persona física o copia de la escritura de constitución de la Sociedad y poder bastante a favor de su representante, si es persona jurídica, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
Las empresas no españolas pertenecientes a estados miembros de la Unión Europea o miembros del Acuerdo sobre el espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritos en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos.
Para el caso de resto de licitadores extranjeros, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española del Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro que les habilite para realizar las actividades objeto del contrato. En estos supuestos, además deberá acompañarse el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo
54.1 del TRLCSP.
B. Solvencia económica, financiera y técnica. Exigencia de Clasificación.
En cada pliego se consignará la exigencia o no de poseer la clasificación empresarial que proceda.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar estar en posesión de la clasificación exigida en el acto, en su caso, de adjudicación del contrato objeto de este pliego.
Los integrantes de la UTE deberán contar con clasificación como empresas de obras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En cada pliego se indicará, entre uno o varios de los indicados a continuación, cuáles serán exigibles para acreditar la capacidad económica y financiera así como la solvencia técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 75 y 76 TRLCSP:
1) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
2) Las cuentas anuales del último ejercicio fiscal presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente acreditados.
3) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
4) Relación de las obras ejecutadas en los últimos cinco años, avalada por certificados de buena ejecución, estos certificados indicarán el importe y el lugar de ejecución de las mismas y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
5) Declaración indicando los técnicos unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
6) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
7) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar en la ejecución del contrato.
Conforme previene el artículo 74.3 IRVI S.A. se podrán admitir otros medios de prueba de la solvencia distintos de los previstos en los artículos 75 a 79 para los contratos que no estén sujetos a regulación armonizada. En consecuencia, en cada uno de los pliegos IRVI S.A. concretará los documentos que admitirá en fase de solvencia.
Para empresas extranjeras que no estén clasificadas, será suficiente acreditar ante el órgano de contratación la solvencia financiera, económica y técnica mediante la aportación de la siguiente documentación:
- Presentación de declaraciones apropiadas de entidades financieras, a tal fin habrá de presentar al menos un informe en el que se exprese que la empresa tiene solvencia adecuada y suficiente para llevar a cabo el objeto del presente contrato.
- El licitador presentará una relación de las principales obras ejecutadas los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de las mismas. La ejecución de las obras se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del Sector Público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En todo caso, en este certificado se hará constar el nombre y apellido del firmante, cargo que ostenta, denominación del servicio e importe desglosado de la adjudicación, no tomándose en cuenta los certificados que no cumplan estos requisitos.
La falta de acreditación de los criterios mínimos de solvencia señalados en cada uno de los pliegos, dará lugar a la exclusión del licitador del procedimiento selectivo por parte de la Mesa de Contratación.
C. Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar del Artículo 60 LCSP ni en las circunstancias del artículo 56.1 del mismo Texto Refundido, de acuerdo con el modelo facilitado en este pliego como ANEXO II, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
AEAT expedido por el Ministerio de Economía y Hacienda, o por el departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de la Rioja así como Certificado de estar al corriente en el pago de la Seguridad Social y Accidentes de Trabajo expedido con fecha del mes de la convocatoria, copia del último TC-2 de la liquidación a la Seguridad Social.
Cuando se trate de un licitador procedente de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
D. Justificante de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
E. Los empresarios extranjeros deberán aportar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las controversias que puedan surgir en la ejecución del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
F. En el caso de uniones temporales de empresas acuerdo privado de unión temporal, indicando nombres y circunstancias de los que las constituyan, con porcentaje de participación y compromiso suscrito por los representantes de las empresas de elevar a escritura pública el acuerdo en el caso de resultar adjudicatarios.
Los licitadores inscritos en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Rioja podrán omitir la presentación de los siguientes documentos:
Los documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
Los documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Los documentos que acrediten la clasificación exigida en este pliego.
Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar del Artículo 60 LCSP así como la de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la AEAT y con la Seguridad Social, pero si deberán presentar declaración responsable de no estar incursos en las circunstancias del artículo 56.1 TRLCSP.
Para la validez de dicha omisión, los licitadores incorporarán en el Sobre 1, copia del certificado del Registro de Licitadores en vigor, acompañada obligatoriamente de una declaración responsable en la que se haga constar la vigencia de los datos contenidos en el certificado, suscrita por alguno de los representantes legales inscritos junto con la copia de su D.N.I.
SOBRE Nº 2- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
A. Presentación de la empresa.
B. Relación del personal fijo en plantilla con detalle de su titulación y capacitación profesional, y del que se considere necesario para la ejecución de la obra. Este programa se considerará documento integrante del contrato de ejecución, a efectos de su exigibilidad.
C. Equipo y maquinaria propiedad de la empresa y de la que se dispondrá para la ejecución de la obra. Esta relación se considerará parte integrante del contrato de ejecución, a efectos de su exigibilidad.
D. Descripción global del planeamiento y desarrollo de la ejecución de la obra objeto del presente concurso.
E. En su caso, relación de las mejoras ofertadas sobre calidad, valoración del estudio del proyecto y de las mediciones, con concreción del conocimiento profesional del contratista del subsector vivienda en general y del de la protección pública en particular, así como cuantos documentos se consideren convenientes para acreditar la capacidad y competencia de la empresa licitadora.
F. Relación de gremios colaboradores habituales, así como los que se consideren necesarios para la ejecución de la obra.
G. Relación de las mejoras en el servicio postventa que oferta el licitador así como la suscripción del compromiso referido en el los criterios de adjudicación de oferta al respecto del mencionado servicio si el licitador considera su oferta. Ese compromiso no acarreará coste alguno para el promotor en el caso de resultar adjudicatario el oferente.
H. En el caso de que el licitador oferte una retención superior a la mínima establecida por IRVI S.A., a saber, 5% deberá aportar documento al efecto, a fin de que pueda valorarse en la fase correspondiente.
IRVI S. A. podrá exigir la presentación de los oportunos certificados, para la comprobación de los datos suministrados y otra documentación adicional que se considere para el buen fin de la licitación.
SOBRE 3.- DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA
A. Valoración del presupuesto de ejecución material, sobre copia literal de la relación de mediciones del Proyecto Técnico, no admitiéndose ningún tipo de corrección o cambio en el mismo.
B. Porcentaje a aplicar en concepto de gastos generales y beneficio industrial.
C. Presupuesto de contrata, a saber, cantidad global a que asciende la suma de los dos apartados anteriores.
D. Impuesto sobre el valor añadido que sea de aplicación al presupuesto de contrata.
E. Programa de ejecución de obra, valorados mensualmente y concretando el total acumulado. Se deberá especificar el plazo de ejecución de la misma.
F. Hoja tipo resumen de oferta económica que se adjunta como ANEXO I.
En todo caso, la documentación aportada por los licitadores deberá presentarse redactada en español.
BASE OCTAVA.- CRITERIOS A TENER EN CUENTA EN LA ADJUDICACIÓN
A) Criterios cuya ponderación se realiza en base a una fórmula matemática:
1. Por mejor tipo económico hasta 55 puntos.
Se puntuará a todas las ofertas que entren dentro del límite de adjudicación determinado por la Gerencia, con un punto por cada tramo sucesivo que diste a la baja de dicho límite de adjudicación, hasta llegar sucesivamente a la oferta más baja, que, conforme a este procedimiento, alcanzará la puntuación mayor, 55 puntos.
El tramo sucesivo será el cociente en euros que resulte de dividir el importe a que ascienda la diferencia del límite de adjudicación y la oferta más baja admitida, entre los cincuenta y cinco puntos.
Será rechazada la proposición económica que presente omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer exactamente la oferta propuesta así como aquellas que rebasen el límite de adjudicación establecido al efecto. Se considerará como temeraria o desproporcionada toda baja superior al 20 % del límite de adjudicación establecido al efecto. En el momento que IRVI S.A. identifique una oferta que pueda ser considerada de temeridad manifiesta por su precio anormalmente bajo y sea la oferta globalmente más ventajosa, interesará del licitador que la haya presentado que la justifique. Si resulta debidamente justificada, se adoptara por el Instituto la decisión que proceda. Si se considera que esa oferta no puede ser cumplida, será excluida de la licitación por descalificación.
En el caso de que el pliego admita expresamente la presentación por los licitadores además de una oferta alternativa y ésta sea aprobada por el Departamento Técnico del Instituto, dicha oferta también será valorada.
B) Criterios que no se ponderan atendiendo a una operación matemática:
1. Por análisis pormenorizado técnico de la oferta hasta 40 puntos.
Se consignará en el pliego de cada licitación los parámetros y su distribución en función de las características específicas del contrato de obras objeto de licitación.
2. Por Mejoras en Servicio Postventa hasta 5 puntos.
Sin perjuicio de las garantías establecidas por la Ley de Ordenación de la Edificación y de las responsabilidades exigibles al contratista, podrán los licitadores suscribir frente al Instituto un compromiso de responsabilidad objetiva, por el que, con
excepción del daño intencionado, se obliguen a prestar la oportuna atención y reparación de desperfectos en las viviendas durante el plazo de hasta seis meses desde la entrega de llaves, aún en el caso de que los desperfectos pudieran ser imputables jurídicamente en exclusiva a sus adquirentes. En tal supuesto serán puntuadas esas ofertas con 5 puntos adicionales.
C) Exigencia de puntuación mínima y preferencia:
Para resultar adjudicatario del contrato se deberá recibir como mínimo 20 puntos del criterio de análisis pormenorizado técnico, quedando excluidas aquellas ofertas que no alcancen tal puntuación.
BASE NOVENA.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación que además de calificar la documentación previa y técnica, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación. En todo caso, estará constituida por un presidente, un secretario y al menos un vocal, en el propio pliego se consignará la composición concreta de la Mesa de Contratación.
Concluido el plazo para la presentación de ofertas la Mesa de Contratación procederá, en acto interno, a la apertura y examen del sobre 1, suscribiendo la oportuna Acta teniendo en cuenta el informe de la Asesoría Jurídica del Instituto.
Si la Mesa de Contratación, en su caso, observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados, preferentemente a la dirección de correo electrónico consignada por los licitadores en su propia oferta o, en su defecto, por fax o por correo. En tal caso, se concederá un plazo de tres días hábiles desde dicha comunicación para que los licitadores los corrijan o subsanen.
Seguidamente, y también en acto interno, la Mesa de Contratación procederá a la apertura y examen del sobre 2 de los licitadores que no hayan sido excluidos a resultas del examen del sobre 1, suscribiendo la oportuna Acta teniendo en cuenta el informe de la Oficina Técnica del Instituto
Salvo cuando se prevea que en la licitación puedan emplearse medios electrónicos, la Mesa de Contratación, para la apertura pública de plicas, señalará el día, hora y lugar en la página web institucional del Instituto xxx.xxxx.xx con notificación a los licitadores concurrentes. En ese acto, la Mesa de Contratación participará los licitadores admitidos, los no admitidos así como las causas de su inadmisión. Asimismo, se procederá a la apertura del Sobre nº 3, redactando el Acta correspondiente en la que se reflejará el resultado del acto de apertura de sobres, así cuantas indicaciones e incidencias sean precisas.
La Mesa de Contratación estará presidida por el Gerente de IRVI SA. y formarán parte de la misma como vocales, al menos, un miembro de la Oficina Técnica designado por la Gerencia, de acuerdo a la exigencia de conocimientos que requiera el
contrato objeto de licitación y el responsable de la Asesoría Jurídica del Instituto, que actuará como Secretario.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente al Instituto. No obstante, cuando el Consejo de Administración del Instituto no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Realizada dicha adjudicación en sesión convocada al efecto, se comunicará a la empresa elegida y se publicará en el perfil del contratante de la entidad. Asimismo, se procederá a comunicar la adjudicación efectuada al resto de participantes.
Transcurrido el plazo mínimo de 15 días, el adjudicatario quedará obligado a suscribir, el documento de formalización contractual a requerimiento del Instituto. Con carácter general, se formalizarán en documento privado. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo a su cargo los correspondientes gastos.
Cuando el adjudicatario sea una Unión Temporal de Empresas, con anterioridad a la firma del contrato, se deberá acreditar su constitución en legal forma.
Todos aquellos licitadores que no hubieran resultado adjudicatarios podrán retirar la documentación presentada en los sobres 1 y 2 en el plazo de tres meses a contar desde la publicación del anuncio de adjudicación. Transcurrido dicho plazo y no habiendo sido retirada, IRVI S.A. quedará liberado para podrá proceder a su destrucción.
BASE DÉCIMA.- FIRMEZA DE LA ADJUDICACIÓN
El Acuerdo de Adjudicación será definitivo y firme; contra el mismo no procederá reclamación alguna.
BASE DECIMOPRIMERA.- COMIENZO DE LAS OBRAS Y PLAZO DE EJECUCIÓN
Las obras darán comienzo con el levantamiento del acta de replanteo, que deberá hacerse, en principio, dentro de los 15 días siguientes a la formalización del contrato de ejecución de obras.
No obstante ello, IRVI, S. A. se reserva la facultad de ampliar dicho plazo de arranque de obras por causa justificada, en cuyo caso lo hará saber por escrito al contratista y entonces el comienzo de obras se verá demorado hasta tanto se remueva tal obstáculo. En cualquier caso, si transcurre un año desde la formalización del contrato de ejecución sin haberse iniciado las obras por persistir la incidencia reseñada, el contrato quedará resuelto automáticamente, sin más consecuencias jurídicas para las partes contratantes.
El plazo máximo de ejecución de las obras se fijará en cada pliego particular a partir del comienzo de las mismas, rellenando el apartado correspondiente en el ANEXO I. El plazo ofertado por el licitador que resulte adjudicatario en este
procedimiento y los plazos parciales fijados en el planning de trabajo aportado al efecto, se entenderán integrantes del Contrato, a efectos de su exigibilidad.
A las presentes bases se adjunta el modelo de contrato de obra que deberán suscribir el adjudicatario e IRVI, S.A. antes del comienzo de las obras. La participación en el procedimiento de licitación implica necesariamente para el licitador la xxxxxxxx íntegra del tenor literal del modelo contractual referido.
BASE DECIMOSEGUNDA.- PAGO DE CERTIFICACIONES DE OBRAS Y GARANTÍAS
Formalizado el contrato, las certificaciones de obra correspondientes se confeccionarán de acuerdo con el presupuesto del proyecto de ejecución, base de licitación, al cual se aplicará tanto el coeficiente de adjudicación resultante como los gastos generales y beneficio industrial de la oferta del contratista. Dicho coeficiente de adjudicación es el cociente que resulta de dividir el importe del presupuesto de ejecución material de la oferta económica del adjudicatario y el presupuesto de ejecución material establecido en el proyecto de ejecución, base de licitación.
Mensualmente, se certificará a origen la obra ejecutada que deberá obtener el visto bueno de la Dirección Facultativa previo a la aceptación de la propiedad de la certificación, cuyo pago se realizará en el plazo establecido en la Ley 15/2010, de 05 de Julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de Diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, con la modalidad que IRVI, S.A. elija. De cada certificación mensual a origen, se retendrá en metálico el importe equivalente al CINCO POR CIENTO (5%), o si es mayor, al que figure en el ANEXO I, al objeto de disponer de un fondo de garantía que responda de la buena ejecución de las obras y que se reintegrará a los doce meses de la recepción de la obra.
El resto de condiciones y garantías se encuentran en el modelo de contrato de obras que se acompaña a las presentes bases.
BASE DECIMOTERCERA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que todos los datos que sean facilitados, en el marco de la relación mantenida con IRVI, pasarán a formar parte de un fichero propiedad de la misma, domiciliada en Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, 00- 00 Xxxx, xxxx xxxxxxxxx xx la gestión y administración del proceso de contratación, así como cuantos tratamientos deriven del mismo. Los datos facilitados serán tratados con estricta confidencialidad, siendo adecuados, pertinentes y no excesivos en el ámbito y finalidad descritos. Puede ejercer sus derechos en la dirección indicada.
El contratista se compromete explícitamente a formar e informar a su personal de las obligaciones que dimanan de lo establecido en esta cláusula y en las normas que en ella se citan.
Será responsabilidad del contratista solicitar la autorización por escrito a sus trabajadores para la inclusión en su oferta de los currículums o cualquier otro dato de carácter personal relativo a los trabajadores.
Toda la información entregada, que no haya sido solicitada en este pliego por parte de IRVI será única y exclusivamente responsabilidad del licitador en cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.
BASE DECIMOCUARTA.- SUMISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La presentación de la oferta supone la expresa aceptación y sumisión a lo señalado en las presentes condiciones y en la documentación que acompaña la presente convocatoria de licitación así como las Instrucciones Internas de Contratación de IRVI S.A. en lo que le fueran de aplicación, sin salvedad alguna.
Logroño, 11-dic. de 2012
MODELOS DOCUMENTACIÓN
ANEXO I- OFERTA ECONÓMICA
ANEXO II- DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ARTÍCULO 60 TRLCSP
ANEXO III- OFERTA ECONÓMICA DE ACUERDO A LA SOLUCIÓN
ALTERNATIVA PROPUESTA POR EL LICITADOR
ANEXO I
OFERTA ECONÓMICA
PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL .......................................................
GASTOS GENERALES ......................................................................................
BENEFICIO INDUSTRIAL (%)..........................................................................
SUMA .................................................................................................................
PRESUPUESTO CONTRATA .........................................................................
IVA (10%) ...........................................................................................................
TOTAL PRESUPUESTO ...................................................................................
PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA (en meses) ..........................................
RETENCIÓN MÁXIMA DE LAS CERTIFICACIONES
QUE EL CONTRATISTA OFRECE (%) .........................................................
Logroño, a de de 201-
Fdo.
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DEL TRLCSP
D/Dña. D.N.I. , en nombre propio o
como representante legal de . Declara bajo su responsabilidad que la empresa (si es persona física, el nombre del empresario individual) lo siguiente:
Con carácter general, que la empresa licitadora no se haya incursa en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en el Real Decreto Legislativo 3/11, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en concreto, en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 60.1 y 56.1 del citado Texto Refundido
Que posee la capacidad de obrar para la realización del objeto del contrato y cuenta con la solvencia económica, financiera y técnica o profesional requerida en el pliego.
Que se halla al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y de la Comunidad Autónoma de la Rioja y con la Seguridad Social.
En , a de de 201
Fdo.:
ANEXO III
OFERTA ECONÓMICA DE ACUERDO A LA SOLUCIÓN ALTERNATIVA OFERTADA
PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL .......................................................
GASTOS GENERALES ......................................................................................
BENEFICIO INDUSTRIAL (%)..........................................................................
SUMA .................................................................................................................
PRESUPUESTO CONTRATA .........................................................................
IVA (10%) ...........................................................................................................
TOTAL PRESUPUESTO ...................................................................................
PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA (en meses) ..........................................
RETENCIÓN MÁXIMA DE LAS CERTIFICACIONES
QUE EL CONTRATISTA OFRECE (%) .........................................................
Logroño, a de de 201-
Fdo.