Contratos Asociativos: Contrato de Consorcio, Asociación en Participación y Joint Venture
Contratos Asociativos: Contrato de Consorcio, Asociación en Participación y Joint Venture
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DEFINICIÓN DE CONTRATO
ART. 1361 CODIGO CIVIL:
El contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial
ELEMENTOS DEL CONTRATO
a) Pluralidad de Personas
b) Consentimiento o acuerdo de voluntades
c) Objeto del Contrato
d) Forma y Prueba de los Contratos
PERFECCIONAMIENTO DE LOS CONTRATOS
ART. 1352 CODIGO CIVL:
Los contratos se perfeccionan por el consentimiento de las partes, excepto aquellos que, además, deben observar la forma señalada por la ley bajo sanción de nulidad.
REGIMEN LEGAL DE LOS CONTRATOS
ART. 1353 CODIGO CIVIL:
Todos los contratos de Derecho Privado, inclusive los innominados, quedan sometidos a las reglas generales contenidas en el libro de contratos, salvo que resulten incompatibles con las reglas particulares de cada contrato.
CONTRATOS NOMINADOS Y TIPICOS CODIGO CIVL
Compraventa
Permuta
Suministro
Donación
Mutuo
Arrendamiento
Hospedaje
Comodato
Prestación de Servicios
Contrato de Obra
Mandato
Depósito
Secuestro
Fianza
Renta Vitalicia
Juego y Apuesta
FORMACIÓN DEL CONTRATO
OFERTA ACEPTACIÓN
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 1351-1352-1373 del CC
LA OFERTA
Propuesta conocida por el destinatario y que tiene efecto vinculante
REQUISITOS PARA LA VALIDEZ DE LA OFERTA
Que sea completa.- debe contener todos los elementos del contrato propuesto, de tal manera que permita mediante la simple aceptación del destinatario, la formación del contrato.
Que Contenga la intención de contratar.- Este elemento intencional significa que el oferente no se limita a formular una declaración de voluntad sino que dicha declaración signifique que, producida la aceptación, el contrato quedara perfeccionado.
Que sea conocida por el destinatario.- la declaración que no cumpla con este requisito no será considerada oferta y por tanto no será vinculante, será considerada una oferta pública.
Que contenga la determinación del oferente.-El oferente debe identificarse frente al destinatario.
REQUISITOS DE LA ACEPTACIÓN
• Que sea congruente con la oferta..- Oferta y aceptación deben coincidir por completo.
• Que sea oportuna.- La aceptación debe ser hecha mientras la oferta se encuentre vigente.
• Que sea dirigida al oferente.- La aceptación no puede ser hecha a otra persona,que no sea el oferente.
• Que contenga la intención de contratar.-
ACEPTACIÓN
Declaración
de
voluntad
emitida
por
el
destinatario y dirigida al oferente mediante la cual aquél comunica a éste su conformidad con los términos de la oferta.
CONTRATOS ASOCIATIVOS LEY GENERAL DE SOCIEDADES
LEY N° 26887
Definición de Contrato Asociativo
Se considera contrato asociativo aquel que crea y regula relaciones de participación e integración en negocios o empresas determinadas, en interés común de los intervinientes. El Contrato Asociativo no genera una persona jurídica, debe constar por escrito y no está sujeta a inscripción en el registro
Art. 438 LGS
Caracteres del Contrato Asociativo
Tienen un fin común de carácter principal para todos los intervinientes
No da lugar a la formación de una persona jurídica
Su objeto es la participación e integración en negocios o empresas determinadas
La única formalidad es que conste por escrito
No es necesaria escritura pública ni inscripción en el registro.
1.- Contrato de Asociación en Participación
Es el contrato por el cual una persona, denominada asociante concede a otra u otras personas denominadas asociados, una participación en el resultado o en las utilidades de uno o de varios negocios o empresas del asociante, a cambio de una determinada contribución.
1.1.- Caracteres esenciales del Contrato de Asociación en Participación
Es un contrato asociativo, nominado y típico
Regula relaciones de participación o integración en uno o más negocios o empresas del asociante, en interés común de todas las partes contratantes
No esta sujeta a formalidad alguna, salvo que debe ser por escrito
No origina la creación de una persona jurídica.
No hay obligación de revelarlo a terceros pues es un contrato privado entre las partes.
El asociante actúa en nombre propio, y le corresponde en forma exclusiva la gestión del negocio
No existe relación jurídica entre los asociados y los terceros
Las contribuciones de los asociados son utilizadas por el asociante para el negocio o empresa.
2.- Contrato de Consorcio
Es el contrato por el cual dos más personas se asocian para participar en forma activa y directa en un determinado negocio o empresa con el propósito de obtener un beneficio económico, manteniendo cada una su propia autonomía.
Corresponde a cada miembro del consorcio realizar las actividades propias del consorcio que se le encargan y aquellas a que se ha comprometido.
2.1.- Caracteres esenciales del Contrato de Consorcio
Es un contrato asociativo, nominado y típico
Regula relaciones de participación o integración en uno o más negocios o empresas del asociante, en interés común de todas las partes contratantes
No esta sujeta a formalidad alguna, salvo que debe ser por escrito
No origina la creación de una persona jurídica.
Manteniendo su autonomía, todos los consorciados, participan en forma activa y directa, en los negocios o empresas materia del consorcio.
Cada consorciado debe coordinar su actividad con los demás de
acuerdo a los procedimientos y mecanismos del contrato de consorcio.
Los bienes que se asignen a los negocios o empresas del consorcio permanecen en propiedad de cada miembro.
Cada miembro del consorcio adquiere derechos y obligaciones a título
particular
Es un contrato sujeto a plazo.
XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
Xxxxxxx Xxxxxx 000 Xxx Xxxxxx –Modulo 9 Centro de Desarrollo Empresarial COFIDE Teléfono 6154000-2116
“El contrato de franquicia es aquel por el cual una empresa denominada franquiciante concede a otra, llamada franquiciado, una licencia que le permite realizar la explotación de un negocio en un determinado territorio, tal como lo haría el propio franquiciante, dotándolo para tal efecto de los conocimientos, bienes y derechos necesarios para poner el negocio en marcha, a cambio del pago de una regalía que suele estar fijada como un porcentaje sobre las ventas.”
Características del Contrato de Franquicia
Es un Contrato Complejo
Es un contrato Atípico
Es un Contrato Principal
Es de prestaciones reciprocas
Es Oneroso
Es de duración y ejecución continuada
Es consensual
Derechos del Franquiciante
Exigir el pago del derecho de entrada y de la regalía
periódica pactada.
Controlar el manejo de las marcas y otros signos distintivos
Exigir al franquiciado el cumplimiento de las instrucciones para la operación del negocio.
Acceso a la documentación del franquiciado para tener un control sobre las ventas y stock, de tal manera que pueda corroborar el adecuado cumplimiento en el pago de las regalías
Obligaciones del Franquiciante
Proporcionar el know-how, marcas, patentes, y demás elementos necesarios para la puesta en marcha del negocio
No intervenir en la administración de la empresa del franquiciado
Respetar la política de precios pactada
Suministrar los productos o insumos a tiempo, de tal manera que el franquiciado mantenga un stock adecuado
Respetar el derecho de exclusividad
Invertir en el mantenimiento tecnológico necesaria para el negocio
Derechos del Franquiciado
Recibir del franquiciante los productos o insumos necesarios para el adecuado funcionamiento de la unidad de negocio
Exigir la preparación y capacitación técnica requerida para el negocio
Derecho de exclusividad de acuerdo a lo pactado
Obligaciones del Franquiciado
Efectuar el pago del derecho de entrada y las cuotas periódicas
No hacer uso indebido de los derechos de propiedad industrial licenciados
Coordinación estrecha con el franquiciante
Xxxxxxx las facilidades para que el franquiciante fiscalice el negocio
Respetar las políticas de calidad, precio, atención, al cliente y demás establecidas por el franquiciante.
• Asesoría y Elaboración de Contratos de Xxxxxxxxx
Servicios que brindamos
•Asesoría y Elaboración de Contratos de Asociación en Participación
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