Contract
CONDICIONES VINCULADAS A LA TARJETA DÉBITO B.N.A. CARTERA DE CONSUMO | |
Anexo a la Solicitud Única de Productos N°: | de fecha / / |
El/los abajo firmantes – en adelante el “CLIENTE” - suscribe con el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA - en adelante el BANCO - este Anexo a la Solicitud Única de Productos, bajo los términos y condiciones que seguidamente se exponen: |
1. El BANCO entregará al CLIENTE una Tarjeta Débito de uso personal e intransferible. Mediante la utilización de la tarjeta se tendrá acceso a los Cajeros Automáticos ubicados en cualquier dependencia del BANCO y de las que conforman la Red Link y otras Redes que operan en el país y/o de la que en el futuro se incorpore o la reemplace, de acuerdo con las instrucciones y respetando los límites que el sistema le asigne. Las transacciones básicas admitidas, dependiendo de la funcionalidad de cada tipo de cuenta, son las siguientes:
1.1. Extracciones y Depósitos en las cuentas asociadas.
El cliente podrá extraer efectivo de sus cuentas, con un límite de extracción diario y hasta el saldo de las mismas, de acuerdo con las disposiciones vigentes. Asimismo, podrá efectuar depósitos en todas ellas.
1.2. Transferencias de Fondos.
- Entre cuentas asociadas a la misma Tarjeta de Débito: El CLIENTE podrá transferir el importe que considere hasta el saldo disponible.
- Entre cuentas no asociadas del mismo o de otro Banco: El cliente podrá realizar Transferencias inmediatas con utilización de CBU por Cajero Automático y con utilización de CBU o Alias CBU por Home Banking hasta 8 (ocho) veces el límite de extracción diario de la Tarjeta Débito.
En caso de querer utilizar el servicio de Home Banking, la primera transferencia a cada cuenta no vinculada deberá realizarla por Cajero Automático o bien utilizando Segundo Factor de autenticación.
1.3. Pagos Link
El CLIENTE podrá efectuar el pago de su Tarjeta de Crédito o de aquellos servicios en cuya factura se mencione tal posibilidad y se brinde la clave vinculada a ella, por un importe no superior a 15 (quince) veces su límite de extracción diario en Cajeros Automáticos, autorizando el débito de su importe en una de sus cuentas, la que deberá tener saldo suficiente para tal fin. El talón emitido por el Cajero Automático servirá como comprobante de pago. Además podrá consultar los pagos efectuados, vencimientos pendientes y dar de baja los mismos.
Para la utilización del servicio de Home Banking, la adhesión a cada servicio deberá realizarla por Cajero Automático o bien utilizando Segundo Factor de autenticación.
1.4. Constitución de Plazo Fijo.
El CLIENTE podrá constituir Plazos Fijos emitiéndose la respectiva constancia con los datos esenciales de la operación, sin emisión de certificado y debitándose el importe de la imposición de la cuenta que éste seleccione. Se podrá elegir al momento de la constitución la Renovación Total (capital más interés), Parcial (sólo capital con acreditación de intereses en cuenta) o Sin renovación Automática (acreditación en cuenta al vencimiento). Al vencimiento, se acreditará en la cuenta origen de los fondos o en la cuenta que el cliente indique, siempre que ésta posea idéntica titularidad que aquella y se encuentre asociada a la misma Tarjeta Débito. Asimismo, mensualmente se incorporará el resumen de estas operaciones en el extracto de la cuenta monetaria originante. La titularidad de la cuenta de Plazo Fijo será la de la cuenta monetaria originante.
1.5. Compras – Recargas de Pulsos Telefónicos / Transporte.
El CLIENTE, podrá recargar o comprar pulsos telefónicos o Transporte debitando el importe de su cuenta directamente desde los Cajeros Automáticos de la Red Link o Home Banking. Para la utilización del servicio de Home Banking, la adhesión de cada nuevo número de celular o tarjeta de transporte deberá realizarla por Cajero Automático o bien utilizando Segundo Factor de autenticación.
1.6. Atributos de Compra
1.6.1. MAESTRO: El CLIENTE podrá efectuar compras por un importe no superior a 8 (ocho) veces su límite de extracción diario en Cajeros Automáticos, en los comercios adheridos en todo el mundo (identificados exhibiendo el logo similar al existente en la parte inferior derecha del frente de su Tarjeta de Débito), con excepción de México, Israel y Canadá.
Al momento del pago, en caso que el CLIENTE posea más de una cuenta de depósitos relacionada a su Tarjeta de Débito, el sistema en forma automática procederá a debitar los fondos en la cuenta que posea saldo suficiente para cubrir el importe total de la compra, iniciando la búsqueda en aquellas tipificadas como Caja de Ahorros (Primaria y Secundarias), conforme se establece en la cláusula 2, y luego por las Cuentas Corrientes (Primaria y Secundarias), conforme se establece en la cláusula 2, salvo que se haya definido algunas de las cuentas como Primaria la cual prevalecerá. En aquellos comercios que cuenten con el atributo “Compra + Efectivo” se podrá, una vez finalizada la compra, realizar extracciones hasta el límite diario determinado.
1.6.2. MASTERCARD DEBIT: El CLIENTE podrá efectuar compras a través de la funcionalidad Banda Magnética o Chip, con excepción de la funcionalidad contactless, por un importe no superior a 8 veces su límite de extracción diario en Cajeros Automáticos, en los comercios adheridos en todo el mundo (identificados exhibiendo el logo similar al existente en la parte inferior derecha del frente de su Tarjeta de Débito).
Al momento del pago, en caso que el cliente posea más de una cuenta de depósitos relacionada a su Tarjeta de Débito, el sistema en forma automática procederá a debitar los fondos en la cuenta que posea el saldo suficiente para cubrir el importe total de la
compra, iniciando la búsqueda en aquellas tipificadas como Caja de Ahorros (Primaria y Secundaria), conforme se establece en la cláusula 2, y luego por las Cuentas Corrientes (Primaria y Secundarias) conforme se establece en la cláusula 2.
A través de la funcionalidad Contactless (pago por aproximación de la tarjeta), el CLIENTE podrá efectuar compras/pagos por un importe no superior a $ 500 sin identificarse ni presentar PIN y Firma, en los comercios adheridos (identificados exhibiendo el logo de la Marca y el que representa la tecnología Contactless en el frente del plástico) en Argentina.
El CLIENTE podrá efectuar pagos por medio de la funcionalidad Contactless (pago por aproximación de la tarjeta) con un límite de transacciones y hasta un monto total máximo diario de acuerdo a lo determinado por la Entidad. Si el CLIENTE alcanza estos límites, se le pedirá que opere por medio del Chip, y una vez que ingrese el PIN podrá volver a utilizar la funcionalidad Contactless.
1.7. Claves: El CLIENTE podrá a través de los Cajeros Automáticos de Red Link obtener y efectuar los cambios de las claves de acceso al Cajero Automático, Home Banking, Banca Telefónica y de Compras de su Tarjeta Nativa Débito del Banco de la Nación Argentina.
1.8. El CLIENTE podrá operar en transacciones de Compra/Venta de Dólares Estadounidenses directamente desde Home Banking (siempre que posea una Cuenta monetaria en Pesos y una en Dólares Estadounidenses, ambas asociadas a una misma Tarjeta Débito), utilizando el Usuario y Clave de ingreso a dicho canal para la validación electrónica o digital de las operaciones cambiarias que realice por ese medio, por lo que mediante el presente Formulario Anexo se acredita la identidad del CLIENTE en forma personal en esta Entidad Financiera, siendo la suscripción del presente Formulario Anexo suficiente acuerdo específico de operar en la compra-venta de moneda extranjera.
1.9. Toda otra operatoria que el BANCO incluya en el futuro dentro de las funcionalidades de la presente tarjeta.
Los horarios y condiciones locales en las que se podrán efectuar las operaciones descriptas, así como cualquier circunstancia relacionada con el uso xxx Xxxxxx Automático, Terminales Autoservicio o HomeBanking serán informadas oportunamente por el BANCO mediante aviso por pantalla o aviso que estará a disposición del CLIENTE en las Sucursales del BANCO constituyendo tales medios suficiente notificación.
El BANCO cuenta con mecanismos de seguridad informática que garantizan la genuinidad de las operaciones que el CLIENTE canalice a través de los distintos canales electrónicos. Podrá ampliar o modificar los factores de autenticación vigentes a la fecha de la suscripción del presente Formulario Anexo.
2. La Tarjeta Débito podrá tener vinculadas las siguientes Cuentas de Depósitos: Cuenta Principal: Es aquella sobre la que se debitarán las comisiones vinculadas con la Tarjeta de Débito.
Las comisiones vinculadas con el uso de la Tarjeta de Débito (Ej: Uso de Cajeros Automáticos de otras Entidades o redes del país o del exterior, emisión de transferencias a cuentas de terceros, etc.), serán liquidadas en la cuenta sobre la cual se realizó la transacción.
Cuenta Primaria: Es aquella sobre la que se podrá operar desde otras redes nacionales. Cuenta/s Secundaria/s: Son aquellas cuentas que el CLIENTE solicite asociar respecto del resto de sus cuentas.
3. El CLIENTE y los tenedores de Tarjetas Adicionales dispondrán de claves confidenciales (PIN/PIL) cada uno, las que, junto con su tarjeta, les permitirá ejecutar las transacciones habilitadas en los dispositivos electrónicos instalados para ello. Asimismo deberán generar una clave PIN de ATM para operar a través de la red de Cajeros Automáticos y una clave distinta de PIN de Compras para operar en la red de comercios. Cuando se trate de un cliente analfabeto, dado que su condición imposibilita de hecho la distinción de los caracteres alfabéticos y numéricos de los precitados dispositivos, sólo podrá realizar extracciones con su Tarjeta de Débito por ventanilla de Caja del BANCO. Queda expresamente establecido que las referidas claves poseen características que implican que sean conocidas exclusivamente por el CLIENTE, en virtud de normas de seguridad del sistema que impiden el acceso al dato por parte de otras personas. Por tal motivo, el CLIENTE reconoce sin reservas todas y cada una de las operaciones que se hagan por su intermedio y/o por los tenedores de Tarjetas Adicionales, y asume la exclusiva responsabilidad por su utilización. En ningún caso el BANCO será responsable de cualquier clase de daño, directo o indirecto, incluyendo el lucro cesante, cualquiera fuere su origen, aún por la intervención de terceros, que ocurriere como consecuencia del uso de las tarjetas y claves.
4. El BANCO informa al CLIENTE, y éste se notifica por el presente, acerca de los recaudos mínimos a adoptar para la utilización de Cajeros Automáticos, detallados en esta cláusula:
4.1. Solicitar al personal del BANCO toda la información que estimen necesaria acerca del uso de los Cajeros Automáticos al momento de acceder por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se le presente posteriormente.
4.2. No utilizar los Cajeros Automáticos cuando se encuentren mensajes o situaciones de operación anormales.
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4.3. Cambiar la clave personal (PIN) asignada por el BANCO por una que él seleccione, la que no debería ser un número que pueda obtenerse fácilmente de documentos que se guarden en el mismo lugar que su Tarjeta Débito, como por ejemplo, fecha de nacimiento o dirección.
4.4. No divulgar el número o las letras de su clave ni escribirlo en la Tarjeta Débito ni en elementos que se guarden con ella, ya que dicho código es la llave de ingreso a sus cuentas.
4.5. No digitar las claves personales (PIN/PIL) en presencia de personas ajenas, aun cuando pretendan ayudarlo, ni facilitar la Tarjeta Débito a terceros, ya que ella es de uso personal.
4.6. Guardar la Tarjeta Débito en un lugar seguro y verificar periódicamente su existencia.
4.7. No olvidar el retiro de la Tarjeta Débito al finalizar las operaciones.
4.8. Al realizar una operación de depósito, asegurarse de introducirla en la ranura específica para esa función, y retirar el comprobante que entrega la máquina al finalizar la operación, el que servirá para un eventual reclamo posterior.
4.9. En caso de extracciones en que existieren diferencias entre el comprobante emitido por el cajero y el importe efectivamente retirado, informar esta circunstancia a la sucursal del BANCO en la que está radicada la cuenta.
4.10. Comunicar sin demora a la Red Link, al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y al Banco administrador xxx Xxxxxx Automático -si estuviese operando en una terminal de otro integrante de la red- la retención de su Tarjeta por el cajero. Asimismo, notificar a los Bancos intervinientes si el cajero no emite el/los comprobante/s correspondiente/s, en caso en que hubiesen sido requeridos.
4.11. Denunciar de inmediato a la Red Link o al BANCO la pérdida o robo de su Tarjeta.
4.12. Para poder operar en el exterior el cliente deberá dar aviso si se encuentra en el País, a través de las terminales ATM, Home Banking o llamando telefónicamente al Call Center de Red Link al 0000-000-0000. Si se encuentra en el Exterior, el cliente podrá dar aviso a través de Home Banking o llamando telefónicamente al 54 011 4319 5465.
5. El BANCO tomará en firme las extracciones, débitos en cuenta y transferencias, efectuados por Cajero Automático, en tanto que los depósitos, realizados por el mismo canal, serán a confirmar en función del recuento de cierre del día; en todos los casos emitirá un comprobante de la transacción realizada. Si surgen diferencias entre los importes consignados en los comprobantes de depósito y los emergentes de los controles realizados, a posteriori, por el BANCO, o por otra Entidad en que se realizó la transacción, prevalecerán estos últimos siempre que se asegure la certeza de monto y operación. Además, todos los movimientos hechos a través de este sistema se verán reflejados en los extractos periódicos que genere el BANCO, según el tipo de cuenta de que se trate.
6. Los depósitos realizados antes del horario de xxxxx xxx Xxxxxx Automático serán considerados con la fecha de ese día; en caso contrario, se los tomará con fecha del día hábil bancario siguiente.
Se entenderá por horario xx xxxxx el que utilice el personal del BANCO para efectuar la atención xxx xxxxxx, retirando los sobres de depósitos para el recuento citado en la cláusula 5. El CLIENTE podrá solicitar información sobre dicho horario xx xxxxx, ya que el mismo podrá variar en función del tipo xx xxxxxx y de su ubicación.
7. En el supuesto de que hubiese dos o más titulares en una cuenta para la que se soliciten Tarjetas Débito, cada uno de ellos será solidariamente responsable por todas las operaciones y/o adelantos que se produzcan en ellas.
8. El CLIENTE y sus Adicionales se comprometen a:
8.1. No efectuar retiros si la cuenta sobre la que se opera careciese de fondos suficientes para su imputación al cierre de las operaciones del día.
8.2. Depositar los fondos necesarios para cancelar el saldo deudor que, por cualquier motivo, pudiese generarse en sus cuentas, dentro de los 15 día corridos contados a partir de la fecha en que se produjo dicho saldo.
8.3. No cerrar unilateralmente sus cuentas, mientras existan a su cargo obligaciones de cualquier naturaleza no canceladas con el BANCO.
9. A todos los efectos legales, el cliente constituye domicilio según consta en el F. 60690 “SOLICITUD ÚNICA DE PRODUCTOS-PERSONAS” y en el F. 55870 “Tarjeta de Débito - Recibo/Compromiso”, sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Federales en ellos citados.
10. El BANCO no asume responsabilidad alguna en caso que el CLIENTE o los Adicionales se vean imposibilitados para efectuar operaciones por intermedio de los dispositivos electrónicos instalados para su utilización por otros integrantes de la Red o Redes Asociadas.
11. No obstante el compromiso citado en la cláusula 8, si al actualizar saldos la cuenta del CLIENTE no contare con fondos para aplicar una operación ya efectuada, el BANCO queda autorizado a:
11.1. Inhabilitar el acceso a la cuenta a través de Cajeros Automáticos e informar de las irregularidades a los organismos de contralor pertinentes.
11.2. Considerar el saldo deudor como préstamo otorgado.
11.3. Aplicar sobre la deuda la tasa que fije el BANCO para los excesos y descubiertos transitorios en Cuenta Corriente, con sus oscilaciones a través del tiempo.
11.4. Afectar los futuros créditos en la cuenta involucrada a la cancelación de la deuda y de los intereses correspondientes.
12. Detalle de Comisiones y Cargos:
El/los abajo firmantes acepta/n que el BANCO debite de su cuenta los importes provenientes de comisiones y cargos por la utilización de la misma citados en el F-63160 “Planilla General de Comisiones y Cargos – Cartera de Consumo”.
13. La Tarjeta Débito será de Uso Restringido (depósitos y consultas) cuando la forma de operar sea Orden Conjunta o cuando la titularidad de las cuentas vinculadas sea Persona Jurídica; y de Uso Full (depósitos, extracciones, consultas, transferencias, P.A.S.) cuando la forma de operar de la cuenta sea Sola Firma u Orden Recíproca.
El BANCO se reserva la facultad de modificar a su sólo arbitrio las condiciones pactadas – incluyendo el importe de las comisiones y/o cargos-, notificando al CLIENTE con una anticipación de 60 (sesenta) días corridos. Las eventuales modificaciones serán obligatorias para el CLIENTE de no mediar oposición expresa luego de transcurrido el mencionado plazo.
El CLIENTE recibe los términos de las condiciones insertas en el presente Anexo compuesto por 2 (dos) páginas y el F-63160 “Planilla General de Comisiones y Cargos – Xxxxxxx xx Xxxxxxx”.
0x | 0x |
Firma Titular | Firma Titular |
Aclaración: | Aclaración: |
3º | 4º |
Firma Titular | Firma Titular |
Aclaración: | Aclaración: |
1º | 2º |
Firma Adicional | Firma Adicional |
Aclaración: | Aclaración: |
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