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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE ROTULACIÓN CON PUBLICIDAD TURÍSTICA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX EN ESPACIOS DE SEMIRREMOLQUES FRIGORÍFICOS.
1. ANTECEDENTES, NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO, OBJETO, RÉGIMEN JURÍDICO Y PUBLICIDAD.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
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1.1.- Antecedentes. Que el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» (en adelante también ITREM), es un organismo público con naturaleza jurídica de entidad pública empresarial, que se encuentra adscrito a la actual Consejería de Turismo y Cultura, mediante Decreto del Presidente nº 2/2018, de 00 xx xxxxx xx 0000 (XXXX número 91, de 21 xx xxxxx de 2018), que fue constituido por el capítulo IV del libro III de la «Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional» de la Asamblea Regional xx Xxxxxx; y que tiene como fines generales la ordenación, planificación, programación, dirección y coordinación de las competencias de la Región xx Xxxxxx en materia de turismo, en el marco de la política del Gobierno regional, tal y como señala el artículo 57.2 de dicha Ley.
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1.2.- Necesidad e idoneidad del contrato.
Dentro de la planificación de actuaciones de promoción a desarrollar el año 2018 y los siguientes ejercicios por el Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx, se encuentra la de llevar a cabo distintas acciones publicitarias de los distintos productos y destinos turísticos de la Región xx Xxxxxx, entre las que se encuentra la utilización xx xxxxxx y soportes publicitarios similares.
Para intensificar el posicionamiento de la Región xx Xxxxxx como destino vacacional en el ámbito nacional e internacional y dar a conocer la imagen de Costa Cálida Región xx Xxxxxx, el ITREM consciente de la oportunidad y repercusión que puede representar la utilización con fines publicitarios de semirremolques frigoríficos de empresas que realicen servicios de transporte a lo largo de la geografía nacional ha suscrito un Convenio de Colaboración con la Federación Regional de Organizaciones Empresariales de Transporte xx Xxxxxx (FROET) para realizar una campaña publicitaria internacional utilizando como soporte la superficie rotulable de parte de su flota de semirremolques frigoríficos.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
En virtud de dicho Convenio, diversas empresas asociadas a FROET, han cedido al ITREM el uso en exclusiva y con carácter gratuito, los espacios publicitarios situados en 15 semirremolques de su propiedad, para su rotulación integral con publicidad turística genérica de la Región xx Xxxxxx, durante dos años a partir de la rotulación de los mismos.
De ahí que se hace necesario la contratación del servicio de rotulación de los semirremolques cedidos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.3 de la LCSP se justifica la no división en lotes de la presente contratación debido a la naturaleza de la prestación objeto del contrato, así como el riesgo que implicaría para la correcta ejecución del contrato la existencia de una
pluralidad de contratistas diferentes. A ello ha de unirse la circunstancia de que los quince semirremolques que se rotularán tendrán que seguir una misma línea de diseño y utilizar los mismos tipos de materiales.
1.3.- Objeto. El presente pliego tiene por objeto establecer cláusulas administrativas que van a regir en el procedimiento ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO para la contratación de un
«SERVICIO DE ROTULACIÓN CON PUBLICIDAD TURÍSTICA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX EN ESPACIOS DE SEMIRREMOLQUES FRIGORÍFICOS», en
la forma y con las especificaciones técnicas contenidas en el apartado de prescripciones Técnicas. (CPV 79340000 SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y MARKETING).
1.4.- Régimen jurídico y publicidad. Esta contratación se rige por el pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.4 de la LCSP, los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos.
El ITREM desarrolla la presente contratación en su calidad de poder adjudicador que tiene carácter de Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y 3.3 letra d) de la LCSP.
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A los efectos de la presente contratación y de las normas y documentos que constituyen su régimen jurídico, se entenderá por «poder adjudicador» o simplemente por «contratante» al
«Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», y se entenderá por «empresa contratista» o simplemente por «contratista» o «adjudicataria» a la empresa o empresario que aquélla contrate para la realización de las prestaciones en cuestión. Por su parte, las referencias al
«órgano de contratación» han de entenderse referidas al órgano competente de la entidad pública empresarial «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx».
En cuanto al procedimiento de contratación a seguir, atendiendo tanto al objeto como al valor estimado, se llevará a cabo mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6 de la LCSP.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 159.2 de la LCSP, los anuncios de este procedimiento se publicarán en el Perfil del Contratante del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
El Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Queda prohibida toda negociación de los términos del contrato con las empresas licitadoras.
El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
La unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato es la Oficina de Promoción del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.
2 . PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRECIO DEL CONTRATO, REVISIÓN DEL PRECIO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO.
2.1.- Se fija como PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN la cantidad de TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS (33.759,00 €), IVA incluido, con un importe de VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS EUROS (27.900,00 €), de base imponible, y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS (5.859,00 €) de IVA.
2.2. En relación con el art. 100.2 LCSP cabe indicar que este presupuesto se ha elaborado en base a precios xx xxxxxxx y teniendo en cuenta la experiencia del ITREM en la rotulación de otros vehículos de similares en años anteriores, estimándose los trabajos a realizar en cada camión en la cantidad de 1.860,00 euros, IVA excluido, siendo el importe de la rotulación por semirremolque de 2.250,60 euros, IVA incluido.
2.3. De acuerdo con lo dispuesto en el art.101 de la LCSP, el valor estimado para esta contratación es de veintisiete mil novecientos euros (27.900,00€), IVA excluido.
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2.4. El abono del servicio se efectuará previa presentación de las correspondientes facturas que serán emitidas por la empresa adjudicataria conforme se vaya realizando el servicio de rotulación de los semirremolques. Estas facturas, se presentarán en las oficinas del ITREM, sitas en la Xxxx. Xxxxx Xxxxx, 0, (Xxxxxxxx Xxxxxx de Cualificación Turística), 30006-Murcia, con las retenciones e impuestos que legalmente correspondan, y se pagarán mediante transferencias bancarias a nombre del adjudicatario contratista, en la cuenta bancaria que éste indique en su oferta o en cualquier otra que notifique expresamente a la entidad contratante con posterioridad. Para proceder al pago de las facturas, éstas deberán ir acompañadas de los justificantes de las prestaciones comprendidas en su concepto, para cuya verificación el ITREM tendrá un plazo máximo de 30 días, el cual se suspenderá en caso de que la contratista fuese requerida para subsanar la justificación presentada o aportar aquella omitida. Una vez verificada correctamente cada factura, los pagos se realizarán en un plazo máximo de 30 días desde la verificación. Dichos pagos parciales tendrán la consideración de abonos a cuenta sujetos a liquidación final.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210.4 de la LCSP, dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha del documento de conformidad con lo dispuesto en el contrato, deberá acordarse la liquidación correspondiente del contrato y abonarse al contratista, en su caso, el saldo resultante.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
2.5. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación e incluirá como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido En el precio queda incluido cualquier otro tipo de gasto que se necesite satisfacer para la realización de las prestaciones contratadas, sean gastos generales, financieros, de material, de equipo técnico, de personal, de seguros sociales, de seguros de responsabilidad civil o de cualquier otra naturaleza, así como el beneficio imputable a su gestión, cánones, tasas, impuestos y contribuciones de cualquier clase que sea, a excepción del IVA que se adicionará a cada factura como partida independiente, y en el caso de que se incurra en el supuesto de aplicación del mecanismo de inversión del sujeto pasivo previsto en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, habrá de señalarse con valor 0,00 euros.
2.6. Atendiendo a las características concretas del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 103 de la LCSP, queda excluida la revisión de precios.
2.7. Para atender a las obligaciones económicas que se deriven de este contrato, está prevista la consignación presupuestaria y crédito adecuado y suficiente con cargo a los presupuestos del ITREM para el ejercicio 2018, en el que se debe realizar la ejecución del gasto, de acuerdo con el expediente de propuesta autorizada de gasto RC471.
2.8. No se admitirán ofertas cuyo importe sea superior al presupuesto base de licitación fijado para la presente contratación.
2.9. En las ofertas económicas que se formulen, se especificará la cantidad propuesta IVA excluido, entendiéndose siempre, que en la cantidad propuesta se incluye cualquier otro tipo de impuesto o carga fiscal que le sea de aplicación, en su caso, por la naturaleza del contrato. En partida separada se especificará la cantidad correspondiente al IVA, indicando el tipo en vigor al momento de presentar la oferta.
3. PLAZO DE EJECUCIÓN, PERIODO DE GARANTIA.
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El plazo de ejecución previsto para la realización del servicio objeto de la presente contratación es de dos meses desde la fecha de formalización del contrato. Ahora bien, los trabajos de rotulación se deberán hacer en un máximo de 48 horas desde la puesta a disposición del semirremolque.
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El periodo de garantía será de cuatro años. Durante el periodo de garantía el contratista responderá de adecuada calidad de los materiales y de la correcta fabricación e instalación de los vinilos, debiendo reponerlos o repararlos en caso de que éstos se deterioraran por su normal uso con anterioridad a la finalización del período de garantía.
4. CLASIFICACION EXIGIDA.
No se requiere exigencia de clasificación en base a lo dispuesto en el art.77.1.b) de la LCSP.
5.- APTITUD PARA CONTRATAR.
5.1 Todos los licitadores que se presenten a la licitación deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
5.2 Podrán concurrir en el presente procedimiento, conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y siguientes de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, todas aquellas personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, o se encuentren debidamente clasificadas.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
5.3 Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Si se tratare de personas físicas, que su actividad o finalidad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de su epígrafe fiscal de actividad económica (IAE).
5.4. Las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo quedarán sujetas además a lo dispuesto en el art. 67 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
5.5 A las empresas no comunitarias será de aplicación lo dispuesto en el artículo 68 LCSP.
5.6. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 69 de la LCSP, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
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La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.
5.7 Todos los licitadores deberán disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de FIRMA ELECTRÓNICA de usuario expedido por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/, admitiéndose, entre otras, los certificados de firmas electrónicas de la FNMT, Clase 2 CA y el D.N.I. electrónico.
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Así mismo, los licitadores deben indicar la Dirección Electrónica Habilitada en la que se practicarán por parte del ITREM la totalidad de las comunicaciones que se deriven de la tramitación del correspondiente procedimiento de contratación, de conformidad con lo dispuesto en el mencionado artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. URL: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.000.xx/XX_xxxx.xxxxxx
A los efectos de lo previsto en el Art. 43 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas consta como código DIR3 del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx el A14022337.
El código a utilizar para la presentación de documentación en los procedimientos de contratación del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx es el 1609.
6. SOLVENCIA EXIGIDA AL LICITADOR.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Los licitadores deberán estar en posesión de la solvencia mínima exigida en la presente cláusula.
6.1 SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 48.850,00 € o bien, existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 29.700,00 €
6.1 SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL.
Haber realizado al menos servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, por importe igual o superior 19.530,00 €.
7. OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS PREVIOS.
7.1.- MODO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS, LUGAR Y PLAZO:
Las proposiciones, se presentarán en el plazo xx XXXX DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente de la publicación en el perfil del contratante del ITREM del anuncio de licitación, a través de la sede electrónica de la carm pinchando en el siguiente enlace:
xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxx/xxxxxx?XXXXXXXXXXXx00&XXXXXXx000
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Las ofertas se presentarán en lengua castellana. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
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La presentación de ofertas se llevará a cabo utilizando medios electrónicos. La oferta presentada en formato electrónico deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
El envío por medios electrónicos de las ofertas será en dos fases, transmitiendo primero la huella electrónica de la oferta, con cuya recepción se considerará efectuada su presentación a todos los efectos, y después la oferta propiamente dicha.
Se entiende por huella electrónica de la oferta el conjunto de datos cuyo proceso de generación garantiza que se relacionan de manera inequívoca con el contenido de la oferta propiamente dicha, y que permiten detectar posibles alteraciones del contenido de esta, garantizando su integridad.
La presentación de la oferta se realizará del siguiente modo.
a).- El fichero en formato Word que figura como ANEXO I se cumplimentará con los datos que se solicitan.
b).- Una vez cumplimentado, se procederá a guardar ese fichero en formato pdf y se firmará mediante cualquier proveedor de servicios de firma electrónica reconocida.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Se adjunta link donde comprobar los proveedores de servicios de firma electrónica reconocidos por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/
c).- A continuación, mediante cualquier sistema que provea de huella digital con el algoritmo SHA256, se generará la huella digital del fichero pdf previamente guardado. A fin de facilitar este paso se ofrecen diversas urls gratuitas que generan huella digital, así como unas brevísimas instrucciones de uso.
CÓMO GENERAR LA HUELLA DIGITAL
Se utilizará el algoritmo de hash público SHA256 (xxxxx://xx.xxxxxxxxx.xxx/xxxx/XXX-0). Se generará la huella digital sobre un único fichero pdf firmado digitalmente con el certificado del
licitador. Para generar la huella digital SHA256 del pdf firmado se podrá realizar con cualquier herramienta que quiera usar el licitador. Se adjuntan estas 3 urls con generadores online gratuitos:
1. xxxxx://xxx000.xxxxxx.xx/xxxxxx-xxxxx/xxx000_xxxxxxxx.xxxx Instrucciones:
1. Arrastrar el fichero donde pone “Drop File Here”
2. En el cuadro “Output” aparecerá la huella digital.
2. xxxx://xxxxxxxx0.xxx/ Instrucciones:
1. Arrastrar el fichero donde pone “Click to select a file, or drag and drop it here( max: 4GB ).”
2. Seleccionar “SHA-256” en el campo “Checksum type:”
3. En el campo “File checksum:” aparecerá la huella digital.
3. xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxxx/xxxx/xxxx.xxx Instrucciones:
1. Pulsar el botón Examinar en el apartado “File hash”
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2. Pulsar en el botón azul “Hash” del apartado “File hash”
3. La huella digital aparecerá en el campo “SHA-256”
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d).- La huella digital así obtenida, que se podrá copiar en algún fichero -bien formato Word, bien pdf o bien txt, (se recomienda éste último)- será la que se envíe, dentro del plazo de presentación de ofertas para la licitación a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx xxxxx://xxxx.xxxx.xx/ en el link “Formulario de solicitud genérica”. Si además o en lugar de la huella digital se enviara el documento con la oferta, ésta quedara excluida del procedimiento.
e).- Una vez concluido el plazo de presentación de ofertas, los licitadores enviarán, dentro de las 24 horas siguientes y través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx xxxxx://xxxx.xxxx.xx/ en el link “Formulario de solicitud genérica” (DIR3 del ITREM, A14022337 y código de procedimiento P1609, el fichero pdf que ha generado la huella digital previamente enviada. De no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada.
El fichero pdf no podrá ser modificado, debiendo conservarse por el licitador sin realizarse ningún cambio en el mismo, toda vez que, en ese caso, la huella digital que se generé será distinta a la enviada, considerándose la oferta como no presentada.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Ningún licitador podrá presenta más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si ha presentado alguna proposición individualmente ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente pliego, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan a lo largo del procedimiento de contratación deben ser autenticados mediante una firma electrónica avanzada reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
7.2.-CONTENIDO DEL ANEXO CON LA OFERTA:
1) Declaración responsable del licitador sobre los extremos señalados en el artículo 159.4.c) LCSP.
2) Declaración expresa de si existen o no empresas del mismo grupo o vinculadas que concurran a la licitación, a los efectos de lo establecido en el artículo 149.3 de la LCSP y artículo 86 del RGLCAP. Se consideran empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
3) En el caso de que la empresa fuera extranjera, declaración responsable de sometimiento al fuero español.
4) Declaración de datos a efectos de notificaciones.
5) Proposición económica.
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En los supuestos de que la oferta se presente por una unión temporal de empresarios, debe acompañar a la declaración responsable un escrito de compromiso de constitución de la unión temporal, con una duración que será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción, según el modelo que figura como Parte II del Modelo de Oferta anexo al presente pliego. En el escrito de compromiso se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos, así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Tanto el citado documento como la declaración con el resto de la oferta deberán estar firmados por los representantes de cada una de las empresas que vayan a componer la unión temporal.
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Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La oferta se presentará redactada conforme al modelo establecido en el Anexo del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición , o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por el órgano de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, si ello no altera su sentido.
En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Los licitadores deberán designar en sus ofertas la información que consideren confidencial. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en ese procedimiento de licitación o en otros posteriores.
El deber de confidencialidad del ITREM así como de sus servicios dependientes no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a
documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles.
8. CRITERIO DE ADJUDICACIÓN Y OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS.
Para la adjudicación se valorará únicamente la oferta económica, considerándose como oferta más ventajosa aquella que sea más baja.
Para el caso de ofertas anormalmente bajas se aplicará lo previsto en el artículo 149 LCSP, si bien el plazo máximo para justificar las ofertas no podrá superar los cinco días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con lo establecido en el RD1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la LCAP, con los parámetros objetivos de su artículo 85, por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado.
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9. GARANTÍAS.
Conforme a lo establecido en el artículo 159.4, letra b) de la LCSP, no procede la constitución de garantía provisional por parte de los licitadores.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6, letra f) de la LCSP, no se requiere la constitución de garantía definitiva.
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10. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
La apertura de las proposiciones se llevará a cabo por la unidad técnica que designe el órgano de contratación del ITREM. Dicha apertura no se realizará hasta que haya finalizado el plazo para su presentación, por lo que no se celebrará acto público de apertura de las mismas.
11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La formalización del contrato se podrá efectuar mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
12. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
12.1.- El contratista que resulte adjudicatario vendrá obligado a cumplir las condiciones contractuales previstas en el presente pliego, siendo asimismo responsable de la calidad técnica de los trabajos, así como de las consecuencias que se deduzcan para el ITREM o para terceros de las omisiones, errores cometidos o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
12.2.- El adjudicatario vendrá obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee para el desarrollo del servicio objeto de esta contratación.
12.3.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato. Si llegado el término de dicho plazo, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la empresa contratante podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas tendrán la cuantía determinada en el artículo 193 de la LCSP.
12.4.- En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la empresa contratante.
12.5.- Xxxxx de confidencialidad y secreto. De conformidad con dicho deber, la empresa adjudicataria asumirá las responsabilidades que se pudieran derivar del incumplimiento de esta necesaria confidencialidad en todos los ámbitos del servicio, de acuerdo con la normativa de protección de datos europea, estatal y autonómica.
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Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 40d3ecaf-aa03-f656-300613923756
12.6.- El Órgano de Contratación podrá solicitar al adjudicatario en cualquier momento, que vuelva acreditar la persistencia de su situación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, pudiendo ser su falta de acreditación motivo de resolución del contrato.
12.7.- El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista.
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12.8.- La empresa contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones o las infracciones de las disposiciones sobre estas materias, no implicará responsabilidad alguna para la entidad contratante, o para la Administración Regional xx Xxxxxx, a la cual pertenece. En tal caso se repercutirá sobre el adjudicatario cualquier efecto o sanción que, directa o subsidiariamente, recayeran sobre ella. La empresa adjudicataria será la única responsable de los accidentes y perjuicios de todo género que pudieren sobrevenir por no cumplir lo legislado sobre estas materias o por no actuar con la debida diligencia, ya que se considera que en el precio contratado están incluidos todos los gastos precisos para cumplimentar debidamente dichas disposiciones legales y asegurar los posibles riesgos. En caso de accidentes ocurridos en el ejercicio de sus funciones, el adjudicatario se atendrá a lo dispuesto a estos efectos en la legislación vigente, siendo en todo caso único responsable de su incumplimiento, y sin que bajo ningún concepto pueda quedar afectada la entidad contratante, o Administración Regional xx Xxxxxx a la que pertenece.
12.9.- La empresa contratista establecerá la organización de las tareas a realizar por su personal en la ejecución del contrato, para lo cual nombrará un Jefe de Equipo que mantendrá regularmente contacto con el responsable del contrato nombrado por el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.»
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
12.10.- El adjudicatario se obliga a adoptar las oportunas medidas de vigilancia sobre el personal que intervenga en la prestación de los servicios, con el objeto de evitar daños o sustracciones de productos, efectos o bienes de cualquier tipo. Independientemente, el adjudicatario responderá siempre frente a la entidad contratante, o la Administración Regional xx Xxxxxx a la que pertenece, de los daños y perjuicios causados por cualquier empleado durante el desarrollo de las actividades contempladas en los pliegos de la presente contratación.
12.11.- El adjudicatario se responsabilizará de la indemnización por daños que se puedan ocasionar a terceros, así como los que infringieren a la entidad contratante y al personal dependiente de la misma, como consecuencia de la realización de los servicios.
12.12- El personal que contrate la empresa adjudicataria para la prestación del servicio dependerá única y exclusivamente de la empresa adjudicataria, la cual poseerá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empleador o empresario respecto al citado personal, con arreglo a la legislación laboral y social vigente en cada momento.
13. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE.
13.1.- El ITREM designará un responsable del contrato, a quien corresponde supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
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13.2.- La entidad contratante proporcionará a la contratista todos aquellos datos e información necesaria que se requiera para la correcta ejecución de los trabajos objeto de esta contratación.
13.3.- La entidad contratante tiene la obligación de abonar el precio convenido una vez ejecutadas y debidamente justificadas las acciones contratadas e informado de conformidad dichas acciones por el responsable del contrato.
14. EJECUCIÓN DEL SERVICIO.
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14.1.- La realización de los trabajos que lleve a cabo el personal de la empresa contratista estarán afectos únicamente al objeto concreto de esta contratación, que tiene autonomía y sustantividad propia, no pudiendo encargárseles otras tareas derivadas de necesidades similares que surjan.
14.2.- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos formarán parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio.
14.3.- El personal de la empresa contratista adscrito a la ejecución del contrato, no podrá formar parte del círculo rector y organizativo del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, debiendo organizar, controlar y dirigir su trabajo la empresa Contratista, quien asumirá todas las obligaciones derivadas de la gestión de los recursos humanos (negociación, pago de salarios, concesión de permisos, determinación de vacaciones, etc).
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
14.4.- La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto a la actividad delimitada en este pliego.
14.5.- La empresa contratista nombrará un Jefe de equipo integrado en su propia plantilla, que tendrá las siguientes obligaciones:
14.5.1 Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al ITREM, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo
adscrito al contrato, de un lado, y la “entidad contratante”, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
14.5.2 Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
14.5.3 Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendados, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
14.5.4 Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la “entidad contratante” a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
14.5.5 Informar al ITREM acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
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14.6.- El personal de la empresa contratista no podrá tener claves de acceso a la red interna de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, salvo que resulte estrictamente necesario, en algún momento del desarrollo de los trabajos, para la debida ejecución de los mismos. En cualquier caso, dicha autorización, que deberá tener carácter temporal, requerirá previo informe responsable del contrato en el que quede constancia de manera inequívoca de que el usuario autorizado es o forma parte de la empresa contratista y que dicha excepción lo es en virtud de las funciones específicas a realizar, el cual deberá contar además con el visto bueno del responsable del contrato.
14.7.- CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. En relación con la ejecución del contrato y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP, se establece como condición especial de ejecución del contrato favorecer la formación en el lugar del trabajo. Dicha condición será acreditada mediante la presentación de la planificación anual de la formación interna de la empresa adjudicataria, imponiéndose una penalidad del 5% del precio del contrato IVA excluido en caso de incumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en el art. 192.1 de la LCSP, la cual se hará efectiva mediante su descuento del pago de la última de la facturas.
15.-SUBCONTRATACIÓN.
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, con los requisitos previstos en el artículo 215 de la LCSP. En todo caso:
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
- El licitador deberá indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización.
- El contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos
técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 de la LCSP.
- El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.
- Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder, cada una de ellas individualmente, del 90 por 100 del importe de adjudicación.
Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente a la entidad contratante por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos.
16.- CESIÓN DEL CONTRATO.
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No podrán ser cedidos a terceros los derechos y obligaciones dimanantes del contrato que se formalice en virtud del presente procedimiento. No se entenderá por cesión a terceros (y por tanto no será de aplicación lo anterior) cualquier supuesto de transformación y/o integración empresarial del «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», ni cualquier transformación o integración de esta empresa dentro del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. En cualquiera de dichos casos, la entidad que asuma las competencias relativas a la actividad objeto de esta contratación, se subrogará automáticamente en los derechos y obligaciones dimanantes de la misma.
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17.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
No se prevén expresamente modificaciones. No obstante, atendiendo a la D. A. vigésima de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2018, se prevé que el presente contrato pueda ser modificado cuando se requiera expresamente desde el departamento competente de la CARM en relación con la estabilidad presupuestaria.
18.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución de esta contratación, las previstas en los artículos 211 y 313 de la LCSP.
19.- RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
De acuerdo con el artículo 27 de la LCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
ANEXO AL PRESENTE PLIEGO
Anexo. Modelo de oferta
En Murcia, a fecha de la firma electrónica
Xxxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxx Xxxxx
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
ANEXO MODELO DE OFERTA
D. ……………………………………………………………………………………...., con D.N.I. núm ,
actuando en su calidad de ……………….., en nombre y representación de
…………………………………….., con C.I.F. ,
En relación con el procedimiento abierto supersimplificado para la contratación de un servicio consistente en la «SERVICIO DE ROTULACIÓN CON PUBLICIDAD TURÍSTICA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX EN ESPACIOS DE SEMIRREMOLQUES FRIGORÍFICOS».
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
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I.- Que la entidad que representa cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Sector Público, lo que supone que posee personalidad jurídica, capacidad de obrar y solvencia tanto económico-financiera como técnica o profesional suficiente para el correcto desempeño de las actividades económicas o profesionales objeto de la presente contratación, lo que incluye el contar con las autorizaciones necesarias para ejercer las mismas y, en el caso de tener previsto recurrir a otras entidades, la existencia del compromiso de éstas para disponer de los recursos necesarios para la ejecución del contrato; comprometiéndose a aportar la justificación documental acreditativa de su posesión y validez, cuando sea requerido para ello.
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II.- Que no concurren, ni en la persona jurídica por él representada ni en las personas que forman parte de sus órganos de gobierno, ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con el Sector Público, previstas en el número 1º del artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Y que, en el caso de que dicha persona jurídica tuviese carácter empresarial, no concurre tampoco ninguna de las circunstancias comprendidas en el apartado 2º de ese mismo artículo, teniendo en cuenta que las prohibiciones de contratar afectan también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas. Autorizando además al «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», en su condición de poder adjudicador de los previstos en la mencionada Ley, para recabar de las Administraciones Públicas Competentes, si así lo estima oportuno, cuantos datos resulten procedentes para verificar el cumplimiento de dichas obligaciones. Así mismo autoriza al
«Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» a solicitar dichos datos cuantas veces considere necesario, pudiendo ésta en caso de resultar negativos, retener el pago o incluso depositar el importe del mismo ante el Organismo acreedor.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
III.- Que en particular, y sin perjuicio de todo lo anterior, no concurren en la persona jurídica representada ninguna de las siguientes circunstancias:
a) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, reconociendo conocer que la existencia de obligaciones pendientes es una de las causas de nulidad de los contratos establecidas en el la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
b) Formar parte de sus órganos de gobierno o administración, persona alguna con las incompatibilidades a que se refiere la «Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx, de la Asamblea Regional xx Xxxxxx, que recoge el Estatuto Regional de la Actividad Política».
IV.- Pertenencia a grupo de empresas (señalar la opción que proceda)
□ Que la empresa a la que represento forma parte del grupo de empresas ,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, y que se presenta a esta licitación concurriendo con las empresas pertenecientes al mismo grupo siguientes:
…………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
□ Que la empresa a la que represento forma parte del grupo de empresas ,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, y que se presenta a esta licitación no concurriendo con otras empresas pertenecientes al mismo grupo.
□ Que la empresa a la que represento no forma parte de ningún grupo empresarial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
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V.- Que, en el caso de ser una empresa extranjera, se somete al fuero de los juzgados y tribunales españoles para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación, renunciando a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
VI.- Que sus datos a efectos de notificaciones en relación con la presente contratación son los siguientes:
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a) Nombre y apellidos de la persona de contacto:
b) Dirección de correo electrónico habilitada única a efecto de comunicaciones. (Art. 43 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas). Pueden encontrar la información de este requisito en el siguiente apartado; xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.000.xx/XX_xxxx.xxxxxx
c) Teléfono móvil:
d) Domicilio:
VII. Que dispone de los medios señalados en la cláusula 1.2.4 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas de esta contratación y que se compromete adscribir a la ejecución del servicio.
VIII. Proposición económica.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Que conoce el pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas que rigen dicha contratación y que acepta incondicionalmente todas sus cláusulas y prescripciones, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en los mismos para contratar, no hallándose comprendido en ninguna de las circunstancias que, según la legislación vigente, le pudieran excluir de la contratación antes referenciada, y se compromete en nombre
............................................................. (propio o de la persona física que representa), a realizar el objeto del contrato antes señalado, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio de (expresar en letras y números):
Importe: ............................................................................... EUROS (....................’ €), (I)
IVA (21%): ............................................................................. EUROS (....................’ €), (II)
Total: ..................................................................................... EUROS (....................’ €) (III=I+II)
En dichos precios se incluye cualquier impuesto o gasto que sea de aplicación al presente contrato, excluido el IVA, que figura como partida independiente.
IX. Subcontratación prevista, en su caso
Nombre o perfil de la empresa Importe
En , a fecha de la firma electrónica.
A la Dirección General del «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx»
PARTE II (únicamente a presentar en caso de UTE por dos o más empresas) MODELO DE COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
D/Xx…………………………………………………………………......., con D.N.I./NIF nº en
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
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nombre propio (si se trata de persona física), o como representante de la empresa…………………………………………………………………………………CIF…………………. en calidad de
…………………………………………………., para concurrir a esta contratación.
D/Xx……………………………………………………….................., con D.N.I./NIF nº en
nombre propio (si se trata de persona física), o como representante de la empresa……………………………………………………………………………………CIF………………… en calidad de
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…………………………………………………, para concurrir a esta contratación.
DECLARAN
1º.- Que se comprometen en nombre de las Empresas...................................................
y. , conjunta y solidariamente, a ejecutar el « SERVICIO DE
ROTULACIÓN CON PUBLICIDAD TURÍSTICA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX EN ESPACIOS DE SEMIRREMOLQUES FRIGORÍFICOS»».
2º.- Que asimismo se comprometen, caso de resultar adjudicatarios, a constituirse en Unión Temporal de Empresas (UTE).
3º.- Que la participación de cada una de la Empresas en la UTE es la siguiente:
- ................................................. ...%
- ................................................. ...%
4º.-Que designan a D para que, durante la
vigencia del contrato, ostente la plena representación de la U.T.E., y el domicilio de la misma, a efectos de notificación, será……………............................................
En , a fecha de la firma electrónica.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
A la Dirección General del «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx»