ÍNDICE
ÍNDICE
1. PRESENTACIÓN 1
2. REFERENCIAS 2
3. DEFINICIONES 3
4. COSTOS PARA ORGANIZACIONES DE PEQUEÑOS PRODUCTORES 4
5. COSTOS PARA COMPRADORES FINALES, COMERCIALIZADORAS COLECTIVAS DE ORGANIZACIONES DE PEQUEÑOS PRODUCTORES, INTERMEDIAROS Y MAQUILADORES 8
6. DISPOSICIONES PARA PAGOS 12
7. CAMBIOS PRINCIPALES CON RESPECTO A LA EDICIÓN ANTERIOR 13
1. PRESENTACIÓN
1.1 Este documento es publicado por la organización sin fines de lucro SPP Global, abreviación de “Símbolo de Pequeños Productores Global, A.C.
1.2 El idioma oficial de los documentos del Símbolo de Pequeños Productores o ‘SPP’, es el español. En caso de controversias sobre la versión traducida, deberá tomarse como única versión válida la que está en español.
1.3 Este documento sustituye y cancela a:
Reglamento de Costos
Símbolo de Pequeños Productores Versión 10. 26-febrero-2020
Edición 2. 26-febrero-2020
1.4 Si desea conocer los cambios entre este documento y el anterior, favor de consultar la tabla de cambios que se presenta al final de este documento, en el que también se presenta la fecha de entrada en vigor.
1.5 Con este Reglamento se está dando cumplimiento a la Guía ISO/IEC 65: 1996 Requisitos Generales para Organismos que Operan Sistemas de Certificación de Producto y sus Directrices del Foro Internacional de Acreditación (IAF)
1.6 En este documento se especifican las regulaciones, tarifas y base de cálculo para los costos de certificación y registro del Símbolo de Pequeños Productores con respecto a los costos involucrados en la certificación, el registro, la membresía anual y el uso de la certificación del Símbolo de Pequeños Productores.
1.7 Las tarifas para los servicios de certificación y registro del SPP dependen de las tarifas particulares de los Organismos de Certificación autorizados por SPP Global.
1.8 Es aplicable a tanto Organizaciones de Pequeños Productores, Compradores Finales, Comercializadoras Colectivas de Organizaciones de Pequeños Productores, Intermediaros y Maquiladores del Símbolo de Pequeños Productores.
1.9 Este reglamento está aprobado por el Consejo Directivo de SPP Global (Símbolo de Pequeños Productores Global), Asociación Civil, y está sujeto a cambios.
1.10 En el capítulo 3 de este documento encontrará las tarifas y base de cálculo para los costos para Organizaciones de Pequeños Productores, en el capítulo 4, las tarifas y base de cálculo para los costos para Compradores Finales, Comercializadoras Colectivas de Organizaciones de Pequeños Productores, Intermediaros y Maquiladores. En el capítulo 5 de este documento encontrará especificaciones con respecto a las disposiciones de los pagos a realizar.
2. REFERENCIAS
Para la aplicación de este procedimiento se requieren consultar las versiones vigentes de los siguientes documentos:
2.1 Procedimiento de Certificación para Organizaciones de Pequeños Productores
2.2 Procedimiento de Registro para Compradores Finales y otros actores
2.3 Procedimiento para definir el Plan de Trabajo para la evaluación del Cumplimiento.
3. DEFINICIONES
3.1 Cancelación: Anulación total de la validez del certificado o registro del SPP de una Organización u Empresa como resultado de cierto incumplimiento con el Marco Regulatorio SPP. El estatus que se obtiene en una cancelación es “Cancelado”.
3.2 Comprador Final (COM): Una empresa que compra productos certificados bajo el Símbolo de Pequeños Productores para ponerlos en el mercado de consumo final bajo su nombre o marca y que cumple con los criterios respectivos de la Norma General del Símbolo de Pequeños Productores
3.3 Comercializadoras Colectivas de Organizaciones de Pequeños Productores (C-OPP): Aquellas empresas que son mayoritariamente propiedad de dos o más Organizaciones de Pequeños Productores Certificados por el Símbolo de Pequeños Productores y que comercializa productos certificados bajo el Símbolo de Pequeños Productores para ponerlos en el mercado.
3.4 Evaluación: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener y evaluar evidencias de manera objetiva con el fin de determinar el grado de cumplimiento de los criterios.
3.5 Evaluación de Seguimiento: Evaluación programada que se realiza con el objetivo de evaluar exclusivamente las acciones correctivas solicitadas en el dictamen.
3.6 Evaluación Anual: Evaluación programada de manera anual, que se realiza con el objeto de evaluar si las condiciones bajo las cuales se otorgó la Certificación o Registro se mantienen.
3.7 Evaluación Documental: Consiste exclusivamente en una Evaluación Documental del cumplimiento de los Criterios Críticos aplicables de la Norma general para fines de Certificación o Registro
3.8 Evaluación Completa in situ: Incluye una Evaluación Documental y una Evaluación de Campo del cumplimiento de todos los criterios aplicables de la Norma General para fines de Certificación o Registro.
3.9 El evaluado: El solicitante que es sujeto de la evaluación para fines de Certificación o Registro.
3.10 El evaluador: La persona OC responsable del proceso de evaluación del Solicitante.
3.11 SPP Global: Símbolo de Pequeños Productores, Asociación Civil.
3.12 Hallazgos de evaluación: Resultados de la evaluación de la evidencia objetiva, que frente a los criterios se demuestra Cumplimiento o No Cumplimiento.
3.13 Intermediarios (INT): Empresas comercializadoras que compran y venden los productos del Símbolo de Pequeños Productores sin que pongan el producto bajo su nombre o marca en el mercado de consumo final.
3.14 Maquiladores (MAQ): Proveedores de servicios que intervienenen en la comercialización o el acondicionamiento del producto, sin que haya de por medio un proceso de compra venta de este.
3.15 Xxxxx Xxxxxxxxxxx: El conjunto de procedimientos, reglamentos, directrices, políticas, códigos y formatos que regulen el programa de certificación, registro, uso y autorización del Símbolo de Pequeños Productores. La Declaración de Principios y Valores del Símbolo de Pequeños Productores es el fundamento filosófico del Marco Regulatorio, pero no forma parte de este.
3.16 Oferta: Propuesta de costos y características de un servicio.
3.17 Organismo de Certificación (OC): OC autorizado por SPP Global para operar el programa de Certificación y Registro del Símbolo de Pequeños Productores. En casos excepcionales en que los OC autorizados no pueden ofrecer oportunamente el servicio solicitado, SPP Global puede fungir como O.C.
3.18 Organización de Pequeños Productores (OPP): Una Organización de Pequeños Productores que cumple con los criterios para Organizaciones de Pequeños Productores de la Norma General del Símbolo de Pequeños Productores . Aquellas empresas comercializadoras que son parte de la estructura de una sola Organización de Pequeños Productores certificada por el Símbolo de Pequeños Productores se consideran parte de la Organización de Pequeños Productores.
3.19 Organización de Pequeños Productores de Primer Nivel: Aquellas OPP que tienen como miembros a los productores como personas físicas.
3.20 Organización de Pequeños Productores de Segundo Xxxxx: Aquellas OPP que tienen como miembros OPP de primer grado (y eventualmente miembros de primer grado y/o individuales).
3.21 Organizaciones de Pequeños Productores de Tercer Nivel: Aquellas OPP que tienen como miembros OPP de segundo grado (y eventualmente miembros de primer grado y/o individuales).
3.22 Organizaciones de Pequeños Productores de Cuarto Nivel: Aquellas OPP que tienen como miembros OPP de tercer grado (y eventualmente miembros de segundo o primer grado y/o miembros individuales).
3.23 Solicitante: Aquellos que han solicitado la Certificación o el Registro del Símbolo de Pequeños Productores.
4. COSTOS PARA ORGANIZACIONES DE PEQUEÑOS PRODUCTORES
4.1. Introducción
Las organizaciones de pequeños productores pagan por tres conceptos de costos:
a. Cuota de Solicitud1: Esta cuota cubre todos los gastos a los que incurre SPP Global para realizar el Proceso de Elegibilidad de los nuevos solicitantes y corresponde a 150 dólares. Esta Cuota de Solicitud es independiente a la Cuota de Membresía Anual y únicamente se paga cuando realizan su solicitud de Certificación SPP por primera vez2.
b. El Costo de la Certificación. Esta cuota cubre todos los gastos en que incurre el Organismo de Certificación para realizar el proceso de certificación.
c. Una Cuota de Membresía Anual. Esta cuota cubre todos los gastos de SPP Global para el mantenimiento, desarrollo, control de calidad del sistema de normas, certificación y registro, la difusión y promoción del Símbolo de Pequeños Productores y su mercado.
4.2. Evaluaciones de Certificación SPP
Los costos de la certificación SPP dependen en primera instancia del tipo de evaluación que el Organismo de Certificación (OC) aplicará, conforme el Ciclo de Certificación (Ver Procedimiento de Certificación del SPP).
Existen los siguientes tipos de evaluaciones:
a. Evaluación Documental
b. Evaluación Completa In Situ
1 Los pagos realizados por este concepto no serán reembolsables, independientemente de la resolución del Periodo de Elegibilidad.
2 Los eventuales costos que generen la fase 3 del Proceso de Elegibilidad deben ser cubiertos por el solicitante a ser evaluado
4.3. El Costo de la Certificación
a. Para la Evaluación Documental se sigue la siguiente tabla de días de trabajo:
Hasta 100 productores | De 101 a 250 productores | De 251 a 500 productores | De 501 a 1000 productores | Más de 1000 productores | |
Total de Días de Trabajo | 2.5 | 2.75 | 3.0 | 3.5 | 3.75 |
b. Las actividades por ejecutar para la certificación mediante la Evaluación Documental son:
i. Evaluación Documental
ii. Elaboración del Reporte de Evaluación
iii. Dictaminación
c. ara la Evaluación Completa In Situ se establecen las siguientes actividades:
i. Preparación de la evaluación
ii. Evaluación de las Oficinas Centrales
iii. Evaluación de sitios complementarios (Oficinas, Bodegas, Plantas de procesamiento)
iv. Muestra de la OPP
v. Evaluación Unidades de Producción
vi. Formulación del Informe de Evaluación
vii. Dictaminación
viii. Se puede sumar o restar días por diferentes factores complementarios
d. Para conocer los días que se requiere para la Evaluación Completa In Situ, se debe aplicar el “Anexo 1. Tabla para el cálculo de días de trabajo involucrados” que forma parte del documento “Procedimiento para definir el Plan de Trabajo para la Evaluación del Cumplimiento”
e. Para casos específicos, si una organización produce diferentes productos y solo le interesa incluir un producto en la certificación, podrá informarlo en la solicitud para el Organismo de Certificación para el pago correspondiente al número de socios productores del producto a incluir en la certificación, en el caso de la aplicación de la Evaluación Documental exclusivamente3.
f. Los pagos realizados por este concepto no serán reembolsables, independientemente del resultado de la evaluación documental y/o evaluación In Situ.
g. En el caso en que la Evaluación Documental deba complementarse con una visita de campo, el OC hace una propuesta de costos basado únicamente en los días de trabajo involucrados en la visita de campo complementaria para la corroboración de la información faltante.
h. El costo final de la certificación va a depender de las tarifas del Organismo de Certificación en cuestión4 para la evaluación de las normas el Símbolo de Pequeños Productores y la eventual combinación de esta evaluación con la revisión de otros programas de certificación5.
3 No exime a la OPP en su totalidad, del cumplimiento de todos los criterios de la Norma General
4 Estas tarifas deben contar con la aprobación de SPP Global.
5 En xxx.xxx.xxxx encontrará las referencias de los diferentes Organismos de Certificación autorizados por SPP Global
i. Los días de trabajo para la evaluación, no incluyen los viáticos del evaluador6 (transporte diverso, hospedaje y alimentación). Estos viáticos son negociados de manera complementaria entre la OPP a certificar y el OC. Existe la posibilidad de que estos gastos sean asumidos, de común acuerdo, total o parcialmente, por la OPP.
j. Los costos de la Certificación se pagan al OC en cuestión. Favor de confirmar los datos de este OC antes de realizar el depósito.
4.4. La Cuota de Membresía Anual
a. La Cuota de Membresía Anual es la suma de los siguientes dos componentes:
❖ Cuota Básica
❖ Cuota de Volumen
b. La Cuota Básica se determina tomando en cuenta la totalidad de socios productores que producen los productos a incluir en la certificación de la Organización de Pequeños Productores (USD.), en caso de una Certificación Regular7:
A. Tarifas para Certificación SPP normal8 | ||||
Hasta 100 productores | De 101 a 250 | De 251 a 500 productores | De 501 a 1000 productores | Más de 1000 productores |
$ 150.00 | $ 187.50 | $ 375.00 | $ 562.50 | $ 750.00 |
En caso de una Certificación Colectiva, la Cuota Básica de membresía se cobra a través de la OPP facilitadora del proceso de Certificación Colectiva, y se calcula tomando en cuenta a la totalidad de productores incluidos en las diferentes Organizaciones de Pequeños Productores de base certificadas.
B. Tarifas para Certificación Colectiva SPP | |
Número de Productores | Costo ($ US) |
Hasta 100 | $150.00 |
De 101 a 250 | $187.50 |
De 251 a 500 | $375.00 |
De 501 a 1,000 | $562.50 |
De 1,001 a 5,000 | $750.00 |
De 5,001 a 10,000 | $1,000.00 |
De 10,001 a 25,000 | $1,250.00 |
De 25,001 a 50,000 | $1,500.00 |
Más de 50,001 | $2,000.00 |
6 Evaluador o evaluadores, de acuerdo a la cantidad de trabajo a realizar.
7 Sujetos a cambios
8 La Certificación SPP Regular hace referencia a la certificación que sigue los lineamientos del Procedimiento de Certificación SPP y se diferencia de la Certificación Colectiva que se rige por las Directrices de Certificación Colectiva SPP.
c. Una Cuota de Volumen correspondiente al 0.15% del valor de los productos SPP que venda la Organización de Pequeños Productores en el ciclo anual pasado9.
Se deberá enviar un reporte anual a SPP Global en donde se detallen todas las ventas de productos SPP (Nacionales o de Exportación) , la cuota de volumen se calculará del volumen exportado; las ventas nacionales se utilizarán con fines estadísticos.
d. Para casos específicos y mediante solicitud escrita, si una organización produce diferentes productos y solo le interesa incluir un producto en la certificación, podrá solicitar a SPP Global que el pago sea con respecto al número de socios productores del producto a incluir en la certificación.
e. La Cuota de Membresía Anual se paga una vez por año a SPP Global, “Símbolo de Pequeños Productores Global, Asociación Civil” (ver datos bancarios anexados), con base en reportes de ventas anuales en los formatos correspondientes.
4.5. Derecho de Uso del SPP
a. Las Organizaciones de Pequeños Productores certificadas SPP, tienen derecho a usar el SPP en los productos terminados para el mercado nacional, sin pago adicional.
b. En el caso de productos terminados vendidos por una Organización de Pequeños Productores
-certificada SPP- a un Comprador para el mercado nacional o internacional, ver capítulo de “El costo del Uso del Símbolo de Pequeños Productores”. (4.4)
5. COSTOS PARA COMPRADORES FINALES, COMERCIALIZADORAS COLECTIVAS DE ORGANIZACIONES DE PEQUEÑOS PRODUCTORES, INTERMEDIAROS Y MAQUILADORES
5.1. INTRODUCCIÓN
Los Compradores Finales, Comercializadoras Colectivas de Organizaciones de Pequeños Productores, Intermediarios y Maquiladores registrados SPP pagan por los siguientes conceptos de costos:
a. Cuota de Solicitud10: Esta cuota cubre todos los gastos a los que incurre SPP Global para realizar el Proceso de Elegibilidad del nuevo solicitante y corresponde a 150 dólares. Esta Cuota de Solicitud es independiente a la Cuota de Membresía Anual y únicamente se paga cuando realizan su solicitud de Registro SPP por primera vez.11
b. El Costo del Registro: Cubre todos los gastos en que incurre el Organismo de Certificación para realizar el proceso de Registro.
c. Cuota de Membresía Anual: De acuerdo Se determina de acuerdo con el valor total de transacciones SPP realizadas durante el año anterior (o estimado de transacciones durante primer año
d. Uso del Símbolo de Pequeños Productores (Sólo Compradores Finales). Con uso se refiere tanto al uso del logotipo del Símbolo de Pequeños Productores en cualquiera de sus presentaciones,
9 El valor de los productos se calculará con base en el Precio Sustentable Mínimo SPP (incluyendo Reconocimiento Orgánico e Incentivo)
10 Los pagos realizados por este concepto no serán reembolsables, independientemente de la resolución del Periodo de Elegibilidad.
11 Los eventuales costos que generen la fase 3 del Proceso de Elegibilidad deben ser cubiertos por el solicitante a ser evaluado.
como al uso de la referencia a la certificación bajo el Símbolo de Pequeños Productores. El Costo del Uso se paga en relación del valor de los productos certificados comprados.
5.2. REGISTRO SPP
Los costos del Registro SPP dependen en primera instancia del tipo de evaluación que el Organismo de Certificación aplicará, conforme el Ciclo de Registro (Ver Procedimiento de Registro del SPP).
Existen los siguientes tipos de evaluaciones:
a. Evaluación Documental
b. Evaluación Completa In Situ
5.3. EL COSTO DEL REGISTRO
a. Para la Evaluación Documental se sigue la siguiente tabla de días de trabajo:
Rangos por valor de Compras SPP en el ciclo anterior (en USD) | Cantidad de Días | |
Hasta | 3,000,000.00 | 1.6 |
3,000,000.00 | 10,000,000.00 | 1.8 |
10,000,000.00 | 25,000,000.00 | 2 |
25,000,000.00 | 35,000,000.00 | 2.2 |
Arriba de 35,000,000.00 | 2.4 |
b. Las actividades por ejecutar para la certificación para la Evaluación Documental son:
i. Evaluación Documental
i. Elaboración del Reporte de Evaluación
ii. Dictaminación
iii. Costo de Evaluaciones de Control
c. Para la Evaluación Completa In Situ se establecen las siguientes actividades:
i. Preparación de la visita
ii. Evaluación de las Oficinas Centrales
iii. Evaluación de sitios complementarios (Oficinas, Bodegas, Plantas de Procesamiento)
iv. Formulación del Informe de Evaluación
v. Dictaminación
vi. Se puede sumar o restar Días por diferentes Factores Complementarios
d. Para conocer los días que se requiere para la Evaluación Completa In Situ, se debe aplicar el documento “Anexo 1 Tabla para el cálculo de días de trabajo involucrados en la Evaluación Completa In Situ”, del “Procedimiento para definir el Plan de Trabajo para la Evaluación del Cumplimiento”.
e. Los pagos realizados por este concepto no serán reembolsables, independientemente del resultado de la evaluación documental y/o evaluación In Situ.
f. En el caso en que la Evaluación Documental deba complementarse con una visita de campo, el OC hace una propuesta de costos basado únicamente en los gastos involucrados en la visita de campo complementaria para la corroboración de la información faltante.
g. El costo final del Registro puede variar por diferentes factores, como son las tarifas del Organismo de Certificación en cuestión12 para la evaluación de las normas el Símbolo de Pequeños Productores y la eventual combinación de esta evaluación con la revisión de otros programas de certificación13.
h. Los días de trabajo para la evaluación no incluyen los viáticos del evaluador14 (transporte diverso, hospedaje y alimentación). Estos viáticos son negociados de manera complementaria entre la entidad a registrar y el Organismo de Certificación. Existe la posibilidad de que estos gastos sean asumidos, de común acuerdo, total o parcialmente, por la entidad a registrar.
i. Los costos del Registro se pagan al Organismo de Certificación en cuestión. Favor de confirmar los datos de este Organismo de Certificación antes de realizar el depósito.
5.4. MEMBRESÍA
La cuota de Membresía Anual para Compradores Finales SPP o Pequeños Compradores SPP se determina tomando en cuenta el valor total de transacciones SPP realizadas durante el año anterior (o estimado de transacciones durante primer año), de acuerdo con la siguiente tabla:
Valor en Transacciones SPP USD (año anterior) | Cuota de Membresía Anual Por Pagar (USD) |
> $ 100, 000.00 | $ 500 |
Mayor a $ 80,000.00 hasta $ 100,000.00 | $ 400 |
Mayor a $ 60,000.00 hasta $ 80,000.00 | $ 300 |
Mayor a $ 30,000.00 hasta $ 60,000.00 | $ 200 |
Menor o igual a $ 30,000.00 | $ 150 |
Menor o igual a $ 20,000.00 | $ 100 |
Menor o igual a $ 10,000.00 | $ 75 |
5.5. El Costo del Uso del Símbolo de Pequeños Productores
a. En el caso de compras de materias primas o productos semi terminados, el costo del uso del Símbolo de Pequeños Productores para Compradores Finales es de una Cuota de Uso por volumen del 1.75 % del valor del precio mínimo SPP (incluyendo Incentivo SPP y Reconocimiento Orgánico) de las compras hechas por el Comprador Final correspondientes a su venta bajo la certificación del Símbolo de Pequeños Productores.
12 Estas tarifas deben contar con la aprobación de SPP Global.
13 En xxx.xxx.xxxx encontrará las referencias de los diferentes Organismos de Certificación autorizados por SPP Global
14 Evaluador o evaluadores, de acuerdo con la cantidad de trabajo a realizar.
b. En el caso de productos terminados elaborados en el país de origen, se debe pagar la siguiente cuota de uso:
i. Las ¾ partes del 1.75% del valor de compra del conjunto de los ingredientes certificados SPP (sin considerar empaques, embalajes, procesamiento, etcétera) en caso de comprar el producto directamente a una OPP certificada.
ii. El 1.75% del valor de compra del conjunto de los ingredientes certificados SPP (sin considerar empaques, embalajes, procesamiento, etcétera) en caso de comprar el producto a un Intermediario o Maquilador del país de origen.
c. Los Compradores Finales que deciden no poner el logo SPP en sus empaques al consumidor deben cubrir una cuota, complementaria a la cuota de uso, equivalente al 0.25% del valor de compras. Los Compradores Finales deberán comprobar ante el SPP que esta cuota complementaria se ha destinado para difusión del SPP (por ejemplo: Actividades de Promoción, Folletería e Información en Internet, relacionadas con productos SPP).
d. No necesitan pagar cuota de uso los Compradores que compran productos terminados de las Organizaciones de Pequeños Productores del mismo país, etiquetados con el SPP para el mercado nacional, si se cumple con lo siguiente:
▪ Si es utilizado exclusivamente para la venta al consumidor final.
▪ Si no aplican su nombre o marca al producto
e. Para el caso específico de banano, el pago de la cuota se realizará mediante el siguiente esquema de pagos progresivos:
1. El primer año a partir del momento de Registro, solo se paga el 33% de la totalidad.
2. El segundo año a partir del momento de Registro, se paga el 66% de la totalidad.
3. Después del segundo año a partir del momento de Registro, se paga el 100% de la totalidad.
f. Sólo en el caso de no existir plena claridad con respecto a qué parte del producto comprado tiene como destino el uso del Símbolo de Pequeños Productores, se pagará con respecto a una estimación de lo que se destinará al Símbolo de Pequeños Productores. Sólo se podrá hacer uso de estas estimaciones en caso de haber obtenido autorización, previa solicitud debidamente justificada. De autorizarse, se pagará un pago tentativo y en cuanto se determine la cantidad final del producto destinado al SPP, se hace un ajuste en el siguiente pago correspondiente al uso real.
g. El pago por el uso del Símbolo de Pequeños Productores se hace trimestralmente, usando los formatos de reporte respectivos, con respecto al volumen de producto comprado para ser vendido bajo el Símbolo de Pequeños Productores en el periodo.
h. El costo del uso se paga a SPP Global, “Símbolo de Pequeños Productores Global, Asociación Civil” (ver datos bancarios anexados).
6. DISPOSICIONES PARA PAGOS
a. Los montos de los pagos mencionados en este documento no incluyen eventuales impuestos a pagar, por concepto del Valor Agregado o por otros motivos.
b. Los costos de las transferencias bancarias deben ser pagados por el pagador.
c. El tiempo con el que se cuenta para hacer el pago es de veintiún días naturales máximo, a partir de la fecha en que SPP Global envía la pre-factura con el concepto y monto de pago.
d. Posterior a los veintiún días naturales, se cobrará el 5 % de interés mensual, sin que por esto se considere prorrogado el plazo fijado para el cumplimiento de pago.
e. Los gastos generados por devoluciones por depósitos hechos erróneamente a la cuenta bancaria de SPP Global, serán pagadas por el emisor.
f. En el caso de pagos a SPP Global, se puede pagar en las siguientes tres divisas: dólar estadounidense, peso mexicano o euro.
g. Para transferencias o depósitos al interior de la República mexicana, favor de utilizar la cuenta en pesos mexicanos (ver anexo de datos bancarios SPP Global).
h. En el caso de realizar pagos mediante transferencias bancarias internacionales a SPP Global, puede elegir entre la cuenta bancaria en dólares o la que está en euros.
i. En caso de pagar a SPP Global en euros, la cantidad a pagar debe ser el equivalente al monto especificado en dólares, utilizando el tipo de cambio internacional vigente el día del pago, tal como esté publicado por la Comisión Europea (Inforeuro) en: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxx.xxx?xxxxxxxxxxxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx&xxxxxxxxx000&Xxx guage=en
j. En caso de pagar a SPP Global en pesos mexicanos, la cantidad a pagar debe ser el equivalente al monto especificado en dólares, utilizando el tipo de cambio internacional vigente el día del pago, tal como publicado por el Banco de México en: xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx-xxxxxxxxx/xxxxx.xxxx
k. Comisiones: El ordenante deberá hacerse cargo de realizar el pago de las comisiones correspondientes a la transacción, el monto dependerá de la Institución Bancaria. El pago importe a depositar a la cuenta destino (Cuentas de SPP) deberá de recibirse completo, en caso contrario, el saldo pendiente se agregaría a su siguiente factura.
l. IVA: En el caso de depósitos realizados dentro de la República Mexicana, de acuerdo a las disposiciones fiscales mexicanas, todo pago deberá incluir la retención por concepto de Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA)15. Sin importar la divisa usada para el pago, este tendrá que ser equivalente al porcentaje vigente establecido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) del monto neto a depositar, conforme factura.
m. Una vez realizado cualquier deposito o transferencia a las cuentas de SPP Global, deberá cargar su comprobante en el D-SPP y notificar a la oficina operativa de SPP Global para que el pago sea reconocido como tal.
15 En el momento de la publicación de esta edición del Reglamento de Costos se trata de un 16%.
Anexo: Datos bancarios SPP Global
Nombre Completo Cuentahabiente: | SÍMBOLO DE PEQUEÑOS PRODUCTORES GLOBAL, A.C. | |
Dirección completa cuentahabiente: | XXXXXX XX. 000 XXX. 000, XXXXXXX XXXXX XXXXX 0X XXXXXXX, XXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXX XXXXXX 00000. | |
Nombre Completo Banco: | BBVA BANCOMER | |
Dirección completa banco: | Xxxxxxx xx Xxxxxxx #0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx. | |
Código SWIFT Banco: | XXXXXXXXXXX | |
TIPO DE MONEDA | NO. DE CUENTA* | CÓDIGO INTERBANCARIO* |
CUENTA EN PESOS MEXICANOS | 000000000 | 000 000 001688154023 |
CUENTA EN DOLARES | 168858497 | 012 180 001688584978 |
CUENTA EN EUROS | 178774951 | 012 180 001787749517 |
Para pagos mayores a $150.00 dólares y menores de $1,000.00 dólares (únicamente para pago de Membresía Anual OPP) se pueden realizar a través de PayPal, en este caso solicitar los datos a la oficina operativa de SPP Global. |