Contract
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LICITACION ABREVIADA N° 1500110900
PLIEGO DE CONDICIONES DE LA LICITACION ABREVIADA PARA CONTRATAR EL MONTAJE Y DESMONTAJE DE ANDAMIOS TUBULARES Y EL ARRENDAMIENTO DE LOS MATERIALES NECESARIOS PARA TRABAJOS EN PLANTA LA TEJA
CONDICIONES PARTICULARES
SECCIÓN I
RECEPCION Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS
DIA: 26 xx Xxxx de 2011 HORA: 14:00
LOCAL: Xxxx xx Xxxxxxxxxxxx - Xxxxxxxx Xxxxx - 0xx. Xxxx (Xxxxxxxx y Avda. Libertador Brigadier General Xxxxxxxxx).- Primer Piso.
Es de interés de los oferentes considerar el punto 2.3.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, Sección II.
Fax Nº 0 000 00 00 – 0 000 0000 – 0 000 0000
Cuando se remitan ofertas a través de un sistema de comunicación no personal se considerarán válidas siempre y cuando hayan sido recibidas por A.N.C.A.P. en su totalidad a la fecha y hora establecida para el acto de recepción y apertura de la propuesta.
NOTA: El horario xx xxxxx para la adquisición de pliegos y para efectuar depósitos de garantía es de lunes a viernes de 9 a 12 y de 13 a 16 horas, en la Tesorería del Edificio ANCAP, sito en Paysandú y Avda. libertador Brig. Gral. Lavalleja.
LOS INTERESADOS QUE HAYAN ADQUIRIDO ESTE PLIEGO DEBERAN ENVIAR A COMPRAS PLAZA (FAX 00000-0-00000000) LA SIGUIENTE INFORMACION: N° DE TELEFONO, N° DE FAX Y PERSONA DE CONTACTO PARA EL ENVÍO DE INFORMACIÓN ADICIONAL O ACLARACIONES.
INDICE
CAPITULO I - OBJETO DE LA LICITACION
I.1 - OBJETO DE LA LICITACION
I.2 - DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
I.3 - UBICACION DE LOS TRABAJOS
I.4 - DOCUMENTOS DE LA CONTRATACION
I.5 – CONSULTAS
I.6 - VISITA
CAPITULO II - DE LAS PROPUESTAS
II.1 - FORMA DE PRESENTACION
II.2 - ACLARACIONES
II.3 - PLAZO DE VALIDEZ
II.4 - CONSORCIOS
II.5 - INFORMACION A SUMINISTRAR
II.6 - LISTA DE EXCEPCIONES
II.7 – ALTERNATIVAS, MODIFICACIONES Y/O VARIANTES, ACEPTACION O RECHAZO
CAPITULO III - CONDICIONES COMERCIALES
III.1 - DEPOSITOS DE GARANTIAS
III.2 - COTIZACION
III.3 – ELECTRICIDAD
III.4 - PREFERENCIA A LOS PRODUCTOS NACIONALES
III.5 - VARIACIONES DE PRECIOS
III.6 - CONDICIONES DE PAGO
III.7 – PLAZOS
III.8 - MULTAS Y PENALIDADES
III.9 - CESION DEL CONTRATO
III.10 - COMPARACIÓN Y ADJUDICACION
III.11 – NEGOCIACIÓN
CAPITULO IV - RELACIONES CONTRATISTA - A.N.C.A.P.
IV.1 - REPRESENTANTES DEL CONTRATISTA
IV.2 - SUB-CONTRATISTAS
IV.3 - CALIFICACION DEL PERSONAL ESPECIALIZADO
IV.4 - DIRECTOR DE LOS TRABAJOS DE A.N.C.A.P.
IV.5 - RECUSACION DEL PERSONAL DE A.N.C.A.P.
IV.6 - CORRESPONDENCIA
IV.7 - DOCUMENTACION TECNICA
IV.8 – ALMACENAJE DE LOS MATERIALES Y EQUIPOS
IV.9 – CALIDAD E INSPECCIÓN DE LOS MATERIALES Y EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
IV.10 - DEFECTOS Y VICIOS DE EJECUCION
CAPITULO V - DISPOSICIONES INTERNAS Y LEGALES
V.1 - REGLAMENTACIONES INTERNAS
V.2 - ELEMENTOS DE SEGURIDAD PERSONAL
V.3 - IDENTIFICACION DEL PERSONAL DE LA EMPRESA
V.4 – CARTELES
V.5 – OBRADOR
V.6 – SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
V.7 - CONFIGURACION XX XXXX
V.8 - REGISTRO DE PROVEEDORES
V.9 - CERTIFICADO DEL SEGURO Y MANTENIMIENTO DEL MISMO (Ley Nº 16074)
V.10 – INCOMPATIBILIDAD
V.11– REPRESENTANTES DE FIRMAS EXTRANJERAS
V.12 – DECLARACIONES JURADAS
V.13 – AFECTACIONES
V.14 – LEY Nº 18.099 y 18.251
V.15 – REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
CAPITULO I - OBJETO DE LA LICITACION
I.1 - OBJETO DE LA LICITACION
La Gerencia de Compras, Compras Plaza de ANCAP, llama a Licitación Abreviada para contratar el montaje y desmontaje de andamios tubulares y el arrendamiento de los materiales necesarios, para la realización de trabajos en Refinería La Teja.
El monto de este contrato será de hasta $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos) más IVA, con opción por parte de ANCAP a la renovación por igual monto y en las mismas condiciones.
Si durante la vigencia contractual, ANCAP no hiciese uso de la totalidad de los servicios por no existir una efectiva demanda, no contraerá por ello ninguna obligación, eximiéndose de toda responsabilidad y no pudiendo por lo tanto el adjudicatario presentar reclamación o pedir indemnización alguna, extremos estos que conocen y aceptan los oferentes.
I.2 – DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
El material a utilizar para el montaje de los andamios en su totalidad será proporcionado por el contratista, ofreciéndolos en arrendamiento, de modo que ANCAP no suministrará ningún material.
El material usado será de tal tipo que permita el montaje y desmontaje de estructuras que circunscriban perfectamente a formas geométricas irregulares, así como también cilíndricas, esféricas o la combinación de éstas.
Estos materiales estarán previamente aprobados por el Área de Seguridad Industrial de ANCAP.-
La empresa deberá tener capacidad para mantener armados, en forma simultánea, 2.500 m3 (dos mil quinientos metros cúbicos) de andamios, por lo cual dicho material debe encontrarse disponible en el depósito de la empresa, en reserva.
Dicha capacidad deberá ser avalada por ANCAP, siendo esta condición imprescindible para la adjudicación.
Es necesario contar al menos con 7.500 metros de tubos para andamios, 3.000 grapas fijas y 1.250 grapas giratorias, material modulado multi-direccional y modulado, todo el que se debe poseer en depósito a disposición de ANCAP.
Todos los andamios se construirán de acuerdo con la Normas legales vigentes para la construcción de andamios y deberán ser aprobados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, presentando copias de los cálculos y memorias descriptivas de todas las estructuras montadas, registradas en el MTSS.
Los materiales pertenecientes a la empresa, serán trasladados dentro de la Planta La Teja por personal y medios de transporte propios.-
Los equipos y herramientas necesarios para el armado y desarmado de andamios los deberá proveer el contratista, así como los elementos de iluminación que deba utilizar incluyendo los alargues eléctricos y tableros con las llaves diferenciales xx xxxxx requeridas.
Sólo en casos excepcionales que la administración lo estime conveniente, ANCAP facilitará el servicio xx xxxx.
Se plantean dos formas operativas para dar cumplimiento a los trabajos:
Una primera más corriente, donde se solicitará a la empresa contratada el montaje y/o desmontaje de un andamio o más, dentro del plazo que considere el Director de los trabajos.
El mismo será solicitado en la modalidad de entrega inmediata cuando deba y pueda ser totalmente construido dentro de la jornada laboral en que se solicitó y en la forma más urgente posible.
Será pedido en el modo de entrega en las 24 horas siguientes cuando las necesidades de ANCAP determinen esta opción o cuando por el tamaño del andamio su tiempo de construcción abarque ese plazo.
Del mismo modo se fijarán plazos de 48 horas o de siete días cuando los requerimientos del Organismo o el volumen del andamio determinen ese criterio.
La otra forma es la implementación de una guardia permanente en el horario de 7:00 a 19:00 horas los días hábiles, xxxxxxx, xxxxxxxx o feriados, la que sólo operará cuando el Director de los trabajos lo solicite a la empresa en forma expresa.
En este caso se deberá prever un régimen de turnos para el personal sin perjuicio de todas las obligaciones laborales que se generen en virtud de la extensión del límite de la jornada de laboral más allá de las 8 horas diarias o por trabajos realizados en días inhábiles, feriados o de descanso.
Salvo lo expresamente indicado en el pliego, no se generarán más costos para ANCAP y se encontrarán incluidos dentro del valor cotizado el pago de todas las compensaciones extraordinarias o cualquier tipo de beneficio que el contratista tuviere que retribuirle a su personal. Independientemente de lo anterior, es obligación del Contratista cumplir con las compensaciones extraordinarias o cualquier tipo de beneficio que el contratista tuviere que retribuirle a su personal de acuerdo a los convenios y normativa vigente.
I.3 - UBICACION DE LOS TRABAJOS
Los trabajos se realizarán en predios ubicados dentro de la Refinería La Teja, Humboldt Nº 3900, Montevideo.
I.4 - DOCUMENTOS DE LA CONTRATACION
Los documentos base de esta contratación a tener en cuenta serán los siguientes:
1 - Resolución de adjudicación de la Licitación
2 - Propuesta del Contratista
3- El presente Pliego de Condiciones.
4- Enmiendas o aclaraciones efectuadas por la Administración relativas a la contratación, durante el plazo de llamado a Licitación
I.5 - CONSULTAS
Los interesados podrán efectuar consultas respecto a esta Licitación en la Gerencia de Compras, Compras Plaza hasta 10 (diez) días calendario antes de la fecha establecida para la apertura de la licitación.-
ANCAP proporcionará las informaciones que se requieran al respecto hasta 5 (cinco) días calendarios antes de la apertura de las propuestas.-
Las aclaraciones que se hagan serán comunicadas a todas las firmas que hayan retirado pliego.
En caso de solicitarse prórroga del plazo para la recepción y apertura de la Licitación, se deberá plantear con una anticipación mínima de 5 días hábiles previos a la fecha de la apertura.
I.6 – VISITA
Se aconseja a las empresas visitar el lugar de los trabajos coordinando para ello previamente día y hora con la Gerencia Mantenimiento e Ingeniería, Mantenimiento Refinería, área Mantenimiento I (Tel. 0000 0000).
No se aceptarán reclamaciones posteriores por errores en la propuesta debido a desconocimiento del lugar de los trabajos.-
CAPITULO II - DE LAS PROPUESTAS
II.1 - FORMA DE PRESENTACION
Las propuestas deberán ser presentadas de acuerdo con el punto 2.2 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales y se entiende conveniente además, la presentación de la misma en soporte magnético.
El proponente deberá presentar su propuesta guiándose por el presente Xxxxxx.
Las propuestas se redactarán de acuerdo con el siguiente formulario:
Nombre...............................................................................................................
Domiciliado a los efectos legales en la calle ….............................................Nº ......... de esta ciudad, se compromete a realizar los trabajos contratados por la Licitación Abreviada Nº 1500110900, en un todo de acuerdo con lo indicado en el Pliego de Condiciones, que ha tenido a la vista y declara conocer estableciendo el coeficiente “C” en: ......................................., de acuerdo con el punto III.2 del presente Pliego de Condiciones.
II.2 - ACLARACIONES
Una vez cumplido el acto de apertura no se admitirá que los proponentes presenten modificaciones ni ampliaciones a las ofertas.- Sólo la Administración podrá solicitar las aclaraciones de información que a su exclusivo juicio estime necesarias.-
II.3 - PLAZO DE VALIDEZ
Se modifica para esta licitación el plazo mínimo de vigencia de las ofertas que establece el art. 2.5 xxx xxxxxx de Condiciones Particulares, Sección II.-
En el presente caso la validez de la oferta no podrá ser inferior a 90 (noventa) días calendario.
II.4 – CONSORCIOS
Cuando dos o más empresas se presenten conjuntamente a esta Licitación deberán formar un consorcio de acuerdo con la normativa vigente.
1) Oferta
Si el postulante fuera un consorcio que proyecta constituirse, se deberá presentar:
Carta intención de constituir el consorcio, con firmas certificadas notarialmente, en la que consten los siguientes requisitos mínimos:
- intención de constituir un consorcio de acuerdo con la Ley N° 16.060;
- nombre y domicilio del futuro consorcio;
- objeto (que debe coincidir con el objeto del llamado) y
- plazo previsto de vigencia del consorcio, el que no podrá ser menor al tiempo estimado de realización de todos los trabajos ofertados.
Si el postulante fuera un consorcio constituido, de acuerdo con la Ley N° 16.060, se deberá presentar:
Documento constitutivo del consorcio, otorgado con los requisitos establecidos en el Artículo 502 de la Ley N° 16.060; y en el que se declare:
- nombre de los representantes del consorcio;
- declaración de solidaridad e indivisibilidad de las obligaciones entre las partes integrantes del consorcio; y
- declaración de no modificación del contrato de consorcio sin la previa aprobación de ANCAP.
2) Adjudicación
Si el consorcio constituido o a constituirse resultare adjudicatario del presente llamado, deberá presentar:
Contrato constitutivo, debidamente inscripto y publicado, el que deberá contener los requisitos establecidos en el Artículo 502 de la Ley N° 16.060 y los demás establecidos precedentemente.
Dentro de los 10 días calendario de notificada la resolución de adjudicación, el contratista deberá presentar el contrato de consorcio ante Contratos - Escribanía de la Gerencia de Servicios Jurídicos de ANCAP, con las condiciones indicadas anteriormente y la obligación de su no modificación, sin el previo consentimiento de ANCAP.
Transcurrido el plazo citado, sin que el adjudicatario diera cumplimiento a lo establecido en esta cláusula podrán caducar sus derechos, pudiendo ANCAP reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.
II.5 - INFORMACION A SUMINISTRAR
5.1 – Datos de la empresa
Se solicitan los siguientes datos de las empresas:
1) Tipo de Sociedad
2) Antigüedad (fecha de constitución)
3) Nombre de los representantes de la empresa y de los titulares que la componen y de ser Sociedades Anónimas, de los integrantes del Directorio.-
4) Domicilio y número/s telefónico/s de la empresa.-
5.2 - Capacidad técnica y de los elementos de trabajo.
Se dará una lista de los equipos para la construcción de andamios a usar, en cuanto a sus características técnicas y a sus cantidades
Se presentarán los antecedentes del personal técnico principal a intervenir en los trabajos, indicándose la clase de vinculación con la empresa.
5.3 - Antecedentes
El oferente deberá presentar junto a su propuesta, antecedentes relativos a trabajos similares a los que se contrata, incluyendo fecha y lugar de realización, con la justificación documentada de idoneidad en la materia.
Se adjuntarán asimismo los antecedentes de los subcontratistas.
Si el Contratista o los sub-contratistas han trabajado con anterioridad para ANCAP se considera imprescindible especificar la fecha, el lugar, el monto y la licitación, ya que la Administración determinará a su entera conveniencia si esos antecedentes no son a su juicio habilitantes para la realización de los presentes trabajos.-
II.6 - LISTA DE EXCEPCIONES
El oferente deberá establecer claramente en un capítulo de su oferta titulado: "Exclusiones del alcance", todas las desviaciones, apartamientos, cambios, etc de la Licitación, tanto comerciales como técnicos.
Toda excepción que no se encuentre expresamente detallada en este punto no se considerará como tal y sí se considerará que se cumple con los requisitos xxx xxxxxx.
No se aceptarán modificaciones en las ofertas con respecto a la forma de ajuste de precios establecida en el Capitulo III.5 – Variaciones de precios.
La no aceptación expresa de alguna de los artículos del presente pliego y memoria, podrá ser tomado como factor negativo en el momento de la adjudicación.-
II.7 - ALTERNATIVAS, MODIFICACIONES Y/O VARIANTES, ACEPTACION O RECHAZO
Se podrán presentar alternativas, modificaciones y/o variantes a lo especificado que deberán estar técnicamente fundadas.
Se deberá indicar en la propuesta si las mismas implican variación del precio de la oferta.
En todos los casos, ANCAP se reserva el derecho de hacer uso de las alternativas, modificaciones y/o variantes.
ANCAP se reserva el derecho, a su entera y exclusiva conveniencia de considerar ofertas que no se ajusten estrictamente a lo especificado.-
CAPITULO III - CONDICIONES COMERCIALES
III.1 - DEPOSITOS DE GARANTIAS
De contrato: Será de $ 91.500,00 (pesos uruguayos noventa y un mil quinientos).-
Dicho depósito de garantía deberá efectuarse en la Tesorería de la Gerencia Económico Financiera (Edificio ANCAP – Avda. del Libertador Brigadier General Xxxxxxxxx y Paysandú)
Se deberá tener en cuenta lo establecido en el Art. 3 DE LAS GARANTIAS xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, Sección II.-
Sólo se admitirán garantías de contrato que cubran eventuales incumplimientos del contratista derivados de obligaciones generadas frente a sus trabajadores de las que ANCAP resulte obligado a responder en virtud de los dispuesto por las leyes Nros. 18.099 y 18.251.-
III.2 – COTIZACION
Se cotizará en moneda uruguaya.
A los efectos de la cotización las empresas sólo determinarán un coeficiente “C” igual y constante para los ítems, que será el elemento a comparar entre las distintas ofertas (el mismo no incluye I.V.A.).
El pago de cada ítem se efectuará de la siguiente forma:
VALOR DEL PRECIO UNITARIO = A X UR X C
Donde :
A= Coeficiente del precio unitario relativo de cada ítem, sacado de la tabla de relación de precios.
UR = Cotización de la unidad reajustable correspondiente al día de apertura de la licitación.
C = Coeficiente único e igual para todos los ítems, que deberá ser cotizado por la empresa, el cual no incluye impuestos y está dado en pesos uruguayos.
Se entiende que los precios unitarios de la oferta comprenden los importes de todos los suministros, trabajos, herramientas, equipos, materiales, indemnizaciones y rubros por cualquier concepto para la completa realización de la propuesta.
Las creaciones, supresiones o modificaciones de los tributos que graven la última etapa de la comercialización de los bienes o prestación de servicios serán reconocidos en todos los casos a favor del adjudicatario o de la Administración según corresponda.
No se aceptarán cláusulas que modifiquen lo consignado en el párrafo anterior y se rechazará toda cláusula del oferente que pretenda exonerarse del pago de un tributo del que resulta sujeto pasivo, poniéndolo de cargo de ANCAP.
ANCAP oficiará de agente de retención del IVA según lo dispuesto en los decretos Nºs 528/2003 y 34/2004, así como las disposiciones que pudieren dictarse al respecto.
En los casos en que el precio unitario corresponda al del metro cúbico de andamio, se considerará como volumen real el espacio delimitado por los montantes exteriores, por las barandas superiores y por los travesaños inferiores. Cuando se circunscriba totalmente el exterior de un equipo industrial o un edificio con un andamio, no se considerará como parte de ese andamio el volumen ocupado por el equipo o por el edificio de referencia.
TABLA DE RELACIÓN DE PRECIOS.
ITEM |
DESCRIPCION |
UNID. |
COEF. A |
01 |
Montaje y desmontaje de andamio hasta 8 mts. de altura, realizado en forma inmediata. |
M3 |
1.35 |
02
|
Montaje y desmontaje de andamio entre 8 y 20 mts. de altura, realizado en forma inmediata. |
M3 |
1.78 |
03 |
Montaje y desmontaje de andamio entre 20 y 30 mts. de altura, realizado en forma inmediata. |
M3 |
2.38 |
04 |
Montaje y desmontaje de andamio entre 30 y 40 mts. de altura, realizado en forma inmediata |
M3 |
3.67 |
05 |
Montaje y desmontaje de andamio a más de 40 mts. de altura, realizado en forma inmediata. |
M3 |
5.61 |
06 |
Montaje y desmontaje de andamio hasta 8 mts. de altura, realizado a partir de las 24 hs. de solicitado. |
M3 |
1.00 |
07 |
Montaje y desmontaje de andamio entre 8 y 20 mts. de altura, realizado a partir de las 24 hs. de solicitado. |
M3 |
1.32 |
08 |
Montaje y desmontaje de andamio entre 20 y 30 mts. de altura, realizado a partir de las 24 hs. de solicitado. |
M3 |
1.76 |
09 |
Montaje y desmontaje de andamio entre 30 y 40 mts. de altura, realizado a partir de las 24 hs. de solicitado. |
M3 |
2.72 |
10 |
Montaje y desmontaje de andamio a más de 40 mts. de altura, realizado a partir de las 24 hs. de solicitado. |
M3 |
4.15
|
11 |
Montaje y desmontaje de andamio hasta 8 mts. de altura, realizado a partir de las 48 xx.xx solicitado. |
M3 |
0.77 |
12 |
Montaje y desmontaje de andamio entre 8 y 20 mts. de altura, realizado a partir de las 48 hs. de solicitado. |
M3 |
1.02 |
13 |
Montaje y desmontaje de andamio entre 20 y 30 mts. de altura, realizado a partir de las 48 hs. de solicitado. |
M3 |
1.36 |
14
|
Montaje y desmontaje de andamio entre 30 y 40 mts. de altura, realizado a partir de las 48 hs. de solicitado. |
M3 |
2.10 |
15 |
Montaje y desmontaje de andamio a más de 40 mts. de altura, realizado a partir de las 48 hs. de solicitado. |
M3 |
3.21 |
16
17
18 |
Montaje y desmontaje de andamio hasta 8 mts. de altura, realizado a partir de los 7 días de solicitado Montaje y desmontaje de andamio entre 8 y 20 mts. de altura, realizado a partir de los 7 días de solicitado. Montaje y desmontaje de andamio entre 20 y 30 mts. de altura, realizados a partir de los 7 días de solicitado. |
M3
M3
M3 |
0.55
0,72
0,97 |
19 |
Montaje y desmontaje de andamio entre 30 y 40 mts. de altura, realizado a partir de los 7 días de solicitado. |
M3 |
1,49 |
20
21
22
23
|
Montaje y desmontaje de andamio a más de 40 mts. de altura, realizado a partir de los 7 días de solicitado.
Alquiler diario de un andamio, sobre la base de su volumen real.
Guardia diaria de tres operarios andamistas, presentes en la Planta La Teja, durante los días hábiles, munidos de una carga de materiales suficiente como para montar un andamio tipo y la posibilidad de traer los que sean necesarios.
Guardia diaria de tres operarios andamistas, presentes en la Planta La Teja, durante los xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados no laborables, munidos de una carga de materiales suficiente como para montar un andamio tipo y la posibilidad de traer los que sean necesarios. |
M3
M3
Día
Día
|
2,28
0.018
14,33
28,66
|
III.3 - ELECTRICIDAD
ANCAP suministrará agua y energía eléctrica en forma gratuita desde donde existan los puntos de conexión y en las cantidades que le sea posible.
Respecto a la energía eléctrica, se suministrará hasta 20 Kw. en 220 V, para los trabajos dentro de la Planta, no estando obligada a suministrarlos en vestuario, fuera de la Planta. Si se supera dicha potencia, ANCAP se reserva el derecho de suspender el suministro.
En caso de interrupción de los suministros citados por parte de ANCAP, no se alterarán los plazos para los trabajos ni se generarán compensaciones de ningún tipo por parte de la Administración.
Será por cuenta del contratista el suministro de equipos generadores de energía, para los días que halla corte total de energía.-
III.4 – PREFERENCIA A LOS PRODUCTOS NACIONALES
4.1 – CONTRATACION DE SERVICIOS
Los oferentes al formular sus ofertas tomarán en cuenta lo establecido por el Art. 41° de la Ley 18.362 y el Decreto del Poder Ejecutivo N° 13/2009 del 13/1/2009.
Los oferentes deberán expresar bajo declaración jurada si el (o los) servicio/s que ofrece califica/n como nacional/es a la luz de las exigencias de la legislación vigente.
Cuando el (o los) servicio/s incluya/n el suministro de bienes, a los efectos de obtener la preferencia, el proponente deberá obligatoriamente identificar dentro del precio del (o los) servicio/s el porcentaje que representan los bienes que no califican como nacionales.
De no brindarse la información requerida, la Administración no aplicará la preferencia.
En caso de ausencia de declaración, se interpretará que el (o los) servicio/s no califica/n como nacional/es.
Para la aplicación del beneficio y a los efectos de la referida calificación como nacional del (o los) servicio/s, el oferente deberá presentar conjuntamente con su oferta el certificado correspondiente (art. 10 y concordantes del mencionado Decreto) o la constancia de haber solicitado dicho certificado ante la Cámara respectiva. En este último caso, el proponente deberá dar cumplimiento con la presentación del certificado en el plazo de hasta 10 (diez) días calendario posteriores.
El incumplimiento de dicho extremo, dará mérito para interpretar que el (o los) servicio/s no califica/n como nacional/es.
Asimismo, la Administración podrá efectuar las verificaciones o peritajes del caso, reservándose el derecho de rechazar la calificación de la oferta como nacional, en forma fundada.
4.2 REGIMEN DE PREFERENCIAS PARA MPyME
SERVICIOS
Se debe tener en cuenta básicamente el artículo 46 de la Ley Nº 18.362, Decreto del Poder Ejecutivo No. 800/2008 y disposiciones concordantes y/o complementarias.
Para la aplicación del beneficio, el oferente deberá presentar conjuntamente con su oferta
a.- Certificado expedido por Dinapyme que acredite su condición de MPyME (art. 2 y concordantes del Decreto No. 800/08).
La no acreditación de la condición MPyME mediante el referido certificado, implicará el no otorgamiento de beneficio alguno hacia la empresa oferente, considerando a la misma como no Mpymes.
b.- Cuando el (o los) servicio/s incluya/n el suministro de bienes, a los efectos de obtener la preferencia el proponente deberá obligatoriamente identificar dentro del precio del (o los) servicio/s ofertado/s el porcentaje que representan los bienes que no califican como nacionales.
De no brindarse la información requerida, la Administración no aplicará la preferencia.
La Administración podrá optar por uno otro beneficio, a favor de la MPyME, según lo establecido por el art. 14 del Decreto No. 800/08, en tanto la misma disponga de la información completa al respecto y el oferente reúna las condiciones requeridas en uno u otro caso.
Asimismo, la Administración podrá efectuar las verificaciones o peritajes del caso, reservándose el derecho de rechazar la calificación de la oferta como nacional, en forma fundada.
III.5 - VARIACIONES DE PRECIOS
5.1 - Fórmula de ajuste y consideraciones al respecto
Para evaluar las variaciones del costo de los trabajos en función de las diferencias de jornales, el costo de vida y los materiales se aplicará la siguiente fórmula de ajuste de precios:
P = Xx (0,0 J + 0,4 CV )
Jo CVo
Donde:
P = Precio ajustado
Po = Precio de oferta
J = Nivel de la mano de obra determinada por el Consejo de Salarios, Grupo 9, Sub Grupo 01, , vigente al último mes de realización de los trabajos.
Jo = Idem anterior, correspondiente al último mes de la fecha de apertura de la Licitación.
CV = Indice del Costo de vida según el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, correspondiente al mes anterior a la fecha de realización de los trabajos.
Cvo = Idem anterior, correspondiente al mes anterior de la fecha de apertura de la licitación.
5.2 - Validez
Los ajustes según paramétricas regirán únicamente dentro del plazo de montaje, uso y desmontaje de cada andamio.-
Fuera de él, se congelarán a valores correspondientes al último día del mes de la fecha estipulada como plazo total en el cronograma de utilización de cada andamio.-
No se aceptará otra forma de ajuste de precios para la presente Licitación.
III.6 - CONDICIONES DE PAGO
Al final de cada mes y previo a la facturación mensual la Dirección de los trabajos aprobará el Certificado que corresponda ser facturado.-
Luego, y en base a ello, la empresa presentará, cuando corresponda, 2 facturas en ese mes:
por el monto básico, donde se indicará "Certificado Monto Básico Nº , mes de ".-
por el ajuste parámetrico, que dirá: "Ajuste paramétrico correspondiente al monto básico Nº , mes de ".-
En ambos casos se presentarán un original y tres copias, con el siguiente encabezamiento:
Licitación Abreviada Nº 1500110900 –Nº de Pedido de Compra..............................
Objeto..........................................................................................................
El detalle de cálculo del monto a facturar se adjuntará a la factura correspondiente y a sus respectivas copias.-
En cada factura figurará solamente el monto total a facturar más el I.V.A.; todo otro detalle del cálculo de dicho monto se adjuntará en hoja aparte.-
Toda factura incorrectamente presentada, con errores o cuyos cálculos no hayan sido aprobados previamente por la Dirección de los trabajos será rechazada.-
La Administración no será responsable por las demoras que pudieran surgir en los pagos de las factura originadas por errores en las mismas y rechazos.-
De no mediar circunstancias extraordinarias y problemas de facturación como las indicadas arriba, los pagos se realizarán dentro de los 30 días de recibida la factura para los montos básicos y 45 días para los ajustes paramétricos.-
El Contratista deberá ajustarse al Instructivo que acompaña el presente Xxxxxx.
III.7 - PLAZOS
Para el montaje de cada andamio se establecerá un plazo en días calendario, labrándose el Acta correspondiente entre el Encargado que designe la empresa y el Directos de los trabajos.
De no haber acuerdo sobre plazo, valdrá el criterio del Director de los trabajos.
A efectos de computar días de plazo en más por razones imprevistas (lluvias, etc.), el contratista deberá solicitarlo diariamente al Director de los trabajos, pasando carta numerada correspondiente, sin la cual se entenderá que la empresa ha trabajado en esa fecha.
La demora que insuma la presentación de la memoria de cálculo y croquis correspondientes ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no modificará el plazo establecido por ANCAP al solicitar el trabajo.
III.8 - MULTAS Y PENALIDADES
Se aplicará una multa del 1% (uno por ciento), del monto del trabajo, por cada día calendario de atraso en la ejecución del mismo.
La no aceptación de esta forma de penalidad, será motivo de rechazo de la oferta.
III.9 - CESION DEL CONTRATO
El empresario o contratista no podrá ceder su contrato o su parte sin el consentimiento expreso de la Administración.-
III.10 – COMPARACIÓN Y ADJUDICACION
Para la comparación de las ofertas se tendrán en cuenta: el coeficiente “C” cotizado y los beneficios derivados de lo establecido por los artículos 41 y 46 de la Ley N° 18362 y los decretos del Poder Ejecutivo Nº 13/2009 y 800/2008, disposiciones concordantes y/o complementarios.
A los efectos de la adjudicación se tomarán los siguientes factores con su orden de prelación:
1) Condiciones técnicas y antecedentes del oferente
2) Precio comparativo de acuerdo al valor del coeficiente “C"
3) Grado de adecuación de la oferta a las condiciones especificadas en el Pliego.-
III.11– NEGOCIACIÓN
De darse la hipótesis previstas en el punto 6.5 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, la Administración se reserva el derecho de utilizar los institutos de mejora de oferta o de negociación establecidos legalmente, en caso de ser similares.‑
Además se podrán establecer negociaciones tendientes a mejorar las ofertas en los casos de precios manifiestamente inconvenientes.‑
CAPITULO IV - RELACIONES CONTRATISTA - A.N.C.A.P.
IV.1 - REPRESENTANTES DEL CONTRATISTA
Al adjudicarse la licitación, el Contratista designará por escrito:
1) Un representante general con amplios poderes para tratar y resolver todos los asuntos relativos a la licitación.-
2) Los representantes técnicos especializados, únicos autorizados ante A.N.C.A.P. para tratar y resolver los problemas técnicos relativos a los trabajos.-
3) La empresa designará un Encargado con capacidad de decisión, experiencia y adecuada formación, el que estará en forma permanente en la Planta y será el interlocutor válido entre ANCAP y el contratista.
A su vez tendrá a la orden el personal obrero idóneo y necesario para cumplir en todos los términos las condiciones de esta Licitación.-
Los representantes del Contratista que se refiere este artículo serán personas de probada capacidad técnica en los cometidos respectivos y la Administración deberá aprobar su designación. Tendrán facultades para resolver en las cuestiones de su incumbencia y sus decisiones obligarán al Contratista.-
La Administración, de considerarlo necesario, podrá requerir la sustitución de un representante en cualquier momento durante la vigencia del contrato.-
No estará obligada a expresar los motivos de su decisión.-
En caso de que en el transcurso de la obra el adjudicatario desee sustituir alguno de sus representantes, deberá comunicar su decisión a la Administración.- El nuevo nombramiento tendrá carácter de firme en cuanto la Administración hubiere dado su consentimiento.-
IV.2 - SUB-CONTRATISTAS
Cada oferente deberá indicar si utilizará subcontratistas
Si el adjudicatario se viera obligado por causas de fuerza mayor a sustituir alguno de los sub-contratistas propuestos en la oferta, deberá solicitar por escrito la autorización a ANCAP, expresando las razones de la sustitución y los antecedentes del nuevo sub-contratista.-
Si durante la ejecución de la obra alguno de los sub-contratistas dejara de cumplir con las exigencias técnicas del proyecto, ANCAP podrá solicitar su sustitución al adjudicatario.-
En todos los casos se entenderá que el cambio de sub-contratistas no dará lugar a modificación alguna en los términos originarios del contrato.-
IV.3 - CALIFICACION DEL PERSONAL ESPECIALIZADO
La Administración podrá solicitar al adjudicatario en cualquier momento la realización de los ensayos indicados en cada caso para la verificación de la calificación del personal especializado, los que serán de cargo del adjudicatario, de no indicarse lo contrario.-
IV.4 - DIRECTOR DE LOS TRABAJOS DE A.N.C.A.P.
A.N.C.A.P. designará un técnico que actuará como Director de los trabajos, el cual la representará en los asuntos de carácter técnico y administrativo relacionados con el contrato y será el funcionario con quien el Contratista deberá tratar directamente.-
El Director de la los trabajos podrá delegar en personal a sus órdenes las funciones de control de los trabajos.-
El Contratista deberá cumplir las órdenes emanadas del Director de los trabajos.-
Las relaciones entre el Contratista y la Administración serán solamente a través de la Dirección de los trabajos de ANCAP.-
En el presente pliego, al referirse al Director de los trabajos, se entenderá que incluye al personal que lo representa durante la ejecución de los mismos.-
IV.5 - RECUSACION DEL PERSONAL DE A.N.C.A.P.
El Contratista no podrá recusar a los representantes de A.N.C.A.P. encargados de la inspección y vigilancia de los trabajos, ni exigir que se designen otros para reemplazarlos.-
Cuando se considere perjudicado con los procedimientos empleados por ellos, reclamará fundadamente a la Administración, sin que por esto se interrumpan los trabajos.-
IV.6 - CORRESPONDENCIA
La relación escrita entre el contratista y ANCAP será básicamente a través de correspondencia y el libro de trabajos de órdenes y servicios.-
La correspondencia será por carta numerada correlativamente dirigida al Director de los trabajos.-
Se hará por cuadruplicado indicando en su encabezamiento el Nº de carta y el Nº de Licitación correspondiente.-
ANCAP acusará recibo de la correspondencia enviada devolviendo una de las copias convenientemente sellada y fechada.-
El mismo procedimiento podrá usar la Dirección de los trabajos de ANCAP.-
En cuando a las órdenes a través del Libro de los trabajos, se acusará recibo por medio de copia firmada.-
IV.7 - DOCUMENTACION TECNICA
El contratista proveerá toda la documentación técnica necesaria, como por ejemplo las referidas a los Formularios de Memoria Descriptiva de Andamios, art. 40 Decreto 89/85, otorgados por el Ministerio de Trabajo y de la Seguridad Social.
IV.8 – ALMACENAJE DE LOS MATERIALES Y EQUIPOS
El Contratista será responsable del adecuado almacenaje de los materiales y equipos a utilizar mientras no sean instalados en el lugar.
Una vez montados deberá protegerlos adecuadamente para evitar daños que puedan ocurrir debidos a los trabajos.
IV.9 – CALIDAD E INSPECCIÓN DE LOS MATERIALES Y EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Los materiales a utilizar serán nuevos y de primera calidad.
El oferente deberá indicar en su oferta cuales serán los medios de inspección de materiales, los procedimientos a utilizar, el plan de inspección y el responsable, tanto en origen como en el lugar de los trabajos.
A.N.C.A.P. se reserva el derecho de realizar sus propios controles.
Toda vez que el adjudicatario realice inspección de materiales o previo a la fabricación de cualquier equipo en el país o en el exterior, deberá comunicarlos al Director de los trabajos, quien a su criterio, podrá disponer la concurrencia de un inspector o representante.
Si los materiales presentados no fueran de la calidad y condiciones establecidas o estuvieran defectuosamente preparados, deberán ser retirados por el Contratista y remplazados a su costo, por otros que cumplan con esas exigencias.
La Administración exige el máximo detalle y esmero en los trabajos a realizar y terminaciones de los mismos, siendo el Contratista responsable de los sub-contratos que realice.
Los trabajos se llevarán a cabo según las reglas del buen arte. La empresa empleará personal calificado para el ramo en cuestión y de no tener idoneidad suficiente, se solicitará el cambio en forma inmediata.
Los trabajos incorrectamente terminados serán rechazados y el Contratista los deberá rehacer, en la medida que esto sea necesario, sin que por ello correspondan reclamaciones por concepto de trabajos extra o extensión de plazos.
IV.10 - DEFECTOS Y VICIOS DE EJECUCION
El Contratista deberá rehacer a su costo cualquier trabajo defectuoso a juicio del Director de trabajos-
Es asimismo el único responsable por perjuicios cometidos en la Planta o contra terceros ya sea por error, negligencia o dolo.-
Cuando el Director de los trabajos, durante la ejecución de los mismos y hasta su recepción definitiva, advierta vicios de ejecución en ellos, podrá disponer que el contratista proceda a rehacerlos a su costo y en el menor plazo posible, sin que a éste le sirva de excusa ni le dé derecho a reclamo alguno.-
Si los vicios de ejecución existieren, todos los gastos serán por cuenta del Contratista.
CAPITULO V - DISPOSICIONES INTERNAS Y LEGALES
V.I - REGLAMENTACIONES INTERNAS
El personal del Contratista deberá cumplir estrictamente las disposiciones internas en lo referente a la disciplina exigida a su personal. Si por falta de cumplimiento de estas obligaciones se ocasionare algún perjuicio a esta Administración se hará responsable del mismo al Contratista.-
El contratista es responsable del conocimiento y cumplimiento de las normas de seguridad por parte de todo su personal y sub-contratistas, debiéndose ajustar a las Disposiciones legales vigentes, así como a las siguientes Normas:
NORMA SOBRE MEDIDAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS
NORMA PARA EL USO DE EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
NORMA DE GESTION AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATADAS POR ANCAP
Las mismas podrán ser consultadas en la página Web: xxx.xxxxx.xxx.xx (licitaciones).
Antes del comienzo de las obras el Contratista deberá ponerse en contacto con el área de Seguridad Industrial para interiorizarse de los procedimientos de seguridad a seguir durante el transcurso de los trabajos.-
Asimismo el Contratista deberá presentar ante el Director de los trabajos la nómina del personal con nombre, C.I., originales y fotocopia de los Carné de Salud Vigentes, expedidos por el MSP o autoridad competente (el original le será devuelto) y la nómina de vehículos que van a ingresar a la Planta La Teja.-
También deberá interiorizarse de las disposiciones internas que deberán seguir su personal y sub-contratista.
Cuando el personal del Contratista no cumpliere con las disposiciones arriba indicadas, la Dirección de los trabajos podrá exigir el retiro del personal en falta, sin perjuicio de la responsabilidad del Contratista.-
En todos los casos el Contratista hará los contactos a través del Director de los trabajos.
Con 48 horas de anticipación al inicio de los trabajos, el Contratista deberá informar a la Dirección de los trabajos el Servicio de emergencia médica móvil que amparará a su personal y sub-contratistas durante el transcurso de los mismos.
V.2 - ELEMENTOS DE SEGURIDAD PERSONAL
El Contratista es responsable de que su personal emplee elementos de seguridad adecuados a las circunstancias y de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.-
Se exigirá el uso continuo xx xxxxx protector.-
Se destaca el uso de guantes, botines de seguridad, anteojos protectores, cinturones de seguridad, cabos de vida, protecciones de sierras eléctricas, etc.-
V.3 - IDENTIFICACION DEL PERSONAL DE LA EMPRESA
Todo el personal de la empresa adjudicataria que trabaje deberá lucir claramente el nombre o distintivo de la empresa a que pertenece para su fácil identificación.-
V.4 – CARTELES
Se indicará el obrador de la empresa por un cartel adecuado indicando el Nº de licitación y nombre de la empresa.
Se deberá alertar adecuadamente con carteles, con la misma identificación anterior, sobre la presencia de obstáculos motivados por los trabajos que pudieran originar accidentes, siendo responsabilidad del Contratista si ellos ocurrieran por falta de aviso.
V.5 – OBRADOR
Dentro de la Planta en lugar a determinar y cercano al de los trabajos, la Empresa podrá establecer un obrador exclusivamente de trabajo, preferentemente de tipo contenedor, el cual será prolijo y tendrá un cartel adecuado indicando el Nº de licitación y nombre de la empresa, debiéndose dejar el predio en iguales o mejores condiciones que en las que se le entregó.
Dichas instalaciones, al igual que las posibles de alojamiento, deberán mantenerse ordenadas hasta la finalización de los trabajos.
Todas las instalaciones quedarán cerradas fuera del horario de trabajo, ANCAP no se hará responsable de las perdidas de equipos y materiales que pudieran ocurrir.
Se deberá señalizar adecuadamente con carteles, balizas, etc. Las modificaciones en los recorridos internos y externos a la planta originadas por la realización de los trabajos, al igual que la presencia de obstáculos que pudieran originar accidentes, siendo responsabilidad del contratista si ellos ocurrieran por falta de aviso. Las señalizaciones internas deberán cumplir con las reglamentaciones de ANCAP y las externas con las disposiciones municipales y Nacionales correspondientes.
En cuanto a los servicios como ducha, vestuario, comedor que el contratista deba proveer a su personal, de haber disponibilidad por parte de la Administración se asignará uno de los locales que dispone el Ente a tales efectos.
Será responsabilidad de la empresa brindar a su personal servicio higiénicos adecuados dentro de la Planta, como ser baños químicos, si así lo cree conveniente el contratista.
V.6 - SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS
La Administración se reserva el derecho de suspender la ejecución por el Adjudicatario, de cualquiera de los items en forma parcial o total, si resultare perjudicada por atraso en el cumplimiento de los plazos o se comprobase la realización defectuosa de los trabajos.-
Las decisiones al respecto no significarán alteración alguna en el cómputo de los plazos de entrega ni en otras responsabilidades del Contratista.-
V.7 - CONFIGURACION XX XXXX
Como complemento del artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y sin perjuicio de la plena validez del mismo, se establece que se configura la xxxx de pleno derecho, cuando, una vez adjudicada la obra o estando esta en curso, se constatará la no concurrencia de la empresa a la misma, o el abandono de ésta por un lapso mayor a 5 días calendario, sin que hubiere mediado comunicación escrita previa a ANCAP, justificando tal circunstancia y hubiere aceptación de ésta en tal sentido.-
V.8 - REGISTRO DE PROVEEDORES
Es requisito previo a la consideración de cada oferta, que la empresa oferente esté inscripta en el REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACION; por lo cual, en el acto de recepción y apertura de las ofertas, se debe presentar fotocopia del recaudo correspondiente.
No obstante, los oferentes no inscriptos en el registro, dispondrán de un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas a partir de la hora de apertura de las ofertas, para regularizar su situación, debiéndose acreditar tal extremo dentro de dicho plazo ante la oficina de Compras correspondiente de la Planta La Teja.
En caso que el oferente actúe en representación de otra firma, la inscripción deberá ser realizada por el representante y el representado.
Si la inscripción es anterior al 01/01/2001 deberá reinscribirse en la Oficina del Registro de Proveedores (Edificio Central – Planta Principal).
V.9 - CERTIFICADO DEL SEGURO Y MANTENIMIENTO DEL MISMO (Ley Nº 16074)
La adjudicataria previo a la firma del contrato deberá presentar el certificado que acredite haber contratado para su personal la póliza del Seguro sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, dentro de la categoría que corresponda al riesgo derivado de las tareas que se contratan.
Es de total responsabilidad de la empresa y de exclusivo cargo de ésta mantener asegurado en el Banco de Seguros del Estado al personal contra riesgos cubiertos por la póliza de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, y de tomar a su cargo el pago de los premios resultantes, durante la vigencia del contrato.
Por lo tanto aceptará la responsabilidad exclusiva y total de todas las consecuencias inherentes que sufre el citado personal por su causa, y de todas las responsabilidades y ulterioridades que emerjan de la omisión de cualquiera de las obligaciones establecidas en el apartado anterior.
Se compromete a respetar y hacer respetar por parte del personal que dedique a las tareas todas las normas del Banco de Seguros del Estado, y de la que pueda indicar la ANCAP, circunstancia de que la Administración indique el empleo de determinada norma o falta de supervisión en el cumplimiento de ella no altera la situación de total y única responsabilidad que al respecto asume y tiene la empresa que representa.
No obstante, aceptará y reconocerá el derecho que se reserva la Administración de suspender en cualquier momento (y sin que ello genere derecho de indemnización alguna a favor de la empresa que representa) los trabajos y tareas, de comprobarse por parte de la Administración, del Banco de Seguros del Estado o de alguna autoridad pública con derecho a actuar en la materia, el incumplimiento de cualesquiera de las normas de seguridad a que se refiere el apartado precedente y que pueda llegar a originar riesgos, para el personal que emplea la empresa que representa, como el propio de ANCAP.
V.10 – INCOMPATIBILIDAD
La empresa adjudicataria no podrá presentar personal que reviste en los cuadros administrativos del Organismo, menores de edad ni personal acogido al Artículo 74 del Acto Xxxxxxxxxxxxx Xx 0 x xxx Xxxxxxxx 00 xxx Xxxxxxx 125/96 y disposiciones modificativas, complementarias y concordantes.
V.11 – REPRESENTATES DE FIRMAS EXTRANJERAS
Los oferentes que se presenten en representación de firmas extranjeras deberán presentar la constancia de inscripción vigente en el Registro de Firmas Extranjeras conforme a lo previsto por Ley 16497 y Decreto 369/994.
V.12 - DECLARACIONES JURADAS
Las firmas adjudicatarias, previo al inicio de la contratación, deberán presentar las declaraciones juradas correspondientes. Las mismas están disponibles en la página web de ANCAP xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx.
V.13 - AFECTACIONES
Queda pactado, que cualquier adeudo de la firma adjudicataria sea por incumplimiento del objeto licitado, aportes, salarios de sus trabajadores, etc., podrá retenerse de los créditos que le correspondan a la misma, ya sea, provenientes del contrato que origina dicho incumplimiento, de otros que pueda tener con el Organismo, o de cualquier otro crédito, imputándose esa retención para el pago de tales adeudos.
Sin perjuicio de poder hacerse efectiva en su caso la multa contra el depósito de garantía de contrato, la Administración podrá también ir contra el referido depósito en las situaciones de incumplimiento de cualquier naturaleza, sea del objeto licitado, aportes, o refiera a adeudos salariales de los trabajadores involucrados, etc. Para estos últimos casos (pago de aportes y/o rubros salariales) su aplicación conlleva que además de lo expresado, no se proceda a la devolución de la garantía hasta tanto la adjudicataria no acredite en forma el cumplimiento de sus obligaciones salariales con el personal a su cargo que fuera afectado al contrato.
V.14 - LEY Nº 18.099 y 18.251
En cumplimiento de lo establecido por la ley número 18.099 y 18.251, y sin perjuicio de las estipulaciones contenidas en este pliego de condiciones, se determina que ante cualquier reclamación por las obligaciones que establece la mencionada ley y formulada por los trabajadores contratados, en la relación contractual de A.N.C.A.P. con los subcontratistas, intermediarios o suministradores de mano de obra, denominados co- contratantes de la Administración, queda pactado que los únicos, exclusivos y definitivos responsables en todos los casos y por el total de los adeudos que correspondan lo serán dichos co-contratantes adjudicatarios, pudiendo A.N.C.A.P. en su oportunidad, llegado el caso, repetir contra los mismos mediante la retención de sus créditos, ya sean, provenientes del contrato que origina dicha reclamación, de otros que pueda tener con el Organismo, de las eventuales garantías de contrato, de cualquier otro crédito, etc. pudiendo imputarse tales sumas para el pago de los respectivos adeudos; sin perjuicio de las posibles acciones judiciales que decida movilizar la Administración.
V.15 – REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
El adjudicatario deberá cumplir con lo que surge del Convenio Colectivo vigente del Grupo 9 Subgrupo 1.
En caso de ser el Laudo inferior al mínimo establecido por A.N.C.A.P., se deberá pagar y con adecuación a las distintas categorías, el mínimo establecido por A.N.C.A.P. que se detalla en el párrafo siguiente.
Solamente serán consideradas las ofertas que declaren abonar a su personal un mínimo de $ 6.577 (*) (seis mil quinientos setenta y siete pesos uruguayos), nominales mensuales, o su equivalente, resultante de dividir dicho importe entre 23 para determinar el jornal diario, o entre 184 para determinar el salario por hora, con adecuación a las distintas categorías laborales.
Dicha remuneración incluye beneficios que corresponde abonar en virtud del Convenio Colectivo vigente.
(*) el mínimo de $ 6.577 es un valor del 1 de enero de 2009 y su adecuación posterior se realizará de acuerdo a los laudos resultantes correspondientes al Grupo 9 Subgrupo 1, desde esa fecha a la de la apertura de la presente licitación.
En caso de omisión de dicha declaración en la oferta por parte del proponente, se entenderá que este acepta el referido requisito y queda comprometido al total cumplimiento del mismo.
IMPORTANTE
Sin perjuicio de las demás disposiciones contenidas, los señores oferentes deberán tener en cuenta para la presentación de su propuesta los siguientes artículos xxx Xxxxxx Único o de la Sección.II:
- Comprobante de adquisición xxx Xxxxxx, 8.2 lit. d) del X.X.
- Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxx 0 xxx X.X. art. 7.3 xxx Xxxxxx Único
ELEMENTOS INTEGRANTES XXX XXXXXX:
- Anexo Disposiciones Laborales.
- Artículos N° 41 y 46 de la Ley N° 18.362
- Xxxxxxxx Xx 00/0000 x 000/0000
- Xxxxxxx 114/982
- Leyes Nº 18.099 y Nº 18.251
- ANEXO I
- Sección II con modelo de Fórmula de Propuesta y Avales Bancarios I y II
- Pliego Único de Bases y Condiciones Generales con modelo de Formulario de Identificación del Oferente.
Expediente Nº 241651
Xxxxxxxx Xxxxxxx
Valor xxx Xxxxxx: $ 1.000,00
Montevideo, 03 xx Xxxx de 2011
PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE PAGOS, DE PRESTACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL Y TRIBUTOS, PARA EL PAGO DE FACTURAS A CONTRATISTAS
PRESENTACION DE DOCUMENTACION ANTE ANCAP
1 - AL INICIO DEL CONTRATO
Deberá presentar ante el Director de Obra, Encargado o Jefe del área que contrata los trabajos la siguiente documentación:
Original y fotocopia de la Póliza del Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales del Banco de Seguros del Estado, acorde al tipo de tarea a realizar, vigente para toda la duración del contrato, amparando al personal que interviene en la contratación (el original le será devuelto una vez verificada la fotocopia).
Original y fotocopia de la Planilla de inscripción del personal de la contratista que interviene en el contrato, en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (el original le será devuelto luego de verificación).
Original y copia de la Tarjeta de inscripción en el Banco de Previsión Social (el original le será devuelto luego de la correspondiente verificación) y copia del último recibo de pago efectuado.
2 - MENSUALMENTE JUNTO CON LA FACTURA
Deberá presentar, mensualmente junto con la factura, ante el Director de Obra, Encargado o Jefe del área que contrata los trabajos, la siguiente documentación:
Factura al día de la Póliza del Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y si se pagara en cuotas, los recibos de pago de cada cuota a la fecha, certificando que el personal afectado a las tareas se encuentra amparado por la misma.
Planilla de Contralor de Trabajo autorizada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la nómina de los trabajadores afectados a la tarea contratada, la que deberá mantenerse actualizada.
Recibos de sueldos del personal, firmados, correspondientes al mes inmediato anterior al que se factura.
Se controlará por parte de ANCAP el estricto cumplimiento de las obligaciones contraídas por la Contratista con su personal y con los Organismos de control y aportes. En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones por parte de la empresa contratista se rechazará la factura presentada.
El incumplimiento de alguna de las obligaciones señaladas precedentemente (normativa legal y contralor respectivo), habilitarán a ANCAP a proceder a la retención de los pagos debidos en virtud del contrato, a fin de que los trabajadores interesados puedan obtener los salarios a que tengan derecho.
3 - FACTURAS
Se presentará una factura por liquidación de trabajos a valores de oferta (básico) y otra por el ajuste paramétrico cuando corresponda.
3.1 - CONDICIONES DE PRESENTACION
FACTURAS (básicas y de ajuste)
Original y tres copias (pueden ser fotocopias).
Nombre, dirección, teléfono, RUC, de la empresa emisora.
Pie de imprenta no mayor a 2 (dos) años.
Fecha de la factura.
Dirigidas a ANCAP y la Gerencia o Area que corresponda, RUT 210475730011.
Mes o período de realización de los trabajos.
Número de licitación o procedimiento y número de Pedido de compra.
FACTURAS BASICAS:
En hoja adjunta: descripción de los trabajos incluyendo unidades, valor unitario, valor total por ítem, etc., según corresponda y tal como figura en la cotización. (ORIGINAL Y DOS COPIAS).
FACTURAS DE AJUSTE:
En hoja adjunta: descripción de la fórmula y valores empleados para llegar al coeficiente de ajuste. (ORIGINAL Y DOS COPIAS).
En las facturas de ajuste indicar el N° de factura básica a que corresponde y cada factura de ajuste sólo puede corresponder a una factura básica.
3.2 - PRESENTACION DE LAS FACTURAS
Toda factura incorrectamente presentada podrá ser rechazada y devuelta para su corrección (enmiendas, orden de compra equivocada, falta de copias, antigüedad de la fecha de factura mayor a lo admitido, presentación distinta a la cotización, etc.). La nueva factura corregida tendrá nueva fecha, en un todo de acuerdo al punto 3) del apartado “Condiciones de presentación.
La Administración no se hará responsable por las demoras que pudieran surgir en los pagos de facturas originadas por errores en las mismas y rechazos. Asimismo podrán ser rechazadas las facturas cuando no se acompañen de la documentación solicitada en el punto 2 precedente.
Las facturas se presentarán ante el Director de Obra, Encargado o Jefe del área contratante quien las remitirá una vez aprobadas y autorizadas al área contable que corresponda.
4 - EMPRESAS CON PERSONAL REGIDO POR LA LEY 14.411
Registro de obra en el B.P.S
Toda obra de construcción a realizar con personal amparado por la ley 14.411 y decreto 951/75, debe ser inscripta en "Obra Pública" del Banco de Previsión Social.
No se podrán comenzar los trabajos sin antes haber presentado ante el B.P.S.:
el formulario N°2 del B.P.S. "Contratistas y/o certificación técnica de mano de obra", debidamente llenado con los datos solicitados y la firma del responsable autorizado del contratista
b) la "Constancia del estudio de Seguridad e Higiene" del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Presentación de la Documentación
Se presentará ante el Director de Obra, (o Administración de Contratos para Planta La Teja), que hará los trámites de inscripción y comunicará al contratista el número de obra que le ha correspondido, quedando habilitado para el comienzo de los trabajos.
Planillas "Declaración de Personal y Actividad"
Visto Bueno de ANCAP
Se presentarán ante el Director de Obra o en la Sección Administración de Contratos (Pta. La Teja), con un adjunto en el que consten:
número de procedimiento
número de Orden de Compra
nombre del controlador por parte de ANCAP
En consideración de los plazos impuestos por el B.P.S., las planillas deberán ser presentadas dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente a la realización de los trabajos (salvo en los meses xx xxxx y noviembre). ANCAP las devolverá al contratista dentro de los 3 días hábiles de haber sido recibidas (salvo en mayo y noviembre, que se entregarán en no más de 24 horas).
Conjuntamente con las planillas, se deberán presentar fotocopias de los recibos xx xxxxxx (firmados), del personal incluido en las mismas.
Cabe recordar, que el plazo de presentación ante el B.P.S está sujeto al siguiente régimen:
- 10 (diez) primeros días hábiles del mes siguiente a la realización de los trabajos.
- 5 (cinco) primeros días hábiles en los meses xx xxxx y noviembre.
La Sección Administración de Contratos o quien esté designado al efecto, hará llegar la planilla al controlador de la obra para su autorización. Una vez cumplido, el contratista se hará cargo de su retiro, para proceder a su presentación ante el B.P.S.
Presentación en B.P.S.
La presentación ante el B.P.S. será realizada por el contratista y ésta hará llegar a la Sección Administración de Contratos o al Director de Obra, la copia con el sello de entrada del B.P.S. antes del día 25 del mes posterior a la realización de los trabajos. El no cumplimiento con esta fecha implicará una multa de 5 UR por cada día de atraso.
La presentación fuera de fecha en el B.P.S. implica el pago de 1 UR por funcionario en la planilla y el importe será descontado al contratista de facturas, así como toda multa que la administración deba pagar al B.P.S. por atrasos en el pago debidos a incumplimiento del contratista en los plazos.
Cierre de Obra.
Junto con la última factura el contratista presentará el Formulario Nº 9 “Fin de obra pública”, debidamente llenado con los datos solicitados con la firma del responsable autorizado del contratista. No se aceptará ninguna última factura que no cumpla este requisito.
ANCAP se reserva el derecho de tomar las medidas pertinentes en caso de incumplimientos.
REGLAMENTO DE USO DE OBRADORES CON DESTINO AL PERSONAL DE EMPRESAS CONTRATADAS POR ANCAP EN XXXXXX XX XXXX 0000. |
Los obradores con que cuenta ANCAP en el predio de la refinería LA TEJA son para proporcionar vestuario, sala comedor y baños al personal de las empresas contratadas que realizan trabajos en dicha Planta.
La empresa contratista deberá acondicionar el obrador que se le entregue de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 89/995.
Estos obradores son de uso exclusivo del personal de las empresas que estén prestando servicios en la Planta y durante el horario de los mismos, con una tolerancia de una hora tanto al inicio como al final de la jornada laboral. Fuera de ese horario no se aceptará la ocupación de los mismos por personal de la empresa ni de ninguna otra persona.
La empresa debe entregar a la Dirección de Obra una lista en papel membretado, con los nombres y números de Cédula de Identidad del personal que ocupará el obrador que se le asigne, asimismo deberá indicar el horario en que cada persona podrá permanecer en el mismo. Esta lista refrendada por el Director de Obra deberá ubicarse en lugar visible dentro xxx xxxxxxx para los controles que se deban efectuar.
Las empresas deben comunicar en el día todo cambio en la lista de personal autorizado.
Está terminantemente prohibido el ingreso al obrador de personas que no figuren en la lista, ni tampoco puede permanecer en el obrador personal de la empresa contratista en uso de licencia, enfermo, etc.
La entrada y salida de los obradores debe realizarse exclusivamente por el portón de acceso y está prohibida la utilización o la circulación por los predios contiguos al obrador.
Está estrictamente prohibido, ingresar y/o consumir alcohol, drogas y cualquier tipo de arma.
ANCAP exige buena conducta y respeto de los ocupantes de los obradores de modo que no se altere en absoluto el orden y convivencia de los ocupantes de los distintos obradores.
10- Los ocupantes son responsables de mantener el aseo de los alojamientos, así como disponer correctamente de todos los residuos generados.
11- El mantenimiento y reposición por roturas o mal uso de las instalaciones son por cuenta y cargo de la empresa contratista.
12- El desagote y limpieza de cámaras y fosas sépticas es por cuenta de la empresa ocupante, debiendo entregarlas al final del contrato totalmente limpias.
13- El Director de Xxxx, el personal delegado por éste para el control de obra, así como también personal de Protección y Vigilancia, pueden inspeccionar en cualquier momento los vestuarios y demás instalaciones acompañados por el representante de la empresa correspondiente.
14- Las mejoras o modificaciones que se realicen deben contar con la aprobación escrita del Jefe o Supervisor de ANCAP, encargado del predio. Dichas mejoras quedarán incorporadas sin que ANCAP deba efectuar pago alguno por las mismas.
15- Al final de la obra, para aceptar la entrega de los obradores, se realizará una inspección previa con el Director de Obra de ANCAP o con quien éste delegue y el representante de la empresa. Los desperfectos que se encuentren serán objeto de retención de la última factura hasta su corrección o se procederá a los descuentos correspondientes en la misma.
16- ANCAP deslinda toda responsabilidad y no indemnizará, en caso de hurtos o daños que se produzcan en las pertenencias del personal o del equipamiento aportado por la contratista.
17- En caso de siniestros producidos por vientos, lluvias, etc., ANCAP solamente se hará responsable de los daños estructurales, no así de los que puedan producirse en las pertenencias de los ocupantes.
18- Se adjunta inventario, con la descripción del estado en que se encuentran los siguientes elementos: PUERTAS, VENTANAS, VIDRIOS, CERRADURAS, INSTALACION ELECTRICA Y DE AGUA, DUCHEROS, CISTERNAS, TAZAS TURCAS, GRIFERIA, PINTURA Y ASEO DE LOS MISMOS.
19- Es obligación de la contratista entregar el obrador en igual estado de conservación al que figura en el inventario adjunto.
En Planta La Teja, el día ___ de ____ ___, se entrega el Obrador Nº___ a la empresa _____________, para uso de vestuario y comedor de su personal durante los trabajos de la Licitación________, estimando su entrega para el___de____.
Titular de la empresa:_________________________________________________ Firma_________________CI_____________
Por ANCAP_________________________,Director de Obra___________________