B A S E S
El Centro de Investigación en Matemáticas, A.C., con domicilio en Xxxxx Xxxxxxx X/X, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxx., en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, convoca a las personas físicas y xxxxxxx interesadas, cuya actividad comercial corresponda a la comercialización de los servicios objeto de este procedimiento, para participar en la Licitación Publica Nacional Número 11102002-001-07, de conformidad con las siguientes:
X X X X X
0. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS PARA EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN.
1.1 CIMAT: Centro de Investigación en Matemáticas, A.C.
1.2 CIO: Centro de Investigaciones en Óptica, A.C.
1.3 CIATEC: CIATEC, A.C.
1.4 Centro (s): Cualquiera o todos los centros antes mencionados.
1.5 Área Técnica: Área usuaria o solicitante del Centro, que establece las especificaciones y normas técnicas.
1.6 Licitante: Persona física y/o moral de nacionalidad mexicana que participe en la Licitación.
1.7 Ley: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
1.8 Reglamento: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
1.9 Proposiciones: Ofertas o Propuestas, que presenten los Licitantes.
1.10 Proveedor: Persona física o moral con la que se formalice Contrato (s).
1.11 Representante: Representante legal del Licitante.
1.12 Contrato: Documento legal en el que se establecen las condiciones o cláusulas relativas a la prestación de los servicios.
2. NORMATIVIDAD APLICABLE.
2.1 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
2.2 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
2.3 Demás disposiciones vigentes, aplicables en la materia.
3. OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS. (Artículo 31 Fracción IX de la Ley)
3.1 El presente procedimiento de licitación tiene por objeto el de adjudicar los Contratos de prestación del “Servicio de vigilancia y seguridad integral de bienes y personas en los inmuebles del EL CIMAT en la Ciudad de Guanajuato, Gto., de EL CIO en las Ciudades xx Xxxx, Gto. y Aguascalientes, Ags., y de EL CIATEC, en la Ciudad xx Xxxx, Gto., cuya descripción a detalle se indica en el Anexo 4 de las presentes bases.
4. PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. (Articulo. 31 fracción X de la Ley)
4.1 El período de prestación del servicio será: DEL 1° (PRIMERO) XX XXXXX DE 2007 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008.
4.2 El servicio se prestará en las siguientes direcciones para el:
CIMAT.- En Xxxxx Xxxxxxx x/x x Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xx 0-X, ambos en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000 Xxxxxxxxxx, Xxx.
CIO.- En Xxxxx Xxxx xxx Xxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxx xxx Xxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxx, Xxx., Xxxxxx., y en Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx.
CIATEC.- En Xxxxx Xxxxx Xx 000, Xxxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxx, X.X. 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxx, Xxx.
4.3 Las condiciones de prestación del servicio, serán las que se establecen en el Anexo 4 de las presentes bases, y serán actualizadas o modificadas por el Departamento de Servicios Generales de cada CENTRO, conforme se considere necesario.
5. INFORMACIÓN GENERAL.
5.1 Los actos de esta Licitación se realizarán, conforme a las fechas, horarios y lugares establecidos en el Punto 7 de las presentes Bases.
5.2 Ninguna de las condiciones contenidas en las presentes Bases, así como en las Proposiciones de los Licitantes, podrán ser negociadas. (Artículo. 31 Fracción VII de la Ley)
5.3 La moneda en que deberán cotizar los licitantes y con la que se pagarán los servicios objeto de la presente licitación, será el peso mexicano. (Artículo. 31 Fracción VI de la Ley)
5.4 La información sobre este procedimiento de licitación, se podrá solicitar directamente al Departamento de Adquisiciones del CIMAT, o vía telefónica al número 01 473 732 7155, extensión 49586, en un horario de 9:30 a 16:30 horas, de lunes a viernes. (Artículo. 26 segundo párrafo de la Ley)
5.5 La revisión previa al pago de las presentes Bases, la podrán realizar los interesados directamente en el Departamento de Adquisiciones del CIMAT, o a través del sistema COMPRANET, en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx (Artículo 29 Fracción II de la Ley)
5.6 La adjudicación será por partida completa, a un solo licitante, por lo que no se deberá considerar el abastecimiento simultáneo. (Artículo 31 Fracción XIV de la Ley)
5.7 En los actos públicos de esta Licitación, podrán estar presentes los licitantes cuyas proposiciones hayan sido desechadas durante el procedimiento de contratación, las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no gubernamentales, así como cualquier persona física que sin haber adquirido bases, manifieste su interés de estar presente,
con la condición de que registren su asistencia y se abstengan de intervenir en cualquier forma en los mismos (Articulo 39 quinto párrafo del Reglamento y Oficio No. 200/223/2001 de SECODAM)
5.8 En el Anexo 3 de las presentes Bases, se incluye nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros, en Transacciones Comerciales Internacionales.
5.9 Los licitantes, a su elección, podrán entregar sus proposiciones a través del servicio postal o de mensajería, o bien, por medios remotos de comunicación electrónica, conforme a las disposiciones administrativas que establezca la Secretaría de la Función Pública. Lo anterior, sin perjuicio de que cualquier licitante pueda optar por presentar sus proposiciones por escrito en el acto de presentación y apertura. Sería importante precisar los aspectos a que se sujetará la recepción vía mensajería o postal, de acuerdo al artículo 30 fracción IX del reglamento.
6. UBICACIÓN DE LOS CENTROS Y ÁREAS.
6.1 Inmueble Principal del CIMAT en la Ciudad de Guanajuato, Gto.: Xxxxx Xxxxxxx x/x, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx.
6.2 Inmueble Xxxxxxxxx xxx XXX xx xx Xxxxxx xx Xxxx, Xxx.: Xxxxx Xxxx xxx Xxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxx xxx Xxxxxxxxx.
6.3 Inmueble Xxxxxxxxx xxx XXXXXX xx xx Xxxxxx xx Xxxx, Xxx.: Xxxxx Xxxxx Xx 000, Xxxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxx.
6.4 Salón de Eventos Especiales del CIO: Inmueble principal del CIO.
6.5 Subdirección de Recursos Materiales del CIMAT: Planta Baja Inmueble Principal CIMAT.
6.6 Departamento de Adquisiciones del CIMAT: Planta Baja Inmueble Principal CIMAT.
6.7 Caja General del CIMAT: Planta Baja Inmueble Principal CIMAT.
7. FECHA HORA Y LUGAR DE LA CELEBRACIÓN DE LOS ACTOS Y FIRMA DEL CONTRATO (Artículo 31 Fracción IIIde la Ley)
ACTO O ACTIVIDAD | FECHA | HORARIO | LUGAR | |
7.1 | Visita de instalaciones. | |||
7.1.1 | Visita de instalaciones del CIO | 27/02/2007 | 09:00 hrs. | Recepción de la Dirección Administrativa de cada CENTRO. |
7.1.2 | Visita de instalaciones del CIATEC | 27/02/2007 | 12:00 hrs. | |
7.1.3 | Visita de instalaciones del CIMAT | 28/02/2007 | 09:00 hrs. | |
7.2 | Junta de Aclaraciones. | 01/03/2007 | 09:00 hrs. | Salón de Eventos Especiales del CIO |
7.3 | Presentación y Apertura de Proposiciones. | 09/03/2007 | 10:00 hrs. | |
7.4 | Acto de fallo. | 20/03/2007 | 12:00 hrs. | |
7.5 | Firma del Contrato o Contratos. | 23/03/2007 | De 9:30 a 16:30 hrs. | CIO: Departamento de Servicios Generales CIATEC: Subdirección de operaciones. CIMAT: Departamento de Adquisiciones. |
8. COSTO Y LUGAR DE VENTA DE BASES: (Artículo 27 del Reglamento)
8.1. Las presentes se pueden adquirir del 20 de febrero de 2007 (fecha de publicación de convocatoria), y hasta el 27 de febrero de 2007, indistintamente por alguno de los medios que se indican a continuación:
8.1.1 En la Caja General, del CIMAT, de 9:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes, previo pago en efectivo, cheque certificado o cheque de caja a favor del Centro de Investigación en Matemáticas, A.C., por la cantidad de $ 746.00 (SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) I.V.A. incluido.
8.1.2 Mediante el sistema electrónico de contrataciones gubernamentales, denominado Compranet, cuya dirección electrónica en Internet es: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, por medio del cual el precio de las Bases es de $ 746.00 (SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) I.V.A. incluido.
9. MODIFICACIÓN A LAS BASES:
9.1 El CIMAT podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en las Bases a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de Proposiciones. (Artículo 33 de la Ley)
10. CONDICIONES DE PRECIO Y PAGO. (Artículo 31 Fracción. XII de la Ley)
10.1 Los precios serán fijos durante el ejercicio 2007. Durante el 2008, el precio podrá variar y solo será sujeto al incremento xxx xxxxxxx mínimo del D.F. para efectos de los salarios y la inflación fijada por órganos federales, para efectos de los demás costos (gastos directos e indirectos, así como el margen de utilidad) sin que ello implique aumentar la suma de ambos incrementos a los salarios y los demás costos. (Artículo 44 primer párrafo de la Ley).
10.2 No se otorgarán anticipos.
10.3 El proveedor deberá recabar la firma del área solicitante de conformidad con el servicio prestado.
10.4 La factura deberá presentarse en el Departamento de Servicios Generales del CENTRO correspondiente, el cual previa revisión y conformidad de la misma y de los documentos anexos, tales como notas de crédito, remisiones, etc., entregará
un contra-recibo en el que se indicará la fecha de pago. La factura deberá ser entregada dentro de los cinco días naturales posteriores al final de cada mes de prestación de servicio.
10.5 El pago se realizará mensualmente conforme a lo siguiente:
CIMAT: dentro de los 20 días naturales siguientes de la expedición del contra recibo, referido en punto 10.4, en la Caja General del CIMAT de 9:30 a 14:00 horas, el día viernes.
CIO: Mediante un cheque en pesos mexicanos dentro de los 15 días naturales posteriores a la presentación de la factura, debidamente validada, con sellos y autorizaciones necesarias señalando que los servicios han sido recibidos a satisfacción del CIO.
Los días de revisión de facturas son los días jueves únicamente, en un horario de 9:00 a 14:00 horas. Los días de pago son los días martes y jueves únicamente, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, en el área de Tesorería del Departamento de Contabilidad y Finanzas.
CIATEC: Dentro de los 20 días naturales siguientes de la expedición del contra recibo, en la Caja General del CENTRO. Adicionalmente, el licitante ganador deberá presentar :
-El expediente completo de todo el personal, que contenga la información solicitada en el punto 1.10 PERFIL DEL PERSONAL de la Descripción Detallada del Servicio del Anexo 4, incluyendo el alta en el IMSS de cada uno de los trabajadores, que deberá ser entregado en los primeros 10 días hábiles después de formalizado el contrato, y
-Copia de los pagos de las cuotas obrero patronales del IMSS-INFONAVIT, incluyendo la relación detallada del personal, que será requisito mensual para que sea tramitado el pago.
11. IMPUESTOS Y DERECHOS
11.1 Los CENTROS y el (los) prestador (es) del (los) servicio (s) adjudicado (s) pagarán los impuestos y derechos en los términos de las disposiciones fiscales vigentes.
11.2 La factura y, en su caso, nota de crédito que presente el Proveedor adjudicado, deberán contener todos los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, así como lo dispuesto en la fracción III del artículo 133 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
12. PROGRAMA DE ACTOS.
• Los actos señalados en los puntos 12.1, 12.2, 12.3, 12.4 y 12.5, se llevarán a cabo en las fechas, horas y lugares indicados en el Punto 7 de las presentes Bases (Artículo 31 Fracción III de la Ley).
• De los actos referidos en el punto anterior se levantarán las actas correspondientes, las cuales serán firmadas por los asistentes. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos. (Artículo 35 del Reglamento; Artículos 35 fracciones III y IV y 37 primer párrafo, de la Ley).
• Todas las actas se colocarán a disposición de los licitantes, por un término no menor de 5 días hábiles, en el pizarrón de informes ubicado en el Departamento de Adquisiciones del CIMAT. Éste aviso sustituirá la notificación personal, por lo que será responsabilidad de cada Licitante, enterarse del contenido de las mismas y obtener las copias correspondientes (Artículo 35 del Reglamento)
12.1 VISITA A LAS INSTALACIONES
12.1.1 Se llevará a cabo de acuerdo a lo señalado en el punto 7.1. de las bases de la licitación, teniendo como punto xx xxxxxxx la recepción del edificio principal de cada CENTRO. Las direcciones se mencionan en el punto 4.2 de las presentes bases.
12.1.2 Para conocer las instalaciones de la Unidad ubicada en Aguascalientes, perteneciente al CIO, éste entregará croquis de dichas instalaciones.
12.2 ACTO DE JUNTA DE ACLARACIONES.
12.2.1 Para efectos de ésta licitación, la Junta de Aclaraciones será efectuada en el Salón de Eventos Especiales del CIO en la dirección mencionada en el punto 4.2 de las presentes bases.
12.2.2 Solamente podrán formular preguntas, las personas que hayan adquirido las bases de la presente Licitación, lo cual deberá acreditarse con copia del comprobante de pago de las mismas. En caso contrario se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas. (Artículo 34, primer párrafo de Reglamento)
12.2.3 Con el fin de facilitar y agilizar el acto, los Licitantes podrán presentar por medio magnético y/o escrito sus preguntas, directamente al Departamento de Adquisiciones del CIMAT; vía fax al número 00 000 000-0000 Extensión 49584, o al correo electrónico xxxxxxx@xxxxx.xx, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta 2 días previos al acto de Junta de Aclaraciones, debiendo enviar por cualesquiera de dichas vías (fax o correo electrónico “escaneado”) copia del recibo de pago de Bases.
12.2.4 De igual forma, durante el acto únicamente podrán formular preguntas las personas físicas x xxxxxxx que hayan adquirido Bases, lo que deberán acreditar entregando copia del comprobante de pago al momento de registrarse, las
cuales deberán hacerse por escrito y firmarse durante el acto y estas serán respondidas en dos días hábiles posteriores a la junta de aclaraciones. Habrá ulteriores juntas, por la respuesta de 3 días hábiles posteriores Fundamento Art. 33 de la Ley y 34 del reglamento, yo interpreto que las preguntas que hacen los licitantes en el acto deberán responderse en el mismo y quedarán asentadas en el acta respectiva.
12.2.5 La realización de este Acto es de carácter obligatorio para el CIMAT, y será optativa para los licitantes.
12.3 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Quien concurra al acto en representación de algún Licitante, deberá presentar carta poder simple, así como original y copia de una identificación Oficial, para participar en el mismo. (Punto 9, del Acuerdo que establece la documentación que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública podrán requerir a los Proveedores, para que estos acrediten su personalidad en los procedimientos de Licitación
Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx 1997)
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá permanecer durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente
(Artículo 36 último párrafo del Reglamento)
12.3.1 Requisitos que deberán cumplir quienes deseen participar (Artículo 31 Fracción. XI de la Ley)
12.3.1.1 | Original para cotejo y copia del comprobante de pago de Bases, en caso de no presentarse no se admitirá su participación (Artículo 30 Fracción II del Reglamento) |
12.3.1.2 | Acreditación de la personalidad del Licitante y de su Representante, según se indica en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de las presentes Bases. (Artículo 31 Fracción. II de la Ley) |
12.3.1.3 | Copia de identificación con validez oficial del Licitante o su Representante, únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial de elector, cédula profesional o cartilla del SMN. |
12.3.1.4 | Escrito firmado por el Licitante o su Representante, preferentemente en papel membreteado, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, lo que se indica en los incisos del a) al g) de este punto: Nota importante: En cada manifestación deberán indicar en la parte sombreada entre paréntesis, el nombre del licitante, ya sea persona física o moral, cuidando que dichas manifestaciones se hagan en nombre del licitante, por lo que se recomienda se sujeten al texto indicado, ya que en caso contrario cualquier cambio voluntario o involuntario en la redacción que altere el sentido de lo establecido originalmente, será motivo de descalificación. |
a) Que (Nombre del licitante), conoce el contenido de las presentes Bases y sus Anexos, que está de acuerdo en participar en la Licitación y cumplirá con todos y cada uno de los requisitos y las condiciones establecidas en las mismas, así como en las aclaraciones y/o modificaciones asentadas en el acta de Junta de Aclaraciones. | |
b) Que (Nombre del licitante), no se encuentra en alguno de los supuestos señalados en los Artículos 31 fracción XXIV, 50, y en el penúltimo párrafo del Artículo 60 de la Ley, manifestando además de que por su conducto, NO participan en éste procedimiento de contratación personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública en los términos de la Ley, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración los supuestos siguientes: I) Personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas en términos del párrafo anterior; II) Personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del párrafo anterior, y III) Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas. La participación social deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación. La falsedad en la manifestación a que se refiere este artículo, será sancionada en los términos xx xxx. En caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere esta fracción, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que las personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, las dependencias y entidades se abstendrán de firmar los contratos correspondientes;(Artículo 30 Fracción III del Reglamento y Artículo 31 Fracción XXIV de la Ley) | |
c) Que en caso de que le sea adjudicado el o los Contrato (s), (Nombre del licitante), no cederá y/o subcontratará parcial o totalmente, las obligaciones derivadas del mismo. (Artículo 46, último párrafo de la Ley) | |
d) Que (Nombre del licitante), cuenta con la capacidad real instalada para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la presente Licitación. | |
e) Que(Nombre del licitante), se compromete a entregar los servicios objeto de la presente licitación, de acuerdo al Anexo 4 de las bases. | |
f) Que (Nombre del licitante), es de nacionalidad mexicana. (Artículo 28, del Reglamento) | |
g) Que (Nombre del licitante), por sí mismo(a) o través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de los CENTROS, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Artículo 30 Fracción VII del Reglamento) | |
12.3.1.5 | Currículum preferentemente en papel membreteado del Licitante (incluir relación de sus 2 principales clientes con domicilio, teléfono y nombre del responsable del área que los contrató). |
12.3.1.6 | Proposición Técnica y Económica (EN UN SOLO SOBRE CERRADO DE MANERA INVIOLABLE). |
12.3.2 La entrega de los documentos señalados en el punto 12.3.1, se podrá realizar utilizando el Anexo 2, el cual forma parte integrante de las presentes Bases, dicho formato servirá a cada licitante como constancia de recepción de la documentación referida que entreguen en el acto correspondiente. La falta de presentación del formato no será motivo de descalificación. (Artículo 30 fracción I del Reglamento).
12.3.3 El registro de Licitantes y la revisión preliminar de documentos distintos a la Proposición Técnica y Económica, (solicitados en los puntos 12.3.1.1 al 12.3.1.5) se podrá llevar a cabo hasta 30 minutos antes de la hora señalada en el Punto 7.3 de las presentes bases (Artículo 34 tercer párrafo de la Ley).
12.3.4 Una vez iniciado el acto, NO SE ACEPTARÁN las Proposiciones de los Licitantes que no se hayan registrado en la lista de asistencia, como máximo a la hora establecida para inicio del mismo en el Punto 7.3 de las presentes Bases.
12.3.5 La entrega de proposiciones se hará en UN SOLO SOBRE CERRADO que contendrá la proposición técnica y económica. Se deberá indicar por escrito el nombre del licitante y número de Licitación. La documentación distinta a la proposición técnica y económica (solicitada en los Puntos 12.3.1.1 al 12.3.1.5) podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre. (Artículo 34 primer párrafo de la Ley)
12.3.6 Una vez recibidas las proposiciones, en la fecha, hora y lugar establecidos, estas no podrán ser retiradas o dejadas sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión.(Art. 30,
fracción X del reglamento)
12.3.7 El sobre deberá contener la Proposición Técnica y la Económica, con la descripción a detalle de los servicios y especificaciones de acuerdo al Anexo 4 de las presentes Bases, manifestando por escrito que el contenido de la Proposición Económica corresponde fielmente a su Proposición Técnica, con precio unitario y total con I.V.A desglosado, así como los requisitos económicos específicos solicitados en el Punto 0 xxx Xxxxx 0 de las presentes Bases.
12.3.8 Las proposiciones técnicas y económicas deberán presentarse con firma autógrafa del Licitante o su Representante, en cada una de las hojas del documento que las contenga, por lo que podrán desecharse cuando las demás hojas que las integran y sus anexos carezcan de firma o rúbrica. En la proposiciones enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública. (Artículo 27 quinto párrafo de la Ley y 38 del Reglamento)
12.3.9 Las Proposiciones deberán presentarse en idioma español y moneda nacional (con dos dígitos después del punto decimal, con número y letra los datos económicos).
12.3.10 Las Proposiciones deberán presentarse, por escrito a máquina o computadora y en caso de ser manuscritas, preferentemente con tinta negra, escribiendo con caracteres de imprenta totalmente legibles, sin correcciones, tachaduras, raspaduras, ni enmendaduras.
12.3.11 En esta etapa, una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, el servidor público que presida el acto, procederá a su apertura, y verificará que cumplan con los requisitos solicitados en el Punto 12.3.5 de las Bases. Se desecharán las que hubieren omitido alguno de los requisitos solicitados.(Artículos 35 Fracción I de la Ley)
12.3.12 Por lo menos un licitante, si asistiera alguno y, el servidor público que presida el Acto procederán a rubricar el Anexo 4 de las proposiciones aceptadas. Posteriormente se leerá el importe total de las proposiciones aceptadas. (Artículos 35
Fracción II de la Ley)
12.3.13 Se levantará Acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en que se harán constar las proposiciones aceptadas para su posterior análisis y evaluación, y el importe de cada una de ellas, así como las que fueron desechadas y las razones que lo motivaron. Se pondrá a disposición de los asistentes y se les entregará una copia de la misma; la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos. (Artículos 35
Fracción III de la Ley)
12.3.14 En esta misma Acta se señalará la hora, lugar y fecha en que se dará a conocer el fallo de la licitación. (Artículos 35 Fracción IV de la Ley)
12.3.15 Proposiciones Conjuntas: Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción del CENTRO correspondiente, las partes a que cada Licitante se obligará, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la Proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas. Tendrán derecho a participar adquiriendo, alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de bases; debiendo celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: (Artículos 34 segundo párrafo de la
Ley y 31 del Reglamento)
12.3.15.1 Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas.
12.3.15.2 Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación.
12.3.15.3 La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición en el procedimiento de Licitación, mismo que firmará la proposición.
12.3.15.4 La descripción de las partes del Contrato (s) que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.
12.3.15.5 Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato o Contratos que se firmen.
El incumplimiento a los preceptos señalados, será motivo de descalificación.
12.4 COMUNICACIÓN DEL FALLO.
12.4.1 El CIMAT emitirá el dictamen que servirá como base para el fallo, en el que se hará constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento, el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas. (Artículo 36 Bis de la Ley)
12.4.2 En este acto se dará lectura al Dictamen referido en el punto anterior, por medio del cual será dado a conocer el nombre del Licitante ganador de cada partida, quedando el acta correspondiente a disposición de los licitantes que no hayan asistido, para su notificación en el Departamento de Adquisiciones del CIMAT. (Artículo 37 primer párrafo de la Ley)
12.4.3 En el mismo acto de fallo o adjunta a la comunicación referida, el CIMAT entregará escrito al o los licitantes que contendrá la información acerca de las razones por las cuales su proposición no resultó ganadora. (Artículo 37 segundo
párrafo de la Ley)
13 CRITERIOS PARA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS. (Art.: 31 Fracción VIII de la Ley)
13.1 La evaluación de las Proposiciones se realizará verificando que cada una de ellas cumpla con todos los requisitos establecidos en las presentes Bases, sus Anexos y la Junta de Aclaraciones de acuerdo a lo siguiente:
13.2 En el acto de presentación y apertura se revisará la documentación solicitada en el Punto 12.3.1, misma que se efectuará en forma cuantitativa, sin entrar al análisis detallado de su contenido, el cual se efectuará durante el proceso de evaluación de las proposiciones. (Artículo 39 tercer párrafo del Reglamento)
13.3 Posteriormente al acto referido, durante el proceso de evaluación de proposiciones, la convocante efectuará el análisis detallado de la documentación solicitada en el Punto 12.3.1, verificando que cumpla con los requisitos solicitados en las bases, sus anexos y lo establecido en la junta de aclaraciones, en caso contrario se desechará la proposición correspondiente. (Artículo 39 tercer párrafo del Reglamento)
13.4 Los CENTROS procederán entonces a realizar el análisis de LAS PROPOSICIONES aceptadas, verificando que cada una cumpla con la totalidad de requisitos solicitados en las bases, sus anexos y lo establecido en la junta de aclaraciones y, en su caso, señalará los incumplimientos. (Artículo 35 Fracción IV de la Ley)
13.5 Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Las correcciones se harán constar en el dictamen a que se refiere el artículo 36 Bis de la Ley. Si el licitante no acepta la corrección de la proposición, ésta se desechará, o sólo las partidas que sean afectadas por el error (Art. 45 del Reglamento).
13.6 La convocante, considerando lo establecido en los puntos 13.1 al 13.5, procederá a elaborar un Dictamen General en el que se indicará el nombre de los licitantes cuyas proposiciones técnicas y económicas cumplan con la totalidad de requisitos, así como las que no cumplan, detallando en su caso las causas del incumplimiento. Este Dictamen General tendrá como base el análisis técnico que realicen las áreas técnicas o requirientes.
13.7 El contrato será adjudicado al licitante cuya proposición resulte solvente porque reúna, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por los CENTROS, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. (Art. 36-bis, fracción I de la Ley)
13.8 Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por los CENTROS, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, incluyendo, en su caso, el porcentaje previsto por el Artículo 14 de la Ley. (Art. 36-bis, fracción I de la Ley)
13.9 Se comparará en forma equivalente el aspecto económico, de cuando menos las dos proposiciones económicas más bajas, adjudicándose al Licitante que ofrezca el PRECIO MÁS BAJO para cada partida. (Artículo 35 fracción IV y 36 Bis
Fracción I de la Ley)
13.10 En igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas con discapacidad o a la empresa que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; la antigüedad se podrá comprobar con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. (Artículo 44 del Reglamento).
13.11 Los CENTROS podrán desechar las proposiciones económicas cuando estime que son insolventes. (Artículo 41 del
Reglamento)
13.12 En caso de empate de dos o más Proposiciones, el desempate se hará mediante sorteo manual por insaculación el cual se celebrará en el propio acto de fallo, consistiendo en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador. (Artículo 44 del Reglamento).
13.13 En la evaluación de las Proposiciones no se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes. (Artículo 36 Fracción III de la Ley)
13.14 Si durante el proceso de evaluación, los CENTROS requieren de alguna aclaración, la podrán solicitar a los Licitantes sin contravenir lo estipulado en las presentes Bases, por otra parte el personal de los CENTROS podrán realizar visitas a las instalaciones de los Licitantes para el mismo fin.
13.15 Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno (Artículo 37 tercer párrafo de la Ley)
14 CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN. (Artículo 31 Fracción IV de la Ley)
14.1 Serán causas de descalificación:
14.1.1 El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases, sus Anexos y la Junta de Aclaraciones y que afecten la solvencia de la proposición.
14.1.2 La comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los bienes o servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
15 LICITACIÓN DESIERTA O CANCELADA. (Artículo 38 de la Ley y 47 del Reglamento)
15.1 Se podrá declarar desierta la licitación cuando vencido el plazo de venta de las bases, ningún interesado las haya adquirido, o habiéndolas adquirido, no se presenten proposiciones en el acto de presentación y apertura; cuando las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos de las bases, sus anexos y lo establecido en la junta de aclaraciones de la licitación, o sus precios, conforme a la investigación de precios realizada, no fueren aceptables. Los resultados de la investigación por los que se determine que los precios no son aceptables, se incluirá en el dictamen a que alude el Punto 13.6 de las presentes bases. Dicha determinación se hará del conocimiento de los licitantes en el fallo correspondiente.
15.2 Se podrá declarar desierta una o mas partidas, cuando las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos de las bases de la licitación, sus anexos y lo establecido en la junta de aclaraciones, o sus precios no fueren aceptables, por lo que respecta exclusivamente a dichas partidas. En este caso la convocante procederá a celebrar una nueva licitación, o bien
un procedimiento de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa, según corresponda.
15.3 Se podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en ésta, por caso fortuito o fuerza mayor. De igual manera, se podrá cancelar cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir los servicios, y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a el (los) CENTRO (S). La determinación de dar por cancelada la licitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes.
16 FORMALIZACIÓN DE CONTRATO.
16.1 Para la formalización del Contrato, el licitante ganador deberá considerar las disposiciones del Código Fiscal de la Federación en su Artículo 32-D, así como en la Fracción I de la Regla 2.1.16 y 2.1.17 de la Tercera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 xx xxxxxx de 2006.
El licitante adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá presentar en original, con firma autógrafa, escrito preferentemente en papel membretado, con el siguiente contenido en formato libre :
( M E M B R E T E )
( LUGAR Y FECHA )
NOMBRE
DIRECTOR (A) ADMINISTRATIVO (A) CENTRO CORRESPONDIENTE
Con el objeto de dar cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, y de conformidad con la regla Regla 2.1.16 y
2.1.17 de las modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006., bajo protesta de decir verdad, me permito manifestar lo siguiente:
NOTA: Señalar lugar y fecha, nombre, denominación o razón social, Clave del RFC., domicilio fiscal, actividad preponderante, nombre, RFC y firma del representante legal, en su caso, monto total del contrato, señalar si el contrato se trata de adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, número de contrato.
a) Han cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción y avisos al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento.
b) Se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales por los que se encuentren obligados; así como de los pagos mensuales del IVA y retenciones del ISR de salarios de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación del escrito libre a que se refiere esta fracción. Cuando los contribuyentes tengan menos de dos años de inscritos en el RFC, la manifestación a que se refiere este inciso, corresponderá al periodo transcurrido desde la inscripción y hasta la fecha que presenten el escrito, sin que en ningún caso los pagos mensuales excedan de los últimos 12 meses.
c) Que no tienen créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior), y todos los accesorios, como recargos, sanciones, gastos de ejecución y la indemnización por cheque devuelto, que deriven de los anteriores.
d) En el caso que existan créditos fiscales determinados firmes manifestará que se comprometen a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretendan contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla 2.1.17. de esta Resolución.
e) Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF.
f) En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
Protesto lo necesario conociendo los alcances de lo aquí declarado.
A t e n t a m e n t e
(NOMBRE Y FIRMA)
(Representante ó Apoderado Legal, ó Administrador único) de (NOMBRE DE LA EMPRESA)
16.2 Por otra parte, con el fin de verificar la información presentada en el Anexo 1 de su proposición, el Licitante ganador, deberá entregar copia y presentar para cotejo, originales o copias certificadas de la siguiente documentación: (Artículo 36 segundo párrafo del Reglamento)
16.2.1 Personas Xxxxxxx:
16.2.1.1 Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
16.2.1.2 Cédula de Identificación Fiscal.
16.2.1.3 Comprobante de domicilio (recibo telefónico, luz, predial o agua)
16.2.1.4 Acta Constitutiva de la empresa Licitante y en su caso ultima modificación a la misma, debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
16.2.1.5 Poder Notarial, en el que se acredite la personalidad y facultades del Representante.
16.2.1.6 Identificación oficial: únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial de elector, cédula profesional o cartilla del SMN
16.2.1.7 Último pago de la Declaración fiscal anual del ejercicio 2005 y pagos provisionales del 2006.
16.2.2 Personas físicas:
16.2.2.1 Acta de Nacimiento.
16.2.2.2 Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
16.2.2.3 Cédula de Identificación Fiscal.
16.2.2.4 Comprobante de domicilio (Recibo telefónico, luz, predial o agua)
16.2.2.5 Identificación oficial únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial de elector, cédula profesional o cartilla del SMN.
16.3 El licitante o licitantes ganadores deberán presentarse a suscribir el Contrato o Contratos, en el Departamento de Adquisiciones de cada CENTRO, dentro de los 20 días naturales siguientes al de la notificación del fallo, el cual se dará a conocer en junta pública. (Artículo 46 primer párrafo de la Ley)
16.4 Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo señalado, los CENTROS podrán, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento. (Artículo 46 segundo párrafo de la Ley).
16.5 Cualquier modificación al o los Contratos, una vez formalizados deberá constar por escrito en los instrumentos legales respectivos. Las modificaciones de ninguna forma podrán otorgar condiciones más ventajosas a un Proveedor comparadas con las establecidas originalmente. (Artículo 52 de la Ley)
16.6 Como Anexo 5 se incluyen los Modelos de Contratos que deberán ser formalizados por el licitante ganador conforme al CENTRO de que se trate.
17 DATOS DE LAS GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO. (Artículo 31 Fracción XIII )
17.1 La garantía de cumplimiento, la presentará el Proveedor con asignación favorable dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato y deberá constituirse mediante fianza a favor del CENTRO correspondiente, por una cantidad equivalente al 10% del importe total del contrato adjudicado, sin incluir IVA., ante una institución legalmente autorizada para tal efecto y deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones. (Artículo 48Fraccion II y 49 de la Ley, y
68 del Reglamento)
17.1.1 La fianza se otorga atendiendo todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
17.1.2 Para la liberación de la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del Titular de la Dirección de Administración del CENTRO correspondiente, o de su representante legal.
17.1.3 La fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.
17.1.4 La Afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución establecidos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida, con renuncia expresa a los beneficios que otorga a la institución afianzadora el artículo 119 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
18 PENAS CONVENCIONALES (Artículo 31 Fracción XVI y 53 primer párrafo de la Ley y 64 del Reglamento)
18.1 Las penas convencionales se aplicarán de acuerdo a lo establecido en el Anexo 4 de las presentes bases.
18.2 Para lo anterior, el Proveedor deberá presentar nota de crédito, efectivo, cheque certificado o de caja por el importe total de la penalización, a favor del CENTRO correspondiente que será requisito para liberar el pago de que se trate.
19 INFRACCIONES Y SANCIONES (Artículos 59 y 60 de la Ley)
19.1 Serán infraccionados y sancionados por la Secretaría de la Función Pública, los licitantes o proveedores, cuando incurran en cualquiera de los siguientes supuestos:
19.1.1 Infrinjan las disposiciones de la Ley.
19.1.2 Injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen el o los contratos adjudicados.
19.1.3 Se encuentren en el supuesto de la fracción III del artículo 50 de la Ley, respecto de dos o más dependencias o entidades
19.1.4 No cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves al CENTRO correspondiente.
19.1.5 Proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe durante el procedimiento de Licitación, la firma del Contrato, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.
19.1.6 Las que se encuentren en el supuesto de la fracción XII del Artículo 50 de la Ley.
En los casos no expresamente señalados, al incumplimiento de alguno de los compromisos con el CENTRO correspondiente, derivados de la presente Licitación, se aplicarán las disposiciones legales vigentes.
20 RESCISIÓN O TERMINACIÓN ANTICIPADA. (Articulo 54 y 64 de la Ley y 66 del Reglamento)
20.1 El CENTRO correspondiente podrá, en cualquier momento, rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, conforme al procedimiento descrito en el Artículo 54 de la Ley.
20.2 El CENTRO correspondiente podrá dar por terminados anticipadamente los contratos cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.
21 INCONFORMIDADES. (Artículo 65 de la Ley)
21.1 Las inconformidades que se deriven de la presente Licitación deberán presentarse por escrito ante el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el CIMAT, la cual esta facultada para conocer, tramitar y resolver las mismas.
Guanajuato, Gto. a 13 de febrero de 2007.
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Jefe del Departamento de Adquisiciones
(MEMBRETE DE LA EMPRESA)
“Formato para Acreditación de Personalidad”
El que suscribe, (Nombre), en mi carácter de (Indicar si es Representante Legal, Apoderado Legal, ó Administrador Único) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos de mi representada aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la proposición relativa a la contratación de (Nombre de los bienes o servicios), a nombre y en representación de: (Persona moral).
Registro Federal de Contribuyentes VIGENTE : | |||
Domicilio: | |||
Calle y número: | |||
Colonia: | Delegación o municipio: | ||
Código postal: | Entidad Federativa: | ||
Teléfonos: | Fax: | ||
Correo electrónico: | |||
No. De la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: | Fecha: | ||
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | |||
Folio, Fecha y Lugar del Registro Público de Propiedad y Comercio en que se registró el documento : | |||
RELACIÓN DE ACCIONISTAS: | |||
Apellido Paterno: | Apellido Materno: | Nombre(s): | |
Descripción del objeto social: | |||
Reformas al acta constitutiva: | |||
Nombre del Apoderado o Representante Legal ó Administrador Único : | |||
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: | |||
Escritura Pública número: | Fecha: | ||
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cuál se otorgó: | |||
Folio, Fecha y Lugar del Registro Público de Propiedad y Comercio en que se registró el documento : |
(CIUDAD QUE CORRESPONDA)., a del mes de de 2007
Protesto lo necesario
(FIRMA) (NOMBRE)
Representante de (NOMBRE DE LA PERSONA MORAL)
Nota: el presente formato podrá ser reproducido por el LICITANTE en el modo que estime conveniente en papel membreteado, debiendo respetar su contenido, preferentemente en el orden indicado.
“Formato para la presentación de los documentos solicitados en el punto 12.3.1 de las bases” (Articulo 30 Fracción I del Reglamento) | |||
Descripción del documento | |||
NO | |||
12.3.1.1 | Original para cotejo y copia del comprobante de pago de Bases, en caso de no presentarse no se admitirá su participación (Artículo 30 Fracción II del Reglamento) | ||
12.3.1.2 | Acreditación de la personalidad del Licitante y de su Representante, según se indica en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de las presentes Bases. (Artículo 31 Fracción. II de la Ley) | ||
12.3.1.3 | Copia de identificación con validez oficial del Licitante o su Representante, únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial de elector, cédula profesional o cartilla del SMN. | ||
12.3.1.4 | Escrito firmado por el Licitante o su Representante, preferentemente en papel membreteado, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, lo que se indica en los incisos del a) al g) de este punto: Nota importante: En cada manifestación deberán indicar en la parte sombreada entre paréntesis, el nombre del licitante, ya sea persona física o moral, cuidando que dichas manifestaciones se hagan en nombre del licitante, por lo que se recomienda se sujeten al texto indicado, ya que en caso contrario cualquier cambio voluntario o involuntario en la redacción que altere el sentido de lo establecido originalmente, será motivo de descalificación. | ||
a) Que (Nombre del licitante), conoce el contenido de las presentes Bases y sus Anexos, que está de acuerdo en participar en la Licitación y cumplirá con todos y cada uno de los requisitos y las condiciones establecidas en las mismas, así como en las aclaraciones y/o modificaciones asentadas en el acta de Junta de Aclaraciones. | |||
b) Que (Nombre del licitante), no se encuentra en alguno de los supuestos señalados en los Artículos 31 fracción XXIV, 50 y en el penúltimo párrafo del Artículo 60 de la Ley, manifestando además de que por su conducto, NO participan en éste procedimiento de contratación personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública en los términos de la Ley, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración los supuestos siguientes: I) Personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas en términos del párrafo anterior; II) Personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del párrafo anterior, y III) Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas. La participación social deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación. La falsedad en la manifestación a que se refiere este artículo, será sancionada en los términos xx xxx. En caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere esta fracción, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que las personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, las dependencias y entidades se abstendrán de firmar los contratos correspondientes;(Artículo 30 Fracción III del Reglamento y Artículo 31 Fracción XXIV de la Ley) | |||
c) Que en caso de que le sea adjudicado el (los) Contrato (s), (Nombre del licitante), no cederá y/o subcontratará parcial o totalmente, las obligaciones derivadas del mismo. (Artículo 46, último párrafo de la Ley) | |||
d) Que (Nombre del licitante), cuenta con la capacidad real instalada para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la presente Licitación. | |||
e) Que (Nombre del licitante), se compromete a entregar los servicios objeto de la presente licitación, de acuerdo al Anexo 4 de las bases. | |||
f) Que (Nombre del licitante), es de nacionalidad mexicana. (Artículo 28, del Reglamento) | |||
g) Que (Nombre del licitante), por sí mismo(a) o través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de los CENTROS, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Artículo 30 Fracción VII del Reglamento) | |||
12.3.1.5 | Currículum preferentemente en papel membreteado del Licitante (incluir relación de sus 2 principales clientes con domicilio, teléfono y nombre del responsable del área que los contrató). | ||
12.3.1.6 | Proposición Técnica y Económica (EN UN SOLO SOBRE CERRADO DE MANERA INVIOLABLE). | ||
Nombre: | |
Domicilio: | |
Teléfono y fax: |
Firma del licitante | |
ACUSE DE RECIBO FIRMA | Nota importante: El presente acuse se extiende exclusivamente para hacer constar la entrega de los documentos relacionados en el mismo, los cuales son revisados en el acto cuantitativamente, sin entrar al análisis detallado de su contenido, por lo que no se deberá considerar que dichos documentos cumplen hasta en tanto sean revisados cualitativamente por los CENTROS. |
“Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)”
(Oficio circular No. SACN/300/148/2003, de fecha 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000)
Xx xxxxxxxxxx xx Xxxxxx en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en
noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
• La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
• El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:
• Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
• Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
• Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
• Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera
pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la
empresa.
• Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros
fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
• Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben
adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
"Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros
Artículo 222 bis: Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral."
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS
FORMATO DE PROPOSICIÓN
PARTIDA 1 – CENTRO DE INVESTIGACIONES EN ÓPTICA, A.C. (CIO) | ||
DESCRIPION GENERAL | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES DEL CIO EN LAS CIUDADES XX XXXX, GTO., Y AGUASCALIENTES, AGS. | CONTRATO DE SERVICIO | 1 |
1.1 | EL SERVICIO DEBERÁ INCLUIR Y CONSIDERAR LO SIGUIENTE: |
1.1.1 | TURNOS requeridos por día e inmueble del Centro de Investigaciones en Óptica, A.C., en los que se prestará el servicio de vigilancia. CIO-LEÓN: Prestación del servicio de vigilancia a los bienes muebles e inmuebles del CIO. • Se requieren cuatro elementos que trabajarán un turno de 12 x 12 horas. • El Servicio de vigilancia deberá prestarse las 24 horas del día, de lunes x xxxxxxx, durante la vigencia del contrato. • Un elemento estará asignado para la caseta de acceso de la calle Xxxx xxx Xxxxxx y un elemento para la caseta de acceso de la calle Loma del Pocito. Esto significa que 2 guardias trabajarán el turno de 8:00 a 20:00 horas, uno en cada caseta; terminando este turno entran 2 guardias diferentes que trabajarán de las 20:00 hrs. a las 8:00 horas del día siguiente. • La empresa prestadora del servicio deberá contar con oficina debidamente establecida en la ciudad xx Xxxx, Gto., lo cual comprobará mediante la presentación del formato de registro de alta de su domicilio fiscal ante la SHCP y una carta manifestando el domicilio completo, número telefónico y el nombre de la persona responsable. El CIO constatará el cumplimiento de este requisito a través de visitas domiciliarias que juzgue necesarias al sitio declarado por el licitante y se corroborará que se trata de una oficina formalmente establecida. Esta información deberá incluirse dentro del sobre de su proposición. CIO-AGUASCALIENTES: Prestación del servicio de vigilancia a los bienes muebles e inmuebles del CIO. • Se requieren cuatro elementos que trabajarán un turno de 12 x 12 horas. • El Servicio de vigilancia deberá prestarse las 24 horas del día, de lunes x xxxxxxx, durante la vigencia del contrato. • Un elemento estará asignado para la caseta de acceso de la xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xx. 000 y un elemento para el interior del edificio. Esto significa que 2 guardias trabajarán el turno de 8:00 a 20:00 horas, uno en cada caseta; terminando este turno entran 2 guardias diferentes que trabajarán de las 20:00 hrs. a las 8:00 horas del día siguiente. • La empresa prestadora del servicio deberá contar con oficina debidamente establecida en la ciudad de Aguascalientes, Ags., lo cual comprobará mediante la presentación del formato de registro de alta de su domicilio fiscal ante la SHCP y una carta manifestando el domicilio completo, número telefónico y el nombre de la persona responsable. El CIO constatará el cumplimiento de este requisito a través de visitas domiciliarias que juzgue necesarias al sitio declarado por el licitante y se corroborará que se trata de una oficina formalmente establecida. Esta información deberá incluirse dentro del sobre de su proposición. Nota: Los licitantes que solo participen en una partida, sólo se obligan a tener oficinas en la ciudad donde se prestará el servicio. |
1.1.2 | El personal de vigilancia y seguridad requerido por el CIO deberá cumplir con los siguientes requisitos: PERFIL DEL PUESTO a) Edad: Mínima 18 años, máxima 50 años, comprobable con copia del acta de nacimiento. b) Sexo Masculino c) Estatura mínima: 1.65 metros. d) Estudios mínimos: Secundaria, comprobable con la copia del certificado. e) Tener experiencia comprobable de un año en servicios de seguridad y vigilancia. f) Deberá saber leer y escribir correctamente.. g) No ser miembro activo de los cuerpos de seguridad pública o de las fuerzas armadas. h) Con vocación para el servicio de vigilancia y seguridad. |
i) Sin defectos físicos que le impidan el cumplimiento del servicio. j) No se aceptará personal con cualquier tipo de TATUAJE. k) Con buena condición física. l) Deberá conocer sus funciones para el desempeño de vigilante x xxxxxxx de seguridad. m) Presentar Carta de No Antecedentes Penales vigente y expedida por la autoridad competente. n) Examen médico para trabajo o) Examen médico antidoping (marihuana, psicotrópicos y cocaína) p) No haber sido destituido de los cuerpos de seguridad pública ni de las fuerzas armadas por cualquiera de los siguientes motivos: • Por poner en peligro a los particulares a causa de imprudencia, negligencia o abandono del servicio. • Por incurrir en faltas de honestidad. • Por asistir al servicio en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias prohibidas. • Por revelar asuntos secretos o reservados de los que tenga conocimiento por razones de su empleo. • Por presentar documentación falsa o apócrifa. • Por obligar a sus subalternos a entregarle dinero u otras dádivas bajo cualquier concepto. q) No encontrarse boletinado en el CIO, en caso de haber prestado servicio de seguridad en alguna de las diferentes instalaciones con anterioridad. Nota: Los documentos solicitados en los puntos: a, c, l, m y n, deberán ser presentados con su propuesta técnica; en caso de no hacerlo, se desechará la misma. | |
1.1.3 El licitante ganador deberá observar los siguientes lineamientos para el desempeño del servicio de vigilancia y seguridad: a) El prestador del servicio quedará obligado a cubrir los servicios señalados en el punto 1.1 del presente Anexo, siendo éstos: 4 elementos, para las instalaciones del CIO León, los cuales se alternarán el servicio en turnos de 12 horas de lunes x xxxxxxx, incluyendo días festivos; los cuales quedarán ubicados para cubrir cada una de las casetas de acceso. El edificio del CIO Unidad Aguascalientes deberá cubrirse con 4 elementos, los cuales se alternarán el servicio en turnos de 12 horas de lunes x xxxxxxx, incluyendo los días festivos de los cuales quedarán ubicados para cubrir una caseta de acceso y el interior del inmueble. b) Se deberá designar que los elementos que prestan el servicio cuenten con conocimientos en el uso de Radio de Dos Vías, y manejo de teléfono como extensión de conmutador. No se aceptará ningún personal que no cubra los requisitos señalados con anterioridad. c) El personal de seguridad contratado quedará, en el aspecto operativo, bajo las órdenes directas del Departamento de Servicios Generales del CIO y de las personas a quienes éste designe, debiendo guardarles disciplina, subordinación y respeto, sin que ello signifique una relación de patrón sustituto. Por ningún motivo el prestador del servicio podrá remover de los puestos asignados a su personal, ni modificar sus funciones y responsabilidades, sólo el Departamento de Servicios Generales del CIO, autorizará algún cambio por razones justificadas. Todo esto sin perjuicio de que el prestador del servicio es el único responsable del control administrativo de su personal. d) El prestador del servicio, se obliga a nombrar sin costo para el CIO a un Coordinador o Supervisor General, responsable de supervisar los servicios que se presten en cada una de las instalaciones; quien deberá estar en estrecha coordinación en forma directa con el Departamento de Servicios Generales del CIO, por lo menos una vez a la semana. Para el cumplimiento de estas actividades deberá usar los recursos propios de la empresa en lo referente a persona, vehículos y equipo de comunicación. e) El personal de seguridad deberá portar como uniforme, aquel de tipo militar siempre que sea distinto a los oficiales utilizados por Instituciones Gubernamentales o el Ejército Mexicano, además del siguiente equipo: botas, cinturón, gorra de guarnición o similar de tipo militar, fornituras o fajilla porta tolete, tolete o tonfa, con portacilindro de gas y gas; silbato; lámpara de mano, aparatos de intercomunicación para localización hacia el interior del CIO , chamarra gruesa para intemperie. NO USARÁN ARMA DE FUEGO NI ARMA BLANCA. f) En temporada de lluvias el prestador del servicio deberá proporcionar a todo su personal, el equipo apropiado, como son: impermeable o manga con gorra. Así mismo el personal deberá mantener corte de pelo tipo corto reciente y rasurado. Por ningún motivo se aceptará que el personal porte a la vista prendas que no correspondan al uniforme; asimismo deberá portar a la vista credencial o gafete de identificación que lo acredite como personal de la empresa. g) Diariamente, los elementos responsables del servicio, (saliente y entrante) deberán presentarse en el Departamento de Servicios Generales, para rendir un parte xx xxxxxxxxx por escrito, coordinar acciones y corregir deficiencias de los servicios. Deberá de igual manera, entregar los formatos de salida de bienes y/o vehículos debidamente autorizados por el Departamento de Servicios Generales del CIO. También deberá entregarse mensualmente el Reporte de Control de Firmas de Asistencia del Personal de Vigilancia y Seguridad, con la información que el CIO establezca en el mismo. h) Una vez que se haya realizado la instalación de los elementos de seguridad, éstos adquirirán la responsabilidad del cumplimiento estricto de las consignas generales, particulares y específicas que por escrito les serán entregadas por el CIO. i) El elemento que entrega el servicio permanecerá en su puesto hasta ser cubierto por su relevo o por algún elemento que envíe el prestador del servicio. La hora de relevo diario quedará establecida a las 08:00 horas y a las 20:00 horas, según corresponda a cada turno. j) Por ningún motivo se aceptará que el personal doble su turno, esto es, que continúe desempeñando servicios extraordinarios una vez concluido su turno, en este último caso solo se aceptará que continúe hasta por dos horas para dar oportunidad que se presente su relevo, en la inteligencia de que no se presente ningún elemento para el relevo, el prestador del servicio tendrá la responsabilidad dentro del tiempo de tolerancia de cubrir tales ausencias. k) El prestador del servicio deberá mantener en cada instalación, el personal completo y en forma continua en los turnos señalados; siendo su responsabilidad cubrir ausencias por causas de fuerza mayor o de carácter rutinario, debiendo establecer coordinación con el Departamento de Servicios Generales del CIO para fijar los horarios autorizados para la toma de alimentos. |
l) El prestador del servicio procurará mantener estable el personal de seguridad asignado al CIO, elaborándose tanto por la empresa como por el Departamento de Servicios Generales la plantilla de personal que prestará el servicio de manera fija en cada instalación, señalando en la misma al encargado o responsable. Cuando el Departamento de Servicios Generales autorice un relevo, el elemento que se incorpore al servicio deberá reunir el perfil y requisitos señalados en el numeral 1.1.2 de este Anexo y será integrado a la mencionada plantilla. m) El CIO no contrae responsabilidad laboral alguna con el personal de seguridad que la empresa contrate. Cualquier conflicto que se presente entre éstos, será responsabilidad exclusiva del prestador del servicio. Así mismo el prestador del servicio deberá garantizar que su personal NO altere el orden en el interior de las instalaciones; NO eleve o realice peticiones a funcionarios del CIO; o que funja como intermediario para arreglo de asuntos ajenos al servicio. n) Toda reubicación del personal de seguridad de un puesto a otro, o de una instalación a otra, de acuerdo con las necesidades del servicio se hará únicamente con la autorización del Departamento de Servicios Generales del CIO, el que podrá disponer las reubicaciones que considere necesarias. o) El CIO tendrá la facultad de retirar, reubicar y/o boletinar al personal de mala conducta o que tenga omisiones en el servicio, sin perjuicio de proceder legalmente si estas omisiones constituyeran un delito. p) El prestador del servicio se comprometerá a mantener en buen estado de conservación y limpieza tanto las casetas de vigilancia como el mobiliario y equipo que el CIO le asigne para el desarrollo de sus funciones. Así mismo deberá garantizar que su personal haga buen uso de los citados bienes, poniendo principal atención a los de telefonía. q) El prestador del servicio establecerá comunicación y mantendrá la coordinación en el CIO únicamente con el Departamento de Servicios Generales. r) El personal que designe el prestador del servicio deberá cubrir el perfil del puesto de seguridad y vigilancia requerido para atender la cantidad de turnos requeridos por el CIO. s) El proveedor deberá considerar el abastecimiento oportuno de equipo y material de oficina para cada uno de sus elementos en sus respectivos turnos. | |
1.1.3 | Consignas y lineamientos para el servicio de seguridad y vigilancia en las instalaciones del Centro de Investigaciones en Óptica, A.C. 1. PUNTUALIDAD.- Los elementos deberán presentarse a laborar puntualmente en los días y horarios establecidos para el inicio de turnos debidamente uniformados, es decir, con el calzado bien lustrado, vestimenta oficial, equipo de seguridad, gafete de identificación, pelo corto, debidamente peinado y afeitado, y en casos necesarios chamarra, gorra e impermeable; queda prohibido el uso de prendas que no correspondan al uniforme oficial. 2. FUNCION.- La principal función de los elementos es resguardar la seguridad de los bienes y personas que se encuentren dentro de los inmuebles del CIO. 3. REGISTRO.- Los elementos responsables de las casetas de acceso al CIO, deberán llevar el registro en bitácora de investigadores, trabajadores, afanadoras, visitantes, proveedores, vehículos y en general, de todas las personas que ingresen a las instalaciones de los edificios del CIO. 4. VISITANTES.- Los elementos responsables de las casetas, antes de permitir el ingreso de visitantes y/o personas ajenas al CIO, deberán verificar telefónicamente con el funcionario con quien se dirigen, si autoriza el ingreso de los visitantes; de tal forma que únicamente ingresen las personas con las que se tenga algún asunto a tratar. 5. TELEFONO.- Los elementos de las Casetas de las instalaciones del CIO León y CIO Aguascalientes, deberán contestar el teléfono en horarios y días inhábiles, así como en los días de descanso o periodos vacacionales para el personal, debiendo tomar nota de los mensajes o recados recibidos y hacer llegar éstos al personal correcto; además brindar apoyo al personal investigador y estudiantes para la solicitud de transporte de alquiler. 6. MOBILIARIO Y EQUIPO.- Los elementos responsables de las casetas de acceso al CIO León y Aguascalientes, son los encargados de verificar la salida de bienes debidamente autorizados, mediante los formatos de “Autorización de Salida de Objetos o Materiales”. 7. EQUIPO DE TRANSPORTE.- Los elementos responsables de las casetas de acceso, serán los responsables de llevar el control y registro de las entradas y salidas de los vehículos oficiales, mediante el formato “registro de kilometraje”. 8. EMERGENCIAS.- Los elementos de turno serán los responsables de brindar auxilio y/o canalizar de manera inmediata los reportes de emergencias recibidos al Departamento de Servicios Generales y/o al Sistema Estatal de Emergencias *066 y/o a sus oficinas. 9. BANDERA.- El elemento en turno de la caseta de acceso de la calle Xxxx xxx Xxxxxx será el responsable de izar la Bandera Nacional de acuerdo al calendario establecido en la Ley y Reglamento a la Bandera en las instalaciones del CIO León. 10. ILUMINACIÓN: Los elementos responsables en el turno vespertino/nocturno, deberán encender las luces en pasillos y áreas exteriores cuando comience a oscurecer. Asimismo deberán apagarlas cuando no exista personal laborando, tanto en oficinas como en laboratorios. 11. RONDINES.- Los elementos responsables del servicio, deberán realizar rondines de vigilancia nocturnos en los estacionamientos y al interior de los inmuebles por lo menos dos veces en los diferentes turnos de servicio. 12. ORDEN.- Los elementos adscritos al servicio de vigilancia en las instalaciones del CIO, no deberán alterar el orden en el interior de las |
instalaciones, no elevar o realizar peticiones a funcionarios del CIO, y no actuar como intermediario para el arreglo de asuntos ajenos al servicio. 13. LIMPIEZA.- Los elementos responsables del servicio deberán mantener en buen estado de conservación y limpieza tanto las casetas de vigilancia u espacio de trabajo, como el mobiliario y equipo que el CIO les asigne para el desempeño de sus funciones. 14. CONSIGNAS.- Cumplir las consignas acordadas con el CIO. 15. REPORTE.- Entregar el reporte diario de actividades, en el que aparezca el nombre xxx xxxxxxx, la fecha, horario, y observaciones relevantes en el turno, anotando en el mismo los reportes recibidos de las demás áreas. 16. PROHIBICION.- Queda estrictamente prohibido a los elementos dormirse durante el servicio, en caso de encontrar algún elemento en este estado, se procederá a levantar un reporte señalando el hecho y al segundo reporte se solicitará de manera inmediata su reemplazo. 17. ESTADO.- Queda prohibido a los elementos de vigilancia asistir al servicio o fuera de éste, en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias prohibidas. 18. CASETAS.- Los elementos responsables no deben permitir el acceso a las casetas de vigilancia al personal ajeno al servicio. 19. VISITAS.- Está prohibida la estancia de familiares, amigos y cualquier otra persona en las Casetas de Vigilancia y al interior de los edificios del CIO, únicamente está permitido que los elementos reciban de éstos los enseres y artículos de alimentación; en caso de omisión, se procederá a levantar reporte del hecho y se solicitará el reemplazo del elemento. 20. MASCOTAS.- Por ningún motivo se aceptará que los elementos de vigilancia traigan consigo a sus mascotas, en caso de ocurrido el hecho, se levantará reporte y se solicitará el cambio del elemento. 21. USO DE VEHICULOS.- Queda estrictamente prohibido conducir cualquier vehículo propiedad del CIO, y en ninguna circunstancia sacarlo de las instalaciones. 22. CONDUCTA.- Deberán abstenerse de incurrir en faltas de honestidad con el personal que ingrese a las instalaciones del Centro. Deberá de conducirse siempre de forma atenta y respetuosa con todas las personas que trate. Deberá abstenerse de fumar, beber, leer cualquier periódico o revista, portar o escuchar radio, televisión o cualquier actividad que distraiga su función. En caso de encontrar algún elemento en esta situación, se procederá a levantar un reporte señalando el hecho y al segundo reporte se solicitará de manera inmediata su reemplazo. 23. CONFIDENCIALIDAD.- Queda prohibido revelar asuntos referentes a sus funciones de los que tenga conocimiento por razones de su empleo. |
1.2. | REQUISITOS ECONÓMICOS Las propuestas económicas deberán incluir lo siguiente: |
1.2.1 | La proposición económica deberá incluir lo siguiente: Inmueble.- CIO León No. de elementos.- 4 Categoría.- Guardia Turno.- 12 x 12 hrs. Precio unitario mensual (por guardia) $ (Importe con letra) sin I.V.A. Importe mensual (por 4 guardias) $ (Importe con letra) Importe total del periodo (1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2007): $ (Importe con letra) sin I.V.A. Importe total del periodo (1 de enero al 31 de diciembre de 2008): $ (Importe con letra) sin I.V.A. TOTAL GLOBAL (1 xx xxxxx de 2007 al 31 de diciembre del 2008): $ (Importe con letra) sin I.V.A. Inmueble.- CIO Aguascalientes No. de elementos.- 4 Categoría.- Guardia Turno.- 12 x 12 hrs. Precio unitario mensual (por guardia) $ (Importe con letra) sin I.V.A. Importe mensual (por 4 guardias) $ (Importe con letra) Importe total del periodo (1 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2007): $ (Importe con letra) sin I.V.A. Importe total del periodo (1 de enero al 31 de diciembre de 2008): $ (Importe con letra) sin I.V.A. TOTAL GLOBAL (1 xx xxxxx de 2007 al 31 de diciembre del 2008): $ (Importe con letra) sin I.V.A. RESUMEN |
Total Global CIO León $ Total Global CIO Unidad Aguascalientes $ SUBTOTAL $ I.V.A. $ TOTAL del periodo del 1° abril de 2007 al 31 diciembre de 2008: $ (Importe con letra) | |
1.2.2 | Para el precio unitario por elemento, se deberá considerar su integración y desglosar en su propuesta los conceptos: · Costo de mano de obra. El costo de mano de obra por turno NO es el Salario del personal. El análisis que se presente deberá reflejar que en este costo ya se incluyeron: séptimo día, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, y todas las prestaciones xx xxx. · Gastos directos e indirectos y otros, · Así como el margen de utilidad (porcentaje y monto unitario). |
Nombre y firma del Licitante o su Representante Legal |
Nota: Al presentar aspectos técnicos en la Proposición Económica, distintos a los señalados en su Proposición Técnica, el CIO considerará los presentados por el Licitante en su Proposición Técnica.
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS
FORMATO DE PROPOSICIÓN
PARTIDA 2 – CIATEC, A.C. (CIATEC) | ||
DESCRIPIÓN GENERAL | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD INTEGRAL DE BIENES Y PERSONAS EN LOS INMUEBLES DEL CIATEC EN LA CIUDAD XX XXXX, GTO. | CONTRATO DE SERVICIO | 1 |
X.X. | EL SERVICIO DEBERÁ INCLUIR Y CONSIDERAR LO SIGUIENTE: |
El licitante ganador deberá observar los siguientes lineamientos para el desempeño del servicio de vigilancia y seguridad | |
a)El prestador del servicio quedará obligado a cubrir los efectivos señalados en el punto X.X. del presente Anexo, siendo éstos: 4 elementos por día para el Edificio Principal del CIATEC A.C., en turnos de 24 horas de lunes x xxxxxxx, cubriendo en la caseta principal, quien tendrá el grado de RESPONSABLE DE TURNO. El edificio del CIATEC A.C. estará cubierto con un guardia de turno de 8 horas durante todos los días de la semana, así mismo por ser cuatro elementos uno de ellos estará cubriendo la función de relevos para apoyar los Días Martes, Miércoles y Jueves de 08:00 a 16:00 y los días Viernes , Sábado y Domingo de las 22:00 a las 06:00 horas durante 5 semanas en los que al termino de estas se integrara al rol normal de duración de una semana.. b) Se deberá designar que los elementos que prestan el servicio en el edificio del CIATEC A.C., cuenten con conocimientos en el uso de Radio de Dos Vías, manejo de teléfono como extensión de conmutador y como mínimo que tenga conocimiento en la operación de circuitos cerrados de T.V. No se aceptará ningún personal que no cubra los requisitos señalados con anterioridad. c) El personal de seguridad contratado quedará, en el aspecto operativo, bajo las órdenes directas del Subdirector de Operaciones del Ciatec A.C. y de las personas a quienes éste designe, debiendo guardarles disciplina, subordinación y respeto, sin que ello signifique una relación de patrón sustituto. Por ningún motivo el prestador del servicio podrá remover de los puestos asignados a su personal, ni modificar sus funciones y responsabilidades, sólo el Subdirector de Operaciones del Ciatec A.C., autorizará algún cambio por razones justificadas. Todo esto sin perjuicio de que el prestador del servicio es el único responsable del control administrativo de su personal. d) El prestador del servicio, se obliga a nombrar sin costo para el CIATEC A.C. a un Coordinador o Supervisor General, responsable de supervisar los servicios que se presten en cada una de las instalaciones; quién deberá estar en estrecha coordinación en forma directa con el del Subdirector de Operaciones del Ciatec A.C., por lo menos una vez a la semana. Para el cumplimiento de estas actividades deberá usar los recursos propios de la empresa en lo referente a persona, vehículos y equipo de comunicación. e) El personal de seguridad deberá portar como uniforme, aquel de tipo militar siempre que sea distinto a los oficiales utilizados por Instituciones Gubernamentales o el Ejército Mexicano, además del siguiente equipo: Botas, cinturón, gorra de guarnición o similar de tipo militar, fornituras o fajilla porta tolete, tolete o tonfa, con portacilindro de gas y gas; silbato, sectores y distintivos correspondientes a su empresa; lámpara de mano, chamarra gruesa para intemperie. En temporada de lluvias el prestador del servicio deberá proporcionar a todo su personal, el equipo apropiado, como son: impermeable o manga con gorra. Así mismo el personal deberá mantener corte de pelo tipo corto reciente y rasurado. Por ningún motivo se aceptará que el personal porte a la vista prendas que no correspondan al uniforme; asimismo deberá portar a la vista credencial o gafete de identificación que lo acredite como personal de la empresa. |
Deberá el responsable de turno contar con un radio tipo NEXTEL durante todo el tiempo del servicio. f) Diariamente los elementos responsables del Servicio, (saliente y entrante) deberán rendir un parte xx xxxxxxxxx por escrito, coordinar acciones y corregir deficiencias de los servicios. Deberá entregar diariamente una relación del ingreso de visitantes, proveedores, trabajadores del CIATEC A.C., vehículos y, en general, de todas las personas que ingresen en las instalaciones del ciatec a.c.. De igual manera, deberá entregar los formatos de salida de bienes debidamente autorizados al del Subdirector de Operaciones del Ciatec A.C.. También deberá entregarse mensualmente el Reporte de Control de Firmas de Asistencia del Personal de Vigilancia y Seguridad, con la información que el CIATEC A.C. establezca en el mismo. g)Una vez que se haya realizado la instalación de los elementos de seguridad, éstos adquirirán la responsabilidad del cumplimiento estricto de las consignas generales, particulares y específicas que por escrito les serán entregadas. h) Por ningún motivo se aceptará que el personal de turnos, doble su turno, esto es, que continúe desempeñando servicios extraordinarios una vez concluido su turno, en este último caso solo se aceptará que continúe hasta por dos horas para dar oportunidad que se presente su relevo, en la inteligencia de que no se presente ningún elemento para el relevo, el prestador del servicio tendrá la responsabilidad dentro del tiempo de tolerancia de cubrir tales ausencias. i) El prestador del servicio deberá mantener en cada instalación, el personal completo y en forma continua en los turnos señalados; siendo su responsabilidad cubrir ausencias por causas de fuerza mayor o de carácter rutinario, debiendo establecer coordinación con del Subdirector de Operaciones del Ciatec A.C. para fijar los horarios autorizados para la toma de alimentos. j) El prestador del servicio procurará mantener estable el personal de seguridad asignado al CIATEC A.C., elaborándose tanto por la empresa como por del Subdirector de Operaciones del Ciatec X.X.xx plantilla de personal que prestará el servicio de manera fija en cada instalación, señalando en la misma al encargado o responsable. Cuando del Subdirector de Operaciones del Ciatec A.C.autorice un relevo, el elemento que se incorpore al servicio deberá reunir el perfil y requisitos señalados en el numeral 1.2.3 de este Anexo y será integrado a la mencionada plantilla. k) El CIATEC A.C. no contrae responsabilidad laboral alguna con el personal de seguridad que la empresa contrate, cualquier conflicto que se presente entre estos, será responsabilidad exclusiva de el prestador del servicio. Así mismo el prestador del servicio deberá garantizar que su personal NO altere el orden en el interior de las instalaciones; NO eleve o realice peticiones a funcionarios del CIATEC A.C.; o que funja como intermediario para arreglo de asuntos ajenos al servicio. l) Toda reubicación del personal de seguridad de un puesto a otro, o de una instalación a otra, de acuerdo con las necesidades del servicio se hará únicamente con la autorización del Subdirector de Operaciones del Ciatec A.C. el que podrá disponer las reubicaciones que considere necesarias. m) El CIATEC A.C. tendrá la facultad de retirar, reubicar y/o boletinar al personal faltista, de mala conducta o que tenga omisiones en el servicio, sin perjuicio de proceder legalmente sí estas omisiones constituyeran un delito. n) El prestador del servicio se comprometerá a mantener en buen estado de conservación y limpieza tanto las casetas de vigilancia como el mobiliario y equipo que el CIATEC A.C. le asigne para el desarrollo de sus funciones. Así mismo deberá garantizar que su personal haga buen uso de los citados bienes, poniendo principal atención a los de telefonía y radiocomunicación. o)El prestador del servicio establecerá comunicación y mantendrá la coordinación en el CIATEC A.C. únicamente con el Subdirector de Operaciones del Ciatec A.C. | |
1.2.2 | El personal que designe el prestador del servicio deberá cubrir el perfil del puesto de seguridad y vigilancia requerido para atender la cantidad de turnos requeridos por el CIATEC A.C. |
1.2.3 | El personal de vigilancia y seguridad requerido por el CIATEC A.C. deberá cumplir con los siguientes requisitos: PERFIL DEL PUESTO a) Edad: Mínima 18 años. b) Estatura mínima: 1.65 metros. c) Estudios: Certificado de Secundaria o carta de servicio de antigüedad como guardia de seguridad de 3 años como mínimo. d) Deberá saber leer y escribir correctamente. e) Complexión: Regular. No se aceptará personal notoriamente excedido de peso. f) No ser miembro activo de los cuerpos de seguridad pública o de las fuerzas armadas. g) Con vocación para el servicio de vigilancia y seguridad. h) Sin defectos físicos que le impidan el cumplimiento del servicio. i) No se aceptará personal con cualquier tipo de TATUAJE. j) Con buena condición física. k) Deberá conocer sus funciones para el desempeño de vigilante x xxxxxxx de seguridad. l) Presentar Carta de no Antecedentes Penales vigente. m) Examen médico para trabajo n) Examen médico antidoping (marihuana, psicotrópicos y cocaína) o) No haber sido destituido de los cuerpos de seguridad pública ni de las fuerzas armadas por cualquiera de los siguientes motivos: • Por poner en peligro a los particulares a causa de imprudencia, negligencia o abandono del servicio. • Por incurrir en faltas de honestidad. • Por asistir al servicio en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias prohibidas. • Por revelar asuntos secretos o reservados de los que tenga conocimiento por razones de su empleo. • Por presentar documentación falsa o apócrifa. • Por obligar a sus subalternos a entregarle dinero u otras dádivas bajo cualquier concepto. p) Con conocimientos básicos de las Leyes y Reglamentos que garanticen el respeto a los Derechos Humanos de todas las personas con las que tratará. q) No encontrarse boletinado en el CIATEC A.C. en caso de haber prestado servicio de seguridad en alguna de las diferentes instalaciones con |
anterioridad. Nota: Los documentos solicitados en los puntos: c, l, m y n, deberán ser presentados a más tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores a la firma del contrato; en caso de no hacerlo, no será aceptado el elemento que no cumpla con estos requisitos. |
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS
FORMATO DE PROPOSICIÓN
PARTIDA 3 CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN MATEMÁTICAS, A.C. (CIMAT) | ||
DESCRIPIÓN GENERAL | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD INTEGRAL DE BIENES Y PERSONAS EN LOS INMUEBLES DEL CIMAT EN LAS CIUDADES DE GUANAJUATO, GTO. | CONTRATO DE SERVICIO | 1 |
1.1 | TURNOS REQUERIDOS POR DÍA E INMUEBLE DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN MATEMÁTICAS, A.C., EN LOS QUE SE PRESTARÁ EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DURANTE EL CONTRATO. | |||||||||
XXXXXXXX XXXXX | RESPONSABLE DE TURNO ( 2 ELEMENTOS POR DIA ) | |||||||||
LUNES A SABADO | SUB-TOTAL DEL PERIODO | DOMINGOS | FESTIVOS | SUB-TOTAL DEL PERIODO | TOTAL DE TURNOS DEL PERIODO | |||||
Días con TURNOS de 12:00 hrs | Días con TURNOS de 16:00 hrs | TURNOS de 12:00 hrs | TURNOS de 16:00 hrs | Día TURNOS de 12:00 hrs | Días TURNOS de 12:00 hrs. | XXXXXXX X TURNOS de 12:00 hrs | FESTIVOS TURNOS de 12:00 hrs. | TURNOS de 12:00 hrs | TURNOS de 16:00 hrs | |
532 | 0 | 1,064 | 0 | 90 | 19 | 180 | 38 | 1,282 | 0 | |
RESPONSABLES DE CASETAS ( 4 ELEMENTOS POR DIA ) | ||||||||||
Días con TURNOS de 12 :00 hrs | Días con TURNOS de 16 :00 hrs | TURNOS de 12 :00 hrs | TURNOS de 16:00 hrs | Día TURNOS de 12:00 hrs | Días URNOS de 12 :00 hrs | DOMINGO S TURNOS de 12:00 hrs | FESTIVOS TURNOS de 12:00 hrs | Turnos De 12 hrs | Turnos De 16 hrs | |
532 | 0 | 2,128 | 0 | 90 | 19 | 360 | 76 | 2,564 | 0 | |
INMUEBLE CIMATEL | RESPONSABLES DE INMUEBLE ( 2 ELEMENTOS ) | |||||||||
LUNES A VIERNES | SUB-TOTAL DEL PERIODO | SABADO Y DOMINGO | FESTIVOS | SUB-TOTAL DEL PERIODO | TOTAL DE TURNOS DEL PERIODO | |||||
Días con TURNOS de 12:00 hrs | Días con TURNOS de 16:00 hrs | TURNOS de 12:00 hrs | TURNOS de 16:00 hrs | TURNOS de 12:00 hrs. | TURNOS de 12:00 hrs | TURNOS de 12:00 hrs | TURNOS de 16:00 hrs | TURNOS de 12:00 hrs | TURNOS de 16:00 hrs. | |
0 | 442 | 0 | 442 | 360 | 38 | 398 | 0 | 398 | 442 | |
NOTA: En el total de 641 días del período del 0x xx xxxxx xx 0000 xx 00 de diciembre del 2008, se consideran 90 sábados, 90 domingos y 19 días festivos, siendo éstos últimos los días: 5 y 6 xx xxxxx, 1º y 5 xx xxxx, 00 xx xxxxxxxxxx, 0 x 00 xx xxxxxxxxx y 25 de diciembre 2007; 1 de enero, 0 xx xxxxxxx, 00, 00 x 00 xx xxxxx, 1 y 5 xx xxxx, 00 xx xxxxxxxxxx, 0 x 00 xx xxxxxxxxx y 25 de diciembre de 2008. Cuando un sábado o un domingo coincide con un día festivo, se considera como día festivo. • El servicio en el edificio CIMATEL se prestará con 2 elementos en turnos alternativos de 16 hrs., así como para los turnos de 12 horas de los días xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos. • El servicio en el edificio CIMAT se prestará con 6 elementos por día, 3 elementos simultáneos en turnos de 12 hrs de lunes a sábado, misma cantidad para los días domingos y días festivos. Dos elementos tendrán el cargo de Jefe de Servicio de turno, es decir un encargado por cada turno. • En caso de que las empresas licitantes brinden servicios adicionales relacionados con el servicio que se licita sin costo para el CIMAT, deberá presentarlos por escrito, adjunto a su propuesta económica debidamente firmada. |
1.2 | EL SERVICIO DEBERÁ INCLUIR Y CONSIDERAR LO SIGUIENTE: |
1.2.1 | El licitante ganador deberá observar los siguientes lineamientos para el desempeño del servicio de vigilancia y seguridad: |
a) El prestador del servicio quedará obligado a cubrir los efectivos señalados en el punto 1.1 del presente Anexo, siendo éstos : 3 elementos por turno para el Edificio Principal del CIMAT, en turnos de 12 horas de lunes a sábado, la misma cantidad para los días domingos y días festivos; de los cuales quedarán ubicados dos elementos para cubrir cada una de las casetas de acceso y el tercer elemento para cubrir el interior del edificio, quien tendrá el grado de RESPONSABLE DE TURNO (incluyendo al elemento de CIMATEL). El edificio CIMATEL deberá cubrirse con 2 elementos, |
los cuales se alternarán el servicio de 16 horas de lunes a viernes, así como los servicios de 12 horas para los días xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos. b) Se deberá designar que los elementos que prestan el servicio en los edificios CIMAT y CIMATEL, cuenten con conocimientos en el uso de Radio de Dos Vías, manejo de teléfono como extensión de conmutador y como mínimo una persona en cada turno que tenga conocimiento en la operación de circuitos cerrados de T.V. No se aceptará ningún personal que no cubra los requisitos señalados con anterioridad. c) El personal de seguridad contratado quedará, en el aspecto operativo, bajo las órdenes directas del Departamento de Servicios Generales del CIMAT y de las personas a quienes éste designe, debiendo guardarles disciplina, subordinación y respeto, sin que ello signifique una relación de patrón sustituto. Por ningún motivo el prestador del servicio podrá remover de los puestos asignados a su personal, ni modificar sus funciones y responsabilidades, sólo el Departamento de Servicios Generales del CIMAT, autorizará algún cambio por razones justificadas. Todo esto sin perjuicio de que el prestador del servicio es el único responsable del control administrativo de su personal. d) Se deberá designar a uno de sus elementos en cada turno como RESPONSABLE del servicio, el cual deberá ser de mayor jerarquía o categoría reconocida por el resto de los elementos establecidos en la instalación, siendo además responsable del servicio, quien deberá realizar rondines de supervisión en toda la instalación, mismo que deberá mantener enlace con el responsable de seguridad del CIMAT, en cada turno. Una vez designado el elemento responsable en cada instalación, NO podrá cambiarse de ubicación; en caso de ser necesario esto, solo el Departamento de Servicios Generales del CIMAT, podrá autorizarlo. e) El prestador del servicio, se obliga a nombrar sin costo para el CIMAT a un Coordinador o Supervisor General, responsable de supervisar los servicios que se presten en cada una de las instalaciones; quién deberá estar en estrecha coordinación en forma directa con el Departamento de Servicios Generales del CIMAT, por lo menos una vez a la semana. Para el cumplimiento de estas actividades deberá usar los recursos propios de la empresa en lo referente a persona, vehículos y equipo de comunicación. f) El personal de seguridad deberá portar como uniforme, aquel de tipo militar siempre que sea distinto a los oficiales utilizados por Instituciones Gubernamentales o el Ejército Mexicano, además del siguiente equipo: Botas, cinturón, gorra de guarnición o similar de tipo militar, fornituras o fajilla porta tolete, tolete o tonfa, con portacilindro de gas y gas; silbato, sectores y distintivos correspondientes a su empresa; lámpara de mano, chamarra gruesa para intemperie. En temporada de lluvias el prestador del servicio deberá proporcionar a todo su personal, el equipo apropiado, como son: impermeable o manga con gorra. Así mismo el personal deberá mantener corte de pelo tipo corto reciente y rasurado. Por ningún motivo se aceptará que el personal porte a la vista prendas que no correspondan al uniforme; asimismo deberá portar a la vista credencial o gafete de identificación que lo acredite como personal de la empresa. Deberá el responsable de turno contar con un radio tipo NEXTEL durante todo el tiempo del servicio. g) Diariamente a las 09:00 horas, el elemento responsable del Servicio, (entrante) deberá presentarse en el Departamento de Servicios Generales, para rendir un parte xx xxxxxxxxx por escrito, coordinar acciones y corregir deficiencias de los servicios. Deberá entregar diariamente una relación del ingreso de visitantes, proveedores, trabajadores del CIMAT, vehículos y, en general, de todas las personas que ingresen en las instalaciones del CIMAT. De igual manera, deberá entregar los formatos de salida de bienes debidamente autorizados por el Departamento de Servicios Generales del CIMAT. También deberá entregarse mensualmente el Reporte de Control de Firmas de Asistencia del Personal de Vigilancia y Seguridad, con la información que el CIMAT establezca en el mismo. h) Una vez que se haya realizado la instalación de los elementos de seguridad, éstos adquirirán la responsabilidad del cumplimiento estricto de las consignas generales, particulares y específicas que por escrito les serán entregadas. i) El elemento que entrega el servicio permanecerá hasta ser cubierto su puesto por su relevo o por algún elemento que envíe el prestador del servicio. La hora de relevo diario quedará establecida a las 08:00 y las 20:00 horas para el Edificio Cimat y para el Edificio Cimatel los turnos de 16 horas quedarán comprendidos entre las 17:00 horas de un día, y hasta las 9:00 horas del día siguiente; para los xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos, los relevos se realizarán a las 09:00 y las 21:00 horas. j) Por ningún motivo se aceptará que el personal doble su turno, esto es, que continúe desempeñando servicios extraordinarios una vez concluido su turno, en este último caso solo se aceptará que continúe hasta por dos horas para dar oportunidad que se presente su relevo, en la inteligencia de que no se presente ningún elemento para el relevo, el prestador del servicio tendrá la responsabilidad dentro del tiempo de tolerancia de cubrir tales ausencias. k) El prestador del servicio deberá mantener en cada instalación, el personal completo y en forma continua en los turnos señalados; siendo su responsabilidad cubrir ausencias por causas de fuerza mayor o de carácter rutinario, debiendo establecer coordinación con el Departamento de Servicios Generales del CIMAT para fijar los horarios autorizados para la toma de alimentos. l) El prestador del servicio procurará mantener estable el personal de seguridad asignado al CIMAT, elaborándose tanto por la empresa como por el Departamento de Servicios Generales la plantilla de personal que prestará el servicio de manera fija en cada instalación, señalando en la misma al encargado o responsable. Cuando el Departamento de Servicios Generales autorice un relevo, el elemento que se incorpore al servicio deberá reunir el perfil y requisitos señalados en el numeral 1.2.3 de este Anexo y será integrado a la mencionada plantilla. m) El CIMAT no contrae responsabilidad laboral alguna con el personal de seguridad que la empresa contrate, cualquier conflicto que se presente entre estos, será responsabilidad exclusiva de el prestador del servicio. Así mismo el prestador del servicio deberá garantizar que su personal NO altere el orden en el interior de las instalaciones; NO eleve o realice peticiones a funcionarios del CIMAT; o que funja como intermediario para arreglo de asuntos ajenos al servicio. n) Toda reubicación del personal de seguridad de un puesto a otro, o de una instalación a otra, de acuerdo con las necesidades del servicio se hará únicamente con la autorización del Departamento de Servicios Generales del CIMAT, el que podrá disponer las reubicaciones que considere necesarias. o) El CIMAT tendrá la facultad de retirar, reubicar y/o boletinar al personal faltista, de mala conducta o que tenga omisiones en el servicio, sin perjuicio de proceder legalmente sí estas omisiones constituyeran un delito. p) El prestador del servicio se comprometerá a mantener en buen estado de conservación y limpieza tanto las casetas de vigilancia como el mobiliario y equipo que el CIMAT le asigne para el desarrollo de sus funciones. Así mismo deberá garantizar que su personal haga buen uso de los citados bienes, poniendo principal atención a los de telefonía y radiocomunicación. q) El prestador del servicio establecerá comunicación y mantendrá la coordinación en el CIMAT únicamente con el Departamento de Servicios Generales. | |
1.2.2 | El personal que designe el prestador del servicio deberá cubrir el perfil del puesto de seguridad y vigilancia requerido para atender la cantidad de turnos requeridos por el CIMAT |
1.2.3 | El personal de vigilancia y seguridad requerido por el CIMAT deberá cumplir con los siguientes requisitos: PERFIL DEL PUESTO a) Edad: Mínima 18 años, máxima 52 años. b) Estatura mínima: 1.65 metros. |
c) Estudios: Certificado de Secundaria o carta de servicio de antigüedad como guardia de seguridad de 3 años como mínimo. d) Deberá saber leer y escribir correctamente. e) Complexión: Regular. No se aceptará personal notoriamente excedido de peso. f) No ser miembro activo de los cuerpos de seguridad pública o de las fuerzas armadas. g) Con vocación para el servicio de vigilancia y seguridad. h) Sin defectos físicos que le impidan el cumplimiento del servicio. i) No se aceptará personal con cualquier tipo de TATUAJE. j) Con buena condición física. k) Deberá conocer sus funciones para el desempeño de vigilante x xxxxxxx de seguridad. l) Presentar Carta de no Antecedentes Penales vigente. m) Examen médico para trabajo n) Examen médico antidoping (marihuana, psicotrópicos y cocaína) o) No haber sido destituido de los cuerpos de seguridad pública ni de las fuerzas armadas por cualquiera de los siguientes motivos: • Por poner en peligro a los particulares a causa de imprudencia, negligencia o abandono del servicio. • Por incurrir en faltas de honestidad. • Por asistir al servicio en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias prohibidas. • Por revelar asuntos secretos o reservados de los que tenga conocimiento por razones de su empleo. • Por presentar documentación falsa o apócrifa. • Por obligar a sus subalternos a entregarle dinero u otras dádivas bajo cualquier concepto. p) Con conocimientos básicos de las Leyes y Reglamentos que garanticen el respeto a los Derechos Humanos de todas las personas con las que tratará. q) No encontrarse boletinado en el CIMAT, en caso de haber prestado servicio de seguridad en alguna de las diferentes instalaciones con anterioridad. Nota: Los documentos solicitados en los puntos: c, l, m y n, deberán ser presentados a más tardar dentro de los 10 días hábiles posteriores a la firma del contrato; en caso de no hacerlo, no será aceptado el elemento que no cumpla con estos requisitos. |
1.3 | REQUISITOS TÉCNICOS Las propuestas técnicas deberán incluir lo siguiente: |
1.3.1 | Descripción del servicio, considerando el total de especificaciones técnicas de conformidad con los puntos 1.1 y 1.2 del Anexo 4, considerando en su caso las aclaraciones realizadas en el acto correspondiente |
1.3.2 | Manifestación escrita en la que en caso de resultar ganador, el licitante se obliga prestar los servicios derivados de la presente licitación, conforme los requerimientos de la convocante establecidos en el punto 1.1 y 1.2 del presente Anexo. |
1.3.3 | Manifestación escrita en la que el licitante indique que se encuentra en condiciones de cumplir con los turnos, en las áreas establecidas y que conoce la ubicación de los inmuebles en los que se prestará el servicio de vigilancia. |
1.3.4 | Manifestación escrita en la que el licitante se obligue ante el CIMAT a pagar una penalización del 150% sobre el importe del turno diario no prestado, independientemente de que no procederá el pago del mismo, como pena convencional que se calculará como a continuación se establece : Por cada inasistencia se aplicará una pena convencional, misma que será computada mediante la siguiente fórmula : P=1.5 x (NF) x C DONDE : P= Pena convencional para el día xxxxxxxxxxxxxxx. XX= Número de elementos faltantes en el día correspondiente. C= Costo unitario del turno del elemento. NOTA : CUANDO EL PERSONAL SE REPONGA DENTRO DE LAS 2 HORAS DE TOLERANCIA, SE APLICARÁ SOLAMENTE EL 50% DE ESTA PENALIZACIÓN. |
1.3.5 | Los licitantes deberán indicar por escrito la vigencia de la proposición técnica la cual deberá ser mínimo del acto de apertura de proposiciones técnicas al 31 de diciembre de 2008. |
1.3.6 | COPIA CERTIFICADA del permiso expedido por la Secretaría de Seguridad Pública Federal, ó la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en el que el licitante acredite encontrarse en el Padrón de Empresas de Seguridad Privada con Registro ó Autorización VIGENTES para prestar servicios de PROTECCIÓN DE PERSONAS Y BIENES FUERA DE LAS VÍAS O ÁREAS PUBLICAS en la localidad en que se requiere en la presente licitación. |
1.3.7 | Nombre del Licitante. |
1.3.8 | Firma del Licitante o su Representante. |
1.4 | REQUISITOS ECONÓMICOS Las propuestas económicas deberán incluir lo siguiente: |
1.4.1 | Manifestación escrita, bajo protesta de decir verdad, de que su proposición económica corresponde a lo descrito en el Anexo 4 de su Proposición Técnica. |
1.4.2 | • Los licitantes deberán indicar por escrito la vigencia de la proposición económica la cual deberá ser mínimo del acto de apertura de proposicion económicas al 31 de diciembre de 2008. Estos se expresarán como PRECIOS UNITARIOS POR TURNO, y tendrán vigencia del 1° xx xxxxx de 2007 31 de diciembre del año 2008 y serán los que se consideren para evaluar las propuestas económicas.. Los precios serán fijos durante el ejercicio 200 Durante el 2008, el precio podrá variar y solo será sujeto al incremento xxx xxxxxxx mínimo del D.F. para efectos de los salarios y la inflación fijada p órganos federales, para efectos de los demás costos (gastos directos e indirectos, así como el margen de utilidad) sin que ello implique aumentar la sum de ambos incrementos a los salarios y los demás costos. ( Artículo 44 primer párrafo de la Ley ). |
1.4.3 | La proposición económica deberá incluir lo siguiente: CANTIDAD DE TURNOS DEL 1° XX XXXXX DE 2007 AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008, Y COSTO UNITARIO CON NÚMERO Y LETRA TURNOS EDIFICIO PRINCIPAL DEL CIMAT RESPONSABLES DE TURNO COSTO UNITARIO CIMAT TURNO Lunes a Sábado 12 hrs $ ( Importe con letra ) TURNO Xxxxxxxx 12 hrs $ ( Importe con letra ) TURNO Días Festivos 12 hrs $ ( Importe con letra ) RESPONSABLES DE CASETA COSTO UNITARIO CIMAT TURNO Lunes a Sábado 12 hrs $ ( Importe con letra ) TURNO Domingos 12 hrs $ ( Importe con letra ) TURNO Días Festivos 12 $ ( Importe con letra ) RESPONSABLES DE TURNO 1,064 ( UN MIL SESENTA Y CUATRO ) TURNOS 12 hrs Lunes a Sábado $ ( Importe con letra ) 180 ( CIENTO OCHENTA ) TURNOS 12 hrs Domingos $ ( Importe con letra ) 38 ( TREINTA Y OCHO ) Días festivos = $ ( Importe con letra ) RESPONSABLES DE CASETA 2,128 ( DOS MIL CIENTO VEINTIOCHO ) TURNOS 12 hrs Lunes a Sábado $ ( Importe con letra ) 360 ( TRESCIENTOS SESENTA ) TURNOS 12 hrs Domingos $ ( Importe con letra ) 76 ( SETENTA Y SEIS ) Días festivos = $ ( Importe con letra ) TOTAL CIMAT EDIFICIO PRINCIPAL $ ( Importe con letra ) TURNOS EDIFICIO CIMATEL COSTO UNITARIO CIMATEL TURNO Lunes a Viernes 16 hrs $ ( Importe con letra ) TURNO Sábados y Domingos 12 hrs $ ( Importe con letra) TURNO Día Festivo 12 hrs $ ( Importe con letra ) 442 ( CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS ) TURNOS 16 hrs Lunes a Viernes $ ( Importe con letra ) 360 ( TRESCIENTOS SESENTA ) TURNOS 12 hrs Sábados y Domingos $ ( Importe con letra ) 38 (TREINTA Y OCHO) TURNOS 12 hrs Días Festivos = $ ( Importe con letra ) TOTAL EDIFICIO CIMATEL $ ( Importe con letra ) SUBTOTAL ( CIMAT EDIFICIO PRINCIPAL + EDIFICIO CIMATEL ) : $ ( Importe con letra ) I.V.A.: $ ( Importe con letra ) TOTAL del periodo del 1° xx xxxxx de 2007 al 31 de diciembre 2008 : $ ( Importe con letra ) |
1.4.4 | Para el precio unitario por elemento, se deberá considerar su integración y desglosar en su propuesta los conceptos: · Costo de mano de obra. El costo de mano de obra por turno NO es el Salario del personal. El análisis que se presente deberá reflejar que en este costo ya se incluyeron: séptimo día, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, y todas las prestaciones xx xxx. · Gastos directos e indirectos y otros, · Así como el margen de utilidad (porcentaje y monto unitario). |
1.4.5 | Nombre del Licitante. |
1.4.6 | Firma del Licitante o su Representante. |
Nota: Al presentar aspectos técnicos en la Proposición Económica, distintos a los señalados en su Proposición Técnica, el CIMAT considerará los presentados por el Licitante en su Proposición Técnica
1.5 CONSIGNAS Y LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LAS INSTALACIONES DE LOS EDIFICIOS CIMAT Y CIMATEL.
(Articulo 30 Fracción I del Reglamento)
24. PUNTUALIDAD.- Los elementos deberán presentarse a laborar puntualmente en los días y horarios establecidos para el inicio de turnos debidamente uniformados, es decir, con el calzado bien lustrado, vestimenta oficial, equipo de seguridad, gafete de identificación, pelo corto, debidamente peinado y afeitado, y en casos necesarios chamarra, gorra e impermeable; queda prohibido el uso de prendas que no correspondan al uniforme oficial.
25. FUNCION.- La principal función de los elementos es resguardar la seguridad de los bienes y personas que se encuentren dentro de los inmuebles del CIMAT y CIMATEL.
26. REGISTRO.- Los elementos responsables de las casetas de acceso al CIMAT y del edificio CIMATEL, deberán llevar el regisro de investigadores, trabajadores, afanadoras, visitantes, proveedores, vehículos y en general, de todas las personas que ingresen a las instalaciones de los edificios del CIMAT y CIMATEL.
27. VISITANTES.- Los elementos responsables de las casetas, antes de permitir el ingreso de visitantes y/o personas ajenas al CIMAT, deberán verificar telefónicamente con el funcionario con quien se dirigen, si autoriza el ingreso de los visitantes; de tal forma que únicamente ingresen las personas con las que se tenga algún asunto a tratar.
28. CIRCUITO CERRADO.- El elemento responsable de la Caseta Poniente, deberá operar el Sistema de Circuito Cerrado de T.V. para el control de los acceso al edificio del CIMAT.
29. TELEFONO.- Los elementos de las Casetas del Edificio CIMAT y el elemento responsable del edificio CIMATEL, deberán contestar el teléfono en horarios y días inhábiles, así como en los días de descanso o periodos vacacionales para el personal de los edificios CIMAT y XXXXXXX, debiendo tomar nota de los mensajes o recados recibidos y hacer llegar éstos al personal correcto; además brindar apoyo al personal investigador y estudiantes para la solicitud de transporte de alquiler.
30. MOBILIARIO Y EQUIPO.- Los elementos responsables de las casetas de acceso al edificio CIMAT y del Edificio CIMATEL, son los encargados de verificar la salida de bienes debidamente autorizados, mediante los formatos de Vale de Salida de Mobiliario y Equipo.
31. EQUIPO DE TRANSPORTE.- Los elementos responsables de las Casetas en el Edificio CIMAT, serán los encargados de llevar el control y registro de las entradas y salidas de los vehículos oficiales, mediante Vale de Control de Vehículos.
32. EMERGENCIAS.- Los elementos de turno serán los responsables de brindar auxilio y/o canalizar de manera inmediata los Reportes de Emergencias recibidos mediante el *911, al Departamento de Servicios Generales y/o al Sistema Estatal de Emergencias *066.
33. BANDERA.- El elemento responsable del servicio será el responsable de Izar la Bandera Nacional de acuerdo al calendario establecido en la Ley y Reglamento a la Bandera en el edificio CIMAT.
34. RONDINES.- Los elementos responsables del servicio, deberán realizar rondines de vigilancia en los estacionamientos y al interior de los inmuebles por lo menos una vez cada hora en los diferentes turnos de servicio.
35. ORDEN.- Los elementos adscritos al servicio de vigilancia en las instalaciones del CIMAT y CIMATEL, no deberán alterar el orden en el interior de las instalaciones, no elevar o realizar peticiones a funcionarios del CIMAT, y no actuar como intermediario para el arreglo de asuntos ajenos al servicio.
36. LIMPIEZA.- Los elementos responsables de las casetas y el de servicio en el edificio CIMATEL, deberán mantener en buen estado de conservación y limpieza tanto las casetas de vigilancia u espacio de trabajo, como el mobiliario y equipo que el CIMAT les asigne para el desempeño de sus funciones.
37. COORDINACION.- Los elementos de turno, deberán coordinarse y apoyarse con los elementos de la Policía Preventiva Municipal para el mejor desempeño de sus actividades.
38. LECTURAS.- El guardia responsable de turno y el elemento en el Edificio CIMATEL, serán los encargados de tomar las lecturas de los medidores de C.F.E y Agua Potable.
39. BOMBAS.- El guardia responsable del servicio en el edificio CIMAT y el elemento del edificio CIMATEL, serán los encargados del encendido de las bombas para el abastecimiento del servicio de agua potable a los tinacos de los diferentes edificios, las veces que sean necesarias; así como del encendido del boiler y bomba recirculadora de agua en el edificio CIMATEL, según las instrucciones recibidas por el Administrador del Inmueble.
40. HUESPEDES.- Es responsabilidad de los elementos del servicio de vigilancia del edificio CIMATEL, permitir el acceso a los huéspedes y proporcionarles el apoyo en caso necesario.
41. CONSIGNAS.- Cumplir las consignas acordadas con el CIMAT.
42. REPORTE.- Entregar el reporte diario de actividades, anotando en el mismo los reportes recibidos de las demás áreas.
43. PROHIBICION.- Queda estrictamente prohibido a los elementos dormirse durante el servicio, en caso de encontrar algún elemento en este estado, se procederá a levantar un reporte señalando el hecho y al segundo reporte se procederá se solicitará de manera inmediata su reemplazo.
44. ESTADO.- Queda prohibido a los elementos de vigilancia asistir al servicio o fuera de éste, en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias prohibidas.
45. CASETAS.- Los elementos responsables de las casetas, no deben permitir el acceso a las casetas de vigilancia al personal ajeno al servicio.
46. VISITAS.- Está prohibida la estancia de familiares, amigos y cualquier otra persona en las Casetas de Vigilancia y al interior de los edificios del CIMAT, únicamente está permitido que los elementos reciban de éstos los enseres y artículos de alimentación; en caso de omisión, se procederá a levantar reporte del hecho y se solicitará el reemplazo del elemento.
47. MASCOTAS.- Por ningún motivo se aceptará que los elementos de vigilancia traigan consigo a sus mascotas, en caso de ocurrido el hecho, se levantará reporte y se solicitará el cambio del elemento.
48. USO DE VEHICULOS.- Queda estrictamente prohibido conducir cualquier vehículo propiedad del CIMAT, y en ninguna circunstancia sacarlo de las instalaciones.
49. CONDUCTA.- Deberán abstenerse de incurrir en faltas de honestidad con el personal que ingrese a las instalaciones del Centro. Deberá de conducirse siempre de forma atenta y respetuosa con todas las personas que trate.
50. CONFIDENCIALIDAD.- Queda prohibido revelar asuntos referentes a sus funciones de los que tenga conocimiento por razones de su empleo.
CONTRATO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES EN ÓPTICA
CONTRATO No. CIO-SG-2006-
CONTRATO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE VIGILANCIA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL CENTRO DE INVESTIGACIONES EN ÓPTICA, A.C., REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL XX. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS FINES DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “EL CIO”, Y POR LA OTRA LA EMPRESA,
., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL , EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS FINES DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “ ”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1.- “EL CIO” declara:
I.1. Es un Centro Público de Investigación de la Administración Pública Federal, constituido como asociación civil dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a las leyes mexicanas, según se desprende de la escritura pública número cinco mil setecientos cuarenta y tres, de fecha dieciocho xx xxxxx de mil novecientos ochenta, otorgada en la ciudad de Guanajuato, estado del mismo nombre, pasada ante la xx xxx xxxxxxx público número cuatro Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
I.2. Que tiene su domicilio social para los fines del presente contrato en Xxxx xxx Xxxxxx número 115, colonia Xxxxx del Campestre, en la ciudad de León, Guanajuato, Código Postal 37150.
I.3. Que dentro de su objeto social se encuentra el celebrar los actos y convenios que tengan conexión con todos o cualquiera de sus objetivos.
I.4. Que tiene Registro Federal de Contribuyentes número CIO-800418-1K5 y número de afiliación B4816864-10 ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
1.5. Que el Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, acredita su representación y capacidad legal para firmar el presente contrato con copia de la escritura pública en la que se consigna su nombramiento.
I.6. Que a través de la licitación pública nacional número adjudicó el contrato a la empresa .
I.7. Que cuenta con presupuesto disponible para cubrir el importe correspondiente por la prestación del servicio de vigilancia, objeto del presente contrato.
II.- “ " declara:
II.1. Que es una Sociedad , constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, según Escritura Pública número de fecha de de , formalizada ante el , titular de la notaria número de la ciudad de .
II.2. Que su acta constitutiva fue reformada el
de
del , lo cual consta en el instrumento notarial No. , emitido por el Lic.
, titular de la notaria número de la ciudad de .
II.3 Que su objeto social es .
II.4. Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el No. .
II.5. Que cuenta con el permiso No. expedido por la Secretaría de Seguridad Pública, para proporcionar el servicio objeto de este contrato.
II.6. Que para los efectos del presente contrato señala como su domicilio legal .
II.7. Que su representante legal acredita su capacidad para la firma del presente contrato con la escritura pública No. de fecha de de , formalizada ante el Lic. , titular de la notaria número de la ciudad de .
II.8. “ ” declara haber recibido una explicación detallada de la naturaleza de los servicios que deberá prestar y manifiesta que cuenta con la capacidad técnica y económica para ello.
III.- Ambas partes declaran:
III.1. Que es su voluntad celebrar el presente contrato conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. “ ” se obliga a prestar servicios especializados de vigilancia y seguridad a los bienes muebles e inmuebles propiedad o en custodia de “EL CIO” en la ciudad de ., en los términos establecidos en las bases de la licitación, referida en y en este contrato.
“ ” asignará cuatro guardias (hombres) durante los días de vigencia de este contrato. Los guardias asignados tendrán turnos de 12 x 12 horas. Los que cubran el turno de día permanecerán en con objeto de vigilar el acceso y salida de personas, vehículos y objetos de las instalaciones de "EL CIO". Los elementos que cubran el turno nocturno realizarán recorridos (rondines nocturnos) por todas las instalaciones de "EL CIO".
SEGUNDA.- DEL PRECIO. “EL CIO” se obliga a pagar por los servicios referidos en la cláusula primera del presente contrato los precios siguientes:
No. DE GUARDIAS | COSTO UNITARIO MENSUAL POR GUARDIA | COSTO POR MES | COSTO Por 10 meses |
El precio total de los servicios será de $ más el Impuesto al Valor Agregado.
TERCERA.- DE LA FORMA DE PAGO. El precio a que se refiere la cláusula que antecede, será pagado por “EL CIO” a “ ” en entregas mensuales mediante cheque expedido a su favor, previa presentación de la factura correspondiente, la cual deberá cumplir con los requisitos fiscales en vigor.
Las faltas o ausencias de los vigilantes asignados a "EL CIO" serán descontadas del pago inmediato que deba hacerse a “ ”.
CUARTA.- DE LA SUPERVISIÓN. “EL CIO” tendrá en todo tiempo la facultad de supervisar los servicios para verificar que se apeguen a lo dispuesto en el presente contrato y en su caso solicitar a “ ” las correcciones que se requieren. En el caso de que encuentre negligencia, falta de probidad o ineficiencia en el desempeño de las funciones de alguno de los elementos que tendrá a su cargo los servicios, dará aviso por escrito a “ ” quien se obliga a cambiar a dicho personal de inmediato.
Asimismo, “ ” deberá realizar una supervisión continua de los guardias y presentar un reporte diario por escrito al Departamento de Servicios Generales de “EL CIO”.
QUINTA. DE LA RESPONSABILIDAD LABORAL. El personal que “ ” ocupe para los servicios contratados, será bajo su estricta responsabilidad y por lo tanto no podrá considerarse a “EL CIO” patrón sustituto, inclusive en caso de deceso de alguno de sus elementos con motivo del cumplimiento de su deber en actividades relacionadas con la vigilancia y protección de personas y bienes.
A efecto de cumplir con esta cláusula, " " deberá acreditar ante "EL CIO" que el personal asignado para realizar el servicio de vigilancia en las instalaciones de este último, está dado de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
SEXTA.- DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL. “ ” asume la responsabilidad civil y penal en que pudiera incurrir su personal en el cumplimiento de su deber y por lo tanto releva a “EL CIO” de cualquier daño o perjuicio que con ello pudiera causar a terceras personas en su integridad física o patrimonial.
Asimismo, “ ” será responsable por los eventuales daños y perjuicios que el personal bajo su servicio pudiera causar a las personas que se encuentren dentro de las instalaciones de “EL CIO” o a bienes de la propiedad de éste, ya sea por acción u omisión, y se obliga a resarcir a “EL CIO” o a quien le sean causados daños o perjuicios.
SÉPTIMA.- DE LA GARANTÍA. Para garantizar el cumplimiento del contrato “ ” deberá expedir fianza a favor de “EL CIO” por el diez por ciento del valor del presente contrato. Dicha fianza será expedida por una institución debidamente autorizada y su cancelación sólo podrá hacerse mediante escrito de “EL CIO” a la afianzadora, en el que se haga constar el finiquito de los servicios materia del presente contrato a la afianzadora.
OCTAVA.- DE LAS RESTRICCIONES. “EL CIO” se compromete a no emplear a los elementos que tendrán a su cargo la vigilancia de sus instalaciones, en labores que se aparten de las funciones a que se refieren las instrucciones previstas en la CLÁUSULA PRIMERA del presente contrato.
NOVENA.- RESCISIÓN. “EL CIO” podrá rescindir sin responsabilidad el presente contrato por las siguientes causas: a) Cuando los elementos abandonen, sin causa justificada, su puesto de vigilancia por más de una hora; b) Cuando se compruebe que algún vigilante ingiera bebidas embriagantes o consuma drogas durante su horario de servicios o en las instalaciones de la institución, c) La falta de probidad u honradez de algún elemento, d) Las amenazas, insultos o maltrato en contra del personal de “EL CIO” o visitantes, e) No reportar a tiempo a las autoridades de la institución cualquier anomalía que pudiera poner en riesgo a las personas o bienes de “EL CIO”.
La rescisión del contrato se dará sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que pudiera incurrir la compañía por sí misma o por conducto del personal asignado al servicio de vigilancia en “EL CIO”.
Por su parte, “ ” podrá rescindir el presente contrato en los siguientes supuestos: a) La falta de pago oportuno de los servicios por parte del “CIO” y, b) Que los elementos sean comisionados a labores no previstas en el presente contrato y no acordadas previamente entre las partes.
DÉCIMA.- DURACIÓN. El presente contrato tendrá vigencia del día primero xx xxxxx del dos mil siete al treinta y uno de diciembre del 2008, pudiendo ser terminado con anticipación por cualquiera de las partes cuando concurran razones de fuerza mayor, previo aviso por escrito dado con quince días de anticipación.
El presente contrato podrá ser prorrogado hasta en un 20% del tiempo de vigencia del mismo, de conformidad con el artículo 52, primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
UNDÉCIMA.- DE LA JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento de lo pactado en el presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la ciudad xx Xxxx, estado de Guanajuato, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio actual o futuro.
El presente contrato fue leído por las partes que en el intervienen y toda vez que en el mismo no existe lesión, dolo o mala fe, lo firman al calce en dos ejemplares igualmente válidos, en la ciudad xx Xxxx, Guanajuato, el día tres xx xxxxx del dos mil seis.
CENTRO DE INVESTIGACIONES “ PROVEEDOR.
EN ÓPTICA, A.C.
XX. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
DIRECTOR GENERAL REPRESENTANTE LEGAL
CONTRATO DEL CIATEC, A.C.
CONTRATO No. /2007
CONTRATO DE SERVICIOS DE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL NOMBRE DE CENTRO AL QUE EN ESTE DOCUMENTO SE DENOMINARA "(SIGLAS DEL CENTRO)", REPRESENTADO POR REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE LEGAL, Y POR LA OTRA , REPRESENTADA POR EN SU CARÁCTER DE ; A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA “EL PROVEEDOR”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
A) Que es una Entidad de Participación Estatal Mayoritaria del Gobierno Federal, reconocida como Centro Público de Investigación, denominada CIATEC, A.C. con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituída en Asociación Civil mediante escritura pública número 5,044, de fecha 12 xx xxxxxx de 1976, pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número 15, Lic. Xxxxxx Xxxx Xxxxx, de la ciudad xx Xxxx, Gto., e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 56 folio 31 y 32 del tomo I del libro de sociedades y asociaciones civiles el 13 de octubre de 1976, y reformada con la escritura pública número 9,396 de fecha 26 de noviembre de 1994, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público no. 28 Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx de la ciudad xx Xxxx, Gto, misma que contiene protocolización de Acta de Asamblea General extraordinaria, dentro de la cual se hace constar el acuerdo 10/1/94, por el cual se aprueba por unanimidad, la propuesta de cambiar la denominación social del “Centro de Investigación y Asistencia Tecnológica del Estado de Guanajuato A.C.” a “Centro de Investigación y Asesoría Tecnológica en Cuero y Calzado, A.C.”, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta ciudad bajo el número 161 del tomo número 4 del libro de Sociedades y Asociaciones Civiles el día 10 de Enero de 1995; modificada posteriormente mediante el acta de la segunda sesión extraordinaria de la Asamblea General de Asociados celebrada el día 3 tres de octubre de 2003, mediante la cual se acordó el cambio de razón social de “Centro de Investigación y Asesoría Tecnológica en Cuero y Calzado, A.C.” a ”CIATEC, A.C.”; según consta en la escritura pública número 12,903 de fecha 06 seis de noviembre de 2003 dos mil tres, otorgada ante la fe del Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Notario Público número 28 de la ciudad xx Xxxx, Gto, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Folio Civil número: V20.000162, el día 08 ocho de Diciembre de 2003.
B) Que se encuentra representado en este acto por su Director General, el Ing. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Representante Legal, quien se encuentra facultado para la suscripción del presente instrumento, según se desprende de la escritura pública número 12,987 de fecha 10 xx xxxxx del 2004, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número 28, Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, de la ciudad xx Xxxx, Guanajuato; e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el Folio Civil número: V20.000162, el día 26 Veintiséis xx Xxxxx de 2004; y que las facultades conferidas en el documento referido no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna.
C) Que tiene establecido su domicilio en calle Omega no. 201 Fraccionamiento Industrial Delta xx Xxxx, Gto., mismo que señala para los fines y efectos legales de este contrato.
D) Que cuenta con su clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC): CIA-940610-MS9.
E) Que cuenta con la suficiencia presupuestal autorizada para el rubro de gasto objeto del presente contrato para el ejercicio 2007.
F) Para asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, EL CIATEC, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 134 Constitucional y con fundamento en los artículos 25, 26 fracción I, 27, 28 fracción I, 31 y demás disposiciones aplicables, que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en lo sucesivo “LA LEY”), así como a lo establecido en el Reglamento de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, emitió con fecha
, para concursar la contratación del suministro de .
de del año , la convocatoria de la Licitación Pública Nacional número
G) Mediante fallo emitido con fecha del año se adjudicó el presente contrato a correspondiente a la partida , en razón de que cumplió con los requisitos legales, técnicos y económicos solicitados en las bases de la Licitación.
SEGUNDA.- EL PROVEEDOR, declara:
A) Ser una Sociedad Mercantil constituida conforme a las Leyes Mexicanas, según consta en la escritura pública número de fecha , otorgada ante la fe del Lic. , Titular de la Notaría Pública número , de la ciudad de , e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número el día .
B) Que se encuentra representada en este acto por , en su carácter de (Representante Legal o Apoderado Legal); quien se encuentra facultado para la suscripción del presente contrato, según se desprende de la escritura pública número de fecha , otorgada ante la fé del Lic. , titular de la Notaría Pública número de la ciudad de ; e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número el día ; y que las facultades conferidas en el documento referido no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna.
C) Que su domicilio se encuentra ubicado en:
D) Que de acuerdo con su objeto social tiene entre sus funciones y fines:
E) EL PROVEEDOR, DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 31 Fracción XXIV, 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en los del artículo 47 fracción XXIII, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
F) El PROVEEDOR declara tener nacionalidad mexicana y se obliga a realizar los servicios materia de este contrato, bajo los procedimientos contenidos en las leyes mexicanas y a no invocar la protección de ningún gobierno extranjero, bajo pena de perder en beneficio de la Nación Mexicana todo derecho derivado de este contrato.
G) Tiene capacidad jurídica para contratar y cuenta con los recursos humanos, económicos, materiales y con infraestructura técnica necesaria para cubrir los servicios de este contrato.
H) Que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes el cual se encuentra vigente.
I) EL PROVEEDOR, DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que los servicios que suministrará bajo este contrato cumplen con las características y especificaciones solicitadas en las bases de la Licitación Pública Nacional número .
J) Que conoce el contenido y los requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones reglamentarias y
administrativas aplicables, así como el contenido del anexo .
En términos de lo antes manifestado, las partes se obligan al tenor de las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO:
El PROVEEDOR se obliga con EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), a proporcionar el SERVICIO ., comprometiéndose a
respetar lo establecido en el Anexo , de las bases de la licitación y que forma parte integral del presente contrato; Así como a respetar todo lo establecido en las bases, anexos
y Junta de Aclaraciones de la Licitación.
SEGUNDA.- PLAZO DE REALIZACION Y CONDICIONES:
EL PROVEEDOR se obliga a realizar los servicios objeto de este contrato, del
de de al
de del año , así como a cumplir con la cantidad de
personal y horarios descritos en la cláusula del contrato; obligándose EL PROVEEDOR a cubrir las ausencias de su personal por causas de fuerza mayor o de carácter
rutinario en un plazo no mayor de dos horas a partir de la hora de entrada, a efecto de que el servicio se proporcione con la calidad, intensidad y eficiencia que EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) requiere.
TERCERA.- MONTO:
El monto total del presente contrato es de $ más el impuesto al valor agregado; este importe se determinó conforme a los precios unitarios propuestos e importes parciales y total, contenidos en la proposición de EL PROVEEDOR. El importe correspondiente al 15% (quince por cierto) del Impuesto al Valor Agregado (IVA), será trasladado en los términos de la Ley de la materia.
CUARTA.- CANTIDADES ADICIONALES QUE PODRAN REQUERIRSE:
El (“SIGLAS DEL CENTRO”), de conformidad con lo establecido por el artículo 52 de la Ley, podrá llevar a cabo modificaciones en las cantidades originalmente requeridas en el contrato.
Dichas modificaciones se harán dentro de la vigencia del contrato y no podrán rebasar en conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes originalmente establecidos en el mismo. Los precios unitarios, correspondientes a las cantidades adicionales, deberán ser iguales a los pactados inicialmente.
En caso de que se convengan cantidades adicionales, la fecha de inicio de la prestación de los mismos, deberá ser pactada de común acuerdo entre EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) y el prestador del servicio.
No se otorgarán anticipos.
QUINTA.- FORMA DE PAGO:
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley, el pago se realizará a más tardar dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la aceptación y entrega de la o las facturas debidamente requisitadas, en la Caja General de EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), sita en (domicilio del Centro), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. EL PROVEEDOR del servicio deberá seguir el procedimiento de pago que se describe a continuación:
EL PROVEEDOR deberá iniciar la prestación del servicio en los términos que se indican en las cláusulas primera y segunda del presente contrato, y una vez cumplido el periodo correspondiente a un mes, presentará en el Departamento de Servicios Generales de el (“SIGLAS DEL CENTRO”), dentro de los cinco días naturales posteriores al cumplimiento del periodo de que se trate, la factura debidamente requisitada, conforme a lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; esta unidad administrativa en un plazo de 3 (tres) días naturales a partir de la recepción de la factura correspondiente, llevará a cabo la verificación de los datos tales como: requisitos fiscales, descripción de los servicios, precios unitarios, cantidad, cálculos, importe, etc., y si los datos son correctos, continuará el procedimiento para el pago de los servicios en un término de 20 (veinte) días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la factura o facturas.
En caso de imprecisiones en la o las facturas, dentro de un plazo de 3 (tres) días naturales la Caja General de EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), las devolverá por escrito para que EL PROVEEDOR de los servicios haga las correcciones y presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago, por lo que el plazo de los 20 (veinte) días hábiles iniciará a partir de la fecha de la nueva presentación.
En las facturas que presente EL PROVEEDOR de los servicios deberá desglosarse por separado el impuesto al valor agregado correspondiente. Adicionalmente, EL PROVEEDOR deberá presentar:
-El expediente completo de todo el personal, que contenga la información solicitada en el punto PERFIL DEL PERSONAL de la Descripción Detallada del Servicio
del Anexo , incluyendo el alta en el IMSS de cada uno de los trabajadores, que deberá ser entregado en los primeros 10 días hábiles posteriores al inicio de la vigencia
del presente contrato, y
-Copia de los pagos de las cuotas obrero patronales del IMSS-INFONAVIT, incluyendo la relación detallada del personal, que será requisito mensual para que sea tramitado el pago.
SEXTA.- LUGAR DE PAGO:
EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) y EL PROVEEDOR convienen que el pago de las facturas derivadas de las adquisiciones a que se refiere la CLAUSULA anterior, se hará en la Caja General del propio (“SIGLAS DEL CENTRO”), mediante cheque nominativo con la leyenda “para abono en cuenta del beneficiario”
SEPTIMA.- CESION DE DERECHOS DE COBRO:
Los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, no podrán ser cedidos, enajenados, gravados o traspasados por parte de EL PROVEEDOR a terceros por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, salvo que medie consentimiento previo por parte de EL (“SIGLAS DEL CENTRO”).
OCTAVA.- CONDICIÓN SUSPENSIVA:
El presente contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que inicie la vigencia del mismo, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Cualquier pacto en contrario a lo descrito en este párrafo, se considerará nulo.
NOVENA.- GARANTIAS:
EL PROVEEDOR se obliga a constituir y a sostener en la forma y términos establecidos por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones reglamentarias y administrativas aplicables, así como lo previsto en este contrato, la siguiente garantía:
Fianza que garantice por EL PROVEEDOR el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato.
La póliza de fianza a que se refiere el párrafo anterior, deberá ser entregada por EL PROVEEDOR a EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato y otorgada por Institución Mexicana de Fianzas debidamente autorizada a favor y a satisfacción de EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) con valor del 10% (diez por ciento) del importe total del monto máximo del presente contrato, antes del impuesto al valor agregado. Dicha póliza deberá contener las declaraciones expresas contenidas en el anexo F de las bases de Licitación.
En el supuesto que EL PROVEEDOR no entregue la póliza de fianza en el plazo pactado en este apartado, EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) en los términos de la CLAUSULA VIGESIMA, podrá determinar la rescisión administrativa del presente contrato.
En el evento de que las partes celebren un convenio modificatorio al contrato o que los costos que sirvieron de base para integrar los precios unitarios se incrementen, EL PROVEEDOR se obliga a entregar un documento adicional a la fianza en los términos del Artículo 117 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, el cual deberá indicar que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza otorgada.
DECIMA.- PENA CONVENCIONAL
De conformidad con lo estipulado en el artículo 53 de LA LEY, EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) aplicará penas convencionales a EL PROVEEDOR, por incumplimiento en la prestación del servicio objeto de este contrato, como a continuación se estipula:
EL PROVEEDOR se obliga a pagar una penalización del 150% sobre el importe del turno diario no prestado, independientemente de que no procederá el pago del mismo, como pena convencional que se calculará como a continuación se establece:
Por cada inasistencia se aplicará una pena convencional, misma que será computada mediante la siguiente fórmula: P=1.5 x (NF) X C
Donde:
P= Pena Convencional para el día correspondiente
NF= Número de elementos faltantes en el día correspondiente C= Precio Unitario del turno elemento
Nota: Aplica para retardos de acuerdo al punto
del Anexo
de su proposición, Registro de Asistencias.
La pena convencional se aplicará por no reponer al personal, independientemente del descuento por la inasistencia. Cuando el personal se reponga sólo se aplicará media falta.
Cuando se presenten más de tres reportes por escrito de los usuarios en un periodo de treinta (30) días, en cualquier área de trabajo, se aplicará una penalización del 10% sobre el importe mensual total del servicio, en el pago siguiente a la ocurrencia del evento.
DECIMA PRIMERA.- DAÑOS Y PERJUICIOS:
EL PROVEEDOR quedara obligado ante EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) a responder de los daños y perjuicios que se causen a EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) y/o terceros con motivo de la prestación de los servicios materia de este contrato, por negligencia, impericia, dolo o mala fe, o por mal uso que el personal de EL PROVEEDOR haga de las instalaciones, materiales y equipos de EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) en la prestación de los servicios , así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en las bases de licitación, en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal.
DECIMA SEGUNDA.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES.
Se notificará por escrito a EL PROVEEDOR sobre los hechos constitutivos de la infracción para que, dentro del término que para tal efecto se señale y que no podrá ser mayor xx xxxx días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que se hubieren hecho valer. La resolución será debidamente fundada y motivada, y se comunicará por escrito a EL PROVEEDOR.
DECIMA TERCERA.- CONTRATO INTUITU PERSONAE:
En virtud de ser el presente un contrato INTUITU PERSONAE, EL PROVEEDOR no podrá ceder en ningún caso a otras personas físicas x xxxxxxx, ya sea en todo o en parte, los derechos y obligaciones derivados del mismo, excepto los derechos de cobro sobre las facturas de servicios suministrados, debiendo cumplir para ello, con los términos y condiciones que se establecen en la CLAUSULA SEPTIMA. (Se sugiere Incluir esto en la cláusula séptima a efecto de evitar repetir cláusulas)
XXXXXX XXXXXX.- CONFIDENCIALIDAD:
Toda información impresa, verbal, audiovisual o de cualquier otra forma que pudiese revestir el carácter de documento que EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) le proporcione a EL PROVEEDOR, en el cumplimiento del presente contrato, es estrictamente confidencial prohibiéndose toda información a terceros con cualquier carácter y para cualquier fin.
DECIMA QUINTA.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO:
El monto de las penas convencionales, en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento a que se refiere la CLAUSULA NOVENA de este contrato.
Una vez que el acumulado de las penas convencionales aplicadas al PROVEEDOR, alcancen el monto de la garantía de cumplimiento del contrato, EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) podrá exigir el cumplimiento del contrato o rescindirlo.
En caso de que EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), con base en lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y las demás disposiciones reglamentarias y administrativas aplicables opte por rescindir el contrato por causas imputables a EL PROVEEDOR, procederá a hacer efectivas las garantías correspondientes, absteniéndose de cubrir los importes resultantes de facturas aún no liquidados, lo que se efectuará dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha de notificación de la rescisión.
Lo anterior es sin perjuicio de las responsabilidades adicionales que pudieran existir.
DECIMA SEXTA.- IMPUESTOS Y DERECHOS:
EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) pagará únicamente el monto del impuesto al valor agregado de conformidad a lo establecido en la Ley de la materia, por lo que este deberá desglosarse por separado dentro de la factura que se presente para cobro.
DECIMA SEPTIMA.- TERMINACION ANTICIPADA:
Con apego a los requisitos previstos en el Artículo 66 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación del suministro, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al Estado, sustentando mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma.
DECIMA OCTAVA.- ANTICIPOS:
EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) no otorgara anticipos a EL PROVEEDOR.
DECIMA NOVENA.- RELACIONES LABORALES:
En virtud de que se trata de un contrato de naturaleza civil y del cual no se desprende un trabajo personal subordinado con EL PROVEEDOR ni con sus trabajadores, manifiesta EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) que dichos trabajadores no tendrán con este último ninguna relación laboral y únicamente EL PROVEEDOR en su calidad de patrón estará obligado a afrontar las obligaciones laborales, fiscales, de seguridad social o de cualquier otra naturaleza que pudieran surgir con motivo de este contrato.
Por lo tanto, EL PROVEEDOR se responsabiliza de las consecuencias jurídicas que pudieran derivarse de la interposición de cualquier juicio que sus trabajadores llegaren a intentar en contra de EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), así como de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido ante terceros, por lo que EL PROVEEDOR deberá resarcir a EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) de todo daño o perjuicio que éste pudiera sufrir por las relaciones antes descritas, sacándolo en paz y a salvo de todo ello. EL PROVEEDOR como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, EL PROVEEDOR conviene por lo mismo en responder de las reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o en contra de EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), en relación con los trabajos objeto de este contrato y para el caso que sea necesario cubrirles cualquier salario o indemnización a los mismos, está de acuerdo en que se efectúe la compensación de los pagos por los servicios prestados.
Será requisito indispensable para efectuar los pagos de las facturas mensuales presentadas a EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), que EL PROVEEDOR presente:
-Copia simple y original para su cotejo, de los documentos que acrediten el pago de cuotas obrero-patronales de seguridad social y de vivienda en el mes correspondiente o el inmediato anterior, incluyendo la relación detallada del personal, en forma mensual.
-EL PROVEEDOR, está obligado a presentar ante EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), original para cotejo y copia de Aviso de ALTA ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, de todo el personal que labore al amparo del presente contrato, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la formalización del presente contrato, o dentro de los cinco días hábiles siguientes a la incorporación del personal, en caso de sustitución del mismo, incluyendo sustitutos temporales y permanentes.
-El expediente completo de todo el personal, que contenga la información solicitada en el Punto PERFIL DEL PERSONAL, del punto _ DESCRIPCION DETALLADA
DEL SERVICIO del Anexo de su proposición.
VIGESIMA.- RESCISION ADMINISTRATIVA:
EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) podrá, en términos del artículo 54 de la Ley, rescindir administrativamente el contrato por cualquiera de las siguientes causas:
a) Cuando EL PROVEEDOR de los servicios no garantice el cumplimiento del contrato mediante la fianza equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total de dicho contrato.
b) Cuando EL PROVEEDOR no suministre los servicios a que se refiere el contrato y sus anexos, de conformidad con lo estipulado en el mismo.
c) Cuando EL PROVEEDOR adjudicado subcontrate o ceda la totalidad o parte del compromiso objeto del contrato o de los derechos derivados del mismo; así como los derechos de cobro, sin contar con la autorización previa por parte de EL (“SIGLAS DEL CENTRO”).
d) Cuando no dé cumplimiento a todos los requisitos establecidos en el contrato.
EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato aplicando las penas convencionales por incumplimiento, o bien, podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa correspondiente, en cuyo caso procederá a hacer efectiva, de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas, la garantía de cumplimiento.
Cuando EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) determine rescindir el contrato, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumpla el procedimiento que se establece en el párrafo siguiente.
EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) comunicará la rescisión del contrato en forma fehaciente y por escrito a EL PROVEEDOR, a fin de que éste, dentro del término de 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de la fecha en que reciba la notificación de la rescisión, exponga lo que a su derecho convenga, y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido el término referido, EL (“SIGLAS DEL CENTRO”), considerando los argumentos y pruebas que hubiera hecho valer EL PROVEEDOR, resolverá y notificará a este último lo procedente dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a que se produzca la respuesta de EL PROVEEDOR. Cumplido lo anterior, EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) podrá exigirle al mismo el cumplimiento del contrato y el pago de las penas convenidas en el mismo, en su caso; o bien, notificarle de manera fehaciente su decisión de rescindir administrativamente el presente contrato.
VIGESIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES:
EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) y EL PROVEEDOR convienen que cualquier modificación a este contrato o a sus anexos, deberá realizarse por escrito mediante la celebración del convenio correspondiente.
Estos convenios deberán ser autorizados por los representantes o apoderados legales de las partes. No se otorgarán anticipos para los convenios que se celebren, para modificar el presente contrato.
VIGESIMA SEGUNDA.- DOMICILIOS:
Para todos los efectos relacionados con el presente contrato, las partes señalan como sus domicilios los siguientes: EL (“SIGLAS DEL CENTRO”):
EL PROVEEDOR:
VIGESIMA TERCERA.-PREDOMINIO DEL CONTRATO.
Las partes convienen en que en caso de existir alguna discrepancia entre el contenido del clausulado del presente contrato y el de alguno de sus anexos, prevalecerá lo señalado en el clausulado.
VIGESIMA CUARTA.- LEGISLACION:
Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del objeto de este contrato a todas y cada una de las Cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias y administrativas aplicables.
En lo no previsto por los ordenamientos antes citados, serán aplicables supletoriamente, el Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
VIGESIMA QUINTA.- JURISDICCION Y TRIBUNALES COMPETENTES:
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Competentes de la Ciudad de , Gto., por lo tanto, EL PROVEEDOR renuncia al fuero que pudiese corresponderle en virtud de su domicilio actual o futuro o por cualquier otra causa.
El presente contrato se firma en dos ejemplares en la Ciudad de , Gto., el día de del año .
POR EL (“SIGLAS DEL CENTRO”) |
REPRESENTANTE LEGAL |
POR EL PROVEEDOR
xxxxxxxxx
TESTIGOS
CONTRATO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN MATEMÁTICAS, A.C.
CONTRATO CIMAT No. /07
CONTRATO DE SERVICIOS DE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL CENTRO DE INVESTIGACION EN MATEMATICAS, A.C., AL QUE EN ESTE DOCUMENTO SE DENOMINARA "EL CIMAT", REPRESENTADO POR LA C.P. XXX XXXXX XXXXXXX XXXX EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE LEGAL, Y POR LA OTRA , A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA “EL PROVEEDOR”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
PRIMERA.- EL CIMAT, por conducto de su representante declara que:
A) Es una Asociación Civil constituida conforme a las leyes mexicanas según consta en escritura pública No. 5740, pasada ante la Xx xxx Xxxxxxx Público No. 4 de la ciudad de Guanajuato, Gto., Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx y el Registro Federal de Contribuyentes es CIM 800416 NL8.
B) La C. Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, en su carácter de Apoderado Legal, cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir este contrato en representación de EL CIMAT, mismas que acredita en los términos del testimonio de la escritura pública No. 8846, de fecha 14 de octubre del año 2003, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público No.25 de la Ciudad de Guanajuato, Gto., Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mismas que a la fecha no le han sido modificadas, revocadas o canceladas.
C) Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato se cuenta con los recursos presupuéstales, los cuales fueron autorizados para el presente ejercicio, en el presupuesto de egresos de la entidad para el ejercicio 2007, con cargo a la partida presupuestal .
E) Para asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, EL CIMAT, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 134 Constitucional y con fundamento en los artículos 25, 26 fracción I, 27, 28 fracción I, 31 y demás disposiciones aplicables, que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público, emitió con fecha de del año , la convocatoria de la Licitación Pública Nacional número
, para concursar la contratación del suministro de .
F) Mediante fallo emitido con fecha del año se adjudicó el presente contrato a correspondiente a la partida
, en razón de que cumplió con los requisitos legales, técnicos y económicos solicitados en las bases de la Licitación.
G) En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 48, fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, EL PROVEEDOR presentará la garantía relativa al cumplimiento del presente contrato, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del presente contrato.
SEGUNDA.- EL PROVEEDOR, declara que:
A) , es una persona (física o moral), que anexa su credencial para votar emitida por el Instituto Federal Electoral con número de folio , con fecha de registro .
B) EL PROVEEDOR, DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 31 Fracción XXIV, 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en los del artículo 47 fracción XXIII, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
C) Es de nacionalidad y conviene, que en caso de que llegare a cambiar de nacionalidad, se seguirá considerando como
, por cuanto a este contrato se refiere, y a no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la Nación Mexicana todo derecho derivado de este contrato.
D) Tiene capacidad jurídica para contratar y cuenta con los recursos humanos, económicos, materiales y con infraestructura técnica necesaria para cubrir los servicios de este contrato.
E) Que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes el cual se encuentran vigente.
F) EL PROVEEDOR, DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que los servicios que suministrará bajo este contrato cumplen con las características y especificaciones solicitadas por EL CIMAT.
G) Conoce el contenido y los requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás
disposiciones reglamentarias y administrativas aplicables, así como el contenido del anexo .
En términos de lo antes manifestado, las partes se obligan al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX.- XXXXXX
Xx XXXXXXXXX se obliga con EL CIMAT, a proporcionar el SERVICIO .,
comprometiéndose a respetar lo establecido en el Anexo , de las bases de la licitación y que forma parte integral del presente contrato.
1-CIMAT EDIFICIO PRINCIPAL, ubicado en Xxxxx Xxxxxxx x/x, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxx.
2-Casa de Visitantes CIMATEL, ubicado en Xxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xx. 0-X, Xxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, en la Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxx.
0-XXXXX Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, ubicado en calle Xxxx Xxxxxxxxx de las Casas Nos 213, 214, colonia La Estación, en la Ciudad e Aguascalientes, Ags.
Así como a respetar todo lo establecido en las bases, anexos y Junta de Aclaraciones de la Licitación.
SEGUNDA.- PLAZO DE REALIZACION Y CONDICIONES
EL PROVEEDOR se obliga a realizar los servicios objeto de este contrato, del
de de al
de del año , así
como a cumplir con la cantidad de personal y horarios descritos en la cláusula del contrato; obligándose EL PROVEEDOR a cubrir las
ausencias de su personal por causas de fuerza mayor o de carácter rutinario en un plazo no mayor de dos horas a partir de la hora de entrada, a efecto de que el servicio se proporcione con la calidad, intensidad y eficiencia que EL CIMAT requiere.
TERCERA.- MONTO:
El monto total del presente contrato es de $ más el impuesto al valor agregado; este importe se determinó conforme a los precios unitarios propuestos e importes parciales y total, contenidos en la proposición de EL PROVEEDOR. El importe correspondiente al 15% (quince por cierto) del Impuesto al Valor Agregado (IVA), será trasladado en los términos de la ley de la materia.
CUARTA.- CANTIDADES ADICIONALES QUE PODRAN REQUERIRSE:
El CIMAT, de conformidad con lo establecido por el artículo 52 de la Ley, podrá llevar a cabo modificaciones en las cantidades originalmente requeridas en el contrato.
Dichas modificaciones se harán dentro de la vigencia del contrato y no podrán rebasar en conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes originalmente establecidos en el mismo. Los precios unitarios, correspondientes a las cantidades adicionales, deberán ser iguales a los pactados inicialmente.
En caso de que se convengan cantidades adicionales, la fecha de inicio de la prestación de los mismos, deberá ser pactada de común acuerdo entre EL CIMAT y el prestador del servicio.
No se otorgarán anticipos.
QUINTA.- FORMA DE PAGO:
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley, el pago se realizará a más tardar dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la aceptación y entrega de la o las facturas debidamente requisitadas, en la Caja General de EL CIMAT, sita en Jalisco s/n, colonia Valenciana, C.P. 36240, en Guanajuato, Gto., de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. EL PROVEEDOR del servicio deberá seguir el procedimiento de pago que se describe a continuación:
EL PROVEEDOR deberá iniciar la prestación del servicio en los términos que se indican en las cláusulas primera y segunda del presente contrato, y una vez cumplido el periodo correspondiente a un mes, presentará en el Departamento de Servicios Generales de el CIMAT, dentro de los cinco días naturales posteriores al cumplimiento del periodo de que se trate, la factura debidamente requisitada, conforme a lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; esta unidad administrativa en un plazo de 3 (tres) días naturales a partir de la recepción de la factura correspondiente, llevará a cabo la verificación de los datos tales como: requisitos fiscales, descripción de los servicios, precios unitarios, cantidad, cálculos, importe, etc., y si los datos son correctos, continuará el procedimiento para el pago de los servicios en un término de 15 (quince) días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la factura o facturas.
En caso de imprecisiones en la o las facturas, dentro de un plazo de 3 (tres) días naturales la Caja General de EL CIMAT, las devolverá por escrito para que EL PROVEEDOR de los servicios haga las correcciones y presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago, por lo que el plazo de los 15 (quince) días hábiles iniciará a partir de la fecha de la nueva presentación.
En las facturas que presente EL PROVEEDOR de los servicios deberá desglosarse por separado el impuesto al valor agregado correspondiente.
Adicionalmente, EL PRESTADOR deberá presentar:
-El expediente completo de todo el personal, que contenga la información solicitada en el punto PERFIL DEL PERSONAL de la
Descripción Detallada del Servicio del Anexo , incluyendo el alta en el IMSS de cada uno de los trabajadores, que deberá ser entregado en
los primeros 10 días hábiles posteriores al inicio de la vigencia del presente contrato, y
-Copia de los pagos de las cuotas obrero patronales del IMSS-INFONAVIT, incluyendo la relación detallada del personal, que será requisito mensual para que sea tramitado el pago.
SEXTA.- LUGAR DE PAGO:
EL CIMAT y EL PROVEEDOR convienen que el pago de las facturas derivadas de las adquisiciones a que se refiere la CLAUSULA anterior, se hará en la Caja General del propio CIMAT, mediante cheque nominativo con la leyenda “para abono en cuenta del beneficiario”
SEPTIMA.- CESION DE DERECHOS DE COBRO:
Los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, no podrán ser cedidos, enajenados, gravados o traspasados por parte de EL PROVEEDOR a terceros por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, salvo que medie resolución judicial.
OCTAVA.- CONDICIÓN SUSPENSIVA:
El presente contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que inicie la vigencia del mismo, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Cualquier pacto en contrario a lo descrito en este párrafo, se considerará nulo.
NOVENA.- GARANTIAS:
EL PROVEEDOR se obliga a constituir y a sostener en la forma y términos establecidos por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones reglamentarias y administrativas aplicables, así como lo previsto en este contrato, la siguiente garantía:
Fianza que garantice por EL PROVEEDOR el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato.
La póliza de fianza a que se refiere el párrafo anterior, deberá ser entregada por EL PROVEEDOR a EL CIMAT, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes, a la firma del contrato y otorgada por Institución Mexicana de Fianzas debidamente autorizada a favor y a satisfacción de EL CIMAT con valor del 10% (diez por ciento) del importe total del monto máximo del contrato de suministro abierto, antes del impuesto al valor agregado. Dicha póliza deberá contener las siguientes declaraciones expresas:
Nombre de la Afianzadora
Declaración expresa de que la institución afianzadora cuenta con la autorización de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público indicando el margen de operación.
(El importe de la fianza no debe de rebasar los límites de operación que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público autorice a las afianzadoras, excepto los casos de autorización de reafianciamiento otorgada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas). Numero de Póliza
Declaración de que la Institución Afianzadora se constituye hasta por la suma de: $ (letra) en moneda nacional a favor del Centro de Investigación en Matemáticas, A.C. Para garantizar por (nombre y dirección de la persona física o moral que se obliga), el fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato No CIMAT-xxxxx de fecha xxxxx
Que tiene por objeto (se debe anotar con toda precisión el objeto de la adquisición), y estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia.
Asimismo esta fianza permanecerá en vigor aun en los casos en que el CIMAT otorgue prorrogas o esperas al proveedor o fiado para el cumplimiento de sus obligaciones, manifestando el Centro de Investigación en Matemáticas, A.C., expresamente y por escrito la devolución para su cancelación. el contrato No CIMAT-xxxx se regula por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público, el Reglamento vigente y la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, su Reglamento, y demás que resulten aplicables.
Asimismo, la Institución Afianzadora expresamente declara:
Que la fianza se otorga en los términos de este contrato.
Que la fianza se otorga para responder del debido cumplimiento del contrato No CIMAT-xxxxx, así como de cualesquiera otra responsabilidad que resulte a cargo de el proveedor con motivo de la ejecución del mismo.
Que en caso de prorroga del presente contrato, automáticamente la vigencia de la fianza se prorrogara en concordancia con dicha prorroga.
Que la fianza solo podrá ser cancelada mediante aviso por escrito del Centro de Investigación en Matemáticas, A.C.
Que la Institución Afianzadora acepta expresamente: someterse al procedimiento de ejecución establecido en el articulo 95 de la ley federal de instituciones de fianzas para la efectividad de la presente garantía, procediendo al que también se sujetara para el caso del cobro de intereses que prevé el articulo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. y 118 de la Ley Federal de Instituciones y Fianzas, en vigor; así como a las disposiciones del Reglamento del articulo 95 de la Ley Federal de Instituciones y Fianzas, otorgadas a favor de la Federación, de los Estados y de los Municipios, distintas de las que garantizan obligaciones fiscales federales a cargo de terceros.
Que la afianzadora se somete a la jurisdicción de los tribunales federales de la Ciudad de Guanajuato, Gto. , renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualesquiera otra causa.
Que la fianza permanecerá e vigor durante su sustanciación de todos los recursos y juicios legales que se interpongan, hasta que se dicte por autoridad competente resolución definitiva y firme que cause ejecutoria, salvo que las partes se otorguen el finiquito.
Fecha de expedición Firma del representante legal
En el supuesto que EL PROVEEDOR no entregue la póliza de fianza en el plazo pactado en este apartado, EL CIMAT en los términos de la CLAUSULA VIGESIMA, podrá determinar la rescisión administrativa del presente contrato.
En el evento de que las partes celebren un convenio modificatorio al contrato o que los costos que sirvieron de base para integrar los precios unitarios se incrementen, EL PROVEEDOR se obliga a entregar un documento adicional a la fianza en los términos del Artículo 117 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, el cual deberá indicar que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza otorgada.
DECIMA.- PENA CONVENCIONAL
De conformidad con lo estipulado en el artículo 53 de LA LEY, EL CIMAT aplicará penas convencionales a EL PROVEEDOR, por incumplimiento en la prestación del servicio objeto de este contrato, como a continuación se estipula:
EL PROVEEDOR se obliga a pagar una penalización del 150% sobre el importe del turno diario no prestado, independientemente de que no procederá el pago del mismo, como pena convencional que se calculará como a continuación se establece:
Por cada inasistencia se aplicará una pena convencional, misma que será computada mediante la siguiente fórmula: P=1.5 x (NF) X C
Donde:
P= Pena Convencional para el día correspondiente
NF= Número de elementos faltantes en el día correspondiente C= Precio Unitario del turno elemento
Nota: Aplica para retardos de acuerdo al punto
del Anexo
de su proposición, Registro de Asistencias.
La pena convencional se aplicará por no reponer al personal, independientemente del descuento por la inasistencia. Cuando el personal se reponga sólo se aplicará media falta.
Cuando se presenten más de tres reportes por escrito de los usuarios en un periodo de treinta (30) días, en cualquier área de trabajo, se aplicará una penalización del 10% sobre el importe mensual total del servicio, en el pago siguiente a la ocurrencia del evento.
DECIMA
PRIMERA.- SANCION:
EL PROVEEDOR quedara obligado ante EL CIMAT a responder de los daños y perjuicios que se causen a EL CIMAT y/o terceros con motivo de la prestación de los servicios materia de este contrato, por negligencia, impericia, dolo o mala fe, o por mal uso que el personal
de EL PROVEEDOR haga de las instalaciones materiales y equipos de EL CIMAT en la prestación de los servicios , así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en las bases de licitación, en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal.
DECIMA
SEGUNDA.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES.
Se notificará por escrito a EL PROVEEDOR sobre los hechos constitutivos de la infracción para que, dentro del término que para tal efecto se señale y que no podrá ser mayor xx xxxx días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que se hubieren hecho valer.
La resolución será debidamente fundada y motivada, y se comunicará por escrito a EL PROVEEDOR.
DECIMA
TERCERA.- CONTRATO INTUITU PERSONAE:
En virtud de ser el presente un contrato INTUITU PERSONAE, EL PROVEEDOR no podrá ceder en ningún caso a otras personas físicas x xxxxxxx, ya sea en todo o en parte, los derechos y obligaciones derivados del mismo, excepto los derechos de cobro sobre las facturas de servicios suministrados, debiendo cumplir para ello, con los términos y condiciones que se establecen en la CLAUSULA SEPTIMA.
DECIMA
CUARTA.- CONFIDENCIALIDAD:
Toda información impresa, verbal, audiovisual o de cualquier otra forma que pudiese revestir el carácter de documento que EL CIMAT le proporcione a EL PROVEEDOR, en el cumplimiento del presente contrato, es estrictamente confidencial prohibiéndose toda información a terceros con cualquier carácter y para cualquier fin.
DECIMA
QUINTA.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO:
El monto de las penas convencionales, en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento a que se refiere la CLAUSULA NOVENA de este contrato.
Independientemente del pago de las penas convencionales señaladas, en los párrafos anteriores, EL CIMAT podrá exigir el cumplimiento del contrato o rescindirlo.
En caso de que EL CIMAT, con base en lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y las demás disposiciones reglamentarias y administrativas aplicables opte por rescindir el contrato por causas imputables a EL PROVEEDOR, procederá a hacer efectivas las garantías, absteniéndose de cubrir los importes resultantes de facturas, aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, lo que se efectuará dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha de notificación de la rescisión.
Lo anterior es sin perjuicio de las responsabilidades adicionales que pudieran existir.
DECIMA
SEXTA.- IMPUESTOS Y DERECHOS:
EL CIMAT pagará únicamente el monto del impuesto al valor agregado de conformidad a lo establecido en la Ley de la materia, por lo que este deberá desglosarse por separado dentro de la factura que se presente para cobro.
DECIMA
SEPTIMA.- TERMINACION ANTICIPADA:
Con apego a los requisitos previstos en el Artículo 66 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, EL CIMAT podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación del suministro, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al Estado, sustentando mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma.
DECIMA
OCTAVA.- ANTICIPOS:
EL CIMAT no otorgara anticipos a EL PROVEEDOR.
DECIMA
NOVENA.- RELACIONES LABORALES:
En virtud de que se trata de un contrato de naturaleza civil y del cual no se desprende un trabajo personal subordinado con EL PROVEEDOR ni con sus trabajadores, manifiesta EL CIMAT que dichos trabajadores no tendrán con éste ninguna relación laboral y únicamente EL PROVEEDOR en su calidad de patrón estará obligado a afrontar las obligaciones laborales, fiscales, de seguridad social o de cualquier otra naturaleza que pudieran surgir con motivo de este contrato.
Por lo tanto, se responsabiliza de las consecuencias jurídicas que pudieran derivarse de la interposición de cualquier juicio que los trabajadores de EL PROVEEDOR llegaren a intentar en contra de EL CIMAT, así como de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido ante terceros, por lo que EL PROVEEDOR deberá resarcir a EL CIMAT de todo daño o perjuicio que éste pudiera sufrir por las relaciones antes descritas, sacándolo en paz y a salvo de todo ello. EL PROVEEDOR como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, EL PROVEEDOR conviene por lo mismo en responder de las reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o en contra de EL CIMAT, en relación con los trabajos objeto de este contrato y para el caso que sea necesario cubrirles cualquier salario o indemnización a los mismos, está de acuerdo en que se efectúe la compensación de los pagos por los servicios prestados.
Será requisito indispensable para efectuar los pagos de las facturas mensuales presentadas a EL CIMAT, que EL PROVEEDOR presente:
-Copia simple y original para su cotejo, de los documentos que acrediten el pago de cuotas obrero-patronales de seguridad social y de vivienda en el mes correspondiente o el inmediato anterior, incluyendo la relación detallada del personal, en forma mensual.
-EL PROVEEDOR, está obligado a presentar ante EL CIMAT, original para cotejo y copia de Aviso de ALTA ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, de todo el personal que labore al amparo del presente contrato, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la formalización del presente contrato, o dentro de los cinco días hábiles siguientes a la incorporación del personal, en caso de sustitución del mismo, incluyendo sustitutos temporales y permanentes.
-El expediente completo de todo el personal, que contenga la información solicitada en el Punto PERFIL DEL PERSONAL, del punto _
DESCRIPCION DETALLADA DEL SERVICIO del Anexo de su proposición.
VIGESIMA.- RESCISION ADMINISTRATIVA:
EL CIMAT podrá, en términos del artículo 54 de la Ley, rescindir administrativamente el contrato por cualquiera de las siguientes causas:
a) Cuando EL PROVEEDOR de los servicios no garantice el cumplimiento del contrato mediante la fianza equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total de dicho contrato.
b) Cuando EL PROVEEDOR no suministre los servicios a que se refiere el contrato y sus anexos, de conformidad con lo estipulado en el mismo.
c) Cuando EL PROVEEDOR adjudicado subcontrate o ceda la totalidad o parte del compromiso objeto del contrato o de los derechos derivados del mismo, excepto los derechos de cobro.
d) Cuando no se dé cumplimiento a todos los requisitos establecidos en el contrato.
EL CIMAT podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato aplicando las penas convencionales por incumplimiento, o bien, podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa correspondiente, en cuyo caso procederá ante las autoridades competentes a hacer efectiva, de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas, la garantía de cumplimiento.
Cuando EL CIMAT determine rescindir el contrato, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumpla el procedimiento que se establece en el párrafo siguiente.
EL CIMAT comunicará a EL PROVEEDOR la rescisión del contrato en forma fehaciente y por escrito a EL PROVEEDOR, a fin de que éste, dentro del término de 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de la fecha en que reciba la notificación de la rescisión, exponga lo que a su derecho convenga, y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido el término referido, EL CIMAT, considerando los argumentos y pruebas que hubiera hecho valer EL PROVEEDOR, resolverá y notificará a EL PROVEEDOR lo procedente dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a que se produzca la respuesta de EL PROVEEDOR. Cumplido lo anterior, EL CIMAT podrá exigirle al mismo el cumplimiento del contrato y el pago de las penas convenidas en el mismo, en su caso; o bien, notificarle de manera fehaciente su decisión de rescindir administrativamente el presente contrato.
VIGESIMA
PRIMERA.- MODIFICACIONES:
EL CIMAT y EL PROVEEDOR convienen que cualquier modificación a este contrato o a sus anexos, deberá realizarse por escrito mediante la celebración del convenio correspondiente.
Estos convenios deberán ser autorizados, por parte de EL CIMAT, bajo la responsabilidad del titular del área responsable de la contratación. No se otorgarán anticipos para los convenios que se celebren, para modificar el presente contrato.
VIGESIMA
SEGUNDA.- DOMICILIOS:
Para todos los efectos relacionados con el presente contrato, las partes señalan como sus domicilios los siguientes: EL CIMAT:
Xxxxx Xxxxxxx x/ x
Xxx. Xxxxxxxxxx
XX 00000 Xxxxxxxxxx, Xxx.
EL PROVEEDOR:
VIGESIMA
TERCERA.- PREDOMINIO DEL CONTRATO.
Las partes convienen en que en caso de existir alguna discrepancia entre el contenido del clausulado del presente contrato y el de alguno de sus anexos, prevalecerá lo señalado en el clausulado.
VIGESIMA
CUARTA.- LEGISLACION:
Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del objeto de este contrato a todas y cada una de las Cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen la Ley Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones reglamentarias y administrativas aplicables.
VIGESIMA
En lo no previsto por los ordenamientos antes citados, serán aplicables supletoriamente, el Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
QUINTA.- JURISDICCION Y TRIBUNALES COMPETENTES:
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción y competencia de los Tribunales Competentes de la Ciudad de Guanajuato, Gto., por lo tanto, EL PROVEEDOR renuncia al fuero que pudiese corresponderle por cualquier causa.
El presente contrato se firma en dos ejemplares en la Ciudad de Guanajuato, Gto., el día de del año .
POR EL CIMAT |
C.P. XXX XXXXX XXXXXXX XXXX |
REPRESENTANTE LEGAL |