CONTRATO DE AUTORIZACIÓN PARA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS
CONTRATO DE AUTORIZACIÓN PARA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS
CONTRATO DE AUTORIZACIÓN PARA LA TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (NOMBRE DE LA PERSONA QUE SUSCRIBE EL CONTRATO ), EN SU CARÁCTER DE COORDINADOR DE DIFUSIÓN CULTURAL, ASISTIDO POR (NOMBRE), DIRECTOR GENERAL DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO Y (NOMBRE), DIRECTOR GENERAL DE (TV UNAM O RADIO UNAM ), Y POR LA OTRA; (NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE TRANSMITIRÁ EL PROGRAMA), REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR (NOMBRE DE LA PERSONA QUE SUSCRIBE EL CONTRATO ), EN SU CARÁCTER DE (CARGO), A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "(DENOMINACIÓN )", DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA "LA UNAM":
1. Que es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica, y que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, tiene entre sus fines impartir educación superior, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.
2. Que la representación legal de esta Máxima Casa de Estudios recae en su Rector, (NOMBRE DEL RECTOR EN TURNO), quien es el Jefe nato de la Universidad, según lo dispuesto en los artículos 9º de su Ley Orgánica y 30 del Estatuto General, teniendo conforme a la fracción I del artículo 34 del mismo Estatuto, facultades para delegarla.
3. Que (NOMBRE), es el Coordinador de Difusión Cultural, por lo que tiene facultades para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el punto Segundo del Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, expedido por el Rector el 22 de enero de 2003 y publicado en la Gaceta UNAM al día siguiente.
4. Que de conformidad con los artículos 10 y 15 de la Ley Orgánica y I del Reglamento Interior del Patronato Universitario, corresponde a éste la administración del patrimonio universitario, en razón de lo cual la Dirección General del Patrimonio Universitario, como dependencia del citado Patronato, interviene, a través de su Director General, (NOMBRE ), en el presente contrato.
5. Que dentro de su organización académico-administrativa cuenta con la Dirección General de (TV UNAM O RADIO UNAM), dependencia adscrita a la Coordinación de Difusión Cultural, cuyos objetivos son entre otros, (OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA ), la cual cuenta con los recursos necesarios para la ejecución del presente contrato.
6.Que (NOMBRE) en su calidad de titular de la Dirección General de (TV UNAM O RADIO UNAM), está facultado para suscribir el presente instrumento de conformidad con el punto Décimo del Acuerdo del 22 de enero de 2003 citado.
7. Que para el cumplimiento de este contrato, señala como domicilio el edificio en donde se encuentran las instalaciones de el/la (NOMBRE DE LA ENTIDAD O DEPENDENCIA) ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, DELEGACIÓN O MUNICIPIO, C.P. Y ESTADO).
8. Que para los efectos legales derivados de este instrumento, señala como su domicilio legal el ubicado en el 9º piso de la Xxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
II. DECLARA "(DENOMINACIÓN )":
1. Que es una (ESPECIFICAR SI SE TRATA DE PERSONA FÍSICA O MORAL Y EN ESTE ÚLTIMO CASO, DETERMINAR DE QUÉ TIPO DE PERSONA MORAL SE TRATA), debidamente inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo el registro número (R.F.C.), constituida legalmente de conformidad con las leyes (NACIONALIDAD), según lo acredita con el Testimonio de la Escritura Pública número (NÚMERO DEL TESTIMONIO PÚBLICO) de fecha (DÍA, MES y AÑO DE EXPEDICIÓN DE LA ESCRITURA PÚBLICA), protocolizado ante la fe del Lic. (NOMBRE DEL FEDATARIO PÚBLICO), Notario Público número (NÚMERO DE NOTARÍA PÚBLICA QUE EXPIDIÓ LA ESCRITURA) de la Ciudad de (CIUDAD Y ESTADO).
2. Que de conformidad con sus estatutos, sus objetivos consisten en (SEÑALAR LOS OBJETIVOS).
3. Que (NOMBRE), en su carácter de (CARGO), está facultado para suscribir el presente contrato, según lo acredita con (DATOS DEL DOCUMENTO EN EL QUE CONSTEN SUS ATRIBUCIONES PARA CELEBRAR EL INSTRUMENTO).
4. Que para efectos legales del presente contrato señala como su domicilio el ubicado en
(CALLE, NÚMERO, COLONIA, DELEGACIÓN O MUNICIPIO, C.P. Y CIUDAD).
III. DECLARAN LAS PARTES:
ÚNICO. Reconocerse la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes y estar de acuerdo con las declaraciones que anteceden, por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente instrumento al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. Las partes acuerdan que el objeto del presente instrumento es la autorización para la transmisión por (TELEVISIÓN O RADIO) de (NÚMERO) programas, que "LA UNAM" hace a título oneroso en favor de "(DENOMINACIÓN)".
SEGUNDA. Las partes acuerdan que la autorización para la transmisión de los programas a que se refiere la cláusula anterior, se otorga para emisiones en el (DETERMINAR EL CANAL, BANDA O FRECUENCIA), cuya difusión abarque exclusivamente el territorio (ESPECIFICAR TERRITORIO EN EL CUAL SE LLEVARÁ A CABO LA TRANSMISIÓN).
TERCERA. Acuerdan ambas partes que los programas objeto de este instrumento, presentan las características siguientes:
Número de programas: (CANTIDAD).
Soporte material de los programas: (DETERMINAR FORMATO).
Duración exacta de los programas: (ESPECIFICAR HORAS, MINUTOS Y SEGUNDOS).
Títulos: (NOMBRES DE LOS PROGRAMAS).
CUARTA. “(DENOMINACIÓN)” se obliga a pagar a “LA UNAM” por los derechos de transmisión de los programas objeto del presente instrumento, la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMERO Y CANTIDAD EN LETRA PESOS 00/100 M.N.), contra entrega de los recibos correspondientes. (ESPECIFICAR SI EL PAGO AL QUE SE REFIERE LA PRESENTE CLÁUSULA SE REALIZARÁ EN UNA SOLA EXHIBICIÓN O EN VARIAS).
QUINTA. Las partes acuerdan que "(DENOMINACIÓN )" sólo podrá presentar (NÚMERO) emisiones de cada uno de los programas durante la vigencia del presente instrumento; en el entendido de que la primera emisión es obligatorio transmitirla en (DETERMINAR HORARIO ). En caso de que "(DENOMINACIÓN)" deseara aumentar el número de emisiones, éstas se sujetarán a un nuevo contrato. (SEÑALAR SI SE AUTORIZA LA INSERCIÓN DE AVISOS Y DE QUÉ CLASE DE AVISOS COMERCIALES O PROMOCIONALES SE TRATA).
SEXTA. Las partes manifiestan que la propiedad del soporte material y la titularidad de los derechos patrimoniales autorales que se desprenden de los programas y de los títulos de los mismos, pertenecen en forma exclusiva a "LA UNAM" y, en su caso, a sus coproductores.
SÉPTIMA. "(DENOMINACIÓN)" se obliga a realizar las emisiones de los programas de (TELEVISIÓN O RADIO), respetando su contenido en forma integral sin efectuar modificación alguna de secuencias, ni insertar textos o personajes o realizar cualquier otra actividad que pudiera alterar y/o demeritar la obra intelectual y artística que constituyen los programas.
OCTAVA. "(DENOMINACIÓN)" se obliga a respetar los créditos autorales a "LA UNAM", en su caso a sus coproductores y a los colaboradores que participaron en la realización de los programas.
NOVENA. "(DENOMINACIÓN)" se obliga a cubrir los gastos originados por el envío de los materiales (TELEVISIVOS O RADIOFÓNICOS) objeto del presente contrato, señalados en las cláusulas Primera y Tercera de este instrumento.
DÉCIMA. (En caso de programas de Televisión.). "(DENOMINACIÓN )" se obliga a insertar, al principio de las transmisiones del material televisivo, así como en los spots promocionales de los mismos, la siguiente leyenda:
"(DENOMINACIÓN)" en participación con TV UNAM presentan:
Asimismo, se obliga a respetar el título genérico de las series y de cada uno de los programas, tanto en la promoción en pantalla como impresa, que integran el material televisivo, objeto de este contrato, inc luyendo que son producciones de TV UNAM, sea con logotipo, texto o audio. Además, se compromete a enviar a "LA UNAM" la programación mensual, así como copia de los medios de comunicación impresos en los que se promociona la transmisión de los programas.
DÉCIMA
PRIMERA. "(DENOMINACIÓN)" se obliga a responder por el uso del material (TELEVISIVO O RADIOFÓNICO) desde el momento en que lo recibe por parte de "LA UNAM".
DÉCIMA
SEGUNDA. "(DENOMINACIÓN)" se obliga a no utilizar este material (TELEVISIVO O RADIOFÓNICO) de ninguna otra forma que a la originalmente pactada en este documento y a transmitirlo en forma íntegra.
DÉCIMA
TERCERA. "(DENOMINACIÓN)" se obliga a devolver el material (TELEVISIVO O RADIOFÓNICO) a "LA UNAM" en un plazo no mayor a (SEÑALAR NÚMERO) días hábiles, posteriores a la terminación de la vigencia del presente contrato y no podrá seguir utilizándolo.
DÉCIMA
CUARTA. "LA UNAM" se compromete a entregar el material (TELEVISIVO O RADIOFÓNICO) con la mejor calidad técnica posible. (ESPECIFICAR EL TÉRMINO PARA REALIZAR LA ENTREGA DEL MENCIONADO MATERIAL, POR OTRA PARTE, SE SUGIERE PACTAR LA POSIBILIDAD DE ENTREGAR EL ORIGINAL CON EL OBJETO DE QUE SE REALICE UNA COPIA Y UNA VEZ REALIZADA DICHA COPIA, SE DEVUELVA EL ORIGINAL).
DÉCIMA
QUINTA. "LA UNAM" se obliga a responder de cualquier conflicto derivado de los derechos de autor que se generen por las emisiones de los programas de televisión objeto de este instrumento.
DÉCIMA
SEXTA. "LA UNAM" queda obligada al registro de los programas objeto de este contrato ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor.
DÉCIMA
SÉPTIMA. "LA UNAM" se obliga a expedir los recibos correspondientes, de conformidad con lo pactado en la Cláusula Cuarta de este contrato.
DÉCIMA
OCTAVA. El presente contrato tendrá una vigencia de (ESPECIFICAR TIEMPO), contada a partir de la fecha de su firma.
DÉCIMA
NOVENA. Las partes acuerdan que queda prohibido a "(DENOMINACIÓN )" llevar a cabo cualquier tipo de uso del material (TELEVISIVO O RADIOFÓNICO) no contemplado en este contrato, así como la comercialización del mismo, incurriendo en la violación de las disposiciones que al respecto establecen los Tratados Internacionales en materia autoral y la Ley Federal del Derecho de Autor.
VIGÉSIMA. “LA UNAM”, asimismo, podrá rescindir unilateralmente este contrato en caso de que "(DENOMINACIÓN)"sea declarado(a) en concurso mercantil, en cualquiera de sus etapas. Sin embargo, "(DENOMINACIÓN )" estaría obligado a dejar a salvo el material (TELEVISIVO O RADIOFÓNICO) objeto de este contrato.
VIGÉSIMA
PRIMERA. La rescisión o terminación de este contrato no afectará de manera alguna la validez y exigibilidad de las obligaciones contraídas con anterioridad.
VIGÉSIMA
SEGUNDA. Las partes acuerdan que no será imputable a ninguna de ellas cualquier responsabilidad derivada de caso fortuito, fuerza mayor o paro de labores académicas- administrativas, pactando asimismo, que las obligaciones y derechos establecidos en este contrato, podrán reanudarse en el momento que desaparezcan las causas que dieron motivo a la suspensión, siempre y cuando se trate de los supuestos previstos en esta cláusula.
No obstante lo anterior, "(DENOMINACIÓN)" se compromete a actuar con toda probidad y a utilizar todos los recursos a su alcance con el fin de salvaguardar el material (TELEVISIVO O RADIOFÓNICO) objeto de este contrato, aún en los casos no previstos en esta cláusula.
VIGÉSIMA
TERCERA. Ninguna de las partes podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos ni las obligaciones derivados del presente instrumento.
VIGÉSIMA
CUARTA. Las partes que intervienen en el presente instrumento reconocen la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes, independientemente de lo cual, "(DENOMINACIÓN )" se obliga a entregar copia de los documentos no tariales en que aparezcan los poderes y facultades con base en los cuales se otorga y firma este documento.
VIGÉSIMA
QUINTA. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para lo no previsto en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, así como a las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Derecho de Autor, en el Código Civil Federal vigente y demás aplicables al caso, por lo que renuncian expresamente al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.
Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman por (NÚMERO DE EJEMPLARES CON FIRMAS AUTÓGRAFAS), al calce de la última hoja y al margen de las anteriores, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los (ESPECIFICAR EL DÍA CON LETRA) días del (MES CORRESPONDIENTE) de (AÑO CORRESPONDIENTE).
POR "LA "UNAM" POR "(DENOMINACIÓN)"