BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
Aprobado mediante Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD
SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
SIMBOLOGÍA UTILIZADA:
Nº | Símbolo | Descripción |
1 | [ABC] / […….] | La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboración de las bases. |
2 | [ABC] / […….] | Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta. |
3 | Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el comité de selección y por los proveedores. | |
4 | Se refiere a advertencias a tener en cuenta por el comité de selección y por los proveedores. | |
5 | Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el comité de selección y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases. |
CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO:
Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:
Nº | Características | Parámetros |
1 | Márgenes | Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm |
2 | Fuente | Arial |
3 | Estilo de Fuente | Normal: Para el contenido en general Cursiva: Para el encabezado y pie de página Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior) |
4 | Color de Fuente | Automático: Para el contenido en general Azul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior) |
5 | Tamaño de Letra | 16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica 11 : Para el nombre de los Capítulos. 10 : Para el cuerpo del documento en general 9 : Para el encabezado y pie de página Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad 8 : Para las Notas al pie |
6 | Alineación | Justificada: Para el contenido en general y notas al pie. Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres de los Capítulos) |
7 | Interlineado | Sencillo |
8 | Espaciado | Anterior : 0 Posterior : 0 |
9 | Subrayado | Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún concepto |
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
Elaboradas en enero de 2019 Modificadas en junio y diciembre de 2019, julio de 2020, julio y diciembre de 2021
MUNICIPALIDAD DISTRITAL XX XXXX
LICITACIÓN PÚBLICA N°01-2022-MDCE/CS - PRIMERA CONVOCATORIA
BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS1
LICITACIÓN PÚBLICA Nº01-2022-MDCE/CS - PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX 0,0,0,0,0,0,0 X 0; XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXX 0; XXXXX XXXXXXXX XXXXX 0,0,0 X 0; XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y XXXXX XXXXXX XXXX 0,0,0 x 0, XXX XXXXXXXX XX XXXX – PROVINCIA DE CHICLAYO – DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”, CON CUI N° 2503479
1 Estas bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que
1 requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
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DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. REFERENCIAS
Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, se entiende que se está haciendo referencia a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y cuando se mencione la palabra Reglamento, se entiende que se está haciendo referencia al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se realiza conforme al artículo 55 del Reglamento. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
Importante |
• Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxxxx://xxx0.xxxxx.xxx.xx/. • En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado. |
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La formulación de consultas y observaciones a las bases se efectúa de conformidad con lo establecido en los numerales 72.1 y 72.2 del artículo 72 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES
La absolución de consultas, observaciones e integración de las bases se realizan conforme a las disposiciones previstas en los numerales 72.4 y 72.5 del artículo 72 del Reglamento.
Importante
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• No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en forma física.
• Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de consultas y observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin perjuicio, del deslinde de responsabilidades correspondiente.
1.6. ELEVACIÓN AL OSCE XXX XXXXXX DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES
Los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones así como a las bases integradas por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones, a los principios que rigen la contratación pública u otra normativa que tenga relación con el objeto de la contratación, pueden ser elevados al OSCE, de acuerdo a lo indicado en los numerales del
72.8 al 72.11 del artículo 72 del Reglamento.
La solicitud de elevación para emisión de Pronunciamiento se presenta ante la Entidad, la cual debe remitir al OSCE el expediente completo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 124 del TUO de la Ley 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, al día hábil siguiente de recibida dicha solicitud.
Advertencia |
La solicitud de elevación al OSCE de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, así como a las Bases integradas, se realiza de manera electrónica a través del SEACE, a partir de la oportunidad en que establezca el OSCE mediante comunicado. |
Importante |
Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el literal n) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones. |
1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas se presentan conforme lo establecido en el artículo 59 del Reglamento.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita o digital, según la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales2). Los demás documentos deben ser visados por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado. No se acepta el pegado de la imagen de una firma o visto. Las ofertas se presentan foliadas.
Importante |
• Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada. • En caso la información contenida en los documentos escaneados que conforman la oferta no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalece la información declarada en los documentos escaneados. • No se tomarán en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad. |
1.8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
2 Para mayor información sobre la normativa de firmas y certificados digitales ingresar a: xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxx-xxxxxxxxx/xxxxxx-x-xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx
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El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01 horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible.
Importante |
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. |
En la apertura electrónica de la oferta, el comité de selección, verifica la presentación de lo exigido en la sección específica de las bases, de conformidad con el numeral 73.2 del artículo 73 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
Asimismo, el comité de selección declara no admitidas las ofertas que se encuentran por debajo del noventa por ciento (90%) del valor referencial o que excedan en más xxx xxxx por ciento (10%) del valor referencial.
1.9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación consiste en la aplicación de los factores de evaluación previstos en el Capítulo IV de la sección específica de las bases a las ofertas admitidas, con el objeto de determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo indicado en el numeral
74.2 del artículo 74 del Reglamento.
El desempate mediante sorteo se realiza de manera electrónica a través del SEACE.
Importante |
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems cuando la obra se ejecute fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor referencial de algún ítem no supere los novecientos mil Soles (S/ 900,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido en dicho ítem por los postores con domicilio en la provincia donde se ejecuta la obra, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP3. |
1.10. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el comité de selección califica a los postores que obtuvieron el primer, segundo, tercer y cuarto lugar, según el orden de prelación, verificando que cumplan con los requisitos de calificación detallados en el numeral 3.2 del Capítulo III de la sección específica de las bases. La oferta del postor que no cumpla con los requisitos de calificación es descalificada.
Si alguno de los cuatro (4) postores no cumple con los requisitos de calificación, se aplica lo establecido en los numerales 75.2 y 75.3 del artículo 75 del Reglamento.
1.11. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
3 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
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La subsanación de las ofertas se sujeta a lo establecido en el artículo 60 del Reglamento. La corrección aritmética a la que hace referencia el numeral 60.4 de dicho artículo procede para la ejecución de obras a suma alzada.
El plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser inferior a un (1) día hábil.
La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del SEACE y será remitida al correo electrónico consignado por el postor al momento de realizar su inscripción en el RNP, siendo su responsabilidad el permanente seguimiento de las notificaciones a dicho correo. La notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al correo electrónico.
La presentación de las subsanaciones se realiza a través del SEACE. No se tomará en cuenta la subsanación que se presente en físico a la Entidad.
1.12. RECHAZO DE LAS OFERTAS
Previo al otorgamiento de la buena pro, el comité de selección revisa las ofertas económicas que cumplen los requisitos de calificación, de conformidad con lo establecido para el rechazo de ofertas, previsto en los numerales 68.5 y 68.6 del artículo 68 del Reglamento, de ser el caso.
De rechazarse alguna de las ofertas calificadas, el comité de selección revisa el cumplimiento de los requisitos de calificación de los postores que siguen en el orden de prelación, en caso las hubiere.
1.13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Definida la oferta ganadora, el comité de selección otorga la buena pro, mediante su publicación en el SEACE, incluyendo el cuadro comparativo y las actas debidamente motivadas de los resultados de la admisión, no admisión, evaluación, calificación, descalificación y el otorgamiento de la buena pro.
1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los ocho (8) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
Importante |
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del artículo 64 del Reglamento. |
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Importante |
• Una vez otorgada la buena pro, el comité de selección, está en la obligación de permitir el acceso de los participantes y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como secreta, confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día siguiente de haberse solicitado por escrito. Luego de otorgada la buena pro no se da a conocer las ofertas cuyos requisitos de calificación no fueron analizados y revisados por el comité de selección. • A efectos de recoger la información de su interés, los postores pueden valerse de distintos medios, tales como: (i) la lectura y/o toma de apuntes, (ii) la captura y almacenamiento de imágenes, e incluso (iii) pueden solicitar copia de la documentación obrante en el expediente, siendo que, en este último caso, la Entidad deberá entregar dicha documentación en el menor tiempo posible, previo pago por tal concepto. • El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas desconcentradas del OSCE. |
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella se interpone dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se interpone dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Los plazos y el procedimiento para perfeccionar el contrato se realiza conforme a lo indicado en el artículo 141 del Reglamento.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en los artículos 139 y 175 del Reglamento, así como los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta se mantiene vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorga una garantía adicional por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato de la prestación accesoria, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
3.2.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 153 del Reglamento.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y que cuenten con clasificación de riesgo B o superior. Asimismo, deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
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Advertencia |
Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente: 1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía debe encontrarse listada en el portal web de la SBS (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxx- financiero/clasificadoras-de-riesgo). 2. Se debe identificar en la página web de la clasificadora de riesgo respectiva, cuál es la clasificación vigente de la empresa que emite la garantía, considerando la vigencia a la fecha de emisión de la garantía. 3. Para fines de lo establecido en el artículo 148 del Reglamento, la clasificación de riesgo B, incluye las clasificaciones B+ y B. 4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento. En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora de la garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva. De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos de verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías, debe revisarse el portal web de dicha Entidad (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxx- financiero/relacion-de-empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza). Los funcionarios competentes deben verificar la autenticidad de la garantía a través de los mecanismos establecidos (consulta web, teléfono u otros) por la empresa emisora. |
3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 155 del Reglamento.
3.5. ADELANTOS
La Entidad puede establecer la entrega de adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, de conformidad con el artículo 180 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
Asimismo, la Entidad puede establecer la obligación de constituir un fideicomiso para el manejo de los recursos que el contratista reciba a título de adelanto, de acuerdo al procedimiento, plazos y requisitos señalados en los artículos 184 y 185 del Reglamento.
3.6. VALORIZACIONES
Las valorizaciones son la cuantificación económica de un avance físico en la ejecución de la obra, realizada en un período determinado, tienen el carácter de pagos a cuenta y son elaboradas el último día de cada período previsto en la sección específica de las bases, por el inspector o supervisor, según corresponda y el contratista.
En caso se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a quien se indique en el contrato de consorcio.
Advertencia
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En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil, debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada.
3.7. REAJUSTES
Los reajustes se calculan conforme lo indicado en el numeral 38.3 del artículo 38 y el artículo 195 del Reglamento.
Importante |
Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. |
3.8. PENALIDADES
3.12.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con el artículo 162 del Reglamento.
3.12.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, según lo previsto en el artículo 163 del Reglamento y lo indicado en la sección específica de las bases.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.9. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 164 del Reglamento.
3.10. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | MUNICIPALIDAD DISTRITAL XX XXXX |
RUC Nº | : | 20147103299 |
Domicilio legal | : | XX. XXXXX XXXX Xx000 XXXXXXXX XXXXXX XXXX – XXXXXXXX - XXXXXXXXXX |
Teléfono | : | 074 - 414302 |
Correo electrónico | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX 0,0,0,0,0,0,0 X 0; XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXX 0; XXXXX XXXXXXXX XXXXX 0,0,0 X 0; XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y XXXXX XXXXXX XXXX 0,0,0 x 0, XXX XXXXXXXX XX XXXX – PROVINCIA DE CHICLAYO – DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”, CON CUI N° 2503479.
1.3. VALOR REFERENCIAL4
El valor referencial asciende a S/ 4,163,229.60 (CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE CON 60/100 SOLES), incluidos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes xx XXXXX de 2022.
.
Valor Referencial (VR) | Límites5 | |
Inferior | Superior | |
S/ 3,746,906.64 (TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SEIS CON 64/100 SOLES) | S/ 4,579,552.56 | |
S/ 4,163,229.60 | (CUATRO MILLONES | |
(CUATRO MILLONES CIENTO | QUINIENTOS | |
SESENTA Y TRES MIL | SETENTA Y NUEVE | |
DOSCIENTOS VEINTINUEVE | MIL QUINIENTOS | |
CON 60/100 SOLES) | CINCUENTA Y DOS | |
CON 56/100 SOLES) |
Importante |
El precio de las ofertas no puede exceder los límites del valor referencial de conformidad con el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley. |
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
Documento de aprobación del expediente de contratación | : | Resolución de Gerencia Municipal N° 135-2022-MDCE |
Fecha de aprobación del expediente de contratación | : | 00 XX XXXXX XXX 0000 |
4 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las bases aprobadas.
5 De acuerdo a lo señalado en el artículo 48 del Reglamento, estos límites se calculan considerando dos (2) decimales. Para ello, si el límite inferior tiene más de dos (2) decimales, se aumenta en un dígito el valor del segundo decimal; en el caso del
13 límite superior, se considera el valor del segundo decimal sin efectuar el redondeo.
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Documento de aprobación del expediente técnico | : | Resolución de Alcaldía N° 046-2022 – MDCE/A |
Fecha de aprobación del expediente técnico | : | 00 XX XXXXX XXX 0000 |
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
RECURSOS ORDINARIO.
Importante |
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de selección. |
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de A PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
POR CONTRATA.
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la ejecución de la obra está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.9. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de 180 (CIENTO OCHENTA) días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.
1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES Y DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DE LA OBRA
Los participantes registrados tienen el derecho a recabar las bases y el expediente técnico de la obra en versión impresa o digital, según su elección, para cuyo efecto deben:
Pagar en | : | Oficina de Caja de la Municipalidad Distrital xx Xxxx |
Recoger en | : | Las Bases se recogerán en la Oficina de la Unidad de Logística de la Municipalidad Distrital xx Xxxx y el expediente técnico en la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano |
Costo de bases | : | Impresa: S/ 10.00 (Diez com 00/100 Soles) |
Costo del expediente técnico | : | Impreso: S/ 450.00 (Cuatrocientos Cincuenta com 00/100 soles) Digital: S/ 50.00 (Cincuenta com 00/100 soles) |
Las bases y el expediente técnico se entregan inmediatamente después de realizado el pago correspondiente. Excepcionalmente, el expediente técnico en versión impresa puede ser entregado dentro del plazo máximo de un (1) día hábil de efectuado el pago.
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Importante |
• La Entidad debe entregar una constancia o formulario de cargos en donde consta que el participante recibió el expediente técnico completo. Dicha constancia o formulario debe incluir un índice del contenido del expediente técnico y número de folios correspondientes. • El costo de entrega del ejemplar de las bases y del expediente técnico, no puede exceder el costo de su reproducción. |
Advertencia |
Las Entidades deben cautelar bajo responsabilidad que la versión impresa y digital del expediente técnico correspondan a la versión original del expediente técnico aprobado. |
1.11. ACCESO VIRTUAL AL EXPEDIENTE TÉCNICO DE LA OBRA
El expediente técnico de la obra en versión digital se encuentra publicado en el SEACE, obligatoriamente, desde la fecha de la convocatoria del presente procedimiento de selección.
1.12. BASE LEGAL
- Ley N°31365 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.
- Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2022.
- Texto Único Ordenado de la Ley N°30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N°082-2019-EF.
- Reglamento de la Ley N°30225 Ley de Contrataciones del Estado aprobado por D.S.
- Nº344-2018-EF-Modificado por Decreto Supremo N°377-2019- EF, Modificado por Decreto Supremo N°162-2021.
- Ley N°30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
- Texto Único Ordenado de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N°043-2003-PCM, y, sus modificatorias.
- Decreto Supremo N°304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo N°004-2019-JUS, TUO de la Ley N°27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y, sus modificatorias.
- Texto Único Ordenado de la Ley Nº28016 - Ley de Promoción de Competencia y Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº007-2008-TR.
- Decreto Supremo Nº008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo Nº011-79-VC.
- Código Civil y sus modificatorias aplicables.
- Resoluciones del Tribunal y pronunciamientos OSCE de observancia obligatoria. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Según el cronograma de la ficha de selección de la convocatoria publicada en el SEACE.
Importante |
De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento. |
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta contendrá, además de un índice de documentos6, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor. (Anexo Nº 1)
b) Documento que acredite la representación de quien suscribe la oferta.
En caso de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto.
En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.
Advertencia |
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE7 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de identidad. |
c) Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento.
(Anexo Nº 2)
d) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
6 La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.
7 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/
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e) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra. (Anexo Nº 4)
f) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5)
g) El precio de la oferta en SOLES y:
✓ El desagregado de partidas, cuando el procedimiento se haya convocado a suma alzada.
✓ Los precios unitarios, considerando las partidas según lo previsto en el último párrafo del literal b) del artículo 35 del Reglamento.
Asimismo, la oferta incluye el monto de la prestación accesoria, cuando corresponda. (Anexo Nº 6)
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimales.
Importante |
• El comité de selección no puede incorporar documentos adicionales para la admisión de la oferta a los establecidos en este acápite. • El análisis de precios unitarios y el detalle de los gastos generales fijos y variables de la oferta se presentan para el perfeccionamiento del contrato. • El comité de selección declara no admitidas las ofertas que no se encuentren dentro de los límites del valor referencial previstos en el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. |
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación”
que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:
Importante para la Entidad |
▪ En caso el comité de selección considere evaluar otros factores además del precio, incluir el siguiente literal: a) Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Factores de Evaluación” establecidos en el Capítulo IV de la presente sección de las bases, a efectos de obtener el puntaje previsto en dicho Capitulo para cada factor. |
Advertencia |
El comité de selección no podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores de evaluación”. |
2.3. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
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El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. DEBE PRESENTARSE CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN.
b) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. DEBE PRESENTARSE CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN.
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas ante Notario de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancaria (CCI) o, en el caso de proveedores no domiciliados, el número de su cuenta bancaria y la entidad bancaria en el exterior.
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
Advertencia |
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE8 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir los documentos previstos en los literales e) y f). |
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
h) Constancia de capacidad libre de contratación expedida por el RNP9.
i) Programa de Ejecución de Obra (CPM) el cual presenta la ruta crítica y el calendario de avance de obra valorizado.
j) Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado. Este calendario se actualiza con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
k) Calendario de utilización de equipo, en caso la naturaleza de la contratación lo requiera.
l) Memoria en la que se señalen las consideraciones que se han tomado en cuenta para la elaboración de los documentos indicados en los literales i), j) y k).
m) Análisis de precios unitarios de las partidas y detalle de los gastos generales fijos y variables de la oferta, en caso de obras sujetas a precios unitarios10.
n) Desagregado por partidas que dio origen a la oferta, en caso que el postor ganador haya aceptado la reducción de su oferta, en caso de obras a suma alzada.
o) Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del requisito de calificación equipamiento estratégico. En el caso que el postor ganador sea un consorcio los documentos de acreditación de este requisito pueden estar a nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
p) Copia de los diplomas que acrediten la formación académica requerida del plantel profesional clave, en caso que el grado o título profesional requerido no se encuentre publicado en el Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales a cargo de la de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU11.
q) Copia de (i) contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal que conforma el plantel profesional clave.
Importante
8 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/
9 Este requisito no aplica para procedimientos de contratación directa por la causal de carácter xx xxxxxxx, secreto militar o por razones de orden interno.
10 La Entidad puede requerir este documento en caso de obras a suma alzada.
11 xxxxx://xxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/
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• La Entidad debe aceptar las diferentes denominaciones utilizadas para acreditar la carrera profesional requerida, aun cuando no coincida literalmente con aquella prevista en los requisitos de calificación (por ejemplo Ingeniería Ambiental, Ingeniería en Gestión Ambiental, Ingeniería y Gestión Ambiental u otras denominaciones).
• Los documentos que acreditan la experiencia del personal deben incluir como mínimo los nombres y apellidos del profesional, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación indicando el día, mes y año de inicio y culminación, el nombre de la Entidad u organización que emite el documento, la fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el documento.
En caso estos documentos establezcan el plazo de la experiencia adquirida por el profesional en meses sin especificar los días la Entidad debe considerar el mes completo.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. No obstante, de presentarse periodos traslapados en el residente de obra, no se considera ninguna de las experiencias acreditadas, salvo la ejecución de obras por paquete.
Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a veinticinco (25) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.
Asimismo, la Entidad debe valorar de manera integral los documentos presentados para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la denominación del cargo o puesto no coincida literalmente con aquella prevista en los requisitos de calificación, se deberá validar la experiencia si las actividades que realizó el profesional corresponden con la función propia del cargo o puesto requerido.
• Cuando el postor ganador de la buena pro presenta como plantel profesional clave a profesionales que se encuentren prestando servicios como residente o supervisor en obras contratadas por la Entidad que no cuentan con recepción, procede otorgar plazo adicional para subsanar, conforme lo previsto en el literal a) del artículo 141 del Reglamento.
• En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
Importante |
• Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. • De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya12. • La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. |
12 Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.
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2.4. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento, debe presentar la documentación requerida en la Unidad de Logística de la Municipalidad Distrital xx Xxxx, sitio en Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Xx000 Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx – Xxxxxxxx - Xxxxxxxxxx.
Importante |
En el caso de contratación de obras por paquete, se debe suscribir un contrato por cada obra incluida en el paquete. |
2.5. ADELANTOS
2.5.1. ADELANTO DIRECTO
“La Entidad otorgará un (01) adelanto directo por el 10% del monto del contrato original.
El contratista debe solicitar formalmente el ADELANTO DIRECTO dentro de los ocho (8) días siguientes a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos13 mediante CARTA FIANZA O POLIZA DE CAUCION y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud del contratista.
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procede la solicitud.
2.5.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
“La Entidad otorgará adelantos para materiales o insumos por el 20% del monto del contrato original, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el contratista.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de 05 (CINCO) días calendario previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de 08(OCHO) días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos 14 mediante CARTA FIANZA O POLIZA DE CAUCION y el comprobante de pago respectivo”.
2.6. VALORIZACIONES
El periodo de valorización será MENSUAL.
Importante
13 De conformidad con el artículo 153 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
14 De conformidad con el artículo 153 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor,
siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado. 20
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Cuando el periodo de valorización establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorización se regirá por lo dispuesto en el numeral 194.6 del artículo 194 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prevé un periodo de valorización distinto al mensual, se debe establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorización, teniendo en consideración lo dispuesto en el numeral 194.5 del referido artículo, así como el plazo para el pago de las valorizaciones.
2.7. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de 15 (QUINCE) días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX 0,0,0,0,0,0,0 X 0; XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXX 0; XXXXX XXXXXXXX XXXXX 0,0,0 X 0; XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y XXXXX XXXXXX XXXX 0,0,0 x 0, XXX XXXXXXXX XX XXXX – PROVINCIA DE CHICLAYO – DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”
3.1. EXPEDIENTE TÉCNICO E INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
Nombre de la obra :“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX 0,0,0,0,0,0,0 X 0; XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXX 0; XXXXX XXXXXXXX XXXXX 0,0,0 X 0; XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y XXXXX XXXXXX XXXX 0,0,0 x 0, XXX XXXXXXXX XX XXXX – PROVINCIA DE CHICLAYO – DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”
Ubicación : El lugar de ejecución de la obra es el siguiente:
Localidad : Ciudad Eten
Distrito : Eten
Provincia : Chiclayo
Región : Lambayeque
Nombre del PIP o inversión | : | “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX 0,0,0,0,0,0,0 X 0; XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXX 0; XXXXX XXXXXXXX XXXXX 0,0,0 X 0; XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y XXXXX XXXXXX XXXX 0,0,0 x 0, XXX XXXXXXXX XX XXXX – PROVINCIA DE CHICLAYO – DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” |
Expediente Técnico aprobado mediante | : | RESOLUCION DE ALCALDIA N°46-2022-MDCE/A |
Fecha de aprobación | : | 00 XX XXXXX XXX 0000 |
3.2. ASPECTOS GENERALES
3.2.1. Nombre del Proyecto:
La intervención mediante inversiones se denomina: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX 0,0,0,0,0,0,0 X 0; XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXX 0; XXXXX XXXXXXXX XXXXX 0,0,0 X 0; XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y XXXXX XXXXXX XXXX 0,0,0 x 0, XXX XXXXXXXX XX XXXX – PROVINCIA DE CHICLAYO – DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”
3.2.2. Antecedentes:
Conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades N°23853 y Constitución Política del Peru, la Municipalidad tiene por objeto brindar atención a los servicios a la ciudad y el desarrollo cultural entre otros, así como la construcción, conservación, mantenimiento y mejoramiento de las vías de jurisdicción.
La Municipalidad Distrital de Ciudad Eten, Representada por el Alcalde, es una institución que tiene la permanente preocupación de realizar la gestión necesaria para buscar el financiamiento que demande la ejecución del proyecto debido a que es una necesidad sentida hace muchos años atrás y por consiguiente se busca la ejecución del presente proyecto, asumiendo con este
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propósito, su compromiso de financiar obras de infraestructura de los servicios públicos en mejoras xxx xxxxxx y el embellecimiento de la ciudad como las localidades de su jurisdicción (en este caso XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX 0,0,0,0,0,0,0 X 0; XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXX 0; XXXXX XXXXXXXX XXXXX 0,0,0 X 0; XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y XXXXX XXXXXX XXXX 0,0,0 x 0, XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXX), así como
su participación durante todo el ciclo del proyecto y de asumir el compromiso de la operación y mantenimiento, a fin de garantizar la sostenibilidad del proyecto precisando las calles, y el números de cuadras a intervenir.
La Municipalidad Distrital xx Xxxx, a través de sus autoridades, en el presente año vienen participando de talleres de planificación concertada, convocadas por el Gobierno Regional de Lambayeque, buscando financiamiento para sus obras por medio de estos talleres, como también viene buscando financiamiento por entidades diferentes del estado como Construyendo Perú, Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, etc., con la finalidad de conseguir presupuesto adecuado, para la ejecución de proyectos que mejoren el nivel de vida de su población. Gestión que se viene realizando en busca de financiamiento.
El presente expediente técnico se realiza con la finalidad de mejorar y ampliar el área de pavimentación, atender las necesidades de la población y mejorar el ornato de la ciudad, aparte que permitirá mejores condiciones de transitabilidad de las arterias que soportan tránsito pesado y liviano de mediana intensidad y que permitirá mejorar la infraestructura vial, que el presente gobierno local se ha propuesto en cumplimiento al plan vial.
El presente estudio nace como resultado de una necesidad sentida y por iniciativa de la población organizada de las Calles Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8; Unión y Progreso
Cdras 8; Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 0, 0, 0 x 0; Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx 00 x 00; y Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx 0, 0, 0 x 0, xx misma que con el apoyo de la Municipalidad Distrital xx Xxxx gestionará el apoyo financiero ante alguna entidad antes mencionada.
Se proyecta la ejecución de pavimento rígido, veredas, sardineles y áreas verdes.
De acuerdo a la naturaleza técnica del programa, el análisis de alternativas técnicas, la selección de la tecnología y nivel de servicios será necesariamente con la participación de los beneficiarios e incorporando sus patrones culturales, capacidad, los cuales forman parte del proceso de implementación.
Actualmente las calles donde se intervendrá se encuentran en mal estado, lo cual hace que el tránsito peatonal y vehicular en esta zona se hace dificultoso por el estado de la vía además de provocar permanentemente polvaredas que dañan el aire que se respira provocando daños en la salud de la población, en el diagnóstico de las calles a intervenir se cuenta con algunos tramos de veredas en mal estado y en la mayor parte de tramos no se cuentan con veredas ocasionando malestares en la población.
El proyecto lleva por título “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA CALLE XXXXXXX XXXXX CDRAS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 Y 8;
XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXXX 0; XXXXX XXXXXXXX XXXXX 0, 0, 0 X 0; XXXXX
XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 0, 0, 0 X 0, XXX XXXXXXXX XX XXXX – PROVINCIA DE CHICLAYO – DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” con código
único: 2503479, el proyecto en mención fue registrado el 10/11/2020 y viabilizado el día 30/11/2020.
Los participantes del proceso, deberán visitar e inspeccionar el lugar donde se ejecutará la obra; para verificar la infraestructura actual que alberga en ella con la propuesta técnica de la obra objeto de este proceso de selección y efectuar todas las evaluaciones que sean necesarias, verificaciones y análisis que estimen pertinentes para presentar su propuesta económica.
Sus evaluaciones y análisis deben de incluir, entre otros la revisión de todos los aspectos técnicos, condiciones de trabajo, clima, accesos, reglamentación de la zona, manejo, almacenamiento, disposición y transporte de materiales, disponibilidad de mano de obra, agua, energía eléctrica, comunicaciones, asuntos sindicales y en general todos los elementos y condiciones que puedan incidir de manera directa e indirecta en la ejecución de la obra.
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La presentación de la propuesta implica la tácita aceptación del postor de que no ha encontrado inconveniente alguno para la iniciación y ejecución de las obras en forma técnicamente correcta, según el Expediente Técnico.
3.2.3. Ubicación:
El Distrito xx Xxxx es uno de los veinte que integran la Provincia de Chiclayo, ubicado en el Departamento de Lambayeque, bajo la administración del Gobierno Regional de Lambayeque, en el Norte del Peru.
Limitado por el:
Norte : con el Xxxxxxxx xx Xxxxxxx x xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxx Xxxx. Este : con el Centro Poblado Mata Caballo y el Océano Pacifico.
Sur : con el Distrito de Puerto Eten. Oeste : con el Centro Poblado Cienego.
3.2.4. Vías de Acceso:
Para llegar a la Zona del proyecto se realiza mediante vía terrestre. Tomando como referencia la ciudad de Chiclayo, se tiene:
3.2.5. Clima:
En condiciones normales, las escasas precipitaciones condicionan el carácter semidesértico y desértico de la angosta franja costera, por ello el clima de la zona se puede clasificar como DESERTICO SUBTROPICAL Árido, influenciado directamente por la corriente fría xxxxxx xx Xxxxxxxx, que actúa como elemento regulador de los fenómenos meteorológicos.
La temperatura en verano fluctúa según datos de la Estación Reque entre 25.59 °C (Dic) y
28.27 °C (Feb), siendo la temperatura máxima anual de 28.27 °C, la temperatura mínima anual de 15.37 °C.
3.2.6. Topografía:
El relieve terrestre de Ciudad Eten está constituido por un suelo superficial llano de escasa pendiente con terrenos eriazos al Este y Sur de la ciudad; el lado Oeste está próximo al mar y solo está separado por una pequeña faja de terrenos eriazos de 0.80 km de ancho; la parte Norte está conformada por terrenos agrícolas influenciados por la existencia del Río Eten que pasa próximo a la ciudad. Tiene una extensión aproximada de 71 Has.
3.2.7. Vivienda:
Tipo de materiales
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El material predominante utilizado para la construcción de sus viviendas el 98.0% es de material noble. Concreto en los cimientos y techo, ladrillo para las paredes. En cuanto a los pisos de la vivienda son de concreto.
Tiempo que viven en sus Viviendas
En cuanto al tiempo que llevan habitando en sus viviendas de acuerdo a los siguientes rangos los pobladores entrevistados manifiestan la mayoría que menos de 35 años llevan viviendo en sus domicilios.
Propiedad y uso de la Vivienda
Según los resultados obtenidos el 100% de la población es propietaria de su vivienda. De otro lado el 100% de la población manifiesta utilizar su vivienda sólo para vivencia.
3.2.8. Población Beneficiaria:
Según los estudios de levantamiento topográfico y muestre poblacional para la elaboración del expediente técnico del referido proyecto realizado en el mes de febrero del año 2021, se determinó que la zona en estudio cuenta con 235 lotes del tipo viviendas domésticas habitadas,
I.E y complejo deportivo.
3.2.9. Actividad Económica:
Teniendo como base la distribución porcentual de la PEA ocupada, según ramas de actividad económica, el 59.43% de la PEA se dedica al Sector Secundario, que es el predominante, el cual comprende: Industria Manufacturera con 49.01%, y Construcción con 9.95%. Esto refleja el carácter de la base económica de la ciudad xx Xxxx caracterizado por la fabricación de sombrerería xx xxxxx y gorritos es un centro urbano de apoyo a la industria artesanal. Dentro de este sector económico, la otra rama de actividad no menos importante, la constituye el sector Terciario (30.33%), caracterizado por su Comercio (15.50%), Servicios (12.01%). En Ciudad Eten se desarrolla la industria artesanal que luego es comercializada en Monsefú. La PEA Agricultura – Ganadería, ubicada en el sector Primario ocupa un 10.24% del total, caracterizada por su producción de pan llevar.
3.2.10. Educación:
El equipamiento educativo representa el 4.94% (5.04 Has) del área urbana. Comprende las áreas destinadas a la prestación de los servicios educativos en los niveles básico y superior como el Instituto Tecnológico xx Xxxx que enseña dos carreras Mecánica de Producción y Enfermería Técnica, ubicado en la periferia xxx xxxxx urbano de la ciudad. Parte de la población estudiantil xx Xxxx también va a estudiar en los diferentes centros educativos y universidades de Chiclayo.
Recreación: El equipamiento recreativo representa el 1.50%, 1.53 Hás. del área urbana y representado por el parque Principal y el complejo Deportivo Municipal, ubicado en el sector Sur – Este de la ciudad. La ciudad xx Xxxx presenta un déficit de áreas recreativas del orden del 43%.
3.2.11. Servicios Básicos Existentes:
Energía Eléctrica
La calle Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8; calle Union y Progreso Cdrs 8; xxxxx
Xxxxxxxx Xxxxx 0, 0, 0 x 0; xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx 00 x 00; y calle Xxxxxx Xxxx Xxxxx 1, 2, 3 y 4, si cuentan con el servicio de energía eléctrica.
Telecomunicaciones
La población si cuenta con el servicio de telefonía celular. La cobertura es estable, tiene una comunicación continua.
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Servicios de Agua y saneamiento
Abastecimiento de agua
La población cuenta con sistema de Abastecimiento de Agua Potable, el mismo que opera las 24 horas continuas del día, y cobertura al 100%.
Alcantarillado:
Las viviendas cuentan con un sistema de eliminación de excretas, como es el alcantarillado con cobertura al 100%.
3.2.12. Descripción del Sistema Existente del Proyecto:
Actualmente las calles a intervenir: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx 0, 0, 3, 4, 5, 6, 7 y 8; Xxxxx Xxxxx
x Xxxxxxxx Xxxx 0; Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 0, 0, 0 x 0; xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx 00 x 00; y calle Xxxxxx Xxxx Xxxxx 1, 2, 3 y 4; cuentan con infraestructura urbana de pista en un 0% y en veredas en un 19.32% las cuales se encuentran en mal estado y no cumplen con el RNE.
Las calles a nivel de terreno natural, afectan directamente a las familias pues esta contribuye a los índices de contaminación ambiental dañando el patrimonio público y privado, también hace dificultoso el traslado normal de las personas y vehículos quienes tienen que desplazarse por trechos polvorientos.
La contaminación del aire debido a las emisiones de partículas suspendidas (PM10), ha dado lugar a una alta incidencia de enfermedades respiratorias. Asimismo, en estas calles, se observan también partículas totales en suspensión (PTS). Con relación al deterioro del patrimonio público y privado; las viviendas se ven afectadas por el polvo que produce un deterioro de ellas o un incremento en los costos de conservación de las mismas, específicamente se ven afectadas las fachadas de las viviendas, por el polvo y el barro; las
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paredes internas, el cielo raso, los enseres fijos de la vivienda (artefactos de baño y cocina), el piso de la vivienda por a tierra/arena. Los enseres se ven afectados por el polvo, se producen deterioro (disminuyendo su vida útil), e incrementan los gastos de mantenerla limpia, en aproximadamente 20%.
La falta de pavimentos en las calzadas y veredas, trae como consecuencia la restricción del transporte de pasajeros y de carga, lo que obliga a la población efectuar recorridos a pie; las amas de casa tienen que realizar largas caminatas por las calles polvorientas y en mal estado hacia sus centros de trabajo y centros de abastecimiento de productos alimenticios respectivamente; situación que ha ocasionado accidentes peatonales. Aunque el tránsito local es pequeño, la falta de calzadas en las vías origina mayores costos operativos de los vehículos, pérdidas de tiempo de viaje de los peatones y aislamiento con los centros de servicios y comercio.
Al carecer de pistas y veredas dificultan la circulación vehicular y peatonal, con rasantes cuyas pendientes no obedecen a un adecuado drenaje pluvial y originan la formación xx xxxxxxx ciegas que en épocas de lluvias resultan anegadas con la formación xx xxxxxxx y charcos originando condiciones de insalubridad para la población.
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3.3. OBJETIVOS DEL PROYECTO
El objetivo central es lograr la “DISMINUCIÓN DE LA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS Y UNA EFICIENTE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA CALLE XXXXXXX XXXXX CDRAS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 Y 8; XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXX 0;
XXXXX XXXXXXXX XXXX 0, 0, 0 X 0; XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y CALLE XXXXXX
XXXX CDRS 1, 2, 3 Y 4”DE LA LOCALIDAD DE CIUDAD ETEN, a través de un conjunto de acciones orientadas a mejorar la transitabilidad vehicular y peatonal y así garantizar el bienestar de la población afectada por el problema identificado.
Objetivos específicos:
• Implementar y mejorar el servicio de transitabilidad vehicular y peatonal.
• Mejorar el nivel de vida de la población reduciendo las enfermedades y los daños al patrimonio público y privado de la localidad de Ciudad xx Xxxx.
• Lograr un mejor drenaje pluvial en los tiempos de lluvias y escorrentías.
• Mejorar el crecimiento urbano y lograr el desarrollo económico de la población de Ciudad Eten.
• Mejorar el ornato público xxx xxxxx urbano de la localidad de Ciudad Eten y velar por su crecimiento ordenado de acuerdo a su plan director establecido.
3.3.1. CUADRO DE RESUMEN DE METAS
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3.3.2. BENEFICIOS DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
Los beneficios cualitativos que generará el proyecto son:
• Reducción de polvo en las fachadas e interiores de las viviendas, con el consiguiente ahorro en el mantenimiento y limpieza de las mismas.
• Ahorro en los costos por higiene personal.
• Aumento en la seguridad en el transporte de peatones, ya que desaparecen hoyos, piedras, tierra, etc.
• Ahorro de tiempo de los usuarios de vehículos.
• Ahorro en tiempo de los peatones.
• Aumento en el valor de los predios (plusvalía) de la zona.
• Ahorro de costos de operación vehicular.
• Facilitar el tránsito de los peatones y su acceso a las instalaciones colindantes proporcionando además seguridad.
• Conseguir una mayor calidad humana en la zona, mejorando su estética, suprimiendo ruidos y humos e incrementando la convivencia.
• Estimular una dinámica de revitalización de los centros urbanos como partes de una reestructuración de espacios, que tienda a una utilización más racional de las vías existentes mediante el uso del transporte colectivo.
• Estimular la economía y desarrollo de los centros comerciales.
• Mejor acceso de locomoción colectiva, debido a la presencia de la vía vehicular y peatonal con niveles definidos.
• Disminución de la contaminación al bajar los niveles de polvo en suspensión.
• Reducción de accidentes peatonales por falta de aceras. Se define la zona peatonal y los pobladores no circularían por toda la vía como actualmente lo hacen.
• Mejora la accesibilidad a los precios. Finalmente se logrará una mejor transitabilidad por las vías vehiculares y peatonales.
• Contar con Infraestructura Vial de la calle en buen estado con capacidad de rodadura óptima. Esto se obtiene como resultado de la obra nueva según diseño definitivo conforme el estudio de suelos y especificaciones técnicas.
• Reducción de la incidencia de enfermedades respiratorias y trasmisibles; al disminuir drásticamente las partículas de polvo en suspensión en la avenida.
• Aumento del calor de las propiedades beneficiadas por el proyecto.
• Mejora de la imagen del barrio o sector.
3.3.3. INGENIERÍA DEL PROYECTO DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Según lo especificado en los planos respectivos, el Proyecto consiste en implementar el Mejoramiento de la Infraestructura Vial Urbana de la localidad de Ciudad Eten en referencia a las calles: XXXXXXX XXXXX CDRAS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 Y 8; XXXXX XXXXX X XXXXXXXX XXXX 0; XXXXX XXXXXXXX
XXXX 0, 0, 0 X 0; XXXXX XXXXXX XXXX XXXXX 00 X 00; Y XXXXX XXXXXX XXXX XXXX 0, 0, 0 X
0, xx xx Xxxxxxxx xx Xxxx, a nivel de Pavimento rígido; además de la construcción de sardineles, veredas, señalización vial (pintado) y áreas verdes.
La pista tendrá un ancho variable según diseño en planos; el pavimento tendrá una estructura con un espesor total de 20 cm., conformada por una sub-base de hormigón de e = 0.15m y e= 0.05m de arenilla, una base de afirmado de e=0.20cm, que corresponde a todas las calles. Todo esto se ejecutará de acuerdo a los planos y especificaciones técnicas respectivas que se muestran en el presente Expediente Técnico.
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CRITERIOS DE DISEÑO
⮚ ARQUITECTÓNICO
El diseño permite definir la sección transversal de la vía, tanto de la superficie de rodadura, así como de veredas y rampas, sardineles, etc., siguiendo las normas y lineamientos técnicos establecidos para este tipo de obras, en concordancia con el Plan Vial Urbano vigente y considerando las entregas de las calles colindantes.
Así la vía presenta las siguientes características:
• Pista con un ancho de variable de 5.20 hasta 8 metros xx xxxxxxx.
• Veredas, rampas, sardineles, entre otras.
⮚ ESTRUCTURAL
Se ha optado un diseño teniendo en cuenta las características del suelo de fundación y el servicio que prestará dicha vía.
Los materiales que se utilicen para la estructura del pavimento deberán reunir las características físicas necesarias para cumplir con lo especificado, recomendándose utilizar agregados de las canteras estudiadas en el informe de Mecánica de Suelos que forma parte del expediente técnico.
⮚ ESTUDIOS TOPOGRÁFICOS
Para tal efecto se ha llevado a cabo los levantamientos topográficos de detalle, apoyado en una poligonal, y así mismo se ha colocado dos puntos geodésicos.
⮚ DISEÑO DEL PAVIMENTO Selección del tipo de pavimento:
Usualmente se consideran dos tipos de estructuras de pavimento cuando se trata de vías urbanas, el flexible que incluye como rodadura adoquines de concreto y el rígido que incorpora una losa de concreto de cemento Pórtland.
Las condiciones para elección de uno de ellos, son vida útil del camino, materiales disponibles, equipos de construcción y los costos de obra.
Para nuestro caso ha primado la opción del pavimento rígido, teniendo en cuenta el criterio técnico de la especialidad vial, así como el factor económico, pues dadas las condiciones de diseño de la vía se asegura un importante período de duración del pavimento comparado con tratamientos convencionales o mezclas en caliente y finalmente es destacable el hecho que las estructuras de concreto son naturalmente más duraderas y de fácil mantenimiento.
El eficiente comportamiento de los pavimentos depende entre otros aspectos de un correcto sistema de drenaje superficial y subterráneo, es por ello que muchas obras ejecutadas en la región han reportado exiguos períodos de vida útil por carencia de drenaje y falta de mantenimiento del mismo, ante tal situación, la obra deberá tener un seguimiento técnico periódico, para preservar la inversión efectuada.
3.3.4. DISPONIBILIDAD DE RECURSOS DEL PROYECTO
⮚ Materiales
Los recursos disponibles en la zona son: el agua y terreno, siendo necesario transportar los demás elementos que intervienen en la construcción de la infraestructura.
- Los agregados serán de canteras del mismo lugar.
- Los otros materiales como el cemento, xxxxxx, madera, clavos, calamina, etc., serán adquiridos en la ciudad de Chiclayo.
⮚ Humanos
Para la construcción se necesita mano de obra calificada y no calificada que serán de la zona fomentando así el empleo temporal.
La asistencia técnica la brindará Ingenieros Civiles contratados por la entidad ejecutora del proyecto.
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3.4. PRESUPUESTO DE OBRA
El valor referencial de la obra asciende a S/ 4,163,229.60 (CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE CON 60/100 SOLES), incluidos los
impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes xx XXXXX DEL 2022.
3.4. PLAZO DE EJECUCION
El plazo de Ejecución de la Obra es de 180 días calendarios.
3.5. MODALIDAD DE EJECUCION
Por contrata.
3.6. SISTEMA DE CONTRATACION
El sistema de contratación que se aplicara para el presente es A PRECIOS UNITARIOS.
3.7. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios.
3.8. PRESTACIONES ACCESORIAS A LA PRESTACION PRINCIPAL
No incluye prestaciones accesorias.
3.9. MATERIALES EQUIPOS E INSTALACION
Todos los materiales y herramientas o cualquier otro implemento que se pueda utilizar, correrán por cuenta del Contratista; debiendo procurarse de todo lo necesario a fin de garantizar en todo momento el normal desarrollo de la ejecución.
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3.10. MATERIAL LOGISTICO Y RECURSOS HUMANOS
El Contratista realizará todos los trabajos utilizando sus propios recursos y se proveerá de personal, equipos y materiales, herramientas y suministros necesarios para poder cumplir con el objetivo de la convocatoria. El contratista de proponer equipo de profesionales que a su juicio sea idóneo, con experiencia acreditada fehacientemente en el rubro o especialidad.
3.11. REQUISITOS DEL PROVEEDOR Y PERSONAL PROPUESTO DEL POSTOR
El postor deberá cumplir las siguientes condiciones:
✓ Persona Natural o Jurídica con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores - OSCE, en el capítulo de Ejecutor de Obras.
✓ De conformidad con el numeral 49.5 del artículo 49 del Reglamento, el área usuaria ha incluido lo siguiente:
• El número máximo de consorciados es de dos (02) integrantes
• El porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia, es de ochenta por ciento (80%).
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (01) vez el valor referencial, en la ejecución de obras similares, durante los 10 años anteriores a la fecha de presentación de ofertas que se computan desde la suscripción del acta de recepción.
Se considerará obra similar a: Vías urbanas de circulación peatonal y vehicular: Construcción y/o creación y/o mejoramiento y/o ampliación y/o recuperación y/o reconstrucción y/o adecuación y/o rehabilitación y/o remodelación y/o renovación de vías urbanas de circulación peatonal y/o vehicular con pavimentos (rígidos y/o flexibles y/o semiflexibles) y/o aceras o veredas (concreto y/o asfalto y/o adoquinado) en las siguientes intervenciones:
Avenidas y/o calles y/o anillos viales y/o pasajes y/o carreteras y/o pistas y/o veredas y/o vías internas y/o jirones y/o vías locales y/o vías colectoras y/o vías arteriales y/o vías expresas y/o intercambio vial y/o pasos a desnivel y/o infraestructura vial y/o peatonal y/o habilitaciones urbanas y/o plazuelas y/o plazas y/o alamedas y/o espacios públicos urbanos y/o servicios de transitabilidad y/o urbanización y/o parques y/o infraestructura recreativa y/o esparcimiento y/o accesibilidad urbana y/o malecones urbanos.
DEL EQUIPAMIENTO ESTRATEGICO
Todos estos equipos, maquinarias, herramientas e instrumentos serán puestos a disposición de la obra en óptimas condiciones de operación. La lista arriba indicada, no es limitativa, comprometiéndose por la presente a incrementarla y/o a optimizarla, en caso de que el avance de la obra así lo requiera, sin que ello represente pago adicional alguno
La acreditación de las maquinarias, equipos, herramientas e instrumentos a emplearse en la ejecución de la obra se realizará con Carta de compromiso de acreditación del
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equipamiento requerido, señalando que se presentarán los documentos de acreditación para la suscripción de contrato.
DEL PERSONAL PROFESIONAL CLAVE
Residente de Obra:
Ingeniero Civil, con una experiencia 36 meses (computado desde la fecha de la colegiatura), como, Residente y/o jefe y/o supervisor y/o inspector y/o jefe de supervisión y/o residente principal y/o director residente y/o jefe residente y/o jefe residente principal y/o ingeniero residente y/o supervisor principal de obra en obras similares.
Especialista de Calidad:
Ingeniero Civil, con una experiencia 12 meses (computado desde la fecha de la colegiatura), como Especialista y/o ingeniero y/o residente y/o inspector y/o supervisor y/o jefe y/o asistente o responsable de: control de calidad o calidad o aseguramiento de calidad o programa de calidad o protocolos de calidad en obras en general.
Especialista Ambiental:
Ingeniero Civil o Ingeniero Ambiental o Ingeniero de Gestión Ambiental o Ingeniero Ambiental y de Recursos Ambientales o Ingeniero de Recursos Naturales y Energía Renovable o Ingeniero de Recursos Renovables o Ingeniero Ambiental y de Recursos Naturales, con una experiencia 18 meses (computado desde la fecha de la colegiatura), como Especialista y/o ingeniero y/o supervisor y/o jefe y/o responsable y/o residente ambiental y/o ambientalista en: Mitigación ambiental o ambientalista o monitoreo y mitigación ambiental o impacto ambiental o medio ambiente, en obras en general.
Especialista de Seguridad en Obra y Salud en el Trabajo:
Ingeniero Civil o Ingeniero de Higiene y Seguridad Industrial o Ingeniero Industrial o Ingeniero de Seguridad y Salud en el Trabajo, con una experiencia 24 meses (computado desde la fecha de la colegiatura), como Especialista y/o ingeniero y/o supervisor y/o jefe y/o responsable y/o residente en: seguridad y salud ocupacional o seguridad e higiene ocupacional o seguridad de obra o seguridad en el trabajo o salud ocupacional o implementación de planes de seguridad e higiene ocupacional o en prevención de riesgos laborales, en obras en general.
DE LA SOLVENCIA ECONOMICA
Carta de Línea de Crédito, equivalente a 0.60 veces el valor referencial, emitida por una empresa del sistema financiero que está bajo supervisión directa de la Superintendencia de Banca y Seguros, o estar considerada en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva, conforme a los montos y condiciones señalados en las bases. En el caso de consorcios, la Línea de Crédito requerida debe presentarse de acuerdo al porcentaje de participación de cada consorciado.
No procede acreditar este requisito a través de líneas de créditos para cartas fianza o póliza de caución.
Tampoco corresponde aceptar documentos emitidos por empresas de seguros para acreditar este requisito de calificación, toda vez que, de conformidad con el Oficio N° 47719-2019-SBS, dichas empresas no pueden otorgar créditos.
3.12. FORMA DE PAGO
El pago se realizará de manera mensual, previa presentación de la valorización de obra correspondiente.
3.13. REAJUSTES
Los reajustes se calculan en base al coeficiente de reajuste “K” conocido al momento de la valorización. Cuando se conozcan los índices unificados de precios que se aplican, se calcula el monto definitivo de los reajustes que le corresponden y se pagan con la valorización mas cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.
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3.14. DISPONIBILIDAD FISICA DEL TERRENO
Se encuentra disponible.
3.15. RECEPCION DE OBRA Y PLAZO
No estará permitida la recepción parcial de secciones terminadas de las obras de conformidad con el artículo 208° del reglamento de la ley de contrataciones con el estado.
3.16. PENALIDADES
Según lo establecido en el Artículo 162º del Reglamento de la Ley de Contrataciones, en caso de retraso injustificado del CONTRATISTA en la ejecución de la obra, se hará acreedor a una penalidad por xxxx, por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual vigente. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o, si fuera necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento.
La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato
0.15 x Plazo en días
ADICIONALMENTE:
Las aplicaciones de estas penalidades se ciñen al Artículo 163º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, están referidas al monto de contrato hasta por monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente y las sanciones se efectuarán por cada ocurrencia, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
Se aplicará la penalidad al monto del Contrato, por incumplir las obligaciones contractuales establecidas en los términos de referencia, siendo éstos los siguientes:
Penalidades | |||
N° | Supuesto de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado | Una UIT por cada día de ausencia del personal en obra por cada persona | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
2 | Cuando el personal clave permanece menos de sesenta (60) días calendarios, desde el inicio de su participación en la ejecución del contrato, de conformidad con las disposiciones establecidas en el numeral 190.2 del artículo 190 del reglamento | Una UIT por cada día de ausencia del personal en el plazo previsto | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
3 | Valorizar obras y/o metrados no ejecutados (Sobrevalorizaciones), y pagos en exceso, valorizaciones adelantadas u otros actos que ocasionen pagos indebidos | Tres unidades impositivas | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
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4 | NO IMPLEMENTACION DE PLANES DE CONTROL Y MONITOREO: -Plan de Seguridad y Salud -Desarrollo de Plan de Monitoreo -Plan y Desarrollo de Mitigación Ambiental -La no realización y/o implementación de estas actividades será causal de aplicación de penalidad | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
5 | INDUMENTARIA E IMPLEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL: Cuando el contratista permita que el trabajador labore sin ellas o que las tenga incompletas, los implementos de protección personal son: -EPI básico de protección de cabeza, protección de ojos, protección de pies, protección de manos y vestimenta adecuada. -EPI auxiliar o complementaria protección auditiva, protección respiratoria (según el tipo de trabajo). Además, se deben de considerar equipos, indumentaria, vestuario de acuerdo a la naturaleza y exigencias de las labores que el personal en la obra ejecute, en función a las normas de seguridad. El personal debe de llevarlo en la ejecución de los trabajos que se están ejecutando. La aplicación será por cada trabajador que no cuenta con su EPI y por cada vez que sea detectado. | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
6 | SEGURIDAD DE LA OBRA Y SEÑALIZACION Cuando el contratista no emplee los dispositivos de seguridad peatonal vehicular, y las señalizaciones especificas en el expediente técnico | 2 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
7 | EQUIPOS DEL CONTRATISTA Cuando el contratista no cuente con los equipos mínimos ofertados requeridos para la ejecución de la obra o que los tenga incompletos. La aplicación será por cada día de incumplimiento. La aplicación de la penalidad, será verificando el cronograma de ejecución de obra | 1 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
8 | CALIDAD DE EJECUCION DE OBRA Cuando el supervisor acepte un trabajo mal ejecutado además de la penalidad Al Supervisor, El Contratista deberá corregir dicho trabajo sin costo alguno para la entidad. Esto se refiere que no cumple con las especificaciones técnicas que se detallan en el expediente técnico. Donde no se cumpla con las dosificaciones, encofrados, alineamientos y otras formas | 1 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
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geométricas que se indican en los planos. Cuando el contratista ejecuta las partidas con materiales e insumos que no cuentan con la certificación de calidad correspondiente, los cuales deben ser calificados entre el residente y el supervisor con los correspondientes protocolos de control y/o aseguramiento de calidad. La aplicación será por cada vez que se evidencia la ocurrencia. | |||
9 | CALIDADES Y MATERIALES Cuando el contratista emplee materiales que no cumplan con los requisitos de las especificaciones técnicas y cada uno de los materiales utilizados no cuente con su respectivo certificado de calidad. La penalidad será por cada caso detectado. EL CONTRATISTA deberá retirar dicho material reemplazado por otro que cumpla con las especificaciones técnicas, siendo dicho reemplazo sin costo alguno para la ENTIDAD. Es decir que todo material utilizado debe de contar con la certificación de calidad dado por el fabricante o ensayo de un laboratorio de mecánica de suelos y/o materiales certificados de INDECOPI y demás estándares nacionales e internacionales. La aplicación será por cada vez que se evidencia la ocurrencia. | 3 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
10 | CAMBIO DE PERSONAL PROFESIONAL ESPECIFICADO EN PROPUESTA TECNICA, SALVO POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR Para la ejecución de la obra, si el contratista solicita el cambio de Residente de Obra y/o personal técnico propuesto Ofertado en la Propuesta Técnica se aplicara la multa del monto contratado por CADA CAMBIO, salvo por los siguientes casos: 1. Por demora o postergación del inicio de plazo de la obra por mas de 30 días calendarios entre el otorgamiento de la buena pro y el inicio del plazo de obra. 2. Ademas, no estando permitido cambio salvo por razones de fuerza mayor (Pronunciamiento N°149-2010/DTN), por lo que la multa será efectiva sino se cumple con las razones descritas en el pronunciamiento. | 1 uit por cada profesional | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
11 | FALTA DE PERMANENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO El residente y los profesionales especialistas propuestos deben de dirigir la ejecución de los trabajos efectuados por el contratista, asistiendo en forma permanente y todos los días laborables de | 0.5 uit por cada vez, por cada profesional | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
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la obra , y los demás profesionales durante el plazo de su participación de acuerdo a las partidas de su especialidad, en caso contrario se aplicara una multa por su inasistencia, siendo suficiente la sustentación de este hecho como un acto firmado por el personal de la ENTIDAD, que visito la obra y dejando en constancia con un responsable de la obra o con informe de supervisión o inspector según sea el caso. | |||
12 | RESIDENTE Cuando el personal de la ENTIDAD, no ubique al Residente en obra (en el momento de la inspección), este acudirá al cuaderno de autocontrol, en caso de no estar anotado el lugar del desplazamiento, se aplicara una multa según penalidad sobre el monto contratado, por el día o los días en que el personal no halla anotado su presencia en el cuaderno de autocontrol y se haya ausentado, siendo suficiente la sustentación de este hecho con un acta firmada por el personal de la ENTIDAD que visito la obra, dejando copia de la misma en manos de algún responsable de la obra. | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
13 | CUADERNO DE OBRA Por no cumplir con lo estipulado en la Directiva N°009-2020-OSCE/CD. La aplicación será por cada vez que se evidencia la ocurrencia. | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
14 | NO PERMITIR EL INGRESO DEL PERSONAL DE LA ENTIDAD Cuando el contratista no permita el ingreso de personal de la entidad debidamente identificado. | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
15 | CARTEL DE OBRA Cuando el contratista no coloque el cartel de obra dentro de los días requeridos después del inicio contractual de la obra, la penalidad es por cada día no colocado. Hay obligación de mantener el cartel de obra durante la ejecución de la obra | 0.5 uit por cada dia | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
16 | INFORME Y/O INFORME ESPECIAL No cumplimiento a la presentación del informe y/o informe especial solicitado por la entidad y/o supervisión | 1 uit por cada incumplimiento | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo por otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
3.17. VICIOS OCULTOS
De conformidad con el artículo 173° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, La recepción conforme de la Entidad no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
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Las discrepancias referidas a defectos o vicios ocultos son sometidas a conciliación y/o arbitraje. En dicho caso el plazo de caducidad se computa a partir de la conformidad otorgada por la ENTIDAD hasta treinta (30) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de responsabilidad del contratista previsto en el contrato.
3.18. RESOLUCION DE CONTRATO
La Municipalidad podrá resolver el presente contrato en forma total o parcial por alguna de las siguientes causales y siguiendo las formalidades indicadas en los artículos 164° y 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
3.19. CONTROL DE LA SUPERVISION
La Municipalidad controlará directamente todo el proceso de Supervisión, a través de la Gerencia de Infraestructura, para lo cual el Supervisor deberá brindar las facilidades necesarias.
3.20. ADELANTOS
La ENTIDAD otorgara un ADELANTO DIRECTO y un ADELANTO DE MATERIALES, hasta 10% y 20%
respectivamente, previa solicitud y presentación de garantía a través de carta fianza o póliza de caución, conforme lo prescribe la normativa de contrataciones.
3.21. RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
El Contratista será responsable de los vicios ocultos que pudieran existir con posterioridad a la culminación de la ejecución, en un plazo no menor a 07 años, contados a partir del día siguiente de haber otorgado la conformidad de la contratación. Por lo tanto, tendrá que asumir los costos en los que incurra dicha subsanación.
3.22. RESPONSABILIDAD ANTE TERCEROS
El contratista será directo responsable de las consecuencias causadas por efecto de la ejecución de la obra o por deficiencia, negligencia durante la ejecución de la obra, como la afectación a terceros o a las propiedades de estos, por responsabilidad civil. El postor deberá presentar declaración jurada de asumir los gastos en caso de ocasionar daños a las redes eléctricas, agua, desagüe, telefonía y demás terceros, debido a la ejecución de la obra.
3.23. DE LA SUBCONTRATACION
El contratista queda prohibido de subcontratar, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 35.10 de artículo 35 de la ley.
3.24. NORMATIVA, PROTOCOLOS Y DEMAS DISPOCISIONES REFERENTES A LA EMERGECNIA SANITARIA POR EL COVID-19
La Contratista desarrollara las labores teniendo en cuenta los criterios recomendados para regular las normas de seguridad y salud en el trabajo y así adoptar LINEAMIENTOS DE PREVENCION Y CONTROL FRENTE A LA PROPAGACION DEL COVID – 19 EN LA EJECUCION DE OBRAS DE
CONSTRUCCION, según los siguientes alcances y demás disposiciones que inciden en la ejecución de Obras Publicas:
- R.M N°972-2020-MINSA, “Lineamientos para la Vigilancia y Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID – 19.
- R.M N°257-2020-MTC/01, “Aprueban diversos protocolos sanitarios sectoriales en prevención del COVID – 19.
- R.M N°087-2020-VIVIENDA, “Aprueban el protocolo sanitario del sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para el inicio gradual e incremental de las actividades en la Reanudación de Actividades”.
- R.M N°265-2020-MINSA, “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID – 19”.
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- D.S N°101-2020-PCM, “Decreto Supremo que aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID – 19, y modifica el Decreto Supremo N°080-2020-PCM.
- Todos los mecanismos dispuestos por la normatividad vigente y demás disposiciones que dicten en adelante los sectores y autoridades competentes, en la ejecución de las obras de construcción del sector público y privado.
3.24. PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCION Y CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO
- LA CONTRATISTA elaborará un “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en adelante el Plan, que debe ser previamente aprobado por el Supervisor de Seguridad y Salud, este plan debe contener los lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19 y estos lineamientos debe ingresarse al Plan de seguridad y salud en el trabajo, conforme a los mecanismos dispuestos por la normatividad vigente y demás disposiciones que dicten los sectores y autoridades competentes, en la ejecución de obras de construcción del sector público o privado.
- LA CONTRATISTA está en la obligación de implementar medidas de seguridad y salud en el trabajo, para lo cual presentará a la entidad su plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo que incluirá actividades y acciones que aseguren el cumplimiento de los lineamientos aprobados por la autoridad competente en la ejecución de las obras en construcción.
- Es responsabilidad de LA CONTRATISTA hacer cumplir las disposiciones de los presentes lineamientos, así mismo supervisar al contratista de la ejecución del cumplimiento de las disposiciones referentes a la emergencia sanitaria por el COVID-19.
- El presente lineamiento se aplica en las diferentes etapas de la ejecución de la obra: Fase de inicio y reinicio de actividades (planificación), Fase de Ejecución y Fase de Cierre 8Conformidad, Recepción y Liquidación de obra)
Así mismo y de conformidad con el numeral 8.2 de la Resolución Ministerial N° 972-2020-MINSA, la implementación del plan para la Vigilancia, Prevención y Control COVID-19 en el trabajo, será asumido en su integridad por el CONTRATISTA, como parte del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
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3.2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
A | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL |
A.1 | EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO |
Requisitos: Acreditación: De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato. Importante No corresponde solicitar como equipamiento que el postor cuente con oficinas, locales u otros espacios físicos. Asimismo, no se puede requerir características, años de antigüedad y demás condiciones del equipamiento que no consten en el expediente técnico. | |
A.2 | CALIFICACIONES DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE |
FORMACIÓN ACADÉMICA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE | |
Requisitos: • Residente de Obra: Ingeniero Civil • Especialista de Calidad: Ingeniero Civil • Especialista Ambiental: Ingeniero Civil o Ingeniero Ambiental o Ingeniero de Gestión Ambiental o Ingeniero Ambiental y de Recursos Ambientales o Ingeniero de Recursos Naturales y Energía Renovable o Ingeniero de Recursos Renovables o Ingeniero Ambiental y de Recursos Naturales. • Especialista de Seguridad en Obra y Salud en el Trabajo: Ingeniero Civil o Ingeniero de Higiene y Seguridad Industrial o Ingeniero Industrial o Ingeniero de Seguridad y Salud en el Trabajo. Acreditación: De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato. Importante • El residente de la obra debe cumplir las calificaciones establecidas en el artículo 179 del Reglamento. |
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A.3 | EXPERIENCIA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE | ||
Requisitos: • Residente de Obra: Ingeniero Civil, con una experiencia 36 meses (computado desde la fecha de la colegiatura), como, Residente y/o jefe y/o supervisor y/o inspector y/o jefe de supervisión y/o residente principal y/o director residente y/o jefe residente y/o jefe residente principal y/o ingeniero residente y/o supervisor principal de obra en obras similares. • Especialista de Calidad: Ingeniero Civil, con una experiencia 12 meses (computado desde la fecha de la colegiatura), como Especialista y/o ingeniero y/o residente y/o inspector y/o supervisor y/o jefe y/o asistente o responsable de: control de calidad o calidad o aseguramiento de calidad o programa de calidad o protocolos de calidad en obras en general. • Especialista Ambiental: Ingeniero Civil o Ingeniero Ambiental o Ingeniero de Gestión Ambiental o Ingeniero Ambiental y de Recursos Ambientales o Ingeniero de Recursos Naturales y Energía Renovable o Ingeniero de Recursos Renovables o Ingeniero Ambiental y de Recursos Naturales, con una experiencia 18 meses (computado desde la fecha de la colegiatura), como Especialista y/o ingeniero y/o supervisor y/o jefe y/o responsable y/o residente ambiental y/o ambientalista en: Mitigación ambiental o ambientalista o monitoreo y mitigación ambiental o impacto ambiental o medio ambiente, en obras en general. • Especialista de Seguridad en Obra y Salud en el Trabajo: Ingeniero Civil o Ingeniero de Higiene y Seguridad Industrial o Ingeniero Industrial o Ingeniero de Seguridad y Salud en el Trabajo, con una experiencia 24 meses (computado desde la fecha de la colegiatura), como Especialista y/o ingeniero y/o supervisor y/o jefe y/o responsable y/o residente en: seguridad y salud ocupacional o seguridad e higiene ocupacional o seguridad de obra o seguridad en el trabajo o salud ocupacional o implementación de planes de seguridad e higiene ocupacional o en prevención de riesgos laborales, en obras en general. Acreditación: De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato. | |||
Importante | |||
El residente de la obra debe cumplir la experiencia mínima establecida en el artículo 179 del Reglamento. |
B | EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (1) VEZ EL VALOR REFERENCIAL, en la ejecución de obras similares, durante los 10 años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la suscripción del acta de recepción de obra. Se considerará como obra similar a: Vías urbanas de circulación peatonal y vehicular: Construcción y/o creación y/o mejoramiento y/o ampliación y/o recuperación y/o reconstrucción y/o adecuación y/o rehabilitación y/o remodelación y/o renovación de vías urbanas de circulación peatonal y/o vehicular con pavimentos (rígidos y/o flexibles y/o semiflexibles) y/o aceras o veredas (concreto y/o asfalto y/o adoquinado) en las siguientes intervenciones: Avenidas y/o calles y/o anillos viales y/o pasajes y/o carreteras y/o pistas y/o veredas y/o vías internas y/o jirones y/o vías locales y/o vías colectoras y/o vías arteriales y/o vías expresas y/o intercambio vial y/o pasos a desnivel y/o infraestructura vial y/o peatonal y/o habilitaciones urbanas y/o plazuelas y/o plazas y/o alamedas y/o espacios públicos urbanos y/o servicios de transitabilidad y/o urbanización y/o parques y/o infraestructura recreativa y/o esparcimiento y/o accesibilidad urbana y/o malecones urbanos. Acreditación: La experiencia del postor se acreditará con copia simple de: (i) contratos y sus respectivas actas de recepción de obra; (ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o (iii) contratos y sus |
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respectivas constancias de prestación o cualquier otra documentación 15 de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como el monto total que implicó su ejecución; correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación sustentatoria correspondiente.
Si el postor acredita experiencia de otra persona jurídica como consecuencia de una reorganización societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 10 referido a la experiencia del postor en la especialidad.
Importante
En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
C | SOLVENCIA ECONÓMICA |
Requisitos: El postor debe acreditar una línea de crédito equivalente a 0.60 VECES EL VALOR REFERENCIAL. Acreditación: Documento a nombre del postor emitido por una empresa que se encuentre bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o estar considerada en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. No procede acreditar este requisito a través de líneas de créditos para cartas fianza o póliza de caución. Tampoco corresponde aceptar documentos emitidos por empresas de seguros para acreditar este requisito de calificación, toda vez que, de conformidad con el Oficio N° 47719-2019-SBS, dichas empresas no pueden otorgar créditos. |
15 De acuerdo con la Opinión N° 185-2017/DTN “cualquier otra documentación", se entiende como tal a todo documento emitido por la Entidad contratante con ocasión de la ejecución de la obra que cumpla con demostrar de manera indubitable aquello que se acredita, por ejemplo mediante, las resoluciones de liquidación de obra, las actas de recepción de conformidad, entre otros.
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Importante | |||
En el caso de consorcios el documento que acredita la línea de crédito puede estar a nombre del consorcio o del integrante del consorcio que acredite el mayor porcentaje de participación en las obligaciones de la ejecución de la obra. El documento debe indicar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social del integrante o integrantes del consorcio. |
Importante |
• Si como resultado de una consulta u observación corresponde precisarse o ajustarse el requerimiento, se solicita la autorización del área usuaria y se pone de conocimiento de tal hecho a la dependencia que aprobó el expediente de contratación, de conformidad con el numeral 72.3 del artículo 72 del Reglamento. • Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente, y no mediante declaración jurada. |
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. | PRECIO | |
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta ( Anexo N° 6). | La evaluación consistirá en otorgar el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y se otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi I = Oferta Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i Om = Precio de la oferta más baja PMP = Puntaje máximo del precio 93.00 puntos |
OTROS FACTORES DE EVALUACIÓN | 7 puntos | |
B. | SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Y SOCIAL | |
Evaluación: Se evaluará que el postor cuente con una (1) práctica de sostenibilidad ambiental o social En caso que el postor se presente en consorcio, cada uno de sus integrantes, debe acreditar alguna de las prácticas de sostenibilidad ambiental o social para obtener el puntaje. | (Máximo 3 puntos) Se dará Un (01) punto por cada certificación presentada. Máximo 3 puntos No acredita ninguna práctica en sostenibilidad 0 puntos | |
B.1 | Práctica: Certificación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo Acreditación: Copia simple del certificado que acredita que se ha implementado un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo acorde con la norma OHSAS 18001:200716 o norma que la sustituya (ISO 45001:2018), o con la Norma Técnica Peruana equivalente (NTP-ISO 45001:2018), cuyo alcance o campo de aplicación considere a EJECUCIÓN DE OBRAS EN INFRAESTRUCTURA VIAL El certificado debe haber sido emitido por un Organismo de Certificación acreditado para dicho sistema de gestión, ya sea ante el INACAL (antes INDECOPI) u otro organismo acreditador que cuente con |
16 En marzo de 2018 se aprobó la norma ISO 45001:2018 que reemplaza la norma OHSAS 18001:2007. Cabe precisar que el periodo de migración durará tres años, por lo que el certificado en OHSAS 18001 tendrá vigencia hasta marzo de 2021.
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OTROS FACTORES DE EVALUACIÓN | 7 puntos | |
reconocimiento internacional. El referido certificado debe corresponder a la sede, filial u oficina a cargo de la prestación, y estar vigente a la fecha de presentación de ofertas. | ||
B.2 | Práctica: Certificación del sistema de gestión de la responsabilidad social Acreditación: Copia simple del certificado que acredita que se ha implementado un sistema de gestión de la responsabilidad social acorde con el estándar SA 8000:2014. El certificado debe haber sido emitido por un Organismo de Certificación acreditado ante el “Social Accountability Accreditation Services” (SAAS). El referido certificado debe corresponder a la sede, filial u oficina a cargo de la prestación, y estar vigente a la fecha de presentación de ofertas. | |
B.3 | Práctica: Certificación del sistema de gestión ambiental. Acreditación: Copia simple del certificado que acredita que se ha implementado un sistema de gestión ambiental acorde con la norma ISO 14001:2015, o con la Norma Técnica Peruana equivalente (NTP-ISO 14001:2015), cuyo alcance o campo de aplicación considere EJECUCIÓN DE OBRAS EN INFRAESTRUCTURA VIAL . El certificado debe haber sido emitido por un Organismo de Certificación acreditado para dicho sistema de gestión, ya sea ante el INACAL (antes INDECOPI) u otro organismo acreditador que cuente con reconocimiento internacional. El referido certificado debe corresponder a la sede, filial u oficina a cargo de la prestación, y estar vigente a la fecha de presentación de ofertas. | |
B.4 | Práctica: Responsabilidad hídrica Acreditación: Copia simple del Certificado Azul emitido por la Autoridad Nacional del Agua que lo reconoce como empresa hídricamente responsable del “Programa Huella Hídrica” (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx_xxxx). | |
B.5 | Práctica: Certificación del sistema de gestión de la energía Acreditación: Copia simple del certificado que acredita que se ha implementado un SGE acorde con la norma ISO 50001:201117 o ISO 50001:2018, o con la Norma Técnica Peruana equivalente (NTP ISO 50001:2012), cuyo alcance o campo de aplicación considere EJECUCIÓN DE OBRAS EN INFRAESTRUCTURA VIAL. El certificado debe haber sido emitido por un Organismo de Certificación acreditado para dicho sistema de gestión, ya sea ante el INACAL (antes INDECOPI) u otro organismo acreditador que cuente con reconocimiento internacional. El referido certificado debe corresponder a la sede, filial u oficina a cargo de la prestación, y estar vigente a la fecha de presentación de ofertas. | |
C. | PROTECCIÓN SOCIAL Y DESARROLLO HUMANO |
17 En agosto de 2018 se aprobó la norma ISO 50001:2018 que reemplaza a la norma ISO 50001:2011. Cabe precisar que el periodo de migración durará tres años, por lo que el certificado en ISO 50001:2011 tendrá vigencia hasta agosto de 2021.
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OTROS FACTORES DE EVALUACIÓN | 7 puntos | |
Evaluación: Certificación como “Empresa segura, libre de violencia y discriminación contra la mujer” Acreditación: En caso que el postor se presente en consorcio, cada uno de sus integrantes, debe acreditar que cuenta con la certificación para obtener el puntaje. | (Máximo 2 puntos) Presenta documento que acredita que obtuvo el sello “Empresa segura, libre de violencia y discriminación contra la mujer” 2 puntos No presenta documento que acredita que obtuvo el sello “Empresa segura, libre de violencia y discriminación contra la mujer” 0 puntos | |
D. | INTEGRIDAD EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA | |
Evaluación: Se evaluará que el postor cuente con certificación del sistema de gestión antisoborno Acreditación: Copia simple del certificado que acredita que se ha implementado un sistema de gestión antisoborno acorde con la norma ISO 37001:2016 o con la Norma Técnica Peruana equivalente (NTP- ISO37001:2017). El certificado debe haber sido emitido por un Organismo de Certificación acreditado para dicho sistema de gestión, ya sea ante el INACAL (antes INDECOPI) u otro organismo acreditador que cuente con reconocimiento internacional.18 El referido certificado debe corresponder a la sede, filial u oficina a cargo de la prestación 19 , y estar vigente 20 a la fecha de presentación de ofertas. En caso que el postor se presente en consorcio, cada uno de sus integrantes, debe acreditar que cuenta con la certificación para obtener el puntaje. | (Máximo 2 puntos) Presenta Certificado ISO 37001 2 puntos No presenta Certificado ISO 37001 0 puntos | |
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos21 |
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
18 Sea firmante/signatario del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (MLA) del International Accreditation Forum-IAF (xxxx://xxx.xxx.xx) o del InterAmerican Accreditation Cooperation-IAAC (xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx) o del European co-operation for Accreditation-EA (xxxx://xxx.xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx.xxx/) o del Pacific Accreditation Cooperation-PAC (xxxx://xxx.xxxx- xxx.xxx/).
19 En el certificado debe estar consignada la dirección exacta de la sede, filial u oficina a cargo de la prestación.
20 Se refiere al periodo de vigencia que señala el certificado presentado.
21 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.
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Importante |
• Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo. • En el caso de contratación de obras por paquete, se debe suscribir un contrato por cada obra incluida en el paquete. |
Conste por el presente documento, la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE
DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [ ]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], debidamente representado por
su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [ ], según poder
inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° [… ] del Registro de Personas Jurídicas de la
ciudad de [… ], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y
condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN] para la
contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e
importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN].
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO22
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorización [CONSIGNAR MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conforme a lo previsto en la sección específica de las bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL CONTRATISTA, según corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DÍAS] días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tiene derecho al reconocimiento de los intereses legales efectivos, de conformidad con el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [… ] días calendario, el mismo que se computa
desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el artículo 176 del Reglamento.
22 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a
efectos de generar el pago. 48
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CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
• De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
• Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral
155.1 del artículo 155 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Importante para la Entidad |
▪ Sólo en el caso que la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debe incluir la siguiente cláusula: CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO “LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE EN NINGÚN CASO EXCEDAN EN CONJUNTO EL 10% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original. EL CONTRATISTA debe solicitar formalmente el [CONSIGNAR ADELANTO O PRIMER DESEMBOLSO DEL ADELANTO DIRECTO] dentro de los ocho (8) días siguientes a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA Y/O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud de EL CONTRATISTA. Asimismo, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega de los demás adelantos directos en [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD] 23. La entrega del o los adelantos se realizará en [CONSIGNAR PLAZO Y OPORTUNIDAD].24 Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud. ▪ Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelantos para materiales o insumos a EL CONTRATISTA, deberá consignar la siguiente cláusula: CLÁUSULA DÉCIMA: ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS “LA ENTIDAD otorgará adelantos para materiales o insumos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER EN CONJUNTO DEL 20%] del monto del contrato original, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por EL CONTRATISTA. |
23 Indicar el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratación.
24 Este párrafo solo deberá ser incluido cuando la Entidad prevea la entrega de más de un adelanto directo al contratista.
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La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] días calendario previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA Y/O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago respectivo.
La primera solicitud de El CONTRATISTA debe realizarse una vez iniciado el plazo de ejecución de la obra. No procede el otorgamiento del adelanto para materiales e insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales e insumos.
Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda.
Importante para la Entidad |
▪ En caso la Entidad hubiese previsto la obligación de constituir un fideicomiso para la administración de los adelantos, se debe incluir la siguiente cláusula: CLÁUSULA FIDEICOMISO DE ADELANTOS Para la administración de los adelantos destinados a la ejecución de la obra, se constituirá un fideicomiso conforme a lo establecido en los artículos 184 y 185 del Reglamento. El procedimiento para la solicitud y entrega de los adelantos se rige por lo dispuesto en dichos artículos. ADELANTO DIRECTO “La Entidad otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE EN NINGÚN CASO EXCEDAN EN CONJUNTO EL 10% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS “La Entidad otorgará adelantos para materiales o insumos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER EN CONJUNTO DEL 20%] del monto del contrato original, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el contratista. |
Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda
CLÁUSULA UNDÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRA
La conformidad de la obra será dada con la suscripción del Acta de Recepción de Obra.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
Importante para la Entidad |
De acuerdo con el numeral 29.2 del artículo 29 del Reglamento, se deberá incluir esta cláusula, según corresponda: CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: ASIGNACIÓN DE RIESGOS DEL CONTRATO DE OBRA [INCLUIR 25 EN ESTA CLÁUSULA LOS RIESGOS IDENTIFICADOS QUE PUEDEN OCURRIR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y LA DETERMINACIÓN DE LA PARTE DEL CONTRATO QUE DEBE ASUMIRLOS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL, SEGÚN LAS DISPOSICIONES PREVISTAS EN LA DIRECTIVA “GESTIÓN DE RIESGOS EN LA PLANIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS”]. |
25 Siempre que el procedimiento de selección para la contratación de la elaboración del expediente técnico haya sido convocado después del 03.04.2017 o, el expediente técnico elaborado por la propia Entidad, haya sido elaborado y aprobado después
de dicha fecha. 50
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Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
Ni la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 173 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE 7 AÑOS] años, contados a partir de la conformidad de la recepción [INDICAR TOTAL O PARCIAL, SEGÚN CORRESPONDA] de la obra.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x monto vigente |
F x plazo vigente en días |
Donde:
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobado. Adicionalmente, se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. En este último caso la calificación del retraso como justificado por parte de LA ENTIDAD no da lugar al pago de gastos generales ni costos directos de ningún tipo, conforme el numeral 162.5 del artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Adicionalmente a la penalidad por xxxx se aplicarán las siguientes penalidades:
Penalidades | |||
N° | Supuesto de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado | Una UIT por cada día de ausencia del personal en obra por cada persona | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
2 | Cuando el personal clave permanece menos de sesenta (60) días calendarios, desde el inicio de su participación en la ejecución del contrato, de conformidad con las disposiciones establecidas en el numeral 190.2 del artículo 190 del reglamento | Una UIT por cada día de ausencia del personal en el plazo previsto | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
3 | Valorizar obras y/o metrados no ejecutados (Sobrevalorizaciones), y pagos en exceso, valorizaciones adelantadas u otros actos que ocasionen pagos indebidos | Tres unidades impositivas | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
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4 | NO IMPLEMENTACION DE PLANES DE CONTROL Y MONITOREO: -Plan de Seguridad y Salud -Desarrollo de Plan de Monitoreo -Plan y Desarrollo de Mitigación Ambiental -La no realización y/o implementación de estas actividades será causal de aplicación de penalidad | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
5 | INDUMENTARIA E IMPLEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL: Cuando el contratista permita que el trabajador labore sin ellas o que las tenga incompletas, los implementos de protección personal son: -EPI básico de protección de cabeza, protección de ojos, protección de pies, protección de manos y vestimenta adecuada. -EPI auxiliar o complementaria protección auditiva, protección respiratoria (según el tipo de trabajo). Además, se deben de considerar equipos, indumentaria, vestuario de acuerdo a la naturaleza y exigencias de las labores que el personal en la obra ejecute, en función a las normas de seguridad. El personal debe de llevarlo en la ejecución de los trabajos que se están ejecutando. La aplicación será por cada trabajador que no cuenta con su EPI y por cada vez que sea detectado. | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
6 | SEGURIDAD DE LA OBRA Y SEÑALIZACION Cuando el contratista no emplee los dispositivos de seguridad peatonal vehicular, y las señalizaciones especificas en el expediente técnico | 2 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
7 | EQUIPOS DEL CONTRATISTA Cuando el contratista no cuente con los equipos mínimos ofertados requeridos para la ejecución de la obra o que los tenga incompletos. La aplicación será por cada día de incumplimiento. La aplicación de la penalidad, será verificando el cronograma de ejecución de obra | 1 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
8 | CALIDAD DE EJECUCION DE OBRA Cuando el supervisor acepte un trabajo mal ejecutado además de la penalidad Al Supervisor, El Contratista deberá corregir dicho trabajo sin costo alguno para la entidad. Esto se refiere que no cumple con las especificaciones técnicas que se detallan en el expediente técnico. Donde no se cumpla con las dosificaciones, encofrados, alineamientos y otras formas | 1 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
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geométricas que se indican en los planos. Cuando el contratista ejecuta las partidas con materiales e insumos que no cuentan con la certificación de calidad correspondiente, los cuales deben ser calificados entre el residente y el supervisor con los correspondientes protocolos de control y/o aseguramiento de calidad. La aplicación será por cada vez que se evidencia la ocurrencia. | |||
9 | CALIDADES Y MATERIALES Cuando el contratista emplee materiales que no cumplan con los requisitos de las especificaciones técnicas y cada uno de los materiales utilizados no cuente con su respectivo certificado de calidad. La penalidad será por cada caso detectado. EL CONTRATISTA deberá retirar dicho material reemplazado por otro que cumpla con las especificaciones técnicas, siendo dicho reemplazo sin costo alguno para la ENTIDAD. Es decir que todo material utilizado debe de contar con la certificación de calidad dado por el fabricante o ensayo de un laboratorio de mecánica de suelos y/o materiales certificados de INDECOPI y demás estándares nacionales e internacionales. La aplicación será por cada vez que se evidencia la ocurrencia. | 3 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
10 | CAMBIO DE PERSONAL PROFESIONAL ESPECIFICADO EN PROPUESTA TECNICA, SALVO POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR Para la ejecución de la obra, si el contratista solicita el cambio de Residente de Obra y/o personal técnico propuesto Ofertado en la Propuesta Técnica se aplicara la multa del monto contratado por CADA CAMBIO, salvo por los siguientes casos: 1. Por demora o postergación del inicio de plazo de la obra por mas de 30 días calendarios entre el otorgamiento de la buena pro y el inicio del plazo de obra. 2. Ademas, no estando permitido cambio salvo por razones de fuerza mayor (Pronunciamiento N°149-2010/DTN), por lo que la multa será efectiva sino se cumple con las razones descritas en el pronunciamiento. | 1 uit por cada profesional | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
11 | FALTA DE PERMANENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO El residente y los profesionales especialistas propuestos deben de dirigir la ejecución de los trabajos efectuados por el contratista, asistiendo en forma permanente y todos los días laborables de | 0.5 uit por cada vez, por cada profesional | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
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la obra , y los demás profesionales durante el plazo de su participación de acuerdo a las partidas de su especialidad, en caso contrario se aplicara una multa por su inasistencia, siendo suficiente la sustentación de este hecho como un acto firmado por el personal de la ENTIDAD, que visito la obra y dejando en constancia con un responsable de la obra o con informe de supervisión o inspector según sea el caso. | |||
12 | RESIDENTE Cuando el personal de la ENTIDAD, no ubique al Residente en obra (en el momento de la inspección), este acudirá al cuaderno de autocontrol, en caso de no estar anotado el lugar del desplazamiento, se aplicara una multa según penalidad sobre el monto contratado, por el día o los días en que el personal no halla anotado su presencia en el cuaderno de autocontrol y se haya ausentado, siendo suficiente la sustentación de este hecho con un acta firmada por el personal de la ENTIDAD que visito la obra, dejando copia de la misma en manos de algún responsable de la obra. | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
13 | CUADERNO DE OBRA Por no cumplir con lo estipulado en la Directiva N°009-2020-OSCE/CD. La aplicación será por cada vez que se evidencia la ocurrencia. | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
14 | NO PERMITIR EL INGRESO DEL PERSONAL DE LA ENTIDAD Cuando el contratista no permita el ingreso de personal de la entidad debidamente identificado. | 0.5 uit por cada vez | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
15 | CARTEL DE OBRA Cuando el contratista no coloque el cartel de obra dentro de los días requeridos después del inicio contractual de la obra, la penalidad es por cada día no colocado. Hay obligación de mantener el cartel de obra durante la ejecución de la obra | 0.5 uit por cada dia | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
16 | INFORME Y/O INFORME ESPECIAL No cumplimiento a la presentación del informe y/o informe especial solicitado por la entidad y/o supervisión | 1 uit por cada incumplimiento | Según informe del supervisor de la obra y/o la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad xx Xxxx |
Importante |
De haberse previsto otras penalidades a las previstas, incluir los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo 163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. |
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Estas penalidades se deducen de las valorizaciones o en la liquidación final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
La penalidad por xxxx y las otras penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el numeral 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 164 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 165 y 207 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉTIMA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo
7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a i) comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y ii) adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
Finalmente, EL CONTRATISTA se compromete a no colocar a los funcionarios públicos con los que deba interactuar, en situaciones reñidas con la ética. En tal sentido, reconoce y acepta la prohibición de ofrecerles a éstos cualquier tipo de obsequio, donación, beneficio y/o gratificación, ya sea de bienes o servicios, cualquiera sea la finalidad con la que se lo haga.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
XXXXXXXX XXXXXXXX: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS26
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven
26 De acuerdo con el numeral 225.3 del artículo 225 del Reglamento, las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc cuando las controversias deriven de procedimientos de selección cuyo valor referencial sea menor o igual a cinco millones con 00/100
55 soles (S/ 5 000 000,00).
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mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el numeral 45.21 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Importante para la Entidad |
• De acuerdo con lo dispuesto en la Decimonovena Disposición Complementaria Final del Reglamento, la obligatoriedad de someter a Junta de Resolución de Disputas las controversias en los contratos de obra por montos superiores a veinte millones con 00/100 Soles (S/ 20 000 000,00), aplica a los procedimientos de selección convocados a partir del año 2020. Asimismo, el sometimiento de la solución de controversias a una Junta de Resolución de Disputas en los contratos cuyos montos sean iguales o superiores a cinco millones con 00/100 Soles (S/. 5 000 000.00) es facultativa. En tal sentido, se debe incluir la siguiente cláusula, según corresponda: CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: JUNTA DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS “Las partes acuerdan para la solución de las controversias derivadas del presente Contrato de Obra conformar una Junta de Resolución de Disputas; encargando su organización y administración al [DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CENTRO DE ADMINISTRACIÓN DESIGNADO POR LAS PARTES]. La Junta de Resolución de Disputas estará compuesta por [TRES (3) MIEMBROS / UN (1) MIEMBRO], los/el cual/es será/n designado/s conforme la Directiva del OSCE sobre Junta de Resolución de Disputas”. |
Incorporar o eliminar, según corresponda
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
XXXXXXXXX XX XX XXXXXXX: XX. XXXXX XXXX Xx000 XXXXXXXX XXXXXX XXXX – CHICLAYO – LAMBAYEQUE.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
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“LA ENTIDAD” | “EL CONTRATISTA” |
Importante |
Este documento puede firmarse digitalmente si ambas partes cuentan con firma digital, según la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales27. |
27 Para mayor información sobre la normativa de firmas y certificados digitales ingresar a: xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxx-xxxxxxxxx/xxxxxx-x-xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx
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CAPÍTULO VI
CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
De conformidad con el artículo 169 del Reglamento, se deja expresa constancia de la culminación de la prestación derivada del contrato mencionado en el numeral 3 del presente documento. | |||||
1 | DATOS DEL DOCUMENTO | Número del documento | |||
Fecha de emisión del documento | |||||
2 | DATOS DEL CONTRATISTA | Nombre, denominación o razón social | |||
RUC | |||||
EN CASO EL CONTRATISTA SEA UN CONSORCIO, ADEMÁS SE DEBERÁ REGISTRAR LA SIGUIENTE INFORMACIÓN: | |||||
Nombre o razón social del integrante del consorcio | RUC | % | Descripción de las obligaciones | ||
3 | DATOS DEL CONTRATO | Número del contrato | |||
Tipo y número del procedimiento de selección | |||||
Descripción del objeto del contrato | |||||
Fecha de suscripción del contrato | |||||
Monto del contrato | |||||
4 | DATOS DE LA OBRA | Denominación de la obra | |||
Ubicación de la obra (Región, Provincia y Distrito) | |||||
Nombres y apellidos del Supervisor de la Obra | |||||
Plazo de ejecución de la obra | Plazo original | días calendario | |||
Ampliación(es) de plazo | días calendario | ||||
Total plazo | días calendario | ||||
Fecha de culminación de la obra | |||||
Fecha de recepción de la obra | |||||
Fecha de liquidación de la obra | |||||
Monto de la obra | Número de adicionales de obra | ||||
Monto total de los adicionales | |||||
Número de deductivos | |||||
Monto total de los deductivos | |||||
Monto total de la obra (sólo componente de obra) |
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5 | APLICACIÓN DE PENALIDADES | Monto de las penalidades por xxxx | ||||
Monto de otras penalidades | ||||||
Monto total de las penalidades aplicadas | ||||||
6 | SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEL CONTRATO | Junta de Resolución de Disputas | Si | No | ||
Arbitraje | Si | No | ||||
N° de arbitrajes | ||||||
7 | DATOS DE LA ENTIDAD | Nombre de la Entidad | ||||
RUC de la Entidad | ||||||
Nombres y apellidos del funcionario que emite la constancia | ||||||
Cargo que ocupa en la Entidad | ||||||
Teléfono de contacto | ||||||
8 | ||||||
NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL FUNCIONARIO COMPETENTE |
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
El que se suscribe, [… ], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
Autorización de notificación por correo electrónico:
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes actuaciones:
1. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.
2. Solicitud para presentar los documentos para perfeccionar el contrato, según lo previsto en el numeral 141.2 del artículo 141 del Reglamento.
3. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles de recibida la comunicación.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción. |
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Importante |
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente: |
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
El que se suscribe, [ ], representante común del consorcio [CONSIGNAR EL NOMBRE DEL
CONSORCIO], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], DECLARO BAJO JURAMENTO que la
siguiente información se sujeta a la verdad:
Datos del consorciado 1 | |||
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
Datos del consorciado 2 | |||
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
Datos del consorciado … | |||
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
Autorización de notificación por correo electrónico:
Correo electrónico del consorcio:
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes actuaciones:
1. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.
2. Solicitud para presentar los documentos para perfeccionar el contrato, según lo previsto en el numeral 141.2 del artículo 141 del Reglamento.
3. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles de recibida la comunicación.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del representante común del consorcio
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Importante |
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción. |
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
i. No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como a respetar el principio de integridad.
ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
iii. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
iv. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar consulta, comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.
v. Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección.
vi. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente procedimiento de selección.
vii. Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. |
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece la ejecución de la obra [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Expediente Técnico y las demás condiciones que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER
EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante para la Entidad |
▪ Cuando en el expediente de contratación establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad de ejecución llave en mano, considerar lo siguiente, según corresponda. “Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], su equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio, en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario” 28 “Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], su equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio, en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, y la ejecución de la operación asistida de la obra en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO DE LA PRESTACIÓN ASISTIDA DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.” 29 |
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se incorporen deben ser eliminadas
28 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad de ejecución llave en mano que no incluya operación asistida.
29 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad de ejecución llave en mano que incluya operación asistida. 66
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ANEXO Nº 5
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO].
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 30 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 31 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
TOTAL OBLIGACIONES | 100%32 |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
30 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
31 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
67 32 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
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Importante para la Entidad |
En caso de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema a precios unitarios incluir el siguiente anexo: |
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA ÍTEM N° [INDICAR NÚMERO]
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
[ INCLUIR LA ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO DE OBRA, A FIN DE QUE EL POSTOR CONSIGNE LOS PRECIOS UNITARIOS Y EL PRECIO TOTAL DE SU OFERTA, TAL COMO SE MUESTRA DE MANERA REFERENCIAL EN EL SIGUIENTE EJEMPLO:
N° ITEM | PARTIDA | UNIDAD | METRADO | PU | SUB TOTAL |
1 | Total costo directo (A) | |
2 | Gastos generales | |
2.1 | Gastos fijos | |
2.2 | Gastos variables | |
Total gastos generales (B) | ||
3 | Utilidad (C) | |
SUBTOTAL (A+B+C) | ||
4 | IGV33 | |
5 | Monto total de la oferta |
…]
El precio de la oferta en [CONSIGNAR LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
33 Para el cálculo del IGV, aplica el redondeo previsto en la Resolución de Superintendencia SUNAT N° 025-2000/SUNAT o norma que la reemplace. En ese sentido, el porcentaje se calcula considerando dos (2) decimales. Para efectos del redondeo
i) Si el primer decimal siguiente es inferior a cinco (5), el valor permanecerá igual, suprimiéndose los decimales posteriores
69 y ii) Si el primer decimal siguiente es igual o superior a cinco (5), el valor será incrementado en un centésimo.
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……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante |
• El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto: “Mi oferta no incluye [CONSIGNAR EL TRIBUTO MATERIA DE LA EXONERACIÓN]”. • El análisis de precios unitarios y el detalle de los gastos generales fijos y variables no se presentan en la oferta, sino para el perfeccionamiento del contrato. |
Importante para la Entidad |
▪ A fin de facilitar la labor del comité de selección, se recomienda publicar conjuntamente con las bases un archivo en Excel del presupuesto de la obra conforme el expediente técnico a fin de que los postores puedan utilizarlo al momento de elaborar su oferta. En tal caso, consignar lo siguiente: “Adicionalmente al documento escaneado del presente anexo, el postor puede adjuntar el archivo en Excel del presupuesto de la obra (que fue publicado conjuntamente con las bases), completando la información que sustenta el precio de su oferta. En caso de divergencia prevalece el documento escaneado del precio de la oferta”. ▪ En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente: “El postor debe presentar el precio de su oferta en forma independiente, en los ítems que se presente”. ▪ En caso de contratación de obras por paquete, consignar lo siguiente: “El postor debe presentar el precio de su oferta con el detalle de cada obra incluida en el paquete”. ▪ En caso de contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, consignar lo siguiente: “El postor debe detallar en el precio de su oferta, el monto correspondiente a la prestación principal y las prestaciones accesorias”. ▪ Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente: “La oferta de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo N° 7), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV”. |
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se incorporen deben ser eliminadas
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Importante para la Entidad |
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, incluir el siguiente anexo: |
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 7
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
NO APLICA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa34 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y
4.- Que la empresa no ejecuta obras fuera de la Amazonía.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los integrantes del consorcio, salvo que se trate de consorcios con contabilidad independiente, en cuyo caso debe ser suscrita por el representante común, debiendo indicar su condición de consorcio con contabilidad independiente y el número de RUC del consorcio. |
34 En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras xx xxxxxx de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”
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Importante para la Entidad |
En el caso de procedimientos por relación de ítems cuando la obra se ejecute fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor referencial de algún ítem no supere los novecientos mil Soles (S/ 900,000.00) debe considerarse el siguiente anexo: |
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 8
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN XXX XXXX POR CIENTO (10%) POR OBRAS EJECUTADAS FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [CONSIGNAR EL N° DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS NOVECIENTOS MIL SOLES (S/ 900,000.00])
NO APLICA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], solicito la asignación de la bonificación xxx xxxx por ciento (10%) sobre el puntaje total en [CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN LOS QUE SE
SOLICITA LA BONIFICACIÓN] debido a que el domicilio de mi representada se encuentra ubicado en la provincia o provincia colindante donde se ejecuta la obra.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
• Para asignar la bonificación, el comité de selección, verifica el domicilio consignado por el postor en el Registro Nacional de Proveedores (RNP). • Para que el postor pueda acceder a la bonificación, debe cumplir con las condiciones establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento. |
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Importante |
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente: |
ANEXO Nº 8
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN XXX XXXX POR CIENTO (10%) POR OBRAS EJECUTADAS FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [CONSIGNAR EL N° DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS NOVECIENTOS MIL SOLES (S/ 900,000.00])
NO APLICA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio [CONSIGNAR EL NOMBRE DEL CONSORCIO], solicito la asignación de la bonificación xxx xxxx por ciento (10%) sobre el puntaje total en [CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN LOS QUE SE SOLICITA LA BONIFICACIÓN] debido a que los domicilios de todos los integrantes del consorcio se encuentran ubicados en la provincia o provincias colindantes donde se ejecuta la obra.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del representante común del consorcio
Importante |
• Para asignar la bonificación, el comité de selección, verifica el domicilio consignado de los integrantes del consorcio, en el Registro Nacional de Proveedores (RNP). • Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe cumplir con las condiciones establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento. |
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ANEXO Nº 9
DECLARACIÓN JURADA
(NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro que la experiencia que acredito de la empresa [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA] como consecuencia de una reorganización societaria, no se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 49.4 del artículo 49 del Reglamento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
También le asiste dicha facultad al órgano encargado de las contrataciones o al órgano de la Entidad al que se le haya asignado la función de verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. |
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ANEXO Nº 10
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA DEL CONTRATO35 | FECHA DE RECEPCIÓN DE LA OBRA | EXPERIENCIA PROVENIENTE 36 DE: | MONEDA | IMPORTE37 | TIPO DE CAMBIO VENTA38 | MONTO FACTURADO ACUMULADO39 |
1 | ||||||||||
2 | ||||||||||
3 | ||||||||||
4 | ||||||||||
5 | ||||||||||
6 | ||||||||||
7 |
35 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
36 Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona jurídica, la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010-2013/DTN, “… en una operación de reorganización societaria que comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto de la fusión; asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de la reorganización societaria antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”.
37 Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso.
38 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
39 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
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Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA DEL CONTRATO35 | FECHA DE RECEPCIÓN DE LA OBRA | EXPERIENCIA PROVENIENTE 36 DE: | MONEDA | IMPORTE37 | TIPO DE CAMBIO VENTA38 | MONTO FACTURADO ACUMULADO39 |
8 | ||||||||||
9 | ||||||||||
10 | ||||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
76
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Nota para la Entidad |
En el caso de procedimientos por relación de ítems cuando el monto del valor referencial de algún ítem corresponda a una Adjudicación Simplificada, se incluye el siguiente anexo: |
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 11
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL CINCO POR CIENTO (5%) POR TENER LA CONDICIÓN DE MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
ITEM [CONSIGNAR EL N° DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL CORRESPONDE A UNA AS])
NO APLICA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del cinco por ciento (5%) sobre el puntaje total obtenido, debido a que mi representada cuenta con la condición de micro y pequeña empresa.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante |
• Para asignar la bonificación, el comité de selección, según corresponda, verifica la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0/. • Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe cumplir con la condición de micro y pequeña empresa. |
77