DECRETO
DECRETO
Persona 24862447E 2018 1400
04/07/2018 12:53
EXPTE. CONT-00005/18
DECRETO DE ALCALDÍA
Visto el acta correspondiente al CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARBURANTES PARA EL PARQUE MÓVIL MUNICIPAL de fecha 23 xx xxxxx
de 2.018 que a continuación se transcribe:
“CONT-00005
ACTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE CARBURANTES POR PRECIO UNITARIO.
Procedimiento: Abierto sujeto a regulación armonizada, con un único criterio de adjudicación, el precio más bajo.
Tramitación: Ordinaria.
1ª SESIÓN
En Alhaurín de la Torre, a 23 xx Xxxxx de 2018, siendo las 14.05 horas, se reúnen en esta Casa Consistorial previa convocatoria al efecto, los señores que se indican y que integran esta Mesa de Contratación:
Suplente del Presidente: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx (Concejal Delegado de Economía y Hacienda).Vocales: 1º) Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx, en sustitución de la Secretaria General; 2º) Xxxx Xxxxxxxxx Xxxx, en sustitución del Interventor Municipal y 3º) Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Letrado Municipal. Secretario de la Mesa: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx.
Se presenta ante la Mesa certificado de concurrencia emitido por la Secretaría Municipal visto informe del Registro General de Entrada, en el que consta la participación de las siguientes ofertas:
N.º Registro | Fecha Registro | Fecha Documento | Interesado |
5407 | 13/04/2018 10:54:20 | 13/04/2018 | ESTACION DE SERVICIO ALHAURIN S.L. |
5477 | 16/04/2018 10:49:24 | 16/04/2018 | CORTIJO EL FONTARRON SL |
5478 | 16/04/2018 10:50:27 | 16/04/2018 | HIDROCARBUROS GUERRERO S.L. |
5529 | 16/04/2018 13:21:32 | 16/04/2018 | HIDROCARBUROS ALHAURIN S.L. |
5531 | 16/04/2018 13:25:24 | 16/04/2018 | PATRIOIL S.L. |
Asistiendo público al acto, el Presidente invita a pasar a la sala al interesado, MGC con DNI 00000000X por ESTACIÓN DE SERVICIO ALHAURÍN, S.L. y ordena comience éste con la apertura del sobre A, documentación administrativa, siendo revisada y encontrada conforme.
Previa a la apertura del sobre B, se hace constar el presupuesto máximo a efectos de licitación, siendo este de 587.309 euros IVA incluido.
Igualmente se detallan los criterios de adjudicación del contrato: CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA:
Respecto a los suministros de gasolina 95, gasóleo A y gasóleo B se establece un máximo de 100 puntos para la oferta que ofrezca mayor descuento ("DO") según las determinaciones citadas en el apartado 4.3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
Se valorará con la siguiente fórmula:
P= [(DOo x 100) / DOmax]
P = Puntuación de la oferta en valoración.
DOo = Descuento “DO” ofrecido por la oferta en valoración.
DOmax = Descuento “DO” máximo ofrecido de entre todas las ofertas en valoración.
Seguidamente se procede a la apertura del sobre B, proposición económica, dando el siguiente resultado:
1ª) ESTACIÓN DE SERVICIO ALHAURÍN, S.L.: Oferta un descuento de 0,03069 euros por litro de combustible.
2ª) CORTIJO DEL FONTARRÓN, S.L.: Oferta un descuento de 0,09159 euros por litro de combustible.
3ª) HIDROCARBUROS GUERRERO, S.L.: Oferta un descuento de 0,09129 euros por litro de combustible.
4ª) HIDROCARBUROS ALHAURÍN, S.L.: Oferta un descuento de 0,09091 euros por litro de combustible.
5ª) PATRIOIL, S.L.: Oferta un descuento de 0,09008 euros por litro de combustible. Puntuación final, por orden decreciente:
LICITADORES | PUNTUACIÓN |
CORTIJO DEL FONTARRÓN, S.L. | 100 |
HIDROCARBUROS GUERRERO, S.L. | 99,67 |
HIDROCARBUROS ALHAURÍN, S.L. | 99,26 |
PATRIOIL, S.L. | 98,35 |
ESTACIÓN DE SERVICIO ALHAURÍN, S.L. | 33,51 |
La Mesa visto el resultado, acuerda proponer al Órgano de Contratación la adjudicación del contrato x XXXXXXX DEL FONTARRÓN, S.L. con CIF X00000000, por el importe máximo de 485.379,34 euros, más IVA 21%, lo que hace un total de 587.309 euros IVA incluido para la duración inicial del contrato, dos anualidades, con la deducción del descuento ofertado de 0,09159 euros por litro de combustible al cálculo que resulte del precio unitario para cada tipo de carburante aplicando la fórmula que consta en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Todo ello con la previa aportación, en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde aquél en el que se haya recibido el requerimiento, de la siguiente documentación (Artº. 146 TRLCSP y Apdo. III.5.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas):
a) Capacidad de obrar: de los empresarios que fueren personas jurídicas mediante se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizara mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
b) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario publico u organismo profesional cualificado de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes; a tales efectos, se considerara que los licitadores están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social cuando concurran las circunstancias especificadas en los artículos 13 y 14 del RD. 1098/2001. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el art. 73 TRLCSP. La declaración no podrá tener una antigüedad superior a seis meses desde la fecha de su expedición.
c) Documento Nacional de Identidad y escritura de apoderamiento bastanteada por la
Asesoría Jurídica de la Corporación a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de mi poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de \ acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
d) Solvencia económica, financiera y técnica o profesional:
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
1) Declaración relativa a la cifra global de los trabajos realizados por la empresa en los tres ejercicios anteriores a la licitación. Deberá acreditarse mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390) un volumen de negocio de la empresa no inferior, en al menos uno de esos ejercicios, al 25% del precio de licitación del contrato de que se trate (IVA excluido). Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente.
2) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por un importe mínimo de 300.000 euros.
3) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al 25% del precio de licitación del contrato.
La solvencia técnica del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
1) Relación de los principales suministros similares efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Se entenderá por “contratos similares” aquellos que tienen al menos un 25% de unidades de suministro idénticas y un presupuesto total de ejecución que no difiere en más menos un 25% del que es objeto de licitación.
2) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, encargados del control de calidad en la ejecución de los suministros: se considerarán solventes las empresas por este criterio cuando dispongan de al menos un empleado responsable de calidad en el cuadro de la propia empresa o en otra contratada por ésta para realizar de forma sistemática el control de calidad de su trabajo, o dispongan, una u otra, de un certificado de
calidad bajo norma ISO 9001 o ISO 14001 o similar.
3) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición del Ayuntamiento, que acrediten fehacientemente que la calidad de los productos que comercializa la empresa reúnen los requisitos de calidad exigidos en el PPT.
Habilitación empresarial: De conformidad con lo dispuesto en el articulo 54.2 del TRLCSR los licitadores deberán acreditar el cumplimiento de las condiciones exigidas por la legislación sectorial aplicable, especialmente deberán contar con la preceptiva inscripción en el Registro de productos petrolíferos líquidos, así como la concesión de autorización para la instalación de la misma.
e) Suscripción por el adjudicatario de un contrato de seguros de responsabilidad civil por importe mínimo de 500.000 euros que garantice la reposición de los daños que puedan sufrir los vehículos municipales por el mal estado del carburante.
f) Pliego de Clausulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas debidamente firmado en todas sus paginas.
g) Documentación relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración social de minusvalorados, aquellos citadores que tengan un numero de 50 o mas trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.
A estos efectos, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del TRLCSP, el adjudicatario deberá aportar un certificado de la empresa en el que conste tanto el numero global de trabajadores de plantilla como el numero particular de trabajadores con discapacidad en la misma o, en el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas. Asimismo, las empresas adjudicatarias que tengan en su plantilla menos de 50 trabajadores, deberán aportar certificado de la empresa en el que conste el número global de trabajadores de plantilla.
h) Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de seguridad social. Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá presentar originales o copias autenticas de los siguientes documentos: Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en los arts. 13, 14, 15 y 16 del RCAP, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. El adjudicatario podrá sustituir el primero de los certificados por una
autorización a favor de este Ayuntamiento según modelo insertado en el perfil del contratante.
i) Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto de Actividades Económicas: Alta referida al ejercicio corriente, o ultimo recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matricula del citado Impuesto y, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento.
Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de autenticas, conforme a la legislación vigente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas (art. 151.2 TRLCSP).
El licitador que no cumplimente lo establecido en este apartado dentro del plazo señalado mediante dolo, culpa o negligencia podrá ser declarado en prohibición de contratar según lo previsto en el articulo 60.2.d) TRLCSP.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levantó la sesión a las 14.20 horas, siendo firmada por todos los Miembros de la Mesa.”
Habiéndose presentado por el Adjudicatario en tiempo y forma la documentación exigida por el artículo 151.2 del TRLCSP y apartado III.5.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 151.3 del citado RDLeg 3/2011, y en uso de las atribuciones que me confiere la Disposición Adicional Segunda, apartado primero, de la citada norma:
RESUELVO
PRIMERO.- Adjudicar el contrato que tiene por objeto el SUMINISTRO DE CARBURANTES PARA EL PARQUE MÓVIL MUNICIPAL, x XXXXXXX EL
XXXXXXXXX, X.X. con CIF X00000000, por el importe máximo de 485.379,34 euros, más IVA 21%, lo que hace un total de 587.309 euros IVA incluido para la duración inicial del contrato, dos anualidades, con la deducción del descuento ofertado de 0,09159 euros por litro de combustible al cálculo que resulte del precio unitario para cada tipo de carburante aplicando la fórmula que consta en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
SEGUNDO.- Notificar la presente resolución a todos los licitadores y ordenar su publicación en el perfil del contratante de este Ayuntamiento en cumplimiento de lo
dispuesto en el TRLCSP.
TERCERO.- La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por los licitadores y candidatos.
CUARTO.- La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante de este Ayuntamiento así como en el BOE y en el DOUE en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha de la misma.
Asímismo deberá ingresar en la cuenta de UNICAJA XX00 0000 0000 0000 0000 0000 el importe de 1.241,53 € correspondiente al anuncio de licitación publicado en el BOE.
En Alhaurín de la Torre en la fecha indicada en la firma electrónica.
EL ALCALDE El Secretario Accidental, doy fe
Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxx. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx