CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR
En Bogotá, el ( ) día del mes de del año , se reunieron los señores XXXX XXXXXXXX CUIDA XXXXXX portador de la C.C. 79’481.609, en calidad de Representante Legal de la empresa TURIVANS S.A.S con NIT 830.072.904-2 de Bogotá y que en adelante se llamará el CONTRATISTA del servicio de transporte y de otra parte
Sres. y ,
Portadores de las C.C. números y respectivamente, y que en
Adelante se llamarán el CONTRATANTE en representación de la(s) alumna(s) Del COLEGIO XXXXX XXXXXXXXXX, quienes nos reunimos para celebrar el presente CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR y que se rige por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO: El CONTRATISTA se compromete a prestar el Servicio de Transporte Escolar a la(s) alumna(s) mencionada(s), en el trayecto de la Casa al Colegio en horas de la mañana y del Colegio al sitio de residencia en horas de la tarde, de acuerdo a los horarios establecidos por el COLEGIO. SEGUNDO. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El CONTRATISTA se compromete a prestar el servicio de Lunes a Viernes, en un vehículo en perfectas condiciones, modelo reciente, con todos los seguros al día y autorizado por el Ministerio de Transporte, manteniendo en todo momento activado el sistema de comunicación celular y el radio teléfono, para que el CONTRATANTE se le facilite tener conocimiento del recorrido cuando así lo desee. TERCERO. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: El CONTRATANTE se compromete a:
1. Pagar oportunamente cada una de las cuotas del Servicio de Transporte en la cuenta señalada por el CONTRATISTA. 2. Tener lista(s) la(s) alumna(s) cinco (05) minutos antes de la hora establecida de recogida. 3. Los daños causados por descuido o mala utilización del vehículo por parte de la(s) alumna(s), serán asumidos por parte del CONTRATANTE. CUARTO. PRECIO Y FORMA DE PAGO: El CONTRATISTA recibirá del CONTRATANTE como contraprestación del Servicio, durante el presente año lectivo, CANCELARA MENSUALIDADES M/CTE ($ ) C/U, dentro de los cinco (05) primeros días de cada mes, según comprobantes de pago que suministrará el CONTRATISTA, o en su defecto los montos señalados en el talonario de pagos, con los respectivos recargos por pago extemporáneo. QUINTO. VALOR TOTAL DEL CONTRATO: El valor total del presente contrato es de
($ ). EL CONTRATISTA
cobrará CINCO MIL PESOS ($5.000) de recargo, si el pago se realiza entre el 8 y el 18 del mes y ocho mil pesos ($8.000) adicionales a los cinco mil ($5.000) si el pago se hace después del 19 de cada mes., NOTA: EL PAGO DEBE HACERSE ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS, Y MEDIOS ELECTRÓNICOS
AUTORIZADOS, Ó EN LA CAJA DE TURIVANS, Después del anterior límite, se entenderá que hay RETARDO EN EL PAGO Y SE PROCEDERÁ A SUSPENDER DE INMEDIATO EL SERVICIO DE TRANSPORTE, ADEMÁS SE EFECTUARÁ EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRATANTE Y SE PROCEDERA A REALIZAR EL RESPECTIVO COBRO JURIDICO, EL CUAL GENERA HONORARIOS E INTERESES Y REPORTES EN LAS CENTRALES DE RIESGO. TURIVANS S.A.S NO SE HACE RESPONSABLE POR PAGOS A TERCEROS NO AUTORIZADOS (CONDUCTORES, MONITORAS Y COORDINADORES). AUTORIZACION A CONSULTA Y REPORTE
EN CENTRAL DE RIESGO: Declaro que la información que he suministrado es verídica y en nombre propio y/o de la entidad que represento, autorizo de manera expresa e irrevocable a TURIVANS S.A.S o quien en el futuro represente sus intereses: Consultar y Reportar en cualquier tiempo en DATACREDITO o en cualquier otra Central de Información, datos relevantes para conocer mi desempeño como deudor, mi capacidad de pago, cumplimiento o incumplimiento de mis obligaciones, datos de localización y referencia demográfica, de manera tal que esta se convierta en referente para evaluación de crédito, por diferentes entidades de cualquier sector de la economía, de acuerdo a la Ley 1266 de 2008 Habeas Data. SEXTO. Cuando se presenten disturbios, huelgas, paros cívicos urbanos o nacionales que arriesguen la integridad de las alumnas y el vehículo y/o que no haya actividades académicas, el Servicio se prestará con restricción o NO se prestará, para no atentar contra la integridad física y emocional de las alumnas transportadas, NOTA: Además para la prestación del servicio de transporte, se deberá contar mínimo con 10 Alumnos del sector, para que la ruta entre en operación, de no tener este cupo mínimo se procederá a cerrar el xxxxxx xxxxx xx xxxx xxxx operando, hasta que se complete el cupo mínimo, si definitivamente el cupo no se completa TURIVANS S.A.S NO SE COMPROMETE A PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE. SÉPTIMO. NORMAS DE COMPORTAMIENTO: Las
alumnas deben observar buen comportamiento durante los recorridos preservando el buen estado del vehículo, respeto para sus compañeras y demás ocupantes del vehículo, en armonía con el Manual de Convivencia del Colegio. El servicio se prestará a la dirección de la estudiante, se recogerá y se entregará en la misma dirección. No se permiten cambios de paraderos sin previa autorización escrita del CONTRATANTE. Si en las mañanas las alumnas no están en el sitio de recogida, a la hora establecida, la ruta seguirá su curso, para evitar demoras innecesarias al recorrido. OCTAVO. CLÁUSULA PENAL: Las partes acuerdan como sanción a cargo de quien incumpla en todo o en parte, alguna de las cláusulas estipuladas en el presente contrato, la suma correspondiente a UN MILLON DE PESOS ($1’000.000,oo). NOVENO. VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente contrato tiene una vigencia por el año escolar (2.017), xx xxxx (10) meses calendario contados a partir del 01 de Febrero del 2.017 y hasta el 30 de Noviembre 2.017; pese a lo anterior las partes podrán darlo por terminado de común acuerdo o unilateralmente por parte del afectado, siempre y cuando se demuestre el incumplimiento grave de la otra parte. DÉCIMO: CLÁUSULA COMPROMISORIA: Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se dirimirá a través de conciliación a efectuar ante un Centro de Conciliación legalmente autorizado en la ciudad de Bogotá.