AYUNTAMIENTO DE SANTOÑA
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
CVE-2019-809 Bases y convocatoria que regulan la selección en régimen laboral temporal, para la contratación de Formadores para curso de compe- tencias clave N2 en lengua castellana y matemáticas.
1.- Objeto de la convocatoria.
En el marco de las subvención concedida al Ayuntamiento xx Xxxxxxx por
Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de diciembre de 2018, través de la Orden HAC/49/2018, de 5 de octubre, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a 2018, de las subvenciones en materia de oferta formativas dirigida a personas trabajadoras desempleadas en modalidad presencial, se hace necesaria la contratación de docentes, para la impartición de:
— Competencias clave N2 Lengua, 120 horas.
— Competencias clave N2 Matemáticas, 120 horas.
El contrato se realizará por obra o servicio determinado, a media jornada y tendrá una du- ración de 2,5 meses.
En atención al calendario solicitado la contratación se realizaría del 00 xx xxxxx xx 00 xx xxxx. Estas fechas podrán variar en función de aprobación o modificación por parte del SCE del calendario definitivo de las acciones formativas.
Con carácter general la labor central de las personas contratadas será impartir el programa formativo Competencias clave nivel 2 para certificados de profesionalidad sin idiomas: Comu- nicación en lengua castellana y competencia matemática
Desarrollará en concreto funciones como:
a) Realizar la programación didáctica.
b) Impartir las clases.
c) Realizar las evaluaciones conforme a los criterios establecidos en el programa formativo.
d) Realizar actas de evaluación y memoria final de la acción.
e) Manejo de terminales informáticos, tratamiento de textos, bases de datos, presentacio- nes, hojas de cálculo, Internet, correo electrónico
f) Facilitar al personal del Ayuntamiento responsable del seguimiento del programa de cuanta información y documentación sea precisa para su ejecución, desarrollo y justificación.
g) Cuantas otras tareas complementarias sean precisas para el buen funcionamiento del Proyecto.
2.- Requisitos.
Serán requisitos obligatorios para presentarse a la presente convocatoria:
a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de un estado al que, en virtud de Tratado Internacional celebrado por la Unión Europea y ratificado por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos que esto se halla definido en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, o ser cónyuge o descendiente de aquellos, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007.
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b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comu- nidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñan en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado e inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de la siguiente titulación.
— Para la competencia en Lengua: titulación universitaria en el ámbito lingüístico.
— Para la competencia en Matemáticas: titulación universitaria en el ámbito matemático.
f) Poseer la competencia docente: para acreditar la competencia docente, el formador de- berá acreditar una experiencia profesional como docente de al menos 600 horas, en los últimos 10 años, o estar en posesión del certificado de profesionalidad de formador ocupacional o del certificado de profesionalidad de docencia de la formación profesional para el empleo. Estarán exentos de acreditar la competencia docente, quienes posean algunos de los requisitos con- templados en el artículo 13.1, apartados a) y b) del RD 34/2008 de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad
Los aspirantes deberán disponer de las condiciones establecidas en el presente artículo al
finalizar el plazo de presentación de instancias.
3.- Plazo y forma de Solicitudes.
En las instancias solicitando tomar parte en el correspondiente proceso selectivo, los as- pirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria.
Las instancias se registrarán en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx o en la forma que determina la ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que la presentación sea en otra entidad diferente del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, será requisito indispensable y obligatorio el envío de la documentación presentada al correo electrónico xxx@xxxxxxx.xx, una vez que haya sido registrada y siempre antes de finalizar el plazo de presentación de instancias, con el objetivo de que se tenga constancia de todos los interesados que participarán en el proceso. Si algún candidato no realizara este envío y se procediera a la realización de alguna de las pruebas o fases del citado proceso, sin que el Tribunal tenga conocimiento de su solicitud, el candidato perdería cualquier derecho sobre el mismo.
El impreso de instancia se ajustará al modelo oficial, Anexo I de estas bases, que se facili- tará en las oficinas del Ayuntamiento o en la Web municipal.
Junto con esta solicitud se debe presentar el Anexo II, que será el índice donde se relacio- nen los documentos que se presentan y el número de folio en que aparecen. Todos los folios irán numerados y ordenados. Toda la documentación deberá entregarse en orden según la numeración de los folios y grapada o encuadernada, con el objetivo de evitar pérdidas y que no haya errores acerca de la documentación entregada.
La documentación a presentar es la siguiente:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española presentarán fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.
b) Copia compulsada de la titulación exigida como requisito. En el caso de titulaciones ob- tenidas en el extranjero se deberá aportar ésta y acreditar la correspondiente convalidación u homologación.
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c) Copia compulsada de la documentación que acredite la competencia docente.
d) Vida laboral.
e) Documentación justificativa de los méritos a valorar según se establece en la base sexta de la presente convocatoria, entendiéndose que solamente se tomarán en consideración aque- llos méritos debidamente justificados a través de la correspondiente documentación, sin que el
Tribunal pueda presumir la concurrencia de mérito alguno distinto de los alegados y justifica- dos documentalmente dentro del período de presentación de instancias, salvo causas de fuerza mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de admisión a este proceso de selección. Será exclusiva responsabilidad del aspirante la falta o defecto en la acreditación de los méritos por él alegados, que impida al Tribunal su valoración en términos de igualdad con respecto al resto de los aspirantes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del si- guiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria.
4.-Admisión de los aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, se publicará la lista provisional de as- pirantes admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del ayuntamiento, al efecto de que los aspirantes excluidos y omitidos puedan formular alegaciones y subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de la lista de admitidos y excluidos.
Las alegaciones y subsanaciones, si las hubiere, serán estimadas o rechazadas en la pu- blicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la que se indicará el día, lugar y hora del ejercicio de oposición
5.- Composición del Tribunal.
El Tribunal estará compuesto por:
— Presidente: Xxxxxx Xxxxxxx. Suplente: Xxxxxx Xxxxxxx.
— Secretaria: Xxxxxxxxx Xxxxxx. Suplente: Xxxxxx Xxxxx. Con voz y voto.
— D. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Suplente: Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
— X. Xxxxxxx Xxxxxxx. Suplente: Xxxxxx Xxxxxxx.
— X. Xxxx Xxxxxx. Suplente: Xxxxx Xxxxxxxx.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la mitad más uno de sus miembros. Resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas Bases y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las Bases
6.- Procedimiento de selección.
La selección del personal se realizará mediante convocatoria pública, que consistirá en la difusión a través del Boletín Oficial de Cantabria.
No obstante, se podrá hacer uso, a meros efectos informativos de la Web del Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
Los posteriores anuncios y convocatorias serán publicados en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxxxx careciendo de validez jurídica los anuncios que se realicen en luga- res distintos.
El proceso constará de dos fases: una primera fase que consistirá en la baremación de los méritos acreditados por cada aspirante y una segunda fase, que consistirá en el desarrollo de una prueba práctica.
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FASE 1: CONCURSO. (Máx. 8 puntos).
Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración en esta fase. La fecha de referencia de méritos es la de finalización del plazo de presentación de instancias prevista en la base 3.
Los puntos otorgados por este concepto se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición, obteniéndose así la puntuación final de cada aspirante
1.1. Formación: máximo de 3 puntos. Por cursos relacionados con el cometido del puesto al que se opta, a razón de 0.003 puntos la hora.
Deberán aportarse fotocopias del certificado de asistencia o de realización del curso. La relación entre la formación y el puesto será determinada a juicio del Tribunal de Selección teniendo en cuenta estas bases.
1.2. Experiencia profesional: máximo 5 puntos.
— Por haber trabajado como formador de competencias clave, 0,003 puntos por día, a tiempo completo.
— Por otras experiencias laborales como formador o profesor, 0,002 puntos por día a tiempo completo. Será potestad del Tribunal de Selección la consideración de si el mérito tiene que ver con el puesto de trabajo ofertado.
Se acreditará exclusivamente mediante copia del contrato laboral En caso de ser expe- riencia en la administración pública se podrá presentar certificación expedida por el órgano o funcionario que tenga atribuida la fe pública en la Administración correspondiente, en la que deberá especificarse el periodo expresado en días, de desempeño de la plaza o puesto de tra- bajo y la naturaleza de su relación de servicio con la Administración. En el caso de trabajadores por cuenta propia o autónoma, la experiencia se acreditará mediante la presentación de las facturas que acrediten la realización del servicio siempre que en las mismas conste la duración (en horas o días a jornada completa), contenido o descripción del servicio prestado y se de- muestre que están cobradas mediante la aportación del justificante de cobro.
Así mismo, en todos los casos, se adjuntará Informe actualizado de Vida Laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Para realizar los cálculos en este apartado se tendrá en consideración, el dato que se recoge en la vida laboral, en el apartado de "días".
Sea cual sea la documentación presentada, ésta debe ser lo suficientemente precisa para que acredite la idoneidad de la experiencia con las funciones propias de la plaza convocada.
La puntuación de este apartado no será superior a 5 puntos y se sumará a la obtenida en el apartado de formación.
Finalizada la valoración de méritos se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxxxx la lista con las puntuaciones finales obtenidas por los candidatos.
FASE 2. OPOSICIÓN. (Máximo 12 puntos).
Consistirá en el desarrollo de una única prueba, en el día y hora que se determine.
Desarrollo por escrito de una prueba práctica que versará sobre las funciones a realizar en el programa (la extensión máxima será de 3 folios y la duración 30 minutos) y exposición ante el tribunal. El tribunal podrá además, plantear las preguntas que se estimen tanto sobre el proyecto, como sobre las tareas a desempeñar descritas en el artículo 1.
Para la valoración de este ejercicio se tendrá en cuenta: conocimiento del puesto de trabajo y programa formativo, la creatividad, la fluidez en la exposición, la capacidad de comunicación, actitud, seguridad...
El orden de actuación de los aspirantes, se iniciará alfabéticamente tomando en conside- ración, a tal efecto la letra "Ñ", según Resolución de 11 xx xxxxx de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Re- glamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado («Boletín Oficial del Estado» núm. 91, de 14 xx xxxxx de 2018).
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7. Puntuación total.
La puntuación total estará constituida por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y la obtenida en la fase de oposición. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios de la Corporación, la relación de calificación final por orden de puntuación, de mayor a menor. El aspirante que figure en el primer puesto
de calificación será propuesto para su contratación, elevándose dicha relación a la Presidencia de la Corporación, para que proceda a la misma.
El resto de aspirantes pasarán a integrar una Bolsa de empleo por el orden de la puntuación obtenida.
La bolsa de empleo estará vigente durante la duración del proyecto y será utilizada para los casos en que proceda realizar contratos temporales para sustituciones del personal de este programa, siempre que así se acuerde por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.
Santoña, 29 de enero de 2019.
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El alcalde, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
ANUNCIO
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
“BASES Y CONVOCATORIA QUE REGULAN LA SELECCIÓN EN RÉGIMEN LABORAL TEMPORAL, PARA LA CONTRATACION DE FORMADORES PARA CURSO DE
COMPETENCIAS CLAVE N2 EN LENGUA CASTELLANA Y MATEMATICAS”
ANEXO I
APELLIDOS Y NOMBRE | D.N.I. | |
DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES | CP | LOCALIDAD |
TELÉFONOS DE CONTACTO : | ||
CORREO ELECTRÓNICO: |
EXPONE:
Que teniendo conocimiento de la convocatoria para FORMADOR DE COMPETENCIAS CLAVE N2 EN
DECLARO BAJO JURAMENTO O PROMESA SOLEMNE
Que cumplo todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria y que son ciertos todos los datos consignados así como toda la documentación aportada.
Declaración que efectúo a todos los efectos legales, consciente de las responsabilidades de orden civil y penal que ella conlleva.
Y para que así conste a los efectos de mi participación en este proceso selectivo, firmo la presente declaración.
En Santoña a…………. de…………………………….. de 201……….
(firma)
XXX-0000-000
XX. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
ANEXO II
D./Dña.
con DNI
adjunto la siguiente documentación a la solicitud para participar en el proceso selectivo de
DOCUMENTOS | PAG. |
Fotocopia compulsada del DN I | |
Fotocopia compulsada de la titulación universitaria | |
Acreditación competencia docente | |
Vida Laboral original | |
Fotocopias de los certificados de cursos de formación complementaria | |
✓ Curso: | |
✓ Curso: | |
✓ Curso: | |
✓ Curso: | |
✓ Curso: | |
✓ Curso: | |
✓ Curso: | |
✓ Curso: | |
Fotocopias de contratos o factura en caso de autónomos o certificado de administración pública que acredite el puesto o funciones desarrolladas | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: | |
✓ Documento: |
En caso de ser necesario, este anexo podrá ampliarse o entregarse en formato similar, conservando el mismo orden.
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Toda la documentación deberá graparse o encuadernarse junto a este anexo, detrás de la solicitud
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