Contract
CONVENIO MODIFICATORIO EN MONTO AL CONTRATO No.: DOP/BANOBRAS/2017-04/004-01
RECURSO: “Recursos del crédito al Banco Nacional de Obras y Servicios S.N.C. BANOBRAS” OBRA:"CONSTRUCCIÓN DE PARQUE DEPORTIVO COMUNITARIO EN LA COLONIA “SOLIDARIDAD LA PAZ”
INCLUYE MOBILIARIO URBANO, ILUMINACIÓN, ÁREA DE CONVIVENCIA” UBICADO: CALLE XXXXXXXX XXXXXX ENTRE CALLE INSURGENTES Y CALLE XXXXX XXXXXX EN LA COLONIA SOLIDARIDAD LA PAZ, MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO
“CONVENIO MODIFICATORIO EN MONTO AL CONTRATO DE OBRA PUBLICA DE SOBRE LA BASE DE PRECIOS UNITARIOS POR TIEMPO DETERMINADO”.
Que celebran por una parte “EL GOBIERNO MUNICIPAL DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO”, representado por los ciudadanos: LICENCIADO XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, Presidente Municipal; LICENCIADA XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, Síndico Municipal; LICENCIADO XXXXXXX XXX XXXX XXXXX, Secretario General; MAESTRO XXXXXX XXXXXXX DE LA FUENTE XXXXXXXXX,
Encargado de la Hacienda Municipal; INGENIERO XXXXXX XXXXXX XXXXXX, Director de Obras Públicas y el ARQUITECTO XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, Jefe de Supervisión y Control de Obras Públicas; a quienes en lo sucesivo y para los efectos de este convenio se les denominará conjuntamente como “EL AYUNTAMIENTO”, y por otra parte la Persona JURÍDICA, “URBESUR CONSTRUCTORA S.A. DE C.V.” representada a través de INGENIERO XXXXXXX XXXXX XXXXX, en su carácter de representante legal, que se acredita la personalidad jurídica mediante acta constitutiva protocolizada en escritura pública número 13, 668 trece mil seiscientos sesenta y ocho, otorgada el día 21 veintiuno de Enero de 1998 mil novecientos noventa y ocho, ante el Notario Público No. 1 uno xx Xxxxxx, Jalisco, Licenciado Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, bajo inscripción 128 del Tomo 9/o. Libro 1/o. del Registro del Comercio, con sede en esta ciudad, teniendo la representación legal de la misma el C. Ingeniero Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, de conformidad con la claúsula vigésima cuarta y la cláusula segunda de las transitorias, de la antes citada escritura pública, a quién en el trascurso de este instrumento se le denominará como “EL CONTRATISTA”; y cuando se haga referencia a todos los contratantes, se les denominará en conjunto como “LAS PARTES”, las cuales tienen capacidad legal para contratar y obligarse, manifestando que es su deseo celebrar el presente Convenio Modificatorio en Monto al Contrato de Obra Pública sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado, de conformidad a las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S:
1. Las partes manifiestan que con fecha 1° Primero de Julio del presente año celebraron un CONTRATO DE OBRA PÚBLICA DE PRECIOS UNITARIOS POR TIEMPO DETERMINADO DOP/BANOBRAS/2017-04/004 y de conformidad con lo previsto en los artículos 73 párrafo primero, fracción I, 86 párrafo primero y cuarto, 88 fracción II y 89 último párrafo de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículos 2, 3, 37 fracción II, 38 fracción II, 47 fracciones I y XI, 52 fracciones I y II, 67, 75 fracción II, 78 y 79 fracción II, inciso c) de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y artículos 1 fracción VI, 3, 19, 24, 26, 27, 41, 42 fracción III, 43, 45 fracción I, 46, 46 BIS, 47, 48 y demás relativos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, y de conformidad con lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de noviembre del año 2016, así como a lo estipulado en los lineamientos de operación del Recursos del crédito al Banco Nacional de Obras y Servicios S.N.C. BANOBRAS, para el ejercicio fiscal 2017. Misma donde el proyecto de Obra fue aprobado dentro de la Sesión Publica Extraordinaria de Ayuntamiento número 33 treinta y tres, celebrada el día 28 veintiocho xx xxxxx del 2017 dos mil diecisiete, en los puntos número 3 tres y 4 cuarto del orden del día.
2.- Que la presente obra fue contratada mediante la modalidad de Concurso invitación a cuando menos 3 tres personas, difundida en la plataforma dependiente de la Secretaría de la Función Pública COMPRANET, con número de concurso IO-814023985-E7-2017; con fundamento en lo establecido en los artículos 27 fracción II, 43 y 44 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, aprobada mediante Sesión Extraordinaria número 9 del Comité Dictaminador de Obra Pública del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, Jalisco, en el punto 3 tres del orden del día, celebrada el día 22 veintidós xx Xxxxx del año 2017 dos mil diecisiete y de conformidad con la Sesión Pública Ordinaria de Ayuntamiento número 17 diecisiete de fecha 26 veintiséis xx Xxxxx del año 2017 dos mil diecisiete, en el punto número 27 veintisiete del orden del día; a ejecutarse con recursos provenientes del crédito al Banco Nacional de Obras y Servicios S.N.C. BANOBRAS, para el ejercicio fiscal 2017, aprobado mediante acuerdos de la Sesión Publica Extraordinaria de Ayuntamiento numero 33 treinta y tres, celebrada el día 28 veintiocho xx xxxxx del 2017 dos mil diecisiete, en los puntos número 3 tres y 4 cuarto del orden del día, con recursos federales para el ejercicio fiscal 2017 dos mil diecisiete, con un TECHO PRESUPUESTAL de $1´100,000.00 (ÚN MILLÓN CIEN MIL PESOS
00/100 M.N.) y con la cantidad aprobada y asignada en el concurso para ejecutar en la
contratación de $1,052,400.49 (Un millón cincuenta y dos mil cuatrocientos pesos 49/100 M.N. ) incluye el impuesto al valor agregado, motivo por el cual se celebró entre éste y el Gobierno Municipal de Zapotlán el Grande Jalisco, Contrato De Obra Pública Sobre Precios Unitarios Y Tiempo Determinado No. DOP/BANOBRAS/2017-04/004.
3.- Así las cosas, tras las condiciones climáticas adversas que imperaron en el lugar de trabajo, se vio afectada en el atraso de la ejecución de la obra, motivo por el cual el contratista solicitó prórroga de 92 noventa y dos días naturales, por lo que se le autorizó la prórroga con número de oficio 802/2017 con autorización de la Dirección de Obras Públicas, tras ser viable, y de conformidad a la cláusula quinta del contrato en referencia, así como de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el artículo 113 fracción XV del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se le autorizó la prórroga para finalizar la ejecución hasta el día 31 de Diciembre del año 2017.
En este mismo sentido, tras el último informe de avances físico-financiero presentado al Gobierno Municipal, en cuanto a las reglas de operación y comprobación de recursos federales del Recurso del crédito al Banco Nacional de Obras y Servicios S.N.C. BANOBRAS, para la ejecución de diversas Obras para el ejercicio fiscal 2017, en el cual se detalló el nivel de avance de construcción y equipamiento del Proyecto municipal denominado "CONSTRUCCIÓN DE PARQUE DEPORTIVO COMUNITARIO EN LA COLONIA "SOLIDARIDAD LA PAZ" INCLUYE MOBILIARIO URBANO, ILUMINACIÓN, ÁREA DE CONVIVENCIA”, con número de Obra: DOP/BANOBRAS/2017-04, y con
Número de Obra en Compranet LO-814023985-E7-2017, y en virtud de no haberse concluido el proyecto en su totalidad, fue solicitado a dicho ente la AMPLIACIÓN DE METAS y siendo así mismo necesario realizar el convenio modificatorio, por una cantidad excedente del techo presupuestal de $47, 599.51 (CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS
51/100 M.N.) más I.V.A., misma cantidad que no rebasa el 25% del monto total del contrato celebrado; cantidad que se tomara del remanente del techo financiero destinado a la ejecución de dicha obra, de conformidad con el artículo 32 fracción II segundo párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad hacendaria, que determina que los ingresos que genere cada proyecto de infraestructura productiva de largo plazo, durante la vigencia de su financiamiento, sólo podrán destinarse al pago de las obligaciones fiscales atribuibles al propio proyecto, las de inversión física y costo financiero del mismo, así como de todos sus gastos de operación y mantenimiento y demás gastos asociados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley General de Deuda Pública. Los remanentes serán destinados a programas y proyectos de
inversión de las propias entidades, distintos a proyectos de infraestructura productiva de largo plazo o al gasto asociado de éstos.
4.- Estableciendo dentro de referido CONTRATO DE OBRA PUBLICA DE SOBRE LA BASE DE PRECIOS UNITARIOS POR TIEMPO DETERMINADO, en sus cláusulas décima segunda y décima tercera, que si existiere la necesidad de modificar el monto del citado contrato en virtud de que para terminar la obra contratada en los tiempos establecidos, es necesario realizar obras extraordinarias no contempladas en las bases del concurso ni en el presupuesto suscrito por el contratista y que se detallan en el anexo técnico; y que dichas obras se refieren a la adecuación y así poder ejecutar y terminar la obra contratada, por ello atendiendo al contrato de obra se contempla celebrar convenio modificatorio, en el entendido que dicho convenio, con la finalidad de realizar ajuste de costos, conforme al artículo 59 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas, así como el artículo 32 fracción II párrafo segundo y el artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
5.- Dicho Convenio modificatorio, fue autorizado y aprobado con fundamento en lo establecido en los artículos 57, 58 y 59 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, y los artículos 32 fracción II párrafo segundo y el artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, mediante Sesión Pública Extraordinaria de Ayuntamiento número 51 cincuenta y uno, de fecha 15 quince de Diciembre del 2017 dos mil diecisiete, en el punto número 5 cinco, del orden del día.
Por lo expuesto con antelación “LAS PARTES” otorgan el presente convenio modificatorio en tiempo y monto al contrato de obra pública de precios unitarios por tiempo determinado que se consignan y aceptan someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- Las partes acuerdan que el presente CONVENIO MODIFICATORIO EN MONTO AL CONTRATO DE OBRA PUBLICA DE PRECIOS UNITARIOS POR TIEMPO DETERMINADO No.
DOP/BANOBRAS/2017-04/004, no implica una novación del citado instrumento jurídico, ya que se regirá bajo las mismas condiciones, derechos, y efectos que el contrato principal celebrado con fecha 1° primero del mes de Julio del año 2017 dos mil diecisiete, y de conformidad con la prórroga otorgada de 92 noventa y dos días naturales, y autorizada bajo oficio número 802/2017
por la Dirección de Obras Públicas, con fecha de vencimiento del 31 treinta y uno de Diciembre del 2017 dos mil diecisiete, y a excepción en las partes que con motivo de este Convenio Modificatorio se modifican o adicionan.
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONVENIO MODIFICATORIO EN MONTO. “EL AYUNTAMIENTO”
encomienda a “EL CONTRATISTA” la realización de las obras complementarias a la obra denominada: " XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX "XXXXXXXXXXX XX XXX" INCLUYE MOBILIARIO URBANO, ILUMINACIÓN, ÁREA DE
CONVIVENCIA”, ubicado en la calle Xxxxxxxx Xxxxxx entre calle Insurgentes y calle Xxxxx Xxxxxx en la Colonia Solidaridad la Paz, en Ciudad Xxxxxx, Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco; bajo el Número de Obra: DOP/BANOBRAS/2017-04 con Número de Obra en Compranet IO-814023985-E7-2017, de Recursos del crédito al Banco Nacional de Obras y Servicios S.N.C. BANOBRAS, para el ejercicio fiscal 2017; “EL CONTRATISTA” se obliga a ejecutar la obra bajo su propia dirección y responsabilidad, sobre la nueva base de precios unitarios y tiempo determinado, con estricta sujeción a los términos y condiciones que establece éste convenio y de conformidad con el proyecto contenido en los planos, presupuestos, especificaciones, normas de calidad, programas y calendario de obras, así como precios unitarios aprobados, que firmados por “LAS PARTES” se anexan al presente convenio, cuyo contenido forma parte integrante del mismo, y que obran en los Archivos de la Dirección de Obras Públicas quedando por reproducido íntegramente.
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. El monto establecido para ejecutar la obra objeto del presente contrato, es valioso por la cantidad de: de $47, 599.51 (CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 51/100 M.N.) incluye el impuesto al valor agregado, con cargo a la partida municipal, aprobada mediante el convenio para el otorgamiento de subsidios, traslado, aplicación, destino, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia en el ejercicio de los recursos económicos que celebran por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, para la ejecución de la Obra Pública contemplado dentro de Recursos del crédito al Banco Nacional de Obras y Servicios S.N.C. BANOBRAS, para el ejercicio fiscal 2017; aprobada mediante Sesión Pública Extraordinaria de Ayuntamiento número 51 cincuenta y uno, de fecha 15 quince de Diciembre del 2017 dos mil diecisiete, en el punto número 5 cinco, del orden del día.
CUARTA.- CONTROVERSIAS Y JURISDICCIÓN.- “LAS PARTES” acuerdan que en caso de duda, controversia sobre la interpretación, así como del cumplimiento o ejecución del presente
convenio modificatorio al contrato principal, éstas se resolverán de común acuerdo y en caso de no llegar al mismo, podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos, para lo cual se llevara a cabo el procedimiento previsto en los artículos 95 al 97 de la Ley de Obras públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. En supuesto que no existir acuerdo de voluntades en la conciliación entre “LAS PARTES”, éstas determinan someterse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales, con residencia en Estado de Jalisco, renunciado expresamente al fuero que por cualquier causa pudiera corresponderles. Así mismo determinan someterse a lo estipulado en los ordenamientos jurídicos siguientes la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política Del Estado De Jalisco, Ley De Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Código Civil Federal, Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas así como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de que se trate, las demás relativas y aplicables a la materia de obra pública.
En los anteriores términos, “LAS PARTES” celebran el presente CONVENIO MODIFICATORIO EN MONTO AL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA DE PRECIOS UNITARIOS POR TIEMPO DETERMINADO
y debidamente enteradas de su contenido, de su alcance y fuerza legal de las cláusulas que lo integran, y que en el mismo no existe error, dolo o lesión, se obligan a no invalidarlo por alguna de dichas causas y leído que fue el presente contrato y enteradas las partes, lo ratifican y firman de conformidad en Ciudad Xxxxxx, Municipio de Zapotlán El Grande; el día 18 dieciocho de Diciembre del 2017.
“EL AYUNTAMIENTO”.
C. LICENCIADO XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX.
Presidente Municipal.
C. LICENCIADA XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX. Síndico Municipal. | C. LICENCIADO XXXXXXX XXX XXXX XXXXX. Secretario General. |
C. INGENIERO XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Director de Obras Públicas.
C. MAESTRO XXXXXX XXXXXXX DE LA FUENTE XXXXXXXXX.
Encargado de la Hacienda Municipal.
“EL CONTRATISTA”
C. ARQUITECTO XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX.
Jefe de Supervisión y Control de Obra Pública.