DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y GESTIÓN DE BIENES MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y GESTIÓN DE BIENES MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE XXXXXXX
XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1°.- OBJETO, ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO MARCO
De conformidad a lo dispuesto por los arts. 128, 131 inc. d) y 141 de la Ley 8706, la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes llama a licitación pública de Convenio Xxxxx con el objeto de contratar los siguientes servicios:
1. Servicio de ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE LA GESTIÓN DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES DE VEHÍCULOS DE LA FLOTA PROVINCIAL
2. PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES PARA VEHÍCULOS DE LA FLOTA PROVINCIAL, EN ESTACIONES EXPENDEDORAS O DE ABASTECIMIENTO
3. PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES A GRANEL, EN CISTERNAS ADMINISTRADAS POR ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL
4. Servicio de CONTROL GEOREFERENCIADO DE LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS DE LA FLOTA PROVINCIAL.
Los servicios mencionados tienen por finalidad la gestión del uso de los vehículos de cualquier clase, sean propios o no, como asimismo xx xxxxxxxxx de combustibles utilizadas por todos los organismos del Sector Público Provincial comprendidos en el art. 4° de la Ley 8706, destinados al cumplimiento de sus respectivas funciones públicas.
ARTÍCULO 2º.- CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS SERVICIOS LICITADOS
Los servicios objeto de contratación se caracterizan por la organización de recursos físicos, humanos y de sistemas tecnológicos de procesamiento de datos en ambiente web, que permitan obtener reportes clasificados de información sobre la utilización de los vehículos de la flota, el consumo de combustible de los mismos y los eventuales desvíos, inconsistencias o errores en relación a los parámetros de uso previamente definidos y autorizados para los vehículos de la flota.
Los servicios a contratar se caracterizan además por involucrar una asistencia y logística profesional por parte del proveedor para concretar una gestión eficaz de la flota.
Los aspectos particulares de las prestaciones y de las herramientas tecnológicas que se requieren para satisfacer la finalidad de la contratación, son descriptos en el Pliego de Especificaciones Técnicas
La flota vehicular estimada, cuya gestión de uso será administrada mediante los servicios objeto de contratación, se detalla en el Anexo II del presente pliego (DETALLE DE LA FLOTA ESTIMADA).
En lo que concierne al servicio de abastecimiento de las cisternas de combustibles administradas por los organismos del Sector Público Provincial, se detallan las mismas en el Anexo II del presente pliego (DETALLE DE LAS CISTERNAS).
Los reportes de datos generados por el/los sistemas que se propongan para la prestación de los servicios objeto de contratación, deberán permitir la integración de la información que corresponde a los consumos de combustibles y a la localización georeferenciada de la flota. En caso de que los oferentes no dispongan de soluciones tecnológicas integrales, deberán acreditar su compromiso de cumplimiento del recaudo exigido, mediante alguna de las vinculaciones o modalidades de contratos asociativos, según se prevé en el art. 4º del presente pliego.
ARTÍCULO 3°: PLAZO DE CONTRATACION.
<•- .:::. -
La duración del contrato será de dos (2) años contados a partir de la fecha de comienzo de ejecución del contrato. Esta fecha será computada dentro de los treinta (30) días de notificada la adjudicación. La contratación podrá ser prorrogada por un año, a opción y requerimiento del Órgano Rector de Contrataciones (Dirección de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes).
Sin perjuicio de lo expuesto y atento a las disposiciones contenidas en el Artículo 46 de la Ley Nº 7314 Responsabilidad Fiscal y su Decreto Reglamentario Nº 2279/11, se deja constancia que la vigencia de las respectivas contrataciones que se perfeccionen al amparo del presente Convenio Xxxxx “expirarán a los 180 días de la adjudicación o inicio de la prestación efectiva del servicio, salvo que la autoridad competente acepte continuar la contratación en las mismas condiciones y plazo de vigencia dispuesto en el párrafo anterior; siendo suficiente a tal efecto la simple notificación al proveedor en el sentido expuesto."
ARTICULO 4°.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE
A los efectos de participar en la presente licitación pública de Xxxxxxxx Xxxxx, los proponentes (personas físicas o jurídicas) deberán estar inscriptos en el Registro Único de Proveedores (art. 135 Ley 8706) y haber completado su preinscripción en el sistema XXXXX.XX
Podrán formular ofertas grupos empresarios conformados según alguna de las modalidades de Contratos Asociativos regulados por los arts. 1.442 y ss del Código Civil y Comercial de la Nación, debiendo acreditar, si correspondiere, el grupo que resulte adjudicatario, la inscripción en el Registro Público que corresponda, dentro de los 30 días hábiles de notificado el acto de adjudicación al interesado. En estos casos, los miembros del grupo empresario deberán observar la condición exigida en el inciso anterior (inscripción en el Registro Único de Proveedores).
ARTÍCULO 5°: COTIZACIÓN ELECTRÓNICA-FORMA DE COTIZAR-CONTENIDO DE LA OFERTA
1º) Cotización electrónica:
La cotización deberá realizarse en forma electrónica utilizando los sistemas de Catálogo de Oferta Permanente (C.O.P.) en el portal web: xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx y el Sistema electrónico de contrataciones XXXXX.XX, a través del portal: xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx.
No se admitirá la presentación de la oferta mediante una forma distinta a lo indicado precedentemente. El no cumplimiento de este recaudo de cotización, será causal de rechazo insubsanable de la oferta.
En caso de divergencias entre el contenido de las ofertas presentadas, se dará prevalencia a la expuesta mediante el sistema de Catálogo de Oferta Permanente (COP).
• La oferta electrónica se expondrá completando todos los campos requeridos por el sistema, debiendo cumplir con los pasos y acciones que se detallan a continuación
• Todos los documentos o instrumentos que se adjunten a efecto de satisfacer las condiciones de presentación y de contenido de la oferta, una vez que hayan sido debidamente firmados, serán escaneados y cargados en los sistemas indicados en el apartado 1) del presente artículo, (archivo formato .pdf no superior a 16 mb, caso contrario deberá convertirse a .ZIP), debiéndose respetar el orden establecido en el artículo indicado.
• A los fines del conocimiento por parte de los oferentes respecto de la utilización de las
herramientas electrónicas antes señaladas, se disponen de los siguientes instructivos o tutoriales:
COP: xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/ Instructivo para carga de licitaciones de archivos
XXXXX.XX: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxx/Xxxxxxxxxxxx_XXXXXXXXXXX.xxx
• IMPORTANTE: El oferente deberá cerciorarse de confirmar la presentación electrónica de la oferta. El hecho de confirmar significa que la información fue cargada en el sistema y que el proponente se asegure el ingreso de su oferta en el mismo, dentro del plazo establecido en la publicación del llamado. Las ofertas que no sean confirmadas (estado pendiente) NO SERÁN CONSIDERADAS, liberando al Órgano Rector de cualquier responsabilidad derivada de la dilación o no envío oportuno de la misma.
2º) Forma de Cotizar:
Los servicios e insumos objeto de la contratación serán cotizados con sujeción a las siguientes pautas y condiciones:
1. SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE LA GESTIÓN DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES DE VEHÍCULOS DE LA FLOTA PROVINCIAL Y CISTERNAS DE ABASTECIMIENTO
Oferta Base: se cotizará un precio por la prestación del servicio mensual, el cual comprende tanto la provisión de combustible en estaciones expendedoras (ítem nro 2), como la provisión a granel en cisternas de abastecimiento (ítem nro 3). Oferta Alternativa: podrán cotizarse una o más ofertas alternativas, con precios bonificados, conforme la entidad de la flota (número de unidades servidas), o bien con modalidades de pago diferentes, según lo proponga el oferente.
El valor resultante de la cotización (oferta base y oferta alternativa) deberá incluir todos los conceptos y prestaciones incluidas en el servicio y también los impuestos que gravan el contrato y la actividad del oferente.
2. PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES PARA VEHÍCULOS DE LA FLOTA PROVINCIAL, EN ESTACIONES EXPENDEDORAS O DE ABASTECIMIENTO
Oferta Base: se cotizará un precio por litro/m3 de cada una de las s iguientes clases de combustibles: a) Nafta Súper hasta 95 Oct, b) Nafta Súper 98 Oct o más, c) Diesel Grado 2, d) Diesel Grado 3, e) GNC. Para estas cotizaciones los proponentes deberán considerar que los organismos administradores xx xxxxx efectuarán pagos mensuales de los consumos promedios que se estimen, bajo la modalidad de cuenta corriente descripta en el art. 13 del presente pliego. Se aclara que la cotización exigida en la presente disposición tiene por finalidad concretar la evaluación comparativa de las ofertas (art. 7º PCP) y viabilizar la gestión de la contratación a través del s istema de compras electrónicas, como asimismo el pago de los consumos estimados y realizados por los organismos contratantes (art. 13º PCP). Por tal razón, la cotización aquí requerida podrá o no ser igual al precio de surtidor que corresponda a cada uno de los consumos que efectivicen los vehículos de la flota, durante la ejecución del contrato, en la estaciones de abastecimiento o expendedoras que proponga el oferente dentro de su Programa de Gestión del Servicio. Ello, s in perjuicio además de lo previsto por el Art. 14º del presente Pliego (Determinación del Precio durante la vigencia de la Contratación)
Oferta Alternativa: podrán cotizarse una o más ofertas alternativas, con otras modalidades de pago por parte de los organismos administradores xx xxxxx.
El valor resultante de la cotización (oferta base y oferta alternativa) deberá incluir todos los conceptos y prestaciones incluidas en el suministro y también los impuestos que gravan el contrato y la actividad del oferente.
3. PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES A GRANEL, EN CISTERNAS ADMINISTRADAS POR ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL
Oferta Base: se cotizará un precio por litro de cada una de las s iguientes clases de combustibles: a) Nafta Súper hasta 95 Oct, b) Nafta Súper 98 Oct o más, c) Diesel Grado 2, d) Diesel Grado 3. El oferente deberá considerar que el precio cotizado, y en su caso el que con posterioridad se determine conforme lo previsto por el Art. 14º del presente Pliego, será tomando como precio del contrato al momento de emitirse la respectiva Orden de Compra. Para estas cotizaciones los proponentes deberán considerar que los organismos administradores xx xxxxxxxxx efectuarán el pago de las respectivas compras contra entrega dentro de los 15/30 días.
Oferta Alternativa: podrán cotizarse una o más ofertas alternativas, con diferentes modalidades de pago, por parte de los organismos administradores xx xxxxx.
El valor resultante de la cotización (oferta base y oferta alternativa) deberá incluir todos los conceptos y prestaciones incluidas en el insumo y también los impuestos que gravan el contrato y la actividad del oferente.
4. SERVICIO DE CONTROL GEOREFERENCIADO DE LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS.
Oferta Base: se cotizará un precio por la prestación del servicio mensual, por unidad vehicular servida.
Oferta Alternativa: podrán cotizarse una o más ofertas alternativas, con precios bonificados, conforme la entidad de la flota (número de unidades servidas), o bien con modalidades de pago diferentes, por parte de los organismos administradores de la flota.
El valor resultante de la cotización (oferta base y oferta alternativa) deberá incluir todos los conceptos y prestaciones incluidas en el servicio y también los impuestos que gravan el contrato y la actividad del oferente.
3º) IDENTIFICACIÓN DE INSUMOS
A los efectos de la cotización en los s istemas de compras electrónicas, los oferentes deberán considerar la s iguiente identificación de los insumos:
C INSUMO | Renglón | DESCRI PCI ÓN |
000000 | 1 | SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE LA GESTIÓN DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES DE VEHÍCULOS DE LA FLOTA PROVINCIAL |
2 | PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES PARA VEHÍCULOS DE LA FLOTA PROVINCIAL, EN ESTACIONES EXPENDEDORAS O DE ABASTECIMIENTO | |
000000 | Nafta Súper hasta 95 Oct | |
000000 | Nafta Súper 98 Oct o más | |
000000 | Diesel Grado 2 | |
000000 | Diesel Grado 3 | |
000000 | GNC |
3 | PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES A GRANEL, EN CISTERNAS ADMINISTRADAS POR ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL | |
000000 | Nafta Súper hasta 95 Oct | |
000000 | Nafta Súper 98 Oct o más | |
000000 | Diesel Grado 2 | |
000000 | Diesel Grado 3 | |
000000 | 4 | Servicio de CONTROL GEOREFERENCIADO DE LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS |
NOTA IMPORTANTE: LOS ÍTEMS O RENGLONES 1), 2) Y 3), DEBERÁN SER COTIZADOS EN FORMA CONJUNTA POR LOS OFERENTES INTERESADOS (OFERTA DE OBJETO INDIVISIBLE); POR SU PARTE EL ÍTEM O RENGLÓN Nº 4 PODRÁ COTIZARSE EN FORMA INDIVIDUAL O SEPARADA (OFERTA DE OBJETO DIVISIBLE), SIENDO EL MISMO COTIZABLE EN FORMA VOLUNTARIA PARA LOS OFERENTES QUE FORMULEN PROPUESTAS PARA LOS ÍTEMS 1), 2) y 3)
4º) Contenido de la Oferta:
Junto con la cotización del precio, la oferta contendrá la documentación que se detalla a continuación:
a) Declaración Jurada Anexo I de Consentimiento e Información
b) Memoria Descriptiva del Programa de Gestión de los Servicios objeto de contratación (ítem 1, ítem 2 e ítem 3), la que podrá exponerse en forma integral para todos los ítems o bien en forma separada para los ítems 1 y 2 y 1 y 3 respectivamente. No obstante, se valorará con especial consideración la presentación de Programas de Gestión que contemplen, desde el punto de vista sistémico, una prestación integrada de todos los servicios que forman parte del objeto de la Contratación.
La Memoria Descriptiva del Servicio tendrá como máximo 10 (diez) páginas, debiendo desarrollarse en un documento tamaño A 4, con letra tamaño 12, letra Arial. El oferente se abstendrá de incorporar folletos pre-impresos, fotografías o videos, debiendo limitarse a explicar en forma clara y sintética los recaudos de contenido previstos por los Artículos 1° y 2º xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
En lo que concierne al aspecto formal, el documento será firmando por el oferente; posteriormente será escaneado y cargado a su oferta.
ARTICULO 6°: CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán rechazadas o desestimadas en los siguientes casos:
1) La omisión de cotización en la modalidad prevista por el Art. 5º del presente Pliego.
2) La omisión de presentación de la memoria descriptiva sobre el “Programa de Gestión del Servicio”.
3) La omisión de la realización de la prueba de demostración del funcionamiento del sistema o solución propuesta o la omisión de respuesta a los requerimientos informativos o aclaraciones que le dirija la Comisión de Preadjudicación, sobre el funcionamiento o funcionalidades de la herramienta propuesta.
4) Las demás causales previstas en los Pliegos de Condiciones Generales y Técnicos que rigen la presente licitación pública de Convenio Marco.
La restante documentación que deban acompañar los oferenPteLsIEyGq-2u0e19re-0v4is2t6a4n16la1-GcoDnEdMicZióAn-DdeGCPYGB#M
subsanables conforme los principios y normas de carácter prevalente que rigen el procedimiento de contratación, deberán ser completados dentro de dos días hábiles de notificados a tal efecto. La inobservancia causará el rechazo de la oferta.
ARTICULO 7°: EVALUACION DE LAS OFERTAS. PRUEBA DE DEMOSTRACIÓN.
Las Ofertas presentadas serán evaluadas por la Comisión de Preadjudicación, cuyos Integrantes serán designados por la Dirección General de Contrataciones Públicas, quienes las analizarán integralmente.
Dentro de las 48 hs posteriores a la apertura electrónica de las ofertas o en la fecha y horario que se indique, los oferentes deberán concurrir a la sede de la Dirección General de Contrataciones Públicas a efecto de realizar una prueba de demostración sobre sus soluciones tecnológicas propuestas para la administración y gestión de los diferentes servicios de provisión de combustibles y para el servicio de localización georeferenciada. Los proponentes asistentes, luego de sus respectivas demostraciones, estarán autorizados a presenciar las restantes en su condición de observadores, no pudiendo por lo tanto interactuar con las autoridades y los demás oferentes sometidos a evaluación.
La Comisión podrá instar todo tipo de aclaraciones que considere necesarias para evaluar las ofertas presentadas. Se labrará el Acta de la Prueba de Demostración con la firma de todos los presentes.
Posteriormente la Comisión de Preadjudicación se avocará a la calificación de las ofertas formalmente y técnicamente admisibles, en base a la siguiente grilla de puntaje:
GRILLA DE PUNTAJE OFERTAS ÍTEMS 1), 2) Y 3) RUBRO PROGRAMA DE GESTIÓN DE SERVICIOS
REQUISITOS ART. 1 ap. 1 ANEXO III PLIEGO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | PUNTAJE |
i) | 10 |
ii) | 5 |
iii) | 5 |
iv) | 10 |
v) | 5 |
vi) | 10 |
vii) | 10 |
viii) | 5 |
TOTAL | 60 |
RUBRO PRECIO
PRECIO DEL SERVICIO (SISTEMA) | 10 |
PRECIO COMBUSTIBLE SURTIDOR | 10 |
PRECIO COMBUSTIBLE A GRANEL | 20 |
TOTAL | 40 |
PLIEG-2019-04264161-GDEMZA-DGCPYGB#M
GRILLA DE PUNTAJE OFERTAS ÍTEM 4) RUBRO PROGRAMA DE GESTIÓN DE SERVICIOS
REQUISITOS ART. 1 ap.2 ANEXO III PLIEGO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | PUNTAJE |
ii) | 30 |
iii) | 10 |
iv) | 10 |
v) | 10 |
TOTAL | 60 |
RUBRO PRECIO
PRECIO DEL SERVICIO (SISTEMA) | 40 |
La asignación de los respectivos puntajes para cada uno de los rubros de la grilla, se hará conforme a las siguientes pautas:
Rubro Programa de Gestión de Servicios: Este rubro será puntuado teniendo en cuenta los requerimientos mínimos previstos por el Anexo III, Artículo 1º apartado 1 y 2 xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas. Se otorgará el puntaje máximo de 60 (sesenta) puntos a la Propuesta Técnica que contemple satisfactoriamente todos los parámetros o funcionalidades establecidos. El puntaje total del Rubro resultará de la sumatoria de los distintos componentes o parámetros evaluables. A su tiempo, cada uno de los componentes o parámetros evaluables de la Propuesta Técnica, serán puntuados individualmente según que la misma posea la respectiva funcionalidad; correspondiendo asignar el puntaje previsto si la posee, o puntaje cero (0) en caso de no poseerla. Sin perjuicio de ello, la Comisión podrá ponderar el puntaje previsto para cada uno de los componentes del presente rubro, justipreciando los mismos dentro de los márgenes establecidos, en función del nivel de satisfacción o cumplimiento de la Propuesta realizada para cada uno de dichos aspectos.
Rubro Precio: Se asignará el mayor puntaje previsto a la oferta de menor precio cotizado para cada uno de los ítems del objeto de la contratación (servicios “combustible” y “GPS”). Para las demás se aplicará la regla de la proporcionalidad.
En forma previa a la calificación de este rubro, la Comisión de Preadjudicación podrá instar el procedimiento de mejora de precios, de acuerdo a lo previsto por el art. 31 inc. a) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
IMPORTANTE: Las ofertas que no superen el mínimo de sesenta (60) puntos totales serán desestimadas.
ARTICULO 8 °: ADJUDICACIÓN
La Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes adjudicará la contratación para cada uno de los ítems que forman parte de su objeto, a uno o más oferentes entre los que resulten calificados técnicamente (60 o más puntos), según ello resulte más conveniente para satisfacer los intereses públicos de la contratación.
El acto de adjudicación será notificado a todos los oferentes en forma electrónica, a través de los sistemas COP y XXXXX.XX y se procederá a conformar la tienda virtual con el/los proveedores
seleccionados y sus respectivas propuestas. PLIEG-2019-04264161-GDEMZA-DGCPYGB#M
ARTÍCULO 9°: GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN
Se deberá presentar de conformidad a lo previsto por el artículo 26° xxx Xxxxxx de Condiciones Generales.
ARTÍCULO 10°: NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA.
Una vez conformada la tienda virtual del Convenio Marco, todos los organismos, entes y reparticiones que integran el Sector Público Provincial podrán incorporarse al Convenio Marco emitiendo directamente la respectiva Orden de Compra al/los proveedores seleccionados, quedando perfeccionado el contrato a partir de su notificación.
ARTÍCULO 11° - CESIÓN DEL CONTRATO
La firma adjudicataria no podrá ceder, total o parcialmente, el contrato sin previa autorización de la “Dirección General de Administración del Ministerio Contratante”.
ARTÍCULO 12° - RESCISIÓN DEL CONTRATO
El Órgano Rector y los Organismos Contratantes se reservan el derecho de rescindir sin invocar causa alguna en todo o en parte la contratación, siempre que se comunique con una anticipación de treinta (30) días corridos, sin que por ello pueda el oferente reclamar indemnización alguna.
ARTÍCULO 13° - FORMA DE PAGO – FACTURACIÓN
Los servicios contratados serán pagados de la siguiente forma:
1. Servicio de ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE LA GESTIÓN DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES DE VEHÍCULOS DE LA FLOTA PROVINCIAL
El servicio será abonado mensualmente (oferta Base), conforme el procedimiento y en los plazos establecidos por el artículo 41° xxx Xxxxxx de Condiciones Generales; o bien de acuerdo a la modalidad propuesta por el proponente adjudicatario (oferta alternativa).
2. PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES PARA VEHÍCULOS DE LA FLOTA PROVINCIAL, EN ESTACIONES EXPENDEDORAS O DE ABASTECIMIENTO
En este caso, el servicio será pagado bajo modalidad de cuenta corriente (oferta base), debiendo el organismo contratante transferir los respectivos fondos mensualmente dentro del período correspondiente a los consumos que realizará, sobre la base de las estimaciones y consumos promedios históricos. Mensualmente se ajustarán las diferencias en más o en menos, y al cierre (de cada ejercicio) y/o extinción del Convenio Marco, se liquidarán los respectivos saldos acreedores y deudores, los que serán pagados al proveedor adjudicatario y/o reintegrados por éste último al organismo contratante, dentro de los 30 días de concluida la cuenta. Esta modalidad de pago tendrá inicio con un primer anticipo o remesa de fondos (primer período mens ual del servicio) que harán los organismos contratantes; las posteriores remesas se liberarán contra la rendición de los consumos observados en el período anterior.
En caso de adjudicación de alguna oferta alternativa, la modalidad de pago será la que corresponda a los términos de la oferta aceptada.
3. PROVISIÓN DE COMBUSTIBLES A GRANEL, EN CISTERNAS ADMINISTRADAS POR ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL
En este caso, el servicio será pagado contra entrega del combustible dentro de los 15 días de conformada la respectiva factura. En caso de adjudicación de alguna oferta alternativa
la modalidad de pago será la que corresponda a los términos de la oferta aceptada.
4. Servicio de CONTROL GEOREFERENCIADO DE LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS.
El servicio será abonado mensualmente (oferta Base), conforme el procedimiento y en los plazos establecidos por el artículo 41° xxx Xxxxxx de Condiciones Generales; o bien de acuerdo a la modalidad propuesta por el proponente adjudicatario (oferta alternativa).
FACTURACIÓN: El comprobante respectivo observará los requerimientos de AFIP para el pago y será presentado por el proveedor en forma mensual, dentro de los primeros cinco días del mes posterior a la prestación del servicio. Conjuntamente con la factura el adjudicatario deberá presentar un Reporte mensual (rendición) de uso correspondiente a los vehículos de la flota vehicular respectiva de la repartición.
Una vez cumplidos los controles administrativos por el responsable de la flota y por el Director de Administración de la repartición, la factura será conformada para su pago.
Artículo 14º: DETERMINACIÓN DE PRECIOS DEL SERVICIO Y DE LOS COMBUSTIBLES:
Durante la ejecución del contrato, el precio de los servicios correspondientes a la gestión de provisión y control de combustibles y de georeferenciación (ítems 1 y 4) y el precio de los combustibles a proveer (ítems 2 y 3) será determinado en función del procedimiento que se establece en la presente cláusula.
1) Respecto de los servicios cotizados para los ítems 1 y 4, en caso de producirse variaciones económicas significativas en los rubros que componen la Estructura Básica de Costos del servicio que se expone a continuación, la Administración licitante, “a pedido de la parte interesada”, procederá a determinar el nuevo precio del servicio conforme las siguientes pautas:
a) En todos los casos, la determinación/adecuación de precios se realizará tomando como punto xx xxxxxxx el precio unitario del servicio cotizado por el proveedor adjudicatario, y seguidamente se evaluarán los aumentos o alteraciones experimentados en los componentes de la Estructura Básica de Costos del Servicio que se detalla a continuación:
COMPONENTES | % INCIDENCIA | MONEDA | PRECIO UNITARIO | % DETERMINAC. / ADECUACIÓN |
RECURSOS HUMANOS | 30 | $ | $ 30 | 100 % |
TECNOLOGÍA APLICADA | 30 | U$S | U$S 5* | 20% |
IMPUESTOS | 20 | $ | $ 20 | ADECUACIÓN |
OTROS | 20 | $ | $ 20 | ADECUACIÓN |
TOTAL | 100 | $ 100 |
(*)Según tipo de cambio estimado a la fecha de la publicación de la convocatoria del Llamado a Licitación Pública de Convenio Marco. ( U$S 1 = $ 60.00)
b) Para el componente “Recursos Humanos”, sólo podrán reconocerse los aumentos de remuneraciones acordadas en paritarias o Acuerdos Salariales conforme el régimen de la ley 23.546 (modif. y compl.), celebrados con posterioridad a la fecha de apertura electrónica de las ofertas. A este efecto el proveedor interesado deberá acreditar: I) la celebración del respectivo Acuerdo Salarial, II) el impacto de dicho Acuerdo en la masa salarial del recurso humano afectado a la prestación del servicio, a cuyo efecto deberá adjuntar los bonos de haberes y/o los Formularios 931 correspondientes a liquidaciones anteriores y posteriores al aumento salarial observado. Respecto de este componente de la
Estructura Básica de Costos, la determinación del precio reflejará la totalidad (100%) del aumento efectivo del costo que experimente el adjudicatario.
c) Para el rubro “Tecnología Aplicada”, podrán reconocerse las variaciones en el tipo de cambio significativas entre la moneda de curso legal en el país y la moneda extranjera prevista en el contrato. A este efecto, se estará a las diferencias en el tipo de cambio vendedor dólar billete según cotización del Banco de la Nación Argentina, experimentadas entre el día de la recepción de las ofertas y el día anterior al reclamo que por esta causa realice el proveedor interesado. Respecto de este componente, la determinación sólo considerará el 20 % del valor previsto para el mismo en la Estructura Básica de Costos (incremento del valor de U$S 1 cada $100 del precio del servicio).
d) En los demás rubros de la Estructura de Costos, sólo procederá el procedimiento de adecuación conforme las pautas dispuestas por el art. 150 del Decreto Reglamentario Nº 1.000/2015 y la Disposición Nº 102/2018 de la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes.
e) La determinación del precio se tramitará por ante el Órgano Xxxxxx, quien decidirá sobre el mismo.
2) Respecto del precio de los combustibles, en el caso del ítem número 2 (combustibles en estaciones de servicio), la determinación del precio se hará para cada una de las transacciones (cargas de combustibles) conforme el precio de surtidor que perciba la estación expendedora o de abastecimiento, sirviendo la presente regla contractual como acto de autorización a todos los efectos. En el caso del ítem número 3 (combustibles a granel en cisternas), la determinación del precio se hará, a pedido del proveedor, mensualmente, por el Órgano Rector, teniendo presente la evolución del precio que para el combustible de que se trate indique la Secretaría de Energía de la Nación s/ Resolución Nº 1101/2004 o la que la modifique o sustituya (precios mercado mayorista para la Localidad xx Xxxxxxx). A estos efectos, el Órgano Rector relevará el precio de referencia según la fuente indicada, estableciendo la diferencia porcentual habida entre el mismo y el precio cotizado. Las determinaciones que correspondan durante la vigencia de la contratación se harán tomando como punto xx xxxxxxx el precio de referencia informado al momento de la petición del proveedor, al que se le aplicará la diferencia porcentual establecida al momento de la adjudicación.
IMPORTANTE: sin perjuicio del acto administrativo que dictará el Órgano Rector, los procedimientos de determinación de precios se tramitarán por medio del sistema XXXXX.XX, a través de la función “renegociación de precios”.
ARTICULO 15°: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Desarrollar la puesta en funcionamiento del servicio a efecto de que el mismo comience su efectiva prestación dentro de los treinta días de recibido el inventario de la flota de automóviles que a tal efecto le suministrarán los responsables de los distintos organismos contratantes. En dicho plazo deberá por tanto el prestador:
1- Suministrar los soportes electrónicos para cada vehículo de la flota. Al inicio del servicio, el Prestador dispondrá de un plazo de 30 días corridos. Durante la ejecución del contrato, la integración de un vehículo al sistema deberá producirse en un plazo de 4 días hábiles de efectuado el requerimiento por parte del administrador responsable de cada ente u organismo público contratante.
2- Habilitar los medios que permitan la disponibilidad de las estaciones de servicio integradas a la
red de suministro de combustible.
3- Disponer en forma permanente el acceso on line al sistema de reportes de consumo y de registro de errores de consumos propuesto.
4- Comunicar las alertas de los errores muy sensibles al máximo responsable de la flota a la que corresponda el automotor relevado y presentar, mensualmente, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, ante la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes, el Informe Consolidado de los reportes de errores detectados. Xxxxxxxx informe se remitirá a los responsables xx xxxxx por medio de correo electrónico. Dicho informe será redactado en prosa, en forma detallada y completa.
5- En caso de existir saldos de créditos existentes y/o no utilizados por cada organismo o ente contratante, éste podrá, en cualquier momento exigir al adjudicatario su devolución, lo que se concretará dentro de las 48 horas de haberse efectuado la solicitud por parte del organismo.
6- Poner a disposición del organismo contratante y realizar los actos útiles tendientes a colocar la información y datos brindados por el sistema respectivo, en estado de integrabilidad, conforme se prevé en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Sin perjuicio de los deberes antes individualizados, el Prestador del servicio está obligado a cumplir no sólo aquello que está formalmente previsto en el contrato, sino también todas aquellas prestaciones que puedan considerarse comprendidas en el mismo, contemplando el carácter profesional que reviste el Prestador y las pautas directrices que derivan del deber de obrar de buena fe (contratante cuidados y previsor).
ARTICULO 16°: RÉGIM EN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL DEL ADJUDICATARIO
Todo el personal y terceros afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico-contractuales carecerán de relación de dependencia alguna con los entes y reparticiones del Sector Público Provincial que contraten el servicio.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado al Estado contratante por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente entendido que los entes comprendidos en el Sector Público Provincial contratante no asumirán responsabilidad alguna y estarán desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Adjudicatario.
Asimismo, los entes del Sector Público Provincial no asumirán responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, el Pliego de Especificaciones Técnicas, y del Contrato en General.
ARTICULO 17°: FACULTAD ORDENATORIA DEL SERVICIO
La Administración contratante, a través del Órgano Rector de Contrataciones en el ámbito de la Administración Central y Entes Descentralizados y de los demás organismos del Sector Público Provincial que se incorporen el Convenio Marco, podrán durante la ejecución del servicio, impartir instrucciones al Prestador, estableciendo pautas organizativas del mismo y requiriendo a éste la implementación de todas aquellas medidas que permitan satisfacer de un modo más pleno el
interés público comprometido en la contratación. En este orden, el Prestador deberá considerar especialmente que la gestión pública de la flota automotor se desarrolla en un ámbito complejo y dinámico, razón por la cual la misma estará sujeta a variaciones cuantitativas y cualitativas.
ARTÍCULO 18º: INCUMPLIMIENTO. PENALIDADES.
El incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del Prestador, ya sea de las expresamente previstas en el plexo contractual o bien de aquellas que derivan del deber general de buena fe, dará lugar a la aplicación de las sanciones y penalidades establecidas en el art. 154 de la ley 8706 y su Decreto Regl. Nº 1.000/2015. Las penalidades económicas que se dispusieren en estos casos (multas y pérdida de garantías) serán deducidas de los créditos que tuviere derecho a percibir el Prestador con motivo de los servicios ejecutados.
Sin perjuicio de las reglas generales antes establecidas, y quedando establecido que la siguiente lista xx xxxxxx tiene carácter meramente enunciativo, el Prestador será pasible de las siguientes penalidades especiales:
1) La demora en la puesta en funcionamiento del sistema, dentro del plazo establecido: el equivalente a 1.000 litros de nafta Premium, según precio de surtidor de la red de estaciones xx xxxxxxx nacional en el Gran Mendoza. Dicha sanción se devengará mensualmente por cada mes de demora en el cumplimiento de la a obligación señalada.
2) La interrupción total o parcial del servicio de provisión de combustible: el equivalente a 100 litros de nafta Premium, según precio de surtidor de la red de estaciones xx xxxxxxx nacional en el Gran Mendoza, por cada vehículo no servido y por día durante el cual se configure el incumplimiento.
3) El incumplimiento del deber de información de reportes de errores, conforme lo exigido en el presente, el equivalente a 1.000 litros de nafta Premium, según precio de surtidor de la red de estaciones xx xxxxxxx nacional en el Gran Mendoza, por cada día de retardo durante el cual se configure el incumplimiento.
ANEXO I
– DECLARACIÓN JURADA -
Sr.
DIRECTOR/A GENERAL
DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y GESTION DE BIENES
Atento al recaudo exigido por el art. 5º inc. 4º) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, bajo JURAMENTO declaro Declaro/amos:
✓ Conocer y aceptar las normas legales, reglamentarias y de los Pliegos de Bases y Condiciones General, Particular y Técnico que rigen y resultan aplicables al procedimiento de contratación de la presente licitación pública de Convenio Marco.
✓ No estar comprendido en ninguna de las causales de prohibición y/o incompatibilidad para inscribirse en R.U.P., indicadas en el Art. 135º del Decreto Acuerdo 1.000/15.
✓ Que nuestra empresa cumple regularmente sus obligaciones laborales y previsionales en relación al personal afectado o que se afectará a la prestación de los servicios objeto de la contratación, estando comprendido el mismo en el Convenio Colectivo de Trabajo/Actividad (indicar Nº CCT y/o Actividad): ……………………………………………………..
✓ Que a todo efecto derivado del procedimiento licitatorio, y en su caso, de la contratación ulterior mi domicilio LEGAL (Gran Mendoza) queda fijado en:
o Indicar calle, Nº, Dpto., Oficina, piso, Localidad, Provincia, CP., aceptando la validez de toda notificación que se deba cursar a mi parte en la siguiente dirección de correo electrónico: ……@.............(indico correo actualizado)
…......................... …..................... …............. …......................................
FIRMA ACLARACION DE FIRMA Nro. De Documento
*Xxxxxx la declaración y presentarla firmada y escaneada junto con la oferta.
ANEXO II
DETALLE XX XXXXX DE VEHÍCULOS (Flota inicial aproximada)
• FLOTA GLOBAL REPARTICIONES. | 848 VEHICULOS |
• FLOTA GLOBAL MINISTERIO DE SEGURIDAD. | 1.602 VEHÍCULOS |
• FLOTA GLOBAL DIRECCION PROVINCIAL VIALIDAD. | 474 VEHICULOS |
TOTAL APROXIMADO | 2.924 XXXXXXXXX |
DETALLE DE TANQUES CISTERNAS
Casa Central
• Dirección: Xxxxxx X. Xxxxxxxx 842. Xxxxxxx, Argentina.
Cód. Postal: 5500
Zona Norte (5 cisternas)
• 0xx Xxxxxxxxx - Xxxxx / Xxxxx Xxxx Dirección: Xxxxxx Xxxxxx 0000 Tel: 0261 - 000 0000/1444
Cód. Postal: 5501
• 4ta Seccional - Las Xxxxx Dirección: 0 xx xxxxxxx 0000 Tel: 0261 - 000 0000
Cód. Postal: 5539
• 00xx Xxxxxxxxx - Xxxxxxx
Dirección: X.xx Xxxxxxxx x 0 xx Xxxxx Tel: 0261 - 000 0000
Cód. Postal: 5533
• 00xx Xxxxxxxxx - Xxxxxxxxx
Dirección: Avenida Las Xxxxx y Polígono S/n Tel: 02624 - 420021
Cód. Postal: 5554
• 20ma Seccional - Potrerillos Dirección: RP Nº 89 S/N Tel: 00000-000000
Cód. Postal: 5549
Zona Este (6 Cisternas)
• 5ta Seccional - San Xxxxxx
Dirección: Xxxxx Xxxxxx y 5ª Sección Tel: 02623 - 42 0303
Cód. Postal: 5570
• 0xx Xxxxxxxxx - Xxxxxxxxx Dirección: Colón s/n Ruta Pcial 67
Tel: 02623 - 44 2476
Cód. Postal: 5577
• 00xx Xxxxxxxxx - Xxxxx Dirección: Xxxxxxxx Xxxxxx 000 Tel: 02623 - 49 2046
Cód. Postal: 5573
• 12ava Seccional - Santa Xxxx Dirección: Xxxxxxxxx 000
Tel: 02623 - 49 7022
Cód. Postal: 5596
• 00xxx Xxxxxxxxx - Xx Xxx Dirección: Las Ranas s/n Tel: 02626 - 42 1222 Cód. Postal: 5590
• 18ava Seccional - Tres Porteñas Dirección: Xxxx Nueva s/n
Tel: 02623 - 49 6010
Cód. Postal: 5589
Zona Centro (3 Cisternas)
• 0xx Xxxxxxxxx - Xxxxxxx Dirección: 25 de noviembre s/n Tel: 02622 - 42 3139
Cód. Postal: 5530
• 13ava Seccional - San Xxxxxx Dirección: Xxxxxxxx Xxxxxxx 000 Tel: 02622 - 45 1182
Cód. Postal: 5569
• 00xxx Xxxxxxxxx - Xxxxxxxxx Dirección: Xx. Xxxxxxxx Xxxxx 0000 Tel: 02622 - 48 8116
Cód. Postal: 5561
Xxxx Xxx (0 Xxxxxxxxx, 0 xx Xxx Xxxxxx)
• 8ava Seccional - San Xxxxxx
Dirección: Cmte. Xxxxxx e Independencia Tel: 02627 - 42 4232
Cód. Postal: 5600
• 9na Seccional - General Xxxxxx Dirección: Diagonal Xxxxx y 5ª Xxxxxx Tel: 02625 - 42 2011
Cód. Postal: 5620
• 17ma Seccional - Malargüe
Dirección: X.Xxx.40 y Xxxxxx Malargue Tel: 02627 - 47 1264
Cód. Postal: 5613
• 19na Seccional - Villa Atuel Dirección: Xxxxxxx Xxxxx s/n Tel: 02625 - 47 0038
Cód. Postal: 5622
ANEXO III
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ARTÍCULO 1º: MEMORIA DESCRIPTIVA: PROGRAMA DE GESTIÓN DEL SERVICIO
Los oferentes deberán exponer el Programa de Gestión del/ los Servicios (renglones) que coticen, describiendo y detallando los siguientes aspectos y condiciones mínimas:
1º) Aspectos Técnicos del Programa de Gestión para el Servicio de Provisión de Combustible: El oferente que cotice este servicio deberá proponer e implementar las siguientes acciones, proveyendo en su caso de los elementos de infraestructura tecnológica y recursos físicos, humanos y económicos que se detallan a continuación (enunciación mínima):
i) La gestión de compra del combustible, tanto en estaciones de servicios como provisión a granel, se efectuará mediante la utilización de un sistema o tecnología de información web que permita procesar en tiempo real la administración de los recursos financieros que destinen los organismos del sector público provincial para la adquisición y utilización de los diversos tipos de combustibles. El oferente describirá las características tecnológicas generales de la herramienta propuesta y el mecanismo de administración y gestión aplicado en base a la tecnología disponible.
Bajo este acápite el oferente informará las pautas de administración sobre la titularidad, acceso
y disponibilidad de los datos vinculados a las transacciones, tanto durante como con posterioridad a la vigencia del contrato
ii) La administración de la información y de las cuentas respectivas deberá gestionarse por medio de mecanismos de seguridad (por ej. mediante definición de usuarios, contraseña), que permitan también identificar a los responsables de la flota y/o sus usuarios autorizados. El oferente deberá describir la metodología de administración de usuarios y en su caso los niveles de potestades de los mismos.
iii) El oferente deberá describir los diferentes parámetros de la administración de las cuentas de ejecución (por ej. asignación de fondos en forma diaria, semanal o por períodos mayores, tipo de combustibles, zonas de carga, indicación de kilometraje de la unidad, etc.) y el procedimiento que deberán observar tanto los usuarios, como los responsables xx xxxxx, vehículos y proveedores que participan en la gestión de adquisición.
iv) El oferente deberá detallar la red inicial de estaciones de servicio, propias o de terceros, con prestaciones 365 x 24, que propone como parte del Programa de Servicio. Dicha red podrá modificarse y/o ampliarse durante la vigencia del contrato conforme las necesidades del servicio. Se describirá la distribución geográfica de la red considerando las siguientes zonas de servicio:
▪ Zona Este
▪ Zona Norte
▪ Xxxx Xxxxx de Uco (Centro de la Provincia)
▪ Xxxx Xxx xx xx Xxxxxxxxx
x Xxxx Xxxx Xxxxxxx
Xxxxx xx xx Xxxx Xxxx Xxxxxxx, en las restantes deberá preverse una estación de servicio como mínimo en la villa cabecera de cada uno departamentos comprendidos en las diferentes zonas. El oferente deberá contemplar la potestad de la Dirección General de Contrataciones de la Provincia, de instruirle la incorporación de estaciones de servicios puntuales, en zonas alejadas, lo que deberá cumplir a su solo requerimiento, salvo oposición del titular del comercio fundada en razones particulares del mismo. El oferente describirá los alcances del Programa de Servicios
fuera de los límites geográficos de la Provincia xx Xxxxxxx.
v) La administración del sistema y tecnología propuesta deberá permitir la gestión de emisión de comprobantes respaldatorios de las operaciones de carga, sin perjuicio de la registración de las operaciones en las respectivas bases de datos. El oferente describirá el contenido informativo de los comprobantes generados por las distintas operaciones de consumo, los cuales como mínimo deberán reportar: a) Datos identificatorios del punto de carga de combustible, b) Fecha y hora de la carga, c) Datos identificatorios del vehículo y/o del sujeto interviniente y/o de cualquier otro elemento que permita identificar la unidad o responsable de la carga, d) en caso de corresponder Kilometraje en el momento de la carga, e) Importe debitado, f) Tipo de combustible y cantidad de litros en la carga.
En materia de comprobantes el oferente describirá la trazabilidad completa del proceso gestionado, comprendiendo todo el haz de relaciones (Organismo Contratante- Adjudicatario-Tercer Proveedor)
vi) El Programa de Servicios debe incluir el diseño y organización de procedimientos de control y alertas por consumos de combustibles inconsistentes. El oferente describirá la metodología que empleará a los efectos de cumplir con las obligaciones previstas por el artículo 16º xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, debiendo proponer a este efecto un servicio de reportes clasificados de alertas, desvíos o errores en relación a los parámetros de uso previamente definidos y autorizados para los vehículos de la flota. Este servicio comprende la asistencia y logística profesional y personalmente directa entre los agentes del oferente y los del Sector Público Provincial, para concretar una gestión eficaz de la flota.
vii) El Programa de Servicios debe contemplar la integrabilidad de la información o datos gestionados por la tecnología propuesta con la de sistemas de localización georeferenciada, ya sea que este último sistema sea del oferente o bien de terceros proveedores. El oferente debe considerar especialmente estos requerimientos teniendo presente la importancia que reviste la información de localización georeferenciada para determinados organismos del Sector Público Provincial. A este efecto, el oferente describirá los mecanismos y procedimientos que llevará a cabo para satisfacer este requerimiento
viii) Otras funcionalidades: sin perjuicio de los requerimientos mínimos anteriormente establecidos serán valoradas otras funcionalidades y prestaciones que propongan los oferentes como parte del Programa de Gestión de Servicios Propuestos. La propuesta deberá precisar los demás aspectos que conforme la experiencia y profesionalidad del oferente sean considerados relevantes para el objeto de la contratación
2º) Servicio de CONTROL GEOREFERENCIADO DE LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS.
El servicio constará en la localización satelital y monitoreo de vehículos que integran la flota del Sector Público Provincial; aplicable a cualquier tipo de vehículo tomando en cuenta las características particulares de cada uno.
i) La solución contendrá los siguientes aspectos:
• Plataforma web: Software de monitoreo y control que cuente con configuración de seguridad por perfiles.
• Plataforma móvil: Software para gestión de flotas para iOS y Android. Que permita hacer el seguimiento de los vehículos, informar eventos e incrementar la infraestructura de seguimiento.
• Comunicación: Deberá estar concebido para manejar gran volumen de datos. Una central de monitoreo, funcionando las veinticuatro horas todo el año, encargada de supervisar y alertar sobre cualquier eventualidad que sufra un móvil. El oferente consignará los nombres y cargos del equipo técnico destinado a la asistencia a los usuarios para todo tipo de consultas y necesidades técnicas que surjan durante el desarrollo del contrato.
• Dispositivos: Deberán ser detallados por el proveedor, los que serán de bajo costo alimentados con baterías propias de una duración aproximada de dos años con el fin de que el mantenimiento de estos dispositivos sea el menor posible y por otro lado que sean difíciles de localizar.
• Servicio técnico para instalación, puesta en marcha y mantenimiento: El mantenimiento integral de los equipos (incluyendo repuestos y mano de obra), software que fuera indispensable (incluyendo actualización de nuevas versiones que se lancen al mercado) y vínculos de comunicaciones, queda x xxxxx y cargo del oferente, sin límite de cantidad de servicios de mantenimiento, a menos que se demuestre mal uso o roturas intencionales.
El costo de este mantenimiento integral está incluido en el abono mensual del servicio sin límite de cantidad de reparaciones ni franquicias
ii) Descripción de funcionalidades
• El sistema contará como mínimo con las funcionalidades que se detallan en el presente Artículo referidas a cada uno de los móviles. El proveedor detallará las mismas en su oferta.
1. Reporte de Recorridos
2. Reporte de Velocidades
3. Reporte de Detenciones / unidades en movimiento.
4. Rangos de tiempos de reporte
5. Reporte de Kilometraje xx Xxxxx
6. Reporte de eventos
7. Distribución regional
8. Horas de conducción
9. Otros reportes: Disponer de reportes históricos para control y análisis del desempeño de cada unidad y reportes consolidados.
iii) Integración-interrelación
Debe permitir su interrelación o enlace, como mínimo, con los siguientes sistemas:
a. Sistema carga de combustible
b. Sistema de Mantenimiento: La información proporcionada deberá ser de utilidad para poder indicar el estado de las unidades (en servicio/trabajo pendiente/en
taller).
c. Sistema de Mantenimiento Preventivo: repórte diario de mantenimiento, el cual indicará los siguientes estados: OK/próximo a vencer/vencido.
d. Sistema de Administración de Legajos:La plataforma contará con toda la información necesaria para gestionar el vehículo.
iv) Equipo técnico:
El oferente integrará un equipo de trabajo conformado por un Director Técnico y al menos dos auxiliares, cuyas funciones específicas en este aspecto del servicio (control), entre otras, serán: a) la clasificación y calificación de la información procesada por el sistema de datos; b) la fiscalización de la operatividad del servicio conforme los parámetros previstos, mediante visitas periódicas en los puntos de ventas de combustible; c) el servicio técnico de mantenimiento y correctivo de todos los elementos y tecnología afectada a la prestación del servicio; d) la interrelación y comunicación con las autoridades responsables de la flota y demás responsables de la Administración licitante. Se consignarán los datos personales y de contacto del Director Técnico propuesto y de cada auxiliar designado.
La propuesta deberá precisar los demás aspectos que conforme la experiencia y profesionalidad del oferente sean considerados relevantes al objeto de la contratación.
v) Otras funcionalidades: sin perjuicio de los requerimientos mínimos anteriormente establecidos serán valoradas otras funcionalidades y prestaciones que propongan los oferentes como parte del Programa de Gestión de Servicios Propuestos. La propuesta deberá precisar los demás aspectos que conforme la experiencia y profesionalidad del oferente sean considerados relevantes para el objeto de la contratación.
Gobierno de la Provincia xx Xxxxxxx
República Argentina
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2019-04264161-GDEMZA-DGCPYGB#MHYF
Mendoza,
Martes 13 xx Xxxxxx de 2019
Referencia: Pliego Cond.Particulares - Adm y Provisión Combustible / GPS
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 19 pagina/s.
Digitally signed by XXXX Xxxxxxx Xxxxx Date: 2019.08.13 14:47:18 ART
Location: MENDOZA
Xx Xxxxxxx Xxxx
Director de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes Dirección General Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes Ministerio de Hacienda y Finanzas
Digitally signed by GDE - GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA
DN: cn=GDE - GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA, c=AR,
o=Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia, ou=Dirección General de Informática y Comunicaciones, serialNumber=CUIT 30999130638
Date: 2019.08.13 14:09:49 -03'00'