GOBERNANTZA PUBLIKO ETA AUTOGOBERNU SAILA
GOBERNANTZA PUBLIKO ETA AUTOGOBERNU SAILA
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN PROCESAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL E INSTITUCIONAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS XXXXX CUYA DEFENSA OSTENTE EL SERVICIO JURÍDICO CENTRAL DEL GOBIERNO XXXXX PARA ACTUAR ANTE JUZGADOS Y TRIBUNALES CON SEDE EN MADRID.
DENOMINACIÓN DEL CONTRATO: SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN PROCESAL ANTE JUZGADOS Y TRIBUNALES CON SEDE EN MADRID.
1.- OBJETO DEL CONTRATO. DIVISIÓN EN LOTES.
Es objeto del presente pliego la contratación de procurador o procuradora de los Tribunales que ejerza la representación procesal de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx cuya defensa ostenta el Servicio Jurídico Central del Gobierno Xxxxx en aquellas instancias y procedimientos judiciales ante juzgados y tribunales con sede en Madrid
El contrato no admite la división en lotes por cuanto la demarcación territorial que representa la ubicación de la sede –Madrid- de los juzgados y tribunales ante los que se actúa constituye una unidad funcional no fraccionable a los efectos de ejecución del contrato.
2.- SERVICIOS A REALIZAR.
Las prestaciones que constituyen el servicio de representación procesal son las siguientes:
• Asunción de la representación procesal de los letrados y letradas del SJC ante las instancias y órganos con sede en Madrid que se le encomienden expresamente.
• El personamiento en cada procedimiento judicial en un plazo máximo de 24 horas desde que se le encomiende la tarea por el letrado o letrada del SJC.
• La presentación en el juzgado o tribunal que corresponda en un máximo de 24 horas de cuantos escritos judiciales o recursos, junto con sus copias y documentos, le hagan llegar vía e-mail los letrados o letradas del SJC.
Donostia - San Xxxxxxxxx, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ tef. 000 00 00 00/30/31 – Fax 000 00 00 00
• Remisión el mismo día de su notificación vía e-mail al letrado o letrada y al SJC de cuantos traslados y notificaciones judiciales se le notifiquen por los Juzgados y tribunales con sede en Madrid.
• Comunicación el mismo día de su notificación al letrado o letrada y al SJC de cuantas incidencias surjan en los procedimientos judiciales encomendados.
• Control por escrito de los plazos procesales y señalamientos con los correspondientes recordatorios por distintas vías de comunicación, preferentemente vía e-mail.
• Responder a las consultas realizadas por la letrada o letrado del SJC vinculadas al ejercicio de su disciplina profesional.
• Acudir a requerimiento del SJC a cuantos actos y diligencias deban asistir con arreglo a las leyes y los que se encarguen para la mejor atención de los asuntos encomendados.
• Crear y tener a disposición de los letrados y letradas del SJC una base de datos informática que comprenda los asuntos encomendados con las siguientes especificaciones:
-Número de procedimiento judicial/recurso/actuación
-Juzgado o Tribunal ante el que se actúa.
-letrado o letrada encargado de la defensa
-Objeto del pleito
-Cuantía del pleito
-Actuaciones realizadas por todas las partes personadas que le hayan sido comunicadas
-Estado del asunto
-Cuantía total de los derechos girados del procurador o procuradora.
• Presentación en la primera quincena del mes de enero del año inmediatamente posterior a cada año de vigencia del contrato de una MEMORIA-INFORME relativa al ejercicio del año anterior, en la que, como mínimo, se deberá informar de los siguientes aspectos:
-Número total de asuntos asignados al Procurador o procuradora en el citado ejercicio y cuantía global de los mismos.
-Estadística general de los asuntos o actuaciones judiciales desarrollados en cada ejercicio, ordenados por letrados y letradas asignados para la defensa por el SJC autonómico, indicando:
Número total de asuntos asignados a cada letrado. Número del recurso y Tribunal ante el que se sustancie. Objeto del pleito.
Partes litigantes. Cuantía del pleito.
Estado del asunto (en tramitación/finalizado). Para el caso de que se halle finalizado por sentencia o auto firme, fecha y nº de la sentencia o auto, sentido de los mismos (favorable, desfavorable a los intereses autonómicos, estimación en parte, archivado, desistido, etc.), y existencia o no de condena en costas y cuantía, en su caso, de las mismas. Cuantía de los derechos del Procurador girados por cada asunto.
Finalizado el contrato, se presentará otra MEMORIA resumen en el que se detallarán todos los procedimientos encomendados de conformidad con el detalle que se exige a la memoria- informe anual.
• Cumplir cuantas obligaciones y responsabilidades deriven del RD 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España.
3.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
A.- Serán obligaciones del contratista, además de las restantes que resulten de los Pliegos y de la legislación vigente, las siguientes:
1ª) Ejecutar las prestaciones objeto del contrato en los términos señalados en los Pliegos y dentro del plazo fijado, con sujeción a los plazos parciales que, en su caso, resulten del contrato, debiendo disponer de los medios personales y materiales necesarios para la ejecución, incluida la subsanación de aquellos trabajos recusados por defectuosos o incorrectos.
En concreto, serán medios indispensables para la ejecución del contrato los señalados en la cláusula 7 de este Pliego de Prescripciones Técnicas.
2ª) Indemnizar al Gobierno Xxxxx por todos los daños y perjuicios que se le ocasionen con motivo del incumplimiento por el contratista de sus obligaciones.
3ª) Serán obligaciones del adjudicatario, además de las de carácter general previstas en las leyes y en su Estatuto profesional, las derivadas de los Pliegos y de la proposición técnica y económica presentadas por el mismo para cada una de las encomiendas que le realice el SJC.
4ª) La adjudicación del contrato lleva aparejada la incompatibilidad del ejercicio de Procurador de los Tribunales en asuntos relacionados contra el Gobierno Xxxxx o contra sus Organismos Autónomos, o contra cualquier otra entidad del sector público cuya representación y defensa esté atribuida al SJC.
5ª).- Con objeto de garantizar en todo momento la prestación del servicio, deberá efectuar la designación de un Procurador para sustituciones por causa excepcional y en casos singulares, quien deberá aceptar expresamente las obligaciones impuestas por este pliego y su correspondiente de prescripciones técnicas.
6ª).- Garantizar en todo momento la adecuación, correcto funcionamiento, capacidad de archivo y seguridad de los medios técnicos requeridos para la prestación del contrato así como la compatibilidad de su sistema informático con el que establezca el SJC, de tal manera que sea posible una comunicación electrónica segura entre ambos.
B El contratista tendrá derecho al abono del precio de las prestaciones efectivamente realizadas y recibidas por el Gobierno xxxxx, con arreglo a lo señalado en el contrato.
Asimismo, serán derechos del contratista aquellos otros derivados de los Pliegos y de la legislación vigente de aplicación.
4. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA.
EL plazo de vigencia inicial del contrato será desde la fecha de formalización del contrato hasta un total de 18 meses.
Se podrá prorrogar la vigencia del contrato por un periodo máximo de 18 meses.
En cualquiera de los casos, finalizada la vigencia del contrato, y una vez agotadas las prórrogas, el adjudicatario vendrá obligado a continuar en la prestación en las mismas condiciones establecidas en el contrato durante el plazo que exija la terminación definitiva de aquellos procedimientos judiciales que se hallen en tramitación y hasta la terminación de
la instancia en la que se encuentren, salvo que iniciada la vigencia del nuevo contrato el SJC decida sustituirle en el poder por el nuevo adjudicatario.
5.- VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de 193.180,16 Euros (IVA EXCLUIDO). En este cálculo se han incluido las posibles prórrogas de que pueda ser objeto el contrato.
El presupuesto máximo de gasto del contrato para el año 2018 y 2019 asciende a la cantidad de 98.000 Euros, IVA INCLUIDO.
El precio del contrato será aquél que figure en la oferta seleccionada y se entenderá que comprende todos los factores de valoración, así como los tributos, de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que sean de aplicación según las disposiciones vigentes.
Se consideran gastos por cuenta del contratista, entre otros, los siguientes:
- Los correspondientes a envío y recogida de documentación y, en general, a cuantos trabajos sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato.
- Los gastos a que pueda dar lugar la correcta realización del contrato (financieros, seguros, transportes, desplazamientos, retribuciones salariales, servicios informáticos, material de oficina, teléfono, mensajería...).
El presupuesto máximo de gasto reseñado es una cifra estimativa, sin que suponga un compromiso de gasto por parte del Gobierno Xxxxx, de tal forma que, únicamente generarán obligación de pago los trabajos encargados y efectivamente realizados por el adjudicatario.
El contratista percibirá en concepto de honorarios profesionales los que resulten del arancel de derechos de los Procuradores de los Tribunales aprobado por Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, o norma que lo sustituya, los cuales podrán ser objeto de una disminución de hasta 12 puntos porcentuales, de conformidad con la oferta económica presentada por el adjudicatario.
No se admitirán en las minutas de honorarios profesionales la inclusión de otros conceptos que los expresamente contemplados en el arancel vigente. En el caso de incluir gastos o suplidos realizados, estará obligado a entregar copia de aquellos junto con la presentación de la minuta para su aprobación.
6.-MEDIOS TÉCNICOS Y MATERIALES.
Se exigirán como mínimo los siguientes medios técnicos y materiales:
a) Medios personales:
Un procurador colegiado.
Un administrativo a tiempo completo para labores permanentes en despacho, incluyendo la atención telefónica, labores de mensajería y reparto.
b) Medios técnicos y materiales:
-. equipo informático adecuado
- Instalación de la plataforma telemática de notificaciones denominada LexNET en el equipo informático.
-. correo electrónico
-. copiadora
-. fax
-. scanner con capacidad de almacenamiento en formato PDF así como con capacidad de búsqueda por palabras.
- Una línea telefónica fija, una línea para fax y al menos dos líneas telefónicas móviles, una para el procurador y otra para el administrativo encargado de la mensajería y reparto de documentación.
- oficina o despacho abierto
7.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se iniciará en el momento que lo indique el responsable del SJC del Gobierno xxxxx en su calidad de unidad gestora del contrato y se desarrollará bajo la supervisión, inspección y control de dicha unidad perteneciente a la Viceconsejería de Régimen Jurídico del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, el cual podrá dictar cuantas instrucciones resulten precisas para el fiel cumplimiento de lo convenido.
Deberá disponer desde el momento de inicio de la ejecución del contrato hasta la finalización del mismo de oficina o despacho abierto en el que se desarrollen las prestaciones objeto de este contrato.
Cuando el contratista o personas de él dependientes incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el SJC podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
El incumplimiento de las órdenes que sean dictadas implicará la imposición de las penalidades establecidas en la cláusula correspondiente xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las presentes cláusulas y al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que sirve de base al contrato, conforme a las instrucciones que le sean dadas por el personal encargado, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato que la legislación vigente confiere a la Administración contratante.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Gobierno Xxxxx o para terceros de las acciones, omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
8.- SECRETO PROFESIONAL
El adjudicatario y las personas que realicen directamente las tareas relativas a la prestación del servicio, tratarán de modo confidencial cualquier información que les sea facilitada por el SJC del Gobierno Xxxxx, así como cualquier información obtenida en la ejecución del contrato.
La información será utilizada únicamente dentro del marco de los servicios que se describen en este pliego y en el de Prescripciones Administrativas. La información de los asuntos que se le encomienden sólo podrá ser tratada con el SJC del Gobierno Xxxxx y con los Letrados y letradas encargados de los asuntos.
Para garantizar la observancia de esta cláusula, la adjudicataria deberá divulgar entre sus Empleados y empleadas la obligación del deber xx xxxxxxx.
Asimismo, la adjudicataria se compromete a tomar las medidas necesarias para la buena conservación de la información y del material de cualquier tipo suministrado o perteneciente al Gobierno Xxxxx.
La obligación xx xxxxxxx y confidencialidad obliga a las partes incluso una vez cumplido, terminado y resuelto el contrato.
El adjudicatario que incurra en contravención de esta obligación xx xxxxxxx y confidencialidad, será responsable de todos los daños y perjuicios que su actuación pueda ocasionar al Gobierno Xxxxx.
9.- RÉGIMEN DE PAGOS.
El abono de las cantidades que resulten de la adjudicación del contrato se realizará conforme a lo establecido en el apartado 4.2 de la Carátula xxx Xxxxxx de Cláusulas
Administrativas, el contrato, la oferta del adjudicatario y la normativa arancelaria de los procuradores y procuradoras de los tribunales.
Condiciones operativas:
La empresa contratista ejercerá de modo real, efectivo y continuado el poder de dirección inherente a la misma en relación con su plantilla, asumiendo en exclusiva respecto del personal asignado a la ejecución del contrato todo lo relacionado con la negociación y pago de retribuciones salariales, afiliaciones y cotizaciones a la Seguridad Social y pago de prestaciones, permisos, licencias, vacaciones, sustituciones, prevención de riesgos laborales, régimen disciplinario, relaciones sindicales, y todos los demás derechos y obligaciones que se deriven de los contratos de trabajo propios.
Así mismo, proporcionará a todas las apersonas que compongan el equipo los medios materiales necesarios para la prestación del servicio, entre los que obligatoriamente deberá incluirse un ordenador y un teléfono móvil.
Coordinador:
El contratista designará, al menos, a una persona de su plantilla como responsable e interlocutor con el SJC del Gobierno Xxxxx, a quien corresponderá impartir las órdenes e instrucciones laborales al resto de personas adscritas a la ejecución del contrato.