DEBER DE INFORMACIÓN PARA EL CONSUMIDOR DE SEGUROS
SEGURO DE DISPOSITIVOS
Deber de información para el consumidor de seguros 2
Dersa 3
Seguro Autoexpedible mis gadgets seguros, Condiciones Generales 5
DEBER DE INFORMACIÓN PARA EL CONSUMIDOR DE SEGUROS
“Seguro Dispositivos Apple”
-Xxxxx Rica-
DEBER DE INFORMACIÓN PARA EL CONSUMIDOR DE SEGUROS
(Entidad Asegurada-Contrato de Seguros-Operador de Seguros Autoexpedibles)
INFORMACION SOBRE LA ENTIDAD ASEGURADORA, Nombre: ASSA
Compañía de Seguros, S.A.; Código: A05; Web: xxx.xxxxxxx.xx; Teléfono 0000- 0000.
INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO DE SEGUROS
La información es suministrada a través del contenido de las Condiciones Generales del seguro que se entregan en físico o en electrónico, o mediante dirección de página web y que puede ser visto antes de la celebración del contrato. No obstante, el Contrato de Seguro Autoexpedible goza de plazo para el DERECHO DE RETRACTO donde el Asegurado tiene la facultad revocar unilateralmente el seguro, sin responsabilidad, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de adquisición de la póliza de seguro. INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR DE SEGUROS AUTOEXPEDIBLES
Nombre: iShop Xxxxx Rica S.A Registro SUGESE OA-A05-0162
Código de Producto: Seguro Autoexpedible Mis Gadgets Seguros G07-49-A05-975
Información del registro:
xxxxx://xxx.xxxxxx.xx.xx/xxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxxxxxxx/x%X0%X0xxxxx-xxxxxxxx Correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx //Tel: 2271-2845
a. La expedición de este contrato y el pago de la prima implica, de manera inmediata, la aceptación del riesgo en las condiciones descritas en este documento por parte de ASSA Compañía de Seguros, S.A.
b. Usted puede aplicar por el Derecho a Retracto sobre la contratación realizada sin ningún costo comunicándolo por escrito, a más tardar 15 días hábiles después de adquirir la póliza de seguro, en el establecimiento que adquirió el producto o mediante comunicación a los contactos antes establecidos. No obstante lo anterior, el derecho de retracto no es aplicable sobre seguros autoexpedibles de asistencia en viaje una vez éste se inicie, ni a los seguros autoexpedibles cuyo plazo de vigencia sea igual o inferior a 5 días hábiles.
c. Los datos de carácter personal suministrados quedan tutelados bajo el derecho a la intimidad y confidencialidad; quedarán liberados por convenio escrito, donde se debe expresar los fines y el alcance de la diseminación de los datos.
Con base en el Reglamento sobre Comercialización de Seguros, artículos 25, 26 y 27, he recibido la Información mínima requerida sobre el contrato de seguros, el intermediario y la entidad aseguradora.
DERSA
Este es un Documento Estandarizado Resumen de Seguro Autoexpedible (Dersa), por lo tanto, No contiene todas las condiciones del contrato, las cuales se podrán encontrar en el enlace Condiciones Generales – ASSA Compañía de Seguros (xxxxxxx.xx).
Aseguradora y Medios de Contacto:
Aseguradora: ASSA Compañía de Seguros, S.A.
Dirección de Oficinas Centrales: Xxxxx xx Xxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx 0, Xxxxxxxx X, Xxx Xxxx, Xxxxx Xxxx.
Teléfonos: (x000) 0000-0000
Correo Electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Información del Producto y Condiciones Generales: Condiciones Generales – ASSA Compañía de Seguros (xxxxxxx.xx)
Contacto de Instancia de Atención al Consumidor de Seguros: xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx
Beneficios del Seguro:
El Seguro Autoexpedible Mis Gadgets Seguros brinda los siguientes beneficios de acuerdo con el dispositivo tecnológico Apple vinculado al seguro y el plan adquirido que conste en la Propuesta de Seguro.
Dispositivo tecnológico: iPhone.
1. Cobertura básica de daño accidental.
2. Cobertura opcional de robo.
Dispositivo tecnológico: iMac, MacBook o iPad.
1. Cobertura básica de daño accidental.
2. Cobertura opcional de robo. Dispositivo tecnológico: Apple Watch.
1. Cobertura básica de robo.
Exclusiones:
A continuación, se detallan algunas exclusiones, se aclara que estas no son todas siendo que las restantes se encuentran contempladas en las Condiciones Generales.
1. Falta de entrega o suministro del bien o mercancía.
2. Daños o pérdidas consecuenciales como moral, lucro cesante y pérdida de beneficios.
3. Que el siniestro suceda por causa o como consecuencia del consumo de alcohol, estupefacientes, sustancias alucinógenas, drogas tóxicas o heroicas ingeridas voluntariamente por la persona asegurada, que no hayan sido por prescripción médica.
4. Cuando el robo sea realizado por un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o afinidad o amigo del Asegurado.
5. Daños por exposición a condiciones lumínicas, radioactivas, climáticas o ambientales inapropiadas.
Obligaciones del Asegurado:
a. Brindar la información requerida al momento de contratar el seguro, sobre la ocurrencia de siniestros, de forma veraz y oportuna.
b. Realizar el pago de la prima en tiempo y forma.
c. Brindar la información relacionada la Ley 8204 sobre prevención de legitimación de capitales.
d. Realizar el pago del deducible correspondiente.
Procedimiento de Reclamos:
En caso de siniestro notificar al (x000) 0000-0000 o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx. Luego de presentados todos los requisitos, la Compañía brindará respuesta al Asegurado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.
Medios de Pago de la Prima:
Mediante el medio de pago autorizado según se indique en la Propuesta de Xxxxxx.
Vigencia del Seguro:
La vigencia es de un (1) año calendario contado a partir de la fecha de contratación indicada en la Propuesta de Seguro.
En caso de duda o molestia relacionada con este seguro, diríjase a xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx o directamente a la aseguradora, si esta no les responde satisfactoriamente, la Superintendencia General de Seguros con gusto lo orientará en el teléfono (+506) 0000- 0000 o al correo electrónico xxxxxx@xxxxxx.xx.xx.
En caso de contradicción entre los dispuesto en el Dersa y los demás documentos de la póliza, privará lo más beneficioso para el consumidor de seguros. Recuerde que los demás documentos de la póliza pueden incluir aspectos adicionales que son aplicables a su contrato.
ÍNDICE
1. COMPROMISO DE LA ASEGURADORA 5
2. DEFINICIONES 6
3. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL Y ORDEN DE PRELACIÓN 6
4. ÁMBITO DE COBERTURA 7
1. COBERTURAS BÁSICAS 7
2. COBERTURAS OPCIONALES 7
3. CONDICIONANTES DE LAS COBERTURAS 8
5. EXCLUSIONES 9
6. SUMA ASEGURADA 9
7. PERÍODO DE COBERTURA A BASE DE OCURRENCIA 9
8. TERRITORIALIDAD 9
9. OBLIGACIONES DEL ASEGURADO 10
10. PRIMA 10
11. PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO 10
12. VIGENCIA DEL SEGURO 11
13. TERMINACIÓN DEL SEGURO 11
14. DERECHO DE RETRACTO 11
15. CONDICIONES VARIAS 12
16. INSTANCIAS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 13
17. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES 13
1. COMPROMISO DE LA ASEGURADORA
ASSA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S. A., cédula jurídica número 0-000-000000, (la “Compañía”), emite este Seguro Autoexpedible de acuerdo con las Condiciones Generales que a continuación se establecen y las declaraciones hechas por el Asegurado nombrado en la Propuesta de Seguro. En ese sentido, la Compañía por este medio se compromete a observar, respetar y hacer cumplir los términos y condiciones de la presente Póliza. Sin embargo, el derecho a gozar de las prestaciones detalladas en la misma se supedita al correcto cumplimiento de parte del Asegurado con todos los dichos términos, condiciones y demás estipulaciones.
assa COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A.
Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Gerente General Representante Autorizado
2. DEFINICIONES
Los términos que adelante se indican, tendrán las siguientes definiciones:
1. ASEGURADO: Persona física que se encuentra cubierta y debidamente registrada en la Propuesta de Xxxxxx, es quien contrata el seguro y es el propietario del dispositivo tecnológico vinculado al seguro.
2. DERSA: Documento estandarizado y resumido de seguros autoexpedibles el cual sintetiza las Condiciones Generales.
3. DAÑO MATERIAL: Daño proveniente de un hecho súbito, imprevisto e involuntario que afecta la funcionalidad del dispositivo tecnológico vinculado al seguro.
4. DISPOSITIVO TECNOLÓGICO: Dispositivo electrónico y novedoso que emplea un sistema operativo y por medio del mismo transmite información, cumple con funciones específicas que de manera practica simplifican las actividades personales y profesionales de las personas. Para efectos de la presente póliza se considerarán como tal los teléfonos móviles, las computadoras de escritorio o portátiles, tabletas y relojes inteligentes.
5. ESTADO DE INDEFENSIÓN: Situación en la que se le impide o limita al Asegurado indebidamente a ejercer su defensa, anulando o restringiendo total o parcialmente su libertad de decisión y actuar.
6. PROPUESTA DE SEGURO: Documento que contiene la oferta que realiza la Compañía y las condiciones particulares que declara el Asegurado.
7. SINIESTRO: Ocurrencia del hecho futuro, incierto y ajeno a la voluntad del Asegurado que, amparado por la presente póliza, obliga a la Compañía al pago de la suma asegurada o a la prestación prevista en el contrato.
8. ROBO: Apoderamiento ilegítimo de un bien ajeno, mediante el uso de violencia o intimidación sobre las personas o fuerza en las cosas.
3. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL Y ORDEN DE PRELACIÓN
La póliza se conforma con la siguiente documentación: Condiciones Generales, Propuesta de Seguro y el Dersa. La interpretación de la póliza debe seguir el siguiente orden de prelación: La Propuesta de Seguro tiene prelación sobre las Condiciones Generales y en caso de contradicciones entre estos documentos y el Dersa se aplicará la disposición que favorezca al consumidor del seguro.
4. ÁMBITO DE COBERTURA
1. COBERTURAS BÁSICAS
Dependiendo del dispositivo tecnológico iMac, MacBook, iPad o Apple Watch vinculado al seguro, el Asegurado podrá contratar una de las siguientes coberturas básicas:
1.1. COBERTURA BÁSICA DE DAÑO ACCIDENTAL PARA IPHONE
Si durante la vigencia de la póliza, el iPhone vinculado al seguro sufre un daño material accidental, la Compañía procederá a realizar la reparación del mismo o lo repondrá con un dispositivo de iguales o similares características al dañado, según corresponda.
1.2. COBERTURA BÁSICA DE DAÑO ACCIDENTAL PARA MACBOOK, IMAC O IPAD
Si durante la vigencia de la póliza, iMac, MacBook o iPad vinculada al seguro sufre un daño material accidental, la Compañía procederá a realizar la reparación de la misma o la repondrá con un dispositivo de iguales o similares características al dañado, según corresponda.
1.3. COBERTURA BÁSICA DE ROBO PARA APPLE WATCH
En caso de que el Asegurado, durante la vigencia de la póliza, sufra del robo de su Apple Watch vinculado al seguro, la Compañía repondrá la pérdida con un dispositivo de iguales o similares características al robado.
2. COBERTURAS OPCIONALES
Bajo cobro de prima extra y dependiendo del dispositivo tecnológico vinculado al seguro, el Asegurado podrá contratar una de las siguientes coberturas opcionales:
2.1. COBERTURA OPCIONAL DE ROBO PARA IPHONE
En caso de que el Asegurado sufra el robo de su iPhone vinculado al seguro, la Compañía repondrá la pérdida con un dispositivo de iguales o similares características al robado.
2.2. COBERTURA OPCIONAL DE ROBO PARA PARA MACBOOK, IMAC O IPAD
En caso de que el Asegurado sufra del robo de su iMac, MacBook o iPad vinculada al seguro, la Compañía repondrá la pérdida con un dispositivo de iguales o similares características al robado.
2.3. COBERTURA OPCIONAL DE DAÑO ACCIDENTAL PARA APPLE WATCH
Si durante la vigencia de la póliza, el Apple Watch vinculado al seguro sufre un daño material accidental, la Compañía procederá a realizar la reparación del mismo o lo repondrá con un dispositivo de iguales o similares características al dañado, según corresponda.
3. CONDICIONANTES DE LAS COBERTURAS
3.1. GENERALES
a. La Compañía cubrirá hasta un máximo de dos (2) siniestros durante la vigencia de la póliza, sin importar que cobertura afecte cada uno.
b. Cada siniestro bajo esta cobertura se encuentra sujeto a un deducible del treinta por ciento (30%) aplicable sobre el valor del siniestro.
3.2. ESPECÍFICAS DE LAS COBERTURAS DE DAÑO MATERIAL ACCIDENTAL
a. En caso de que el valor del daño material accidental sufrido por el dispositivo tecnológico supere el setenta por ciento (70%) de su valor comercial, la Compañía repondrá la pérdida con un dispositivo de iguales o similares características al dañado. En caso de que los daños no superen el setenta por ciento (70%), la Compañía se hará cargo del costo de la reparación.
b. En caso de que se realice la reposición con un dispositivo de iguales o similares características al dispositivo dañado, la Compañía tendrá derecho de tomar propiedad del dispositivo.
c. Cada siniestro bajo esta cobertura se encuentra sujeto a un deducible del treinta por ciento (30%) aplicable sobre el valor del siniestro.
3.3. ESPECÍFICIAS DE LAS COBERTURAS DE ROBO
a. La Compañía cubrirá el robo siempre y cuando el Asegurado pueda demostrar que en el acto del robo fue sometido a un estado de indefensión bajo amenazas, por suministro de drogas o alucinógenos, o violencia.
b. El Asegurado debe presentar la denuncia de los hechos a las autoridades correspondientes dentro de las seis (6) horas siguientes al momento del siniestro.
c. Cada siniestro bajo esta cobertura se encuentra sujeto a un deducible del treinta por ciento (30%) aplicable sobre el valor del siniestro.
5. EXCLUSIONES
La Compañía no será responsable cuando la consecuencia sea o se deba a:
1. Acción u omisión premeditada, intencional, por culpa grave o por descuido por parte del Asegurado.
2. Daños preexistentes a la contratación del seguro.
3. Falta de entrega o suministro del bien o mercancía.
4. Daños o pérdidas consecuenciales como moral, lucro cesante y pérdida de beneficios.
5. Daño o robo de accesorios del dispositivo tecnológico.
6. Que el siniestro suceda por causa o como consecuencia del consumo de alcohol, estupefacientes, sustancias alucinógenas, drogas tóxicas o heroicas ingeridas voluntariamente por la persona asegurada, que no hayan sido por prescripción médica.
7. Hurto o desaparición.
8. Cuando el robo sea realizado por un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o afinidad o amigo del Asegurado.
9. Uso normal, desgaste o daños provenientes de vicios propios del bien que deriven de una defectuosa fabricación o que generen la responsabilidad de garantía del fabricante y/o vendedor.
10. Daños por exposición a condiciones lumínicas, radioactivas, climáticas o ambientales inapropiadas.
11. Daños causados por no seguir instrucciones del fabricante o por errores cometidos en la programación e instalación del bien, ya sea por manipulación del Asegurado o un tercero.
6. SUMA ASEGURADA
La suma asegurada para las coberturas del presente seguro se establece en la Propuesta de Seguro de acuerdo con el plan adquirido.
7. PERÍODO DE COBERTURA A BASE DE OCURRENCIA
El presente seguro cubrirá únicamente reclamos por siniestros ocurridos durante la vigencia de la póliza, aun si el reclamo se presenta después de vencida dicha vigencia.
8. TERRITORIALIDAD
El seguro garantiza protección en todo momento y lugar.
9. OBLIGACIONES DEL ASEGURADO
a. Brindar la información requerida al momento de contratar el seguro, o bien, sobre la ocurrencia de siniestros de forma veraz y oportuna.
b. Realizar el pago de la prima en tiempo y forma.
c. Brindar la información relacionada la Ley 8204 sobre prevención de legitimación de capitales. En caso contrario, la Compañía podrá dejar de pagar cualquier indemnización que corresponda hasta que se aporte la correspondiente información.
d. Realizar el pago del deducible correspondiente.
10. PRIMA
El Asegurado se obliga a pagar la cantidad que señale la Compañía por concepto de prima, de acuerdo con lo establecido en la Propuesta de Seguro y el plan adquirido.
El pago total de la prima será de pago anticipado y deberá realizarse al momento de contratar el seguro.
11. PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO
En caso de siniestro, el Asegurado deberá comunicarse telefónicamente al número de teléfono (x000) 0000-XXXX (2503-2772) o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx. El aviso de siniestro no deberá exceder el plazo máximo de siete (7) días hábiles siguientes a la fecha de ocurrencia del siniestro.
Requisitos por presentar:
- Formulario de reclamación suministrado por la Compañía.
- Copia del documento de identidad del Asegurado. En el caso de extranjeros deberá presentar fotocopia de documento válido de identidad o pasaporte de todas sus páginas.
- Original y copia de la factura de compra del bien o mercancía.
- En caso de robo, original y copia de la denuncia por robo presentada ante las autoridades correspondientes, dicha denuncia deberá presentarse a las autoridades durante las siguientes seis (6) horas de ocurrido el robo.
- En caso de daño, se deberá presentar informe técnico del análisis del daño el cual deberá detallar los daños y sus posibles causas, así como el desglose de la cotización de reparación.
Cuando la Compañía revise la información presentada y detecte la falta de requisitos para la presentación de un reclamo, comunicará el requerimiento al Asegurado. No se tramitará ninguna solicitud de reclamación con los requisitos incompletos.
Luego de presentados todos los requisitos, la Compañía brindará respuesta al Asegurado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. A partir de la aceptación del reclamo la Compañía deberá efectuar su responsabilidad dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.
12. VIGENCIA DEL SEGURO
La presente póliza cuenta con una vigencia de un (1) año calendario contado a partir de la fecha de contratación indicada en la Propuesta de Seguro. Lo anterior sujeto al pago de la prima en tiempo y forma también descritos en la Propuesta de Seguro.
Este seguro no es prorrogable ni renovable.
13. TERMINACIÓN DEL SEGURO
Este seguro se dará por terminado cuando se presente alguna de las siguientes condiciones:
• A solicitud expresa del Asegurado.
• Cuando se decrete la nulidad absoluta de la póliza de conformidad con el artículo 32 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros.
• Finalice la vigencia del seguro.
En el caso que existan primas no devengadas a la fecha de finalización anticipada de la póliza, estas serán devueltas al Asegurado en el plazo xx xxxx (10) días naturales, contados a partir de la finalización anticipada de la póliza.
La Compañía salvo disposición legal, no podrá dar por terminado de forma anticipada el seguro.
14. DERECHO DE RETRACTO
En caso de que el seguro sea cancelado a solicitud Asegurado durante los primeros cinco (5) días hábiles posteriores a la emisión de la póliza, se le devolverá el cien por ciento (100%) de las primas que haya pagado, siempre y cuando no haya ocurrido un siniestro.
15. CONDICIONES VARIAS
A. EDAD MÍNIMA DE CONTRATACIÓN
La edad mínima para contratar este seguro es de dieciocho (18) años. No existirá una edad máxima para la contratación de este seguro.
B. MONEDA
Todos los valores de esta póliza serán expresados en la moneda que se indique en la Propuesta de Seguro.
En caso de que el seguro sea contratado en dólares de los estados unidos de américa y las obligaciones de la Compañía o del Asegurado se requieran cumplir en moneda nacional, se tomará en cuenta el tipo de cambio de venta que el Banco Central xx Xxxxx Rica publique en la fecha en que se efectúe el pago.
C. LIMITACIÓN POR SANCIONES
La Compañía no estará obligada a pagar reclamos sobre eventos cubiertos bajo esta póliza cuando dichos pagos pudiesen violar disposiciones normativas internacionales o locales sobre la prevención de los delitos de blanqueo de capitales, lavado de activos, narcotráfico, financiamiento del terrorismo y prevención de la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva, así como en leyes o reglamentos internacionales de los que sea parte Xxxxx Rica o aquellas con las que Xxxxx Rica mantiene relaciones diplomáticas incluyendo pero sin limitar la generalidad de lo anterior, los de la Organización de las Naciones Unidas.
En adición, la Compañía no estará obligada a pagar reclamos relacionados con eventos cubiertos bajo esta póliza cuando el Asegurado o beneficiarios, incluyendo en el caso de personas jurídicas a sus, accionistas, beneficiarios finales, Directores, Dignatarios, Administradores, Apoderados y Ejecutivos, se encuentre(n) o sean mencionados en alguna de las listas emitidas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC por sus siglas en inglés) del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos o pertenezcan a países incluidos en dichas listas, y/o en cualquier otra lista a nivel mundial que tenga objetivo similar.
D. LEGISLACIÓN APLICABLE
Además de las estipulaciones contractuales establecidas en este seguro, de manera supletoria se aplicarán las disposiciones contendidas en la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros (Ley N°8653); Ley Reguladora del Contrato de Seguros (Ley N°8956); Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley N° 7472); Código de Comercio; Código Civil; cualquier otra ley que sea aplicable, así como las reformas o reglamentos que emanen de estas disposiciones legales.
16. INSTANCIAS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de que el consumidor de seguros vea afectados sus derechos o exista una reclamación sobre la interpretación del contrato de seguro, tendrá derecho a acudir en primera instancia ante la Compañía, o bien, al Centro de Defensa del Asegurado (CDA), al teléfono 0000-0000, correo: xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx. En cada instancia no podrá superarse el plazo xx xxxx (10) días hábiles a partir de su presentación. Agotada la instancia del CDA podrá interponer la queja ante la SUGESE. En el caso de reclamación, podrá acudir a la instancia judicial o arbitral según acuerden las partes.
El Asegurado podrá interponer la queja ante la Superintendencia General de Xxxxxxx al correo xxxxxx@xxxxxx.xx.xx o al teléfono (x000) 0000-0000 de la central telefónica.
17. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES
Las comunicaciones relacionadas con este seguro serán remitidas por la Compañía directamente al Asegurado a través del medio de comunicación que haya indicado en la Propuesta de Seguro. El Asegurado deberá reportar por escrito a la Compañía la modificación del medio de comunicación, de lo contrario, se tendrá por correcta para todos los efectos, la última información de contacto.
Registro en SUGESE número G07-49-A05-975 de fecha 12 de enero del 2022