CRÉDITOS CONDONABLES PARA SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS EN ESTUDIOS EN GOBIERNO EN LÍNEA
CRÉDITOS CONDONABLES PARA SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS EN ESTUDIOS EN GOBIERNO EN LÍNEA
(Especializaciones y Maestrías)
SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO
Convenio Interadministrativo No. 577 DE 2014
suscrito entre el INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR "XXXXXXX XXXXXX XXXXX" - ICETEX y el FONDO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES – FONTIC.
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Viceministerio de Tecnologías de la Información
Dirección de Gobierno en Línea Noviembre de 2015
CONTENIDO
1. GLOSARIO PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO. 3
2. OBJETO DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 6
3. JUSTIFICACIÓN DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 6
4. ASPIRANTES A LA CONVOCATORIA 14
5. FINANCIACIÓN Y GASTOS FINANCIABLES 15
6. ESTUDIOS O PROGRAMAS A FINANCIAR EN LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 16
7. INSTITUCIONES Y MODALIDAD PARA CURSAR LOS ESTUDIOS O PROGRAMAS DE INTERÉS DEL ASPIRANTE 18
8. REQUISITOS MÍNIMOS DEL ASPIRANTE Y DOCUMENTOS SOPORTE 19
9. PRESUPUESTO Y PROYECCIÓN DE BENEFICIARIOS DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO. 21
10. CONSIDERACIONES Y ASPECTOS IMPORTANTES DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA
11. PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN 22
12. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES 23
13. PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE LOS ASPIRANTES Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS 24
14. LEGALIZACIÓN DEL CRÉDITO. 25
15. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA 27
16. PROCESO DE RENOVACIÓN DEL CRÉDITO. 29
18. PALABRAS CLAVES Y CANALES DE INFORMACIÓN PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 34
CRÉDITOS CONDONABLES PARA SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS EN ESTUDIOS EN GOBIERNO EN LÍNEA
(Especializaciones y Maestrías)
SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO
1. GLOSARIO PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
Para una mayor comprensión y una correcta ilustración de la presente Convocatoria, además de las definiciones incluidas dentro del texto del mismo, se definen los siguientes términos:
• BENEFICIARIOS: Serán beneficiarios del FONDO los aspirantes que hayan sido seleccionados en el respectivo proceso de la Convocatoria por parte del FONTIC
- ICETEX y que una vez seleccionados hayan efectuado los trámites de legalización del crédito educativo y cuenten con el Concepto Jurídico Viable para el mismo y que hayan recibido por lo menos uno de los desembolsos del crédito por parte del ICETEX.
• XXXXXXXX: Es el procedimiento a través del cual se extingue la obligación adquirida por el beneficiario del crédito, liberándolo del pago del mismo, a cambio del cumplimiento de las obligaciones previamente estipuladas en la Convocatoria respectiva
• CONVENIO: Es el No. 000577 de 2014, mediante el cual se constituyó el FONDO EN ADMINISTRACIÓN DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI y que tiene como finalidad la administración de recursos proporcionados por FONTIC al ICETEX, quien (ICETEX) actuará como administrador y mandatario, con la finalidad de financiar créditos condonables orientados al desarrollo de conocimientos, competencias específicas y transversales, requeridas para fortalecer el sector de las Tecnologías de Información y la Estrategia de Gobierno en Línea.
• CONVOCATORIA: Una convocatoria es un anuncio o un escrito público con el cual se convoca (invita) a un determinado número de personas que por sus características se interesan en ser parte de evento o acontecimiento que se producirá.
• CRÉDITO: Crédito Educativo Condonable otorgado por el ICETEX, con cargo al FONDO EN ADMINISTRACIÓN DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI.
• DERECHO ADQUIRIDO: se entenderá como el adquirido por parte del posible beneficiario, solo cuando este culmine su proceso de legalización ante el ICETEX, con aprobación de pólizas y Concepto Jurídico Viable emitido.
• DESISTIDO: Son los beneficiarios que renuncian voluntariamente a su crédito.
• DEUDOR SOLIDARIO: Persona que conjuntamente con el beneficiario recibe el importe del crédito y se compromete también a cumplir la promesa de pago. Puede ser persona natural o persona jurídica y debe contar con las características que se definen en este Reglamento Operativo. El deudor solidario firma con el beneficiario la carta de instrucciones y el pagaré. El estudio y aprobación del deudor solidario del crédito educativo está a cargo de la CIFIN (Central de Información Financiera), organismo que procesa y suministra al ICETEX la
información relativa a los clientes y usuarios de los sectores financieros, real, solidario y asegurador. Si el aspirante al beneficio presenta algún inconveniente con la aprobación del deudor solidario, debe verificar directamente con la CIFIN su historial crediticio.
• ESTRATEGIA DE GOBIERNO EN LÍNEA: La Estrategia Gobierno en Línea, es nacional y es liderada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –MinTIC-. Corresponde al conjunto de instrumentos técnicos, normativos y de política pública que promueven la construcción de un Estado más eficiente, transparente y participativo, y que a su vez, preste mejores servicios con la colaboración de toda la sociedad mediante el aprovechamiento de la tecnología. Lo anterior con el fin de impulsar la competitividad y el mejoramiento de la calidad de vida para la prosperidad de todos los colombianos.
• FINANCIACIÓN: Financiación es la acción y efecto de financiar (aportar dinero para una empresa o proyecto, sufragar los gastos de una obra o actividad). La financiación consiste en aportar dinero y recursos para la adquisición de bienes o servicios. Es habitual que la financiación se canalice mediante créditos o préstamos (quien recibe el dinero, debe devolverlo en el futuro).
• FONDO: Es el FONDO DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI, constituido mediante la celebración del Convenio Interadministrativo No. 000577 del 2014, entre el ICETEX y el FONTIC.
• FONTIC: Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Es una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, dotado de personería jurídica y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -MINTIC-. El objeto del FONTIC es financiar los planes, programas y proyectos para facilitar prioritariamente el acceso universal, y del servicio universal cuando haya lugar a ello, de todos los habitantes del territorio nacional a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como apoyar las actividades del Ministerio y el mejoramiento de su capacidad administrativa, técnica y operativa para el cumplimiento de sus funciones.
• GARANTÍAS: Documentos firmados por el Beneficiario y el Deudor Solidario, quien respalda la obligación, en la que se expresa conocer y aceptar las obligaciones adquiridas con el ICETEX. Está compuesta por un Pagaré con espacios en blanco y una Carta de Instrucciones, documentos que genera el ICETEX.
• ICETEX: Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior. Entidad que administra los recursos del FONDO DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI.
• INSTITUCIÓN: Para esta Convocatoria es la Institución Académica que presta los servicios de formación con oferta activa y vigente de programas académicos relacionados con Tecnologías de la Información o la Estrategia de Gobierno en Línea, acordes con la naturaleza del FONDO y, que se encuentre registrada en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior – SNIES, con registro vigente, para los siguientes niveles de formación: a). Especializaciones y Maestría.
• JUNTA ADMINISTRADORA: Organismo encargado de definir las políticas administrativas, el direccionamiento que se debe dar al FONDO, realizar el seguimiento, así como velar por la debida ejecución del mismo, de acuerdo con el Reglamento Operativo del Convenio 000577 de 2014 entre ICETEX y FONTIC.
• MINTIC: Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
• PERIODO ACADÉMICO: Conjunto sucesivo de semanas que de manera autónoma define y planea una INSTITUCIÓN, en el que se desarrolla un ciclo completo de los procesos académicos y administrativos, al inicio del cual los estudiantes deben refrendar o revalidar su matrícula y al final del cual el programa académico evalúa, confirma y actualiza la condición y el estado académico de sus estudiantes (ciclo, trimestres, semestres, años, etc.).
• PERIODO APROBADO: Período académico en el que han sido cursadas y aprobadas, las materias de la malla curricular establecida en cada periodo académico por la INSTITUCIÓN.
• POSIBLE BENEFICIARIO: Aspirante que ha cumplido con los requisitos mínimos establecidos en la Convocatoria para la cual se ha presentado y que ha resultado aprobado durante el proceso de evaluación de la misma. Es el aspirante aprobado habilitado para iniciar el proceso de legalización. El cumplimiento de requisitos mínimos no da lugar a crear un derecho adquirido.
• PRIMA DE GARANTÍA: El ICETEX descontará a los beneficiarios de créditos con cargo a este FONDO, el porcentaje vigente que corresponda, sobre cada desembolso que se efectúe durante todo el tiempo de duración de la financiación, con el objeto de llevarlo al Fondo de Garantías del ICETEX, por concepto de prima de garantía para amparar los riesgos de muerte, invalidez física o mental total y permanente del beneficiario. Este porcentaje se publicará en la página del ICETEX destinada a la respectiva convocatoria.
• PROGRAMA ACADÉMICO: Corresponde a los programas ofrecidos por las INSTITUCIONES.
• PROMEDIO ACUMULADO: Es el promedio de calificación de todos los periodos cursados por el estudiante en desarrollo del programa académico. Es calculado, suministrado y certificado de manera oficial por la INSTITUCIÓN, según sus propios reglamentos y particularidades.
• PROMEDIO DEL PERIODO O SEMESTRE: Es el promedio obtenido en el periodo o semestre cursado por el estudiante. Es calculado, suministrado y certificado de manera oficial por la INSTITUCIÓN, según sus propios reglamentos y particularidades.
• REGLAMENTO OPERATIVO: es el que corresponde al estipulado para el desarrollo del Convenio No.000577 de 2014 suscrito entre el ICETEX y el FONTIC, mediante el cual se constituyó el FONDO EN ADMINISTRACIÓN DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI.
• SNIES: Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES); es un sistema de información que ha sido creado para responder a las necesidades de información de la educación superior en Colombia. En este sistema se recopila y organiza la información relevante sobre la oferta educativa oficial aprobada por el Ministerio de Educación Nacional.
• VALOR DEL PROGRAMA ACADÉMICO: Valor total del PROGRAMA ACADÉMICO cobrado por la INSTITUCIÓN, el cual se paga por periodos académicos y, que equivale al valor de las sumas de las órdenes de matrícula ordinaria, o su equivalente, el cual incluye los incrementos que correspondan por ley.
2. OBJETO DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
Financiar por medio de créditos condonables formación en programas de Especializaciones o Maestrías, en temas relacionados con GOBIERNO EN LÍNEA y según las especificaciones presentadas en el numeral 6 de este documento, a los servidores públicos y contratistas, según definición de esta Convocatoria (numeral 4 de este texto), que cumplan los requisitos para participar y que al final, reviertan en una Entidad del Estado conocimiento y herramientas para la apropiación, fortalecimiento y masificación de la Estrategia de Gobierno en Línea.
Las especificaciones en el numeral 6 corresponden a la guía de áreas o materias de estudio seleccionadas y admitidas para la presente Convocatoria y, de acuerdo con la oferta académica existente en el país y autorizada por el Ministerio de Educación Nacional.
Lo anterior de acuerdo con lo contemplado en los antecedentes del Convenio 577 de 2014, el propio Convenio 577 de 2014 suscrito entre ICETEX y FonTIC y, el Reglamento Operativo pertinente, todos parte de la presente Convocatoria, los cuales se encuentran publicados en la página web del ICETEX, en la sección Fondos en Administración – Fondos para el Desarrollo de Tecnologías de la Información - Segunda Convocatoria de Gobierno Electrónico: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-xx/xxxxxx y en la página web de la Estrategia de Gobierno en Línea, en la sección del Programa para la Excelencia en Gobierno Electrónico: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/000/x0-xxxxxxxxxxxxx- 8018.html.
3. JUSTIFICACIÓN DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
El Plan Nacional de Desarrollo de Colombia 2014-2018 cita en el artículo 45: “Estándares, modelos y lineamientos de tecnologías de la información y las comunicaciones para los servicios al ciudadano” que “Bajo la plena observancia del derecho fundamental de habeas data, el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) en coordinación con las entidades responsables de cada uno de los trámites y servicios, definirá y expedirá los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios que el Estado ofrece al ciudadano, los cuales deberán ser adoptados por las entidades estatales (…)”, lo que determina una primera instancia de competencia y oportunidad para el MinTIC y su Dirección de Gobierno en Línea en el desarrollo de sus objetivos y sus funciones.
Los cuatro pilares del sector TIC en el Plan Nacional de Desarrollo - PND, se centran en los siguientes aspectos: aplicaciones, usuarios, infraestructura y servicios. En cada una de estas materias la tarea del Gobierno Nacional estará enfocada a impulsar el desarrollo de servicios y contenidos digitales con impacto social. En especial, en este componente,
el Plan Nacional de Desarrollo determina la necesidad de formación de personal apto y capacitado con énfasis en las TIC para mejorar la relación entre los ciudadanos y el Estado de manera más efectiva y a través de herramientas digitales con el aprovechamiento de todos los proyectos y estrategias del sector de las tecnologías y la información.
En este mismo sentido el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 en el numeral 2 del artículo
46 estableció como función del FONTIC “Financiar y fomentar planes, programas y proyectos para el fomento del capital humano en Tecnologías de la Información y Comunicaciones”.
Derivado de los retos del PND, el Gobierno Nacional se comprometió con el “Plan Nacional de TIC (PNTIC)” 2008 – 2019 a que todos los colombianos se informen y se comuniquen haciendo uso eficiente y productivo de las TIC, para mejorar la inclusión social y la competitividad. La política incluye como ejes de desarrollo que Colombia implemente todas las condiciones necesarias para la reducción de las brechas económica, social, digital y de oportunidades, haciendo énfasis en tres aspectos centrales: mejorar la infraestructura, ayudar a la masificación de las TIC y consolidar el proceso de Gobierno en línea.
En cumplimiento de esta política nacional el MinTIC, de acuerdo con la Ley 1341 de 2009, desarrolla políticas y planes enfocados a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), que constituyen un componente vital para el crecimiento y desarrollo del sector, con el fin de brindar acceso a toda la población en el marco de la expansión y diversificación de las TIC. En el artículo 2 de la mencionada Ley 1341 se establecen los principios orientadores, dentro de los cuales se incluye “El derecho a la comunicación, la información y la educación y los servicios básicos de las TIC. En desarrollo de los artículos 20 y 67 de la Constitución Nacional el Estado propiciará a todo colombiano el derecho al acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones básicas, que permitan el ejercicio pleno de los siguientes derechos: La libertad de expresión y de difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, la educación y el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.”
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la citada Ley, el FonTIC tiene como objeto: “financiar los planes, programas y proyectos para facilitar prioritariamente el acceso universal, de todos los habitantes del territorio nacional a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como apoyar las actividades del Ministerio y la Agencia Nacional Espectro, y el mejoramiento de su capacidad administrativa, técnica y operativa para el cumplimiento de sus funciones”.
En sentido de lo anterior y con el objeto de incrementar la efectividad del MINTIC en lo que se refiere al diseño y formulación de políticas que coordinen y estandaricen acciones de implementación y uso de las tecnologías el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2618 de 2012, por el cual se modifica la estructura del Ministerio, creando el Despacho del Viceministro de Tecnologías y Sistemas de la Información y a su cargo la Dirección de Gobierno en línea. Esta Dirección es la responsable, entre otras cosas, de desarrollar los lineamientos necesarios en materia de Gobierno en Línea para definir las
políticas, estrategias y prácticas que soporten la gestión del Estado en beneficio de la prestación efectiva de sus servicios a través del aprovechamiento de las TIC.
En temas de Gobierno en línea, tal Dirección materializa estrategias definidas en el documento CONPES 3072 de 2000 mediante el cual se creó la política de Estado “Agenda de Conectividad”, dirigida a contribuir, mediante el aprovechamiento de las nuevas tecnologías, con un sector productivo más competitivo, un Estado moderno y una comunidad con mayores oportunidades para el desarrollo. Partiendo de los postulados de la Agenda de Conectividad, el Decreto 1151 de 2008, estableció los primeros lineamientos normativos y las fases para la implementación de la Estrategia Gobierno en línea en el país, así como las fechas para su cumplimiento. Posteriormente se han expedido nuevas políticas, estándares y lineamientos, siendo los dos últimos el Decreto 2573 de 2014 y el Decreto 1078 de 2015.
Como resultado de la implementación dicho plan, en materia de Gobierno en línea se obtuvieron entre otros los siguientes resultados:
Ciudadanos | Entidades del Estado |
• 65% de los ciudadanos y 81% de las empresas interactúan con el Estado a través de medios electrónicos. • 11% de los ciudadanos usaron medios electrónicos para participar en temáticas de gobierno. Adicionalmente, se desarrollaron 17 ejercicios de participación liderados por la Urna de Cristal. • 64% de 283 trámites y servicios de los sectores de salud, vivienda, educación y trabajo se encuentran disponibles parcial o totalmente en línea. Adicionalmente, a nivel nacional y territorial se cuenta con 388 trámites y servicios totalmente en línea y 1.787 parcialmente en línea. • Se capacitaron de manera presencial a más de 66.000 personas en trámites y servicios en línea, a través de los puntos vive digital, bibliotecas, ferias de servicio al ciudadano y telecentros. • Se desarrollaron 28 aplicaciones de alto impacto en móviles a través de ejercicios de innovación abierta que han permitido solucionar problemáticas de impacto social que | • 32 asambleas departamentales y 724 concejos municipales cuentan con presencia en internet a través de los sitios web suministrados por Gobierno en línea. De igual manera 1.060 sitios web de alcaldías y gobernaciones son suministrados por la estrategia Gobierno en línea. • Se cofinanciaron 31 proyectos territoriales que buscan “Integrar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para promover la innovación en el país, a través de las tecnologías de la información, en la industria, el estado y los sectores productivos de Colombia”. • Se aseguró la disponibilidad de los servicios de la intranet gubernamental en sus componentes de RAVEC, Centro de datos y Centro de Contacto al Ciudadano para las 134 entidades públicas usuarias. • Se promovió la adjudicación de los Acuerdos Marco de Precios logrando que las entidades migraran del modelo de Intranet Gubernamental al acceso de servicio TI a través de estos. De los acuerdos de Nube privada y conectividad y nube pública. |
utilizan datos abiertos por las entidades públicas. | • Más de 14.000 servidores públicos fueron capacitados y sensibilizados por parte de la Dirección de Gobierno en línea en las temáticas de mayor demanda para la implementación de la Estrategia a través de la ejecución de 38 cursos virtuales, 2 diplomados el primero en Gobierno electrónico y el segundo de proyectos de Gobierno en línea, al igual que múltiples talleres y el acompañamiento presencial. • Se diseñó y estructuró la especialización de Gobierno electrónico y se efectuó su debida aprobación por parte del Ministerio de Educación a la Universidad Nacional. • Se implementaron los servicios del centro de innovación de Gobierno en línea para servir a las entidades públicas del país a través de tres líneas de servicio: Base de conocimiento, en donde se llevó a cabo la generación de documentos y el intercambio de experiencias con la región, ejercicios de innovación: los cuales se realizaron a través de experiencias de co- creación e innovación abierta y Cultura de innovación, en donde se constituyó la línea base con de innovación con 20 entidades públicas. Se efectuaron 13 ejercicios de innovación, 14 documentos de la base de conocimiento, 2 eventos de socialización en innovación, 3 intercambios de experiencias con región, 2 eventos internacionales. • Se expidió el Decreto 2573 de 2014 el cual establece el nuevo alcance de la estrategia de Gobierno en línea para la vigencia 2015 – 2020, este documento incluye las actividades que se deben adelantar, la creación de un xxxx xx xxxx de Gobierno en línea, la formulación del sello de excelencia en Gobierno en línea y define el plazo de cumplimiento por parte de las entidades nacionales y territoriales. |
Tabla No. 1: Resultados Gobierno en Línea.
Gracias a lo anterior, Colombia ha recibido diferentes reconocimientos a nivel internacional, como los siguientes:
• Colombia participó por primera vez en la medición del Global Open Data Index (Índice Global de Apertura de Datos) publicado por la Open Knowledge Fundation, el cual mide que tan abierta es la información de los países, ocupando el lugar número 12 entre 97 países.
• Colombia ocupa la posición número 17 en mundo en e-servicios y 11 en el mundo en e-participación, según el E-government Survey de 2014.
• Hemos sido reconocidos con el Premio ExcelGOB 2014 con Urna de Cristal en la categoría “Simplificación de servicios públicos”.
• La estrategia de Gobierno en línea ha sido reconocida como buena práctica tipo exportación por la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia-APC Colombia y Marca Colombia.
Adicionalmente, dentro de las metas propuestas en el Plan Vive Digital 2014 - 2018, con base en la Política Pública del Estado, en su aparte 5.1.2 Estrategia xxx Xxxxxxx TIC, se precisa lo siguiente: “En las áreas de Gobierno incrementaremos la presencia de personal capacitado en TI (…) desarrollaremos competencias TI para 10.000 líderes TI y funcionarios del Gobierno.”
Para cumplir con las metas propuestas a corto, mediano y largo plazo, cita el Plan Vive Digital 2014-2018, entre otros los siguientes objetivos: “Trabajaremos en el desarrollo de competencias específicas para líderes TI y funcionarios (seguridad de la información, arquitectura de TI, Gobierno y TI). (…) Nos acercaremos a la academia para tener una gestión articulada con los entes de Gobierno. Promoveremos prácticas especializadas en el sector Gobierno para potencializar el aprovechamiento de las TI en beneficio de la gestión pública. (…) Aprovecharemos el programa de gobernabilidad electrónica con el apoyo de la Universidad de las Naciones Unidas”.
Así mismo, para continuar con la iniciativa se “busca implementar un nuevo modelo para el Programa Gobierno en Línea, pasando de uno liderado por el Gobierno central, a un ecosistema con amplia participación del sector privado, las entidades y los ciudadanos. Concretamente, gracias a esta iniciativa el Gobierno seguirá dando ejemplo en materia de uso y apropiación de las TIC. Trabajaremos para que en el país existan al menos 175 empresas del sector privado “certificadas” para el desarrollo e implantación de soluciones de Gobierno. A través de estas soluciones, para el 2018 el 50% de los colombianos y el 57 % de los empresarios habrán realizado transacciones en línea con el Estado. Adicionalmente, para el 2018 GEL habrá consolidado todo un ecosistema de OPEN DATA que agregue valor. Con todo esto, Colombia será catalogado como país No.1 en Latinoamérica en Gobierno Electrónico”, lo anterior de acuerdo con la sección
5.3.1 Gobierno en Línea, y las Aplicaciones de Gobierno del Plan Vive Digital.
De conformidad con lo antes expuesto, las metas de Gobierno en Línea para el 2018 corresponden a: i) Ciudadanos que realizan transacciones en línea: 50% ii) Empresarios que realizan transacciones en línea: 57% iii) Ciudadanos que colaboran con el Estado: 30% iv) Empresas con equipos certificados para prestar servicios de Gobierno en Línea: 175 v) Trámites y servicios de impacto social en línea: 80% y, vi) Entidades certificadas en Gobierno en Línea a nivel nacional: 90% y, territorial: 50%.
El Decreto 2618 de 2012 en su artículo 33 define las funciones de la Dirección de Gobierno en Línea, el Decreto 2573 de 2014 establece los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en línea con temas prioritarios para avanzar en la implementación de la masificación del Gobierno en línea y el Decreto 1078 de 2015 por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, son el referente para, entre otros, los siguientes puntos: la provisión de trámites y servicios por múltiples canales y uso de tecnologías de información y comunicaciones en los procedimientos administrativos, la interoperabilidad, cadenas de trámites y ventanillas únicas virtuales, tecnología y ambiente, datos y gobierno abierto y construcción colectiva. Por consiguiente, los mismos, son el norte de trabajo para las entidades públicas en la implementación del Gobierno en línea, específicamente, a través de cuatro (4) componentes, enmarcados así: TIC para Servicios, TIC para el Gobierno Abierto, TIC para la Gestión, y, Seguridad y Privacidad de la Información.
Lo anterior, define los lineamientos, plazos y términos para garantizar el máximo aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de contribuir con la construcción de un Estado más eficiente, más transparente y participativo y que preste mejores servicios con la colaboración de toda la sociedad y además establece los instrumentos necesarios para facilitar la implementación de la estrategia.
Los cuatro (4) nuevos componentes sobre los cuales se fundamenta la Estrategia de Gobierno en línea son los siguientes:
• TIC para Servicios: Comprende la provisión de trámites y servicios a través de medios electrónicos, enfocados a dar solución a las principales necesidades y demandas de los ciudadanos y empresas, en condiciones de calidad, facilidad de uso y mejoramiento continuo.
• TIC para el Gobierno abierto: Comprende las actividades encaminadas a fomentar la construcción de un Estado más transparente, participativo y colaborativo involucrando a los diferentes actores en los asuntos públicos mediante el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
• TIC para la Gestión: Comprende la planeación y gestión tecnológica, la mejora de procesos internos y el intercambio de información. Igualmente, la gestión y aprovechamiento de la información para el análisis, toma de decisiones y el mejoramiento permanente, con un enfoque integral para una respuesta articulada.
• Seguridad y privacidad de la Información: Comprende las acciones transversales a los demás componentes enunciados, tendientes a proteger la información y los sistemas de información, del acceso, uso, divulgación, interrupción o destrucción no autorizada.
El xxxx xx xxxx se convierte en otra meta a cumplir por parte de la Dirección de Gobierno en Línea y su estrategia, con el la respectiva responsabilidad de apropiación, aprovechamiento de las TIC y la generación de competencias en todo el Estado. Tal mapa es un mecanismo fundamental para impulsar tres políticas que propenden por la modernización del Estado: por un lado, el MinTIC, a través del Plan Vive Digital 2015-2018, tiene como objetivo contar con el gobierno más eficiente y transparente gracias al uso de la tecnología. De otra parte, el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), mediante la política de racionalización de trámites, tiene como objeto hacer más eficiente la gestión pública a través de la simplificación, estandarización, optimización, automatización o eliminación de trámites y procedimientos administrativos. Finalmente, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), a través del Programa Nacional de Servicio al Ciudadano, busca mejorar la atención y la calidad de los servicios que ofrecen las entidades públicas.
Los trámites y servicios prioritarios del xxxx xx xxxx deberán ser dispuestos en línea como respuesta a las necesidades más apremiantes de los colombianos. Este mapa además estará integrado por la medición de la calidad de los servicios electrónicos del Estado. Para esto, se establecerá un modelo que acreditará la calidad de estos productos de Gobierno en línea en las entidades bajo el “Sello de Excelencia en Gobierno en línea Colombia”, que permitirá a los usuarios identificar aquellos servicios que cumplan con altos estándares técnicos, de seguridad de información y de servicio.
En el ámbito de cumplimiento de los cometidos del Estado en Política TIC, Plan Nacional de Desarrollo y Estrategia de Gobierno en Línea, entre otras, se confirma que para su cumplimiento es necesario realizar la labor a través de las mismas instituciones y sus colaboradores, y en ese sentido, fortalecer las competencias institucionales de Gobierno en Línea en cada Entidad del Estado.
La consecución de la Segunda Convocatoria de Gobierno Electrónico, determina una respuesta a la necesidad de aprendizaje y experticia que requiere el Estado, para promover la implementación de la Estrategia de Gobierno en línea, generando capacidades en las entidades del orden nacional, las del orden territorial y aquellas privadas que cumplen funciones públicas, promoviendo y gestionando procesos de formación virtual y presencial para servidores públicos y contratistas. Establecidas las necesidades, los retos y los objetivos, se considera que a través del Convenio 577 de 2014 suscrito entre el ICETEX y MinTIC – FONTIC, se atienden las expectativas y se apunta al cumplimento de lo planeado. El Convenio en comento, proporciona los recursos con la finalidad de financiar créditos condonables orientados al fomento y desarrollo de conocimientos, competencias específicas y transversales, requeridas para fortalecer el sector de las Tecnologías de Información y la estrategia de Gobierno en Línea, de acuerdo con la creación del “Fondo de Promoción de Gobierno y Empresa TI”.
Por lo tanto, para la presente Convocatoria, también, se ha considerado que en relación con los créditos otorgados a través de los fondos administrados por el ICETEX, el Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil - 3 xx xxxxx de 1997 - Radicación 962 - C.P. Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, manifestó: "Cuando el ICETEX, sobre bases constitucionales y legales, administra dineros de entidades públicas y privadas para el cumplimiento de finalidades específicas relacionadas con su objeto, consistente en "fomentar y promover el desarrollo educativo y cultural de la nación, mediante préstamos, así como a través de la canalización de otras oportunidades educativas y de cooperación técnica internacional y nacional, a estudiantes y profesionales del nivel superior", no hace sino desarrollar las actividades que han justificado su existencia durante cuarenta y siete años". "Por lo demás, instrumentos tales como la condonación de deudas por mérito académico y la concesión de becas, se utilizan con fundamento en ley y reglamento y de acuerdo con los contratos que se suscriben con el beneficiario, de manera que así concebidos, carecen de las condiciones de unilateralidad y gratuidad - y destinación con fines político electorales - que justamente merecieron la reacción del constituyente de 1991".
Con fundamento en lo anterior se puede concluir que los créditos otorgados por el ICETEX, a través del “Fondo de Promoción de Gobierno y Empresa TI” no hacen parte del Sistema Nacional de Capacitación previsto en el Decreto 1227 de 2005, dirigido a los empleados públicos, sino que su objeto, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo y las funciones del MINTIC, FONTIC y el ICETEX es fomentar y promover el desarrollo educativo y cultural de la Nación, en virtud de lo cual es viable el otorgamiento de créditos con cargo a los recursos administrados por el ICETEX en virtud del Convenio Interadministrativo 000577 de 2014 a contratistas.
Así mismo el Convenio en el numeral 1.3 de la cláusula décimo sexta establece que el “Fondo de Promoción de Gobierno y Empresa TI” está dirigido a: "1.3. Ciudadanos que demuestren interés y que cumplan con los requisitos para cada programa de formación académico y de capacitación, establecidos en el Reglamento Operativo del Convenio, que será definido entre las partes."
Teniendo en cuenta las normas citadas, el concepto del Consejo de Estado antes transcrito, el proyecto de inversión origen de los recursos1 y el Convenio, es viable realizar convocatorias dirigidas a servidores públicos y contratistas del Estado para formación en programas que permitan el desarrollo capacidades en Gobierno en Línea en las entidades del Estado, justificada con sustento en el cumplimiento de una política pública y una agenda de Estado, la formación de competencias y el afianzamiento de materias de estudio a todos los perfiles (servidores del Estado y contratistas) que se encuentren desempeñándose en áreas relacionadas con la Estrategia de Gobierno en Línea y que con el fortalecimiento de su formación pueden continuar aportando conocimiento a dichas áreas. Es menester, mencionar que en esta Convocatoria, adicionalmente, se ha estimado como garantía a la destinación de los recursos y la fidelidad a los objetivos, y como requisito de participación, la condición que cada beneficiario debe revertir los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos en una Entidad del Estado,
1 Ficha de inversión: “IMPLEMENTACIÓN Y DESARROLLO AGENDA DE CONECTIVIDAD” - Actividad 6:
“Diseñar y ejecutar estrategias de capacitación, formación y asesoría a servidores y entidades públicas”.
mediante un entregable, descrito en el capítulo de Condonación. Esto será algo fundamental en cumplimiento del fin central, tal es apropiar, aplicar y aumentar el desarrollo de la estrategia de Gobierno en Línea sobre todo por los compromisos del MinTIC en el fortalecimiento y masificación de la Estrategia y en el mejoramiento de la relación ciudadanos - Estado.
En general, los países del mundo que han optado por una vía de desarrollo basada en el afianzamiento de las políticas TIC y del Gobierno Electrónico, se han sostenido en mediciones favorables y estables en todos los índices sociales y económicos, por lo que en referencia a ello y al cumplimiento de la Política Pública en la materia, como el desarrollo de la agenda del Gobierno Nacional, el “Plan Nacional de TIC (PNTIC)” 2008 – 2019 y la Estrategia de Gobierno en Línea apuestan un compromiso importante por ampliar y expandir todos los esfuerzos y recursos institucionales necesarios en la apropiación y uso de las TIC. Siendo Gobierno en Línea uno de los ejes transversales del Plan, debe ser soporte de que los funcionarios y entidades del Estado en especial, de los prioritarios (salud, justicia, educación y competitividad empresarial) en relación con esta metas que se cumplan objetivos intermedios y avances concretos mediante procesos definitivos de enseñanza, aprendizaje y cualificación de herramientas, estrategias, políticas a entidades del Estado.
4. ASPIRANTES A LA CONVOCATORIA.
En la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO pueden participar líderes o profesionales relacionados con la Estrategia de Gobierno en Línea, que incluye a los servidores públicos y contratistas, de las diferentes entidades y órdenes del Estado colombiano, vinculados o desempeñándose actualmente, entre otras, en áreas o dependencias tales como: Dirección, Secretaría General, Planeación, Tecnologías de la Información, Sistemas, Informática, Seguridad Informática, Talento Humano, Control Interno, Comunicaciones y Prensa, Atención al Ciudadano, Jurídica, Áreas Misionales, Desarrollo Normativo, Gestión Política o áreas relacionadas con la implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea.
El aspirante debe tener como mínimo un (1) año de vinculación con la Entidad, demostrable en los últimos dieciocho (18) meses. Los demás requisitos están definidos en este documento en el numeral 8.
5. FINANCIACIÓN Y GASTOS FINANCIABLES.
La financiación de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO se hace por medio de recursos del FonTIC, administrados por el ICETEX a través del FONDO del Convenio Interadministrativo No. 577 de 2014 suscrito entre FonTIC – ICETEX.
El FONDO está destinado al otorgamiento de CRÉDITOS EDUCATIVOS CONDONABLES. A través del FONDO y de acuerdo con la aprobación realizada por la JUNTA ADMINISTRADORA del FONDO, se financiará la inscripción, matrícula y hasta el 100% del valor del programa académico a ser cursado por el beneficiario, según lo definido en el plan de estudios y periodos determinados y certificados por la INSTITUCIÓN, y además aprobado en el proceso de calificación de las solicitudes y adjudicación del crédito condonable.
Para la obtención del título del programa cursado serán financiados los Derechos de Grado de los programas Especialización o Maestría cursada. Estos costos deberán estar debidamente certificados y aprobados por la JUNTA ADMINISTRADORA del FONDO, y previa y oportuna solicitud del beneficiario.
Para hacer efectivo el desembolso del valor de los Derechos de Grado, es necesario que el beneficiario se acerque a las oficinas de atención al usuario del ICETEX, y realice la solicitud de un giro adicional al desarrollo del programa académico, soportado con la orden expedida por la INSTITUCIÓN.
Los gastos financiables solo serán reconocidos a partir de la aprobación del crédito condonable y en ningún caso tendrán efecto retroactivo para los ciclos académicos que ya hayan sido cursados por parte del beneficiario.
La Convocatoria NO financia:
o Costos de sostenimiento o desplazamiento requeridos para adelantar el proceso de formación.
o Equipos, materiales e insumos requeridos para desarrollar el proceso de formación.
o Exámenes supletorios o remediales.
o Certificaciones de notas del periodo, el certificado del promedio acumulado y la expedición de los recibos de orden de matrícula. Estos deben ser asumidos y tramitados por el beneficiario.
6. ESTUDIOS O PROGRAMAS A FINANCIAR EN LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
Para cumplir con la apropiación del Decreto 1078 del 2015 y de la Estrategia de GOBIERNO EN LÍNEA, se han seleccionado las áreas o materias de estudio que se presentan en la siguiente tabla y que deben hacer parte del pensum o materias de los programas de estudio a financiar (Especializaciones o Maestrías):
General | Específico |
Servicios por Medios Electrónicos | Uso xx Xxxxxxx y Medios Electrónicos para la atención al usuario. |
Apropiación del sitio web con estándares de accesibilidad y usabilidad para servicios en línea (trámites, documentos en línea, cadenas de trámites, ventanillas únicas, etc.). | |
Diseño, implementación, administración, mantenimiento de herramientas web y móvil para interacción con el usuario – Software, diseño de soluciones en línea y/o aplicaciones en línea. | |
Modelos o estrategias de autenticación electrónica, digitalización, automatización y sistematización o esquemas técnicos de autenticación (Biometría, Huella Digital, soluciones de almacenamiento digital, buzón electrónico, preservación digital de documentos electrónicos, servicios de certificación digital y gestión documental, entre otros.). | |
Diseño y administración de plataformas en línea y/o transaccionales. | |
Creación, gestión y difusión de Contenidos Digitales y/o productos multimedia. | |
Gobierno Abierto | Acceso a la información pública. |
Participación ciudadana (medios electrónicos). | |
Divulgación e información institucional a usuarios (Rendición de Cuentas, Plataformas de colaboración y de consulta para solución de conflictos, cronogramas interactivos de eventos, etc.). | |
Gobernanza Electrónica. | |
Datos Abiertos. | |
Estrategias de colaboración y resolución de conflictos. | |
Estrategias de vinculación de usuarios en los procesos de toma de decisiones. | |
Innovación (ejercicios, experiencias, tendencias, investigaciones, etc.). |
Privacidad y Seguridad de la Información | Seguridad de la Información (gestión de calidad, política, control, evaluación de proyectos, etc.). |
Privacidad y protección de datos. | |
Soporte de los Sistemas de Información. | |
Hacking Ético. | |
Pruebas y controles de seguridad (Pent testing - pruebas de penetración). | |
Ciberseguridad y Ciberdefensa. | |
Respuesta a incidentes, Protocolo de Seguridad y Riesgos Informáticos. | |
Continuidad del negocio. | |
Informática Forense. | |
Criptografía. | |
Inventario de Activos informáticos. | |
TIC para la Gestión | Gestión de las Tecnologías de la Información. |
Gerencia Pública – Formulación – Evaluación de Proyectos. | |
Estrategia y manejo de políticas públicas y desarrollo. | |
Diseño y desarrollo de software y componentes de la información (planeación y gestión de los datos, información, fábrica e ingeniería de software, servicios y flujos de información). | |
Liderazgo Público. | |
Gobierno Electrónico. | |
Direccionamiento Estratégico. | |
Presupuesto, finanzas y evaluación financiera. | |
Gestión de la Calidad y Servicio - Gestión del Conocimiento. | |
Planeación Estratégica para el uso de medios electrónicos. | |
Administración de Procesos Informáticos. | |
Eficiencia administrativa. | |
Interoperabilidad. | |
Arquitectura empresarial, gobernabilidad, negocios y estándares. | |
Arquitectura de Soluciones – Sistemas. | |
Modelos de Gestión. | |
Desarrollo y evaluación de las TIC. | |
Contratación Estatal. | |
Integración de sistemas de información. | |
Automatización de procesos y procedimientos. |
Tabla No.2: Áreas de estudio de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
El aspirante deberá escoger un PROGRAMA ACADÉMICO en el que se evidencie que mínimo cuatro (4) de las áreas de estudio citadas en la Tabla No. 2, son parte del PROGRAMA ACADÉMICO oficial que brinda la INSTITUCIÓN. Lo anterior debe ser comprobable en la malla curricular, plan de estudios, descripción del programa, objetivos del mismo, perfil/competencias del egresado o la información suministrada en el portafolio académico expedido por la INSTITUCIÓN y el cual debe allegar en su solicitud.
El programa académico seleccionado también debe guardar relación con las funciones del aspirante en el desarrollo de su empleo o el objeto de los servicios prestados a la Entidad.
El programa seleccionado debe dar inicio dentro del primer semestre de 2016, independiente del periodo que vaya a cursar. La información del programa: duración, modalidad, plan de estudios, malla curricular, descripción, valor, etc., debe ser la expedida oficialmente por la INSTITUCIÓN en documento publicado oficialmente.
Lo anterior debe ser demostrado y justificado por el solicitante en el Anexo No. 01: “Carta de Solicitud del Aspirante SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO”, en dónde podrá sustentar lo pertinente.
7. INSTITUCIONES Y MODALIDAD PARA CURSAR LOS ESTUDIOS O PROGRAMAS DE INTERÉS DEL ASPIRANTE.
Para la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO, se entiende por INSTITUCIÓN la entidad que presta los servicios de formación con oferta activa y vigente de programas académicos relacionados con campos de estudio afines a la Estrategia de Gobierno en Línea, acordes con la naturaleza del FONDO y, que:
• Se encuentre registrada en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior –SNIES, con registro vigente, según corresponda, en los siguientes niveles de formación: a) Especializaciones y b) Maestrías.
En la consideración que a través de esta Convocatoria se financiarán diferentes Especializaciones y Maestrías en temas relacionados con GOBIERNO EN LÍNEA, en distintas instituciones académicas del país, los mismos se pueden desarrollar en cualquier modalidad: presencial, semipresencial, virtual o no presencial, de acuerdo con lo estipulado por la INSTITUCIÓN.
8. REQUISITOS MÍNIMOS DEL ASPIRANTE Y DOCUMENTOS SOPORTE.
• Requisitos mínimos para participar en la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
1) Ser ciudadano colombiano.
2) Ser líder o profesional relacionado con la Estrategia de Gobierno en Línea, que incluye a los servidores públicos y contratistas del Estado.
3) Estar admitido en una INSTITUCIÓN, según se define en esta Convocatoria, y en un programa que cumpla con las especificaciones presentadas en el numeral 6 de este documento.
4) Tener una cuenta propia de correo electrónico.
5) Inscribirse a través del medio que se indique en esta Convocatoria.
6) Estar vinculado actualmente con una Entidad y tener como mínimo un (1) año de vinculación, demostrable en los últimos dieciocho (18) meses.
7) No haber sido sancionado ni disciplinaria ni fiscalmente en el año inmediatamente anterior a la respectiva Convocatoria. La sanción disciplinaria que se profiera durante cualquier estado del proceso de aprobación del crédito, o su tránsito, que se detecte durante las etapas de monitoreo o seguimiento del proceso se constituye en causal de exclusión del mismo.
8) Manifestar interés en formarse en algún programa que cumpla con las especificaciones de esta Convocatoria.
9) No tener solicitudes vigentes en créditos de líneas tradicionales de ICETEX.
10) Postular al Deudor Solidario que respalde al beneficiario y contar con la aprobación del mismo, de lo que se da cuenta en el desarrollo de este proceso y de acuerdo con el cronograma planteado.
• Documentos del aspirante para participar en la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
1) Formulario de inscripción diligenciado en línea a través de la página web del ICETEX.
2) Original de certificación laboral o certificación de contrato vigente y de contratos complementarios, con todos los datos de identificación del aspirante al beneficio, tipo de vinculación con la Entidad y tiempo de servicio. Las características de este documento son:
• Expedida por la Entidad donde labora / presta su servicio, por el área competente, con fecha de emisión no superior a treinta (30) días calendario previos a la fecha de radicación de los documentos.
• Que se demuestre como mínimo un (1) año de vinculación con la Entidad, demostrable en los últimos dieciocho (18) meses, desempeñándose o prestando los servicios en las áreas de: Dirección, Secretaría General, Planeación, Tecnologías de la Información, Sistemas, Informática, Seguridad Informática, Talento Humano, Control Interno, Comunicaciones y Prensa, Atención al Ciudadano, Jurídica, Áreas Misionales, Desarrollo
Normativo, Gestión Política o áreas relacionadas con la implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea.
• De presentar varios contratos, si la experiencia adquirida corresponde al mismo mes calendario, únicamente se tendrá en cuenta una sola vez y para completar el requisito deberá tener como mínimo un (1) año de vinculación.
3) Original o copia del portafolio académico oficial del programa a cursar expedido por la INSTITUCIÓN, donde se especifique tipo de programa, nombre del programa, duración oficial del mismo (cantidad de ciclos, períodos, semestres o anualidades), valor de la matrícula, plan de estudios, objetivos, modalidad (presencial, en línea, a distancia, etc.), sitio de desarrollo del mismo, fecha de inicio del curso, intensidad, horarios y todos los demás datos inherentes al programa.
4) Original de la carta de solicitud del aspirante, según formato incluido en el Anexo No. 01: “Carta de Solicitud del Aspirante SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO”, donde manifieste su interés y compromiso en adelantar y finalizar exitosamente un programa que cumpla con las especificaciones presentadas en el numeral 6 de esta Convocatoria.
En dicho anexo deberá precisar el nivel de formación a cursar y las características del mismo: metodología presencial, a distancia o virtual, la duración, el horario de clases, el valor del periodo académico, el nombre de la INSTITUCIÓN, etc.
Es importante demostrar, de acuerdo con el portafolio académico oficial del programa a cursar, expedido por la INSTITUCIÓN, que el programa elegido cumple con mínimo cuatro (4) de las temáticas, áreas de conocimiento o estudio precisadas en la Tabla No. 2 del numeral 6 de esta Convocatoria, así como evidenciar la relación del programa con las funciones del empleo o servicio prestado en la Entidad.
Esta solicitud deberá contar con el visto bueno del Jefe Inmediato o Supervisor.
5) Original del recibo de matrícula o constancia de admisión expedida por la INSTITUCIÓN, donde se especifique nombre del aspirante, documento de identidad del aspirante, nombre del programa académico, ciclo, período, semestre o anualidad a cursar y el valor de la matrícula.
6) Para solicitudes en las que el aspirante ya haya iniciado estudios en el programa, de manera previa al primer semestre del 2016 y que requiere crédito condonable para la continuación del mismo, además de lo anunciado, el solicitante debe adjuntar información oficial o certificación oficial expedida por la INSTITUCIÓN en la que conste:
• La terminación del nivel o periodo académico inmediatamente anterior (Segundo semestre de 2015).
• El promedio de notas acumulado, el cual debe corresponder a mínimo tres punto cuatro (3.4), en una escala xx xxxx (0) a cinco punto cero (5.0), o el equivalente a este promedio en otras escalas de calificación.
• La cantidad de periodos o ciclos por cursar.
• El valor de la matrícula.
La información y la documentación soporte deben cargarse en el formulario de inscripción de manera legible y completa, so pena de que el solicitante no sea
considerado en la evaluación. Posteriormente, en el momento de la legalización, deberá entregar en el ICETEX todos los respectivos soportes y en concordancia con lo presentado en la inscripción.
En el mismo sentido, el ICETEX verificará los antecedentes disciplinarios, antecedentes judiciales y de responsabilidad fiscal según la información oficial que se tenga en las bases de datos oficiales pertinentes. La consulta debe demostrar que el aspirante no cuenta con novedades en su historial.
9. PRESUPUESTO Y PROYECCIÓN DE BENEFICIARIOS DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
El total de recursos proyectados y disponibles para esta Convocatoria corresponde a:
• Los recursos disponibles se asignaran de acuerdo con el orden de radicación de las solicitudes por parte de los aspirantes al crédito condonable, teniendo en cuenta el cronograma y etapas del proceso, y hasta que los recursos del presupuesto se agoten.
• El presupuesto se agota con la sumatoria de las reservas que amparan el 100% del valor de los programas, y de los gastos financiables descritos, de los beneficiarios que vayan legalizando el crédito.
10. CONSIDERACIONES Y ASPECTOS IMPORTANTES DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
• Esta Convocatoria se encuentra orientada para atender programas de Especializaciones o Maestrías y no cubre el costo de los estudios ya adelantados en periodos anteriores, en caso de que el postulante ya haya iniciado el programa.
• El aspirante podrá inscribirse en un (1) solo programa de estudios.
• El cumplimiento de los requisitos de selección no genera ningún derecho para el postulado, ni obligación para el FONTIC ni el ICETEX, hasta tanto el posible beneficiario efectúe los trámites de legalización del crédito educativo y cuente con el Concepto Jurídico Viable sobre las garantías por parte del ICETEX, previa verificación de la disponibilidad de recursos económicos del FONDO.
• El FONDO sólo financiará el total de periodos oficiales solicitados por el aspirante en concordancia con la duración oficial del programa. De existir saldo, al culminar el programa y pagar los gastos financiables, este será reintegrado al FONDO.
• Si al beneficiario la formación le toma más del tiempo previsto oficialmente para el desarrollo del programa académico, el pago de los semestres o materias adicionales deberá ser asumido por el beneficiario.
• El beneficiario deberá asumir el valor correspondiente a la prima de garantía, por tanto corresponderá al beneficiario realizar el pago que corresponda a los valores descontados a título de prima de garantía, directamente a la INSTITUCIÓN o a quien le indique el ICETEX.
11. PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN.
x. Xxxx detenidamente y entender los términos de esta Convocatoria, así como el Reglamento Operativo asociado a la misma.
Tales documentos se encuentran publicados en la página web del ICETEX, en la sección Fondos en Administración – Fondos para el Desarrollo de Tecnologías de la Información - Segunda Convocatoria de Gobierno Electrónico: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-xx/xxxxxx y en la página web de la Estrategia de Gobierno en Línea, en la sección del Programa para la Excelencia en Gobierno Electrónico: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/000/x0-xxxxxxxxxxxxx- 8018.html.
b. Proporcionar la información en las condiciones y características solicitadas, dentro de los tiempos establecidos en el cronograma de esta Convocatoria.
c. Diligenciar el formulario de Inscripción y el del Deudor Solidario, a través de la página Web del ICETEX, sección Fondos - SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO. Este proceso debe adelantarse dentro del periodo de inscripción estipulado, según cronograma de esta Convocatoria.
Para el formulario de solicitud de crédito tenga en cuenta:
• Constituyente: Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – FONTIC.
• Fondo normal: FONDO DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI (CONVENIO 0000577 DEL 2014), constituido mediante la celebración del citado Convenio Interadministrativo entre ICETEX y FONTIC.
• Convocatoria: SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
El aspirante puede asumir la condición de Deudor Solidario de su propio crédito, si sus condiciones se lo permiten, para lo cual debe igualmente diligenciar el formulario de Deudor Solidario.
El estudio y aprobación del Deudor Solidario del crédito educativo está a cargo de la CIFIN (Central de Información Financiera), organismo que procesa y suministra al ICETEX
la información relativa a los clientes y usuarios de los sectores financieros, real, solidario y asegurador. Si presenta algún inconveniente en tal aprobación, el aspirante debe verificar directamente con la CIFIN su historial crediticio. El citado estudio tiene un costo que recauda la CIFIN (Siete mil ochocientos pesos m/c, $7.800,00), el cual debe ser asumido por el aspirante en el momento del diligenciamiento de los formularios. Allí se expide el recibo de pago o se puede hacer la consignación en línea.
d. Preparar la documentación solicitada en el numeral 8 de este documento, en formato digital *.pdf, para lo cual cada uno de los archivos no podrá superar los 1 MB. Los documentos que deberán cargarse son los siguientes: (1 Anexo 1 Diligenciado y Firmado. 2) Certificaciones Laborales. 3) Carta de Admisión y/o Recibo de Matricula. 4) Portafolio Oficial del Programa 5) Certificado del Promedio Acumulado de Notas, únicamente para estudiantes que ya hayan cursado el primer periodo de estudios. La información y la documentación soporte debe cargarse en el sistema, deber ser legible y estar completa en el momento de la inscripción, so pena de que el solicitante no sea considerado en la evaluación. Dicha información debe ser cargada en el sistema en el momento de la inscripción. Posteriormente, en el momento de la legalización, deberá entregar en el ICETEX todos los respectivos soportes y en concordancia con lo presentado en la inscripción.
e. Estar atento a los resultados de la Convocatoria, y en caso de resultar beneficiado, proceder con la legalización del crédito en el menor tiempo posible.
Debe considerar que una vez aprobado y legalizado el beneficio, así como realizado por parte del ICETEX el desembolso a la INSTITUCIÓN, el ICETEX descontará a los beneficiarios de créditos con cargo a este FONDO, el porcentaje vigente que corresponda, sobre cada desembolso que se efectúe durante todo el tiempo de duración de la financiación, con el objeto de llevarlo al Fondo de Garantías del ICETEX, por concepto de prima para amparar los riesgos de muerte, invalidez física o mental total y permanente del beneficiario. Este porcentaje se publicará en la página del ICETEX destinada a la respectiva convocatoria. El valor descontado deberá ser asumido por el beneficiario del crédito.
12. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES.
a. Los aspirantes serán evaluados, en estricto orden de llegada, según la fecha y hora de registro del formulario de solicitud en la plataforma del ICETEX y de acuerdo con el reporte entregado por el sistema. Para tal efecto los formularios, la información y la documentación deben estar completos y legibles, so pena de que el solicitante no sea considerado en la evaluación.
b. Se seleccionarán los beneficiarios hasta cumplir con el tope del presupuesto fijado para esta Convocatoria, creando una lista de espera de acuerdo con el cumplimiento del proceso de legalización de los beneficiarios aprobados. Para tal efecto debe consultar la plataforma del ICETEX.
c. En caso de empate entre dos (2) o más aspirantes, se utilizarán los siguientes criterios para dar un orden a los aspirantes:
• Se seleccionará en primer lugar al aspirante que haya escogido el nivel más alto de formación para ser beneficiado en esta Convocatoria: primero Maestría, luego Especialización.
• De continuar el empate se seguirá la selección consecutiva de los criterios que siguen:
o Primará el tipo de vinculación con la Entidad: en primer lugar Carrera Administrativa, luego Libre Nombramiento y Remoción, después Provisional, por último contratista.
13. PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE LOS ASPIRANTES Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS.
a) Para la verificación de los ítems propios de la Estrategia de Gobierno en Línea, se conformará en el MinTIC un comité calificador integrado por tres (3) miembros de la Dirección de Gobierno en Línea o del Viceministerio de T.I. o del Programa para la Excelencia en Gobierno Electrónico (en colaboración con el PNUD - PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO). El comité procederá a verificar que el programa seleccionado esté acorde con todas y cada una de las condiciones estipuladas en el numeral 6 de esta Convocatoria.
b) Las condiciones registradas en el formulario de inscripción serán verificados por el ICETEX, identificando quienes cumplen con todos los requisitos y condiciones establecidos en la Convocatoria y el Reglamento Operativo asociado a la misma.
c) Una vez evaluadas las solicitudes, para efectos de la selección de los posibles beneficiarios de la financiación y conforme a la disponibilidad de recursos existente en el FONDO, el ICETEX preparará un informe, el cual se presentará a la JUNTA ADMINISTRADORA.
d) La JUNTA ADMINISTRADORA procederá a la aprobación de los aspirantes, de los montos a financiar para cada uno de ellos y a la definición de un listado que permita completar el presupuesto tope de esta Convocatoria.
e) El ICETEX publicará los resultados de la evaluación para consulta individual, de acuerdo con lo aprobado por la JUNTA ADMINISTRADORA, respetando el orden de registro de las solicitudes iniciales de los aspirantes y de acuerdo con las fechas del cronograma propuesto en esta Convocatoria.
14. LEGALIZACIÓN DEL CRÉDITO.
El tiempo para legalizar el beneficio será de máximo quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de comunicación de los resultados.
Una vez efectuada la aprobación del Deudor Solidario y la inscripción por parte del beneficiario, los seleccionados deberán adelantar los trámites necesarios para su legalización ante el ICETEX. El ICETEX brindará a los beneficiarios del FONDO, asesoría oportuna en aspectos básicos referentes al límite y manejo del crédito, firma de garantías, así como de la condiciones para mantener el crédito educativo.
Para la legalización del crédito condonable, el aspirante con estado de “Aprobado”, tiene dos alternativas:
a) Efectuar el proceso de legalización de manera presencial o
b) Efectuar el proceso de legalización de manera virtual.
Consulte el Procedimiento para la legalización del crédito condonable por parte de los Aspirantes Aprobados en la sección Fondos en Administración – Fondos para el Desarrollo de Tecnologías de la Información - Segunda Convocatoria de Gobierno Electrónico: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-xx/xxxxxx y en la página web de la Estrategia de Gobierno en Línea, en la sección del Programa para la Excelencia en Gobierno Electrónico: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/000/x0-xxxxxxxxxxxxx-0000.xxxx.
En el evento de que el beneficiario aspirante a la obligación crediticia no cumpla con los requisitos establecidos por el ICETEX para efectos de la legalización del crédito educativo, cesará automáticamente cualquier aspiración y se dará la posibilidad de adelantar el trámite respectivo al siguiente aspirante escogido, en orden de elegibilidad.
Los seleccionados como beneficiarios de la financiación del crédito condonable, deberán presentar directamente al ICETEX, a través de sus diferentes oficinas nacionales o por legalización virtual, dentro de los términos establecidos para ello, la siguiente documentación, complementaria a lo señalado en el Procedimiento para la legalización del crédito condonable por parte de los Aspirantes Aprobados:
a. Formulario de inscripción ante ICETEX debidamente diligenciado, impreso y con firma y huella. Para imprimir, la dirección es xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx- co/fondos/m%C3%B3dulodesolicitudyrenovaci%C3%B3ndecr%C3%A9dito/impresi
%C3%B3ndeformulario.aspx (Xxxxx remitirse al numeral 18 de esta Convocatoria para las palabras claves).
b. Fotocopia del documento de identidad del aspirante.
c. Original de certificación laboral o certificación de contrato vigente y de contratos complementarios.
d. Original o copia del portafolio académico oficial del programa a cursar expedido por la INSTITUCIÓN.
e. Original de la carta de solicitud del aspirante, según formato incluido en el Anexo No. 01: "Carta de Solicitud del Aspirante SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO”.
f. Original del recibo de matrícula o constancia de admisión expedida por la INSTITUCIÓN. En todo caso, el beneficiario deberá entregar al ICETEX el original del recibo de matrícula apenas la INSTITUCIÓN lo expida.
g. Originales de la Carta de Instrucciones (Autenticada en Notaria) y el Pagaré expedidos por ICETEX, debidamente diligenciados y de acuerdo con las instrucciones y requerimientos que el ICETEX requiera para estos documentos, una vez aprobado el Deudor Solidario.
h. Para solicitudes en las que el aspirante ya haya iniciado estudios en el programa, de manera previa a la presente Convocatoria, y que requiere crédito condonable para la continuación del mismo, además de lo anunciado, el solicitante debe adjuntar información oficial o certificación oficial expedida por la INSTITUCIÓN en la que conste:
1) La terminación del nivel o periodo académico inmediatamente anterior.
2) El PROMEDIO de notas ACUMULADO, el cual debe corresponder a mínimo tres punto cuatro (3.4), en una escala xx xxxx (0) a cinco punto cero (5.0), o el equivalente a este promedio en otras escalas de calificación.
3) La cantidad de periodos o ciclos por cursar.
4) El valor de la matrícula.
i. Para soportar la calidad de Deudor Solidario debe anexar:
1) Fotocopia del documento de identidad del deudor solidario.
2) Formulario del deudor solidario debidamente firmado por el aspirante aprobado y el deudor. Para imprimir ingrese al link xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx- co/fondos/m%C3%B3dulodesolicitudyrenovaci%C3%B3ndecr%C3%A9dito
/formulariodeinscripci%C3%B3n.aspx
3) Carta de Certificación Laboral del Deudor Solidario con fecha de expedición no mayor a 30 días, que incluya asignación salarial, cargo, fecha de ingreso y tipo de contrato.
4) Si el deudor solidario es trabajador independiente, anexar Certificación de Ingresos expedida por la autoridad competente. Si es expedido por contador público se debe acompañar con copia legible de la tarjeta profesional y del documento de identidad del contador.
5) Certificado de Ingresos y Retenciones, si es trabajador dependiente y/o declaración xx xxxxx del año anterior, si está obligado a declarar.
6) Certificación de ingresos adicionales según sea el caso.
7) En caso de ser pensionado, demostrar ingresos diferentes a la pensión - adjuntar certificación de ingresos adicionales expedida por la autoridad competente. Si es expedido por contador público se debe acompañar con copia legible de la tarjeta profesional y del documento de identidad del contador.
Nota: Los anteriores documentos debe ser entregados en las oficinas de ICETEX en las diferentes regionales o Instituciones de Educación Superior, legajados en una carpeta de cartón, las garantías (pagaré y carta de instrucciones no se deben legajar).
15. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA.
El cronograma para el desarrollo de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO es:
ACTIVIDAD | FECHA |
Apertura Convocatoria | 26 de Noviembre de 2015. |
Periodo para inscripciones | 26 de Noviembre de 2015 al 17 de Febrero de 2016. |
Cierre de Convocatoria | Hasta completar el monto del presupuesto de la Convocatoria o hasta el 17 de Febrero de 2016 a las 23:59 horas (lo que ocurra primero). |
Evaluación de las solicitudes de los aspirantes. | 26 de Noviembre de 2015 al 17 de Febrero de 2016. |
Reuniones de la JUNTA ADMINISTRADORA para adjudicar los créditos. | Primera: 7 de Diciembre de 2015. Segunda: 21 de Diciembre de 2015. Tercera: 15 de Enero de 2016. Cuarta: 29 de Enero de 2016. Quinta: 23 de Febrero de 2016. |
Publicación resultados. | 09 de Diciembre de 2015 al 24 de Febrero de 2016. |
Periodo de legalización de créditos y viabilidad jurídica: El tiempo para legalizar el beneficio será de máximo quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de comunicación de los resultados. | 09 de Diciembre de 2015 al 18 xx Xxxxx de 2016. |
Proceso de formación. | Según el programa académico aprobado para cada beneficiario. Nota: El programa seleccionado debe dar inicio en el primer semestre de 2016. |
Etapa para iniciar el proceso de Condonación. | Según el programa académico aprobado para cada beneficiario, debe considerar informar en la plataforma del ICETEX la alternativa de condonación elegida de las opcionales propuestas en esta convocatoria. Lo podrá hacer en el desarrollo de la época de estudios y con la debida antelación a su decisión final, para obtener el aval previo por parte del MinTIC sobre la temática de la opción escogida. |
Proceso de Condonación | De acuerdo con la alternativa de condonación elegida y avalada por MinTIC. |
Tabla No. 3: Cronograma de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
16. PROCESO DE RENOVACIÓN DEL CRÉDITO.
De acuerdo con el Reglamento Operativo, una vez finalizado el periodo académico, para efectos de renovación del crédito, el beneficiario deberá realizar los siguientes pasos:
A.)Actualizar sus datos en la plataforma web del ICETEX.
B.) Presentar ante la oficina de atención al usuario del ICETEX más cercana (ubicada en la INSTITUCIÓN de Educación Superior o en las oficinas propias del ICETEX), los documentos relacionados a continuación:
1. Certificado de notas o calificaciones oficial del último semestre o periodo cursado, con un PROMEDIO mínimo en el SEMESTRE o periodo de tres punto cuatro (3.4) sobre cinco punto cero (5.0), o su equivalente. También debe constar el PROMEDIO ACUMULADO.
2. Recibo de orden de matrícula.
3. Formulario de actualización de datos (el que genera al actualizar datos a través de la página web del ICETEX).
4. Copia del pago realizado por el beneficiario a la INSTITUCIÓN, por concepto del porcentaje vigente que corresponda a la PRIMA DE GARANTÍA del periodo cursado.
5. Original de certificación laboral o certificación de contrato vigente, con fecha de emisión no superior a treinta (30) días calendario previos a la fecha de presentación de los documentos, con todos los datos de identificación del beneficiario, tipo de vinculación con la Entidad.
Una vez revisados y definidos los beneficiarios objetos de renovación, así como los montos a cubrir a través de la renovación de los créditos educativos, el ICETEX realizará los giros correspondientes, previa presentación a la JUNTA ADMINISTRADORA para su aprobación.
• Notas para la renovación:
El PROMEDIO de cada PERIODO O SEMESTRE mínimo obligatorio para renovar el crédito es de tres punto cuatro (3.4), en una escala xx xxxx (0) a cinco punto cero (5.0), o el equivalente a este promedio en otras escalas de calificación.
En caso en que en el semestre o periodo cursado el beneficiario no cumpla con el PROMEDIO mínimo del PERIODO O SEMESTRE requerido, para la renovación se verificará el PROMEDIO ACUMULADO. Dicho acumulado deberá ser superior a tres punto cuatro (3.4), en una escala xx xxxx (0) a cinco punto cero (5.0), o el equivalente a este promedio en otras escalas de calificación. Debe entenderse que el PROMEDIO ACUMULADO es el
promedio de todo el programa cursado, calculado y suministrado por la INSTITUCIÓN, y NO solamente el promedio de notas de solo el tiempo cursado con el beneficio del FONDO.
Si los promedios mínimos para mantenerse en la INSTITUCIÓN, determinados por ella (PROMEDIO DEL PERIODO O SEMESTRE o el ACUMULADO), son diferentes a los establecidos en este Reglamento Operativo, el beneficiario deberá cumplir con los requisitos que tenga la INSTITUCIÓN para mantener el cupo en la misma y obtener la nueva orden de matrícula. En todo caso para la renovación del beneficio se debe cumplir con los requisitos establecidos en esta Convocatoria y en el Reglamento Operativo.
Los costos de las certificaciones de notas del periodo, el certificado del promedio acumulado y la expedición de los recibos de orden de matrícula serán asumidos y tramitados por el beneficiario.
El crédito educativo se renovará solamente para la continuación del programa inicialmente aprobado y en la INSTITUCIÓN inicialmente aprobada.
No obstante lo anterior, la JUNTA ADMINISTRADORA del FONDO podrá aceptar cambios de INSTITUCIÓN, cuando se presenten situaciones imprevisibles y de fuerza mayor que sean debidamente probadas y argumentadas. Los trámites ante las INSTITUCIONES son responsabilidad del beneficiario quien deberá asumir los costos propios de dicha situación y legalizar lo correspondiente ante el ICETEX.
En todo caso, el FONDO sólo financiará el total de periodos oficiales solicitados por el aspirante en correspondencia con la duración del programa.
Si al beneficiario la formación le toma más del tiempo del previsto oficial para el desarrollo del programa académico, el pago de los semestres o materias adicionales deben ser asumidos por el beneficiario.
El ICETEX a partir de la evaluación de los soportes suministrados por el beneficiario, procederá a presentar el resultado a la JUNTA ADMINISTRADORA del FONDO quien verificará las condiciones para la renovación del caso lo cual quedará consignado en el acta de la JUNTA ADMINISTRADORA del FONDO.
17. PROCESO DE CONDONACIÓN.
Los créditos educativos otorgados a través del FONDO para la Segunda Convocatoria de Gobierno Electrónico serán condonados con el cumplimiento obligatorio e incluyente de los siguientes requisitos:
A) REQUISITOS OBLIGATORIOS:
REQUISITOS OBLIGATORIOS | Maestría | Especialización | Evidencias soporte |
Acreditar un 70% de permanencia o vinculación laboral / contractual con Entidad (es) del Estado, en las áreas vinculadas con la implementación o desarrollo de la Estrategia de Gobierno en Línea, contado a partir de la fecha de inicio de clases del primer periodo académico financiado, hasta la fecha de terminación de último periodo financiado. Teniendo en cuenta lo anterior se aplicará la siguiente formula: | Obligatorio | Obligatorio | Certifcación laboral, en original o copia, con maximo treinta (30) dias de vigencia, previstos a la fecha de radicación de los docuemntos o certificación de contratos de prestación de servicios, suscrita por área competente de la Entidad. Debe indicar como mínimo: nombre del titular, datos de identificación, nombre de la Entidad, nombre del área de desempeño, funciones, objeto, tiempo de servicio, culminación a satisfacción de los contratos (si los hay) y telefonos de contacto para verficación. |
Tiempo de Permanencia = (Fecha de Terminación - Fecha de Inicio) * 70% | |||
Fecha de Inicio: Fecha en la cual inició el primer periodo financiado | |||
Fecha de Terminación: Fecha en la cual terminó el último periodo financiado | |||
En caso de suspensión o aplazamiento de periodo(s) académico(s), ese tiempo no se tendrá en cuenta para ningun efecto. | |||
Lo anterior de acuerdo con los periodo(s) académico(s) reportado(s) y aprobado(s) para la aprobación del beneficio, de acuerdo con la información oficial del Programa y de la respectiva Institución. | |||
Acredit ar que en el último semestre o periodo cursado obtuvo un PROMEDIO mínimo en el SEMESTRE O PERIODO de tres punto cuatro (3.4) sobre cinco punto cero (5.0), o su equivalente, o, Un PROMEDIO ACUMULADO mínimo de tres punto cuatro (3.4) sobre cinco punto cero (5.0), o su equivalente. | Obligatorio | Obligatorio | Original de certificación expedida por la Institución Universitaria donde conste: Nombre de la Institución, Programa Académico, nombre del estudiant e, dat os de ident ificación, promedio del último semestre y/o acumulado final y, culminación satisfactoria del programa. |
Cursar y aprobar todo el programa académico cumpliendo con todas las condiciones establecidas por la INSTITUCIÓN, el Reglamento Operativo y la Convocatoria específica. | Obligatorio | Obligatorio | |
Obtener el t ítulo o grado respectivo para el programa que se financió, expedido por la INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA, de acuerdo con lo aprobado para la obtención del beneficio. | Obligatorio | Obligatorio | Copia del t ítulo y acta de grado expedido por la Institución Universitaria donde conste: Nombre de la Institución, Programa Académico, fecha de grado, nombre del estudiant e y número de ident ificación. |
Hacer parte de la Comunidad de la Práctica del Programa para Excelencia en Gobierno Electrónico. | Obligatorio | Obligatorio | Certificación de pertenecer a la Comunidad de Práctica del Programa para la Excelencia en Gobierno Electrónico, la cual será consultada internamente por el Ministerio de TIC e ICETEX. |
Entregar un video testimonial y creativo de la experiencia como beneficiario del FONDO DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI, las características técnicas del video son: 1. Tener mínimo dos (2) minutos de testimonio. 2. Debe ser grabado en formato HD (1080 x 720 pixeles). 3. La calidad de audio deber ser óptima, nítida y clara (grabado con micrófono externo). 4. Las condiciones de iluminación deben ser adecuadas. Que no esté subexpuesto o sobreexpuesto. Las condiciones del testimonio son: 1. Realice su presentación personal: nombre, t ítulo obtenido y citar PRIMERA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO. 2. Opinar sobre el proceso de vinculación y condonación. 3. Porqué es útil haber cursado el programa elegido. 4. Cómo aporta Ud. a la Estrategia de Gobierno en Línea en sus actividades y en su Entidad. Citar la Entidad beneficiaria. Documento adicional: Debe anexar una comunicación suscrita, en dónde conste que el Ministerio de TIC cuenta con su autorización para hacer uso del video en temas institucionales, promoción y divulgación. | Obligatorio | Obligatorio | En medio magnético: memoria externa USB, CD o DVD, debidament e marcado con el Nombre del beneficiario, Institución, Programa Cursado y nombre de la Convocatoria: PRIMERA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO; cumpliendo las características descrit as en la primera columna. Documento adicional: comunicación suscrita, en dónde conste que el Ministerio de TIC cuenta con su autorización para hacer uso del video en temas institucionales, promoción y divulgación. |
Tabla No. 4: Requisitos obligatorios de condonación.
B) REQUISITO ADICIONAL (SOLO UN REQUISITO DE LAS SIGUIENTES OPCIONES EN LA TABLA No. 5):
MÁS, SOLO UN REQUISITO DE LAS SIGUIENTES OPCIONES, ASÍ: | Maestría | Especialización | Evidencias soporte |
Documentar experiencias o evidencias de Innovación en Gobierno Electrónico o, elaborar investigación, siguiendo las guías metodológicas del Centro de Innovación de Gobierno Electrónico del Ministerio de TIC (o quien haga sus veces), de acuerdo con el INSTRUCTIVO del Centro de Innovación que se adjunt a en esta Convocatoria. NOTAS: 1. CONTANDO CON EL AVAL PREVIO, POR PARTE DEL MINISTERIO DE TIC - DIRECCIÓN DE GOBIERNO EN LINEA (O QUIEN HAGA SUS VECES), AL PROYECTO RESPECTIVO, ASESORÍA, CAPACITACIÓN O MODALIDAD ESCOGIDA. 2. ASEGURÁNDOSE DE PREVER OPORTUNAMENTE LAS CONDICIONES REQUERIDAS PARA SU ENTREGA Y USO (FINANCIERAS, LEGALES, DE USO, etc.). | NA | Opción 1: Documentar dos (2) experiencias de Innovación en Gobierno Electrónico, cada una de ellas debe contar con su respectivo análisis, bajo la metodología del Centro de Innovación y empleando los dos formatos específicos (para document ar experiencia y realizar el análisis). | Certificación de cumplimiento y entrega a satisfacción expedida por el Centro de Innovación la cual será consultada internamente por el Ministerio de TIC e ICETEX. |
NA | Opción 2: Documentar tres (3) experiencias de Innovación en Gobierno Electrónico, bajo la metodología del Centro de Innovación, y empleando el formato específicos para document ar las experiencias. No incluye elaboración de análisis. | ||
Opción 1: Elaborar un (1) document o de investigación, como proyecto de grado dirigido por la INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA, sobre un tema de interés en Innovación de Gobierno Electrónico (según metodología del Centro de Innovación). | NA |
Tabla No. 5: Opciones para el requisito adicional de condonación.
MÁS, SOLO UN REQUISITO DE LAS SIGUIENTES OPCIONES, ASÍ: | Maestría | Especialización | Evidencias soporte |
Cumplir con horas de práctica o capacitación brindada en una Entidad del Estado, como se presenta a continuación y considerando: 1. AVAL PREVIO, POR PARTE DEL MINISTERIO DE TIC - DIRECCIÓN DE GOBIERNO EN LINEA (O QUIEN HAGA SUS VECES), AL PROYECTO RESPECTIVO, ASESORÍA, CAPACITACIÓN O MODALIDAD ESCOGIDA. 2. PREVER OPORTUNAMENTE LAS CONDICIONES REQUERIDAS PARA SU ENTREGA Y USO (FINANCIERAS, LEGALES, DE USO, etc.). | |||
Asesoría, acompañamiento, sensibilización: brindar horas para transferencia de conocimiento y mejora de competencias, en los temas del PROGRAMA cursado y en relación con la Estrategia de Gobierno en Línea o TI, diferent es de las responsabilidades del cargo o contrato. | Opción 2: 440 horas | Opción 3: 220 horas | Original de certificación expedida por el área donde se desarrolló la asesoría, acompañamiento, sensibilización o capacitación, de la Entidad beneficiaria, donde indique el número de horas cumplido y además: *Para el caso de las capacitaciones, que especifique: tema, agenda, cronograma, público objetivo, tabla de contenido de material didáct ico y/o de apoyo, listado de asistencia y evidencias fotográficas. *Para el caso de asesoría, acompañamiento o sensibilización, que especifique: tema, agenda, cronograma, sustentación, entregables, resumen del informe final y que haya constancia de recibo y aceptación. |
Semestres financiados | |||
Uno (1) | |||
Dos (2) | |||
Tres (3) | |||
Cuatro (4) | |||
Capacitación: a por lo menos quince (15) personas de la Entidad, en temas del PROGRAMA cursado y en relación con la Estrategia de Gobierno en Línea o TI. | Opción 3: 440 horas | Opción 4: 220 horas | |
Semestres financiados | |||
Uno (1) | |||
Dos (2) | |||
Tres (3) | |||
Cuatro (4) | |||
Realizar un proyecto, estudio, investigación o desarrollo, puede ser la Tesis para optar por el grado, para una Entidad específica del Estado, en temas con enfoque práctico o de investigación de Gobierno Electrónico o en Línea, que revierta en la Entidad. En todos los casos debe estar debidament e aceptada por la Entidad beneficiaria del proyecto, estudio, investigación o desarrollo. En el evento de ser Tesis, para optar por el grado, también debe estar debidament e aceptada por la Universidad. | Opción 4: Proyecto de grado dirigido por la Institución Universitaria y que sea aplicado o aporte a una Entidad del Estado. | Opción 5: Proyecto de grado dirigido por la Institución Universitaria y que sea aplicado o aporte a una Entidad del Estado. | Certificación del Proyecto de Grado debidament e aceptado y recibido a conformidad por la Institución Universitaria y la Entidad. |
Opción 5: Proyecto, estudio, investigación o desarrollo en Gobierno Electrónico o Gobierno en Línea dirigido por una Entidad del Estado y que sea aplicado o aporte a la misma Entidad . | Opción 6: Proyecto, estudio, investigación o desarrollo en Gobierno Electrónico o Gobierno en Línea dirigido por una Entidad del Estado y que sea aplicado o aporte a la misma Entidad . | ||
NOTAS: 1. CONTANDO CON EL AVAL PREVIO, POR PARTE DEL MINISTERIO DE TIC - DIRECCIÓN DE GOBIERNO EN LINEA (O QUIEN HAGA SUS VECES), AL PROYECTO RESPECTIVO, ASESORÍA, CAPACITACIÓN O MODALIDAD ESCOGIDA. 2. ASEGURÁNDOSE DE PREVER OPORTUNAMENTE LAS CONDICIONES REQUERIDAS PARA SU ENTREGA Y USO (FINANCIERAS, LEGALES, DE USO, etc.). | Certificación del proyecto, estudio, investigación o desarrollo, en temáticas en Gobierno Electrónico o Gobierno en Línea, expedida por la Entidad del Estado que dirigió y recibió el proyecto, estudio, investigación o desarrollo, debidament e aceptado y recibido a conformidad. |
Continuación Tabla No. 5: Opciones para el requisito adicional de condonación.
Para efectos de la condonación de la obligación crediticia, el beneficiario deberá gestionar y entregar oportunamente al ICETEX, y para presentación ante el MinTIC o la JUNTA ADMINISTRADORA del FONDO, lo siguiente:
• Previo a la finalización de la época de estudios debe escoger una de las opciones de condonación presentadas en esta convocatoria en el ítem “B) REQUISITO ADICIONAL (SOLO UN REQUISITO DE LAS SIGUIENTES OPCIONES)” y comunicarlo en la plataforma que el ICETEX dispondrá para tal fin. Debe adjuntar soportes y evidencias para que el MinTIC – Dirección de Gobierno en Línea, pueda brindar el respectivo aval sobre la temática a desarrollar en la opción de su elección. En su momento se dispondrá de los respectivos formatos y plataforma.
• Una vez haya finalizado los estudios, obtenido el título, cumplidos los requisitos obligatorios para condonación y culminado la opción elegida y avalada, deberá presentar ante el ICETEX la solicitud de condonación, soportada con los documentos y evidencias pertinentes, que se han presentado en las tablas de este numeral.
La condonación de los créditos será autorizada por la JUNTA ADMINISTRADORA del FONDO con base en el cumplimiento de los requisitos establecidos y quedando como constancia de ello, un acta. Una vez autorizado por la JUNTA ADMINISTRADORA del FONDO, el ICETEX, basado en dicha acta, emitirá un Acto Administrativo con la relación del beneficiario y valor a condonar, para que esta entidad en su calidad de administrador financiero del FONDO, proceda a realizar las condonaciones en los aplicativos de cartera.
Considere que para el cumplimiento de los requisitos de condonación, el beneficiario deberá presentar la documentación académica exigida en un término máximo de doce
(12) meses, contados a partir de la fecha de terminación de los estudios o programa financiado.
18. PALABRAS CLAVES Y CANALES DE INFORMACIÓN PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
• Palabras Clave:
o Convocatoria: SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
o CRÉDITOS CONDONABLES PARA SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS EN ESTUDIOS EN GOBIERNO EN LÍNEA: Especializaciones y Maestrías.
o Ministerio / Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - Dirección de Gobierno en Línea.
o Convenio Interadministrativo No. 577 De 2014 - Suscrito entre el INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR "XXXXXXX XXXXXX XXXXX" - ICETEX y el FONDO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES - FONTIC.
o Constituyente: Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
– FONTIC.
o Fondo normal: FONDO DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI – CONVENIO 0000577 DEL 2014, constituido mediante la celebración del citado Convenio Interadministrativo entre ICETEX y FONTIC.
• Ruta para la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO en la página web de ICETEX:
o ICETEX
o FONDOS EN ADMINISTRACIÓN
o Fondos para el Desarrollo de Tecnologías de la Información
o SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO También por:
o ICETEX
o FONDOS EN ADMINISTRACIÓN
o Instituciones de Gobierno
o Ministerios
▪ Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
o FONDO DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI
o SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO
• Canales de Información:
o Oficinas del ICETEX a nivel nacional - Canales y horarios de atención: Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m. xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-
co/atenci%C3%B3nalciudadano/puntosdeatenci%C3%B3n/ubicaci%C3%B3n yhorarios.aspx
o Página web del ICETEX, en la sección Fondos en Administración, según la ruta citada para la Convocatoria en el numeral 18: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-xx/xxxxxx xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-xx/xxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxxx
o Preguntas frecuentes: xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xxxxxxx.xxxx?xxxxxx0000
También en la sección Fondos en Administración, según la ruta citada para la Convocatoria en el numeral 18:
xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-xx/xxxxxx xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-xx/xxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxxx
o SISTEMA DE ATENCIÓN VIRTUAL del ICETEX para cargar los anexos en el momento de la inscripción: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/Xxxxxxx.xxxx?xxxxxx000
Revisar numeral 11 de este documento en donde se señala: formato digital *.pdf, para lo cual cada uno de los archivos no podrá superar los 1 MB. Los documentos que deberán cargarse son los siguientes: (1 Anexo 1 Diligenciado y Firmado. 2) Certificaciones Laborales. 3) Carta de Admisión y/o Recibo de Matricula. 4) Portafolio Oficial del Programa 5) Certificado del Promedio Acumulado de Notas, únicamente para estudiantes que ya hayan cursado el primer periodo de estudios.
o Contacto telefónico ICETEX:
Servicio de Contact Center a nivel nacional Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.
Sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Líneas de Atención al Usuario:
Bogotá: 417.35.35.
Nacional: 01900.3313777 (con costo).
Quejas y Reclamos: 018000.916821 (gratuita).
o Página web de la Estrategia de Gobierno en Línea, en la sección del Programa para la Excelencia en Gobierno Electrónico: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/000/x0-xxxxxxxxxxxxx-0000.xxxx
19. ANEXOS.
Anexo No. 01:
“Carta de Solicitud del Aspirante SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO
ELECTRÓNICO”.
Anexo No. 02:
“Instructivo de la Condonación por medio de las Opciones del Centro de Innovación de Gobierno en Línea” en tres secciones: A) Guía para Video Experiencia, B) Guía de Documental Experiencia y C) Análisis de Experiencias.
Los anexos citados son archivos descargables que están en la sección Fondos en Administración, según la ruta indicada en el numeral 18 de esta Convocatoria: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-xx/xxxxxx
xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx-xx/xxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxxx
AMPLIACIÓN
SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO
CRÉDITOS CONDONABLES PARA SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS EN ESTUDIOS EN GOBIERNO EN LÍNEA
(Especializaciones y Maestrías)
Convenio Interadministrativo No. 577 de 2014
suscrito entre el INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR "XXXXXXX XXXXXX XXXXX" - ICETEX y el FONDO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES – FONTIC.
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Viceministerio de Tecnologías de la Información
Dirección de Gobierno en Línea 17 de febrero de 2016
CONTENIDO
1. JUSTIFICACIÓN Y DECISIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 3
2. AMPLIACIÓN DE LA DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 6
2.1. PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 6
2.2. CALENDARIO ACADÉMICO DE LA OFERTA EDUCATIVA VIGENTE PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 7
2.3. REQUISITO MÍNIMO DE ANTIGÜEDAD EN EL ESTADO PARA EL ASPIRANTE DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 7
3. CRONOGRAMA DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO 8
4. DOCUMENTOS ACTUALIZADOS DE ACUERDO A ESTA AMPLIACIÓN 10
5. VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES 10
AMPLIACIÓN
SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO CRÉDITOS CONDONABLES PARA SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS
EN ESTUDIOS DE GOBIERNO EN LÍNEA
(Especializaciones y Maestrías)
1. JUSTIFICACIÓN Y DECISIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) suscribió con el ICETEX el Convenio Interadministrativo 577 de 2014 y en su marco se constituyó el FONDO EN ADMINISTRACIÓN DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI, que tiene como finalidad la administración de los recursos proporcionados por FONTIC al ICETEX, quien (ICETEX) actuará como administrador y mandatario, con la finalidad de financiar créditos condonables orientados al desarrollo de conocimientos, competencias específicas y transversales, requeridas para fortalecer el sector de las Tecnologías de Información y la estrategia de Gobierno en Línea.
Actualmente, en desarrollo del Convenio y del Fondo, se ejecutan Convocatorias Públicas con oferta para formación en educación formal (Maestrías y Especializaciones) en temáticas relacionadas con Gobierno Electrónico, bajo el liderazgo de la Dirección de Gobierno en Línea y con la finalidad de lograr los objetivos y la atención de las necesidades de los servidores públicos y contratistas de las entidades del orden nacional y territorial, en relación con el fortalecimiento de sus capacidades. Por lo anterior, se han desarrollado dos (2) Convocatorias Públicas, así:
• La PRIMERA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO, cuyo periodo de inscripciones transcurrió entre el 05 xx xxxxxx y el 21 de septiembre de 2015, y que buscaba atender la demanda académica de especializaciones y maestrías para el segundo semestre de 2015. En el desarrollo del proceso se recibieron 449 solicitudes, que permitieron la aprobación de 213 servidores públicos y contratistas del Estado. Tal y como se aprecia, 236 solicitudes no lograron ser aprobadas por diferentes causales.
• La SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO, actualmente vigente (periodo de inscripción), con el fin de atender la oferta académica de especializaciones y maestrías para el primer semestre de 2016 y cuyo público objetivo corresponde al de la oferta y demanda identificada, así como al de los aspirantes de las 236 solicitudes que no obtuvieron aprobación en la PRIMERA CONVOCATORIA.
La SEGUNDA CONVOCATORIA tuvo fecha de apertura el 26 de noviembre de 2015 y tiene previsto su cierre el 17 de febrero 2016. Con corte a 07 de febrero de 2016, ésta ha
evolucionado de manera positiva, se ha desarrollado bajo el cronograma previsto y cuenta con 385 aspirantes inscritos.
En el desarrollo de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO, se han observado situaciones puntuales que exigen de la adopción de medidas que posibiliten una mayor y más amplia participación. Por ejemplo en la completitud de documentos y condiciones para la vinculación del aspirante, el cubrimiento satisfactorio a todos los servidores y contratistas del territorio y, que garantice en términos de plazos la mayor coincidencia posible con las dinámicas y calendarios propios de las Instituciones Universitarias.
Las circunstancias específicas y justificaciones que sustentan la necesidad de ampliar en varios aspectos la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO, son:
a) Hay muchas formas de portafolios y planes de estudio, tanto como modalidades de períodos para cursar los programas académicos – especializaciones y maestrías - que ofrecen las instituciones universitarias del país. El desarrollo y cumplimiento de los citados programas académicos hoy en día no solo es por semestres, sino que incluye opciones de ciclos cortos, bimestres, trimestres, cuatrimestres y años. En una garantía de acceso, la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO debe optar por extender sus tiempos de inscripción durante el 2016, a fin de dejar en un mejor escenario a los aspirantes. Una extensión en el tiempo de inscripciones se focaliza hacia el objetivo de cubrir esa diversidad de calendarios universitarios y de lograr mayor pertinencia, oportunidad e impacto en desarrollo de la Convocatoria.
Por otra parte, la ampliación en el tiempo de inscripciones a la Convocatoria también permite a los aspirantes cumplir con los requisitos exigidos en cuanto a documentación a presentar, requisitos y vinculaciones con las entidades públicas.
Es así que se considera necesario se amplié la fecha límite de inscripción, toda vez, que ello garantiza una mejor cobertura, mayor respuesta, atención y validación de las necesidades y de las expectativas de usuarios, aspirantes, entidades públicas e instituciones universitarias.
b) Así mismo, la Convocatoria responde a una necesidad concreta de aprendizaje y formación de competencias, por tanto sus tiempos deben estar siempre lo más articulados posible con los períodos académicos, las frecuencias de admisión y el cierre o apertura de inscripciones de las universidades. En el marco de una gran diversidad de horarios, procesos administrativos, calendarios y condiciones de las instituciones educativas, se considera muy favorable no solo incluir la atención de la oferta académica del primer semestre de 2016, sino incluir la del segundo semestre del mismo año. En este caso se pretende que el inicio del desarrollo del programa de formación académica, elegido por el aspirante, inicie en cualquier momento de la vigencia 2016.
c) De otra parte, es necesario observar la existencia de calendarios académicos especiales, como el establecido por la Universidad Nacional de Colombia, el cual opera con una fecha de examen y proceso de admisión, que con los términos originales de la convocatoria no queda cubierta. En ese sentido, siendo una institución de relevancia en lo público y además de contar con la ESPECIALIZACIÓN EN GOBIERNO ELECTRÓNICO, co-
creada con el MinTIC / FonTIC, es de esperarse que se pueda contar con la vinculación de este programa a la oferta académica que pueden seleccionar los aspirantes para presentarse a la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
Como este caso, se han percibido otros, donde las instituciones académicas de alto nivel o corte especializado producen programas con una única inscripción o fuera del cronograma propuesto en el texto inicial de esta convocatoria, lo que determina otro frente para atender y que solo sería posible en el marco de la ampliación de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
Así mismo, se han recibido solicitudes por los diferentes canales de atención, venidas de usuarios, así como las manifestadas por instituciones educativas, en el sentido de ampliar el plazo por diferentes razones: vincular nuevos programas académicos, formalizar una admisión o terminar un proceso de vinculación laboral, todos ellos requisitos para participar en la Convocatoria. Una alternativa para estos usuarios sería contar con una ampliación de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO, el cual si no se diera, estaría dejando fuera de atención a un segmento importante para la Convocatoria.
d) Teniendo en cuenta el cambio de mandatarios en los Municipios y Departamentos del país, al igual que en los Concejos y Asambleas de los respectivos territorios, entidades a las que se vincula nuevo personal (servidores públicos o contratistas), se ha identificado que muchos de ellos, interesados en la Convocatoria, no logran acreditar el requisito de demostrar como mínimo un (1) año de vinculación con la Entidad, demostrable en los últimos dieciocho (18) meses. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el documento original de la convocatoria en los numerales 4 – ASPIRANTES DE LA CONVOCATORIA y 8 - REQUISITOS MÍNIMOS DEL ASPIRANTE Y DOCUMENTOS SOPORTE. Aunado a lo anterior, en lo corrido de la SEGUNDA CONVOCATORIA, ya se han tenido que rechazar solicitudes por cuanto los aspirantes no cumplen con el requisito en comento.
Así las cosas, se hace necesario ampliar el requisito de antigüedad de los servidores públicos o contratistas aspirantes, que deseen participar en la Convocatoria, en el sentido de hacerla más flexible, permitiendo demostrar la antigüedad en una o varias entidades del Estado, en los tiempos fijados en la Convocatoria. Este beneficio se extendería favorablemente para los servidores de las entidades del nivel nacional y territorial, con vinculación o contratación vigente a la fecha de la inscripción en la Convocatoria.
Lo anterior con el fin de ampliar el número de beneficiarios de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO y teniendo en cuenta que muchos de estos servidores públicos o contratistas del Estado, con vinculaciones o contrataciones nuevas y sobre los cuales ya recae la responsabilidad de apropiar la Estrategia de Gobierno en Línea, son sujetos de postularse y acceder al beneficio de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
Tal situación específica externa a la Convocatoria pero ligada a sus beneficiarios directos, modifica el mapa de los líderes territoriales GEL del país (gobernadores, alcaldes y equipos regionales), y además, teniendo en cuenta que para la Estrategia de Gobierno en Línea es importante la capacitación a funcionarios de entidades públicas, debido a que estos son los principales encargados de conocer, implementar, garantizar el cumplimiento y
monitorear los resultados de la implementación de la Estrategia con el fin de construir un Estado más eficiente y trasparente gracias a las TIC, objetivo primordial del “Plan Vive Digital 2014-2018”, hecho del que no se puede desligar la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
Teniendo en cuenta la sustentación expuesta, la Junta Administradora del FONDO EN ADMINISTRACIÓN DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI, en el marco del Convenio
Interadministrativo No. 577 DE 2014 suscrito entre el ICETEX y el FonTIC / MinTIC, recomienda y decide para la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO: (i) Ampliar el plazo de inscripción hasta el día viernes 30 de septiembre de 2016, manteniendo la opción de hasta agotar los recursos disponibles (…), a fin de lograr la articulación, completitud de requisitos, inclusión de más oferta académica y mayor cobertura, siempre garantizando la transparencia, oportunidad y difusión de los procesos y las decisiones. (ii) Ampliar la oferta del calendario académico, es decir, el inicio del desarrollo del programa de formación académica seleccionado por el aspirante y aprobado por la Junta, debe ser en cualquier periodo del 2016. (iii) Ampliar el requisito de antigüedad de vinculación del aspirante, permitiéndole acreditar vinculaciones directas a una o a varias Entidades del Estado, manteniendo un (1) año de antigüedad, demostrable en los últimos dieciocho (18) meses y, considerando que a la fecha de la inscripción y legalización debe tener vinculación o contrato vigente con una Entidad del Estado.
2. AMPLIACIÓN DE LA DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
2.1. PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
El nuevo plazo de inscripción para la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO será hasta el día viernes 30 de septiembre de 2016 o hasta agotar los recursos disponibles en el FONDO EN ADMINISTRACIÓN DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI, correspondiente
a las convocatorias de Gobierno Electrónico. En el numeral “3. CRONOGRAMA DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO” de este documento se presenta el cronograma ajustado para atender esta ampliación y se consolidan las fechas definitivas para todo el proceso.
2.2. CALENDARIO ACADÉMICO DE LA OFERTA EDUCATIVA VIGENTE PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
El calendario y oferta académica nacional que cubre la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO es todo el vigente para el año 2016. Es decir, los aspirantes de la citada convocatoria deberán inscribirse solo para programas académicos (especializaciones o maestrías) que inicien actividades académicas en el año 2016. Lo anterior, teniendo en cuenta que se deben cumplir todos los demás términos y requisitos del texto de la presente convocatoria.
Se precisa que se aceptan solicitudes en las que el aspirante ya haya iniciado estudios en un programa académico y que requiere crédito condonable para la continuación del mismo, cumpliendo con los requisitos establecidos en la convocatoria de acuerdo con el numeral “8. REQUISITOS MÍNIMOS DEL ASPIRANTE Y DOCUMENTOS SOPORTE”, teniendo en cuenta que se acepta para el semestre o periodo académico que se curse a la fecha de la inscripción y para los semestres o periodos posteriores, excluyendo los semestres o periodos ya culminados (no es retroactivo el crédito condonable).
2.3. REQUISITO MÍNIMO DE ANTIGÜEDAD EN EL ESTADO PARA EL ASPIRANTE DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
En cuanto a la antigüedad del aspirante, a partir de esta ampliación se establece y considera que se debe demostrar como mínimo un (1) año de vinculación directa con una o varias Entidades del Estado, demostrable en los últimos dieciocho (18) meses, considerando que a la fecha de la inscripción y legalización debe tener vinculación o contrato vigente en una Entidad del Estado.
Los demás requisitos continúan tal cual como están definidos en el documento de la convocatoria.
3. CRONOGRAMA DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO.
El cronograma para el desarrollo de la SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO a partir de esta ampliación es:
ACTIVIDAD | FECHA |
Apertura Convocatoria | 26 de noviembre de 2015. |
Periodo para inscripciones | 26 de noviembre de 2015 al 30 de septiembre de 2016. |
Cierre de Convocatoria | Hasta completar el monto del presupuesto del FONDO EN ADMINISTRACIÓN DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI o hasta el 30 de septiembre de 2016 a las 23:59 horas (lo que ocurra primero). |
Evaluación de las solicitudes de los aspirantes. | 26 de noviembre de 2015 al 14 de octubre de 2016. |
Reuniones de la JUNTA ADMINISTRADORA para adjudicar los créditos. | Primera: 07 de diciembre de 2015. Segunda: 21 de diciembre de 2015. Tercera: 15 de enero de 2016. Cuarta: 29 de enero de 2016. Quinta: 23 de febrero de 2016. Sexta: 04 xx xxxxx de 2016. Séptima: 18 xx xxxxx de 2016. Octava: 8 xx xxxxx de 2016. Novena: 22 xx xxxxx de 2016. Décima: 06 xx xxxx de 2016. Décima Primera: 20 xx xxxx de 2016. Décima Segunda: 03 xx xxxxx de 2016. Décima Tercera: 17 xx xxxxx de 2016. Xxxxxx Xxxxxx: 08 de julio de 2016. Décima Quinta: 22 de julio de 2016. Décima Sexta: 05 xx xxxxxx de 2016. Décima Séptima: 19 xx xxxxxx de 2016. Décima Octava: 02 de septiembre de 2016. Xxxxxx Xxxxxx: 16 de septiembre de 2016. Vigésima: 30 de septiembre de 2016. Vigésima Primera: 14 de octubre de 2016. |
Publicación resultados (se hace de manera individual a cada aspirante). | 09 de diciembre de 2015 al 21 de octubre de 2016. |
Periodo de legalización de créditos: El tiempo que tiene cada aspirante para legalizar su beneficio será de máximo quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de comunicación del resultado de aceptado en la Convocatoria, so pena de darse por entendida su intensión de desistir de la solicitud del crédito. | 09 de diciembre de 2015 al 08 de noviembre de 2016. |
Plazo máximo para la obtención de la viabilidad jurídica por parte del aspirante. Considere que para la obtención de la viabilidad jurídica debe atender oportunamente requerimientos y correcciones que le sean solicitados. | 02 de diciembre de 2016. |
Proceso de formación. | Según el programa académico aprobado para cada beneficiario. Nota: El programa seleccionado debe dar inicio en el año 2016. |
Etapa para iniciar el proceso de Condonación. | Según el programa académico aprobado para cada beneficiario, debe considerar informar en la plataforma del ICETEX la alternativa de condonación elegida de las opcionales propuestas en esta convocatoria. Lo podrá hacer en el desarrollo de la época de estudios y con la debida antelación a su decisión final, para obtener el aval previo por parte del MinTIC sobre la temática de la opción escogida. |
Proceso de Condonación. | De acuerdo con la alternativa de condonación elegida y avalada por MinTIC. |
4. DOCUMENTOS ACTUALIZADOS DE ACUERDO A ESTA AMPLIACIÓN. Anexo No. 01:
“Carta de Solicitud del Aspirante SEGUNDA CONVOCATORIA DE GOBIERNO ELECTRÓNICO”.
Anexo No. 02:
“Instructivo de la Condonación por medio de las Opciones del Centro de Innovación de Gobierno en Línea” en tres secciones: A) Guía para Video Experiencia, B) Guía de Documental Experiencia y C) Análisis de Experiencias.
Todos los demás documentos soportes de esta convocatoria y publicados en la página web del ICETEX serán actualizados según esta ampliación.
Los anexos citados son archivos descargables que están en la sección Fondos en Administración, de la página web del ICETEX, según la ruta indicada a continuación:
xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx0/xx- co/fondos/fondosparaeldesarrollodeti/segundaconvocatoriadegobiernoelectr%C3%B3nico. aspx
5. VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES.
Las demás estipulaciones, requisitos y consideraciones de la SEGUNDA CONVOCATORIA EN GOBIERNO ELECTRÓNICO, permanecen sin modificación alguna y tienen plena vigencia. La presente ampliación deroga todas las estipulaciones que le sean contrarias.
La ampliación prevista en este documento se publica y da a conocer a los interesados el martes 16 de febrero de 2016, de acuerdo con lo aprobado y autorizado el 15 de febrero de 2016 en desarrollo de la Junta Administradora del FONDO EN ADMINISTRACIÓN DE PROMOCIÓN DE GOBIERNO Y EMPRESA TI, en el marco del Convenio Interadministrativo No. 577 de 2014 suscrito entre el ICETEX y el FonTIC / MinTIC.