CONDICIONES
CONDICIONES
Los materiales o servicios anotados al anverso de la presente Orden de Compra, son pedidos conforme a los siguientes términos y condiciones, que son complementarios a las instrucciones y especificaciones de la presente Orden de Compra.
Entre Zoetis, C.A. Sociedad Mercantil, quien a los efectos del presente documento se denominará LA COMPRADORA, y por otro lado el Proveedor indicado en el cuerpo de esta Orden de Compra, quien en lo adelante se denominará EL VENDEDOR, se ha convenido en celebrar el presente contrato de Compra Venta, contenido en las cláusulas que a continuación se determinan:
1. ENTREGA: los materiales amparados en esta Orden de Compra, deben ser entregados en las instalaciones de los Almacenes del Centro de Distribución, ubicados en la Xxxxxxx Xxxxxx. Xxxx Xxxxxxxxxx Xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx. Xxxxxxx. Xxxxxx Xxxxxx.
2. DEMORA: Queda facultada LA COMPRADORA, para cancelar esta Orden de Compra o uno a más renglones de la misma objetos de demora, en el caso que EL VENDEDOR, no entregue los artículos dentro del plazo estipulado.
3. GARANTIA: EL VENDEDOR garantiza expresamente que todos los artículos pedidos por especificaciones serán surtidos conforme a las mismas y a los dibujos, muestras u otras descripciones proporcionadas por LA COMPRADORA y todos los artículos serán comerciales, de buena calidad y
mano de obra y sin defectos.
4. MUESTRAS, ARTE DE LOS MATERIALES DE EMPAQUE: Todas las copias de dibujos, muestras, arte de los materiales de empaque pertenecen a LA COMPRADORA y deben ser regresados a solicitud de la misma.
5. INSPECCION: Todos los materiales y mano de obra serán sujetos a inspección y prueba, por parte de LA COMPRADORA, en la planta de EL VENDEDOR y en la de LA COMPRADORA. La última inspección se llevará a cabo en la planta de LA COMPRADORA y será definitiva por lo que respecta a defectos ocultos, fraude o errores muy grandes que equivalgan al fraude. LA COMPRADORA se reserva el derecho de rechazar cualquier artículo cuyo material o mano de obra sea defectuoso. Los artículos rechazados serán retirados sin demora por cuenta del EL VENDEDOR, después de ser notificados al respecto, correspondiéndole a éste sufragar los gastos de transporte en ambas direcciones y siendo por su cuenta y riesgo los artículos rechazados. Por otra parte LA COMPRADORA, podrá elegir quedarse con los artículos rechazados, corrigiendo cualquier defecto, previo convenimiento entre las partes. El costo de la corrección de los defectos será descontado de la suma que le corresponde a EL VENDEDOR conforme a esta Orden de Compra.
6. CAMBIOS: Queda facultada LA COMPRADORA para modificar los dibujos, muestras, arte de los materiales de empaque y especificaciones en cualquier momento mediante orden escrita, así como para pedir trabajos adicionales o la realización de trabajos estipulados en la Orden de Compra. Si los cambios motivaron algún aumento o disminución del importe de la Orden de Compra, o del plazo para el cumplimiento, se hará un ajuste equitativo de mutuo acuerdo, haciendo constar la modificación por escrito. Cualquier ajuste conforme a esta cláusula debe presentarse dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha en que sea pedido el cambio, indicándose el importe del mismo por escrito dentro de los siguientes treinta (30) días.
7. MATERIALES: Corresponderá al VENDEDOR proporcionar el material, a menos que indique lo contrario la misma Orden de Compra. Si LA COMPRADORA suministrara el material, el VENDEDOR dispondrá de los desperdicios según indique LA COMPRADORA. Los materiales no utilizados serán devueltos a LA COMPRADORA o EL VENDEDOR dispondrá de los mismos según indique aquella.
8. ENTREGA: Queda facultada LA COMPRADORA, para posponer en cualquier momento la entrega de cualesquiera de los artículos pedidos en esta Orden de Compra, por un tiempo razonable, referido a algún embarque determinado.
9. TERMINACION: Podrá darse por terminado total o parcialmente el trabajo estipulado en la Orden de Compra, en cualquier momento mediante aviso escrito, en cuyo caso se hará un ajuste equitativo en el precio que sea satisfactorio a LA COMPRADORA y al EL VENDEDOR.
10. PATENTES: Conviene EL VENDEDOR en proteger a LA COMPRADORA contra daños y gastos provenientes de reclamaciones de invasión de patentes y que se deriven de la compra de equipo incluido en esta Orden de Compra.
11. SEGURIDAD: Todo equipo debe incluir el reglamento conforme a Códigos de Seguridad que dé a conocer cualquier dependencia gubernamental.
12. REGLAMENTOS: Queda entendido que EL VENDEDOR cumplirá con todos los reglamentos y restricciones gubernamentales aplicables a la compra y utilización de este material; asimismo, cuando sea necesario, los materials utilizados por EL VENDEDOR será de calidad aceptable y de conformidad
con todos los reglamentos relativos a la normativa de seguridad vigente, tanto oficial como privada.
13. DESARROLLO DE LOS TRABAJOS: El desarrollo de los trabajos estará en concordancia con el desarrollo general de la obra.
14. ESPECIFICACIONES: Se considerará que todas las especificaciones y tolerancias están de acuerdo con los dibujos, muestras u otras descripciones proporcionadas por LA COMPRADORA. Toda modificación debe constar por escrito y ser aprobada por alguna persona autorizada del
departamento de Compras de LA COMPRADORA.
15. ADAPTACIONES: En caso de imponerse adaptaciones por no haberse seguido lo indicado en las especificaciones y por culpa exclusiva de EL VENDEDOR, LA COMPRADORA podrá a su juicio, hacer adaptaciones, cobrándole el costo a EL VENDEDOR, a la tarifa vigente por hora.
16. OBRAS QUE DEBE LLEVAR A CABO EL VENDEDOR: Corresponde a EL VENDEDOR quitar todo lo sobrante, incluso los recortes, así como las esquinas puntiagudas, aunque esto requiera una segunda operación.
17. PRECIO: No será válido ningún aumento de precio, a menos que lo haya aprobado el departamento de Compras de LA COMPRADORA por escrito y con su firma.
18. INFORMACION LEGAL: EL VENDEDOR, debe suministrar a LA COMPRADORA toda aquella información de carácter legal requerida por los Organismos Oficiales, relacionada con la operación de Compra Venta.
19. COMPROBACION DE RECIBO DE MATERIAL: Con el fin de asegurar el pronto pago es necesario informar a LA COMPRADORA de cualquier artículo pedido por LA COMPRADORA de otra fuente de abastecimiento que no llegue al departamento de Recepción e Inspección de LA COMPRADORA, sino que llega a EL VENDEDOR conforme a instrucciones de embarque de
LA COMPRADORA. Corresponde a EL VENDEDOR notificar inmediatamente a LA COMPRADORA la cantidad de material recibido, así como su estado. Este aviso debe marcarse a la atención del Departamento de Compras.
20. EMBARQUE: El embarque debe hacerse dentro del plazo convenido por LA COMPRADORA con EL VENDEDOR, a menos que éste notifique sin demora que no puede hacer el embarque. En caso de que no haga el embarque dentro del plazo convenido, tendrá derecho LA COMPRADORA de adquirir por otro lado el material sujeto de la presente Orden de Compra, cargando a EL VENDEDOR cualquier pérdida sufrida con motivo de su falta de cumplimiento.
IMPORTANTE
■ Esta Orden de Compra tendrá validez plena aún sin la firma de conformidad de EL VENDEDOR o su representante, a menos que hubiera sido rechazado por los mismos en forma expresa.
■ Sírvase anotar el número de la Orden de Compra en todas las Facturas y Ordenes de Entrega. Para efectos del pago de cada Factura debe cubrir la Orden de Compra completa, en los casos de entregas
parciales, cada Factura emitida debe hacer referencia a la respective Orden de Compra.
■ La emisión de la Factura debe hacerse al menos en duplicado cumpliendo con los requisitos que demande la Administración Tributaria. El Original corresponderá a LA COMPRADORA adquiriente del bien o receptor del servicio, siendo éste el único documento que da derecho al crédito fiscal, las respectivas copias serán conservadas por EL VENDEDOR del bien o prestador del ser vicio por el tiempo de prescripción de la obligación tributaria.
■ LA COMPRADORA recibe las facturas a revisión, cubriéndose su importe dentro del plazo establecido en las Condiciones de Pago, señaladas en esta Orden de Compra.