PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PÚBLICO, MEDIANTE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA, DEL SERVICIO DE GESTIÓN DEL MULTIUSOS “SÁNCHEZ PARAÍSO” Y LAS PISTAS DE PÁDEL DEL COMPLEJO MUNICIPAL “VICENTE DEL BOSQUE” DEL...
PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PÚBLICO, MEDIANTE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA, DEL SERVICIO DE GESTIÓN DEL MULTIUSOS “XXXXXXX PARAÍSO” Y LAS PISTAS XX XXXXX DEL COMPLEJO MUNICIPAL “XXXXXXX XXX XXXXXX” XXX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX.
ART. 1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente Contrato es la gestión integral y explotación bajo la modalidad de concesión de dos instalaciones deportivas municipales:
1. La instalación denominada “Multiusos Xxxxxxx Paraíso”, ubicada en la Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxx x/x xx Xxxxxxxxx
0. Las pistas xx xxxxx del “Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx”, xxxxxxx en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx x/x xx Xxxxxxxxx
X xxxxxx xx xxxx pliego se definen las características de las instalaciones, las condiciones de prestación del servicio y cualquier actuación que se encuentre ligada a la misma.
ART. 2. CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTALACIONES
A continuación se describen las dos instalaciones municipales objeto de este contrato.
2.1. INSTALACIÓN DENOMINADA “MULTIUSOS XXXXXXX PARAÍSO” (en adelante MSP)
El “Multiusos Xxxxxxx Paraíso” es una gran instalación equipada compuesta por las siguientes zonas:
A. CENTRO DEPORTIVO. Dentro del Centro Deportivo podemos distinguir a su vez varios espacios:
A.1 ZONA FITNESS. Comprende una superficie total de 882 m2 dedicada por completo a la mejora de la condición física y a la práctica deportiva de acondicionamiento físico, con máquinas isocinéticas (de polea y palanca), así como al entrenamiento con peso libre. Se distinguen varias zonas de trabajo:
Zona Cardiovascular. Zona equipada con máquinas elípticas, cintas o tapices rodantes, steps, remos ergométricos, bicicletas verticales y con apoyo en la espalda.
Zona Cardiovascular “E-Spinner”. Destinada al trabajo cardiovascular (carrera y bicicleta) y compuesta por las innovadoras E-Spinner con pantalla táctil integrada y con diversos materiales novedosos que permiten un entrenamiento personalizado.
Zona de estiramientos. Espacio comprendido dentro de la zona de fitness dedicado a la educación postural y a los ejercicios de estiramientos con máquinas y materiales adaptados.
Zona de musculación. Formada por numerosas máquinas para realizar cualquier tipo de entrenamiento de fuerza y resistencia muscular.
Circuito de entrenamiento “Express”. Espacio dotado de 13 máquinas inerciales que permiten el trabajo por tiempo y en circuito de los diferentes grupos musculares. El circuito está marcado por tiempos regulados y la maquinaria permite el trabajo muscular agonista y antagonista, por lo que resulta idóneo para trabajos musculares eficientes.
A.2 SALAS DE ACTIVIDADES DIRIGIDAS. El centro deportivo cuenta con las siguientes salas equipadas con los materiales necesarios para la realización de actividades dirigidas:
3 Salas de actividades dirigidas | 1 (302 m2); 2 (94 m2); 3 (113 m2) |
Sala xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx | 000 m2 |
Sala de Spinning | 150 m2 (50 bicicletas) |
Sala Indoorwalking | 92 m2 (25 elípticas) |
A.3 XXXX XX XXXXXXXXXXXX. Xxxxxxx xx 000 x0 , situado en una altura inferior a la zona de fittness, compuesto por:
- 1 vaso de 20m. x 8m. Con forma irregular en forma de “L”. Permite el nado libre, el ejercicio libre acuático, actividades de enseñanza natatoria así como actividades colectivas acuáticas. |
- 1 vaso “Spa termal”. Con unas dimensiones aproximadas de 140 m2. Está compuesto por 3 “xxxx grandes”, (compuestos por chorros a presión para la zona lumbar, y el tren inferior), 3 “camas de agua”, 2 “volcanes”, (que producen un masaje de burbujas para el tren inferior), 4 “cañones” de agua a presión para la zona cervical, 1 “xxxxxxx xx xxx”, con efecto cascada cayendo desde la cabeza, 3 estaciones de chorros para la xxxx xxxxxx x xxxx xx xxxx xx xxx xxxxxxx. |
- Sauna |
- Baño turco |
- Pasillo de contraste con chorros a diferentes alturas |
- Un Jacuzzi |
B. PISTA CENTRAL. Espacio de 2000 m2 de hormigón pulido, con un graderío fijo y posibilidad de gradas supletorias, con capacidad para 5.000 espectadores. La pista central es versátil para diferentes usos, ya sea la organización de eventos culturales (conciertos, ferias, exposiciones, etc…), deportivos (grandes encuentros de baloncesto, balonmano, fútbol-sala, etc…), o para un uso continuo como espacio para la práctica de diferentes actividades y modalidades deportivas.
C. SERVICIOS AUXILIARES. El MSP, con objeto de integrar más funcionalidad en su gama de servicios ofrece:
E.1. Ludoteca. Espacio de 150 m2, dotado y equipado con gran variedad de materiales y juegos adaptados para la práctica deportiva y lúdica de niños/as más pequeños.
E.2. Parking. En la misma instalación, existen dos plantas de parking subterráneo con acceso al centro, tanto por escalera como por ascensor. Los accesos al parking son automáticos bajo sistema de control de entrada y salida de coches.
E.3. Centro de estética y fisioterapia. Espacio destinado al tratamiento fisioterapéutico y rehabilitador de lesiones, así como al asesoramiento en temas nutricionales. El centro está dotado de camillas, materiales y maquinaria para el tratamiento de fisioterapia, así como para el de estética (depilación, rayos UVA, etc…)
Además la instalación cuenta con los siguientes espacios y servicios comunes:
a. 28 baños repartidos a lo largo de toda la instalación.
b. Recepción y mostrador con sistema de control de accesos por tornos.
c. Despachos y zonas de administración. El centro dispone de dos zonas de despacho y administración contiguas y a la misma altura que la zona de recepción.
d. Almacenes de mantenimiento y limpieza.
2.2. PISTAS XX XXXXX DEL “COMPLEJO MUNICIPAL XXXXXXX XXX XXXXXX” (en adelante Pistas xx Xxxxx)
Las Pistas xx Xxxxx del “Complejo Municipal Xxxxxxx Xxx Xxxxxx”, están ubicadas dentro de un complejo deportivo compuesto por un campo de fútbol de hierba artificial y por una pista polideportiva al aire libre, por 6 pistas xx xxxxx y una zona destinada a la práctica de la petanca. Una parte de este complejo es gestionado por otra entidad (el campo de fútbol, gradas, vestuarios, salas colindantes y la pista polideportiva), correspondiendo a este contrato las siguientes instalaciones:
a. Dos pistas xx xxxxx semicubiertas.
b. Cuatro pistas xx xxxxx descubiertas.
c. Cuatro pistas de petanca con arena.
d. Edificio de vestuarios masculino y femenino. Cada uno tiene 28,85 m2, y está dotado de duchas, inodoros, bancos, perchas y taquillas individuales.
x. Xxxx de control de accesos, atención al público y venta de entradas de 26,60 m2 con mesa, silla y ordenador.
f. Dos despachos de 12,30 m2, con mesa despacho y sillas.
x. Xxxx de reuniones de 30 m2 con una mesa de reuniones y sillas.
h. Zona exterior ajardinada compuesta por árboles, enredaderas, zonas de rocalla y gradas simples de dos alturas entre los tres niveles de pista.
Todas las pistas xx xxxxx son de césped artificial, de xxxxxxx xx xxxxxx y están dotadas de xxxxxx xx xxx y red para juego.
2.3. EQUIPAMIENTO Y MATERIAL
El equipamiento y material necesario para la explotación del servicio y desarrollo de las actividades propias del mismo, se encuentran relacionadas en el Anexo I de este Pliego. Además, el adjudicatario deberá realizar una inversión en equipamiento deportivo que se encuentra relacionado en el Anexo II. El adjudicatario no tendrá ningún derecho sobre todo este equipamiento y material a excepción de las derivadas de su utilización durante el período de vigencia del contrato.
Durante el período de vigencia del contrato, el adjudicatario está obligado a invertir en la reposición de equipamiento y material de manera que en todo momento se garantice la calidad de los servicios. Por tanto, deberá mantener todos los elementos en perfecto estado de conservación y funcionamiento durante todo el tiempo que permanezca el contrato, y en el caso que sea necesario, deberá sustituirlo a su xxxxx por otros similares.
Seis meses antes de la finalización del contrato, el Ayuntamiento adoptará las medidas que estime oportunas para que la entrega del material y los bienes se realice con plenas garantías.
ART. 3. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El MSP y las Pistas xx Xxxxx serán explotadas y gestionadas cumpliendo todos los aspectos necesarios para un buen funcionamiento de las instalaciones y que, como mínimo, serán las siguientes prestaciones:
3.1. MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS INSTALACIONES QUE COMPRENDE EL CONTRATO (edificio, salas, instalaciones deportivas, etc.).
Consiste en mantener en funcionamiento las instalaciones objeto de este pliego, estando en perfecto estado de uso todos y cada uno de los elementos que permiten la actividad. El adjudicatario deberá realizar una propuesta de mantenimiento tanto correctivo como preventivo, de las instalaciones que como mínimo deberá incluir las siguientes tareas en cada una de las dos instalaciones:
Mantenimiento preventivo de la instalación de calefacción Mantenimiento preventivo de la instalación de ACS Mantenimiento preventivo de la instalación de aire acondicionado
Mantenimiento preventivo de los equipos para el tratamiento del agua Trabajos de carpintería
Trabajos de cerrajería Trabajos de albañilería Trabajos de fontanería Trabajos de repaso de pintura
Arreglos de mobiliario, maquinaria y materiales deportivos Reparaciones de todas las tareas descritas anteriormente
Diariamente se realizará una revisión de todos los elementos, reponiendo los que sean necesarios por su desgaste o mal funcionamiento. Las instalaciones y maquinaria deberán cumplir en todo momento la función para la que fueron concebidas, estando en perfecto estado de mantenimiento. Será necesaria la revisión de toda la maquinaria de fitness puesta a disposición del usuario, tanto a primera hora de apertura de la instalación, como a mitad de jornada y al finalizar la misma.
Diariamente se realizarán las tareas de supervisión y tratamiento del agua, vigilando que las medidas estén en los parámetros adecuados y legalmente exigidos. También se incluye el control de la temperatura del agua, el grado de humedad relativa y el control de la temperatura ambiente dentro xxx xxxxxxx del baño, en vestuarios y zona de duchas. Se deberá cumplir con toda la normativa y disposiciones reguladoras en materia higiénico – sanitaria que sean de aplicación para la conservación y mantenimiento de la piscina, en especial con el Real Decreto 742/2013 por el que se establecen los criterios técnico – sanitarios de las piscinas.
En lo referente a las instalaciones xx xxxxx, diariamente se revisarán todos los elementos (redes, mallas, paredes, etc.) de manera que se garantice el perfecto estado de uso. Se deberán cuidar las zonas ajardinadas de la instalación y realizar el correcto mantenimiento de la superficie de las pistas de juego. Será obligatorio un mantenimiento de descompactación al menos dos veces al año. Especial atención al hielo y al agua que dañan las superficies.
En todas las instalaciones corresponderá cumplir con todas las normativas de aplicación en materia de prevención de riesgos laborales, seguridad y salud, tanto en la manipulación de maquinaria como en las tareas de mantenimiento, conservación o reforma.
Es obligación del adjudicatario mantener en perfecto estado de conservación las obras, edificaciones, instalaciones y bienes inmuebles siendo obligatorio ejecutar por su cuenta todas las obras de reparación necesarias. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de informar a los técnicos municipales del estado de cada uno de los elementos y de las reparaciones que se lleven a efecto.
El mantenimiento de las instalaciones debe realizarse diariamente, anotando las incidencias en el libro de mantenimiento. La realización de las tareas será responsabilidad de, al menos, una persona con cualificación adecuada. Para ello, la empresa adjudicataria presentará un protocolo de actuación y de ejecución de este servicio, especificando tanto la cualificación necesaria para desempeñar las tareas, como cada una de las funciones que se desarrollarán. Las tareas de mantenimiento y reposición de los elementos deberán tener un breve tiempo de reparación y en ningún caso, deberá suponer la falta de actividad deportiva. En el caso de que fuera necesaria la paralización de algún servicio o actividad, deberá comunicarlo inmediatamente a los técnicos municipales.
Cualquier medida de mejora, conservación o mantenimiento que el adjudicatario estime realizar para el buen funcionamiento de las instalaciones, deberá ser autorizada por el Ayuntamiento. Las mejoras, ampliaciones y obras realizadas en la instalación, pasarán a
propiedad municipal al término del contrato, sin derecho alguno del adjudicatario a recibir indemnización o compensación.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de realizar obras nuevas que considere preciso en las instalaciones objeto de adjudicación, sin que por ello entorpezca el servicio a prestar.
Las instalaciones deportivas que se entregan a gestión, deberán revertir al finalizar el contrato en perfecto estado de funcionamiento.
3.2. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
Este servicio comprende la limpieza de las instalaciones en el más amplio sentido, teniendo especial atención a vestuarios, servicios, xxxxx, xxxx de accesos, oficinas, equipamiento y material deportivo, pistas xx xxxxx, etc. En general, todas las dependencias de la instalación y especialmente las que están en contacto con los usuarios. El adjudicatario se compromete a establecer un protocolo de tareas diarias, semanales, mensuales y anuales, que deberá cumplir, para mantener todas las instalaciones en perfecto estado de limpieza y decoro.
Además de la limpieza establecida en ese protocolo, se deberá garantizar la presencia permanente de un/a limpiador/a que garantice la limpieza inmediata en los vestuarios, ya que la constante variación de actividades exige un movimiento continuo de usuarios, zonas de acceso, salas y zonas de actividades, oficinas, pasillos de comunicación, etc. Será importante también garantizar la inmediata limpieza de la pista central y gradas al finalizar los eventos, así como la limpieza de los cristales de las pistas xx xxxxx con una frecuencia de al menos tres veces al año.
También se llevarán a cabo las tareas de desinfección, desinsectación y desratización que sean necesarias según la legislación vigente.
3.3. SUMINISTRO DE PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y QUÍMICOS El adjudicatario será responsable de suministrar todos los productos necesarios para realizar todas las tareas de limpieza y desinfección descritas anteriormente, así como el mantenimiento óptimo del agua en la zona de hidroterapia, de tal manera que se garantice en todo momento la calidad sanitaria del agua. Además será responsable de reponer todos los elementos higiénicos
en vestuarios, botiquín, etc.
3.4. CONTROL, SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE ACCESOS
Comprende el control de accesos a ambas instalaciones y vigilancia del cumplimiento de las normas de las instalaciones, velando por la integridad de las mismas, es decir, evitando que se causen daños a la instalación, y conservando el orden público dentro de las mismas.
El adjudicatario será responsable de la seguridad, custodia y vigilancia de las instalaciones tanto en el horario de apertura como en el de clausura durante todo el período de duración del contrato. Para ello, deberán articular los medios y procedimientos más adecuados con el fin de garantizar la integridad de las instalaciones y la seguridad de los usuarios y trabajadores.
Igualmente, deberá adaptar la instalación según las necesidades legales que fueran surgiendo en materia de seguridad.
En la organización de eventos, el adjudicatario deberá controlar los accesos, el aforo permitido según el evento y la instalación. Deberá cumplir la normativa vigente en materia de seguridad en espectáculos deportivos y en organización de eventos deportivos (Ley 7/2006 de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León) y disponer de los seguros necesarios que den cobertura a tales actividades. Deberá trasladar información a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuando el evento pudiera tener consideración de riesgo o de alto riesgo. De todas estas actuaciones, deberá dar cuenta al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx para su información.
3.5. TAQUILLAJE, RECAUDACIÓN.
El adjudicatario será responsable del control y venta de entradas en cualquiera de sus modalidades (entrada puntual, bonos, cursos, abonos, etc.), así como la entrada y salida de usuarios en las horas de apertura. Formalizará las inscripciones de las actividades y recaudará los precios fijados en las Ordenanzas Municipales. Llevará un control exhaustivo sobre las entradas reales mes a mes, dando cuenta de ello a la Sección de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
3.6. ATENCIÓN E INFORMACIÓN AL PÚBLICO SOBRE TODOS LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN LAS INSTALACIONES
Será responsable de informar a los usuarios de todas las actividades y servicios que se presten en las instalaciones. La información será facilitada en la propia instalación a través de folletos, cartelería, paneles o pantallas, y también se podrá acceder desde cualquier dispositivo a través de una página web específica del contrato y a través de las redes sociales.
3.7. SOCORRISMO
En la zona de hidroterapia habrá permanentemente un socorrista que se encargará de la atención y vigilancia continuada de la piscina mientras las horas que esté en funcionamiento. Además informará sobre el uso de la zona de hidroterapia. Deberá tener la titulación adecuada y prestará los auxilios necesarios en caso de que un usuario haya puesto en peligro su vida o la de los demás.
ART. 4. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
4.1. RÉGIMEN GENERAL DE USO
El adjudicatario gestionará el servicio en las 2 instalaciones teniendo en cuenta las Ordenanzas, Normativas e Instrucciones Técnicas establecidas por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y por la Normativa, Leyes y Decretos de la Comunidad Autónoma o del Estado que sean de aplicación, tanto en lo que se refiere al MSP (zona fitness y zona de hidroterapia), como
a las Pistas xx Xxxxx. En líneas generales, MSP ofrecerá un servicio deportivo integral, orientado al desarrollo de la condición física, mejora de la salud de los ciudadanos a través del deporte y del “fitness” y las Pistas xx xxxxx ofrecerán la posibilidad de aprendizaje y práctica xx xxxxx.
4.2. HORARIOS DE LAS INSTALACIONES
Las instalaciones objeto de explotación permanecerán abiertas todos los días del año, salvo los xxxx xx Xxxxxxx, Año Nuevo, 12 xx xxxxx y 8 de septiembre, quedando a criterio del adjudicatario la apertura en horario normal o reducido los días 24 y 31 de diciembre. En cualquier caso, deberá definirlo en su oferta.
Horario mínimo del Multiusos Xxxxxxx Paraíso:
- de lunes a viernes de 7.00 a 23.00 horas ininterrumpidamente
- sábados de 10.00 a 20.00 horas ininterrumpidamente
- domingos y festivos de 10.00 a 15.00 horas ininterrumpidamente
Horario mínimo de las Pistas xx Xxxxx “Xxxxxxx xxx Xxxxxx”
- xxx 0 xx xxxx xx 00 de septiembre de 10.00 a 22.00 horas de lunes a viernes ininterrumpidamente, sábados de 10.00 a 20.00 horas y domingos de 10.00 a 15.00 horas.
- del 1 de octubre al 30 xx xxxxx de 11.00 a 21.00 horas de lunes a viernes ininterrumpidamente, sábados de 11.00 a 20.00 horas y domingos de 10.00 a 15.00 horas.
4.3. PROGRAMA DE ACTIVIDADES
El adjudicatario deberá presentar un programa de actividades para cada una de las instalaciones, con un contenido mínimo que se relaciona a continuación. Cada año, dentro de los establecidos en el presente Xxxxxx, durante el mes xx xxxxx, deberá presentar la programación para la siguiente temporada, entendiendo que cada temporada comienza el 1 de septiembre.
Actividades mínimas en el Multiusos Xxxxxxx Paraíso:
1. El Centro Deportivo ofrecerá un programa de actividades y de servicios físicos, que como mínimo comprenderá:
a. Tablas de entrenamiento estandarizadas según edades, objetivos y características de los usuarios
b. Programa de actividades dirigidas que incluyan:
Actividades “Wellness”, orientadas a la mejora del bienestar de intensidad baja y aptas para todas las edades
Actividades “Fitness”, con varios niveles Actividades rítmicas con coreografías y música
Actividades de lucha con técnicas de defensa personal Actividades para menores de 16 años
Actividades actuales y que vayan en las tendencias xxx xxxxxxx
Actividades de promoción del deporte para grupos de usuarios con necesidades especiales (tercera edad, embarazadas, lactantes, personas con necesidades educativas especiales, etc,)
c. Actividades en la zona acuática que incluyan: Actividades de enseñanza de la natación Actividades físicas en el agua
2. La pista central garantizará un uso deportivo libre para los usuarios. Se podrán practicar deportes siguiendo un horario establecido semanal. Tendrá su propia programación de eventos, conciertos, ocio, cultura, ferias, etc., que deberá ser conocida por la Sección de Deportes del Ayuntamiento. La organización de estos eventos correrá a cargo del adjudicatario quien será responsable en todo momento y vigilará y hará cumplir la normativa vigente en la que esté afectada la actividad programada (conciertos, espectáculos públicos, etc.).
3. Los servicios auxiliares tendrán también su programación de uso.
Cualquier uso de los espacios diferente a lo existente en la actualidad, deberá incluirse en la propuesta para ser autorizado por el Ayuntamiento.
Actividades mínimas en las Pistas xx Xxxxx “Xxxxxxx xxx Xxxxxx”:
1. Programa de actividades encaminadas a la enseñanza y perfeccionamiento xxx xxxxx
2. Plan de uso y alquileres de las pistas
Cualquier uso de la instalación diferente a la práctica xxx xxxxx, deberá ser autorizado por el Ayuntamiento.
4.4. RESERVA DE ESPACIOS
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx podrá reservar las instalaciones objeto del contrato para uso municipal de acuerdo a las siguientes condiciones:
Reserva del Multiusos Xxxxxxx Paraíso
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx se reserva el derecho de uso gratuito de las instalaciones para aquellas actividades organizadas / patrocinadas directamente por él o sus entidades dependientes. La reserva tendrá las siguientes condiciones:
- La reserva de espacio sólo conlleva la cesión gratuita del alquiler xxx xxxxxxx para desarrollar un evento determinado. Esta reserva se computa por días e incluye tanto días de montaje y desmontaje, como los días del propio evento. En este punto habría que hacer distinción entre los eventos musicales / culturales / populares y los eventos deportivos.
En el primero de los casos, se establecen 6 días gratis al año.
En el segundo de los casos, cuando se trate de eventos deportivos, 5 días.
- El Ayuntamiento, establece que sea la Concejalía de Deportes quien coordine las actuaciones y peticiones municipales, pudiendo delegar en otros departamentos cuando se trate de los eventos musicales / culturales / populares.
- El adjudicatario debe garantizar al Ayuntamiento el uso de las instalaciones del MSP que sean necesarias para las actividades organizadas por él o patrocinadas por él, siempre y cuando los compromisos y la disponibilidad lo permitan. Para ello, el Ayuntamiento deberá avisar con al menos un mes de antelación.
- El Ayuntamiento aceptará los servicios propios del MSP y los gastos que éstos generan. Los gastos de estos servicios corresponderán a:
Limpieza
Seguridad
Energía
Servicios de montaje / desmontaje (en este apartado se incluye todos los servicios relativos a instalación de escenarios, de parqué y equipamiento deportivo, cargas y descargas, etc. en función del evento que se trate).
Cada uno de estos gastos será presentado y valorado anualmente por el adjudicatario al precio que marque el mercado, previa autorización y aprobación por el Ayuntamiento.
- Los derechos de explotación de las xxxxxx xxx xxxxxxx durante la celebración de los eventos, son de gestión exclusiva del adjudicatario.
- La publicidad propia del adjudicatario se respetará y convivirá en la medida de lo posible con la propia de cada evento. En caso de incompatibilidad, el adjudicatario eliminará su publicidad.
El Ayuntamiento también se reserva el uso preferente, aunque no gratuito de la instalación, para aquellos espectáculos públicos y actividades recreativas que sean de interés general siempre que lo avise al adjudicatario con al menos un mes de antelación.
Reserva de las Xxxxx xx Xxxxx “Xxxxxxx xxx Xxxxxx”
Xx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx se reserva el derecho de uso gratuito de las instalaciones en un porcentaje máximo del 1% de los usos totales anuales de las pistas, teniendo en cuenta los horarios de apertura ofertados por el adjudicatario. Estos usos deberán ser solicitados al adjudicatario con una antelación mínima de un mes y siempre teniendo en cuanta las necesidades de explotación.
ART. 5. PERSONAL
La empresa adjudicataria deberá disponer de los medios materiales y personales suficientes para la prestación del servicio conforme al programa de actividades y proyecto de explotación presentado. La plantilla de personal al servicio de las instalaciones objeto de este pliego será detallada y pertenecerá a la entidad adjudicataria. En ningún caso existirá relación contractual entre este personal y el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
La empresa adjudicataria nombrará un Director Técnico como responsable de la organización y desarrollo de los servicios prestados en las instalaciones, tanto en su aspecto interno como en la relación con los servicios municipales afectados por este contrato.
La empresa se subrogará en el contrato de trabajo del personal que presta sus servicios actualmente en el MSP y Pistas xx Xxxxx y que vienen relacionados en el Anexo correspondiente del PCAP. El resto del personal que sea necesario para prestar el servicio, será libremente seleccionado y contratado por la empresa con arreglo a las normas que en derecho procedan, sin que en ningún caso el Ayuntamiento asuma la obligación alguna frente a este personal, que cesará en el servicio cuando finalice el contrato o se resuelva. El convenio que actualmente se aplica es el “Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios”.
La empresa deberá garantizar que todas las actividades físico-deportivas que se realicen en las instalaciones sean impartidas por profesionales en posesión de la adecuada titulación.
La empresa organizará su personal de modo que cubra las necesidades de funcionamiento de las instalaciones y, en todo caso, deberá sustituir de forma inmediata las ausencias del personal a su cargo sin que interfiera en la prestación del servicio. Siempre que se produzca un cambio en las personas que ejercen las funciones de Director del Centro Deportivo y/o Coordinador Deportivo, deberá notificarse y presentar las titulaciones de los sustitutos.
Cada año, durante los años que dure la concesión, la empresa deberá entregar junto al proyecto de actividades, un listado que incluya los siguientes aspectos:
Plantilla contratada
Contratos de trabajo
Denominación y funciones del puesto
Jornada semanal total y jornada diaria
Datos del monitor y acreditación de su titulación y capacitación profesional según el puesto de trabajo que desempeñe.
La empresa adjudicataria deberá estar en todo momento, al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y de cualquier normativa que afecte al ámbito laboral.
Todo el personal que desarrolle su trabajo en las instalaciones objeto de este contrato, deberá ir debidamente uniformada e identificada como perteneciente a la empresa adjudicataria y con el escudo del Ayuntamiento.
ART. 6. PRECIOS
La empresa adjudicataria propondrá cada año los precios de cada una de las modalidades de actividades, cursos y alquileres que oferte a los usuarios, tanto en la instalación del MSP como en las Pistas xx Xxxxx. Estos precios irán referidos a todas y cada una de las diferentes
opciones de uso que se oferten, no pudiendo cobrar servicios/usos que no estén previamente aprobados por el Ayuntamiento.
Las propuestas de precios deberán ser aprobadas anualmente por el Ayuntamiento y estarán expuestas en cada instalación en lugar visible. No se podrá cobrar ninguna otra cantidad que no sea aprobada previamente por el Ayuntamiento.
Los precios se regularán en las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento que serán aprobadas año a año.
Para la licitación, los precios establecidos en las Ordenanzas Municipales número 62 (para el MSP) y número 45 (para las pistas xx xxxxx) tienen el carácter de máximo para el adjudicatario, no pudiendo incrementar ningún precio ni suprimir ningún concepto, solamente se podrán eliminar aquellos servicios que pudieran desaparecer. Podrán incluir nuevos precios si son referidos a nuevos servicios y se aprobarán por el Ayuntamiento en el momento de la adjudicación o previamente a la puesta en marcha del servicio.
Otros ingresos complementarios a la actividad principal
El adjudicatario podrá obtener ingresos entre otros, por la prestación de los siguientes servicios ajenos a la actividad principal (las tarifas de estos servicios estarán reguladas por el mercado, siendo potestad del adjudicatario la aplicación de las mismas):
Explotación de espacios para la venta publicitaria de los mismos.
Explotación de venta mediante máquinas expendedoras de bebidas refrescantes, cafés, productos sólidos y productos de aseo, así como los servicios de hostelería donde y cuando proceda.
Explotación del parking.
Explotación xxx xxxxxxx y espacios para la realización de actividades deportivas, culturales y de ocio.
Servicios de fisioterapia, estética y medicina.
Explotación del espacio de eventos, con los ingresos que éste genere, entre otros, en concepto de taquillaje, publicidad y hostelería.
ART. 7. BUZÓN DE SUGERENCIAS, HOJAS DE RECLAMACIONES Y NORMATIVA INTERNA
La empresa adjudicataria tendrá obligación de disponer de hojas de reclamaciones en todas las instalaciones anteriormente descritas y de anunciar en lugar visible que disponen de ellas. Las hojas de reclamaciones deberán ajustarse a las oficiales del Ayuntamiento y/o Junta xx Xxxxxxxx y León.
Igualmente deberá existir un buzón de sugerencias donde los usuarios puedan intercambiar las impresiones con la empresa adjudicataria e intentar ofrecer mejoras al servicio.
Por último, deberá existir en cada instalación una normativa interna en donde se especifiquen las normas que rigen en cada instalación, tanto para acceder a la zona de fitness o zona acuática, como las normas de uso de los vestuarios, normas para inscripciones… en definitiva, todas las normas que afecten al normal funcionamiento de las instalaciones. Esa normativa interna será de obligado cumplimiento y quien no lo cumpla cometerá una infracción y tendrá su correspondiente sanción. Todo ello estará en lugar visible y será conocido por el usuario. En el momento que se accede a cualquiera de las instalaciones se deben conocer y aceptar dichas normas.
Salamanca, 8 de enero de 2016
Fdo.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Jefe de la Sección de Deportes