CONTRATO INDIVIDUAL DE LINEA DE CRÉDITO
CONTRATO INDIVIDUAL DE LINEA DE CRÉDITO
Conste por el presente documento privado el Contrato Individual de Crédito aplicable al producto crediticio denominado Línea de Crédito (en adelante, LA LINEA), celebrado entre CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO DEL
CENTRO S.A. (en adelante, CAJA CENTRO) y EL/LOS CLIENTES, cuyas generales xx xxx se mencionan al final del presente documento. En los términos y condiciones siguientes:
1. Condiciones específicas de LA LINEA. -
1.1. Tipo y destino: Revolvente y será destinada exclusivamente para cubrir necesidades de estudios superiores de EL/LOS CLIENTES.
1.2. Plazo de utilización: Una vez aprobada LA LINEA, deberá ser utilizada total o parcialmente dentro de los 60 días para mantener su condición de aprobada.
1.3. Vigencia de la LINEA: renovable, sujeto a las condiciones mencionadas en la cláusula 1.10.
1.4. Monto y moneda: ( )
1.5. Tasa de interés compensatoria fija: (Tasa Efectiva Anual, con capitalización diaria)
1.6. Tasa de interés moratoria fija: (Tasa Efectiva Anual con capitalización diaria).
1.7. Comisiones y gastos indicados en la Hoja Resumen anexa.
1.8. Tasa de Costo Efectivo1: indicada en la Hoja Resumen anexa.
1.9. Plazo y forma de pago:
1.9.1. El pago de cada uno de los desembolsos por LA LINEA, incluyendo intereses, comisiones, gastos, seguros, se efectuará considerando periodos de pago mensuales, bajo la modalidad de monto de pago fijo que se consignará en el Anexo Hoja Resumen que Caja Centro entregará al EL/LOS CLIENTES.
1.9.2. El monto de pago de las obligaciones de EL/LOS CLIENTES por cada uno de los desembolsos dentro de LA LINEA se realizará mediante abonos en las oficinas de CAJA CENTRO, adicionalmente CAJA CENTRO podrá instruir a EL/LOS CLIENTE que el pago de las obligaciones se realice en cualquier establecimiento afiliado de recaudación.
1.9.3. Tratándose de créditos en moneda extranjera, los pagos se harán en la misma moneda, salvo que CAJA CENTRO acepte pagos en moneda nacional, al tipo de cambio venta que CAJA CENTRO tenga establecido el día de pago.
1 La tasa de costo efectivo anual (TCEA) es aquella el resultado de comparar el valor actual de todas las cuotas con el monto que efectivamente haya sido recibido en préstamo. Este cálculo incluye las cuotas que involucran el principal, intereses, comisiones y gastos pactadas, incluidos los seguros en los casos. No se incluirán en este cálculo aquellos pagos por servicios provistos por terceros que directamente sean pagados por el cliente, ni los tributos que resulten aplicables.
1.9.4. La inejecución por CAJA CENTRO de las facultades conferidas por esta cláusula y el Contrato en general, no implica de forma alguna renuncia de las mismas.
1.10. Causas de Suspensión (temporal o definitiva) de LA LINEA.
1.10.1. El retraso en el pago fijo mensual de un (1) mes producirá automáticamente la suspensión temporal de LA LINEA, la misma que se activará cuando EL/LOS CLIENTES regularice(n) su situación ante CAJA CENTRO. La falta de pago de dos o más meses producirá la suspensión (temporal o definitiva) del uso de LA LINEA, a criterio de CAJA CENTRO. Además, en caso CAJA CENTRO opte por la suspensión definitiva de LA LINEA, ello conllevará a la resolución automática del presente Contrato Individual de Línea de Crédito, configurándose la causal de vencimiento anticipado de todos los montos de pago fijo pendientes. La suspensión temporal de LA LINEA será comunicada a través de comunicaciones escritas cursadas al domicilio de EL/LOS CLIENTES o mediante cualquiera de los medios establecidos en las cláusulas 8.1 y 8.4 del CONTRATO MULTIPRODUCTO, referido en el numeral 3 del presente Contrato, en un plazo de siete [7] días previos a la suspensión. La resolución del Contrato será comunicada mediante los mecanismos antes indicados.
1.10.2. En aplicación de las normas prudenciales emitidos por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradora de Fondos de Pensiones – SBS referidas a la administración de riesgo de sobreendeudamiento de deudores minoristas, a consideraciones del perfil de EL/LOS CLIENTES vinculadas al sistema de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, o por la falta transparencia de la información de EL/LOS CLIENTES, conforme lo establecido en las cláusulas
7.1.9 y 7.3 del CONTRATO MULTIPRODUCTO, referido en el numeral 3 del presente Contrato se comunicará mediante cualquiera de los medios establecidos en las cláusulas 8.1 y 8.4 del CONTRATO MULTIPRODUCTO, referido en el numeral 3 del presente Contrato, en un plazo de siete [7] días previos a la suspensión.
1.10.3. Cuando CAJA CENTRO considere que no resulta para sus intereses mantener relaciones comerciales con EL/LOS CLIENTES.
1.10.4. Cuando medie disposición legal o mandato de autoridad competente que así los autorice u ordene2.
2 Con relación a la presente cláusula, deberá tenerse en cuenta que su aplicación no podrán contravenir lo dispuesto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado mediante Ley Nº 29571, y en particular a lo dispuesto en el Artículo 38º de la referida norma.
1.10.5. Cuando se verifique que EL/LOS CLIENTES ha proporcionado información inexacta, incompleta, inconsistente o falsa a CAJA CENTRO contraviniendo lo establecido en el artículo 179º de la Ley Nº 26702, conforme lo establecido en las cláusulas 7.1.9 y
7.2 del CONTRATO MULTIPRODUCTO referido en el numeral 3 del presente Contrato.
2. Otras condiciones:
2.1. Toda amortización del capital, genera automáticamente nueva disponibilidad en LA LINEA. El plazo de vigencia de LA LINEA determinará la vigencia de las operaciones en concordancia con el numeral 1.2 del presente Contrato. El plazo de vigencia de LA LINEA puede ser renovado o ampliado a su vencimiento por CAJA CENTRO previa evaluación, comunicación y aceptación expresa por parte de EL/LOS CLIENTES3.
2.2. Ambas partes declaran expresamente que CAJA CENTRO podrá denegar cualquier desembolso contra LA LINEA si, a su criterio, existe evidencia que las condiciones en virtud de las cuales se otorgó LA LINEA han variado. La denegación será comunicada en un plazo de 7 días, a través de los medios de comunicación señalados en la cláusula
8.1 y 8.4 del CONTRATO MULTIPRODUCTO referido en el numeral 3 del presente Contrato.
3. Marco contractual aplicable.- El presente contrato se rige complementariamente por lo establecido en el Anexo Hoja Resumen, en el Pagaré así como en las cláusulas 1, 2, 3.1, 3.2, 5.1 a 5.14, 6, 7, 8, 9, 10, 12,
13 y 14 el Contrato Multiproducto de Servicios Crediticios (CONTRATO MULTIPRODUCTO) suscrito entre CAJA CENTRO y EL/LOS CLIENTES, el cual forma parte integrante del presente Contrato Individual de Línea de Crédito. En el CONTRATO MULTIPRODUCTO se encuentran establecidas, entre otras, las causales de modificación de tasa de intereses y medios de comunicación. Asimismo, autorizamos y aceptamos de manera anticipada que CAJA CENTRO pueda ceder sus derechos de cobro derivado de LA LINEA, de manera total o parcial, bajo cualquier modalidad en el marco del artículo 1206 y siguientes del Código Civil.
4. Garantías.- las obligaciones de pago derivadas del presente crédito (LA LINEA) están respaldadas con las garantías globales otorgadas por EL/LOS CLIENTES o por terceros, las cuales constan en los contratos de garantía
3 La presente cláusula se considera conforme en tanto la empresa supervisada no se irroga la facultad unilateral de prórroga o renovación del contrato.
En ese mismo sentido, conforme a lo dispuesto en el artículo 37º del Reglamento de Gestión de Conducta xx Xxxxxxx, para el caso de incrementos en la línea de crédito, no podrán efectuarse a través de modificaciones unilaterales por parte de las empresas. En ese sentido, no corresponde efectuar un aviso previo conforme lo señala el artículo 32º del Reglamento de Gestión de Conducta xx Xxxxxxx, sino que deberá requerirse el consentimiento expreso del cliente en cada oportunidad en que este se realice.
correspondientes; así como por la Fianza Solidaria que se incluye en el Pagaré a que se refiere el numeral 6 del presente CONTRATO.
5. Seguros: EL / LOS CLIENTES se obliga(n) a contratar un seguro de desgravamen de manera directa o a través de CAJA CENTRO, a su libre elección. Las características del seguro que especifican en el Portal de Caja Centro xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y en los folletos informativos, así como en la Anexo Hoja Resumen y en las pólizas correspondientes. En caso EL/LOS CLIENTES acepten contratar el seguro ofrecido por CAJA CENTRO, esta última asume la responsabilidad de renovar la póliza, de lo cual comunicará a EL/LOS CLIENTES empleando cualquiera de los medios de comunicación previstos en las cláusulas 8.1 y 8.1.4 del CONTRATO MULTIPRODUCTO. En caso el seguro sea contratado directamente por el cliente, este deberá ser endosado a favor de CAJA CENTRO. Asimismo, esta última, contando con el consentimiento de EL/LOS CLIENTES podrá pactar que el pago de la prima del seguro se adicione a las cuotas del crédito. En el Cronograma de Pagos se dejará constancia de dicha aceptación.
6. Emisión de título valor.- EL/LOS CLIENTES han emitido el Pagaré N°
, el mismo que será completado por CAJA CENTRO conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 27287 y la Circular SBS N° G-0090-2001, y las normas que las modifiquen o sustituyan, en caso de ocurrir cualquiera de los eventos mencionados en el numeral 6.3 del CONTRATO MULTIPRODUCTO. Asimismo, EL/LOS CLIENTES declara(n):
(i) haber recibido copia del pagaré incompleto; y (ii) haber sido instruido(s) de los alcances y responsabilidades derivados de la emisión de un pagaré incompleto por lo renuncia(n) expresamente a la inclusión de alguna clausula referida al impedimento de la libre negociación del pagaré.
EL/LOS CLIENTES manifiesta(n) haber sido plenamente instruido sobre las características, alcances, del CREDITO, en señal de lo cual firma el presente documento, dejando con ello constancia de haber recibido copia del presente documento, sus anexos y del pagaré, ello sin perjuicio del deber de brindar información y atender las consultas que solicite(n) y/o formule(n) EL/LOS CLIENTES.
En, , de del 20
Por CAJA CENTRO
(firma y sello) | (firma y sello) |
Por EL/LOS CLIENTES
EL CLIENTE (firmas y huella digital) ombre y apellidos: OI: omicilio: | CONYUGE DEL CLIENTE (firmas y huella digital) Nombre y apellidos: DOI: Domicilio: |
Representante (Firmas y sello)
Denominación/ razón social: RUC:
Domicilio: Datos del representante: Nombre y apellidos: Cargo: Datos de inscripción de sus poderes:
Yo, identificado con DNI Nº con domicilio en intervengo en el presente contrato en calidad de CODEUDOR SOLIDARIO, para lo cual declaro expresamente que he sido instruido de todas las obligaciones, términos y condiciones asumidos ante CAJA CENTRO por EL/LOS CREDITO(S) otorgado(s) a favor del CLIENTE, en virtud del presente contrato; así como del CONTRATO MULTIPRODUCTO, de la Hoja Resumen, el Cronograma de Pagos y el pagaré, respectivamente. En señal de lo cual firmo al final del presente documento, comprometiéndome a cumplir dichas obligaciones y aceptando desde ya que CAJA CENTRO pueda requerirme dicho cumplimiento en los mismos términos que al CLIENTE o DEUDOR titular del/LOS CREDITO(S), todo ello sin perjuicio del deber de informar y de brindar atención, a las consultas que en su calidad de CODEUDOR SOLIDARIO de EL/LOS CLIENTES formule a CAJA CENTRO.
CODEUDOR (firmas y huella digital) Nombre y apellidos: DOI: Domicilio: | CONYUGE DEL CODEUDOR (firmas y huella digital) Nombre y apellidos: DOI: Domicilio: |