CONTRATO INTERADMINISTRATIVO DE SERVICIOS ELECTORALES ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EL CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A.
CONTRATO INTERADMINISTRATIVO DE SERVICIOS ELECTORALES ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EL CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A.
Entre el Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx D’XXXXXXXXXX DNI Nº 00.000.000, con domicilio en Xx. Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx 0000 de la mencionada ciudad por una parte, en adelante, “XX XXXXXX”, x xx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx S.A., representado en este acto por el Xx. Xxxxxx Xxxx XXXXXXXX, DNI N° 00.000.000, Miembro del Directorio y responsable de la Dirección de Servicios Electorales, en su carácter de apoderado conforme personería que se acredita poder que en copia se adjunta al presente, como Anexo I, constituyendo domicilio legal en la calle Xxxxxxxx 2070 Piso 1° de la misma ciudad, por la otra, en adelante “EL CORREO”, se celebra el presente Contrato Interadministrativo de Servicios Electorales, en adelante el “Contrato” en el cual cada una de las Partes se denominará en adelante individual e indistintamente la “Parte” y colectivamente las “Partes”, de acuerdo a lo establecido en las siguientes cláusulas y condiciones.
CLÁUSULA 1° OBJETO. El presente Contrato Interadministrativo tiene por objetivo la realización de las actividades que el Código Nacional Electoral vigente asigna a EL CORREO y la adquisición de materiales electorales, logística, comunicaciones, espacios físicos, organización y ejecución del escrutinio provisorio y las actividades conexas necesarias para el normal desarrollo de las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O) de Jefe/a de Gobierno, de Diputados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de Autoridades que han de integrar las Juntas Comunales, a celebrarse el día 11 xx xxxxxx de 2019, Elecciones Generales de Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno, de Diputados de la Ciudad Autónomo de Buenos Aires y de Autoridades que han de integrar las Juntas Comunales a realizarse el día 27 de octubre de 2019 con la eventual segunda vuelta, conforme lo establecido por el artículo 96, segundo párrafo, de la Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, para el día 24 de noviembre de 2019.
CLÁUSULA 2° NORMATIVA APLICABLE. Será de aplicación la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Leyes Nacionales Nros 15.262, 19.945 (t.o. Decreto Nº 2.135-PEN-83), 26.215 y 26.571 y Leyes Nros 334, 1.777, 4.515,
4.894, 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria 5.960 y 6.031,
los Decretos Nº 138-GCABA-19 y Nº 150-GCABA-19 y N° 391-GCABA-18 y las instrucciones específicas que imparta el Poder Ejecutivo de la Ciudad o el Tribunal Superior de Justicia, en adelante TSJ.
CLÁUSULA 3° OBLIGACIONES DEL CORREO. Para el cumplimiento del objeto del presente Contrato Interadministrativo EL CORREO tendrá a su cargo:
3.1 PROVISIÓN DE MATERIALES ELECTORALES: provisión de los materiales electorales conforme las especificaciones que le entregará oportunamente el TSJ cuyo detalle obra en el Anexo II.
3.2. PLANIFICACIÓN DEL DESPLIEGUE Y REPLIEGUE: La entrega oportuna al TSJ, de los planes y programación que realice para el desarrollo de las actividades de despliegue y repliegue de forma tal que cuente con la información necesaria para organizar la seguridad y custodia que considere conveniente. Se diseñara un Plan exclusivo de despliegue y repliegue para las mesas de electores extranjeros independiente del operativo de mesas de electores nacionales.
3.3. DESPLIEGUE DE URNAS, CABINAS DE CARTÓN PRENSADO, BOLETAS DE SUFRAGIO Y MATERIAL ELECTORAL: la distribución de las urnas, las boletas de sufragio y demás material electoral que el TSJ le entregue, en los locales de votación que éste determine en la víspera del día de los actos electorales.
A partir de las 7: 00 Horas, EL CORREO pondrá dichos elementos a disposición de las autoridades xx xxxx o a quien indique el TSJ, a quienes se las entregará en forma documentada.
3.4. REPLIEGUE DE URNAS CON MATERIAL ELECTORAL, SOBRES CON ACTAS Y MATERIAL DE REZAGO: El día de la elección a partir de las 17.45 horas los empleados acreditados se podrán a disposición de las autoridades xx xxxx para recibir de manera documentada e indicando la hora de recepción, las urnas, sobres con actas y el material de rezago. Recibidos los elementos procederá a entregarlos, previa clasificación de las urnas, actas en sus sucursales electorales con miras a su entrega ordenada. Las urnas con el material electoral los sobres con actas, padrón y las bolsas con material de rezago y sobrante, se entregarán en el lugar que el TSJ indique.
3.5. PAGO A LAS AUTORIDADES XX XXXX DE ELECTORES EXTRANJEROS: Efectuar, en sus sucursales, el pago a las autoridades xx xxxx de electores extranjeros, incluyendo Viáticos y capacitación con los fondos provistos por LA CIUDAD. A tal fin deberá, el día del acto electoral, notificar la fecha, lugar y horario en que se efectivizará el pago el que se hará conforme al sistema de terminación del número de documento. En la mencionada notificación deberá incluirse la fecha límite para el cobro del viatico (30 de noviembre de 2019) conforme los términos de la RES N° 541-GCABA-MJYSGC-2019. Asimismo mantendrá activo el sistema de pagos hasta la mencionada fecha y deberá procederse a la rendición de cuentas y devolución de fondos remanente en el momento que LA CIUDAD lo requiera.
Atendiendo que esta prestación se realice con fondos del comitente LA CIUDAD deberá depositar en la cuenta que EL CORREO indique en monto potencial que corresponda a la totalidad de los pagos con al menos (diez) días de antelación a la fecha de inicio de los pagos.
3.6. VIANDAS: La provisión y distribución del servicio de viandas a las autoridades xx xxxx de extranjeros y delegados del TSJ en los establecimientos de votación de electores extranjeros conforme, en forma conjunta con las urnas, con el material electoral.
3.7. IMPRESIÓN DEL TELEGRAMA DE ESCRUTINIO XX XXXX: efectuar el diseño del telegrama de escrutinio con condiciones de seguridad e integridad. Una vez aprobado por el TSJ, procederá a imprimirlos y entregarlos al mencionado para su incorporación a la documentación que se entregue a las autoridades xx xxxx.
3.8. CAPTURA DEL TELEGRAMA DE ESCRUTINIO XX XXXX. El día de la elección a partir de las 18:00 horas los empleados acreditados se pondrán a disposición de las autoridades xx xxxx para recibirles el telegrama de escrutinio xx xxxx, transmitirlo desde el mismo local de votación hacia el centro de ingreso de datos donde se realice el escrutinio provisorio. Asimismo contará con un plan de contingencias para en caso que por fuerza mayor no se pudiera efectuar la transmisión desde el local de votación, a fin que se proceda a su remisión con carácter urgente y prioritario. Los originales serán necesarios para su cotejo durante el desarrollo del escrutinio provisorio. Posteriormente serán entregados en sede del TSJ dentro de las dieciocho (18) horas posteriores al cierre de los comicios.
3.9. INFORMACIÓN DE ESTADO: Suministrar reportes sobre “Mesas habilitadas", "Cantidad de votantes", “Apertura y cierre de mesas electorales”, “seguimiento de Transmisión de telegrama Correo”, todo ello por comunas, en porcentajes y números.
3.10. CENTRO DE INGRESO DE DATOS, PRENSA Y DIFUSIÓN Y OPERACIONES LOGÍSTICAS: La provisión del espacio físico adecuado y debidamente habilitado para el funcionamiento del Centro de ingreso de datos, de prensa y difusión y de operaciones logísticas, en dependencias del Edificio Xxxxxxx Xxxxxx de EL CORREO, sito en la calle Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx 555 de la Ciudad.
3.11 CATERING: El servicio de catering, durante el escrutinio provisorio, para el personal de los centros de operaciones de intercambio, de acreditaciones, de ingreso de datos, salas de prensa y de difusión y de invitados especiales y autoridades.
3.12 ESCRUTINIO PROVISORIO DE MESAS DE ELECTORES NACIONALES CATEGORIA COMUNAS:
3.12.1 PRUEBAS DE SISTEMA INFORMATICO: El sistema informático que utilice para el escrutinio provisorio, deberá ser probado de manera integral.
Asimismo deberá adoptar las medidas que el TSJ considere necesarias y brindar toda la colaboración que requiera el Auditor Informático designado por éste, a los efectos del ejercicio de las funciones que le impone el Art. 108 del CEN, incluyendo la provisión del código fuente o cualquier otra documentación que requiera el citado Auditor.
3.12.2 A partir de la obtención del Telegrama del Presidente xx Xxxx, se ajustara el servicio a los términos del procedimiento descriptos en el ANEXO III.
3.12.3 Actualizará los resultados y los hará públicos conforme a las instrucciones que imparta oportunamente LA CIUDAD. A las 21.00 horas deberá estar cargado y publicado un setenta por ciento (70%) de los telegramas ingresados sin incidencias.
3.12.4 Proveerá, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de terminado el escrutinio provisorio, cincuenta (50) CD conteniendo los resultados y un sistema aplicativo para leerlos.
3.13 ESCRUTINIO PROVISORIO DE MESAS DE ELECTORES EXTRANJEROS EN LA TOTALIDAD DE CATEGORIAS DE CARGOS A ELEGIR.
3.13.1 PRUEBAS DE SISTEMA INFORMATICO: El sistema informático que utilice para el escrutinio provisorio, deberá ser probado de manera integral.
Asimismo deberá adoptar las medidas que el TSJ considere necesarias y brindar toda la colaboración que requiera el Auditor Informático designado por éste, a los efectos del ejercicio de las funciones que le impone el Art. 108 del CEN, incluyendo la provisión del código fuente o cualquier otra documentación que requiera el citado Auditor.
3.13.2 A partir de la obtención del Telegrama del Presidente xx Xxxx. Se ajustara el servicio a los términos del procedimiento descriptos en el ANEXO III.
3.13.3 Proveerá, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de terminado el escrutinio provisorio, cincuenta (50) CD conteniendo los resultados y un sistema aplicativo para leerlos.
3.14 AUDITORÍAS: LA CIUDAD, indicará la contratación de auditorías externas para revisar los procesos y las aplicaciones informatizadas, la infraestructura edilicia y la seguridad, de conformidad con lo estipulado en la cláusula 10º del presente Contrato. Asimismo, LA CIUDAD se reserva el derecho de intervenir en la planificación de las tareas de auditoria y su aprobación.
CLAUSULA 4º OTRAS ACTIVIDADES: Realizar todas las actividades, acciones y prestaciones implícitas y que sean necesarias para el cumplimiento del objeto del presente Contrato así como las que le requiera el TSJ en ejercicio de su competencia originaria en materia electoral que no se encuentren expresamente contempladas.
CLÁUSULA 5º OBLIGACIONES DE LA CIUDAD: LA CIUDAD se compromete a:
5.1. Reconocer expresamente que la responsabilidad de EL CORREO esta limitada al cumplimiento de los aspectos que integran el objeto contractual del presente Contrato interadministrativo. Las Partes establecen que la obligación de EL CORREO es de medio y no de resultado.
5.2. LA CIUDAD asegurará el debido cumplimiento de sus respectivas obligaciones de las que dependen el propio cumplimiento de los compromisos contractuales de EL CORREO, desligándolo de toda responsabilidad por su propio incumplimiento, en especial la entrega en tiempo y forma de la información y documentación que resulte necesaria para la realización de las tareas a cargo del CORREO, manteniendo indemne al CORREO por su propio incumplimiento o por el cumplimiento incorrecto de las obligaciones a su cargo.
5.3 Se compromete a depositar el monto que resulte aplicable para asegurar el pago a las autoridades xx xxxx.
5.4 Gestionar la intervención del TSJ en los asuntos que surgen de la ejecución del presente convenio y xxxx de su competencia.
5.4.1 Asegurar el enlace institucional con el TSJ a efectos de coordinar con los delegados del TSJ y Autoridades de los locales de votación la apertura de los mencionados establecimientos; eximiendo al EL CORREO de eventuales demoras derivadas de las tareas inherentes al TSJ
5.4.2 Poner en conocimiento del EL CORREO toda la información relativa al Comando Electoral, a fin de vigilar y custodiar las urnas y demás documentación electoral durante las tareas de despliegue y repliegue.
5.5. Efectuar el pago de los servicios prestados por EL CORREO de la siguiente manera:
5.5.1. Como único aporte y retribución por los servicios electorales referido a la Elección Primaria Abierta Simultánea y Obligatoria (P.A.S.O) del día 11 xx xxxxxx de 2019, LA CIUDAD abonará a EL CORREO la suma de pesos Quinientos veintinueve mil seiscientos cuarenta y uno ($529.641,00).-
5.5.2 Como único aporte y retribución por los servicios electorales referido a la Elección General del día 00 xx xxxxxxx xx 0000, XX XXXXXX xxxxxxx a EL
CORREO la suma de pesos Quinientos veintinueve mil seiscientos cuarenta y uno ($529.641,00).
5.5.3 Como único aporte y retribución por los servicios electorales referido a la eventual Segunda Vuelta del día 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, XX XXXXXX xxxxxxx a EL CORREO la suma de pesos Quinientos veintinueve mil seiscientos cuarenta y uno ($529.641,00).
5.5.4 Como único aporte y retribución por el servicio de recuento previsional para la totalidad del proceso electoral la suma de pesos Diecisiete millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos cincuenta y uno con sesenta centavos. ($17.254.551,60).
5.5.5. El presupuesto total de pesos dieciocho millones ochocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos setenta y cuatro con sesenta centavos ($ 18.843.474,60) será pagaderos de la siguiente forma:
5.5.5.1. La suma de pesos nueve millones cuatrocientos veintiún mil setecientos treinta y siete con treinta centavos ($9.421.737,30), dentro de los cinco (5) días de la firma del presente Convenio.
5.5.5.2. La suma de pesos cuatro millones setecientos diez mil ochocientos sesenta y ocho con sesenta y cinco centavos ($ 4.710.868,65), a los (30) días antes de la Elección General.
5.5.5.3. La suma de pesos cuatro millones setecientos diez mil ochocientos sesenta y ocho con sesenta y cinco centavos ($ 4.710.868,65), a los (10) días de realizada la Elección General
5.6 Si no llegara a ser necesaria la realización de la Segunda Vuelta, LA CIUDAD abonará a EL CORREO la suma que se corresponda por las tareas efectivamente realizadas y cuyo gasto se encuentre documentado.
En caso de suspensión parcial o total de los comicios, LA CIUDAD informará a EL CORREO dicha situación y en su caso la nueva fecha de realización del acto eleccionario y el cronograma de tareas. En este supuesto, se acordará el precio
que LA CIUDAD deberá abonar al CORREO por los trabajos realizados hasta el momento de tal suspensión o interrupción.
CLAUSULA 6° MEDIO DE PAGO: A efectos del cumplimiento del pago previsto en el punto 5.5 de la Cláusula Quinta del presente Contrato, EL CORREO mantiene abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires la siguiente cuenta: cuenta corriente especial Nº 0142644/1; sucursal 111-CENTRO; CBU: 0290000110000014264411; CUIT: 30-70857483-6 Correo Oficial de la República Argentina S.A.
CLÁUSULA 7º PERSONAL DEL CORREO. El personal utilizado por EL CORREO para efectuar los trabajos solicitados, no adquiere ningún tipo o forma de relación de dependencia con LA CIUDAD, siendo por cuenta de EL CORREO todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado. Queda bajo exclusiva responsabilidad de EL CORREO todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como asimismo el cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del contrato, sin excepción. EL CORREO queda obligado a contratar el personal que necesite con arreglo a las disposiciones legales vigentes para cumplir con el servicio requerido.
CLAUSULA 8º REPRESENTANTES. EL CORREO designará dos (2)
representantes como mínimo, con amplias facultades para resolver todas las obligaciones emergentes del presente Contrato. La designación deberá ser comunicada en forma fehaciente a la Dirección General Electoral de LA CIUDAD y al TSJ. Si EL CORREO tuviere que modificar la designación de alguno de sus representantes, deberá ponerlo en conocimiento de LA CIUDAD y el TSJ, con una antelación no menor de setenta y dos horas en que se haga efectiva la designación del reemplazante. Por su parte la Dirección General Electoral de la Ciudad y el TSJ, harán lo propio comunicándolo de la misma forma a EL CORREO.
XXXXXXXX 9º RESCISION. La CIUDAD podrá rescindir el presente Contrato por causa justificada notificando de ello con treinta (30) días de anticipación a EL
CORREO, teniendo éste derecho a percibir sólo los montos equivalentes las actividades y servicios efectivamente realizados y acreditados.
CLAUSULA 10 CONFIDENCIALIDAD. Las Partes se comprometen a preservar la confidencialidad de los datos y/o información de la que tomen conocimiento por la ejecución del presente Contrato como así también se obligan al cumplimiento de confidencialidad por parte de sus empleados o terceros subcontratados. Las Partes se obligan a no retener, copiar o de cualquier manera reproducir, en forma total o parcial, la información a la que tuviera acceso o que la otra parte le hubiera entregado. Las Partes también se obligan a que cualquier empleado, asociado, agente o tercero contratado para cualquier servicio respete esta cláusula de confidencialidad.
Cada Parte podrá controlar a la otra permanentemente o en cualquier momento para prevenir la utilización impropia o no autorizada de la información.
CLAUSULA11 DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. En función de lo
establecido en las cláusulas precedentes y a los efectos que correspondan, el TSJ, en su carácter de autoridad de aplicación electoral, recibirá copia autenticada del presente Contrato interadministrativo que le girará LA CIUDAD. Contrato en carácter de interesado en lo que resulte de su competencia.
CLAUSULA 12 VIGENCIA. La vigencia del Contrato se establece desde su suscripción hasta el cumplimiento efectivo de todas las obligaciones asumidas en el presente por cada una de las Partes y al consecuente agotamiento del objeto.
CLAUSULA 13 COMPETENCIA JURISDICCIONAL. En caso de que surgieren controversias en la interpretación o implementación del presente, las Partes se comprometen a solucionarlas de común acuerdo. Si aún persistieren y a todos los efectos legales emergentes del presente Contrato, las Partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales Civil y Comercial .A los efectos de toda notificación judicial LA CIUDAD fija su domicilio legal en la calle Uruguay 458 (Departamento de Oficios Judiciales y Cédulas de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), de conformidad con lo previsto en la Resolución N° 77-PG/06 y EL CORREO en el domicilio indicado en el encabezamiento del presente Contrato, donde se tendrán por válidas las notificaciones.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los días del mes de del año 2019 se firman de conformidad tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
ANEXO I
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ANEXO II
ITEM | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN |
1 | 150 | Urna de Cartón adecuada según las especificaciones técnicas del TSJ |
2 | 120 | Cabinas de votacion de carton prensado (reemplazo de cuarto oscuro movil) conforme a las especificaciones tecnicas del TSJ |
ANEXO III
Recuento Provisional de Resultados para la Autónoma de Buenos Aires
La solución propuesta consiste en la implementación de un software que permita realizar de forma automatizada el escrutinio provisorio de los datos asentados en los telegramas de escrutinio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y Generales a celebrarse en el año 2019 para las categorías locales en las mesas de voto de extranjeros y la Comunas en general.
Esta solución ha sido conceptualizada para cubrir las necesidades inherentes a los siguientes procesos principales:
• Procesamiento de los resultados asentados en los telegramas: Este proceso se realiza en el Centro de Procesamiento de Datos actualmente designado para el recuento provisional de resultados de contiendas nacionales, en el cual los telegramas de escrutinio previamente digitalizados, transmitidos y almacenados en un repositorio se distribuyen entre estaciones de carga dispuestas para la transcripción de los valores contenidos en los telegramas; garantizando que cada telegrama pase por al menos dos procesos de captura, facilitando la detección de posibles incidencias.
• Totalización, Publicación y Divulgación de Resultados: Una vez los valores del telegrama han sido transcritos y procesados, el telegrama pasa a la fase de Totalización y Publicación de resultados. En el caso de telegramas donde se detecten incidencias, se seguirán las reglas definidas por la DINE para determinar su validación e inclusión en el proceso de totalización, según sea el caso. La divulgación se realiza de diversas maneras y a través de diversos medios, a fin de presentar la información relevante según el tipo de audiencia: público general, fiscales en cada departamento, personal autorizado por el Correo Argentino y la DINE, canales audiovisuales, entre otros.
La solución permite la recepción, verificación y procesamiento de los datos y telegramas digitalizados recibidos desde los centros de votación de la siguiente manera:
El proceso objeto de la presente propuesta:
1. Transcripción de telegramas: Las imágenes de los telegramas son recibidas y distribuidas entre las estaciones de transcripción en los Centros de Carga, dispuestas para realizar la transcripción de los valores contenido en ellas. Los telegramas son transcritos por al menos dos operadores diferentes, seleccionados de forma aleatoria, únicamente dedicados a esta tarea. Luego de la doble transcripción, si no se registran incidencias, el sistema verifica si la suma de los diferentes tipos de voto emitido es menor o igual a la cantidad de electores esperados para la mesa procesada, de cumplir con esta regla, continúa hacia la fase de totalización de resultados. En caso contrario se considera una incidencia definitiva, no se totaliza, pero se pone a disposición del sistema de difusión, junto con el motivo.
2. Verificación de incidencias: El sistema detecta varios tipos de incidencias que pueden aparecer por la inconsistencia entre las dos transcripciones realizadas o cuando existen valores ilegibles. Los telegramas con incidencias por inconsistencia en las transcripciones pasarán a un proceso de verificación de incidencias, para ser validadas de manera especial por el personal que el ente electoral destine para este fin. En caso de que el verificador dictamine que los valores son inentendibles, será marcado como una incidencia definitiva y no será totalizado.
3. Totalización y generación de resultados: Los telegramas que pasan sin incidencias definitivas llegan a este proceso donde sus resultados son certificados, totalizados y dispuestos para su uso en los diferentes canales de difusión.
4. Monitoreo de avance en el procesamiento de los telegramas: Desde el momento en que se recibe la información de los telegramas en el Centro de Operación y Control, las autoridades electorales tienen acceso al tablero de control, que muestra las estadísticas de procesamiento de los telegramas: telegramas recibidos, telegramas transcritos, telegramas certificados, entre otros datos que sean relevantes para que el ente electoral haga el seguimiento del escrutinio provisorio. Este tablero de control puede ser consultado desde los Centros de Transcripción o desde las oficinas regionales por parte del personal autorizado por el ente electoral, con la información general o asociada al perfil y región del usuario que realiza la consulta.
5. Publicación de resultados: Los resultados y las imágenes de los telegramas, son publicados en un sitio web para acceso mediante Internet por parte de los ciudadanos y las diferentes audiencias que se definan.
6. Divulgación de resultados: Se pondrá a disposición la aplicación de consulta como medios de divulgación de resultados.
Componentes de la Solución
Para implementar el modelo operativo descrito anteriormente se pone a disposición la Plataforma de Gestión Electoral (Election Management Platform en inglés), que es un sistema centralizado a cargo de la recepción, procesamiento y difusión de los resultados asentados en los telegramas para el recuento provisorio. El EMP está compuesto por un conjunto de sistemas o módulos que permiten realizar de forma centralizada todas las operaciones requeridas para la ejecución del escrutinio provisorio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A continuación, los detalles:
• Sistema de configuración de la elección (ECS): Permite realizar la configuración de elecciones de una manera segura, simple y precisa; administrar todos los datos del evento electoral; cargar la información de las circunscripciones electorales, candidatos, postulaciones; configurar los parámetros de las reglas de negocio que deben aplicarse; y la gestión de los usuarios, entre otros.
• Sistema de consolidación de resultados (SmartTally): Recibe las imágenes y la metainformación de los telegramas de escrutinio, valida que se trate de telegramas de mesas esperadas y que se encuentren en condiciones de ser procesadas. Los procesa con respecto a los formatos de los telegramas definidos para enviarlo al proceso de transcripción de los campos y al respectivo manejo de incidencias, según aplique; y una vez que todos los datos del telegrama se capturen y verifiquen, los resultados certificados son despachados al RMS para su consolidación.
• Sistema de gestión de resultados (RMS): Totaliza los resultados extraídos y validados desde el SmartTally, aplica las reglas de totalización que apliquen y genera la información para la divulgación de los resultados, en formato plano.
• Sistema de divulgación de resultados (ENR): Usa la información totalizada por el RMS para publicarla en un CDN (Content Delivery Network) usando una interfaz
amigable e independiente del dispositivo donde se visualiza. Esta información puede ser accedida por el público en general, partidos políticos y medios de comunicación. El ENR maneja estilos, gráficos, y vistas tabuladas o listas para mostrar la información, permitiendo configurar diferentes vistas mediante el uso de sites y widgets.
Las funciones del EMP activadas para esta propuesta son:
• Configuración de la elección - donde se establece la información de la elección como jerarquía de jurisdicciones electorales, listado de centros de votación, mesas de votación, cargos, candidatos, etc.
• Gestión de usuarios y perfiles de permisología.
• Transcripción de los telegramas de escrutinio y su procesamiento.
• Monitoreo de actividades y estatus del sistema.
• Totalización de los resultados.
• Publicación y difusión de los resultados, telegramas y estadísticas de procesamiento.
Beneficios de la Solución
La plataforma EMP permite una gestión eficiente y auditable del proceso de recuento provisorio. Esta plataforma le ofrece a las autoridades electorales los siguientes beneficios:
• Maximiza la productividad del usuario: Los diferentes flujos del sistema hacen un uso óptimo de la información, de forma que se reduce la cantidad de pasos requeridos para completar la configuración, permitiendo usar datos cargados en elecciones o eventos anteriores de forma automática. De esta manera, se realiza la configuración de la elección con máxima eficiencia, ahorrando tiempo en las actividades planificadas para los siguientes eventos.
• Amigable al usuario: El EMP sigue un diseño centrado en el usuario, con una interfaz intuitiva que guía al usuario para completar los diferentes pasos requeridos, según su perfil: configurar la elección, cargar datos, verificar inconsistencias, monitoreo, etc. Las funcionalidades están diseñadas para minimizar errores y, por lo tanto, requieren menos tiempo de entrenamiento.
• Mejora la toma de decisiones: Como plataforma centralizada, se consolidan los datos más precisos que permiten mostrar en los dashboards y consultas de la aplicación, información relevante, en forma cuantitativa y de gráficos, que facilitarán la toma de decisiones de forma rápida y ágil.
• Entrega de resultados de manera rápida, precisa y verificable: Todo el procesamiento de imágenes, así como la experiencia de transcripción, certificación y totalización está diseñada para hacer un procesamiento eficiente de la información, y lograr la publicación de resultados de forma expedita y precisa.
• Seguridad y auditabilidad: La plataforma maneja múltiples niveles de seguridad, incluyendo control de acceso basado en roles; un manejo completo de bitácora de las actividades realizadas por cada usuario, de forma tal que se puedan auditar las acciones ejecutadas antes, durante y después de la elección, garantizando la transparencia del proceso.
• Difusión de los resultados de forma gráfica y amigable: A través del módulo de divulgación se muestran las estadísticas de procesamiento de telegramas y los resultados totalizados, pudiéndose apreciar la información por niveles; además
permite generar diferentes portales web para publicar las estadísticas y resultados referentes a las jornadas de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y Elecciones Generales. De esta forma la información relativa tanto a las estadísticas como a los resultados de cada evento podrá estar disponible en simultáneo sin que ninguna afecte a la otra.
Seguridad de la Solución Propuesta
La aplicación de medidas de seguridad en las aplicaciones y sistemas de misión crítica como lo son las soluciones electorales es importante. La seguridad del sistema abarca múltiples aspectos tanto de la infraestructura como del sistema en sí, por donde existen riesgos de penetración o fallas que puedan atentar contra el buen funcionamiento y continuidad del sistema que abarcan tres grandes áreas de implementación:
• Infraestructura, cualquier componente físico o protocolo sobre el cual se ejecuta la aplicación.
• Aplicación, los programas, módulos, componentes de software que forman parte de la plataforma.
• Información, que representa la integridad y accesibilidad de los datos.
Las medidas de seguridad a implementar en la plataforma central EMP, incluyendo todos sus módulos y subsistemas, se resumen en los siguientes puntos:
• Mecanismos de control de acceso. Se definen perfiles de usuario con funciones y privilegios específicos para cada uno. El acceso a las diferentes funcionalidades y módulos del sistema, así como a la data, está protegido por esquemas de autenticación del usuario y contraseña. En el caso de los administradores del Sistema Operativo se aplicará un esquema de autenticación por doble factor, dada su criticidad.
• Validación de la entrada de datos. Para cada proceso en el que se espera entrada o recepción de datos, se define una lista blanca de entradas, con rango de valores aceptables para validar que la información ingresada sea correcta y esté completa. Por ejemplo, el formato de los nombres de los paquetes de las actas digitalizadas y los caracteres aceptables en la transcripción.
• Canales de comunicación seguros. Para preservar la confidencialidad e integridad de la información, todos los componentes del EMP se comunican mediante canales protegidos por protocolos fuertes TLS y a través de HTTP con Seguridad de Transporte Estricta (HSTS), con autenticación mutua utilizando certificados X.509. De esta manera, los enlaces descritos en la arquitectura son encriptados y autenticados. En caso de hurto o robo de certificados, el administrador del sistema tiene la capacidad de revocarlo a través del sistema.
• Componentes seguros. Para preservar la integridad de la información, el EMP implementa lista blanca de procesos. Con este mecanismo, el EMP garantiza que todos los procesos, módulos, instancias o dispositivos en ejecución hayan sido aprobados. Esto evita ejecutar procesos envenenados, desconocidos, no confiables o simplemente no probados. Además, para detectar cambios en la configuración, EMP usa la monitorización de integridad de archivos.
• Auditabilidad y trazabilidad. Para tener un sistema auditable, cada acción, tarea e interacción del usuario se registra. El EMP rastrea cualquier acción para poder hacer
un análisis forense o manejar un incidente. Manteniendo bitácoras de eventos se garantiza el seguimiento de cada cambio realizado en el sistema desde cualquiera de los módulos. Los registros permiten una auditoría integral, garantizando la transparencia.
• Mínimo privilegio. El EMP define roles que otorgan a los usuarios los derechos mínimos para completar las tareas asignadas. De la misma manera, el EMP ejecuta sus procesos con el mínimo de privilegios para evitar ataques de escalamiento del usuario.
• Permisos por consenso. Para disminuir la probabilidad de abuso, se dividen los privilegios entre múltiples partes/usuarios para autorizar operaciones altamente críticas o el acceso a datos, información, recursos o tareas altamente confidenciales.
• Protección del software. Se aplica un cálculo de códigos criptográficos (hash) HMAC- SHA3 para los binarios del software certificado y sus archivos de configuración. Este valor hash es comparado con el generado al momento de la instalación y su uso, para validar la autenticidad de la aplicación instalada.
• Alta disponibilidad. Para evitar la afectación a la disponibilidad de los módulos y componentes del sistema de ataques DDoS, que generan mucho más tráfico de consultas o datos del que puede soportar un centro de datos, se despliega la solución en alta disponibilidad, con redundancia local y externa aplicando medidas de control de acceso de red a través de firewalls con protección DDoS, WAF, IPS/IDS. Este servicio sirve como primera línea de defensa para filtrar tráfico malicioso antes de que llegue al sitio web, reduciendo drásticamente estos ataques. Adicionalmente, se permite el acceso vía VPN y CDN, de forma que no hay exposición directa del sistema a Internet.
Propuesta de Valor
Los valores agregados de esta propuesta:
• Mayor rapidez, seguridad y precisión en el recuento de votos
• Una interfaz amigable e intuitiva
• Monitoreo en tiempo real de la gestión desarrollada
• Solución 100% auditable
• Garantía de la integridad de la información de las actas
• Flexibilidad de la solución a implementar
• Sistema 100% integrado con el sistema de Captura y Transmisión de Telegramas
• Plataforma con varios niveles de seguridad, incluyendo control de acceso basado en roles, manejo completo de bitácora, certificados digitales y autenticación de usuarios
• Tecnología electoral innovadora que se ajusta a los requerimientos solicitados
• Un equipo de expertos en despliegues electorales. El equipo de trabajo está compuesto por personal altamente preparado y con experiencia en implementaciones electorales de características similares a la descrita en la presente propuesta
• La experiencia de una compañía que ha desplegado las elecciones de escrutinio automatizado más grandes del mundo (Filipinas)
• Aumento de la transparencia electoral
Alcance de la Solución
La solución llave en mano del escrutinio provisorio para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se compone de los siguientes productos y servicios:
(1) Implementación del Sistema EMP para la recepción de los Telegramas, extracción de los datos, validación de deficiencias o inconsistencias, transcripción de información, análisis y resolución de no coincidencias en las transcripciones, procesamiento y totalización de los resultados. La solución estará completamente configurada y adaptada a las elecciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
(2) Implementación de la herramienta de totalización RMS (Results Management System),Sistema de consolidación y transmisión de resultados (SmartTally) y Election Nigth Reporting(ENR) para totalización y publicación de resultados electorales.
(3) Infraestructura tecnológica requerida para alojar y operar el Sistema de Escrutinio, dimensionado para procesar los telegramas xx xxxx entre nacionales y extranjeras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplado dentro de la misma infraestructura a desplegarse para las elecciones nacionales.
(4) Operación del Centro de Procesamiento de Datos. Personal necesario para operar el Sistema, así como personal técnico presente para la prestación de soporte durante el tiempo de operación.
(5) Instalación, configuración y operación del centro de datos. Para la recepción, totalización y publicación de los resultados electorales. Se contempla el mismo centro de datos a utilizar en las elecciones nacionales.
(6) Alistamiento y configuración de los equipos de cómputo requeridos para el procesamiento de datos.
(7) Inclusión de 15 tipos de telegramas para electores argentinos
(8) Inclusión de 15 tipos de telegramas para electores extranjeros
(9) Difusión de los resultados en la página de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante el módulo ENR.
(10) Provisión de enlaces para la publicación de resultados, de salida desde los respectivos Centro de Datos y dispones la información en el módulo ENR.
(11) Creación de marca para las elecciones en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Propuesta integral de imagen y marca que se usará como Identidad Institucional.
(12) Instalación y operación del Centro de Soporte para prestar asistencia técnica remota al personal requerido para el servicio de Xxxxxxxxxx Provisorio.
(13) Gerencia de Proyecto. Basada en los estándares internacionales establecidos por el Project Management Institute (PMI).
Premisas del proyecto
• Se desarrollará una solución para la carga de datos con al menos de telegramas diferentes a las nacionales, y que se deberá construir una solución de procesamiento para las 15 comunas de la Ciudad y que se deberán desarrollar pantallas de visualización de resultados para las categorías locales.
• La transcripción se realizará con los operadores indicados en el proyecto de Escrutinio Nacional para Argentina. Esto tanto para los telegramas de Nacionales como de Extranjeros.
• El escaneo y transmisión de las mesas de extranjeros se realizará en los locales electorales donde están esas mesas
• Se debe utilizar el mismo proceso, herramientas y sistema de captura de los telegramas definido para el proyecto de Escrutinio Nacional (SDT y RCL) para los telegramas), así como para los telegramas de las mesas extranjeras. Esto garantiza la integridad de la data recibida. La publicación de resultados municipales (intendentes y consejeros) debe estar por separado de las nacionales y no se debe replicar las publicaciones de los datos nacionales.
• Se utilizará el mismo proceso de transcripción de datos para ambos tipos de telegramas (telegramas a nivel nacional y telegramas de extranjeros).
• Se utilizará la misma cantidad de electores para todas las categorías de un telegrama. Los telegramas de las mesas extranjeras si podrán tener un número diferente de electores.
• La visualización de las mesas en escrutinio y el monitoreo de resultados a nivel central incluyen la información de los telegramas a nivel nacional y los telegramas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• No se prevé una priorización de las categorías, se sigue manteniendo el procesamiento de los telegramas de acuerdo al tiempo de recepción de los mismos.
• Entrega temprana de la data electoral para la revisión y configuración del EMP. Entre los datos a disponer se tiene: Codificación de Partidos, Listado de Contiendas, Listado de Candidatos, Templetes de telegramas a utilizar, entre otros.
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico
Número:
IF-2019-24795992-GCABA-DGTALMJYS
Buenos Aires,
Jueves 8 xx Xxxxxx de 2019
Referencia: EX-2019-24216141-GCABA-DGELECT contrato y anexos
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Date: 2019.08.08 18:23:22 -03'00'
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Director General
D.G. TEC. ADM Y LEGAL MJYSGC MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
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